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OT 13/0247 Excavación del Castro de Elviña Campaña 2014 DOCUMENTO Nº3: PPTP.
1 DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO 1.1 OBJETO DEL PLIEGO
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1.1.1
DEFINICIÓN Y ALCANCE
1.1.1.1 DEFINICIÓN El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP) incluye el conjunto de prescripciones y especificaciones que, junto a lo detallado en los demás documentos del proyecto Excavación del Castro de Elviña. Campaña 2014, serán preceptivas en la ejecución de las obras a que se refiere. Las condiciones de carácter general y las técnicas que deben cumplir los materiales y unidades de obra no especificadas a lo largo del proyecto, serán las establecidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas que deberá asumir la empresa adjudicataria del proyecto arqueológico. 1.1.1.2 ALCANCE. El presente PPTP será de aplicación en todas las unidades de obra ligadas al Proyecto de Excavación del Castro de Elviña, Campaña 2014: limpieza del área de trabajo, excavación arqueológica, registro arqueológico, consolidación y restauración de bienes muebles e inmuebles y en el proceso de gestión de la información desde el registro en campo hasta su depósito en el Ayuntamiento de A Coruña.
1.1.2
DEFINICIÓN DE LAS OBRAS
1.1.2.1 DESCRIPCIÓN GENERAL El objeto del Proyecto al que acompaña el presente PPTP es desarrollar las obras necesarias para la ejecución del Proyecto Arqueológico antes citado. Las obras objeto de este proyecto consiste en la limpieza, excavación, consolidación y restauración de las áreas de trabajo definidas en el Proyecto Excavación del Castro de Elviña, Campaña 2014 1.1.2.2 OTRAS OBRAS El resto de las obras incluidas en el Proyecto se ejecutarán de acuerdo con los Planos o, en su caso, de acuerdo con las órdenes de la correspondiente Dirección Facultativa, convenientemente nombrada, o facultativo en quien delegue durante la ejecución de los trabajos, quedando sujetas tales obras a las mismas condiciones que las demás.
1.1.3
DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS
Las obras quedan definidas por los documentos contractuales de Memoria y Anexos, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, Planos, Pliegos, en cualquiera de sus variantes, y Presupuesto. 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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Las obras se realizarán de acuerdo con los Planos del Proyecto utilizado para la adjudicación, y con las instrucciones y planos adicionales de ejecución que entregue la Dirección Facultativa al Contratista. Los documentos, tanto del Proyecto como otros complementarios que el Ayuntamiento entregue al Contratista, pueden tener valor contractual o meramente informativo. El Acta de Comprobación del Replanteo y los plazos parciales que puedan haberse fijado al aprobar el Programa de Trabajos, se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. Para ello, será necesario que dichos documentos sean aprobados por el Ayuntamiento. En el caso de estimarse necesario durante la redacción del Proyecto calificar de contractual cualquier otro documento del mismo, se hará constar así en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), estableciendo a continuación las normas por las que se regirán los incidentes de contradicción con los otros documentos contractuales.
1.1.4
DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
El presente PPTP quedará complementado con las condiciones económicas que puedan fijarse en el anuncio del Concurso, en las Bases de ejecución de las obras o en el Contrato de Escritura. Las condiciones del PPTP, pues, serán preceptivas en tanto no sean anuladas o modificadas, en forma expresa, por la documentación anteriormente citada.
1.1.5
CONFRONTACION DE PLANOS Y MEDIDAS
Una vez recibidos por el Contratista los planos definitorios de las obras, éste deberá informar, a la mayor brevedad posible, a la Dirección Facultativa, sobre cualquier error o contradicción que hubiera podido encontrar en aquellos. Cualquier error que pueda cometerse durante la ejecución de las obras, debido a negligencia en el desarrollo de la labor de confrontación, será imputable al Contratista.
1.1.6
CONTRADICIONES, OMISIONES O ERRORES EN LA DOCUMENTACIÓN
Los errores materiales que puedan contener el Proyecto o Presupuesto elaborado por el Ayuntamiento no invalidarán el contrato, salvo que sean denunciados por cualesquiera de las partes dentro de dos (2) meses computados a partir de la fecha del Acta de Comprobación del Replanteo y afecten, además, al importe del presupuesto de la obra al menos en un diez (10) por ciento. Caso contrario, los errores materiales sólo darán lugar a su rectificación, pero manteniéndose invariable la baja proporcional resultante en la adjudicación. En caso de contradicción entre los Planos y el PPTP, la Dirección Facultativa establecerá la correcta interpretación de los planos, condiciones de materiales y ejecución de unidades de obra. En todo caso, ambos documentos prevalecerán sobre el PPTG. Lo mencionado en el PPTP y omitido en los Planos, o viceversa, habrá de ser ejecutado como si estuviese expuesto en ambos documentos; siempre que a juicio del Director de obra quede suficientemente definida la unidad de obra correspondiente y ésta tenga precio en el Contrato. En caso de contradicciones e incompatibilidad entre los documentos del presente Proyecto, se debe tener en cuenta lo siguiente:
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Los Planos tienen prelación sobre los demás documentos del Proyecto, en lo que a dimensionamiento se refiere, en caso de incompatibilidad de dichas dimensiones. El Proyecto Arqueológico tiene prelación sobre los demás documentos en lo que se refiere a la ejecución de los trabajos y definición de las unidades de obra
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El PPTP tiene prelación sobre los demás en lo que se refiere a materiales que han de emplearse y calidad de ejecución de los trabajos. El Cuadro de Precios tiene prelación sobre cualquier otro documento en lo que se refiere a precios de la unidad de obra. En caso de contradicción entre este Pliego y el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que se formule por el Órgano de Contratación, se entiende que regirá el último Pliego en lugar de éste. Se aclara que en lo no previsto en este Pliego, será de aplicación el Reglamento General de Contratación de la Ley de contratos del Sector Público, así como el Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de Junio. Las contradicciones, omisiones o errores que se adviertan en estos documentos por la Dirección Facultativa o por el Contratista, antes de la iniciación de la obra, deberán reflejarse en el Acta de Comprobación del Replanteo con su posible solución.
1.1.7
ARCHIVO ACTUALIZADO DE DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS
El Contratista dispondrá en obra de una copia completa de los Pliegos de Prescripciones, un juego completo de los planos del Proyecto, así como copias de todos los planos complementarios desarrollados por el Contratista o de los revisados suministrados por la Dirección Facultativa, junto con las instrucciones y especificaciones complementarias que pudieran acompañarlos. Corre a cargo del contratista, la redacción de informes y memorias derivados de la ejecución del Proyecto Excavación del Castro de Elviña. Campaña 2014 que determine la administración competente en materia de Patrimonio Cultural o la Dirección Facultativa. El Contratista está obligado a entregar a la Dirección Facultativa los planos de detalle que, siendo necesarios para la ejecución de las obras, no hayan sido desarrollados en el Proyecto ni entregados posteriormente por el Ayuntamiento. Mensualmente se le requerirá al contratista planos de cada una de las unidades estratigráficas documentadas (incluidas estructuras arqueológicas). Estos planos, que deberán ser entregados en formato vectorial, serán la base para que la dirección facultativa pueda hacer una comprobación de las mediciones y del correcto registro estratigráfico. Se deberá entregar un archivo que contenga cada una de las unidades estratigráficas en formato vectorial otro archivo que incluya todas las unidades estratigráficas dentro de cada una de las áreas de trabajo definidas en proyecto y otro con todos los documentos txt que incluya la información topográfica. Corre a cargo del contratista la redacción de aquellos informes que la consellería de cultura, educación y ordenación universitaria pueda requerir en el transcurso de los trabajos ligados al presente proyecto arqueológico.
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1.1.8
REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN
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1.1.8.1 DIRECCIÓN FACULTATIVA La Administración designará al Director Facultativo. El director de obra por sí, o por aquellos que actúen en su representación, será el responsable de la comprobación y vigilancia de la correcta realización de la obra contratada. Para el desempeño de su función, podrá contar con colaboradores a sus órdenes, que integrarán, junto con el propio Director, la Dirección de la obra. 1.1.8.2 INSPECCIÓN DE LAS OBRAS El Contratista proporcionará a la Dirección Facultativa o a aquellas personas que integran la citada Dirección, toda clase de facilidades para practicar replanteos, reconocimientos, y pruebas de los materiales y de su preparación, y para llevar a cabo la inspección y vigilancia de la obra y de todos los trabajos, con objeto de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas tanto en el Proyecto como en este PPTP, permitiendo y facilitando el acceso a todas las partes de la obra, incluso a las fábricas y talleres donde se produzcan los materiales o se realicen trabajos para las obras.
1.1.9
REPRESENTANTES DEL CONTRATISTA
1.1.9.1 EL CONTRATISTA Se entiende por Contratista la parte contratante obligada a la ejecución de la obra. 1.1.9.2 REPRESENTANTES DEL CONTRATISTA El Contratista vendrá obligado a tener, al frente de los trabajos, un técnico, cuya designación deberá comunicar a la Dirección Facultativa, antes del comienzo del replanteo general. Tanto el Contratista como el encargado serán responsables de los accidentes, perjuicios o infracciones que puedan ocurrir por la mala ejecución de las obras o el incumplimiento de las disposiciones de la Dirección Facultativa. Una vez adjudicadas definitivamente las obras, el Contratista designará un técnico competente, que será aceptado por el Ayuntamiento, para que asuma la Dirección de la Ejecución Material de los trabajos y que actúe como representante suyo ante la Administración a todos los efectos que se requieran y durante la ejecución de las obras, y que deberá: Ostentar la representación del Contratista cuando sea necesaria su actuación o presencia en cualquier acto derivado del cumplimiento de las obligaciones contractuales, siempre en orden a la ejecución y buena marcha de las obras. Organizar la ejecución de la obra e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas de la Dirección. Proponer a la Dirección o colaborar con ella en la resolución de los problemas que se planteen durante la ejecución. La Dirección de las obras podrá recabar del Contratista la designación de un nuevo Representante y, en su caso, de cualquier facultativo que de él dependa, cuando así lo justifique la marcha de los trabajos. PÁGINA 10 DE 54
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En los casos en que la Dirección lo estime oportuno, el Contratista deberá instalar antes del comienzo de las obras, y mantener durante la ejecución de las mismas, una oficina de obras en el lugar que considere más apropiado previa conformidad de la Dirección Facultativa. No se podrá cambiar o trasladar la Oficina de obra sin previa autorización de la Dirección.
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1.1.10
Documentos que se entregan al Contratista
Los documentos, tanto del Proyecto como otros complementarios, que la Administración entrega al Contratista, pueden tener valor contractual o meramente informativo. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de contratación en el sector público.
1.1.11
Cumplimiento de las ordenanzas y normativas vigentes
El Contratista viene obligado al cumplimiento de la legislación vigente que por cualquier concepto, durante el desarrollo de los trabajos, le sea de aplicación, aunque no se encuentre expresamente indicada en este Pliego o en cualquier otro documento contractual, y sea tanto de carácter local como autonómico o estatal. El Contratista está expresamente obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, y de Seguridad y Salud en el Trabajo.
1.1.12
RECLUTAMIENTO DE PERSONAL
Corresponde al Contratista, bajo su exclusiva responsabilidad, la contratación de toda la mano de obra, tanto técnica como de oficios, que precise para la ejecución de los trabajos en las condiciones previstas por el contrato y en las condiciones que fije la normativa laboral vigente y la Ley 8/1995 de Patrimonio Cultural de Galicia. El Contratista deberá entregar a la Dirección Facultativa, la relación del personal adscrito a la obra, clasificado por categorías profesionales y tajos. La distribución y tareas del equipo técnico deberán basarse en la establecida en el Convenio Colectivo de Ámbito Autonómico de Galicia para la Actividad Arqueológica publicado en el DOGA del día 15 de marzo de 2012. Cada una de las personas que componen el equipo de trabajo sólo podrá realizar funciones propias de su categoría profesional. El contratista deberá entregar la relación del personal técnico adscrito a la obra, incluido el director arqueológico y el responsable de restauración. Esta relación, deberá incluir las funciones que desarrollará cada uno de los componentes del equipo técnico. La Dirección Facultativa demandará que cada técnico tenga experiencia demostrable en la función concreta que va a llevar a cabo. El equipo técnico presentado por el contratista en la fase de concurso no podrá variar. En caso de alguna modificación, que deberá ser siempre puntual, el perfil del nuevo técnico deberá ser igual o superior al previamente presentado. La figura del responsable de restauración será obligatoria, deberá contar con titulación específica que le permita el desarrollo de las unidades de obra contempladas en el proyecto. Deberá contar con experiencia demostrable en las unidades de obra que va a supervisar. En todo caso, la responsabilidad de los trabajos recaerá en el director de la actividad arqueológica. La figura del director arqueológico y la del responsable de restauración podrá ser la misma siempre que el director arqueológico, además de demostrar experiencia en la dirección de este tipo de actuaciones, posea alguno de los títulos oficialmente reconocidos para ser considerado técnico especialista en restauración arqueológica.
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Tanto los oficiales como los auxiliares oficiales deberán tener experiencia demostrable en las funciones que van a desarrollar. El equipo de auxiliares y oficiales de Arqueología deberá ser entregado por el contratista a la Dirección Facultativa El uso de maquinaria, en especial la empleada con la remoción y transporte de tierras deberá ser manejada por peones especializados con experiencia demostrable en el uso de ésta maquinaria. El Contratista es responsable de los fraudes o malversaciones que sean cometidos por su personal en el suministro o en el empleo de los materiales. Todo lo que se establece en este artículo es de aplicación general a todo el personal de obra, obligando igualmente a aquel que depende indirectamente del Contratista y en razón de subcontratos, tanto de obra como de suministro.
1.1.13
Subcontratos
El Contratista podrá concertar con terceros la realización parcial del contrato, salvo que éste disponga lo contrario o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario. Ninguna parte de las obras podrá ser subcontratada sin consentimiento previo, solicitado por escrito, de la Administración. Dicha solicitud incluirá los datos precisos para garantizar que el subcontratista posee la capacidad suficiente para hacerse cargo de los trabajos en cuestión. La Dirección Facultativa podrá pedir todas las informaciones adicionales que necesite antes de decidir si procede conceder la subcontratación. La Dirección Facultativa estará facultada para decidir la exclusión de aquellos subcontratistas que, previamente aceptados, no demuestren durante los trabajos poseer las condiciones requeridas. El Contratista deberá adoptar las medidas precisas e inmediatas para la rescisión de dichos subcontratos. El Contratista no podrá conferir en los Subcontratos ningún derecho o concesión que él no tenga adjudicado en el Contrato. El Contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al Ayuntamiento, respondiendo en todo momento de los subcontratistas, para los cuales regirán además todas las disposiciones que este Pliego contiene, así como las vigentes en materia laboral, seguridad y salud, control de calidad y demás materias.
