CLASE1

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DERECHO PENAL INSTIUTO INFOCRIM


DEFINICIÓN DE DERECHO PENAL:

Rama del derecho público a través de la cual se estudian los principios, doctrinas y normas jurídicas que se encargan de regular:


DEFINICIÓN DE DERECHO PENAL: 

1- Las conductas que se encuentran prohibidas penalmente que pueden ser: Los Delitos y Las Faltas

2- Las consecuencias jurídicas que pueden acontecer para una persona cuando realice tales conductas, que puede ser: Responsabilidad Penal (pena o medida de seguridad) y Responsabilidad Civil (pago de daños y perjuicios).


DERECHO PENAL PUNTO DE VISTA OBJETIVO (IUS POENALE) 

Conjunto de normas jurídicas creadas por el Estado en las cuales se establece qué conductas se van a considerar como delitos o como faltas y que penas o que medidas de seguridad se aplicarán a las personas que cometan tales conductas, así como las normas jurídicas que permiten establecer la responsabilidad civil, derivada de la comisión de un delito.


DERECHO PENAL PUNTO DE VISTA SUBJETIVO (IUS PUNIENDI)

Facultad que tiene el Estado con exclusividad de establecer las normas jurídicas que determinen las conductas ilícitas (delitos, faltas) y de imponer las penas y medidas de seguridad a las personas que realicen tales conductas


RAMAS DEL DERECHO PENAL: 

Derecho Penal Sustantivo o Material

Derecho Penal Adjetivo o Procesal

Derecho Penal Ejecutivo o Penitenciario


DERECHO PENAL SUSTANTIVO MATERIAL: ď‚ž

O

Es la rama del derecho penal que establece los delitos, las faltas, las penas y las medidas de seguridad.


DERECHO PENAL ADJETIVO O PROCESAL: ď‚ž

Rama del derecho penal en la que se regula el desarrollo del proceso penal y se establece si una persona ha incurrido en un delito o una falta y las consecuencias derivadas de ello.


DERECHO PENAL EJECUTIVO O PENITENCIARIO: 

Rama del derecho penal que regula el cumplimiento de las penas y de las medidas de seguridad.


PARTES DEL DERECHO PENAL: 

Parte General

Parte Especial (de los delitos y de las faltas)


PARTE GENERAL DEL DERECHO PENAL: ď‚ž

Es la parte del derecho penal que regula todos aquellos aspectos que son comunes a todas las figuras delictivas.


PARTE ESPECIAL DEL DERECHO PENAL: 

Es la parte del derecho penal que regula los requisitos especiales de una conducta para ser constitutivos de un delito específico o de una falta.


NATURALEZA JURÍDICA DEL DERECHO PENAL: 

Es de Derecho Público. En virtud que únicamente le compete al Estado con exclusividad el establecer las conductas que van a ser calificadas como delitos o faltas y las consecuencias derivadas de tales conductas. Además protege a la población tanto en general como particularmente.


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