RIF

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Transici贸n al R茅gimen de Incorporaci贸n Fiscal Febrero 2014


Contenido

Antecedente del Régimen de Pequeños Contribuyentes Concentración de la Informalidad Régimen de Incorporación Fiscal Herramienta “Mis Cuentas”


Antecedente del Régimen de Pequeños Contribuyentes

Régimen de Pequeños Contribuyentes - REPECOS Régimen opcional para personas físicas con actividad empresarial que enajenaban mercancías y prestaban servicios al público en general; con ingresos no mayores a $2’000,000.00 anuales. •

No sujetos del régimen

a) Contribuyentes con ventas o ingresos del año anterior mayores a $2’000,000.00. b) Contribuyentes con venta de mercancías de procedencia extranjera equivalentes al 30% del total de sus ingresos. c) Contribuyentes con ingresos derivados por comisión, mediación, distribución o espectáculos públicos.


*Información preliminar, incluye ISR, IVA e IETU. Cifras en millones de pesos. En términos brutos.

Zacatecas

Yucatán

Veracruz

Tlaxcala

Tamaulipas

Tabasco

219.4

48.8

96.5

26.4

116.5

39.3

120.8 133.3

76.8

69.9

Sonora

119.1

Sinaloa

San Luis Potosí

Quintana Roo

Querétaro

59.5

170.8

Puebla

145.7

52.8

22.8

Oaxaca

Nuevo León

Nayarit

Morelos

Michoacán

164.6

51.8

Jalisco

43.6

Hidalgo

109.3

176.4

26.7

278.8

82.6 52.4

143.3

Guerrero

Guanajuato

Estado de México

Durango

Distrito Federal

Colima

Coahuila

Chihuahua

72.4

25.5

Campeche

Chiapas

23.2

207.1

39.9

Baja California Sur

Baja California

Aguascalientes

474.2

Antecedente del Régimen de Pequeños Contribuyentes

Al 31 de diciembre de 2013 inscritos 3,886,294 contribuyentes con una recaudación que asciende a 3,490.01 mdp.

Recaudación de REPECOS durante 2013 por Entidad Federativa (EF):

Recaudación REPECOS 2013

3,490.1 millones de pesos.


Antecedente del Régimen de Pequeños Contribuyentes

La recaudación histórica de REPECOS 2011 – 2013 por EF, presenta las siguientes cifras:

Entidad Federativa Aguascalientes Baja California Baja California Sur Campeche Chiapas Chihuahua Coahuila Colima Distrito Federal Durango Estado de México Guanajuato Guerrero Hidalgo Jalisco Michoacán Morelos Nayarit Nuevo León Oaxaca Puebla Querétaro Quintana Roo San Luis Potosí Sinaloa Sonora Tabasco Tamaulipas Tlaxcala Veracruz Yucatán Zacatecas Total General

Régimen de Pequeños Contribuyentes Recaudación 2009 2010 2011 2012 23.0 20.9 29.3 34.2 170.0 185.0 190.5 205.7 15.5 16.4 17.0 20.2 17.2 18.2 19.6 24.0 63.8 66.3 69.0 67.7 118.2 119.4 127.6 138.2 63.4 56.2 61.5 68.5 34.9 46.3 51.6 54.7 195.2 192.3 205.3 249.4 22.3 22.2 22.4 25.7 150.5 146.0 142.1 170.9 52.0 54.3 58.7 82.8 39.0 40.0 39.2 48.4 51.3 48.8 48.0 56.3 295.4 315.8 349.9 446.4 102.6 136.9 138.2 142.9 15.2 16.4 17.0 20.5 54.2 49.5 51.6 52.7 131.0 111.1 132.3 147.6 54.5 59.1 60.2 60.2 132.4 137.1 140.4 149.3 51.0 55.1 60.5 64.9 86.5 97.8 101.2 117.8 52.7 52.3 55.7 61.3 74.6 91.1 100.7 108.8 93.0 105.8 116.8 125.8 29.9 31.9 33.1 58.5 107.8 99.8 113.8 127.6 16.9 17.8 17.9 23.8 175.0 167.1 177.5 183.8 50.1 58.5 80.9 95.6 72.3 64.0 53.1 46.1 2,611.3 2,699.6 2,882.4 3,280.3

Info rmació n preliminar, incluye ISR, IVA e IETU

2013 39.9 207.1 23.2 25.5 72.4 143.3 82.6 52.4 278.8 26.7 176.4 109.3 43.6 51.8 474.2 164.6 22.8 52.8 145.7 59.5 170.8 69.9 119.1 76.8 120.8 133.3 39.3 116.5 26.4 219.4 96.5 48.8 3,490.1

