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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE CASOS DE DISCRIMINACIÓN, ACOSO LABORAL Y/O TODA FORMA DE VIOLENCIA

CONTRA LA MUJER EN LOS ESPACIOS DE TRABAJO



Empezemos: En noviembre del 2020, el Ministerio de Trabajo expidió este Protocolo en el marco de su Política Pública de Economía Violeta. De aplicación obligatoria para sector público y privado. Para el efecto, deberán adaptar su normativa interna conforme a los preceptos del Protocolo. El Protocolo establece los lineamientos para la creación de medidas para prevenir la discriminación, acoso laboral y toda forma de violencia de género en los espacios de trabajo.


Definiciones Discriminación en el espacio laboral Cualquier trato desigual, exclusión hacia una o más personas, basados en la identidad de género, orientación sexual, sexo, género, edad, discapacidad, portar VIH/SIDA, etnia, tener o desarrollar una enfermedad catastrófica, idioma, religión, nacionalidad, lugar de nacimiento, ideología, opinión política, condición migratoria, estado civil, pasado judicial, estereotipos estéticos, por encontrarse en período de gestación, lactancia o cualquier otra característica personal, que tenga por efecto anular, alterar o impedir el pleno ejercicio de los derechos individuales o colectivos, durante la existencia de la relación laboral y en cualquier ámbito del empleo. Se entenderá también discriminación de una persona cuando se prefiera a una persona sobre otra como por ejemplo la contratación de un hombre en lugar de una mujer por la única razón de su género.

Acoso laboral Todo comportamiento atentatorio a la dignidad de la persona, ejercido de forma reiterada, y potencialmente lesivo, cometido en el lugar de trabajo o en cualquier momento en contra de una de las partes de la relación laboral o entre trabajadores, que tenga como resultado para la persona afectada su menoscabo, maltrato, humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral.


Violencia contra la mujer en el ámbito laboral Se entenderá como violencia contra la mujer en el ámbito laboral, todas aquellas acciones que obstaculicen el acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física, respecto a un posible estado de gestación, una desigualdad injustificada en la remuneración o condicionar la contratación o permanencia en el trabajo a cambio de actos de naturaleza sexual, conforme lo determina Ley Orgánica para Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Este tipo de violencia es ejecutada por personas que tienen una relación laboral con la víctima, independientemente de la correlación jerárquica.

Factores de riesgo psicosocial Son factores de riesgo psicosocial en el ambiente laboral, la organización, la gestión del trabajo y las condiciones ambientales que puedan tener algún efecto nocivo sobre el bienestar, salud física, psicológica y social; así como las funciones y necesidades del personal.

¿Qué se considera lugar de trabajo? Cualquier lugar y momento asociado a la relación laboral, cuyas actividades se realicen a nombre de la Institución o Empresa.


PROTOCOLO El Protocolo contempla 3 ejes:

1 PREVENCIÓN 2 ATENCIÓN 3 REPARACIÓN Y SANCIÓN EJE DE EJE DE EJE DE


1 PREVENCIÓN EJE DE

IMPLEMENTACIÓN DE LA CULTURA PREVENTIVA Con el fin de asegurar que todos los servidores/as y trabajadores/as tanto públicos como privados disfruten de un entorno de trabajo en el que la dignidad de la persona sea respetada, se rechaza totalmente la discriminación, el acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer en los espacios de trabajo, en todas sus modalidades y formas, independientemente de la fuente de la que provengan. Los responsables de entidades, empresas, organismos y demás instituciones laborales del sector público y privado deberán adoptar medidas preventivas como:

1

Fomentar un compromiso para erradicar cualquier tipo de discriminación , acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer en los espacios de trabajo.

2

Aplicar de forma activa políticas que incluyan planes, programas y proyectos amigables al personal que fomenten el buen clima laboral, una cultura preventiva que contribuya a prevenir tratos de discriminación, el acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer en los espacios de trabajo, además de situaciones que desmotiven la colabaración, cooperación y confianza en las relaciones personales.


3

Brindar talleres de sensibilización en temáticas relacionadas a la prevención de discriminación, acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer en los espacios de trabajo, además de derechos laborales, lenguaje positivo e incluso social.

