COMANDO GENERAL DE LA FUERZA AEREA DEPARTAMENTO III – OPERACIONES EMGFAB BOLIVIA
RAA-5SS
REGLAMENTO DE EVALUACION PARA EL ASCENSO DEL PERSONAL DE SUBOFICIALES Y SARGENTOS DEL ESCALAFON DE ARMAS DE LA FUERZA AEREA BOLIVIANA
2015
ÍNDICE I.
FUNDAMENTOS Y BASES LEGALES………………
1-81
II.
OBJETO………………………………………………….
1-81
III. FINALIDAD……………………………………………..
1-81
IV.
PRINCIPIOS…………………………………………….
1-81
V.
ALCANCE……………………………………………….
2-81
VI.
JUSTIFICACIÓN……………………………………….
2-81
VII. VIGENCIA………………………………………………
2-81
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º
(Ascenso)………………………………………..
3-81
Artículo 2º
(Propiedad del Grado)………………………....
3-81
Artículo 3º (Jerarquía)………………………………………
3-81
Artículo 4º (Orden de Mérito)………………………………
3-81
Artículo 5º (Ponderación de Calificación)…………………
3-81
Artículo 6º (Clasificación en Grupos de Diplomados y No Diplomados)……………………………………
4-81
Artículo 7º (Pérdida de Antigüedad………………………...
4-81
Artículo 8º (Ascenso en Segunda Instancia)……………….
4-81
Artículo 9º (Ascenso en Tiempo Establecido)……………..
4-81
Artículo 10º (Cómputo del Puntaje de Méritos y Deméritos)……………………………………..
5-81
Artículo 11º (Convocatoria para Ascenso de Suboficiales y Sargentos No Diplomados)……………………... i-viii
5-81
Artículo 12º (Presencia del Personal Convocado Durante el Proceso de Calificación)………………….…..
5-81
Artículo 13º (Ascenso Militar)……………………………….…
5-81
A.
ASCENSO ORDINARIO TIEMPO DE PAZ………..…
5-81
B.
ASCENSOS EXTRAORDINARIOS…………………….
6-81
Artículo 14º (Orden de Mérito o Antigüedad)…………….…
6-81
Artículo 15º (Escalafón del Personal)……………………….…
7-81
Artículo 16º (Categoría y Grado)………………………..……..
7-81
CAPÍTULO II PROCEDIMIENTOS PARA ASCENSO Artículo 17º (Procedimiento General para Ascenso)………...
8-81
Artículo 18º (Procedimiento de Calificación del Tribunal Evaluador de Ascenso)…………………….……
9-81
Artículo 19º (Procedimiento de Calificación de la Apreciación del Tribunal del Personal de la FAB)……………………………
10-81
Artículo 20º (Documentos a elevar al Tribunal Superior de Personal de las FF.AA. del Estado para el Ascenso de la Categoría de Suboficiales y Sargentos)…………………………………..…
ii-viii
11-81
CAPÍTULO III TRIBUNALES Artículo 21º (Tribunales de Evaluación)……………………
12-81
A.
TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO (TEA)…
12-81
B.
TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB….………
13-81
CAPÍTULO IV REQUISITOS PARA EL ASCENSO Artículo 22º (Requisitos para el Ascenso)………………….
15-81
CAPÍTULO V GRUPOS DE EVALUACIÓN Artículo 23º (Evaluación de Méritos y Deméritos)…..…...
18-81
A. MERITOS……………………………..….
18-81
B. DEMERITOS………………………….....
18-81
Artículo 24º (Composición de los Grupos de Evaluación)
20-81
A. 1ER. GRUPO FORMACION PROFESIONAL…………………………
20-81
B. 2DO. GRUPO DESTINOS Y CARGOS..
20-81
C. 3ER. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL………………………..... D. 4TO. GRUPO FOJAS DE CONCEPTO
21-81 21-81
E. 5TO. GRUPO EXAMEN FISICO MILITAR………………………………… iii-viii
21-81
F. 6TO. GRUPO APRECIACION DEL TPFAB Y TEA…………………………...
21-81
Artículo 25º (Asignación de Puntaje)……………………...
