Maximas Competencias para la Asamblea Ciudadana

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BORRADOR DE PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS

MÁXIMAS COMPETENCIAS PARA LA ASAMBLEA CIUDADANA

Ponentes:

Sergio Llamas Sobrino Equipos:21,48,100,115,148. Víctor Abarquero Román Concha Cano Díaz Contacto: democraciahibrida@gmail.com Alberte Álvarez Gil Víctor Martínez Cembranos


CONTACTO Correo electr贸nico: democraciahibrida@gmail.com Hilo en Reddit: http://www.reddit.com/r/podemos/comments/2hodif/borrador_de_principios_ organizativos_m%C3%A1ximas/

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ÍNDICE PREÁMBULO TÍTULO I PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS Principios organizativos de PODEMOS. Capítulo 1 La inscripción

TITULO II Capítulo 2 La Asamblea Ciudadana Estatal -Descripción -Competencias -Procesos decisorios -Revocación de cargos Capítulo 3 El Consejo Ciudadano. Capítulo 4 El Consejo de Coordinación. Capítulo 5 Los Coordinadores Generales. Capítulo 6 La Comisión de Derechos y Garantías.

TÍTULO III LOS CÍRCULOS Capítulo 7 Los Círculos.

TÍTULO IV LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL Capítulo 8 Principios y disposiciones. Capítulo 9 Estructura organizativa para los municipios de menos de 200 miembros Capítulo 10 Estructura organizativa para: municipios con más de 200 miembros, islas con cabildos o consejos, y comunidades autónomas.

TÍTULO V TRANSPARENCIA Capítulo 11 Administración, fiscalización y control DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ANEXOS ANEXO 1 Delegación libra. ANEXO 2 Brecha digital. ANEXO 3 Enmienda elaborativa. ANEXO 4 Iniciativas decisorias y populares. ANEXO 5 Voto Único transferible. ANEXO 6 El censo. ANEXO 7 Presentación de propuestas en la reunión presencial de la Asamblea ciudadana. ANEXO 8 Funciones de los círculos consultivos.

BORRADOR DE PROPUESTA DE PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS

Máximas competencias para la asamblea ciudadana 3


BORRADOR DE PROPUESTA DE PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS: Máximas competencias para la asamblea ciudadana. Defendemos que la esencia de todos los problemas de la ciudadanía reside en que las élites políticas han arrebatado el derecho de votar las leyes que corresponde a todo ciudadano y nos han dejado impotentes. Si los ciudadanos pudiéramos votar las leyes que nos afectan, está claro que como dice el dicho “otro gallo cantaría”. Creemos que PODEMOS es la plataforma central para que, entre otras metas que persigue la ciudadanía se recupere la soberanía y logremos una democracia real. Para ello es imprescindible, que dentro de PODEMOS se recupere la democracia directa. Con este texto queremos otorgar a la Asamblea Ciudadana es decir, al conjunto de todos los inscritos, las máximas competencias sin perder la eficacia operativa necesaria. Incluimos las competencias que la Asamblea Ciudadana decide por democracia directa en la mayoría de propuestas y ampliamos enormemente su alcance al incluir competencias que tradicionalmente se dejan a los órganos representativos. ¿Cómo conseguirlo sin perder eficiencia? Pues mediante de un modelo de democracia electrónica que integra variantes de democracia electrónica como la directa, la líquida y la 4.0. Pero hablemos claro, este modelo significa que ante una cuestión cada inscrito pueda optar por 3 opciones: -Votar directamente. -Delegar en un representante. -Delegar la decisión en otro inscrito. Este modelo, unido a los avances en las nuevas tecnologías de comunicación, permite la participación a todos los niveles e integra todas las ventajas de la democracia directa, la líquida o delegativa y la representativa sin sus desventajas. Su mecanismo está detallado en la siguiente imagen (Fig.1).

Votar directamente. Ante una votación puedes: Delegar tu voto en otro inscrito .

Figura 1. Esquema de las distintas posibilidades de participación . Uno de forma libre, elige si vota directamente o delega en otro inscrito. De esta manera, los que quieran y puedan informarse y votar cada decisión pueden hacerlo, y los que no dispongan de tiempo pueden delegar en quien ellos prefieran, pudiendo de esta manera expresar su voluntad de una manera mucho más precisa que simplemente eligiendo un representante para todas las decisiones. Esto facilita que se exprese la voluntad de personas que no pueden dedicar suficiente tiempo a informarse, deliberar y votar. Esto se conoce como delegación del voto instantánea o vía líquida. Además en este modelo la parte delegada es la primera en votar, de modo que si se toma una decisión contraria a la voluntad de la Asamblea ciudadana, está tiene la capacidad de cambiar el resultado de la votación, expresándose por vía directa o por líquida.

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El mecanismo de este sistema se explica de forma sintética aquí y más elaboradamente en el Anexo 1. Ante una votación se puede usar: a) Voto directo. b) Delegación libre: -Delegación libre del voto en un delegado: Una persona puede delegar su voto a un delegado. Un delegado es, básicamente, un inscrito en PODEMOS que autoriza que su voto final sea público permitiendo que otras personas puedan delegar su voto en él. No obstante la delegación del voto es secreta (ni el propio delegado sabe cuánta ni que gente delega en él). Lo único que se hace público es el voto final. Y lógicamente, el voto directo o el cambio de delegado se pueden realizar en todo momento. De esta manera, se evita la formación de indeseable lobbies o clientelismos. Además no hay que elegir un sólo delegado para todo sino que se pueden elegir delegados diferentes para cada área de decisión (economía, medio ambiente, educación,...). Cuando una determinada propuesta tenga más de una categoría, el usuario establecerá una prioridad entre sus delegados, siendo el voto final el de su delegado prioritario. -Delegar libre del voto en un representante. Todo el mundo podrá asignar además de un delegado, un representante, (consejeros y cargos institucionales) para que por defecto, en caso de no votar directamente o delegando en un inscrito, se de continuidad a la línea política. Sin embargo se podrá asignar la abstención como opción por defecto en lugar de designar a un representante por defecto. Pongamos un ejemplo concreto de todo el modelo: Supongamos que hay 100.000 inscritos en PODEMOS. Los 100 representantes tienen que votar una cuestión, Imaginemos que todos los representantes están a favor de ella, pero la mayoría de inscritos está en contra. Primero vota el cuerpo de representantes y los delegados, estos votan de forma contraria a la voluntad mayoritaria. (Fig.2A) Al ver estos resultados provisionales, 70.000 inscritos votan en contra directamente. (Fig.2B) Entonces la voluntad de los 30.000 miembros restantes (100.000-70.000) queda expresada a través de sus representantes. Como resultado vemos que se impone el criterio de la mayoría. (Fig.2B)

Democracia representativa

100%

Democracia híbrida

30%

A favor En contra

70%

A favor En contra

Figura 2.A) Esquema del resultado provisional de la votación de los representantes. B) Esquema del resultado definitivo de la votación tras la participación de un 70% de los miembros por este modelo.

