TRABAJADORA DEL HOGAR SUPLEMENTO CONTRATADO
Lunes 22 de junio del 2015
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on varios los motivos por los cuales se entrega este suplemento informativo sobre los aportes previsionales de los trabajadores del hogar. Quizás usted sienta, tal vez, la necesidad de acceder a dicha información por el tipo de labor que realiza o porque es un empleador que tiene uno o más trabajadores a su servicio. Las experiencias que hemos conocido nos permiten constatar que el trabajador del hogar pertenece a un grupo vulnerable, ya sea por las condiciones laborales que enfrenta, o la insuficiente información que recibe sobre la importancia de construir su pensión. Es así que, abordaremos los diferentes elementos y procesos que un trabajador del hogar y su empleador, deben conocer para “llevar la fiesta en paz”.
Los Trabajadores del hogar son amparados por el estado
El derecho a estar informado
Realizar aportes para la jubilación ofrece una serie de beneficios al trabajador y su familia
¿Cómo funciona el Sistema Nacional de Pensiones?
El Sistema Nacional de Pensiones (SNP) está conformado por asegurados y pensionistas, quienes a través de diferentes requisitos y procesos cum-
plen con sus obligaciones de aportar o reciben los beneficios del sistema, según corresponda. Los trabajadores del hogar son considerados aportantes obligatorios y tie-
nen el deber de aportar para su futura pensión, tal como lo hace cualquier otro trabajador regular. También puede aportar de forma voluntaria al cesar en sus labores o cuando deciden iniciar alguna actividad económica de manera independiente. Existen dos tipos de asegurados en el SNP: Asegurados Obligatorios Son aquellos que dependen económicamente de su empleador. El empleador es quien efectúa las aportaciones al SNP ante la SUNAT.
Asegurados Facultativos Son aquellas personas que no dependen económicamente de un empleador. Los mismos asegurados, a través de la web de la ONP o en un Centro de Atención, pueden solicitar obtener la resolución que los autorice para efectuar las aportaciones al SNP. Esta figura se da cuando, después de cesar en el trabajo, el trabajador del hogar puede seguir aportando como facultativo o continuación facultativa.
En las siguientes páginas abordaremos diversos aspectos legales sobre la naturaleza del trabajador del hogar, la importancia de contar con un trabajo reconocido y los beneficios que traen los aportes previsionales, entre otros aspectos. Por ello, no es bueno por un lado, que los empleadores -evadiendo su responsabilidad-, no hayan inscrito nunca al trabajador que sirve en su hogar, privándolo de la posibilidad de cubrir una eventual enfermedad o discapacidad y, por el otro, tampoco es justo no haberlo orientado respecto a cómo construir una pensión a partir del pago oportuno de sus aportes a un sistema de pensiones. Toda relación laboral debe contar con dos supuestos: el cumplimiento de las tareas encomendadas por quien trabaja y la protección social otorgada por quien contrata.
Beneficios de contar con una pensión Tu mejor inversión a futuro
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el sistema nacional de pensiones Tu afiliación de manera fácil y rápida
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2 ¿QUIÉNES SON LOS TRABAJADORES DEL HOGAR? Son aquellos trabajadores que están al servicio del hogar y que están obligados a prestar sus servicios con diligencia y a guardar reserva sobre la vida e incidentes en el hogar, salvo exigencia de la ley. Entre los servicios desempeñados están las labores de aseo, cocina, lavado, asistencia, cuidado de niños y demás tareas propias de la conservación de una residencia o casa-habitación y del desenvolvimiento de la vida de un hogar.
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LA IMPORTANCIA DE REALIZAR APORTES
Los beneficios de construir mi pensión
Aportar para tu pensión es la mejor inversión
E También están incluidos los choferes, los jardineros, los mayordomos y los técnicos de enfermería. Todos los trabajadores del hogar deben cumplir con un mínimo de cuatro horas diarias de trabajo en el hogar. De otro lado, no son trabajadores del hogar aquellos que realizan actividades de aseo, cocina, lavado, y asistencia a niños y a enfermos que se presten para empresas, o con las cuales el empleador obtenga un lucro o beneficio económico cualquiera. Es decir, aquellos trabajadores que sean contratados por empresas, negocios o centros educativos, entre otros. Tampoco lo son los padres, hijos, hermanos, nietos, abuelos, tíos, sobrinos y primos del dueño de casa.
l pago de los aportes permite al trabajador del hogar contar con una pensión de jubilación en el futuro. Esto significa que cuando seamos mayores y lleguemos a una edad en la que no sintamos las mismas energías para trabajar, podremos recibir una pensión para cubrir nuestras necesidades y ser atendidos en el Seguro Social de Salud Disfrutar de una vejez tranquila no tiene precio (EsSalud).