4

Difundir campañas comunicacionales permanentes que faciliten la difusión de temas relacionados a la prevención de discriminación, acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer; así como, la existencia del presente documento.

Implementación del programa de prevención de riesgos psicosociales, con actividades como:

PROGRAMA DE RIESGOS PSICOSOCIALES En todas las entidades, empresas, organismos y demás instituciones laborales del sector público y privado que cuenten con más de diez (10) personas en nómina, de conformidad con la normativa vigente, deberán implementar el programa de prevención de riesgos psicosociales, mismo que deberá contener acciones para fomentar una cultura en contra de la discriminación, el acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer en los espacios de trabajo. Como parte de la planificación del programa de Riesgos Psicosociales, las entidades, empresas, organismos y demás instituciones laborales del sector público y privado podrán anclar las siguientes actividades:


1

Incluir talleres en temas de prevención de riesgos psicosociales, impartiendo temáticas como: dirección de grupos, asertividad, habilidades blandas, trabajo en equipo, derechos laborales en grupos prioritarios y de vulnerabilidad social, normativa laboral, técnicas de solución en conflictos laborales, entre otros.

2

Realizar periódicamente seminarios y cursos dirigidos específicamente a directivos y mandos intermedios con el objetivo de proporcionarles herramientas para identificar factores de riesgo y canalizar adecuadamente las denuncias sobre esta problemática

MEDIDAS DE PREVENCIÓN E INFORMACIÓN

Socialización del Protocolo.

Realizar cuestionario de riesgos psicosociales y ejecutar el programa con todos los trabajadores.

Informar de manera clara y precisa, a todo el personal, de las actividades de prevención que deben desarrollar y de los objetivos que se pretenden alcanzar bajo un seguimiento del área de Talento Humano o responsable equivalente. Cuando se evidencie alguna alerta en los resultados del Programa, aplicar cuestionarios específicos sobre la problemática detectada y realizar acciones para mejorar el clima laboral.


2 ATENCIÓN EJE DE

Criterios generales para la actuación y garantías del procedimiento: Toda acción debe plantearse desde una óptica de prevención, detección y actuación en la fase inicial.

Garantías a aplicar en el proceso de atención de casos: Protección de la intimidad y dignidad de las personas afectadas. Guardar estricta confidencialidad. Imparcialidad y trato justo para las personas afectadas. Medidas que protejan la salud del personal afectado y mecanismos para restituir los derechos lesionados. Prohibición de represalias por denuncias. Interpretación más favorable para los derechos y protección de las víctimas. No reincidencia. Establecer mecanismos y acciones que eviten la reincidencia de cualquier agresor o agresora.


RUTA DE ATENCIÓN, PROTECCIÓN Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS DE MUJERES EN SITUACIÓN DE VIOLENCIA En el Centro de Salud pide un certificado en el que consten los días de incapacidad

Si eres víctima de violencia o conoces a alguien que lo sea:

Si el acto de violencia implica un reposo de menos de 3 días, se considera CONTRAVENCIÓN

Puedes denunciar en la Unidad de Violencia contra la mujer y la familia y, de no existir, en las Unidades Judiciales Multicompetentes o también en las Tenencias Políticas.

Acude a un Centro de Salud, a una Unidad de Policía (UPC) o llama al 911 (en casos de emergencia)

911

Recuerda que:

1

Nos es obligación que conozcas todos los datos de quien te agredió para presentar tu denuncia.

2

Puedes pedir apoyo o asesoría en Centros de Salud, a una Unidad de Policía (UPC) o llama al 911 (en casos de emergencia)

3

En las unidades judiciales (juzgados), puedes pedir que te expliquen tus dudas sobre el procedimiento juducial.

4

Todas las mujeres de cualquier edad (niñas, adolescentes, adultas, adultas mayores) pueden denunciar.

Si el acto

Denuncia en la Fiscalía

de violencia supera los 3 días de reposo, se considera DELITO

Sólo te deben pedir información de los hechos, no estás obligado/a presentar pruebas en la denuncia

5

En cualquier momento del proceso puedes solicitar que las medidas de protección sean ampliadas a tu favor.

6

Puedes participar o no en el proceso de investigación, pero es importante que des información sobre el hecho.

7

Tienes derecho a exigir que se te repare el daño ocasionado a ti y a tu familia, y que se sancione a la persona responsable.