21-81
A. 1ER. GRUPO – FORMACIÓN PROFESIONAL…………………………
21-81
1. INSTITUTOS MILITARES………..
22-81
2. CURSOS DE CAPACITACION Y ESPECIALIZACION……………….
22-81
3. ADIESTRAMIENTO EN EL TRABAJO (AET) PARA SARGENTOS………………….…….
35-81
4. PROGRAMA DE CAPACITACION A DISTANCIA PARA SUBOFICIALES Y SARGENTOS (PCD)………………..
36-81
5. CALCULO 1ER. GRUPO FORMACION PROFESIONAL…...
36-81
B. 2DO. GRUPO – DESTINOS Y CARGOS……………………………...…
36-81
1. DESTINOS Y CARGOS PARA LA ESPECIALIDAD TÉCNICO AERONÁUTICO…………………..
36-81
2. DESTINOS Y CARGOS PARA LA ESPECIALIDAD SEGURIDAD Y DEFENSA AÉREA………………… iv-viii
43-81
3. DESTINOS Y CARGOS PARA LA ESPECIALIDAD APOYO OPERATIVO………………………. 4. DESTINO EN FRONTERA………...
46-81 50-81
5. PUNTAJE ADICIONAL POR DESTINO EN INSTITUTO MILITAR (EXCEPTO ALUMNOS)
51-81
6. PUNTAJE ADICIONAL POR DESTINO EN UNIDAD OPERATIVA…………………..….…
51-81
C. 3ER.GRUPO – DESEMPEÑO PROFESIONAL………………………….
52-81
1. NOTA DE DEFENSA DE TRABAJO DE INVESTIGACIÓN O EQUIVALENTE AL PCD………
52-81
2. ABANDERADOS Y ESCOLTAS….
53-81
3. HORAS DE VUELO………………..
53-81
4. REVISTAS MILITARES…………..
55-81
5. DOCENCIA ACADEMICA MILITAR………………………….…
55-81
6. MIEMBRO COMPONENTE DE TRIBUNAL………………………….
56-81
7. ORDEN DE MERITO EN ASCENSO DE GRADO O EGRESO DE II.MM………………... v-viii
56-81
8. PLAQUETA DE HONOR DEL COMANGRALFAB………………...
57-81
9. PLAQUETA AL GRADUADO DE HONOR……………………………...
57-81
10. DIPLOMAS DE HONOR…………..
58-81
11. FELICITACIONES…………………
58-81
12. CONDECORACIONES…………….
60-81
13. CALCULO DEL 3ER. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL…...
61-81
D. 4TO. GRUPO FOJAS DE CONCEPTO (5%)………………………………………
62-81
E. 5TO GRUPO – EXÁMEN FISICO MILITAR………………………………...
63-81
F. 6TO. GRUPO – APRECIACIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB Y TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO TPFAB – TEA……………...
63-81
CAPÍTULO VI PROCEDIMIENTOS DE CÁLCULO PARA LA EVALUACIÓN DE ASCENSO Artículo 26º.- (Procedimiento General de Cálculo)…..... ….
65-81
A. GRUPO FORMACIÓN PROFESIONAL (25%)………
65-81
B. GRUPO DESTINOS Y CARGOS (25%)……….............
67-81
C. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL (30%)………
67-81
vi-viii
D. GRUPO FOJAS DE CONCEPTO (5%)………………..
69-81
E. GRUPO EXÁMEN FÍSICO MILITAR (5%)…………..
70-81
F. GRUPO APRECIACIÓN DEL TPFAB (10%)…………
70-81
G. TOTAL EN EL GRADO…………………………...……
71-81
H. CÁLCULO FINAL EN EL CECA………………………
71-81
CAPÍTULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS EN LA EVALUACIÓN PARA ASCENSO DE SUBOFICIALES Y SARGENTOS Artículo 27º.- (Calificación del CECA, TPFAB y TEA)…...