1.1.14
Órdenes e Incidencias
1.1.14.1 LIBRO DE ÓRDENES El libro de Órdenes será diligenciado previamente por el Departamento a que está adscrita la obra, se abrirá en la fecha de Comprobación del Replanteo y se cerrará en la de la Recepción de la obra. Estará a disposición de la Dirección Facultativa, en la oficina de obra del Contratista. Cuando proceda, anotará en él las órdenes, instrucciones y comunicaciones que estime oportunas, autorizándolas con su firma. Efectuada la Recepción, el Libro de Órdenes pasará a poder del Ayuntamiento, si bien podrá ser consultado en todo momento por el Contratista. 1.1.14.2 ORDENES AL CONTRATISTA El Contratista se atendrá en el curso de la ejecución de las obras a las órdenes e instrucciones que le sean dadas por la Dirección Facultativa, que se le comunicarán por escrito y duplicado, debiendo, el Contratista, devolver una copia con la firma del «Enterado». PÁGINA 12 DE 54
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Cuando el Contratista estime que las prescripciones de una orden sobrepasan las obligaciones del contrato, deberá presentar la observación escrita y justificada. La reclamación no suspende la ejecución de la orden de servicio, a menos que sea decidido lo contrario por el Director Facultativo. Sin perjuicio de las disposiciones precedentes, el Contratista ejecutará las obras ateniéndose estrictamente a la documentación gráfica, órdenes de servicio, y, en su caso, a los modelos que le sean suministrados en el curso del contrato. El Contratista está obligado a aceptar las prescripciones escritas que señale la Dirección, aunque supongan modificación o anulación de órdenes precedentes, o alteración de planos previamente autorizados o de su documentación aneja. El Contratista carece de facultades para introducir modificaciones en el Proyecto de las obras contratadas, en los planos de detalle autorizados por la Dirección, o en las órdenes que le hayan sido comunicadas. A requerimiento del Director Facultativo, el Contratista estará obligado, a su cargo, a sustituir los materiales indebidamente empleados, y a la demolición y reconstrucción de las obras ejecutadas en desacuerdo con las órdenes o los planos autorizados. 1.1.14.3 LIBRO DE INCIDENCIAS Cuando por la importancia de la obra, el Ayuntamiento así lo estimase necesario, la Dirección Facultativa llevará un Libro de Incidencias de la obra. El Contratista está obligado a proporcionar a la Dirección las facilidades necesarias para la recogida de los datos de toda clase que sean precisos para que ésta pueda llevar correctamente el Libro de Incidencias. 1.2 SOBRE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
1.2.1
Programa de trabajos y plazos de ejecución
El Contratista deberá presentar un programa de trabajos en el plazo de una semana desde la notificación de la autorización para iniciar las obras, que deberá incluir, como mínimo, los siguientes datos: Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el Proyecto, con expresión de sus mediciones. Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus rendimientos medios. Las instalaciones generales para la ejecución de las obras. Las instalaciones y maquinaria para la puesta en obra de los materiales necesarios para la ejecución. Dicho programa se confeccionará de acuerdo con los resultados del Estudio de Ejecución de obra y con las observaciones al mismo hechas por la Dirección de Obra. 1.2.1.1 DIAGRAMA DE LAS DIVERSAS ACTIVIDADES O TRABAJOS Se deberá presentar un programa de trabajos que deberá de ser compatible con los plazos parciales establecidos, y tendrá las holguras convenientes para hacer frente a aquellas incidencias de obra que, sin ser de posible programación, deban ser tenidas en cuenta en toda obra según sea la naturaleza de los trabajos y la probabilidad de que se presenten. En todo caso, el diagrama que se presente deberá recoger los tiempos y fechas planificados para la redacción, composición y entrega de los informes y memorias preceptivos, tanto durante la fase de ejecución de los trabajos de campo como en la fase de gabinete propiamente dicha. 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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El Contratista estará obligado a presentar un programa de plazos de forma previa al inicio de las obras que nunca será mayor en tiempo al definido por la Dirección Facultativa, quien lo resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentación. La resolución puede imponer al programa de trabajos presentado la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El Director de Obra podrá acordar no dar curso a las certificaciones de obra hasta que el Contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajos cuando éste sea obligatorio, sin derecho a intereses de demora, en su caso, por retraso en el pago de estas certificaciones. El programa de trabajos será revisado cada trimestre por el Contratista y cuantas veces sea éste requerido para ello por la Dirección Facultativa debido a causas que el Director estime suficientes. En caso de no precisar modificación, el Contratista lo comunicará mediante certificación suscrita por su Representante. 1.2.1.2 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS El plazo de ejecución de las obras será de 5 meses de trabajo de campo. A estos 5 meses, se le sumarán 3 meses más para la finalización de los trabajos de gabinete. 1.2.1.3 PLAZO PARA EL COMIENZO DE LAS OBRAS La ejecución de las obras deberá iniciarse al día siguiente de la fecha de firma del Acta de comprobación del replanteo. 1.2.1.4 CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro de los plazos fijados para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias sobre el precio del contrato. El Ayuntamiento tendrá la misma facultad respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales, cuando se hubieren previsto en PCAP o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumible la imposibilidad de cumplimiento del plazo total. Los importes de las penalidades por demora se harán efectivos mediante deducción de los mismos en las certificaciones de obra o en los documentos de pago al contratista. La aplicación y el pago de estas penalidades no excluye la indemnización a que el Ayuntamiento pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había designado, se concederá por el Ayuntamiento un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido a no ser que el contratista pidiera otro menor.
1.2.2
Alteraciones y/o limitaciones del Proyecto
La Dirección Facultativa podrá introducir en el Proyecto, antes de empezar las obras o durante su ejecución, las modificaciones que sean precisas. Estas modificaciones se realizarán siempre en cumplimiento de la Ley 8/1995 de Patrimonio Cultural de Galicia y del decreto 199/1997 que regula la Actividad Arqueológica en Galicia. En cualquier caso, será de aplicación lo establecido en el la legislación vigente sobre contratos del Sector Público, a cerca de la modificación de los contratos. PÁGINA 14 DE 54
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1.2.3
Modificación del proyecto
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El Proyecto que rige la ejecución de una obra puede ser modificado debido a los propios resultados de la actuación arqueológica, de los trabajos de restauración, por resolución de la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria o por el buen juicio del Director Facultativo, quien deberá recabar del Ayuntamiento autorización para iniciar el correspondiente expediente, que se substanciará con carácter de urgencia con las actuaciones que prevé la legislación de contratos del Sector Público. Dichas actuaciones serán Redacción del Proyecto reformado, complementario, y su aprobación.
bien
sea
modificado,
bien
Audiencia del Contratista. Aprobación del expediente por el órgano de contratación, así como de sus gastos complementarios. Respecto de ambas partes contratantes, es potestativa la resolución del contrato cuando las modificaciones del Proyecto, aunque fueran sucesivas: Impliquen alteraciones del precio del contrato superior al diez por ciento (10%) del importe de aquél, con exclusión del IVA, Representen una alteración sustancial del Proyecto inicial, tal como la modificación de los fines y características básicas del Proyecto inicial, o la sustitución de unidades de al menos el treinta por ciento (30%) del precio primitivo del contrato, con exclusión del IVA. El proyecto reformado será tramitado a la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural para su autorización.
1.2.4
Prescripciones generales para la ejecución de las obras
Todas las obras se ejecutarán siempre ateniéndose a las reglas de buena práctica en lo relativo a las actuaciones sobre el Patrimonio Cultural, con sujeción a las normas del presente Pliego y del proyecto de Excavación Arqueológica en el Castro de Elviña. Campaña 2014. El Contratista deberá atenerse en todo caso a las instrucciones dadas por la Dirección Facultativa, que serán entregadas especialmente por escrito. Para la resolución de aquellos casos no comprendidos en las prescripciones citadas anteriormente serán de aplicación las normas establecidas en el Reglamento de Contratos de las Administraciones Públicas, R.D. 1098/2001 de 12 de Octubre, así como las indicadas en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Los equipos, maquinaria y estrategias de actuación necesarios para la correcta ejecución de todas las unidades de obra deberán ser justificados previamente por el Contratista, de acuerdo con el volumen de obra a realizar y con el programa de trabajos de las obras, y presentados a la Dirección Facultativa para su aprobación. Dicha aprobación cautelar de la Dirección Facultativa no eximirá en absoluto al Contratista de ser el único responsable de la calidad, y del plazo de ejecución de las obras.
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1.2.5
Consideraciones previas a la ejecución de las obras
Las obras a que se refiere el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares deberán quedar terminadas en el plazo que se señala en las condiciones de la licitación, o en el plazo que el Contratista hubiese ofrecido con ocasión de dicha licitación y fuese aceptado por el contratado subsiguiente. Lo anteriormente indicado es asimismo aplicable para los plazos parciales, si así se hubiera hecho constar. Todo plazo comprometido comienza al principio del día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo. Cuando el plazo se fija en días, estos serán naturales, y el último se computará por entero. Cuando el plazo se fija en meses, se contará de fecha a fecha. Si no existe fecha correspondiente, en el que se ha finalizado el plazo, éste termina el último día de ese mes. El Director Facultativo podrá exigir al Contratista un informe con la información adecuada sobre el estado de las propiedades antes del comienzo de las obras, si éstas pueden ser afectadas por las mismas o si pueden ser causa de posibles reclamaciones de daños. El Contratista consultará, antes del comienzo de los trabajos, a los afectados sobre la situación exacta de los servicios existentes y adoptará sistemas de construcción que eviten daños. El Contratista podrá disponer de espacios adyacentes o próximos al tajo mismo de la obra, de acuerdo con el Director Facultativo, para el acopio de materiales, la ubicación de instalaciones auxiliares o el movimiento de equipos y personal, siendo de su cuenta y responsabilidad la reposición de estos terrenos a su estado original y la reparación de los deterioros que hubiera podido ocasionar. Las ubicaciones de las áreas para instalación de los acopios serán propuestos por el Contratista a la aprobación de la Dirección Facultativa. Todo el transporte y acopios intermedios que se realicen en la obra serán por cuenta del contratista, ya que van incluidos en los precios de las excavaciones. Se prevén dos escombreras, una de sedimento fino y otra de piedras. Las dos deberán quedar perfectamente definidas en el lugar que indicará la Dirección Facultativa. El contratista deberá responsabilizarse de que el acopio no altere ningún servicio existente. La escombrera de piedras y la de tierra deberán estar situadas a una distancia prudencial para evitar que ambas se mezclen. Parte del sedimento extraído de la excavación será empleado en el tapado de los sondeos de campañas anteriores previo a la colocación de una tela de geotextil y áridos.
1.2.6
Replanteo previo
La Dirección Facultativa hará sobre el terreno el replanteo general de las obras para que, con el auxilio de los planos, pueda el Contratista ejecutarlas debidamente. Dicho replanteo se efectuará en presencia del personal previamente designado por el Contratista y se levantará acta que firmarán ambas partes, la cual se someterá a la aprobación reglamentaria. En el replanteo se fijarán los niveles necesarios para referir las obras. El Contratista se hará cargo de las marcas, señales, estacas, y referencias que se dejen sobre el terreno, así como de todos los gastos que se originen de los replanteos y nivelaciones. Además se observará que no existe ningún nuevo condicionante que pudiera haber aparecido entre la redacción del Proyecto y el replanteo. De ser así se indicará en el Acta de Comprobación del replanteo, y se pasará al replanteo de las distintas partes de la obra tanto en planta como en alzado.
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1.2.7
Acta de Comprobación del replanteo
La ejecución del contrato de obras comenzará con el Acto de Comprobación del Replanteo, que se sujetará a las reglas determinadas en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. A tales efectos, dentro del plazo que se consigne en el contrato, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del Contratista, a efectuar la comprobación del replanteo, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar al órgano que celebró el contrato. El Acta de Comprobación del Replanteo reflejará los siguientes extremos: La conformidad o disconformidad del replanteo respecto de los documentos contractuales del Proyecto. Especial y expresa referencia a las características geométricas de la obra. Especial y expresa referencia a la autorización para la ocupación de los terrenos necesarios. Las contradicciones, errores u omisiones que se hubieran observado en los documentos contractuales del Proyecto. Cualquier otro punto que pueda afectar al cumplimiento del contrato. El Acta de Comprobación del Replanteo formará parte integrante del contrato a los efectos de su exigibilidad. El Contratista transcribirá, y el Director Facultativo autorizará con su firma, el texto del Acta en el Libro de Órdenes. La Comprobación del Replanteo deberá centrarse en la comprobación de las áreas de excavación, así como los puntos fijos o auxiliares necesarios para los sucesivos replanteos de detalle. Los datos, cotas y puntos fijados serán reflejados por el Contratista en el correspondiente Plano de Comprobación del replanteo, aprobado mediante firma tanto por los representantes del Contratista como por la Dirección Facultativa, que será anejo al Acta de Comprobación de Replanteo, y que se unirá al expediente de la obra. El Director de Obra comprobará los replanteos efectuados por el Contratista y éste no podrá iniciar la ejecución, de ninguna obra o parte de ella, sin haber obtenido del Director la correspondiente aprobación del replanteo. Serán, en todo caso, de cuenta del Contratista todos los gastos derivados de la Comprobación del Replanteo.
1.2.8
Equipo de obras
El Contratista está obligado, bajo su responsabilidad, a proveerse y disponer en obra de todas las máquinas, útiles y medios auxiliares necesarios para la ejecución de las obras, en las condiciones de calidad, potencia, capacidad de producción y en cantidad suficiente para cumplir todas las condiciones del contrato, así como a manejarlos, mantenerlos, conservarlos y emplearlos adecuada y correctamente. Deberán estar disponibles a pie de obra con suficiente antelación al comienzo del trabajo correspondiente, para que puedan ser examinados y autorizados, en su caso, por el Director de Obra. Todos los gastos que se originen por el cumplimiento del presente Artículo, se considerarán incluidos en los precios de las unidades correspondientes y, en consecuencia, no serán abonados separadamente, salvo expresa indicación en contrario que figure en algún documento contractual.
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1.2.9
Instalaciones, medios y obras auxiliares
El Contratista queda obligado a proyectar y construir por su cuenta todas las edificaciones auxiliares para oficinas, almacenes, cobertizos, instalaciones sanitarias y demás de tipo provisional. Será asimismo de cuenta del Contratista el enganche y suministro de energía eléctrica y agua para la ejecución de las obras, las cuales deberán quedar realizadas de acuerdo con los Reglamentos vigentes, y las Normas de las diferentes compañías suministradoras. Deberán presentarse a la Dirección Facultativa con la antelación suficiente para que ésta pueda decidir sobre su idoneidad y ubicación.
1.2.10
Conservación de las obras durante la ejecución
El Contratista está obligado a conservar, durante la ejecución de las obras y hasta el término del período de garantía, todas las obras objeto del contrato, incluidas las correspondientes a las modificaciones del Proyecto autorizadas, así como las carreteras, accesos y servidumbres afectadas, desvíos provisionales, señalizaciones existentes y señalizaciones de obra, y cuantas obras, elementos e instalaciones auxiliares deban permanecer en servicio, manteniéndolos en buenas condiciones de uso. Los trabajos de conservación durante la ejecución de las obras hasta el término del período de garantía, no serán de abono, salvo que expresamente, y para determinados trabajos, se prescriba lo contrario en alguno de los documentos contractuales. Inmediatamente antes de la Recepción de las obras, el Contratista habrá realizado la limpieza general de la obra, retirado todas las instalaciones auxiliares y, salvo expresa prescripción contraria del Director Facultativo, demolido, removido y efectuado el acondicionamiento del terreno de las obras auxiliares que hayan de ser inutilizadas, estuvieran estas tanto bajo la rasante definitiva del Proyecto como sobre ella, siendo de su cuenta y responsabilidad la total reposición de estos terrenos a su estado original y la reparación de los deterioros que hubiera podido ocasionar, con especial cuidado cuando se hayan instalado fuera del ámbito de las obras a las que se refiere el Proyecto.