En la práctica, este modelo permitirá no tener que actuar en todas las decisiones, pues la mayoría de los representantes actuarán habitualmente de acuerdo a la voluntad popular. Pero cuando los representantes quieran tomar una decisión impopular, los inscritos podrán corregir su decisión e imponer su voluntad. Una ventaja adicional es la favorable propaganda que ejercería el hecho de poder votar una ley directamente en el parlamento, por ejemplo. Todo esto está más detallado en el Anexo 1. Queremos recalcar que el modelo mixto con los representantes se va a usar en las competencias “ampliadas” de la asamblea como pueda ser la votación de una enmienda en el congreso de los diputados. 5


Pero las decisiones más importantes, como la elección del programa electoral o los procedimientos, se toman por democracia directa o líquida. Además otras características de esta propuesta son que la Asamblea Ciudadana: -Colabora en la redacción de textos a través de elaboración colaborativa. -Puede proponer iniciativas decisorias. -Puede derogar cualquier decisión. -Puede revocar de manera operativa cualquier cargo y cualquier órgano completo.

TÍTULO I: PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS 1º. PODEMOS es una organización política orientada a promover y defender la democracia y los Derechos Humanos en todos los ámbitos de la sociedad. PODEMOS se organiza de manera democrática y fomenta el debate y la participación abierta, respetuosa y directa de todos sus miembros en la toma de decisiones de la organización. 2º. PODEMOS utiliza todas las herramientas presenciales y telemáticas a su alcance para promover el empoderamiento ciudadano dentro y fuera de la organización y la participación directa de la gente en la toma de decisiones públicas y políticas. PODEMOS fomentará todos los espacios presenciales de participación al tiempo que se apoya en distintas herramientas informáticas para facilitar la deliberación y la toma de decisiones entre todos y todas. A través de las acciones impulsadas desde todos los niveles de la organización y, muy especialmente, desde los Círculos, se habilitarán los mecanismos para facilitar la participación en igualdad de condiciones a quienes puedan tener mayores dificultades de acceso a internet. (Anexo 2) 3º. En PODEMOS, todos y todas tienen derecho a voz y voto, cada persona tiene derecho a un voto. El peso de todos los votos será siempre el mismo, con independencia de cuál sea su origen, territorio, nacionalidad, edad o confesión. El voto de ningún miembro podrá contar más que el voto de otro. 4º. En PODEMOS, todo el mundo tiene derecho al ejercicio del sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido) en todos los niveles de la organización. 5º. La unidad básica de organización de PODEMOS es el Círculo. El Círculo es la herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate y la relación activa con la sociedad. Los Círculos PODEMOS pueden ser de carácter territorial o sectorial. Además de los Círculos, PODEMOS promueve otras formas de participación abierta y ciudadana, como el Banco de Talentos, el Banco de Ideas), las colaboraciones, etc. 6º. La elaboración de los programas electorales, la confección de las listas de candidatos y candidatas a los órganos de representación institucional, la elección de coordinador general de miembros de los Consejos Ciudadanos de PODEMOS se llevará a cabo siempre de manera abierta a todas las personas que componen PODEMOS en el ámbito territorial correspondiente. Se abrirán siempre procesos de elaboración participativa sobre los contenidos de los programas y se utilizarán las formas refrendarais abiertas y ciudadanas para la selección de candidatos concurrentes a las elecciones. 7º. PODEMOS es una organización estatal que actúa con criterios de universalidad, coherencia y responsabilidad. Corresponde a la Asamblea Ciudadana Estatal (es decir, a todos los miembros de PODEMOS) o a los órganos en que delegue, la toma de decisiones que afecten al conjunto de PODEMOS, cualquiera que sea el nivel sectorial o territorial en el que se originen esas cuestiones. La participación y decisión de todos los miembros de PODEMOS a través de procesos refrendarios será la que, en última instancia, garantizará siempre la acción coordinada, coherente y responsable de la organización en todos los ámbitos territoriales y sectoriales.

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CAPÍTULO 1. LA INSCRIPCIÓN Artículo 1. La inscripción en PODEMOS. Para ser inscrito de PODEMOS será necesario: -Ser mayor de 16 años. -Inscribirse en el registro correspondiente con los datos personales y número de teléfono. -Suscribir el documento base de Compromisos Éticos de PODEMOS. Los afiliados (como exigencia legal, deben registrarse en el Ministerio del Interior) serán aquellos inscritos que son mayores de edad y dan su consentimiento a quedar registrados en el Libro de Afiliados sin que ello les proporcione ningún tipo de derecho o deber privilegiado respecto al resto de inscritos. Artículo 2.Derechos de todos los miembros de PODEMOS: 

Tienen derecho a voz y voto en todos los espacios de discusión PODEMOS y en todas las Asambleas Ciudadanas a las que pertenece. El voto de todos los miembros tendrá el mismo peso sin que quepa alteración alguna a este principio básico de igualdad política con independencia de cuál sea su origen, territorio, nacionalidad, edad o religión.

Los inscritos tienen derecho al ejercicio del sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido) en todos los niveles de la organización. Para los cargos de la administración del Estado, sólo los que cumplan los requisitos legales.

A ser informados de todo lo que acontece en PODEMOS , no únicamente de las decisiones adoptadas y de la composición de los grupos de trabajo que las adoptan, sino también de todos los procesos de decisión internos, discusiones o debates, situación económica, diseño de la web, relaciones con otros actores sociales, actividades realizadas, etc. Streaming, actas… todo accesible y sistemáticamente ordenado de manera digital (intranet, web).

Los inscritos tienen derecho a obtener, en el momento de su inscripción, un código de votación permanente que le habilitará para participar en todos los procesos de decisión de PODEMOS.

Todo inscrito tiene derecho a participar en las decisiones de las Asamblea Ciudadanas a las que pertenece, y en las decisiones de los representantes electos (Congreso, Senado…).

Los inscritos tienen derecho a participar en procesos de elaboración participativa de la asamblea ciudadana.

Los inscritos tienen derecho a recurrir a la Comisión de derechos y garantías de PODEMOS para velar por el cumplimiento de sus derechos.

Los inscritos, como cualquier ciudadano, tienen derecho a presentar una propuesta de decisión o derogación popular.

Derecho a inscribirse en el libro de voluntarios a sorteos.

Cualquier inscrito del partido podrá cesar en el mismo libremente.

