RESOLUCIÓN

Page 1

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO

RESOLUCION N° 532-2018-JEE-LICN/JNE

EXPEDIENTE ERM.2018004741 Lima, dieciséis de julio de dos mil dieciocho VISTA: La Resolución N° 482-2018-JNE, de fecha 03 de julio de 2018, emitida por el Jurado Nacional de Elecciones; los escritos de fechas 12 y 14 de julio de 2018, presentados por Daniel Ronald Raa Ortiz, inscrito en el ROP (Registro de Organizaciones Políticas), como Personero Legal Titular de la organización política “DEMOCRACIA DIRECTA”, en el marco de las Elecciones Municipales 2018, a realizarse el 07 de octubre de 2018; y, ANTECEDENTES: 1.

Con fecha dieciocho de junio de dos mil dieciocho, Daniel Ronald Raa Ortiz, en su condición de Personero Legal Titular de la organización política “DEMOCRACIA DIRECTA”, presenta la Solicitud de Inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Lima.

2.

Mediante Resolución N° 209-2018-JEE-LICN/JNE, de fecha 21 de junio de 2018, este Jurado Electoral Especial declaró improcedente la Solicitud de Inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Lima, presentada por Daniel Ronald Raa Ortiz, Personero Legal Titular de la organización política “DEMOCRACIA DIRECTA”, la misma que fue publicada el veintidós de junio de 2018 en el Portal Web del JNE y en el Panel del JEE Lima Centro.

3.

A través de la Resolución N° 0262-2018-JEE-LICN/JNE, de fecha 25 de junio de 2018, se concedió el recurso de apelación interpuesto por Daniel Ronald Raa Ortiz, Personero Legal Titular de la organización política “DEMOCRACIA DIRECTA”, remitiéndose al Jurado Nacional de Elecciones.

4.

El Jurado Nacional de Elecciones mediante Resolución N° 482-2018-JNE, de fecha 03 de julio de 2018, por mayoría declara nula la Resolución N° 209-2018-JEE-LICN/JNE, de fecha veintiuno de junio de 2018 y dispone que este Jurado Electoral Especial, antes de emitir pronunciamiento, requiera al partido político “DEMOCRACIA DIRECTA” que, en 2 días calendario, cumpla con adjuntar lo indicado en dicha resolución.

5.

Mediante Resolución N° 437-2018-JEE-LICN/JNE, de fecha 09 de julio de 2018 , este Jurado Electoral Especial requiere a la organización política “DEMOCRACIA DIRECTA” que en el plazo de 2 días calendario cumpla con adjuntar lo siguiente:

1

a) Copia certificada del Acta de Sesión del CDN donde se designó al COEN que, en forma posterior, estuvo a cargo de la emisión del Reglamento Electoral de Procesos Electorales, aprobado el 2 de mayo de 2014. b) Copia certificada de la documentación pertinente, a cargo del CDN, que dé cuenta sobre el término de las funciones del COEN, que emitió el Reglamento Electoral de Procesos Electorales, aprobado el 2 de mayo de 2014. c) Copia certificada de la documentación pertinente que dé cuenta de la propuesta y aceptación de los cargos por los miembros del COEN, que figuran en el Acta de Sesión del CDN, del 9 de noviembre de 2015. d) Informe documentado sobre la convocatoria a cada uno de los integrantes del COEN para la sesión, del 2 de mayo de 2018, a las ERM 2018. e) Informe documentado sobre la convocatoria a cada uno de los integrantes del COEN para la sesión, del 8 de mayo de 2018, donde se convocó a elección de candidatos para los cargos a los Gobiernos Regionales y Municipales. f) Informe documentado sobre el procedimiento seguido para la designación del órgano electoral descentralizado Ad hoc que estuvo a cargo de la elección de la lista de candidatos. g) Otra documentación, de fecha cierta, que la organización política considere necesaria para comprender el origen y vigencia del COEN, que convocó y dirigió la elección interna para las ERM 2018.

1

Notificada el 10 de julio de 2018. 1

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO AV. INCA GARCILAZO DE LA VEGA N° 915- 919- 923 Telf.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.