FASES DE ACTUACIÓN SECTOR PRIVADO

FASE 1 Solicitud de intervención Denuncia debe ser receptada de forma oficial por unidad de recursos humanos. Estarán legitimados para realizar la denuncia las siguientes personas:

a

La persona afectada o su representante legal.

b

La Unidad Administrativa o proceso encargado del manejo del Programa de Riesgos Psicosociales, mediante datos obtenidos de los indicadores de Riesgos Psicosociales.

Cuando la información no provenga del propio interesado/a, deberá guardar reserva de identidad e información de las partes. La institución estará obligada a corroborar el caso, además que el denunciante deberá poner en conocimiento de la presunta víctima, la iniciación del procedimiento.


FASE 2 Valoración inicial Solicitar una valoración inicial del caso a cargo de un profesional con conocimientos o capacitación en riesgos psicosociales o una persona delegada por talento humano o el representante legal. Recibida la denuncia, la Unidad de Talento Humano deberá recopilar información útil para el caso la valoración de un profesional con conocimientos en riesgos psicosociales. Adicionalmente, la Unidad de Administración de Talento Humano UATH, podrá efectuar acciones complementarias como solicitar informes, entrevistas o comparecencias que resulten convenientes.


FASE 3 Solución de conflictos laborales Si del informe inicial de valoración se concluye que se trata de un conflicto laboral de carácter interpersonal u otras situaciones que no se enmarcan en discriminación, acoso laboral o violencia contra la mujer, se podrá aplicar:

1

Espacios de diálogo entre las partes

2

Sanción en caso de tratarse de una falta, según el Reglamento Interno, la cual no puede superar el 10% de remuneración del trabajador.

Activación de procesos de intervención Si con la valoración inicial se tiene indicios de la existencia de prácticas de discriminación, acoso laboral o violencia contra la mujer, se recomienda usar los siguientes modelos de intervención, en atención al tamaño de la empresa.


En medianas y grandes empresas 1 Conformación del Comité Asesor 2 Investigación 3 Derecho a la defensa 4 Informe final 5 Proceso de intervención 6 Programa de riesgos psicosociales 7 Activar medidas complementarias 8 Comunicación de la Resolución

Resolución de archivo A considerar: La Unidad de Talento Humano deberá optar por archivar la solicitud en caso de dimisión de la denuncia por parte del denunciante, falta de objeto o indicios suficientes.

Seguimiento y control Unidad de Talento humano deberá llevar un registro y seguimiento de estos casos. En caso de una inspección de trabajo, la empresa deberá presentar los registros del seguimiento y casos de denuncia.


3

EJE DE REPARACIÓN Y SANCIÓN

REPARACIÓN Y SANCIÓN Garantías y medidas Víctimas tendrán el apoyo de la empresa para promover su total restablecimiento y pleno ejercicio de sus actividades laborales. Posibilidad de cambiarlo a una unidad administrativa distinta, bajo conocimiento, petición y aceptación de la víctima, sin una baja de responsabilidades. El trabajador tendrá derecho a recibir ayuda psicológica necesaria a través del Ministerio de Salud Pública o el IESS.

Medidas de sanción Sanciones se aplicarán conforme el Reglamento Interno, que no superarán el 10% de la Remuneración del trabajador. Conductas denunciadas como acoso laboral serán valoradas por la Autoridad del Trabajo, según las circunstancias del caso y la gravedad. A considerar: Podrían ser causal para solicitar visto bueno ante un inspector de trabajo.


MEDIDAS ADICIONALES Pueden ser iniciadas en cualquier momento por el afectado. Decisión de formular la denuncia al Ministerio de Trabajo debería ser la última actuación para adoptar - agotar todos los canales de comunicación y las vías de actuación interna. Se deberá llegar a esta instancia en los siguientes casos:

a

Cuando las partes hayan rechazado cualquiera de las intervenciones anteriores.

b

Cuando por causas de fuerza mayor no se pudo ejecutar las medidas anteriores.

d c

Cuando las medidas no hayan solucionado o hayan sido incumplidas.

Cuando por estado físico o psicológico de la presunta víctima sean graves y no se aconseje las vías anteriores.