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o

Todos los miembros de PODEMOS están invitados a:

-Integrarse en el trabajo de los Círculos o crear Círculos nuevos. -Hacerse colaboradores de PODEMOS, lo que constituirá, junto a los crowdfundings, una de las principales vías de financiación de la organización. La contribución económica es totalmente voluntaria. -Integrarse en el Banco de Talentos. -Participar en el Banco de Ideas. -Colaborar con cualquier espacio de participación que se habilite. Artículo 3. Deberes de los inscritos en PODEMOS. Deberes de los miembros de PODEMOS (como exigencia legal): 1.- Compartir las finalidades del partido y colaborar para la consecución de las mismas. 2.- Respetar lo dispuesto en los estatutos y en las leyes. 3.- Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos directivos del partido.

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TÍTULO II: NIVEL ESTATAL CAPÍTULO 2. LA ASAMBLEA CIUDADANA. Artículo 4. Definición y composición de la Asamblea Ciudadana. La asamblea ciudadana está formada por todos los inscritos de PODEMOS. La Asamblea Ciudadana es el único órgano de decisión de PODEMOS y se considera reunida telemática y permanentemente a través de un sistema informático que gestiona todos los procesos de decisión. Las decisiones de cualquier Asamblea serán vinculantes para niveles territoriales contenidos en su territorio y no podrán ser revocadas más que por la misma Asamblea o por otra Asamblea de ámbito territorial superior cuando afecten a la estrategia general de PODEMOS. Habrá reuniones presenciales de la Asamblea Ciudadana sin capacidad decisoria. La Asamblea Ciudadana se reúne presencialmente de manera ordinaria como mínimo una vez cada dos años. Existe también la posibilidad de convocar Asambleas Generales Extraordinarias. Podrán convocarse de forma extraordinaria tantas veces como sea necesario. Éstas pueden ser convocadas por la asamblea general o por iniciativa de cualquier órgano y aprobación de la asamblea. Las reuniones presenciales no tienen ninguna atribución especial respecto a la permanente. Artículo 5.Competencias de la Asamblea Ciudadana. Cualquier inscrito puede proponer decisiones. Si esta es apoyada por un 1% de los miembros de los miembros, pasa automáticamente al proceso decisorio correspondiente. La asamblea ciudadana elaborara participativamente todos los textos que se sometan a votación. Todas las votaciones se realizaran por voto preferencial o voto único transferible. A continuación se detallan las competencias de la Asamblea tomadas: Por democracia directa: 

Aprobar los estatutos de PODEMOS y sus modificaciones.

Aprobar el programa electoral elaborado participativamente.

Elección y revocación de cargos internos y representantes institucionales. Los cargos de Podemos serán elegidos por voto preferencial con corrección de género 60/40, menos los coordinadores generales que serán 2/1. No computaran personas que se consideren de cualquier otro género.

Con delegación libre de voto. 

Aprobar los procedimientos para elaborar alianzas electorales.

Aprobar las alianzas electorales.

Aprobar el Reglamento de funcionamiento interno del Consejo Ciudadano.

Aprobar presupuestos.

Tomar internamente las decisiones de los representantes de PODEMOS en el Congreso y el Senado. Incluida la elaboración y votación de leyes.

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Artículo 6.Proceso de toma de decisiones de la asamblea ciudadana. A) Proceso decisorio ordinario. Fase previa: La introducción de puntos en el orden del día de las cuestiones se realiza: 

Por decisión en un proceso decisorio anterior.

Por iniciativa de cualquier órgano.

Por iniciativa popular con un 1% de avales.

Fase de debate: El Consejo Ciudadano pública el orden del día. Fase de debate y deliberación. Se elaboran participativamente los textos de las cuestiones que lo requieran. El último día el Consejo Ciudadano se reúne un día para debatir y votar la cuestión. Se retransmite la reunión por streaming. Duración estimada: 3 semanas. Fase de votación: Empieza con la votación de los inscritos que sean delegados potenciales. Se publican los resultados provisionales teniendo en cuenta la delegación de voto de ese momento. El resto de inscritos vota durante la semana siguiente. Los que tenían su voto delegado al inicio también pueden votar, quitándoselo a su delegado. Duración estimada: 1 semana. B) Proceso decisorio urgente: Es específico para una decisión comienza en el momento que la propuesta con carácter de urgencia supera el 5% por la asamblea ciudadana o es propuesta por cualquier el consejo ciudadano o el consejo de coordinación. Pueden ser impulsadas por el Consejo ciudadano. Fase de debate: 3 días. Fase de votación: 2 días. C) Procesos decisorios de las decisiones del parlamento y el senado (Anexo 1) Será elaborado por el grupo de representantes de cada cámara en función de las condiciones específicas de dicha cámara.

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Artículo 7.Revocación de cargos. Cada cargo y cada órgano tendrán un Referéndum Revocatorio permanente abierto. En la aplicación web, habrá una sección de revocación con los nombres de todos los cargos. Para cada candidato se podrá votar CONTINUIDAD, REVOCACIÓN o ABSTENCIÓN. La opción por defecto es ABSTENCIÓN. Cuando la Revocación supera la Continuidad (siendo la Revocación al menos un 15% de los inscritos), se activa un mecanismo que avisa a todos los inscritos (vía mail, móvil y el mecanismo que su círculo local haya habilitado para los que no pueden usar los anteriores...) y se les anima a utilizar su voto permanente en ese proceso revocatorio concreto. Ese proceso revocatorio pasará a primer plano en la aplicación informática y quedará abierto durante una semana. Si la REVOCACIÓN supera la CONTINUIDAD, se revocará al cargo, llevando a cabo el proceso la Comisión de Derechos y Garantías. Procederá a ocupar el cargo el siguiente de la lista. Si la CONTINUIDAD supera la REVOCACIÓN, el cargo permanece en su puesto. Los resultados del proceso revocatorio confusión permanecen en el proceso permanente, pudiendo repetirse si la REVOCACIÓN vuelve a superar a la CONTINUIDAD. En caso contrario el cargo mantiene el puesto. Este proceso puede ocurrir todas las veces que sea necesario. Este mecanismo evita la aparición continua de referéndums a la vez que permite una revocación efectiva. Si el cargo queda revocado, el puesto es ocupado por el candidato que quedó detrás de él en las últimas elecciones. En caso de revocación en bloque del Consejo de Coordinación, de los Coordinadores Generales o del Consejo Ciudadano, se procederá a convocar una Asamblea Ciudadana Extraordinaria. El primer paso será convocar elecciones al equipo técnico que prepare la asamblea, mediante listas abiertas y voto preferencial. La Comisión de Derechos y Garantías se encarga de gestionar la revocación del resto de órganos, y de la revocación de cargos de cualquier órgano. La Comisión Provisional gestiona la revocación en bloque de la Comisión de Garantías. Esta Comisión será elegida por la Asamblea ciudadana