1.2.11
Medidas en materia de seguridad y salud
El Contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo. El Contratista deberá constituir el órgano necesario con función específica de velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre Seguridad y Salud en el Trabajo y designará el personal técnico de seguridad que asuma las obligaciones correspondientes en cada centro de trabajo. El Contratista elaborará un Plan de Seguridad y Salud, en aplicación del Estudio de Seguridad y Salud o, en su caso, del Estudio Básico, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones en él detalladas. Para la ejecución de las obras se designará un Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras que informará el Plan de Seguridad y Salud y ambos, Informe y Plan, se elevarán para su aprobación al Ayuntamiento. El Plan de Seguridad y Salud podrá ser modificado por el Contratista en función del proceso de ejecución de la obra, pero siempre con la aprobación expresa tanto del Coordinador en materia de Seguridad y Salud como del Ayuntamiento. Las responsabilidades del Coordinador y de la Dirección Facultativa no eximirán de sus responsabilidades al Contratista y a los posibles subcontratistas. PÁGINA 18 DE 54
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Las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud que deberán adoptarse en las obras se ajustarán a lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, así como al resto de normativa vigente que lo desarrolla.
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1.2.12
Seguridad de las personas ajenas a las obras
El Contratista es responsable y deberá adoptar las precauciones necesarias para garantizar la seguridad de las personas que transiten por la zona de obras y las proximidades afectadas por los trabajos a él encomendados. En particular, prestará especial atención a la seguridad del tráfico peatonal, así como del rodado, a las voladuras, a las líneas eléctricas, y a las grúas y máquinas cuyo vuelo se efectúe sobre zonas de tránsito o vías de comunicación. 1.3 SOBRE EL CONTRATO Y LAS CONDICIONES ECONÓMICAS
1.3.1
Normas generales sobre medición y abono de las obras
La Dirección Facultativa realizará mensualmente la medición de las unidades de obra ejecutadas durante el período de tiempo anterior. El Contratista o su Representante, podrán presenciar la realización de tales mediciones. Con carácter general, todas las unidades de obra se medirán por su volumen, superficie, longitud o peso, expresados en unidades del sistema métrico, o por el número de unidades iguales, de acuerdo a como figuran especificadas en los diferentes Cuadros de Precios. Las mediciones se calcularán por procedimientos geométricos a partir de los datos de los planos del Proyecto o lo que se realicen durante la ejecución del mismo. Esta medición se realizará a partir de planos de planta de las áreas de trabajo, por medición sobre planos de perfiles transversales, o sobre planos acotados, tomados del terreno. A estos efectos sólo serán válidos los levantamientos topográficos y datos de campo que hayan sido aprobados por la Dirección Facultativa. En ningún caso el Contratista tendrá derecho a reclamación fundándose en insuficiencia de precios o en la falta de expresión explícita, en los precios o en el Pliego de Prescripciones Técnicas, de algún material u operación necesarios para la ejecución de una unidad de obra.
1.3.2
Precios unitarios de contrato
Los precios unitarios para la valoración de la obra ejecutada serán los que figuren en el Proyecto. El cálculo de los precios de las distintas unidades de obra se basará en la determinación de los costes directos e indirectos precisos para su ejecución, sin incorporar, en ningún caso, el impuesto sobre el valor añadido que pueda gravar las entregas de bienes o prestaciones de servicios realizados. Se consideran costes directos: La mano de obra con sus pluses, cargas y seguros sociales que intervengan en la unidad de obra Los materiales, a los precios resultantes, a pie de obra, que quedan integrados en la unidad de que se trate o que sean necesarios para su ejecución
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Los gastos de personal, combustible, energía, etc, que tengan lugar por el accionamiento o funcionamiento de la maquinaria e instalaciones utilizadas en la ejecución Los gastos de amortización y conservación de la maquinaria e instalaciones anteriormente citadas.
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Se consideran gastos indirectos: Los gastos de instalación de oficinas a pie de obra, comunicaciones, edificación de almacenes, etc. Los gastos de personal técnico, administrativo y mando, adscritos exclusivamente a la obra. Los imprevistos Todos los trabajos, transportes, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios Los costes de gestión, localización y reposición de cualquier servicio o elemento público o privado que se vea afectado por la ejecución de las obras, será de cuenta de la empresa adjudicataria, considerando que en su oferta se encuentran repercutidas proporcionalmente sobre el presupuesto final.
1.3.3
Partidas alzadas
Se considerará, a los efectos de su abono: como partidas alzadas a justificar, las susceptibles de ser medidas en todas sus partes en unidades de obra, con precios unitarios como partidas alzadas de abono íntegro, aquellas que se refieran a trabajos cuyas especificaciones figuren en los documentos contractuales del Proyecto y nos sean susceptibles de medición. Las partidas alzadas a justificar se abonarán a los precios del contrato, con arreglo a las condiciones del mismo y al resultado de las mediciones correspondientes. Las partidas alzadas de abono íntegro se abonarán al Contratista en su totalidad, una vez terminados completamente los trabajos y obras a que se refieran, de acuerdo con las condiciones del contrato. Las partidas alzadas de abono íntegro deberán incluirse y definirse en los Cuadros de Precios del Proyecto.
1.3.4
Abonos a cuenta por materiales acopiados, instalaciones y equipos
Cuando no haya peligro de que los materiales recibidos como útiles y almacenados en la obra o en los almacenes autorizados para su acopio, sufran deterioro o desaparezcan, se podrá abonar al Contratista hasta el setenta y cinco por ciento (75%) de su valor, incluyendo tal partida en la relación valorada mensual y teniendo en cuenta este adelanto para deducirlo más tarde. Para realizar dicho abono será necesaria la constitución previa del correspondiente aval de acuerdo con lo establecido en el reglamento General de la LCAP. Asimismo se podrán realizar abonos a cuenta por razón del equipo y de las instalaciones necesarias, si son propiedad del Contratista, se hallan en disposición de ser utilizados y dicha utilización ha de tener lugar en plazo inmediato de acuerdo con el programa de trabajos. PÁGINA 20 DE 54
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1.3.5
Revisión de precios
La revisión de precios se regirá por las disposiciones legales vigentes en la fecha de licitación de las obras. Se llevará a cabo mediante los índices o fórmulas de carácter oficial que determine el Ayuntamiento. La revisión de precios en los contratos de las Administraciones Públicas tendrá lugar, en los términos establecidos en el TRLCSP y salvo que la improcedencia de la revisión se hubiese previsto expresamente en los pliegos o pactado en el contrato, cuando éste se hubiese ejecutado, al menos, en el 20 por 100 de su importe y hubiese transcurrido un año desde su formalización. En consecuencia, el primer 20 por 100 ejecutado y el primer año transcurrido desde la formalización quedarán excluidos de la revisión. Las fórmulas de revisión servirán para calcular, mediante la aplicación de índices de precios, los coeficientes de revisión en cada fecha respecto a la fecha final del plazo de presentación de ofertas en las subastas y concursos, y la de la adjudicación en proceso negociado, aplicándose sus resultados a los importes líquidos de las prestaciones realizadas que tengas derecho a revisión. Cuando la cláusula de revisión se aplique sobre períodos en que el contratista hubiese incurrido en mora, los índices de precios que habrán de ser tenidos en cuenta serán aquellos que hubiesen correspondido a las fechas establecidas en el contrato para la realización de la prestación en plazo, salvo que los correspondientes al período real de ejecución produzcan un coeficiente inferior, en cuyo caso se aplicarán estos últimos. El importe de las revisiones que procedan se hará efectivo mediante el abono o descuento correspondiente en las certificaciones o pagos parciales, o excepcionalmente, en la liquidación del contrato, cuando no hayan podido incluirse en dichas certificaciones o pagos parciales.
1.3.6
Valoración de la obra ejecutada
La Dirección, tomando como base las mediciones de las unidades de obra ejecutada y los precios contratados, redactará, mensualmente, la correspondiente relación valorada a origen. No se omitirá la redacción de dicha relación valorada mensual por el hecho de que, en algún mes, la obra realizada haya sido de pequeña cuantía o incluso nula, a menos que el Ayuntamiento hubiese acordado la suspensión de la obra. La obra ejecutada se valorará a los precios de ejecución material que se establecen para cada unidad de obra y a los precios de las unidades nuevas de obra no previstas en el contrato que hayan sido debidamente autorizados. El resultado de la valoración, recibirá el nombre de Presupuesto de Ejecución Material. La valoración se realizará según lo estipulado en la Ley de contratos del Sector Público y en las normas vigentes en el Ayuntamiento durante el desarrollo de los trabajos contratados.
1.3.7
Pago del precio
El Contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en la normativa vigente y en el contrato y con arreglo al precio convenido, previa presentación de la correspondiente Certificación Ordinaria, que estará convenientemente aprobada por el Director Facultativo. El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcialmente mediante abonos a buena cuenta.
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1.3.8
Certificación y abono de las obras
Las certificaciones de obra se regirán por lo indicado en la Ley de contratos del Sector Público y por las normas vigentes en el Ayuntamiento durante el desarrollo de los trabajos contratados. Las certificaciones se expedirán mensualmente, previa la medición de las unidades de obra ejecutadas durante el período de tiempo anterior y comprenderán meses naturales salvo la primera, la última, la de liquidación y sus homólogas en caso de interrupción y suspensión. Se realizarán en los diez primeros días siguientes al mes al que correspondan, tomando como base la relación valorada y se tramitarán por el Director Facultativo, siempre que no se incumplan los requisitos establecidos. En la misma fecha en que el Director tramite la certificación remitirá al Contratista una copia de la misma y de la relación valorada correspondiente, a los efectos de su conformidad o reparos que el Contratista podrá formular en el plazo de diez días hábiles contados a partir del de recepción de los expresados documentos. En su defecto, y pasado este plazo, ambos documentos se considerarán aceptados por el Contratista, como si hubiera suscrito en ellos su conformidad. En caso contrario, y de aceptarse en todo o parte las alegaciones del contratista, éstas se tendrán en cuenta a la hora de redactar la próxima relación valorada, en su caso, en la certificación final o en la liquidación del contrato. Mensualmente también se llevará a cabo una liquidación, en la cual se abonarán las certificaciones, descontando el importe de los cargos que la Dirección de Obra tenga contra el Contratista. Si el Contratista rehúsa firmar una certificación parcial o general definitiva, o no la firma sino con reservas, debe exponer por escrito los motivos de negarse a firmar o de hacerlo con reservas y precisar el importe de sus reclamaciones. El Contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de la obra que realmente ejecute con sujeción al Proyecto que sirvió de base de licitación, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por el Director Facultativo. Todos los abonos que se efectúen son a buena cuenta y las certificaciones no suponen aprobación ni recepción de las obras que comprenden. Las certificaciones provisionales mensuales y las certificaciones definitivas, se establecerán de manera que aparezca separadamente, acumulado desde el origen, el importe de todos los trabajos liquidados, indicando las unidades de que se trata y los precios del Contrato. En las partidas por Administración se indicarán claramente los trabajos de que se trate y se desglosarán las cantidades a abonar en concepto de mano de obra, materiales, etc.
1.3.9
Trabajos no previstos y Obras complementarias
El presupuesto del Proyecto Excavación del Castro de Elviña. Campaña 2014, incluye una valoración de la excavación arqueológica, registro arqueológico, consolidación, restauración y acabado de las áreas no excavadas. Se harán mediciones semanales de cada una de las nuevas áreas excavadas para determinar si la valoración económica contemplada en proyecto es la correcta. En todo caso, la Dirección Facultativa dictaminará el momento en que se da por terminada la excavación arqueológica en estas áreas. El Ayuntamiento de A Coruña remitirá a la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural un informe en el que se describirán el resultado de las actuaciones realizadas con las propuestas del arqueólogo director y la dirección facultativa para que la administración competente en materia de Patrimonio Cultural determine el proceso a seguir.
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1.3.10
Obras construidas en exceso, defecto o incompletas
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Cuando, a juicio del Director Facultativo, no se haya ejecutado correctamente una unidad de obra, el Contratista estará obligado a cumplir las instrucciones del Director, para subsanar los efectos negativos subsiguientes, sin que tenga derecho a exigir indemnización alguna por estos trabajos. Si la obra realmente ejecutada tuviese dimensiones inferiores a las definidas en los planos, la medición para su valoración será la correspondiente a la obra realmente ejecutada.
1.3.11
Crédito de las obras
El contratista deberá poner especial cuidado en que el importe de las obras que realice no sobrepase el crédito aprobado por las mismas. Deberán suspender su gestión en el momento en que estime que la continuación de la misma supondrá un coste superior al presupuesto de adjudicación. Dará cuenta de ello al Director, no reanudando los trabajos hasta recibir orden escrita autorizándole a ello. Si el contratista realizara obras por valor superior al crédito aprobado sin haber satisfecho este requisito, se considerará que lo ha hecho por su cuenta y riesgo y sin derecho a reclamar por ellas cantidad alguna.
1.3.12
Recepción
Dentro del mes siguiente a la fecha de terminación de las obras, se procederá al acto de la Recepción, que se realizará de acuerdo con lo establecido en la Ley de contratos del Sector Público, y las disposiciones específicas aprobadas por el Ayuntamiento. El Director de Obra tendrá el carácter de facultativo designado por el Ayuntamiento, salvo indicación expresa en contra. Podrán ser objeto de Recepción Parcial aquellas partes de obra susceptibles de ser ejecutadas por fases, que puedan ser entregadas al uso público según lo establecido en el contrato. En dicho caso deberá expedirse la correspondiente certificación a cuenta. El Acta de Recepción de las obras podrá estar acompañada, si así fuera aconsejable, por un Plano de Recepción de las obras, aprobado mediante firma en las mismas condiciones que el Acta y que será anejo suyo, entregándose del Plano tantas copias como del Acta. En el Acta de Recepción se fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto.
1.3.13
Memoria Técnica
Después de la finalización de los trabajos de campo y, si fuera el caso, de la Recepción de las Obras, el Contratista está obligado, según lo estipulado en el Decreto 199/1997 que regula la actividad arqueológica en la Comunidad Autónoma de Galicia, a entregar la Memoria Técnica de los trabajos realizados. Dicha Memoria Técnica se entregará en los términos que se recogen en el presente proyecto. De no haber mención expresa sobre ella, serán de aplicación las condiciones estipuladas en el citado Decreto. La entrega, en tiempo y forma, de la Memoria Técnica, será perceptiva para proceder a la Liquidación de las Obras.