Total 147.3 958.3 92.3 104.3 339.3 646.6 332.1 240.0 1,121.0 119.4 785.8 357.1 210.3 256.2 1,881.7 685.2 91.9 260.7 667.6 293.5 730.1 301.4 522.4 298.8 495.9 574.6 192.7 565.4 102.8 922.8 381.6 284.4 14,963.7


Antecedente del Régimen de Pequeños Contribuyentes

Acercamiento con Entidades Federativas

 Recaudación de ISR e IVA efectuada por las EF.  Convenio de Colaboración Administrativa para la administración del impuesto de REPECOS. EF podían estimar el ingreso gravable del contribuyente y fijar cuotas fijas.  Durante la vigencia del Programa de Ampliación y Actualización del Registro Federal de Contribuyentes (2006-2012), se incrementó la recaudación de 107.6 a 139.8 mdp mensuales. Limitaciones  En la determinación de cuotas fijas bimestrales, sin reglas generales aplicables para EF.  En infraestructura, recursos humanos y materiales; limitados a la expedición e inscripción de recibos o talonarios de pago; y sin presencia fiscal.


Antecedente del Régimen de Pequeños Contribuyentes Los contribuyentes inscritos en el RFC por EF sumaban: 3.8 millones*: ENTIDAD

44,966

BAJA CALIFORNIA

143,230

BAJA CALIFORNIA SUR

28,298

CAMPECHE

30,841

COAHUILA

85,672

COLIMA

28,279

CHIAPAS

98,185

CHIHUAHUA

118,362

DISTRITO FEDERAL

429,330

DURANGO

53,561

GUANAJUATO

210,967

GUERRERO

100,575

HIDALGO

77,470

JALISCO

287,799

MEXICO

427,482

MICHOACÁN

144,733

MORELOS

79,062

NAYARIT

47,441

NUEVO LEÓN

116,638

OAXACA

99,788

PUEBLA

172,815

QUERETARO

74,753

QUINTANA ROO

58,884

SAN LUIS POTOSI

86,306

SINALOA

82,466

SONORA

105,287

TABASCO

55,392

TAMAULIPAS

157,210

TLAXCALA

39,593

VERACRUZ

283,956

YUCATÁN

64,991

ZACATECAS

51,890

SIN ESPECIFICAR TOTAL

*Cifras al 31 de diciembre de 2013.

CONTRIBUYENTES

AGUASCALIENTES

72 3,886,294


Antecedente del Régimen de Pequeños Contribuyentes

Obligaciones    

Registros contables. Expedir comprobantes simplificados por venta de mercancías o prestación de servicios. Declaraciones de pago definitivos de impuestos federales. Solicitar factura en la compra de bienes nuevos y con un precio mayor a $2,000.00.

Debilidades  Mercado limitado al público en general y sin posibilidad de emitir comprobantes fiscales deducibles para sus clientes.  Acceso limitado a TPV’s.  Incertidumbre en el cobro de cuotas fijas, variación de una entidad a otra.


Antecedente del Régimen de Pequeños Contribuyentes

Beneficios de seguridad social  Sin beneficios en materia de seguridad social.  Para el caso de empleados, debían inscribirse al IMSS y efectuar pagos de cuotas obrero patronales, situación no generalizada.

 En materia de IVA para 2004, las Entidades Federativas adscritas al Convenio de Coordinación para la Administración del citado impuesto, debían destinar los recursos obtenidos a un programa de gasto social. Para tal efecto, existía la facultad de celebrar un convenio con el IMSS.


Concentración de la Informalidad

Datos del INEGI, añaden a la definición de trabajo informal las siguientes categorías:  Trabajo no protegido en la actividad agropecuaria.  Servicio doméstico remunerado de los hogares.  Trabajadores que, aunque trabajan para unidades económicas formales, lo hacen bajo modalidades en las que se elude el registro ante la seguridad social. Las modalidades de empleo informal suman 29.6 millones de personas. Tipo de unidad económica Total Sector informal Trabajo doméstico remunerado Empresas, gobierno e instituciones Ámbito agropecuario

2012

2013

Var. % anual

29,365,546

29,561,960

0.7

13,677,000 2,229,257 7,060,278 6,399,011

14,027,211 2,217,417 7,036,258 6,281,074

2.6 (-) 0.5 (-) 0.3 (-) 1.8


Concentración de la Informalidad

13.9 millones integran el sector informal: 2.2 millones servicio doméstico remunerado, 6.3 millones ámbito agropecuario y 6.9 millones a empresas, gobierno e instituciones.