CAPÍTULO 3. EL CONSEJO CIUDADANO Artículo 8.Definición y composición del Consejo Ciudadano. El Consejo Ciudadano está compuesto por 100 miembros. El Consejo Ciudadano tendrá un mandato de dos años y el cargo de consejero tiene un límite máximo de dos ciclos. Es el encargado de facilitar a la Asamblea Ciudadana la toma de decisiones. No toma ninguna decisión directamente, sólo facilita la toma de decisiones mediante un modelo de democracia electrónica. Se reúne de manera ordinaria pudiéndose reunir de forma extraordinaria tantas veces como el desarrollo de la actividad del partido lo requiera. En todos los casos se deberá comunicar la convocatoria a todos los inscritos mediante el mecanismo oficial válido de comunicación interna. Las reuniones extraordinarias se convocarán con al menos una semana de antelación. Los órganos competentes para convocar al Consejo Ciudadano de forma extraordinaria son el propio consejo ciudadano, el consejo de coordinación y los coordinadores generales. Las sesiones serán públicas y disponibles en streaming. El orden del día de votaciones se publicará con la máxima antelación posible para facilitar que los inscritos estén informados.

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Artículo 9. Funciones del Consejo Ciudadano.  Coordinar a los grupos de trabajo y círculos consultivos en la generación de información para las decisiones que tome la Asamblea. 

Coordinar a los grupos de trabajo y círculos consultivos en la elaboración de pre-borradores para la elaboración participativa de textos.

Proponer puntos del orden del día en los procesos decisorios de la Asamblea.

Cuando el Consejo detecte incompatibilidades entre decisiones de la Asamblea, propondrá la decisión conjunta de esas decisiones.

Hacer seguimiento de las distintas responsabilidades del Consejo de Coordinación y su ejercicio.

Organizar los grupos de trabajo de la asamblea ciudadana.

Realizar la rendición de cuentas de cada ejercicio, la gestión económico-financiera del partido y su patrimonio.

Categorizará a qué área corresponde cada decisión.

CAPÍTULO 4. EL Consejo de Coordinación Artículo 10.Definición y composición del Consejo de Coordinación. El Consejo de Coordinación estará compuesto por 15 miembros. Los Coordinadores Generales son miembros del Consejo de Coordinación. El Consejo de Coordinación tendrá voz pero no tendrá voto en las reuniones del Consejo Ciudadano. Su mandato es bienal y tiene un límite máximo de dos ciclos. La Asamblea Ciudadana elegirá a los coordinadores siendo los 3 más votados los Coordinadores Generales. Cada candidato a Coordinador General presenta su lista, su equipo y los miembros de las 3 listas más votadas se reparten proporcionalmente las plazas del Consejo de Coordinación. El Consejo de Coordinación se reunirá de manera ordinaria una vez a la semana. Podrá convocar reuniones extraordinarias. Artículo 11.Funciones del Consejo de Coordinación. Es el encargado de coordinar la ejecución de las decisiones de la Asamblea Ciudadana. Son funciones del consejo de coordinación: 

Coordinar la ejecución de las decisiones políticas y organizativas.

Coordinar los Grupos de Trabajo.

Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las campañas específicas a nivel estatal.

Incluir puntos del día en el orden del día de los procesos decisorios.

Elaborará un reglamento interno que será aprobado por la Asamblea.

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CAPÍTULO 5. LOS COORDINADORES GENERALES Artículo 12.Definición y composición. La Asamblea Ciudadana elegirá a los coordinadores generales por voto preferencial, siendo los 3 más votados los Coordinadores Generales. Artículo 13. Funciones. Las funciones de los coordinadores generales son: - Ejercer la representación política e institucional del partido. - Asegurar la coherencia estratégica y la unidad organizativa interna. Artículo 14. Áreas y Grupos de Trabajo. Son los encargados de proporcionar información en la toma de decisiones, (proceso al que ayudaran los círculos consultivos y si es necesario los sectoriales), y de ejecutar las decisiones de la Asamblea Ciudadana. Se autoorganizarán en principio, pudiendo la Asamblea Ciudadana cambiar dicha organización. El grupo de trabajo de difusión se encargará de definir la estrategia de difusión y elegir a los portavoces para cada acto. Por supuesto, la asamblea ciudadana controlara el trabajo de dicho grupo como de cualquier otro.

CAPÍTULO 6. LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS Artículo 15.Definición y composición de la Comisión de Derechos y Garantías. Es la encargada de velar por el cumplimiento de los estatutos de PODEMOS. Está formada por 30 miembros elegidos Por la Asamblea Ciudadana, 10 de los cuales será elegido por sorteo cada 10 meses. Tendrán un mandato de 2 años. Será ayudada por el grupo de trabajo legal para traducir del lenguaje normal al lenguaje jurídico. Es la encargada de velar por el cumplimiento de los estatutos de PODEMOS: Será ayudada por el círculo consultivo jurídico, para traducir del lenguaje normal al lenguaje jurídico. También podrá recurrir a dicho círculo si precisa ayuda en cualquier duda referente a la legislación vigente. De este modo se otorga a esta comisión una mayor independencia en sus decisiones y no será necesario sesgar tanto su composición por la necesidad de incluir juristas en ella. Artículo 16.Funciones de la comisión de derechos y garantías. 

Velar por el cumplimiento de los estatutos.

Adecuar el funcionamiento de los órganos a lo previsto por los estatutos de PODEMOS el funcionamiento del resto de órganos.

Motivar la revocación de un cargo.

Gestionar el sistema informático de la Asamblea Ciudadana.

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Abrir expedientes disciplinarios de oficio o a petición de un afiliado y aplicar las sanciones correspondientes. Ante las faltas muy graves, que puedan implicar la expulsión de la organización, la Comisión de Derechos y Garantías contará con el apoyo de un jurado de 11 personas elegido por sorteo entre todos los miembros de PODEMOS que estén en la correspondiente lista de voluntarios. La instrucción en los casos investigados por la Comisión de Derechos y Garantías la realizara una persona distinta a las que van a juzgar el caso.

Elaborar y actualizar periódicamente los Libros de Inscritos, Libros de Actas, de Contabilidad, de Tesorería, Inventarios y Balances y el libro de Voluntarios a Sorteos.

Validar los círculos

Supervisar que la Asambleas Ciudadanas territoriales dotan a los inscritos de herramientas para poder ejercer el voto.

Velar por el cumplimiento de los derechos de los inscritos.

