NAR
NORMA ADIF DE REGLAMENTACIÓN
Nº 2/16 Madrid, 24 de octubre de 2016
ÚTILES DE SERVICIO Organismo:
Dirección de Seguridad en la Circulación Adif Subdirección de Seguridad en la Circulación Adif AV APLICACIÓN
Fecha:
19 de enero de 2017
Ámbito:
RFIG administrada por Adif y Adif AV
0. PREÁMBULO El personal ferroviario que interviene en la circulación, para el desarrollo de sus funciones necesita disponer de ciertos útiles de servicio, que ADIF ha de tener disponibles en los puestos de trabajo o bien entregar a título individual. La dotación de útiles de servicio, estará dimensionada en función de las necesidades del puesto o el personal. 1. ÚTILES VINCULADOS A UN PUESTO DE TRABAJO 1.1. Estaciones y puestos de circulación.
1. Banderines rojos. 2. Linterna dotada de luces de colores blanco, rojo y verde. 3. Calces antideriva. 1.2.
Vehículos motores.
1. Dos linternas, dotadas de luces de colores blanco y rojo 2. Dos banderines rojos. 3. Dos calces antideriva. 4. Dos barras o útiles de cortocircuito homologados, cuando vayan a circular por líneas dotadas de sistema de detección de presencia de tren por circuitos de vía eléctricos.
5. Llaves de los teléfonos situados en los mástiles de las señales.
NAR 2/16
1/2