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1.3.14
Liquidación de las obras
El Director citará al Contratista, o a su Representante, fijando la fecha en que habrá de procederse a la medición general para la liquidación de la obra ejecutada. Esta medición general se formulará en el plazo de un (1) mes desde la recepción. El Contratista, o su Representante, tienen la obligación de asistir a la toma de datos y realización de la medición general que efectuará la Dirección. Si, por causas que le sean imputables no cumple tal obligación, no podrá realizar reclamación alguna en orden al resultado de aquella medición ni acerca de los actos del Ayuntamiento que se basen en tal resultado, sino previa la alegación y justificación fehaciente de inimputabilidad de aquellas causas. Para realizar la medición general, se utilizarán como datos complementarios los planos de fin de obra, la Comprobación del Replanteo, los replanteos parciales y las mediciones efectuadas durante la ejecución de la obra, el Libro de Incidencias, si lo hubiera, el de Órdenes y cuantos otros estimen necesarios el Director de Obra y el Contratista. De dicho acto se levantará acta en triplicado ejemplar que firmarán el Director Facultativo y el Contratista, retirando un ejemplar cada uno de los firmantes y remitiéndolo al Ayuntamiento el tercero. Sobre la base del resultado de la medición general, el Director Facultativo redactará la correspondiente Relación Valorada. La propuesta de liquidación se notificará al contratista para que en el plazo de diez (10) días preste su conformidad o manifieste los reparos que estime oportunos.
1.3.15
Rescisión del contrato
La causa de la resolución de un contrato puede ser por diferentes motivos que se exponen, entre otros sitios en el Pliego de Prescripciones Técnicas del Ayuntamiento. El acuerdo de resolución contendrá pronunciamiento expreso acerca de la procedencia o no de la pérdida, devolución o cancelación de la garantía constituida. La resolución del contrato dará lugar a la comprobación, medición y liquidación de las obras realizadas con arreglo al Proyecto, fijando los saldos pertinentes a favor o en contra del contratista. Será necesaria la citación de éste, en el domicilio que figure en el expediente de contratación, para su asistencia al acto de comprobación y medición. Si el saldo de la liquidación así efectuada resultase negativo, responderá en primer término la fianza y después la maquinaria y medios auxiliares propiedad del Contratista, quien en todo caso se compromete a saldar la diferencia, si existiese.
1.3.16
Resolución del contrato por demora y prórroga del contrato
Cuando las penalidades por demora establecidas alcancen lo establecido en el contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá el Ayuntamiento respecto al incumplimiento por parte del Contratista de los plazos parciales, cuando se hubiese previsto en el PCAP o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. Si el Ayuntamiento optase por la resolución, ésta deberá acordarse por el órgano de contratación sin otro trámite preceptivo que la audiencia del Contratista. Si el retraso fuese producido por motivos no imputables al Contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se concederá por el
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Ayuntamiento un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el Contratista pidiese otro menor.
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1.3.17
Riesgo y ventura. Fuerza mayor
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del Contratista. En casos de fuerza mayor y siempre que no exista actuación imprudente por parte del Contratista, éste tendrá derecho a una indemnización por los daños y perjuicios que se le hubieren producido. Tendrán la consideración de casos de fuerza mayor los siguientes: Los incendios causados por la electricidad atmosférica. Los fenómenos naturales de efectos catastróficos. Los destrozos ocasionados violentamente en tiempo de guerra, robos tumultuosos o alteraciones graves del orden público.
1.3.18
Otras obligaciones y responsabilidades
El Contratista es responsable del orden, limpieza y condiciones sanitarias de las obras del contrato, por, lo que deberá, adoptar a su cargo y bajo su responsabilidad, las medidas que le sean señaladas por las Autoridades competentes, por los Reglamentos vigentes y por el Director de Obra. El Contratista deberá obtener a su costa todos los permisos o licencias necesarias para la ejecución de las obras. Será responsabilidad del Contratista, hasta la recepción, de los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización de las obras. Serán de cuenta del Contratista las indemnizaciones por interrupción de servicios públicos o privados, daños causados por la apertura de gavias o desvíos de cauces, habilitación de caminos provisionales, explotación de préstamos y canteras y establecimiento de las instalaciones necesarias para la ejecución de las obras. El contratista estará en la obligación de cumplir lo establecido en las leyes sobre contratos de trabajo, los reglamentos de trabajo y disposiciones reguladoras de los seguros sociales y de accidentes. Todos los gastos que origine el cumplimiento de lo citado anteriormente serán de cuenta del Contratista, por lo que no serán de abono directo, esto es, se considerarán incluidos en los precios del contrato.
1.3.19
Indemnización de daños y perjuicios a terceros
Será obligación del Contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
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2 NORMATIVA Y DISPOSICIONES TÉCNICAS DE APLICACIÓN
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2.1 DISPOSICIONES TÉCNICAS A TENER EN CUENTA CON CARÁCTER GENERAL En la ejecución de las obras comprendidas en este Proyecto, serán de aplicación los siguientes textos con carácter general: Reglamento Contratos de las Administraciones Públicas, R.D. 1098/2001 de 12 de Octubre. Texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 2/2.000, del 16 de Junio). Ley de Contratos de Trabajo y disposiciones vigentes que regulan las relaciones patrono-obrero, así como cualquier otra de carácter oficial que se dicte. 2.2 DISPOSICIONES TÉCNICAS A TENER EN CUENTA CON CARÁCTER PARTICULAR En la ejecución de las obras comprendidas en este Proyecto, serán de aplicación los siguientes textos con carácter particular: Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de A Coruña. Ley 16/985 del 25 de junio de Patrimonio Histórico Español. Ley 8/1995 del 30 de octubre del Patrimonio Cultural de Galicia. Decreto 199/1997 que regula la Actividad Arqueológica en Galicia. Plan Especial del Castro de Elviña. Decreto 63/1992, del 19 de febrero por el que se reestructura la composición y el funcionamiento de las Comisiones de Patrimonio Histórico de Gallego. Decreto de 22 de abril de 1949 sobre Protección de Castillos Españoles. Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de abastecimiento de aguas de 28 de Julio de 1974. Orden Ministerial de 6 de febrero de 1976, por la que se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de carreteras y puentes de la Dirección General de Carreteras y Caminos Vecinales (PG3/75), y sus posteriores modificaciones. Normas 8.2-IC aprobadas por Orden Ministerial el 16 de Julio de 1987 sobre marcas viales. Normas 8.3-IC aprobadas por Orden Ministerial el 31 de Agosto de 1987 sobre señalización de obras. Reglamento electrotécnico para baja tensión e instrucciones técnicas. Reglamento de líneas eléctricas aéreas de alta tensión. Ley 25/88, de 29 de Julio de carreteras. Ley 8/1997 de la Xunta de Galicia de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. PÁGINA 26 DE 54
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Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. 2.3 ORDENANZAS MUNICIPALES A TENER EN CUENTA En la ejecución de las obras comprendidas en este Proyecto, serán de aplicación los siguientes textos de carácter municipal:
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Ordenanza de Gestión de Residuos Municipales y Limpieza viaria. Ordenanza Municipal Medioambiental Reguladora de la Emisión y Recepción de Ruidos y Vibraciones y del Ejercicio de las Actividades Sometidas a Licencia, del Ayuntamiento de La Coruña. Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la Ejecución de Obras del Excelentísimo Ayuntamiento de A Coruña Pliego de Condiciones Particulares y Económicas de la adjudicación. El Director Facultativo de las obras decidirá sobre las discrepancias que pudieran existir entre las disposiciones referidas, determinando cual será de aplicación en cada caso. 2.4 DISPOSICIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD En la ejecución de las obras comprendidas en este Proyecto, serán de aplicación los siguientes textos en materia de Seguridad y Salud: R.D. 1627/1997 de 24 de octubre que establece Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción. Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. R.D. 39/1997 de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. R.D. 780/1998 de 30 de abril por el que se modifica el R.D. 39/1997 de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. 2.5 CONTRADICCIONES, OMISIONES O ERRORES En caso de discrepancia, contradicción o incompatibilidad entre algunas de las condiciones impuestas por las normas señaladas y las correspondientes al PPTP, prevalecerá lo en éste dispuesto. Si existieran diferencias, para conceptos homogéneos, entre las normas reseñadas, será facultad del Director de la Obra la elección de la norma a aplicar. En todo caso, deberá entenderse que las condiciones exigidas en el presente Pliego son mínimas. En todo caso, serán de aplicación cualquier Ley, Real Decreto, Decreto, Reglamento, Norma o similar cuya aprobación oficial fuera posterior a la redacción del presente Proyecto o Pliego y en las condiciones en las que el propio documento legislativo así lo prevea.
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3 PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
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3.1 SOBRE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE RESTAURACIÓN El Contratista deberá nombrar un Responsable de Restauración quien entregará a la Dirección Facultativa el tipo de fichas técnicas a emplear y el tipo de registro que se llevará a cabo durante el desarrollo de los trabajos. En caso de que la Dirección Facultativa considere la necesidad de modificar el sistema de registro, se anotará en el libro de órdenes. Las unidades de obra incluidas dentro del proyecto tienen en cuenta los criterios de conservación internacionalmente aceptados expresados en las diversas Cartas del Restauro, el código deontológico acordado por la ECCO conjuntamente con todas las asociaciones profesionales y la Ley 8/1995 de Patrimonio Cultural de Galicia. El trabajo de conservación tendrá en cuenta además: la importancia de la diagnosis previa, la utilización de materiales y métodos compatibles, estables y de probada eficiencia; la reversibilidad, la mínima intervención, el respeto por el original, la priorización de la conservación sobre la restauración, la diferenciación de las reintegraciones, y, por supuesto, la documentación de todo el proceso. El sistema de registro se centrará tanto en el estado de las estructuras previo a la actuación como el proceso de trabajo y el estado final. El Contratista comunicará con suficiente antelación el tipo de materiales que se van a emplear y su dosificación para que éstos puedan ser valorados por la Dirección Facultativa. Las actuaciones de restauración, al igual que las arqueológicas, deberán ser incluidas en una base de datos en los mismo términos que las arqueológicas que deberá permitir el uso de la información obtenida en un formato GIS. La creación de los campos de la base de datos correrá a cargo del Contratista y deberá ser consensuada con la Dirección Facultativa. Al final de los trabajos se entregará un mapa de patologías en formato CAD, un mapa que recoja todas las actuaciones realizadas. Ambos tendrán que incluir la información mediante el sistema de coordenadas absolutas oficial (ETRS89). El contenido, el diseño y la escala de los planos serán consensuados con la Dirección Facultativa. Las actuaciones deberán cumplir las unidades de obra definidas en el proyecto y cualquier modificación deberá ser comunicada a la Dirección Facultativa. No podrán iniciarse los trabajos de consolidación y restauración hasta que el equipo de arqueólogos no haya realizado el registro de cada una de las áreas de intervención. En líneas generales las obras de restauración incluyen las siguientes unidades de obra: Diagnosis previa de las áreas de trabajo, una vez los arqueólogos hayan llevado a cabo la limpieza y el registro arqueológico. Consolidación de cada una de las estructuras arqueológicas documentadas en las áreas de trabajo, tanto las visibles en el momento PÁGINA 28 DE 54
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de inicio de los trabajos como las que puedan aparecer durante la ejecución de los trabajos.
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Retirada de las reintegraciones realizadas en campañas anteriores. Esta unidad de obra requerirá un informe previo del estado de cada de las estructuras en las que se han realizado reintegraciones. El trabajo deberá ser realizado de forma manual, no se descarta el empleo de maquinaria manual. Reintegración de las estructuras arqueológicas documentadas. Éstas deberán cumplir las especificaciones indicadas en el proyecto. Se incluyen las estructuras que puedan aparecer en las nuevas áreas de excavación recogidas en el proyecto. La altura de las reintegraciones será establecida en primer lugar por las especificaciones de los servicios técnicos de la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria, en caso de que las hubiera, y por la Dirección Facultativa. Elaboración de la documentación que establece el Decreto 199/1997 que regula la Actividad Arqueológica en Galicia y aquella otra que pueda ser demandada por la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria y por la Dirección Facultativa durante el transcurso de los trabajos. Ejecución de sistemas de drenaje en aquellas zonas que sea necesario. Relleno de áridos en las áreas de trabajo definidas en proyecto, Recreación de pavimentos. Tratamiento de perfiles. Todas aquellas unidades de obra no explicitadas en este pliego de prescripciones técnicas y que estén reflejadas en el proyecto o en las mediciones recogidas en el presupuesto deberá ser ejecutadas por el Contratista sin que suponga una modificación del presupuesto. 3.2 CONTROL DE CALIDAD Es obvio que el tipo de controles de calidad que se pueden desarrollar en una obra que tiene como objetivo la recuperación de un espacio histórico, no son los mismos que los que se pueden aplicar en la ejecución de un proyecto de construcción. Por este motivo, se van a establecer unos mínimos exigibles por parte de la Dirección Facultativa en lo referido a la metodología de trabajo, la ejecución y la calidad de los materiales empleados en el desarrollo de las diferentes unidades de obra. Será empleada la metodología que aparece en proyecto, cualquier cambio en el sistema de registro o en el proceso de gestión de la información deberá ser autorizado por la Dirección Facultativa. Tanto los materiales como la ejecución de los trabajos, las unidades de obra y la propia obra terminada deberán ser de la calidad exigida en el contrato, cumplirán las instrucciones del Director Facultativo y estarán sometidos, en cualquier momento, a los ensayos y pruebas que éste disponga, sobre todo en lo relativo a los materiales empleados en la restauración y en la consolidación. Previamente a la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, el Contratista deberá presentar un Programa de Control de Calidad que abarcará los siguientes cuatro aspectos del control: Recepción de materiales Control de ejecución 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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OT 13/0247 Excavación del Castro de Elviña Campaña 2014 DOCUMENTO Nº3: PPTP.