Atender las quejas o demandas de los círculos para lograr una solución entre las partes.

Atender las quejas o demandas de cualquier miembro de Podemos.

Dictar resolución en los casos en los que se haya pedido su intervención.

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TÍTULO III: Círculos CAPÍTULO 7. LOS CÍRCULOS Artículo 17.Los círculos. El Círculo es la herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate y la relación activa con la sociedad. También representa la unidad a partir de la cual se organiza PODEMOS, y que permite dotar de mayor individualidad las políticas que se emprendan. Los Círculos PODEMOS pueden ser de carácter territorial, sectorial o consultivo.

A - CIRCULOS TERRITORIALES: Adscritos a un territorio concreto, barrial, local, comarcal y provincial. Funciones: Coordinación de la acción política, siempre que la Asamblea Ciudadana que abarca esos territorios lo considere de utilidad.

B - CIRCULOS CONSULTIVOS: Agruparan a miembros en torno a cualquier tema cuyo contenido influye en la sociedad. Funciones(Anexo 8): -Generar información independiente para las cuestiones técnicas de PODEMOS. -Ejecutar decisiones en caso de que los consejos lo requieran. -En la asamblea constitutiva se crearan los que se detallan a continuación, aunque se podrá añadir alguno adicional si esta lo considera oportuno, o incluso en asambleas posteriores. 

Economía: La transparencia es una de las grandes bazas de PODEMOS. Si conseguimos no sólo garantizarla, sino demostrar que así es, habremos ganado mucho terreno. Además, la financiación y los flujos de recursos se convertirán, casi con certeza en uno de los temas más discutidos y polémicos de nuestro proyecto. Este círculo tratará de aunar posturas y modos de funcionamiento, ayudando de manera adicional a las comisiones de financiación e interventores de los diferentes círculos.

Desarrollo Sostenible: Métodos alternativos de consumo, comercio, maximización de los recursos

existentes, etc. Enorme y de gran utilidad sería la aportación de un círculo dedicado a ello. Existen muchos proyectos y alternativas, aunque son ahora mismo algo inconexas y poco publicitadas. 

Educación y Sanidad: Su universalidad y gratuidad, así como la calidad en su prestación han de asegurarse sin excepciones, debe convertirse en uno de los principales frentes de lucha de PODEMOS. Funcionarán eso si, como dos círculos diferentes.

Comunicación: Priorizar como ya se hace el mantenimiento de sistemas online que hagan más accesible la información y faciliten la colaboración. Cerciorarse de que los demás métodos y canales de recabación y emisión de esta información funcionan correctamente. Monitorización continúa sobre ellos.

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Jurídico: Mucho se ha hablado de la necesidad de este tipo de comisiones en los círculos. Esto servirá de ayuda a todas ellas, así como al global de PODEMOS, incluyendo al círculo estatal. Traducciones a lenguaje jurídico y apoyo informado a las comisiones de derechos y garantías son algunas de sus funciones más evidentes.

Medio Ambiente: PODEMOS no puede limitarse tan solo al terreno político. El medio ambiente es uno de los mayores damnificados del sistema actual, y merece especial cuidado y atención.

Urbanismo: La vivienda como derecho. La asignación de contratos a determinadas empresas. Las recalificaciones de terrenos. Estos y muchos otros campos merecen especial atención en nuestras políticas de cambio.

Trabajo.

Política social.

Igualdad: En todos los aspectos en los que esta se pueda ver comprometida, estableciendo pautas y mecanismos que ayuden a la integración de sectores marginados o con necesidades especiales.

Además, trataran de asegurar o mejorar dentro de lo posible el acceso a la información y al voto libre de todos los miembros de podemos. Cada uno de estos círculos funcionará con sus propios miembros, todos aquellos miembros de PODEMOS con intereses o con conocimientos y capacidad de aportación en dichas áreas. Se trata de círculos a nivel estatal, aunque se contempla la opción de que se formen también a nivel autonómico, o puede que incluso inferior, en cuyo caso, se funcionara del mismo modo que lo hacen los sectoriales y territoriales. Todos los Círculos PODEMOS son soberanos para organizar su forma de trabajo según las áreas o comisiones que sus integrantes consideren adecuada para cumplir con sus objetivos. Cada Círculo PODEMOS podrá establecer relaciones horizontales con todos los Círculos PODEMOS que considere oportuno, sin que sea necesaria la mediación de Consejo Ciudadano ni de ningún otro órgano de PODEMOS. Desde los órganos estatales se potenciará la comunicación entre los círculos intentando apoyarse en herramientas telemáticas. Todos los miembros de Podemos poseen los mismos derechos y obligaciones dentro y fuera de los Círculos y todos podrán participar con derecho a voz y voto en las Asambleas Ciudadanas de PODEMOS. Todos los círculos podrán: - Organizar asambleas, reuniones y todo tipo de actividades que consideren oportunas. - Financiarse y llevar a cabo gastos, así como ocuparse de su propia gestión económica. - Elegir sus propios cargos y representantes, aunque siempre manteniendo la mayor transparencia en el proceso, así como asegurando voz y voto a todos sus miembros. - Avalar candidatos y propuestas de miembros particulares del círculo. - Proponer enmiendas a los textos que les competan. - Gestionar su comunicación. - Posicionarse políticamente frente a eventos que los competan. - Establecer relaciones horizontales de cooperación y coordinación con otros círculos. - Adicionar reglamentación no incluida en los estatutos, pero que sea coherente con ellos.

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Todos los círculos deberán: - Asegurar la claridad y transparencia de sus procesos electorales mediante listas abiertas y en asambleas debidamente publicitadas, dejando tiempo suficiente para que el proceso se lleve a cabo y todos los integrantes puedan expresar su opinión. La única corrección a estas listas abiertas será la correspondiente al sexo. - Hacer públicas sus cuentas, medios de financiación y uso de recursos económicos, a través de mecanismos accesibles a la ciudadanía, y con una periodicidad mínima de seis meses. Esto sin perjuicio de las obligaciones adicionales que pudieran aprobarse por la Asamblea. - Realizar ejercicios de trasparencia no sólo en las cuentas, sino en todas las demás decisiones y políticas adoptadas. - Asegurarse de que todos sus miembros son perfectamente informados de la toma de decisiones y la política a seguir, así como de las asambleas, reuniones y formación y avances de los grupos de trabajo. Todo ello con consulta abierta en proceso asambleario, debidamente planificado e informado. Los círculos consultivos serán validados por la Comisión de Derechos y Garantías siguiendo el siguiente protocolo (Anexo en documento aparte).

C – CIRCULOS SECTORIALES: Son círculos temáticos que abarcan cuestiones menos amplias que los consultivos. -Se autogestionan. -Son coordinados por el consejo ciudadano. -Ejecutan decisiones en caso de que los consejos lo requieran.