75-81
Artículo 28º.- (Puntaje de Deméritos)…………………….....
75-81
Artículo 29º.- (Reprobación del Trabajo de Investigación y AET)…………………………………………
75-81
Artículo 30º.- (Consideraciones para el Personal en Tratamiento Médico en el País o el Extranjero)………………………………….
75-81
Artículo 31º.- (Homologación EMI por el Curso de AET y PCD)…………………………………………
76-81
Artículo 32º.-(Homologación del Curso AET y PCD con Cursos Realizados en el Extranjero)...……..
77-81
Artículo 33º.- (Notas Mínimas de Aprobación)…………….
77-81
Artículo 34º.- (Procedimiento para la Calificación de Notas del AET)……………………………………..
78-81
Artículo 35º.- (Justificación de Exámenes no Rendidos)…...
78-81
Artículo 36º.- (Restricción para la Homologación de vii-viii
Diploma DESA)…………………………......
79-81
Artículo37º.- (Consideraciones Particulares para el Personal Auxiliar y No Diplomado)………………………………….
79-81
Artículo 38º.- (Consideraciones Particulares para el Personal Egresado del POLMILAE)………
79-81
CAPITULO VIII REQUISITOS PARA OTORGAR BREVETS, DIPLOMAS Y DESIGNAR CARGOS Articulo 39.-
Requisitos para otorgar Brevets y Diplomas……………………………………
Artículo 40.-
80-81
Requisitos para designar cargos……………………………………….
viii-viii
80-81
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN PARA EL ASCENSO DEL PERSONAL DE SUBOFICIALES Y SARGENTOS DEL ESCALAFÓN DE ARMAS DE LA FUERZA AÉREA BOLIVIANA
I.
FUNDAMENTOS Y BASES LEGALES El presente reglamento se emite en concordancia con los artículos correspondientes al Capítulo VI, Título III de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (LOFA LM–1405), del Reglamento de Servicio Efectivo para el Personal de las FF.AA. CJ–RGA–208, Reglamento del Tribunal Superior del Personal de las FF.AA. de la Nación CJ– RGA–220 y Reglamento del Tribunal de Personal de las FF.AA.CJ– RGA–205.
II.
OBJETO Establecer un marco de normas, requisitos y procedimientos de evaluación a los que se sujetará el personal de Suboficiales y Sargentos del Escalafón de Armas de la Fuerza Aérea Boliviana convocado para ascenso al grado inmediato superior, sobre la base de las leyes y reglamentos militares en vigencia que son de cumplimiento obligatorio.
III.
FINALIDAD Establecer el instrumento metodológico para la evaluación de méritos y deméritos del personal de Suboficiales y Sargentos de la Fuerza Aérea Boliviana, la asignación de puntaje que posibilite realizar una correcta calificación de acuerdo al desempeño profesional, conocimientos, aptitudes, disciplina, moral y espíritu militar para el ascenso al grado inmediato superior, concediéndole el correspondiente orden de mérito en su Promoción.
IV.
PRINCIPIOS El presente reglamento, responde a los principios universales de igualdad, equidad de género, justicia y transparencia. Las acciones y decisiones adoptadas en su elaboración se han orientado hacia la finalidad de otorgar a cada Suboficial y Sargento el orden de mérito que le corresponde en su promoción, de acuerdo a su integridad, idoneidad y profesionalismo como resultado de la calificación individual. 1-81
V.
ALCANCE El presente reglamento se aplicará al personal de Suboficiales y Sargentos del Escalafón de Armas de la Fuerza Aérea Boliviana desde el egreso del Politécnico Militar de Aeronáutica o similares en el exterior con el grado de Sargento Inicial hasta el ascenso al grado de Suboficial Maestre.
VI.
JUSTIFICACIÓN El presente Reglamento “RAA-5-SS”, permitirá realizar una evaluación objetiva e imparcial del desempeño profesional del Suboficial y Sargento, basado en principios y valores institucionales con el propósito de orientar el proceso de selección y la asignación homogénea de actividades y responsabilidades de cada uno de sus integrantes, considerando la Misión y los objetivos institucionales de la Fuerza Aérea Boliviana.