Control de calidad de las unidades de obra
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Recepción de la obra Servirán de base para la elaboración del Programa de Control de Calidad las especificaciones contenidas en el Proyecto, así como las indicadas en este PPTP y cualquier otra condición de normativas de obligado cumplimento, aún no estando expresamente citadas en los presentes documentos. La inspección de la calidad de los materiales, de la ejecución de las unidades de obra y de las obras terminadas corresponde a la Dirección Facultativa, para lo cual se podrá asesorar por el equipo técnico especializado que considere. El Contratista deberá dar las facilidades necesarias para la toma de muestras y la realización de ensayos y pruebas «in situ», e interrumpir cualquier actividad que pudiera impedir la correcta realización de estas operaciones. El Contratista se responsabilizará de la correcta conservación en obra de las muestras extraídas por los laboratorios de Control de Calidad, previamente a su traslado a los citados laboratorios. Como norma general, los gastos derivados del control de calidad de la obra que realice la Dirección serán por cuenta del Contratista en los límites previstos en la legislación vigente. No obstante lo anteriormente indicado, el Contratista podrá efectuar su propio control de calidad, independiente del realizado bajo la dirección del Ayuntamiento. Los gastos derivados de este control de calidad, propio del Contratista, serán de cuenta de éste y estarán incluidos en los precios del contrato no siendo, por tanto, objeto de abono independiente. Tampoco podrán ser deducibles del presupuesto disponible por el Ayuntamiento para control de calidad en virtud del contrato o de la legislación vigente. 3.3 MATERIALES NO ESPECIFICADOS EN ESTE PLIEGO Los demás materiales que, sin especificarse en este Pliego, hayan de ser empleados en obra, serán de primera calidad y no podrán utilizarse sin antes haber sido reconocidos por la Dirección Facultativa, que podrá rechazarlos si no reunieran, a su juicio, las condiciones exigibles para conseguir debidamente el objeto que motivará su empleo. Deberán, asimismo, cumplir las exigencias que a tal efecto figuran en la Memoria, Planos y Cuadro de Precios del presente Proyecto. 3.4 RECEPCIÓN DE LOS MATERIALES Y ENSAYOS Los materiales que hayan de constituir parte integrante de las unidades de la obra definitiva, los que el Contratista emplee en los medios auxiliares para su ejecución, así como los materiales de aquellas instalaciones y obras auxiliares que total o parcialmente hayan de formar parte de las obras objeto del contrato, tanto provisionales como definitivas, deberán cumplir las especificaciones establecidas en el presente PPTP. La Dirección Facultativa definirá, en conformidad con la normativa oficial vigente, las características de aquellos materiales para los que no figuren especificaciones concretas en este proyecto, de forma que puedan satisfacer las condiciones de funcionalidad y de calidad de la obra a ejecutar establecidas en el contrato. De acuerdo con las normas vigentes, no se procederá al empleo de los materiales de construcción sin que sean examinados y aceptados por la Dirección Facultativa, la cual, además, podrá hacer cuantos ensayos y pruebas crea convenientes en laboratorios homologados, a cargo del Contratista. Los materiales objeto de ensayos, serán tomados de los que se estén empleando en obra, por el mismo personal facultativo. El Contratista notificará a la Dirección, con la suficiente antelación, la procedencia y características de los materiales que se propone utilizar, a fin de que la Dirección determine su idoneidad. Si en los documentos contractuales figurase alguna marca de un producto industrial para designar a éste, se entenderá que tal mención se constriñe a las calidades y características de dicho PÁGINA 30 DE 54
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producto, pudiendo el Contratista utilizar productos de otra marca o modelo de similares características. El Contratista deberá presentar, para su aprobación, muestras, catálogos y certificados de homologación de los productos industriales y equipos identificados por marcas o patentes. Así mismo, deberá presentar también ante la Dirección los correspondientes Documentos de Idoneidad Técnica. La calidad de los materiales que hayan sido almacenados o acopiados deberá ser comprobada en el momento de su utilización para la ejecución de las obras, mediante las pruebas y ensayos correspondientes, siendo rechazados los que en ese momento no cumplan las prescripciones establecidas, teniendo especial cuidado al respecto de las fechas de caducidad de aquellos materiales perecederos. 3.5 MATERIALES QUE NO SEAN DE RECIBO Cuando los materiales no fueran de la calidad prescrita en el presente PPTP, o no tuvieran la preparación en ellos exigida; o cuando, a falta de prescripciones formales en los pliegos, se reconociera o demostrara que no fueran adecuados para su objeto, el Director Facultativo está capacitado para dar orden al Contratista para que éste, a su costa, los reemplace por otros que cumplan las prescripciones o que sean idóneos para el objeto a que se destinen. Los materiales rechazados y los que, habiendo sido inicialmente aceptados, han sufrido deterioro posteriormente, deberán ser inmediatamente retirados de la obra por cuenta del Contratista. 3.6 MATERIALES DEFECTUOSOS PERO ACEPTABLES Si los materiales fueran defectuosos pero aceptables a juicio de la Dirección Facultativa podrán emplearse, siendo ésta quien después de oír al Contratista, señale el precio a que deben valorarse. Si el Contratista no estuviese conforme con el precio fijado, vendrá obligado a sustituir dichos materiales por otros que cumplan todas las condiciones señaladas en este Pliego. 3.7 MANIPULACIÓN DE LOS MATERIALES El transporte, acopio, manipulación y empleo de los materiales se hará de forma que no queden alteradas sus características ni sufran deterioro sus formas y dimensiones. Cualquier material previamente aceptado por la Dirección Facultativa, podrá ser rechazado posteriormente si por las causas antes indicadas resultasen dañados. Aquellas partes de las obras que no queden completamente definidas en el presente Pliego, deberán llevarse a cabo según los detalles que figuran reseñados en los Planos, según las instrucciones que por escrito pueda dar la Dirección Facultativa y teniendo presentes los buenos usos y costumbres de la construcción. 3.8 DE LOS MATERIALES QUE SE EMPLEARÁN EN ACTUACIONES SOBRE CULTURA MATERIAL INMUEBLE
3.8.1
CONDICIONES GENERALES
Como norma general, los materiales que sean empleados tanto en la consolidación como en la restauración de las diferentes estructuras arqueológicas deberán garantizar la ausencia de impurezas que en el futuro puedan interactuar con los soportes originales. Los materiales que serán empleados durante los trabajos serán: 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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3.8.2
Cal
Cal hidráulica natural NHL-5. Cal natural grasa o cal apagada con garantía de más de un año de curación.
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3.8.3
Áridos
Procederán de cantera granítica y se especificará la misma al final de los trabajos. Será de granulometría fina de 2.5 o media (entrefina) . Los áridos serán de color ocre. Jabre con suficiente aporte de limo para hacer firmes y de color ocre. Grava, su espesor será variable según las necesidades exigidas, debe ser limpia y procedente de cantera, pudiéndose reutilizar aquella que sea retirada de zonas protegidas a intervenir.
3.8.4
Morteros
Su formulación dependerá de las exigencias del soporte a tratar siendo la siguiente proporción orientativa. En todo caso la dosificación de las proporciones deberá ser comunicada con suficiente antelación a la Dirección Facultativa. 3.8.4.1 CAL: ÁRIDO 1:3 remontada de muros, reintegraciones y sellado de paramentos 1:2 sellado de paramentos 1:1 revocos 1:8 recreación de pavimentos 3.8.4.2 ADITIVOS Pigmentos naturales para el teñido de los morteros.
3.8.5
Otros materiales:
Las resinas plásticas u otros productos específicos de consolidación de tierras o piedras han de ser de probada eficacia por instituciones públicas tales como el ICCROM1.
3.8.6
Elementos de protección
3.8.6.1 GEOTEXTIL Su espesor está supeditado a la función de protección exigida, debiendo adecuarse físicamente a las mismas.
1
Centro Internacional de Estudios para la Preservación y Restauración de los Bienes Culturales.
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3.8.6.2 MADERAS PARA CONTENCIONES Han de estar tratadas de modo que garanticen una durabilidad superior a 2 años.
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3.8.7
Materiales de limpieza
Para la erradicación de vegetación superior se utilizará un herbicida no residual. Para la erradicación de la microvegetación se usarán desinfectantes establecidos por la Dirección Xeral de Patrimonio, en baja concentración y siempre neutralizándolos posteriormente con abundante agua. El resto de materiales que vayan a ser utilizados no explicitados en este pliego de prescripciones técnicas particulares serán expuestos a la evaluación y criterio de la Dirección Facultativa con suficiente antelación. 3.9 DE LOS MATERIALES QUE SE EMPLEARÁN EN ACTUACIONES SOBRE CULTURA MATERIAL MUEBLE
3.9.1
CONDICIONES GENERALES
Los materiales que sean aplicados en el tratamiento de la cultura material mueble, tanto durante el proceso de excavación como en el trabajo de gabinete, deberán garantizar la ausencia de impurezas que en el futuro puedan interactuar con los soportes originales. En todo caso: Los materiales utilizados en estos trabajos deben de garantizar su reversibilidad. Las fichas técnicas de los materiales utilizados deben ser facilitadas por el Contratista a la Dirección Facultativa.
3.9.2
Disolventes:
3.9.2.1 ALCOHOL Y ACETONA Serán lo más puros posibles, no se podrán utilizar productos cosméticos por estar rebajados en dosificaciones de materiales no especificados. No se podrán usar productos que contengan cloros, dado que éstos afectarán directamente a la estabilidad de materiales metálicos. 3.9.2.2 AGUA Deberá presentar un porcentaje de sales bajo, propio de las aguas blandas como lo son las gallegas. Pese a todo, previo al uso del agua de la traída será necesario realizar una lectura con conductivímetro de la misma. En ciertos materiales específicos que así lo precisen será necesaria la utilización de agua desmineralizada.
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3.9.3
Resinas
Su uso ha de especificarse mediante una ficha de cada uno de los materiales tratados. En esta especificación será necesario razonar el uso concreto del material y su dosificación. Es necesario tener en cuenta que las actuaciones que se realicen en excavación sobre los materiales es en principio la salvaguarda para almacenaje y traslado al museo, dónde serán definitivamente tratados. Siendo por tanto importante que éstos sean de alta reversibilidad. Por ser la más utilizada y versátil se hace explícito el siguiente producto: 3.9.3.1 RESINA ACRÍLICA (PARALOID) Será de una densidad coherente respecto a las necesidades exigidas a los trabajos a realizar: engasados, adhesiones, consolidaciones, etc.
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4 PRESCRIPCIONES TÉCNICAS ARQUEOLÓGICAS 4.1 METODOLOGÍA Y REGISTRO
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4.1.1
CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA EXCAVACIÓN
Si a lo largo de la intervención se produjera algún hallazgo cuya relevancia lo requiriera, se documentará y seguidamente se comunicará a la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural u organismo competente. Una vez acabados los trabajos arqueológicos, se enviará a la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural u organismo competente una carta de finalización de la intervención Dentro de los diez (10) días siguientes a la finalización, se presentará el correspondiente Informe Valorativo con los primeros resultados obtenidos en la actuación. Asimismo se comprobará por parte de la Dirección Facultativa que todo el material está debidamente siglado, embalado e identificado externamente, listo para el trabajo de descripción y estudio. Finalmente, los materiales recuperados se entregarán con la Memoria Técnica, dentro de los tres (3) meses siguientes a la finalización de los trabajos, para su depósito definitivo en el lugar que la Dirección Xeral hubiera indicado.
4.1.2
METODOLOGÍA DE LAS ACTUACIONES ARQUEOLÓGICAS
Será exigible por parte de la Dirección Facultativa el cumplimiento de las unidades de obra definidas en el proyecto y en el presupuesto. Se empleará el proceso de excavación en área por niveles estratigráficos. El sistema de registro será el establecido en el proyecto, el presupuesto y en el presente PPTP. Cualquier modificación puntual de las áreas de excavación deberá ser autorizada por la Dirección Facultativa. El personal deberá estar cualificado, con experiencia demostrable en cada una de sus áreas de responsabilidad. Será responsabilidad del Contratista y del director de la excavación arqueológica cualquiera mala praxis en el proceso de excavación o el incumplimiento del proyecto tal y como está definido. La ejecución de cualquier unidad de obra no contemplada en el proyecto sin la expresa autorización de la Dirección Facultativa será asumida por el Contratista, al margen de las sanciones que la administración competente pudiese imponer por ejecutar una actuación arqueológica sin la autorización previa de la Xunta de Galicia y del promotor de las obras. Se excavará hasta la cota estimada en proyecto. En caso de que el Director Facultativo considere la necesidad de paralizar la excavación en alguna de las áreas sin haber llegado a la cota estimada, quedará reflejado en el libro de órdenes y se comunicará a la Dirección Xeral de Patrimonio u organismo competente en los términos que ésta determine. En caso de que las mediciones estimadas en algunas de las áreas sean menores, se calculará la diferencia y se empleará en los trabajos en otras áreas en las que el tajo sea superior al inicialmente estimado. El trabajo será principalmente manual, sólo se empleará maquinaria en aquellos casos debidamente justificados. Corre a cargo del Director de los trabajos el decidir la necesidad del uso de maquinaria y el tipo. En todo caso, en el informe valorativo y en la memoria técnica deberá argumentarse el uso de maquinaria y las medidas empleadas para evitar que el empleo de ésta pudiese crear alguna afección sobre el Patrimonio Arqueológico. El empleo de cualquier maquinaria para el proceso de extracción de tierras deberá ser autorizado por escrito por la Dirección Facultativa. 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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Se crearán dos escombreras, una de tierra y otra de piedras. La de piedras se irá generando una vez los restauradores hayan terminado zonas de trabajo. Parte del sedimento fino se empleará para el tapado de los sondeos abiertos en campañas anteriores previo tapado con geo-textil y áridos.
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4.1.3
CONDICIONES DE REGISTRO ARQUEOLÓGICO
La metodología a utilizar para los trabajos arqueológicos será la convencional en excavaciones estratigráficas. En cualquier caso, se mantendrán una serie de claves para conservar la coherencia con todo el posible registro que se hubiera realizado en campañas anteriores. El objetivo final del registro de excavación será el reunir toda la información en una serie de archivos y documentos: Sistema de información geográfico que reúna todos los geo-datos, tanto en formato vectorial como en su vertiente escrita. Archivo de fotos. Archivo con representación gráfica de las relaciones estratigráficas (matriz estratigráfica). Memoria redactada, que incluya la narración de la toma y organización de los datos y una visión explicativa de la evolución estratigráfica del yacimiento, así como un estudio de materiales exhaustivo que recoja referencias a las clasificaciones tipológicas más utilizadas para los conjuntos materiales de cada época2. Conjunto de planos o mapas que incluya, además de los habituales de situación y contexto, suficientes plantas compuestas para la comprensión de la evolución del yacimiento. En cumplimiento de la normativa legal vigente en materia cartográfica y topográfica, todo registro gráfico y de posición de material será realizado en coordenadas absolutas UTM ETRS89 y se realizará mediante el empleo de técnicas topográficas. 4.1.3.1 REGISTRO DE UNIDADES ESTRATIGRÁFICAS El método utilizado para acometer la intervención será la excavación estratigráfica. Se llevará un registro meticuloso de toda la tierra retirada, definiendo Unidades Estratigráficas [UE]. Este registro se realizará tanto de forma gráfica como escrita. El registro gráfico se realizará mediante planos de contexto simple y fotografías. El registro escrito se realizará mediante la cumplimentación de fichas-tipo en las que se describe de forma individual cada unidad, siguiendo una estandarización para cada tipo de unidad según sean depósitos, cortes o estructuras3. En estas fichas se describirá cada Unidad4 con datos objetivos: forma, composición, dimensiones, posición estratigráfica, etc., a partir de los cuáles se podrá llegar a apreciaciones de carácter más subjetivo como es la adecuada interpretación que la sitúe en el contexto general de la excavación.
2
El estudio de materiales irá acompañado de una selección de fotos lo suficientemente importante para que se
reconozcan todos los grupos de objetos y todos aquellos significativos. Además se incluirán dibujos de estos últimos. 3
Véase apartado Modelos de Fichas.