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TÍTULO IV: Estructura territorial. CAPÍTULO 8.Principios y disposiciones. Artículo 18. Principios.

PODEMOS se organiza de manera territorial. Los niveles municipal, insular (en el caso de islas con consejo o cabildo), autonómico y estatal poseen órganos de decisión. Un inscrito pertenece a la Asamblea Ciudadana municipal donde reside (en el caso de los emigrados pueden elegir a su municipio original) y a todas las Asambleas Ciudadanas que incluyen a ese municipio. Por ejemplo, un habitante de Getafe pertenece a la Asamblea Ciudadana de Getafe, a la de La Comunidad de Madrid y a la estatal. Las decisiones de cualquier Asamblea serán vinculantes para los niveles inferiores que comprenda y no podrán ser revocadas más que por la misma Asamblea o por otra Asamblea de ámbito territorial superior. Los Círculos de ámbito barrial, local, comarcal y provincial se entienden para la coordinación de la acción política, siempre que la Asamblea ciudadana de esos territorios lo consideren de utilidad. Artículo 19. Asamblea Ciudadana Internacional. Habrá una Asamblea Ciudadana Autonómica especial llama Asamblea Ciudadana Internacional que agrupa a las Asambleas Ciudadanas de PODEMOS situados fuera del territorio del estado español. Las Asambleas Ciudadanas de PODEMOS internacional se constituyen con las mismas premisas, derechos y finalidades, que el resto de los Asambleas Ciudadanas de PODEMOS a nivel estatal. Cualquier órgano o reunión estatal de PODEMOS, en la que la representación y participación tuviera naturaleza territorial, deberá incluir a PODEMOS Internacional en igualdad de condiciones al resto de Comunidades Autónomas. Las Asambleas Ciudadanas de PODEMOS Internacional serán herramientas de participación política de los inscritos y simpatizantes de PODEMOS residentes en el extranjero. Con ese fin, se promoverá la participación, ya sea a través de las asambleas como de otras reuniones de carácter presencial. Igualmente se facilitará la participación ciudadana a través de las herramientas online que se consideren más adecuadas. Artículo 20.Estructura organizativa. Existen dos tipos de organización para PODEMOS: una estructura simple para municipios con menos de 200 miembros y una más compleja para municipios con más de 200 miembros, cabildos, comunidades autónomas...

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Capítulo 9. Estructura organizativa para municipios de menos de 200 miembros. o

ASAMBLEA.

Artículo 21.Asamblea en municipios con menos de 200 miembros. En los municipios con menos de 200 miembros, la Asamblea Ciudadana Municipal es el máximo órgano de decisión de PODEMOS en ese municipio y estará integrada por todos los miembros de PODEMOS del municipio. Tendrá reuniones presenciales ordinarias de mínimo una vez al mes, y extraordinarias cuando se requiera. En las votaciones de dichas reuniones los inscritos no presentes podrán votar telemáticamente. Se considera permanentemente reunida para debatir, proponer, y tomar decisiones, de manera telemática, con un sistema informático. Es obligatorio para la Asamblea Ciudadana municipal asegurar el acceso a las votaciones telemáticas de cualquier nivel territorial de todos sus miembros. Cualquier inscrito puede proponer decisiones. La asamblea ciudadana y cualquier ciudadano elaboraran participativamente todos los textos que se sometan a votación.

Artículo 22.Competencias de la asamblea ciudadana territorial (municipios, cabildos, autonomías...) La asamblea toma sus decisiones mediante el sistema de votación de voto preferencial. Se decidirá mediante: a) Voto directo. -Aprobar y modificar los estatutos municipales. Estos estatutos deben ser compatibles con este capítulo. -El programa electoral municipal. -Elegir, si así lo decide la asamblea, coordinadores territoriales o responsables de áreas. -Elegir los candidatos electorales. -Revocar cualquier cargo b) Voto directo más delegación libre -Las decisiones ordinarias. -Definir las forma de coordinación con Asambleas Ciudadanas de otros municipios. -Presupuestos. -Tomar las decisiones, cuyos plazos lo permitan, del ayuntamiento.

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Capítulo 10.Estructura organizativa para los siguientes niveles territoriales: municipios con más de 200 miembros, islas con cabildos o consejos y comunidades autónomas. Artículo 23.Definición y composición de la asamblea ciudadana territorial. En estos territorios se replicará, en gran medida, la estructura estatal. La Asamblea Ciudadana territorial es el máximo órgano de decisión de PODEMOS para el ámbito que le corresponde. Está formada por todos los inscritos de PODEMOS del territorio. Tendrá reuniones presenciales ordinarias de mínimo una vez al mes, y extraordinarias cuando se requiera. En las votaciones de dichas reuniones los inscritos no presentes podrán votar telemáticamente. Se considera permanentemente reunida para debatir, proponer, y tomar decisiones, de manera telemática con un sistema informático. Es obligatorio para la Asamblea Ciudadana territorial asegurar el acceso a las votaciones telemáticas de cualquier nivel territorial de todos sus miembros. Cualquier inscrito puede proponer decisiones. La asamblea ciudadana y cualquier ciudadano elaboraran participativamente todos los textos que se sometan a votación. La asamblea toma sus decisiones mediante el sistema de votación de voto preferencial. Artículo 24.Competencias de la asamblea ciudadana territorial (municipios, cabildos, autonomías...) Competencias de la asamblea ciudadana territorial (municipios, cabildos, autonomías...)

Son funciones de la Asamblea Ciudadana territorial: Por voto directo -Elegir un Consejo Ciudadano territorial para el territorio. -Elegir los Coordinadores Territoriales de PODEMOS en el territorio. -Definir las funciones del Consejo Ciudadano territorial para el territorio. -Definir las funciones de los Coordinadores territoriales de PODEMOS en el territorio y las competencias de su equipo de apoyo. -Elegir los candidatos electorales. -Revocar cualquier cargo. Por voto directo más delegación libre: -Definir y aprobar el programa electoral territorial. -Determinar la forma en la que se traducirán al ámbito territorial los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras fuerzas políticas y sociales. -Definir las funciones del Consejo Ciudadano territorial. -Definir las funciones del Coordinador territorial de PODEMOS en el territorio y las competencias de su equipo de apoyo. -Definir cómo relacionarse con los grupos de trabajo. -Tomar las decisiones, cuyos plazos lo permitan, en las cámaras de decisión (ayuntamientos, Cortes autonómicas, cabildos y consejos insulares). -Reglamento de funcionamiento interno del Consejo Ciudadano. -Presupuestos. Los procesos decisorios son análogos a los estatales. 20


TÍTULO V: ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y TRANSPARENCIA.