VII. VIGENCIA El presente Reglamento, actualizado y aprobado mediante Resolución Administrativa de la FAB. Nº 181/2015 entra en vigencia a partir del 15 de mayo de la presente gestión, quedando sin efecto los Reglamentos, Directivas y Resoluciones emitidas anteriormente, referentes al ascenso del personal de Suboficiales y Sargentos del Escalafón de Armas de la FAB.
2-81
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º (Ascenso) Ascenso, es el derecho que se confiere al Suboficial y Sargento del Escalafón de Armas de la Fuerza Aérea Boliviana que cumple con todos los requisitos contemplados en la LOFA LM-1405, los reglamentos: CJ– RGA–205, CJ–RGA–208, CJ–RGA–220 vigentes y el presente, en referencia a los años de permanencia para cada grado y la evaluación para optar el orden de mérito. Artículo 2º (Propiedad del Grado) La propiedad del grado, asegura al Suboficial y Sargento del Escalafón de Armas la permanencia en la Fuerza Aérea Boliviana con derechos y beneficios, pero fundamentalmente impone cumplir las obligaciones, que señalan las normas y reglamentos militares. Se pierde la propiedad del grado sólo con la baja de la institución. Artículo 3º (Jerarquía) La jerarquía que ostenta el personal de Suboficiales y Sargentos del Escalafón de Armas, está determinada por el grado, antigüedad y cargo que desempeña. Artículo 4º (Orden de Mérito) El orden de mérito en el grado, dentro de una misma promoción, está determinado por el puntaje obtenido en el proceso de evaluación para el ascenso. Artículo 5º (Ponderación de Calificación) La ponderación de calificación establecida para los diferentes grupos de evaluación del presente reglamento es porcentual (1 a 100%). Se tomarán en cuenta hasta tres dígitos después de la coma (décimo, centésimo y milésimo) que serán redondeados de la siguiente forma: valor inferior a cinco (5) redondeado al inmediato inferior y valor igual o superior a cinco (5) redondeado al inmediato superior, a excepción del grupo 3-81
correspondiente a la apreciación del TEA y el TPFAB. Artículo 6º (Clasificación en Grupos de Diplomados y No Diplomados) El personal de Suboficiales y Sargentos del Escalafón de Armas, durante el proceso de evaluación curricular para obtener el orden de mérito correspondiente, desde el grado de Sargento Primero hasta el grado de Suboficial Maestre, dentro de una misma promoción, será clasificado en grupos de diplomados y no diplomados, de acuerdo al siguiente orden:
-
DESA. No Diplomados.
La clasificación precedente excluye al personal que no realice el curso por necesidades del servicio, aspecto que deberá estar debidamente respaldado mediante Resolución del Tribunal de Personal de la FAB. Artículo 7º (Pérdida de Antigüedad) El Suboficial y Sargento desde el grado de Sargento Inicial hasta el grado de Suboficial Mayor, que perdiese antigüedad debido a sanción disciplinaria u otra causa hasta seis (6) meses, pasará como último en orden de mérito de su promoción. Si la pérdida de antigüedad fuese por más de seis (6) meses, pasará a la promoción siguiente como último en orden de mérito. Artículo 8º (Ascenso en Segunda Instancia) El Suboficial y Sargento convocado que no ascienda en primera instancia, pasará a la promoción siguiente como último en orden de mérito. Si para el ascenso en la segunda convocatoria no obtuviera el puntaje mínimo requerido, se aplicará lo establecido en el Artículo 96º del Capítulo IV Título III de la LOFA LM –1405. Artículo 9º (Ascenso en Tiempo Establecido) El Suboficial y Sargento que no ascendiera al grado inmediato superior en el tiempo máximo que señale la ley, se sujetará al artículo 96º del Capítulo IV, Título III de la LOFA LM-1405.