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Además de la descripción, en la ficha se consigna toda información y codificación complementaria, como el registro gráfico sobre ella realizada y su posición cronológica respecto a las demás unidades Registro escrito Las fichas utilizadas para el registro escrito de la información estratigráfica serán de cuatro tipos: UE, Listado de UE, Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
Grupos Estratigráficos [GE], listado de GE5. Toda modificación sobre estas fichas ha de ser autorizada por la Dirección Facultativa. 4.1.3.1.1
Codificación de UE’s
Toda UE documentada y registrada deberá ir codificada de forma inequívoca. La formación del código identificativo de cada de las UE se realiza de la forma siguiente: UE+sector+XXX UE16065 4.1.3.2 CONTENIDO DE LA FICHA DE UE6 Las fichas que se utilizarán distinguirán entre tres tipos de UE’s o contextos: depósitos, estructuras, y cortes. En cualesquiera de los casos, la ficha UE contendrá las siguientes campos o informaciones: Descripción Relaciones Estratigráficas Descripción, y Revisión 4.1.3.2.1
Apartado descripción
Cada tipo de UE tiene unas especificidades que se reflejan en la estructura y en los puntos a tratar en la descripción, para ello en la ficha de campo se sitúa un guión de la descripción que debe seguirse en la medida de lo posible. En cualquier caso lo fundamental de lo consignado en el campo de descripción es que se atenga a la presentación de las cualidades formales de la UE intentando mantenerse dentro de la 4
Las unidades en la base de datos existente se clasifican inicialmente en depósitos cortes o estructuras, pero a lo largo
del trabajo pueden introducirse nuevos tipos (por ejemplo pavimento) que necesariamente serán incluidos en la base de datos mediante la modificación pertinente. 5
Véase apartado Modelos de Fichas.
6
Véase apéndice de fichas
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objetividad más estricta y alejándose de la interpretación, de la funcionalidad y de las relaciones estratigráficas. 4.1.3.2.2
Apartado Relaciones Estratigráficas
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Las únicas relaciones posibles entre dos unidades estratigráficas son: No existe relación directa Superposición Correlación Toda otra relación que se introduzca para tratar de refinar éstas introduce ruido en el registro y, en ocasiones, no añade información adicional. En este punto, y como la realización concreta de la excavación puede ser realizada por equipos de muy variada configuración puesto que ha de pasar por un proceso de concurso, queda abierta la posibilidad de introducir otro tipo de relaciones pero siempre teniendo en cuenta que todas se deben reducir a las tres anteriores. La introducción de una nueva Relación Estratigráfica quedará debidamente justificada y tendrá la aprobación previa de la Dirección Facultativa. En el caso de introducir nuevas relaciones, se usarán matrices relacionales similares a las que presentan Parenti (1996) o Caballero Zoreda (1995) o, en todo caso, según el modelo adjunto. Unir
Apoyar
Adosar
Cubrir
Cortar
rellenar
Anterior a Contiene a Posterior a 4.1.3.2.3
Apartado Interpretación
Tras el epígrafe interpretación se consignará un titular o nombre de UE (ej: “Primer derrumbe de la muralla”) y se justificará razonadamente el titular anterior (ej: ”La posición de las piedras careadas en total desorden y la escasa compacidad de la matriz de grano grueso situadas directamente sobre el último horizonte de ocupación de la muralla (UE16123), llevan a pensar en que el primer derrumbe de la muralla se produjo de una forma relativamente rápida”). Por último, se registrará la cronología, si fuera posible. 4.1.3.2.4
Apartado Revisión
Este apartado se reserva para el trabajo en fase de memoria y supone una nueva interpretación a la luz de los datos conjuntos del final de campaña. 4.1.3.3 CONTENIDO DE LA FICHA LISTADO DE UE’S7 En esta ficha se realizará un resumen de las UE’s abiertas en cada sector. Resultará muy útil para llevar el control de las UE’s abiertas y que trabajo está pendiente en ellas.
7
Véase apéndice de fichas.
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4.1.3.4 CONTENIDO DE LA FICHA DE GE El Grupo Estratigráfico o GE es un concepto muy útil para organizar la información en bruto de las UE’s. El grupo estratigráfico más sencillo está formado por un agujero de poste que consta de un corte y un depósito que lo colmata. Pueden estar formados indistintamente por UE’s y GE’s.
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4.1.3.4.1
Codificación de GE’s
Toda UE documentada y registrada deberá ir codificada de forma inequívoca. La formación del código identificativo de cada de las GE se realiza de la forma siguiente y de forma análoga a lo indicado anteriormente para las UE’s: GE+sector+XXX GE16003 4.1.3.5 FICHA LISTADO DE GE’S8 Es similar al listado de UE’s en configuración y utilidad. 4.1.3.6 CONDICIONES DE REGISTRO DE HALLAZGOS. El registro de los hallazgos de campo constituirá un único listado para toda la campaña en el que se incluyen tanto los materiales arqueológicos como las muestras. Se utilizará una tabla registro contenida en la base de datos general en la que se inscriban con un código correlativo todos los hallazgos identificando en un campo descripción el contenido. Los tipos de registro son9: Pieza. Para los hallazgos que se registran individualmente. Conjunto material: para los hallazgos que se registran de forma colectiva10. Muestras 4.1.3.6.1
Registro de piezas y conjuntos materiales
Todos los materiales que se recojan serán registrados tridimensionalmente a través del sistema de coordenadas absolutas oficial (ETRS89) mediante técnicas topográficas. Este registro pormenorizado permitirá elaborar un esquema de distribución de materiales. Así mismo, esta distribución se relacionará con la correspondiente Unidad Estratigráfica en la que aparecen. En el caso de que el volumen de material arqueológico aparecido fuese tan cuantioso que su total registro tridimensional complicase la marcha normal de la excavación (niveles de acumulación latericios…), se podrá simplificar circunscribiéndolo a recuentos puntuales acotados por zonas o sectores y registro tridimensional del material más significativo, pero siempre haciendo referencia a la Unidad Estratigráfica correspondiente y previo consentimiento de la Dirección Facultativa.
8
Véase apéndice de Fichas.
9
La adición de cualquier otro tipo se realizará siempre con la autorización preceptiva de la dirección facultativa.
10
En este caso se toma un único punto con coordenadas, se entiende que nunca se recogen materiales fuera de un
círculo de 0,5 m de radio. 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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En la tabla Registro General se realizará una descripción del contenido del registro y una vez realizada la foto correspondiente11 se realizan los descartes que sean necesarios y se consignan en el campo correspondiente.
Ilustración 1. Registro general
Tanto en el caso de las piezas como de los conjuntos materiales, el siguiente paso en el registro es su inscripción en la tabla inventario.
Ilustración 2. Tabla de inventario
Todas las piezas y restos deberán ir convenientemente siglados, indicando, cuando menos, el número de código, la referencia estratigráfica y el número de la pieza. En función de este sistema 11
Todos los registros deben tener una foto de conjunto una vez extraídos.
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de registro se realizará un sistema de sigla que continúa la realizada en campañas anteriores formada por los siguientes ítems: Campaña-nº registro-nº de pieza del registro UE
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EL13-1325-15 16102 Se entregará una copia en soporte informático y una copia impresa en papel. En inventario se especificará el material que fue dibujado, fotografiado y/o restaurado. 4.1.3.6.2
Tratamiento de los materiales muebles
En relación con el tratamiento de los materiales recuperados en la actuación se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: Los materiales arqueológicos en peor estado de conservación y aquellos cuya preservación exija de tratamientos específicos urgentes, deberán ser tratados y restaurarse, previamente su traslado al Museo. Los objetos se individualizarán por UE en bolsas diferenciadas en virtud del tamaño, material, fragilidad, singularidad, etc. Cada bolsa o caja llevará una identificación básica: nombre del yacimiento, código de intervención, sector o área, UE, tipo de material y producción. Se deberá elaborar una etiqueta cuyos datos serán consensuados con la Dirección Facultativa La cerámica se guardará en bolsas de plástico de diversas medidas y estas en cajas herméticas. El material constructivo se cuantificará en la propia excavación y tan solo será guardada una muestra significativa, o aquellas piezas que muestren singularidad. El metal, el vidrio y la materia orgánica trabajada, se individualizará pieza a pieza dentro de cajas de tapa hermética y éstas dentro de recipientes herméticos de plástico del tipo tuperware o similar. La totalidad del trabajo de conservación-restauración realizado de forma preventiva y previa al ingreso de la pieza en el Museo, tendrá que ser adecuadamente documentado, inventario y siglado. Si en algún momento la Dirección Facultativa considera la necesidad de modificar el protocolo de embalaje y depósito de las piezas, será anotado en el libro de órdenes para que el Contratista proceda a seguir sus instrucciones. Todo el proceso de embalaje y depósito deberá ir descrito en la memoria técnica, incluso y de forma explícita las modificaciones indicadas por la Dirección Facultativa. 4.1.3.6.3
Inventario y siglado de los materiales
Los materiales, que se descarten del inventario, debido a su reducido tamaño o a haber sido recogidos exclusivamente para conteos, además de haber pasado todo el proceso de registro, incluido el fotografiado, deberán hacerse constar como descartados.
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Todas las piezas y restos deberán ir convenientemente siglados, indicando, cuando menos, el número de código, la referencia estratigráfica y el número de la pieza. El siglado se realizará con una cartela de papel impreso con caracteres a tamaño 9 entre dos capas de resina acrílica, tipo paraloid o similar. Se entregará una copia del listado de registro en soporte informático y una copia impresa en papel. En inventario se especificará el material que fue dibujado, fotografiado y/o restaurado. 4.1.3.6.4
Almacenaje definitivo del material arqueológico
Una vez inventariado y siglado, el material arqueológico se guardará para su almacenamiento definitivo. La cerámica se guardará por UE, y dentro de esta, por producciones y tipos cerámicos. Se separarán en bolsas diferenciadas las formas de los fragmentos indeterminados. Si algunas UE’s no proporcionasen demasiado material, podrán ser guardadas las bolsas correspondientes en una misma caja, indicándolo en la etiqueta. Los materiales que deban ser restaurados se individualizarán. Los materiales dibujados y que formen parte del catálogo de la memoria definitiva, se individualizarán en cajas separadas, al objeto de que puedan ingresar en los fondos del museo preceptivo con una identificación propia. El material arqueológico recuperado, una vez clasificado, inventariado y siglado, se depositará en el Museo que determine la Dirección General del Patrimonio Cultural en la resolución por la que se autoriza la intervención arqueológica. Todos los procedimientos relativos al tratamiento de los materias que tengan que depositarse en el Museo deberán tratarse y coordinarse por el adjudicatario con los técnicos responsables de la institución museística, por si alguna de las directrices de este apartado precisase modificaciones como consecuencia del propio funcionamiento interno de la institución. Se prestará especial atención a lo referente al embalaje, tratamiento de materiales orgánicos o frágiles y condiciones del depósito. 4.1.3.6.5
Registro de muestras
La tercera clase de información que se registrará en la intervención arqueológica son las muestras. En el sistema de registro estará en obligada coherencia con el registro de campañas anteriores, las muestras recogidas lo serán con numeración de registro. A diferencia de la recogida de materiales, las muestras no preexisten a una intervención arqueológica y será el arqueólogo Director de los Trabajos el que decidirá dónde, cómo y por qué recoger una muestra, qué forma darle, cómo extraerla, almacenarla y qué destino final darle. Como normas generales: Se recogerá una muestra de cada UE tipo depósito, y en la medida de lo posible, de las estructuras. Se recogerán todos los fragmentos orgánicos de origen animal o vegetal, así como todos los carbones estructurados. En los casos de depósitos de carbón se recogerá una muestra parcial lo más extensa posible, un muestreo aleatorio, o una columna de muestra, según el criterio que encada caso adopte el equipo técnico para una mejor documentación del yacimiento. Todas las muestras estarán debidamente geo-referenciadas.
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Serán almacenadas en embalajes apropiados y se identificarán externamente.
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Con los datos procedentes de las fichas de muestras se elaborará un álbum de muestras, que se incorporará en la memoria, incorporando toda la información gráfica y textual necesaria para que en los laboratorios de destino se tenga una idea cabal de lo que se procesa. La finalidad de esta información también puede variar aunque la más generalizada es aquella destinada a la posterior datación de los depósitos y estructuras, a través de la extracción de materia orgánica. La recogida de las muestras puede ser de tres tipos: puntuales, localizadas no puntuales, o en columnas. Estas últimas pueden ser útiles a la hora de querer ver una secuencia de formación de un depósito, y pueden ser recogidas fácilmente en los perfiles de los sondeos y en depósitos relevantes. El registro de las muestras se consignará mediante una ficha tipo válida para cualquiera de estos tipos de muestras. Por todo lo explicado anteriormente lo más importante es documentar la procedencia y el destino, a través de la descripción del depósito y especificando a qué tipo de analíticas queremos destinar, según queramos extraer la datación de un depósito, su composición orgánica o un análisis edafológico que nos explique la formación del suelo o los cambios a los que fue sometido. No obstante esta información se completa con algunas referencias formales como las medidas del muestreo y la ubicación registrada tridimensionalmente mediante Estación Total Además se ha cubierto una ficha de Muestra que recoge la información necesaria. En ella se le otorga a cada una de ellas un número correlativo12. En la ficha se consigna la UE, datos sobre el tipo de muestreo, el tipo de material, datos sobre la ubicación espacial y dibujos. Los campos redactados se refieren al contexto estratigráfico inmediato de la muestra y las razones que justifican su recogida. Por último una combo señala el destino al que se pretende enviar la muestra: C14, antracología, análisis edafológicos, etc
12
En este sentido hay que considerar como la numeración completa al número correlativo antecedido del indicativo
de la campaña EL13. 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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Ilustración 3. Registro de Muestras
4.1.3.6.6
Código de identificación
En los documentos elaborados y en sus embalajes, deberá constar el nombre del yacimiento y el año de intervención. El resto de información que se quiera hacer constar ha de ser consensuada con la Dirección Facultativa que podrá requerir que se hagan constar las siglas, números de registro, sectores, etc. 4.1.3.6.7
Acta de depósito de materiales arqueológicos
En cumplimiento del artículo 12 del Decreto 199/1997, que regula la Actividad Arqueológica en Galicia, todos los materiales arqueológicos se depositarán en el Museo que designe la Dirección General de Patrimonio Cultural u organismo competente. Los materiales se depositarán debidamente siglados y clasificados en relación con el contexto deposicional y cultural, junto con su inventario, así como toda la documentación textual y gráfica que permita su adecuado tratamiento museográfico, en soporte impreso y digital. Se aportará acta de depósito del material arqueológico, extendida por el responsable legal del Museo. 4.1.3.7 CONDICIONES DEL REGISTRO GRÁFICO Y FOTOGRÁFICO 4.1.3.7.1
Metodología y Condiciones del Registro Gráfico
Cada unidad se dibujará individualmente en planta, indicando siempre sus cotas superiores. Las cotas inferiores se entiende que son las superiores de la unidad registrada inmediatamente inferior. La realización de estos dibujos se hará directamente con técnicas topográficas. El registro topográfico será supervisado por la Dirección Facultativa quien podrá indicar cambios en lo que se refiere a la toma de datos cuando así lo considere. Estos cambios quedarán reflejados en el Libro de Órdenes. PÁGINA 44 DE 54
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Cada uno de estas instancias debe ser registrada en una capa vectorial (DGN o SHP) cuyo nombre debe formarse como sigue: UEXXX_Cont13 UEXXX_Cotas
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UEXXX_Codigo. En el caso de los dibujos piedra a piedra, que se realizarán a escala 1/10 o 1/20 en función de las indicaciones de la Dirección Facultativa, los siguientes: UEXXX_Obj UEXXX_Aristas UEXXX_zetas Como el dibujo se realizará tomando como base el sistema de coordenadas absolutas indicado, resultará sencillo componer un archivo conjunto en donde se aprecien sus relaciones de superposición. El registro de las Unidades Estratigráficas en planta, no excluye en modo alguno la realización de alzados o secciones significativas (cortes y estructuras), que será obligatorio en el caso de los conjuntos de UE’s murarias complejas14. Únicamente se podrán realizar plantas compuestas para los dibujos piedra a piedra.15 Los contornos de UE han de ser realizados siempre individualmente con polilíneas cerradas o polígonos GIS y deben reflejar el estado de la UE cuando se encuentra completamente descubierta16. Se anotarán las coordenadas de dos clavos de referencia por cada dibujo en papel y, además, quedarán registradas con técnicas topográficas para generar el correspondiente archivo vectorial en el que insertar, finalmente, los elementos registrados. Del mismo modo se procederá con las cotas o zetas. Se anotarán en el dibujo de campo y se guardarán los datos con técnicas topográficas. Posteriormente se insertará el bloque de las cotas una vez el dibujo se ha digitalizado en CAD Para la elaboración de cada uno de los planos se deberán seguir en todo caso las directrices que indique la Dirección Facultativa. 4.1.3.7.2
Registro Gráfico de Depósitos
Se registrará el contorno y las cotas. El contorno se refiere al perímetro exterior de cada unidad estratigráfica. El registro de las cotas está orientado a obtener el volumen de cada una de las unidades estratigráficas, por tanto deberán ser tomadas de tal forma que se obtenga una representación tridimensional adecuada del volumen de cada uno de los depósitos documentados.