Este Proyecto aún no se presenta oficialmente a la Asamblea Nacional, pero se esperaría que el mismo se formalice en los próximos días. Cabe mencionar que la intención del Presidente del Legislativo sería aprobar dicho Proyecto en este mismo período, sin embargo, a la Asamblea Nacional le resta menos de dos meses en funciones.


Ruta de atención, protección y restitución de derechos de mujeres en situación de violencia en el marco del sistema de protección integral.

RUTA DE ATENCIÓN, PROTECCIÓN Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS DE MUJERES EN SITUACIÓN DE

VIOLENCIA EN EL MARCO DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL

¿Sabes que hacer cuando una mujer sufre algún tipo de violencia? ¿Sabes que hacer cuando un niño, niña o adolescente sufre algún tipo de violencia?


DATOS ESTADÍSTICOS En el año 2020 en Ecuador, 30 de cada 100 mujeres experimentaron algún tipo de violencia en el ámbito laboral a lo largo de su vida y el 97% de las mujeres afectadas no interpusieron una denuncia.

Nacional

Urbano

Rural

64.9% Violencia psicológica 56.9% Violencia física 35.4% Violencia sexual 32.7% Violencia económica y patrimonial 16.4% Violencia gíneco - obstétrica 47.5%

65.7% 56.7% 34.4% 36.6% 17.0% 44.7%

62.8% 57.4% 38.2% 22.9% 14.9% 54.8%

Violencia total

Nota: La violencia total incluye: violencia psicológica, física, sexual, económica y patrimonial.

Según el INEC, 6 de cada 10 mujeres sufren algún tipo de violencia en Ecuador. De los casi tres millones de empleos plenos en nuestro país, 1 millón es ocupado por mujeres, lo que implica que alrrededor del 20% de la fuerza laboral de Ecuador sufre violencia.

Mujeres que han vivido algún tipo de violencia de género a nivel nacional.

39.4%

60.6%

En Ecuador 6 de cada 10 mujeres sufren algún tipo de violencia de género.


Tipos de violencia, según la edad

5 años

5-10 años

11-17 años

Maltrato infantil

Intimidación o bullying Violencia juvenil Violencia de pareja Violencia sexual Violencia emocional o psicológica, ser testigo de violencia

Obligaciones ante cualquier tipo de violencia y maltrato

Atención

Control social

Protección

Puesta en conocimiento y/o denuncia

18+ años


FEMINICIDIOS 2021

Un feminicidio cada

En Ecuador desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre

17

172

mujeres fueron previamente reportadas como desaparecidas

44

horas

muertes violentas de mujeres por razones de género, incluidos 7 transfeminicidios y 61 casos de muertes por delincuencia organizada

1.022 11

Mujeres asesinadas violentamente desde el 1/ENE/2014 al 14/NOV/2021

Al menos 11 de las víctimas fueron abusadas sexualmente

eran niñas y 11 víctimas adolescenstes menos de 18 y

5 eran adultas mayores

161 N˚ de casos por provincia

37 8

1-7 8-16 17-69

Otros objetos

No se conoce 8,7% 12,2%

Manos y cuerpo

12,2%

18%

5

Arma Blanca

víctimas habían reportado antecedentes de violencia tenían boleta de auxilio (de los casos con información)

mujeres estaban embarazadas cuando fueron asesinadas

las víctimas eran 53% (91) demadres de familia

TIPOS DE ARMA UTILIZADA

48,8%

menores de edad quedaron en situación de orfandad

Arma de fuego

13 feminicidios se suicidaron y 5 más intentaron hacerlo

46%

de los casos el femicida tenía un vínculo sentimental o era parte del circulo de confianza de la víctima.

Nota: Las cifras corresponden a un esfuerzo para el registro desde la sociedad civil. Los datos pueden variar porque están en constante validación.


El grupo SOLGOLD, promoviendo el respeto y cuidado de sus trabajadores. Tiene como misión, garantizar espacios de trabajo libres de cualquier tipo de discriminación; acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer y/o personal en general. Sabemos de la importancia del cuidado y solidaridad con las víctimas. Profesamos una reparación digna, garantizando la confidencialidad y estricto cuidado de información sensible.

#SOLGOLD ECUADOR • #MineríaConResponsabilidad

Espacios Libres De Violencia, Discriminación y Acoso GRUPO SOLGOLD – CERO TOLERANCIA




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