Recuerda:
El pago oportuno de los aportes también permite al trabajador del hogar contar con una pensión de invalidez en caso de sufrir un accidente.
Asimismo, con el pago de nuestros aportes, tenemos la garantía de recibir una pensión de invalidez en caso de sufrir un accidente que nos impida seguir laborando. En caso de fallecer el pensionista, el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) ha previsto una protección para sus familiares directos........... Este respaldo consiste en otorgar pensiones de viudez, orfandad y ascendencia a la esposa, hijos o padres del fallecido, respectivamente..Además todos ellos adquieren, junto con su pensión, el derecho a ser atendidos en EsSalud. Como vemos, los únicos que podemos construir nuestra pensión y asegurar a nuestra familia ante una eventual fatalidad somos nosotros. Por eso el momento para iniciar nuestros aportes es ¡ahora!
María y la decisión más importante de su vida Sentada en un sillón de su casa, la señora María recuerda que la primera vez que vio un edificio fue cuando llegó a Lima. Solo tenía 13 años y ante la muerte de sus padres en Abancay, a su madrina no se le ocurrió otra idea que llevarla a la capital para que trabaje, y, en el mejor de los casos, para que termine la primaria. Un ascensor la llevó en segundos al octavo piso, hasta donde la esperaba la familia
Cisneros que, a decir verdad, solo la conformaba la anciana abuela y una nieta soltera ya adulta que daba clases de piano en casa. Hoy María recuerda también cuando la señorita Carmen, la nieta que era profesora, le comunicó cuánto le iban a pagar por sus servicios como trabajadora del hogar y el monto que le iban a descontar para construir su pensión. En ese momento todo le pareció confuso, ¿acaso no debería recibir todo
su sueldo? ¿No necesitaría acaso todo el dinero? También se preguntaba, llevada por su edad, ¿para qué pensar en una jubilación? Ya todo vendría a su tiempo, creía. Pero María tuvo un buen consejero en el vecino de la casa de su tía, que ya entrado en años vivía como jubilado en su casa de San Martín de Porres, quien también recibía su tratamiento a la osteoporosis en EsSalud. Él fue quien le hizo ver que los
aportes que pagaría cada mes no era un gasto, sino una inversión. Hoy, cuando la señora María puede vivir con calidad de vida junto a su marido, ver reír a su nieta y enorgullecerse de la profesión que le dio a sus dos hijas, piensa que valió la pena construir a tiempo su pensión.
¿Cuánto debo aportar? Para construir mi pensión en el Sistema Nacional de Pensiones, debo invertir parte de mi salario. El monto a aportar, tanto para los asegurados obligatorios como para los asegurados facultativos, corres-ponde al 13% de los ingresos o remuneración que perciben. La ley ha establecido que el monto mínimo que un trabajador puede aportar en el SNP es de S/. 98.00, cifra que equivale al 13% de la remuneración mínima vital (RMV) que actualmente asciende a S/. 750.00. (setecientos cincuenta nuevos soles). Recordemos que, de acuerdo a las normas vigentes, los trabajadores del hogar son consideradores trabajadores obliga-torios; es decir que esto no es algo que podamos escoger sino por el contrario al ser una obligación debemos aceptar que el empleador lo descuente de nuestro salario y que ese dinero ayudará a construir nuestra pensión a futuro.