13
En el caso de existir más de un contorno para la UE (caso de los cortes) se propone que el inferior se codifique como
UEXXX_Cont2. 14
Es el caso de las estructuras que se componen de más de una UE. En caso de que se opte por una fichan específica de las UE’s murarias, parece lógico pensar que el dibujo de los alzados es el complemento ideal para una mejor y más completa interpretación de este tipo de elementos. 15
Esto se refiere únicamente al registro primario. Por descontado se pueden realizar cuantas plantas compuestas se
consideren oportunas, pero no como registro UE, sino como interpretación de un estado, fase, actividad, etc. 16
En caso de error, por otra parte relativamente frecuente, se realizará la correspondiente ampliación de contorno. En
cualquier caso el contorno final que se refleje en la memoria ha de ser una polilínea cerrada. 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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4.1.3.7.3
Registro Gráfico de Cortes
Se registrará el contorno superior, el contorno inferior y las cotas de ambos. 4.1.3.7.4
Registro Gráfico de Estructuras
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Se registrará el contorno, las cotas y se dibujará piedra a piedra la estructura.17 Cualquier tipo de estructura deberá ser documentada con técnicas fotogramétricas que podrán complementar al dibujo arqueológico. 4.1.3.8 METODOLOGÍA Y CONDICIONES DEL REGISTRO FOTOGRÁFICO Todas las Unidades Estratigráficas serán fotografiadas individualmente mediante fotografía digital a una resolución operativa para la publicación. La toma de fotografías queda consignada en el registro individual de cada UE y en la propia ficha de toma de fotografías, que prevé el almacenamiento de las mismas en carpetas y la elaboración final de un listado que facilite la búsqueda de las mismas. En relación a la documentación fotográfica digital se tendrán en cuenta los siguientes criterios: Las fotografías impresas en la documentación a entregar por el adjudicatario (proyecto, informes, síntesis, memoria, cartelería, así como cualquier otra documentación generada en el marco de la presente adjudicación), tendrán un tamaño suficiente para poder apreciar adecuadamente su contenido. Para ello tendrán, como mínimo, una resolución de 200 ppp y 800 píxeles en su lado más largo. Se entregarán en soporte de disco externo, la totalidad de las imágenes obtenidas durante el proceso de trabajo en formato JPEG y/o TIFF, incluyendo un documento índice de las fotografías. Estas imágenes se agruparán en dos niveles diferentes: Las imágenes que recojan procesos de trabajo se entregarán con una resolución de 300 ppp y 1800 píxeles en su lado más largo. Las imágenes especialmente significativas para una adecuada valoración de la actuación se entregarán con una resolución de 300 ppp y 5500 píxeles en su lado más largo. La fotografía será utilizada durante el proceso de excavación para el registro de muchos elementos y acciones. (UE, MU, PZ, etc). Todas las fotos relevantes deberán ser entregadas al final del trabajo de memoria. La información sobre las fotos será recogida en la BD. El código de las fotos se formará de la siguiente manera: FO+aammdd+id. Cámara+XXX18 Las fotos se entregarán en una única carpeta con su codificación correspondiente. 17
Cualquiera de los tres tipos de unidades puede necesitar adicionalmente la elaboración de secciones cuya
elaboración quedará a criterio de la dirección arqueológica de acuerdo con la dirección facultativa. 18
Es necesario introducir un identificativo de cámara para evitar duplicidades en la numeración derivadas del trabajo
con varios aparatos simultáneamente. PÁGINA 46 DE 54
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Se entregarán en soporte de disco externo la totalidad de las imágenes obtenidas durante el proceso de trabajo en formato JPEG y/o TIFF, incluyendo un documento índice de las fotografías. Estas imágenes se agruparán en dos niveles diferentes: Las imágenes que recojan procesos de trabajo se entregarán con una resolución de 300 ppp y 1800 píxeles en su lado más largo. Las imágenes especialmente significativas para una adecuada valoración de la actuación se entregarán con una resolución de 300 ppp y 5500 píxeles en su lado más largo.
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4.1.3.9 SOBRE LA BASE DE DATOS Y SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA La base de datos (BD) para el registro escrito será facilitada por el Ayuntamiento de A Coruña, tal y como quedó configurada tras el trabajo de elaboración de la memoria de la campaña anterior. Podrán realizarse adiciones y modificaciones, pero siempre con la autorización previa de la Dirección Facultativa que velará por la coherencia de la información con la de campañas anteriores. Todos los formatos vectoriales serán válidos para el trabajo con gráficos, pero al final del trabajo de elaboración de memoria deberán presentarse en formato vectorial, preferiblemente DGN o SHP con una tabla de atributos que incluya, al menos, el campo código correctamente cubierto, lo que asegurará la posibilidad de realizar cualquier proceso futuro de unión de tablas.
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5 PRESENTACIÓN DE RESULTADOS
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5.1 SOBRE PROGRAMA DE INFORMES ASOCIADO A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
5.1.1
Informes mensuales
Se entregarán informes mensuales que detallen el estado de los trabajos realizados durante cada mes natural, desde el inicio de los trabajos, hasta su finalización de los mismos. Se presentará un avance de la información resultante de los trabajos, así como de su grado de desarrollo, valorándose la consecución de los objetivos señalados referidos a los plazos expresados en el cronograma establecido en la propuesta. El plazo de entrega de dichos informes será de 5 días naturales desde la finalización de cada mes, debiéndose entregar una (1) copia impresa y dos (2) en formato digital (CD, DVD). La entrega de dichos informes será perceptiva para la redacción y tramitación posterior de la Relación Valorada, la Certificación y el Abono de las obras. El Contratista podrá solicitar una modificación razonada de los plazos de entrega de estos Informes que, en su caso, que será autorizada por escrito la Dirección Facultativa. Así mismo, y en condiciones similares, el Contratista podrá solicitar la exención de la entrega de estos informes, siempre previa autorización por escrito de la Dirección Facultativa, y cuando la duración prevista de los trabajos sea inferior a tres (3) meses.
5.1.2
Informes de incidencias y puntuales
De producirse alguna incidencia, será necesaria la entrega de un Informe de Incidencias que describiese la causa y alcance de la misma, proponiéndose medidas oportunas para su corrección o atenuación. Se deberán presentar dos (2) copias impresas y dos (2) en formato digital. Tanto los informes de incidencias, como aquellos de carácter puntual, se emitirán por iniciativa del Director de los Trabajos, a solicitud de la Dirección Facultativa o a solicitud de la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia u órgano competente. 5.2 INFORME VALORATIVO
5.2.1
DEFINICIÓN
Dentro de los diez (10) días siguientes a la finalización, se presentarán cuatro (4) copias el correspondiente Informe Valorativo con los primeros resultados obtenidos en la actuación. Asimismo se comprobará por parte de la Dirección Facultativa que todo el material está debidamente siglado, embalado e identificado externamente, listo para el trabajo de descripción y estudio. El decreto 199/1997 en su artículo 1º, dedicado a los informes sobre actuación arqueológica dice: “Informe valorativo. Considérase informe valorativo un avance dos resultados das actuacións arqueolóxicas, incluíndo a descrición dos traballos e a documentación gráfica necesaria, para
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poder avalia-lo interese deles e adopta-las medidas oportunas. O prazo da súa presentación non poderá excede-los 10 días, una vez rematada a actuación”
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5.2.2
CONTENIDO DEL INFORME VALORATIVO
El Informe Valorativo debe contener inexcusablemente: Una breve descripción de estado de las áreas de trabajo al inicio de los trabajos. Descripción de los trabajos realizados y sus fases significativas. Un breve resumen de la dinámica estratigráfica observada. Una descripción de las estructuras más relevantes y su cronología relativa, si fuera el caso. Una; necesariamente breve, relación de los materiales muebles más relevantes. Una valoración general de los resultados obtenidos en la campaña. Unas recomendaciones sobre actuaciones necesarias conservación de los restos estructurales localizados.
para
la
Material gráfico (fotografías y planos) lo suficientemente expresivo de todo lo anterior 5.3 MEMORIA TÉCNICA
5.3.1
DEFINICIÓN
Se define como Memoria técnica, el estudio y análisis integral de los trabajos realizados en el yacimiento (art. 11 .1 Decreto 199/1997), y constará de documentos escritos, planos, fotografías impresas y archivos digitales. Una vez redactada por el Equipo Técnico, se entregarán cuatro (4) copias de la Memoria técnica en formato impreso y cuatro (4) en soporte digital (disco duro externo). En, al menos, una da las copias en soporte digital deberá incluirse también toda la documentación en formato editable.
5.3.2
CONTENIDO DE LA MEMORIA
La Memoria Técnica de la actuación, en cualquier, caso debe incluir inexcusablemente: Nombre del yacimiento y del autor o autores de la memoria, con indicación de los datos de la intervención. La memoria contendrá la fecha de la redacción y deberá ir firmada por el autor o autores. Situación del yacimiento, especificando el entorno geológico e geográfico, accesos, coordenadas geográficas y U.T.M. Resumen sucinto de las intervenciones anteriores. 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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Motivaciones y objetivos de la actuación.
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Programa de los trabajos realizados y la metodología empleada, especificando las modificaciones realizadas, en su caso, sobre el proyecto inicial. También deberá exponer cual es la organización concreta de los datos, documentos y materiales entregados. Descripción detallada del proceso de actuación con la descripción pormenorizada del conjunto de unidades estratigráficas en las que se trabajó y el estudio de sus relaciones. Una visión explicativa de la evolución estratigráfica del yacimiento. Interpretación de la intervención y del contexto histórico que de ella se deriva. Estudio del material arqueológico recuperado, con valoraciones e interpretaciones, estadísticas, inventario de la totalidad de los restos recuperados, catálogo de los más representativos, tipos de materiales según materias primas o clasificaciones más utilizadas, producciones representadas, clasificación formal y figuras con los tipos característicos documentados y piezas singulares19. Se presentarán láminas con el material más significativo. Cada dibujo tendrá claramente representada su escala gráfica y numérica, así como la descripción de las piezas representadas. Toda la documentación gráfica (plantas, alzados, secciones, estratigrafías, cotas, etc) que posibiliten la lectura completa del proceso de trabajo. Cada dibujo deberá tener claramente representada su escala gráfica y numérica, así como la descripción del motivo representado. Incluirán, además, cotas y llevarán indicada su orientación. Igualmente, en todas las representaciones gráficas se recogerá el o nombre del yacimiento, de la campaña y los datos necesarios para la identificación. El registro fotográfico permitirá la comprensión del proceso de actuación y la identificación de las estructuras y materiales más significativos. Anexos con los resultados y conclusiones de los análisis realizados. Anexos con las fichas de UE, Listado de UE, GE, Listado de GE, Muestras, Listado de muestras, registro, siglado y todas aquellas que se hayan utilizado adicionalmente durante los trabajos (ficha de elementos constructivos, Unidades Murarias, etc.) 5.4 ESTÁNDARES DE FORMATO El conjunto de la documentación se entregará encarpetado en formato DIN-A4. Los distintos volúmenes se guardarán en una o varias cajas, con una sección máxima de 34x27 cm, de estructura rígida y con tapa frontal abatible. Todos los tomos y cajas se rotularán conforme a los criterios que establece el presente pliego.
19
El estudio de materiales irá acompañado de una selección de fotos lo suficientemente importante para que se
reconozcan todos los grupos de objetos y todos aquellos significativos. PÁGINA 50 DE 54
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5.4.1
Estándares de documentos escritos
Los textos escritos (informes, síntesis y memoria) se presentarán en formato DIN-A4, numerados, ordenados y encuadernados. En caso de ser precisos varios tomos, se rotularán los títulos correspondientes en el exterior y todos ellos se incluirán con el resto de la documentación en una única carpeta o caja.
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Además, la documentación se presentará en soporte informático: disco duro externo, DVD o CD.
5.4.2
Planos20
La documentación planimétrica se elaborará en una escala que permita su adecuada valoración y comprensión. Los planos deberán cumplir las normas de composición, acotación y rotulación propias de los trabajos técnicos, y se presentarán correctamente doblados en formato DIN-A4, embolsados en fundas plásticas encuadernadas, de ser preciso, y en un tomo específico si fuera necesario. Contendrán toda la información gráfica necesaria para la correcta comprensión del yacimiento por profesionales ajenos al equipo téncico, así como la completa definición de los trabajos realizados, las justificaciones de las interpretaciones realizadas, la definición de los detalles constructivos, de ubicación de UE’s y GE’s, y cuanta información gráfica se considere necesaria tanto en planta, como en alzado, perfil o en vistas tridimensionales.
5.4.3
Fotografías
Las fotografías impresas en la documentación tendrán un tamaño suficiente para poder apreciar adecuadamente su contenido. Para ello tendrán, como mínimo, una resolución de 200 ppp y 800 píxeles en su lado más largo.
5.4.4
Rotulación
En los títulos, portadas y carátulas de los distintos tomos, carpetas, documentos y planos que conforman la documentación impresa, figurarán por el menos los siguientes datos: Título del documento Título del proyecto al que se vincula el documento, Código del proyecto, si hubiera Lugar y fecha, Promotor, Dirección Facultativa y Dirección de los Trabajos Autor del documento Empresa adjudicataria de los trabajos
20
Para mayor precisión, fundamentalmente en lo que se refiere al formato digital de los planos ver el apartado
relativo al registro gráfico de UE’s y el de materiales arqueológicos. 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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5.5 DOCUMENTACIÓN DIGITAL Se entregará en formato digital toda la información de la actuación.
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Su organización debe ser similar a la que sigue y, en cualquier caso, consensuada con la dirección facultativa.
5.5.1
Documento impreso
Debe incluir toda la información del documento detallado en el punto anterior tanto en formato editable como en formato de impresión.
