2 resolución 001 normativa para la participación de la militancia y ciudadanos en el proceso elector

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Comisión Nacional de Procesos Electorales. Resolución N° 0001-CONAPE-DD-2018 Lima, 05 de Enero del 2018 La Comisión Nacional Procesos Electorales - CONAPE del Partido Político Democracia Directa, tiene el encargo de enfrentar con éxito las próximas elecciones Regionales y Municipales 2018, por lo que considera necesario emitir la presente resolución, para normar la participación de la militancia y ciudadanos en el proceso electoral. Considerando: Que, Democracia Directa tiene como objetivo principal, la convocatoria del referéndum para una nueva constitución política del Perú; por tanto, el proceso de participación electoral 2018 está supeditado a este objetivo principal. Que, Democracia Directa cuenta con inscripción y está habilitado para participar en las próximas elecciones Municipales y Regionales 2018. Que, Democracia Directa reconoce y valora la importancia del posicionamiento territorial a nivel de gobiernos locales, para fortalecer su capacidad de gestión y conducción en los asuntos públicos del país, que permite desarrollar capacidades y preparar condiciones para gobernar nuestro Perú. Que, existen militantes, simpatizantes y amigos de Democracia Directa que, están interesados en participar en el próximo proceso de elecciones Municipales y Regionales, para lo cual requieren el apoyo del Partido. Que, Democracia Directa, reconoce 3 niveles de candidatos: 1) los aspirantes a candidatos; 2) los pre-candidatos y 3) los candidatos. Aspirante a candidato: se reconoce como tal, al militante o ciudadano que no ha pasado por ningún nivel de evaluación interna y que expresa por escrito y de forma documentada, el deseo de participar como posible candidato representante de Democracia Directa en las próximas elecciones Municipales y Regionales 2018. Pre candidato: se reconoce como tal, al militante o ciudadano que ha pasado por la primera evaluación interna, no tiene ninguna observación legal, jurídica o política para participar en la etapa de selección de candidatos del Partido. Recibe de Democracia Directa una Constancia que le permite iniciar su campaña electoral, como pre


candidato, pudiendo hacer uso de los distintivos del Partido. Asume los compromisos necesarios para calificar como candidato de Democracia Directa. Candidato: Es el militante o ciudadano, que integra una lista de candidatos, y ha participado del proceso de elecciones internas convocada por el COEN de Democracia Directa; habiendo sido elegido como CANDIDATO para la Región, provincia o distrito. Por tanto, el Conape en uso de sus atribuciones: Resuelve: Artículo 1°.- Establecer los requisitos del aspirante a candidato: 1. Todo Aspirante deberá adquirir la carpeta de aspirante a candidato que lo puede obtener de dos maneras. (Formato en físico o virtual). a. Adquisición física de la carpeta: Se realiza en Oficina Central Nacional, Jr. Cailloma N° 824-Lima - oficina 104; realizando previamente un depósito de S/. 100.00 soles en la cuenta corriente del partido Democracia Directa N° 0011-0126-04-0100052623 Banco Continental. b. Adquisición virtual: Se adquiere vía correo electrónico para ello deberá realizar primero un depósito de S/100.00 soles en la cuenta corriente del partido Democracia Directa N° 0011-0126-04-0100052623 Banco Continental. Enviar el voucher vía correo electrónico, a tesorerianacional@democraciadirecta.pe con lo cual queda registrado en el padrón y a través de su correo recibirá su N° de REGISTRO y formularios para ser llenados y remitido a la sede por el mismo medio. 2. El plazo para presentar las carpetas, vencerá el día 25 de Enero del 2018. 3. El aspirante deberá cumplir con los requisitos establecidos en la ley electoral: No estar inscrito en otro partido político, o tener su carta de renuncia o dispensa según dispone la ley. 4. No tener antecedentes penales y/o judiciales. 5. No haber sido sentenciado por problemas de corrupción en la administración Pública. Artículo 2°.-Establecer las Condiciones de Evaluación de aspirante candidatos: 1. Evaluación del aspirante a candidato: • Adquisición de la carpeta y registro en el padrón de Aspirantes a candidatos; estar debidamente registrado y llenado de manera adecuada la información requerida. • Se evalúa el cumplimiento de los requisitos de ley, para ser candidato.


En caso de evaluación positiva, se le otorga: a) CONSTANCIA DE HABILITACION como pre candidato. b) y en caso no ser militante, se entrega Autorización del Partido para participar como pre candidato, de acuerdo al numeral 1 del art. 32.del Reglamento interno de Elecciones de Democracia Directa. En caso de no cumplir los requisitos, se le comunicará los resultados, a través de la vía establecida de comunicación. Artículo 3°.- Comunicar la presente a todos los coordinadores, comités y responsables políticos del Partido; para su implementación y difusión. Comuníquese, publíquese y archívese

_____________________ PRESIDENTE

CONAPE


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