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aby empezó a trabajar en una casa, contratada por una familia que la conoció en “La Casa de Panchita”. Luego de conversar con sus empleadores, y debidamente informada, aceptó ser inscrita como aportante obligatorio en el SNP, aunque esto reduzca su salario. “Llevaré menos a mi casa –pensó-, ¡pero así construiré mi pensión!”, dijo con seguridad. Los pasos para inscribir a un trabajador del hogar en el SNP son los siguientes: 1. Acuerdo mutuo y libre entre el trabajador y el empleador. 2. El empleador se acerca a la SUNAT antes de los treinta días de iniciada la relación laboral y se inscribe en el Registro Nacional de Empleadores del Hogar. En ese mismo momento puede registrar a los trabajadores a su cargo. El proceso de inscripción también lo puede realizar a través de internet en: www.sunat.gob.pe 3. Al primer mes, el empleador (o el mismo trabajador) puede ir a cualquier agencia bancaria autorizada por la SUNAT y pagar el aporte (13% de la remuneración pactada) mediante el “Sistema Pago Fácil”.
Inscríbete de manera rápida y sencilla
¿Cómo me afilio al Sistema Nacional de Pensiones?
Conversa con tu empleador y pídele que te inscriba como Trabajador del Hogar ante la SUNAT.
Toma nota:
Es responsabilidad del empleador registrar a sus trabajadores del hogar ante la SUNAT dentro de los 30 días de iniciada la relación laboral. En caso de incumplimiento, se puede denunciar ante el Ministerio de Trabajo.
4. El empleador pagará también el Seguro Social de Salud (EsSalud) a favor del trabajador del hogar, que equivale al 9% de la remuneración que percibe el trabajador. 5. El trabajador del hogar podrá constatar el estado de sus aportes a través de la página web: www.onp.gob.pe, para lo cual debe solicitar una cla-
¿PUEDO CAMBIARME DE UNA AFP AL SNP? La respuesta es sí. Y esto se llama la Libre Desafiliación Informada (LDI). La LDI es un procedimiento administrativo mediante el cual, un afiliado al Sistema Privado de Pensiones que aún no es pensionista, puede solicitar su retorno al Sistema Nacional de Pensiones. Esto es posible, siempre y cuando haya ingresado al Sistema Nacional de Pensiones
Contrario a lo que se cree, es obligatorio aportar al Sistema Nacional de Pensiones o al Sistema Privado de Pensiones. La ley considera que todo trabajador debe formar parte de un sistema previsional y de seguridad social, por lo que el empleador, así como el trabajador del hogar deben velar para que este servicio esté formalizado.
hasta el 31 de Diciembre de 1995, y la suma de aportes entre ambos sistemas sea como mínimo 20 años de aportaciones. Al concluir la formalidad de desafiliación, la persona deja de pertenecer al Sistema Privado de Pensiones y pasa a pertenecer, nuevamente, al Sistema Nacional de Pensiones, sumándose los periodos de aportación en ambos sistemas. Si bien cada caso es motivo de análisis, está
claro que beneficia principalmente a quien puede tener una pensión mayor en el Sistema Nacional de Pensiones que en el Sistema Privado de Pensiones. Para desafiliarse del SPP debe acercarse personalmente a la AFP a la que pertenece o al Centro de Información y Atención para la Desafiliación (CIAD), a fin de recibir orientación general y completar la solicitud de desafiliación.
ve virtual en cualquiera de los centros de atención de la ONP a nivel nacional. 5. Confirmado el aporte mensual, el trabajador del hogar podrá emitir por escrito una “Constancia de Pago” extendida a nombre del empleador. 6.Transcurridos los tres meses de labores, el trabajador del hogar podrá atenderse en
el centro asistencial de EsSalud que le corresponde. Este periodo no cuenta si el trabajador proviene de otro trabajo donde estuvo asegurado en EsSalud, si se encuentra en período de latencia, o si ha sufrido un accidente o emergencia, cuya atención es inmediata en todos los centros asistenciales del país.
No se debe olvidar que la SUNAT está facultada para aplicar una multa al empleador si registra al trabajador del hogar más allá de los treinta días que la ley obliga. Aunque no hay posibilidad de que la SUNAT fiscalice al interior de un hogar, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo sí podrá recibir las denuncias del trabajador del hogar y promover la solución concertada de los conflictos sobre la materia. No se trata de que tengamos problemas con nuestro empleador, sino que se converse en armonía sobre los beneficios que trae estar al día en los pagos y así construir a pocos nuestra pensión.