FISCALIZACIÓN,

CAPÍTULO 11. ADMINISTRACIÓN, FISCALIZACIÓN Y CONTROL. Artículo 25. Ejercicio económico. El ejercicio económico del partido coincidirá con el año natural. La Asamblea Ciudadana elaborará, con periodicidad anual, el presupuesto del siguiente ejercicio. Finalizado el Ejercicio Económico, el Consejo de Coordinación elevará informe sobre la ejecución del presupuesto a la Asamblea Ciudadana, la cual aprobará o denegará dicha ejecución. Prohibición de financiarse con créditos bancarios. Artículo 26.Los interventores. La Comisión de Garantías elegirá cada año entre sus miembros tres interventores. Su función será mantener un control permanente sobre la gestión económica del partido. Todo el resultado de su gestión deberá presentarse de forma periódica, transparente y pública. En los círculos menores bastará con dos/tres interventores/tesoreros que lleven las cuentas del mismo. En círculos mayores se creará además una comisión de financiación. Se elegirán 3 interventores se aseguraran de ejercer un control independiente y permanente de la gestión económica, así como la transparencia de la misma. El círculo de economía elaborara propuestas y modo de actuación de estas comisiones o tesoreros, de modo que se mantenga la coherencia y la mejora continua de los procesos de financiación y contabilidad. Artículo 27.Acceso a los documentos. Cualquier miembro de PODEMOS tendrá derecho a acceder a cualesquiera documentos económicos, actas y streamings obligatorios de todas las sesiones de los órganos en posesión del partido, con la única limitación de lo contenido en la Ley Orgánica de Protección de Datos. El consejo ciudadano se encargará de ello. La Comisión de garantías supervisará el proceso. Artículo 28. Régimen Documental y obligaciones Contables. La Comisión publicará, además el Libro de Inscritos, Libro de Afiliados, Libro de Voluntarios a Sorteos, los Libros de Actas, de Contabilidad, de Tesorería, y de Inventarios y Balances, que permitan en todo momento conocer su situación financiera. Se realizarán informes de transparencia detallados con una periodicidad trimestral. Artículo 29. Disposiciones sobre transparencia. Todos los datos económicos deben estar disponibles al público, convenientemente desglosados y justificados y adjuntando las correspondientes facturas y comprobantes. Principalmente toda la información relativa al crowdfunding, colaboradores y otras donaciones junto con los gastos realizados. Máxima transparencia del Consejo Ciudadano, el Consejo de Coordinación y los Coordinadores generales en todas sus actuaciones políticas y actividades económicas, habilitando los canales necesarios para que puedan ser consultados de forma sencilla y exhaustiva por cualquiera. Artículo 29. Disposiciones sobre salarios y mandatos. Habrá una limitación del salario a un máximo de tres veces el SMI, el resto del salario pasara al presupuesto de PODEMOS y se limita la reelección de los cargos a dos mandatos.

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ANEXOS

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ANEXO 1: DELEGACIÓN LIBRE. Los miembros que se usen la aplicación podrán decidir en todo momento: 1-Votar las decisiones directamente. 2-Delegar el voto a un delegado de tu elección y/ o en un representante (ya sea del Consejo o institucional). a) Un delegado es, básicamente, un inscrito en PODEMOS que autoriza que su voto final sea público permitiendo que otras personas puedan delegar su voto en él. Este delegado, puede a su vez delegar en otros, creándose cadenas transitivas de delegación. Las cadenas de delegación y la delegación del voto son secretas (ni el propio delegado sabe cuánta ni que gente delega en el). Lo único que se hace público es el voto final. Si se forma un bucle cerrado de delegación, (por ejemplo, si A delega en B y B delega en A) el bucle se rompe delegando automáticamente en el representantes designado o en abstención. Se pueden elegir delegados diferentes para cada área de decisión (general, economía, educación...). Cuando una determinada propuesta tenga más de una categoría, el usuario establecerá una prioridad entre sus delegados, siendo el voto final el de su delegado prioritario. En cualquier momento un afiliado podrá cambiar la delegación o recuperar el voto. Sera necesario asignar la delegación semanalmente. b) Delegar en un representante. Todo el mundo podrá asignar además de delegado un representante, para que por defecto, en caso de no votar por vía líquida o directa, se de continuidad a la línea política. No obstante, se podrá asignar la abstención como opción por defecto en lugar de designar a un representante por defecto. Evidentemente el número de votos de cada consejero será C=(A-V) donde A es el nº de inscritos que delegan por defecto a ese representante, V el nº de votos emitidos por vía directa y líquida, Es decir, no votar por vía directa o líquida implica delegar en un consejero del Consejo ciudadano o abstenerse.

Figura 3. Diagrama de flujo del modelo de democracia directa-representativa.

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Votación con delegación libre para las decisiones con plazos amplios de los representantes de PODEMOS en el congreso, senado, cortes consejos insulares, cabildos insulares y ayuntamientos

-Un equipo de trabajo determinado por el consejo prepara una agenda con las cuestiones que se debatirán en los plenos y proporcionarán información objetiva sobre ellas. -Se permite la votación interna con un máximo plazo de dos semanas hasta 36 horas antes de la votación de la cámara. En este caso en vez de la opción de delegar en el consejo ciudadano se puede delegar en los representantes de la cámara en bloque. Los representantes deben votar de acuerdo con la línea del partido. -Se publican los resultados. -Finalmente los representantes votan en la cámara de acuerdo al resultado de las cuestiones, ateniéndose al resultado obtenido por mayoría. Los representantes electos sólo votarán según el resultado mayoritario de esa votación previa. Para decisiones no solventadas por este mecanismo, debido al plazo insuficiente, vota el representante ateniéndose a la línea política sobre el tema.