Personas que realizan actividades lícitas y no contribuyen al gasto público:       

Sector primario. Industria del reciclaje. Comerciantes menores, ambulantes, tianguistas. Servicios domésticos. Comercio al pormenor establecido. Intermediarios inmobiliarios. Médicos.


Concentración de la Informalidad Nivel de ingresos (rangos de salario mínimo) Ocupación formal Ocupación informal 36.5

29.3

28.8

27.3 22.2

21.6 17.4 11.4

2.3

3.1

Hasta 1

Más de 1 hasta 2

Más de 2 hasta 3

Más de 3 hasta 5

Más de 5

La informalidad laboral está asociada con trabajos de bajos ingresos.

Fuente: “INEGI, Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), segundo trimestre de 2013.


Concentración de la Informalidad

Beneficios de migrar hacia la formalidad:

Formalidad = Contribuir al gasto público = Beneficios ≠ Perjuicios

Servicios médicos SAR Vivienda

Pensiones Financiamiento bancos


Régimen de Incorporación Fiscal

Finalidad del régimen La creación del RIF establece una entrada hacia la formalidad, en el aspecto tributario y se pretende que también inhiba la informalidad en el tema de seguridad social. Asimismo, el RIF permitirá a la autoridad fiscal contar con registros sobre las operaciones de los participantes con sus proveedores y clientes.


Régimen de Incorporación Fiscal

Sujetos

Aplicable a personas físicas con actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera título profesional, y con ingresos anuales hasta por 2 millones de pesos. Los contribuyentes que tributan bajo la figura de REPECOS y en el régimen intermedio podrán situarse en el RIF, de no ser así tendrán que emigrar al régimen general. Las personas que inician un pequeño negocio o empresa podrán optar por tributar en el RIF, de tal manera que una vez que el contribuyente alcance la madurez empresarial, transite al régimen general.


Régimen de Incorporación Fiscal Obligaciones  Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.  Registrar en los medios o sistemas electrónicos los ingresos, egresos, inversiones y deducciones del ejercicio correspondiente.

 Realizar retenciones por concepto de pago de salarios a sus trabajadores y su entero del ISR se realizará conjuntamente con la declaración bimestral.  Presentar declaraciones informativas bimestrales de las operaciones con sus proveedores.  Elaborar una factura electrónica con su venta global cada dos meses.


Régimen de Incorporación Fiscal

Facilidades en RMF  El aviso para tributar en el RIF, podrá presentarse hasta el 31 de marzo de 2014. (Artículo Sexto Transitorio del Proyecto de RMF publicado en el portal de internet del SAT).  La declaración correspondiente al primer bimestre 2014, se realizará dentro del mismo período que corresponda a la presentación de la declaración del segundo bimestre de 2014 (Mayo). (Artículo Quinto Transitorio del Proyecto de RMF publicado en el portal de internet del SAT).  Personas físicas con actividad empresarial, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera título profesional y que obtengan ingresos por sueldos o salarios, podrán optar por pagar ISR en términos del RIF. (Regla I.2.5.21. del Proyecto de RMF publicado en el portal de internet del SAT).  Se les releva hasta el 31 de marzo de 2014, de expedir CFDI por las remuneraciones que efectúen por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, así como por las retenciones de contribuciones. (Artículo Cuadragésimo Sexto Transitorio).


Régimen de Incorporación Fiscal

Facilidades en RMF  Los contribuyentes del RIF cumplen con su obligación de llevar contabilidad en medios electrónicos, con la utilización del sistema de registro fiscal “Mis Cuentas”, a través del cual los contribuyentes capturan los datos correspondientes a sus ingresos y gastos. (regla I.2.8.2.).  A través del Sistema de Registro Fiscal, los contribuyentes pueden expedir CFDI, utilizando su contraseña, sin que se encuentren obligados a entregar el archivo XML (regla I.2.7.1.21.).  La presentación de declaraciones bimestrales definitivas de impuestos federales, incluyendo retenciones, se puede presentar a más tardar el último día del mes inmediato posterior al bimestre que corresponda la declaración (regla I.2.9.3.).  Contribuyentes del RIF con domicilio fiscal en poblaciones o zonas rurales sin servicios de Internet, cumplirán con sus declaraciones acudiendo a cualquier ALSC, vía telefónica al 018004636728(INFOSAT), o bien, en la Entidad Federativa correspondiente, al firmar anexo al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal (Regla I.3.12.1.).


