CAPÍTULO X RÉGIMEN DE PROPIEDAD Y CONDOMINIO SECCIÓN PRIMERA DISPOSICIONES GENERALES
CONDOMINIO.- el régimen de propiedad en condominio es la modalidad del derecho real de propiedad por la cual cada uno de los dueños de las unidades de propiedad exclusiva (llamados condóminos) tienen pleno dominio sobre las mismas, conjuntamente con derechos de copropiedad sobre las áreas comunes de un bien inmueble jurídicamente dividido.
CONCEPTO
Mtro. Francisco Israel López Martínez.