5.5.2
Base de datos
Esquema de la base de datos que se haya consensuado con el Director Facultativo, pero que en todo caso debe incluir como mínimo todas las tablas y campos que constan en la Base de Datos proporcionada por el Ayuntamiento antes del inicio de los trabajos. Esta base ha de ser obligatoriamente editable. Las normas para la correcta utilización de esta base de datos han sido detalladas en los apartados anteriores; cualquier duda al respecto será resuelta por la Dirección Facultativa. En cualquier caso se ha de tener en cuenta que todas las fotografías, dibujos, archivos vectoriales de UE, etc. han de tener sus enlaces correspondientes listos para funcionar con las instrucciones correspondientes (denominación del volumen del disco externo por ejemplo). De ser necesario, se incluirá un documento explicativo de la estructura, funcionamiento y contenido de la base de datos.
5.5.3
Registro topográfico
Esta carpeta se refiere únicamente a la información planimétrica de las UE’s y de toda la información registrada mediante técnicas topográficas. Debe contener los archivos vectoriales de todas las UE’s de forma individual tal y como se específica en el apartado de Registro Gráfico de UE’s, así como los previos en formato TXT o ascii de los trabajos completos. Cada formato de archivos irá alojado en una subcarpeta con un nombre identificativo (dgn, dwg, dxf, txt, asc, etc) Se incluirá una subcarpeta con todos los archivos de UE en formato shp y con la tabla de propiedades con un único campo “código” debidamente cumplimentado con el código de cada UE o registro. En esta carpeta se debe incluir además un Archivo vectorial llamado “Todas_UE” en el que se introduzcan todas las capas de los archivos individuales anteriormente descritos.
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5.5.4
Registros
Carpeta en la que se incluirán los archivos vectoriales de cada uno de los registros así como un archivo con todos los puntos distribuidos en sus coordenadas correspondientes.
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5.5.5
Planos
En esta carpeta se incluirán todas las selecciones que se incluyan en la memoria escrita en un formato editable. Como mínimo incluirá un montaje de UE’s significativas para cada sector, siendo recomendable la inclusión de una distinción por fase, aunque esta puede resolverse mediante la introducción de un código de color para cada una de ellas21. También se incluirán montajes de los GE’s más significativos.
5.5.6
Registro Fotográfico
En el directorio raíz de esta carpeta se incluirán todas las fotos con la codificación detallada en el apartado de Registro fotográfico. Además se incluirá una subcarpeta con una selección de fotos de excavación y otra con una selección de cultura material mueble.
5.5.7
Matriz Estratigráfica
Esta carpeta deberá contener la matriz en cualquier programa de los existentes para tal fin, en formato editable y además, deberá contener una representación en formato de impresión de, al menos, la matriz general de cada sector.
5.5.8
Número de ejemplares
Se entregarán cuatro (4) copias del Proyecto en formato impreso, acompañadas del soporte digital necesario. Se entregará una (1) copia impresa y dos (2) en formato digital de los informes mensuales. Se deberán presentar dos (2) copias impresas y dos (2) en formato digital de los informes de incidencias y/o puntuales. Se deberán presentar tres (4) copias impresas y dos (2) en formato digital de los informes valorativos. Se entregarán cuatro (4) copias de la Memoria técnica en formato impreso y cuatro (4) en soporte digital (preferiblemente disco duro externo).
21
Esta situación es perfectamente admisible en los casos en que la densidad de las unidades significativas no es muy
alta y las superposiciones no distorsionan la comprensión del conjunto. 13_0247_D3_PPTP.DOCX
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6 MODELOS DE FICHAS 6.1 INTRODUCCIÓN
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Las fichas que se presentan en este anejo son un complemento de las prescripciones del documento 3, en el cual se mencionan repetidas veces. 6.2 PROCEDENCIA DE LAS FICHAS Las fichas de registro que se presentan a continuación son, con ligeras variantes, de uso común entre los profesionales y empresas de arqueología. Todas ellas parten del modelo básico presentado de Ficha de registro de Unidad estratigráfica que se presenta en la siguiente publicación: Harris, E. C. 1991 (1979). Principios de estratigrafía arqueológica. Ed. Crítica, Barcelona. Este modelo básico fue inmediatamente implementado en la práctica por: Spence; C. 1980 Archaeological Site Manual. Ed. MOLAS. London Posteriormente otras publicaciones sirvieron de referencia, y matizaron los modelos por ejemplo: Carandini, A. 1997. Historias en la tierra: manual de excavación arqueológica. Ed. Crítica, Barcelona. Roskams, S. 2003. Teoría y práctica de la excavación. Ed. Crítica. Barcelona. La versión concreta que se presenta ha sido utilizada en la última campaña de Excavación del castro de Elviña y parten, con variaciones, de la base de las fichas presentadas en: Parcero Oubiña, C., Méndez Fernández, F. y Blanco Rotea, R. 1999. El Registro de la Información en Intervenciones Arqueológicas. CAPA 9 (Criterios y convenciones en arqueología del paisaje). USC – CSIC. Santiago de Compostela.
A Coruña, JULIO de 2014 EL ARQUEÓLOGO MUNICIPAL
MARCO ANTONIO RIVAS NODAR
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Cód. Xunta:
Informatizado:
Revisado:
UNIDADES ESTRATIGRÁFICAS Intervención
Código UE
Sector
Corte
Estructura
Depósito
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Guía para la descripción: Depósitos: compactación, color, composición granulométrica, espesor y tamaño, frecuencia y tipos de hallazgos, observaciones. Cortes: forma en planta, forma de las esquinas, dimensiones y profundidad, paredes, base, orientación, inclinación, rupturas cóncava y convexa, alteraciones, UE de relleno. Estructuras: tipo de estructura, forma, dimensiones, materiales, tamaño, , dirección de las caras, deformaciones, dimensiones, tratamiento / talla, técnica constructiva / aparejo, mortero / juntas, revestimiento y enlucidos, orientación, inclinación, observaciones.
Croquis
Descripción
Materiales nada
cerámica
lítico
metal
hueso
vidrio
otros
Grupo Estratigráfico
Relaciones estratigráficas
Fase
UEs equiparables
UEs relacionables
Interfacies i d
Sigue Æ
IDENTIFICADORES
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Registro gráfico Fotografías
Plantas simples
Inicio Detalle Final
Fecha Estación:
Cotas
Inferiores +
Ͳ
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Toma de muestras:
Secciones acumulativas
Dataciones
Fecha Estación:
Superiores +
Ͳ
Flotación
Testigo
Códigos:
Interpretación
Argumentación
Datación: Fase:
Registrador y fecha:
Revisión
Datación: Fase:
Autor y fecha:
Otras
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
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TREWA_DOC: PREGO TECNICO
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Cód. Xunta:
Informatizado:
Revisado:
UNIDADES ESTRATIGRÁFICAS MURARIAS
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Yacimiento
Código UE Sector
Elemento constructivo Interfaz
Croquis
Descripción
Materiales: Tamaño: Talla: Aparejo: Mortero: Forma: Dirección caras: Deformación: Dimensiones: Revestimiento: Observaciones: Breve descripción:
Materiales Decorativos:
Artefactos:
Orgánicos:
Hallazgos especiales:
Relaciones estratigráficas
Actividad
Etapa de obra
Grupo de actividades
UEs equiparables
UEs relacionables
Interfacies i d
Anterior a Coetáneo a Posterior a
Cubrir
Rellenar
Apoyar
Adosar
Cortar
unir
Sigue
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
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Registro gráfico Fotografías
Planimetría
Vídeo
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Fotogrametría
Interpretación
Argumentación
Datación:
Registrador y fecha:
Período:
Revisión
FIRMADO
Datación:
Autor y fecha:
Período:
IDENTIFICADORES
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Cód. Xunta:
Informatizado:
Revisado:
FICHA DESCRIPTIVA DE ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS Y APAREJOS Construcción / yacimiento
Cód. Intervención
Sector
Nombre UE
UE nº
A nº
Nº El construc. o aparejo:
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TIPO DE ELEMENTO CONSTRUCTIVO (puerta, ventana, arco, cornisa, campanario...) Descripción breve: Forma:
Croquis de ubicación del elemento
Dimensiones:
APAREJO Descripción: [caras externa e interna, núcleo]
Juntas: [grosor] Elementos constructivos: [bancos, hiladas, tongadas; cadenas, esquinas; marcos; andamios, encofrados; etc.]: tamaños
MATERIALES: mampostería; sillería [descripción exterior y núcleo; variedad; tamaño (x, y, z; máx./mín.); elaboración, acabado, huellas de talla, reutilización, puesta en obra]; adobe/ladrillo [moldeado; dureza; textura, color, tamaño (x, y, z; máx./mín.)]; otros materiales
ACABADOS: mortero; enfoscado [tipo; capas; tratamiento; componentes y granulometría; cohesión; color; tamaño de junta; grosor]
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
18/08/2016 12:30
Registro gráfico
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 54 de 72
Fotografías
Video
Planimetría
Fotogrametría
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Croquis del elemento; desarrollo y esquema de aparejo
Interpretación (argumentar sobre elemento, técnica y sistema constructivos)
Datación:
Referencia a otras fichas:
Registrador y fecha:
Revisión
Autor y fecha:
FIRMADO
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 55 de 72
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
FIRMADO
18/08/2016 12:30
C. Xunta
Rev.
Inf.
LISTADO DE UNIDADES ESTRATIGRÁFICAS
IT
UE nº
Tipo
Corte ES
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Corte
Corte
Corte
Corte
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto ES
Dibujo
Depósito Excavada Foto ES
Ficha UE
Depósito Excavada Foto ES
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Dibujo
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Ficha UE
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Dibujo
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Ficha UE
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Dibujo
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Ficha UE
Depósito Excavada Foto ES
Registro
Depósito Excavada Foto
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
Corte ES
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
GE
Autor
Descripción
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Pág.:
Sigue Ź
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 56 de 72
UE nº
Tipo
Corte
ES
Corte
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
Corte
Corte
Corte
Corte
Corte
Corte
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
Corte
ES
Dibujo
Depósito Excavada Foto
Corte
ES
Ficha UE
Depósito Excavada Foto
Corte
ES
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
Corte
ES
Dibujo
Depósito Excavada Foto
Corte
ES
Ficha UE
Depósito Excavada Foto
Corte
ES
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
Corte
ES
Dibujo
Depósito Excavada Foto
ES
Ficha UE
Depósito Excavada Foto
ES
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
ES
Dibujo
Depósito Excavada Foto
ES
Ficha UE
Depósito Excavada Foto
ES
Dibujo
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
ES
Ficha UE
Depósito Excavada Foto
ES
Registro
Depósito Excavada Foto
Corte
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
Depósito Excavada Foto
Corte
ES
FIRMADO
18/08/2016 12:30
Depósito Excavada Foto
ES
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
Ficha UE
Dibujo
Estación Croquis
GE
Autor
Descripción
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Z
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Muestra
Pág.:
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 57 de 72
FIRMADO
18/08/2016 12:30
Cód. Xunta:
Informatizado:
Revisado:
GRUPO ESTRATIGRÁFICO Intervención
Denominación
Sector
GE nº
UR(s)
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
Interpretación
UEs componentes
Registrador y fecha
Registro gráfico Fotografías
Dibujos
Relaciones estratigráficas
Nivel
GEs equiparables
GEs relacionables
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 58 de 72
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463 El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 12:30
ESTADO
FIRMADO
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 59 de 72
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
FIRMADO
18/08/2016 12:30
LISTADO DE GRUPOS ESTRATIGRÁFICOS
C. Xunta
Rev.
Inf.
IT
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
GE nº
Registro
UEs componentes
Autor
Descripción
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Pág.:
Sigue Ź
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 60 de 72
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
FIRMADO
18/08/2016 12:30
GE nº
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
Registro
UEs componentes
Autor
Descripción
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Excavada Ficha GE
Croquis
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Foto
Estación
Pág.:
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 61 de 72
FIRMADO
18/08/2016 12:30
Registro Fotográfico Intervención
C. Xunta
Revisado
Informatizado
Nº CAM
Fecha disparo:
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
r.UE
Código FO
Sect
Elemento/s fotografiado/s
Motivo
Tomada desde
Jal
Sigue Ź
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
r.UE
Código FO
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 62 de 72
FIRMADO
18/08/2016 12:30
Sect
Elemento/s fotografiado/s
Motivo
Tomada desde
Jal
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 63 de 72
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a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463 ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 12:30
Código:
REGISTROS TIPO NÚMERO UE
FIRMADO
Estación •
Sector
Fecha
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Cód. Xunta:
EXCAVADOR
MATERIAL
Informatizado fecha:
OBSERVACIONES
Registrador: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
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TIPO NÚMERO UE
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 64 de 72
18/08/2016 12:30
Estación •
Sector
Fecha
EXCAVADOR
MATERIAL
OBSERVACIONES
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
FIRMADO
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 65 de 72
FIRMADO
18/08/2016 12:30
Código:
Cód. Xunta:
Informatizado fecha:
Siglado Nº Sigla
Fecha
Tipo PZ
Descripción
Cacharro
Foto1
Foto2
Foto Registro
Sigue Ź
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
Nº Sigla
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 66 de 72
FIRMADO
18/08/2016 12:30
Fecha
Tipo PZ
Descripción
Cacharro
Foto1
Foto2
Foto Registro
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 67 de 72
FIRMADO
18/08/2016 12:30
Cód. Xunta:
REGISTRO DE MUESTRAS
Informatizado:
Revisado:
Nº Registro:
Pz
Tomada en: UE
Autor/es:
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
Descripción y contexto Denominación: ___________________________________________________________________________________
ප Columna ප Localizada ප Tipo de material: Depósito ප Carbón ප Semilla ප Argamasa ප Escoria ප Lítico ප Pavimento ප Puntual
Tipo de muestreo:
Otros: ___________________________________________________________________________
Medidas del muestreo: ____________________________________________________________________________ Porcentaje de la UE: <5%
ප 6Ͳ25% ප 26Ͳ50% ප 51Ͳ75% ප 76Ͳ100% ප
Buena ප Dudosa ප Poca cantidad ප
Calidad:
Contexto inmediato de la muestra:
Destino / Analítica: C14
ප Análisis edafológicos ප Antracología ප Polen ප
Otros (especificar): ________________________________________________________________________________
Referencias gráficas:
Fotos (cód.):
Croquis
Justificación:
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 68 de 72
Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 672998 Q8JW3-RDH3L-OBPT4 D8E565531FB5C02D9152F319632EEE4CD9BAAC90) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento está FIRMADO. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463 El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 12:30
ESTADO
FIRMADO
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
OTROS DATOS
Código para validación: Q8JW3-RDH3L-OBPT4 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2016 a las 12:29:10 Página 69 de 72
ESTADO
El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado
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18/08/2016 12:30
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DOCUMENTO
a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
FIRMAS
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IDENTIFICADORES
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a: TD99_PLIEGO_TECNICO, b: 78898|82463
TREWA_DOC: PREGO TECNICO
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18/08/2016 12:30
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LISTADO DE DIBUJOS EN INTERVENCIÓN
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El documento ha sido firmado por : 1.- J. SERV. CULTURA E IGUALDAD de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 09:06 2.- CONCELLEIRO DE CULTURA, DEPORTE E COÑECEMENTO de AYTO.CORUÑA.Firmado 18/08/2016 12:30
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FIRMADO
UE/ UEs
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Escala
Cotas estación
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