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Los aportes al SNP no son un recorte sino una inversión
LA edad de la jubilación
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ranscurridos muchos años de servicio como trabajadora del hogar, María decide jubilarse y acompañar mejor a su esposo en la enfermedad de artritis que lo aqueja, y de paso ayudar a su hija en el cuidado de sus nietos cuando ella sale a hacer guardia como enfermera. María, como miles de trabajadores del hogar, construyó su pensión con los aportes que le descontaban de su salario. Aunque hubiera querido llevar todo el dinero a su casa, nunca lo vio como un “recorte” sino como una inversión, lo que le permitiría como ahora, pensar en jubilarse. Habiéndose informado bien, María sabe que su pensión no bajará de S/. 415.00 nuevos soles, pero con los años que aportó está segura que alcanzará la pensión máxima que asciende a S/. 857.36 nuevos soles. Requisitos: Para jubilarse en el SNP el trabajador del hogar debe acreditar un total de 20 años
Este documento es de suma importancia para la relación laboral entre el trabajador del hogar y el empleador. Tanto la Ley Nº 27986 de los Trabajadores del Hogar, como su Reglamento (Decreto Supremo N° 015-2003-TR),
precisan la importancia del mismo y precisan la información mínima que deben contener. A fin de cumplir con este requisito que manda la Ley, ofrecemos a nuestros lectores la plantilla de una Constancia de Pago.
Las pensiones que otorga el Sistema Nacional son de por vida de aportaciones y haber cumplido los 65 años de edad. En caso de solicitarse pensión adelantada, se debe acreditar como mínimo 55 años de edad y 30 años de aportes los hombres, y, 50 años de edad y 25 años de aportes las mujeres. Otros beneficios: Los beneficios que brinda el SNP son: Pensión de jubilación, Pensión de invalidez en
ONP te atiende
- ¿En qué moneda se pueden percibir las pensiones? En el SNP la pensión se otorga únicamente en nuevos soles, en cambio, en el SPP, el afiliado puede optar por percibir su pensión en nue-
La Constancia de Pago
vos soles o en dólares americanos, según su elección. - ¿A cuánto asciende el aporte del trabajador del hogar en el SNP? El trabajador del hogar debe aportar el 13% de su remuneración mensual, que no debe ser menor al 13% de la Remuneración Mínima Vital (S/. 98.00). - ¿Cómo se debe demostrar el requisito de dependencia? Se debe presentar declaración jurada de haber dependido económicamente de la causante, y de no percibir remuneración o ingresos
caso de accidente o enfermedad y Pensión de sobrevivencia para los familiares del trabajador. En el caso de la Pensión de sobrevivencia, corresponde: 50% para la viuda, 50% para los hijos (la pensión se puede extender más allá de los 18 años de edad, si es que los hijos están incapacitados para el trabajo o siguen en forma ininterrumpida estu-
dios de nivel básico o superior) y 20% para cada padre, en tanto no hubiera cónyuge o hijos, sea inválido o tenga 60 o más años de edad el padre y 55 o más años de edad la madre, y depender económicamente del causante. El Capital de Defunción: monto otorgado al familiar del pensionista que no reúne los requisitos para acceder a una pensión de sobrevivencia.
superiores a media remuneración mínima vital. - En caso de jubilación adelantada, ¿recibo el monto completo? No, en este caso, el monto de la pensión se reduce en
4% por cada año de adelanto respecto a los 65 años de edad que establece la ley. - ¿Mi pensión mejora con el transcurrir de los años? La pensión es vitalicia y mantiene un valor fijo. Sin embargo, las variaciones futuras en el monto de la pensión estarán en función a las disposiciones legales sobre la materia. - ¿Qué es la Verificación Anticipada? La Verificación Anticipada, tiene como objetivo reconstruir la historia laboral del asegurado y sus respectivos
Infórmate más en www.onp.gob.pe
aportes al Sistema Nacional de Pensiones, con el fin de que el afiliado pueda reconstruir sus aportes antes de solicitar su pensión.
- ¿Qué es la Continuación Facultativa? Es una modalidad que ofrece el Sistema Nacional para que aquellos trabajadores que dejaron de laborar como dependientes y de esta manera puedan seguir realizando aportes de manera independiente. - ¿Cuándo puede solicitarse? En este caso la solicitud para la continuación facultativa debe realizarse como mínimo dentro de los 6 meses siguientes contados a partir de la fecha de cese del trabajador obligatorio.
Suplemento editado por: Oficina de Normalización Previsional - ONP Editor asociado: José Antonio Varela Vidal
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