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ANEXO 2. BRECHA DIGITAL Este modelo debe incentivar la participación y para ello se debe combatir la brecha digital existente. En España se estima que un 70% de los hogares tiene acceso a internet. Para ello los pilares de actuación contra la brecha digital son tres: 1) Estructural: Define el acceso a las nuevas tecnologías. Para ello, las Asambleas Ciudadanas territoriales y los círculos deben facilitar el acceso a internet a los miembros. No obstante se puede facilitar la participación a través de otros mecanismos posibles, aparte del uso del ordenador: -Informar a la gente de los procesos en curso mediante medios analogicos (panfletos,octavillas…) -Participación a través de teléfono, preferentemente a través de aplicación móvil. -Aplicación a través de smart TV. -Creación de un Call-center ciudadano. A través del teléfono, el usuario llama a un servidor en la nube que redirige la llamada. Se pasa a un recepcionista virtual que mantiene privados los teléfonos. 2) Conocimientos: Hay que instruir y educar en el uso de las nuevas tecnologías. Por ende, las Asambleas Ciudadanas y los círculos realizarán tutoriales y talleres, para favorecer la participación activa. 3) Actitudinal: Es necesario un cambio cultural que facilite la aproximación hacia las nuevas tecnologías, en lugar del recelo y apatía de ciertos sectores de la población. Este es un pilar de actuación a largo plazo. Democracia Electrónica y Estatutos Los derechos basados en medios electrónicos están garantizados para todos los miembros de Podemos mediante las herramientas recogidas en los estatutos. Dada la insuficiencia funcional, escasa idoneidad para salvar la brecha digital y garantías en el uso de datos que ofrecen las herramientas existentes, Podemos impulsará el desarrollo de una solución tecnológica completa de democracia electrónica directa con código abierto y la integrará en los procedimientos democráticos que regulan sus estatutos.

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ANEXO 3.ELABORACIÓN PARTICIPATIVA. La elaboración participativa constará de las siguientes fases: Fase 1: El consejo ciudadano presenta un pre-borrador Cualquier miembro puede crear borradores o proponer enmiendas. Se abre un espacio colaborativo público de debate y enmienda de los borradores. El espacio público permite consultar y evaluar las enmiendas durante el periodo de debate a cualquier ciudadano interesado. Se recogen e incluyen las enmiendas mejor valoradas. Fase 2: Se discutirán públicamente los borradores presentados, y se fusionan o transaccionan enmiendas. Fase 3: Votación de las propuestas definitivas. Fase 4: En el caso de que el texto ganador incluya votaciones posteriores, se votan.

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ANEXO 4. INICIATIVAS DECISORIAS Y POPULARES -Habrá una ubicación web de propuesta, discusión y apoyo de las distintas iniciativas decisorias y populares agrupadas por categorías. -Las iniciativas de base que pasen el umbral del 1% de los miembros, pasan automáticamente al proceso decisorio ordinario como punto del día del siguiente proceso decisorio ordinario. Si la iniciativa de base es catalogada como urgente por el propositor y es apoyada por el 1% de los miembros de PODEMOS, pasa a un proceso decisorio urgente especifico para esa decisión.La urgencia puede ser promocionada por el Consejo.

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ANEXO 5. VOTO PREFERENCIAL. Cada votante enumera por orden de preferencia los candidatos a los que vota, con un mínimo de un candidato y un máximo del número de puestos elegibles. Se establece el nº de votos necesarios para ser elegido o cuota (C) como C= (V/(A+1) )+1 donde V es el nº de votos válidos emitidos y A es el nº de asientos a rellenar. Se procede siguiendo los siguientes pasos: -En el primer paso se tiene en cuenta sólo la primera preferencia de cada candidato. -Cualquier candidato que haya alcanzado o superado la cuota se declara elegido. Si un candidato tiene más votos que la cuota, el exceso de votos (votos recibidos menos cuota) del candidato se transfiere a otros candidatos de manera proporcional (número de votos de ese candidato entre número de votos del candidato elegido multiplicado por número de votos de exceso) a la segunda preferencias de los que le votaron (si las hay). Si nadie nuevo alcanza la cuota, el candidato con el menor número de votos es eliminado y todos los votos de dicho candidato se transfieren a la siguiente opción de cada votante. Dependiendo de la proporción entre número de puestos y votantes, este criterio puede cambiar por otro. Este procedimiento se repite hasta que se encuentre un ganador para cada asiento o queden dos candidatos para un puesto y ninguno alcance la cuota, en ese caso el que tenga más votos resulta elegido. En caso de empate el que esté más veces en la primera preferencia de los votantes resulta elegido, en caso de nuevo empate el que esté más veces en la primera preferencia de los votantes resulta elegido, etc. en caso de empate en todo se deberá realizar una segunda vuelta para elegir entre los dos.

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ANEXO 6. EL CENSO El censo se creará con una herramienta informática en la que los miembros serán validados presencialmente con la firma del compromiso ético. La finalidad es la autentificación de los inscritos y evitar el fraude. Todos los círculos tendrán un equipo de Censo.

ANEXO 7. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS EN LAS REUNIONES PRESENCIALES DE LA ASAMBLEA CIUDADANA. Las propuestas y resoluciones serán presentadas en las reuniones presenciales de la Asamblea Ciudadana por Portavoces carentes de voto como tales. Cualquier propuesta que alcance el porcentaje de respaldo en el censo fijado en cada caso tiene derecho a portavoz y tendrá en la Asamblea Ciudadana Presencial el mismo tiempo y derecho a voz que las demás. Los portavoces serán seleccionados electrónicamente en el ámbito que se convoque según criterios determinados por el órgano competente para ello en función de los estatutos, siempre vinculados al Censo existente en ese momento. El voto en la Asamblea Ciudadana será directo pudiendo participar todos los miembros mediante voto electrónico.

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ANEXO 8. Funciones de los círculos consultivos. - Elaborar informes continuos sobre temas de importancia en su área de conocimiento, estableciendo pautas aconsejadas de actuación, así como de la formación y funcionamiento óptimo de los grupos de trabajo respecto a esas áreas. Estas pautas no serán de obligado cumplimiento ya que se podrá rechazar su implementación desde el consejo ciudadano o desde el propio grupo de trabajo, pero servirán para crear una información de referencia y ayuda técnica de vital importancia para la mejora continua de la política y método de acción de PODEMOS. -Actuar de observatorio continuo, ante temas y cuestiones de actualidad sobre los que haya que realizar alguna actividad o respuesta política y serán los encargados de desarrollar un informe razonado y respaldado técnicamente que sirva de referente al resto de círculos. - Acumulo de información. Cada círculo consultivo deberá elaborar una biblioteca técnica informatizada con todos los informes realizados y los estudios utilizados para llegar a dichas conclusiones. Esto cumple varios objetivos: · Información a los miembros individuales de PODEMOS, que comprenderán mejor el porqué de las políticas de PODEMOS. · Método de control de la política de los consejos. Si bien se ha dejado claro que se tienen porque aceptar las propuestas consultivas, si es cierto que podrán ser cuestionados por cualquier miembro de la asamblea sobre la razón de su no aplicación, de modo que las políticas poco razonadas y poco coherentes quedarían “expuestas”. - No sustituirán a los grupos de trabajo. Estos siguen formando parte de las asambleas o de los círculos que decidan crearlos, y solo responden ante ellos, pero pueden pedir ayuda e información a los consultivos, que actuaran también de coordinadores y catalizadores, mejorando enormemente las prestaciones de los grupos de trabajo.

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