Régimen de Incorporación Fiscal

Incentivos Gubernamentales  Créditos a través del programa especial de financiamiento, a cargo de Nacional Financiera, S.N.C.  Apoyos a través del Instituto Nacional del Emprendedor, a fin de fomentar la cultura emprendedora.  Capacitación por parte del SAT en 3 vías: a) Capacitación a Entidades Federativas. b) Conferencias y talleres a instituciones públicas y privadas, así como programas a diversas Cámaras y Agrupaciones. c) Capacitación colectiva y programas de educación fiscal con universidades que impartan materias dirigidas a emprendedores y personas físicas con actividad empresarial, para su incorporación al RIF.


Régimen de Incorporación Fiscal Mitos

Realidades

Cambios fiscales implican inversión en infraestructura tecnológica y capacitación para presentar declaraciones de impuestos y CFD’s.

Se ha publicado la aplicación (“Mis cuentas”) que permitirá a los contribuyentes llevar registro de ingresos y egresos, así como emitir CFDI’s.

Esquema con demasiadas condiciones para obligar a los contribuyentes a pasar al Régimen General.

El RIF implica un cambio de paradigma sobre la cultura contributiva. Sin mayores obligaciones que los demás contribuyentes.

El RIF fomenta la informalidad.

Las personas informales no tienen acceso a la seguridad social, servicios médicos ni pensión, servicios que obtienen al migrar a la formalidad.


Régimen de Incorporación Fiscal

Saturación en Oficinas e Infraestructura Tecnológica  Las Entidades Federativas no otorgan servicio a los ex REPECOS, argumentando que la autoridad competente a partir del 2014 es el SAT.  Necesario presentar aviso de actualización de obligaciones, a fin de tributar en el RIF.  Incremento en solicitudes de información por parte de los contribuyentes, para cumplir correcta y oportunamente con sus obligaciones en el nuevo régimen.


Herramienta “Mis Cuentas”

“Mis Cuentas”, herramienta electrónica que permite a los contribuyentes registrar sus ingresos y gastos, así como emitir su factura electrónica en 3 sencillos pasos: 1. Ingreso con la contraseña; 2. Requisita los datos de la venta; 3. Impresión de factura electrónica.


Sectores con facilidades específicas

Sector

Esquema de Factura

Facilidades

Cumplimiento de Obligaciones

Sector Primario

Mediante gratuita del SAT.

herramienta Se inscriben al RFC mediante los Calcular y enterar, por cada uno de sus adquirentes de sus productos, integrantes, los pagos provisionales y el siempre que sus ingresos al año impuesto anual. Mediante proveedor de anterior no excedan 40 veces el autorizado de factura salario mínimo. electrónica. Efectuar por cuenta de sus integrantes No paga ISR hasta por 20 veces el las retenciones de ISR y el entero de las Ingresos anuales hasta 40 veces salario mínimo anual, por cada mismas. salario mínimo, facturan uno de sus socios. mediante un PSECFDI. Registro de los ingresos, gastos e Pueden enterar el 4% por inversiones, de las operaciones de cada Personas morales de derecho retenciones del ISR, uno de sus integrantes. agrario, con ingresos anuales correspondiente a los pagos mano hasta 20 salarios mínimos, sin de obra. Presentar (DIOT) por cuenta de sus exceder de 200, pueden no integrantes en forma global. expedir comprobantes.

Recicladores

Expedición de comprobantes a Se inscriben al RFC a través de los El pago del ISR y del IVA se realiza través de un PSECFDI por medio adquirentes de sus productos. mediante retención que realizan los del adquirente de sus productos. adquirentes. Pagan ISR a través de las personas El adquirente entera impuestos que adquieran desperdicios y retenidos conjuntamente con su materiales destinados al reciclaje, declaración de pago. mediante retención de 5%.


Sectores con facilidades específicas

Sector Sector Minero

Esquema de Factura

Facilidades

Mediante herramienta Pequeños mineros con gratuita del SAT. ingresos en el ejercicio inmediato anterior no Mediante un proveedor de mayores a $4´000,000.00, autorizado de factura se inscriben a través de los electrónica. adquirentes de productos. Expedición de comprobantes mediante un PSECFDI por medio del adquirente de productos.

Cumplimiento de Obligaciones Titulares de concesiones podrán optar por realizar, a cuenta del derecho anual, pagos provisionales trimestrales a más tardar el día 17 de abril, julio y octubre del ejercicio que se trate y enero del siguiente año.


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