4-81
Artículo 10º (Cómputo del Puntaje de Méritos y Deméritos) El puntaje en méritos y deméritos computables para la evaluación de ascenso será por el periodo comprendido entre el último año del anterior grado y cuatro años en el grado actual o los que correspondiera de acuerdo al Reglamento CJ–RGA–208; es decir, no se evaluará el puntaje acumulado en el último año del actual grado. En el caso de que en el último año del grado a calificar, el Suboficial o Sargento se encuentre cumpliendo un requisito necesario para ascender al grado inmediato superior, deberá presentar el documento administrativo pertinente que justifique dicha situación. La documentación acumulada en el último año del grado, que no fue calificada, será considerada para el próximo ascenso. Artículo 11º (Convocatoria para Ascenso de Suboficiales y Sargentos No Diplomados) Los Suboficiales y Sargentos No diplomados, podrán ser convocados para ascenso hasta el grado de Suboficial Mayor, de acuerdo a su antigüedad, vacancias existentes y necesidades del servicio. Artículo 12º (Presencia del Personal Convocado Durante el Proceso de Calificación) La presencia del Suboficial y Sargento durante el proceso de calificación de ascenso es de carácter obligatorio, debiendo, para esta finalidad, estar provisto de su documentación original. Artículo 13º (Ascenso Militar) El ascenso en la Fuerza Aérea Boliviana será conferido en los siguientes casos: A.
ASCENSO ORDINARIO TIEMPO DE PAZ El Suboficial o Sargento del Escalafón de Armas que cumpla con los requisitos establecidos en la LOFA LM–1405, los reglamentos: CJ– RGA–208, CJ–RGA–220 y el presente.
5-81
B.
ASCENSOS EXTRAORDINARIOS Se otorgará el ascenso al grado inmediato superior por única vez al personal del servicio activo en los siguientes casos y de acuerdo a su Reglamentación:
1. 2.
3.
Ascenso Póstumo. Ascenso por Movilización. Ascenso en Tiempo de Guerra. Ascenso por Actos Heroicos. El Ascenso Póstumo, se otorga al personal militar del Escalafón de Armas que fallezca en actos del servicio. El Ascenso por Movilización, se confiere al personal militar en caso de guerra o conflicto interno que amenace la seguridad del Estado. En este sentido, los Señores Alumnos de los dos últimos cursos del Politécnico Militar de Aeronáutica, serán promovidos al grado de Sargento Inicial. El Ascenso por Actos Heroicos, se confiere al personal militar de Suboficiales y Sargentos en caso de guerra o de conflicto interno, previo Informe de los Comandos de Grandes Unidades, Institutos, Unidades o Reparticiones Militares, con verificación y aprobación del COMANGRALFAB.
Artículo 14º (Orden de Mérito o Antigüedad) El Suboficial o Sargento del Escalafón de Armas, obtendrá su antigüedad u orden de mérito en el grado militar, en una misma promoción tomando en consideración los siguientes factores de evaluación:
-
Escalafón.
-
Puntaje acumulado en la Hoja Individual de Calificación de Ascenso (HICA).
-
Puntaje final del Cuadro de Evaluación Curricular de Ascenso (CECA)
Categoría y Grado. Cumplimiento de los requisitos de ascenso al grado inmediato superior.
6-81
Artículo 15º (Escalafón del Personal) El personal de Suboficiales y Sargentos de la Fuerza Aérea Boliviana, de acuerdo a lo establecido por el artículo 97º de la LOFA LM-1405 pertenece al escalafón de Armas, conformado por personal egresado de Instituto Militar de formación profesional con título en provisión nacional. Artículo 16º (Categoría y Grado) Se clasifica de la siguiente forma: CATEGORÍA
SUBOFICIALES
SARGENTOS
GRADO Suboficial Maestre
Sof. Mtre.
Suboficial Mayor
Sof. My.
Suboficial Primero
Sof. 1ro.
Suboficial Segundo
Sof. 2do.
Suboficial Inicial
Sof. Inc.
Sargento Primero
Sgto. 1ro.
Sargento Segundo
Sgto. 2do.
Sargento Inicial
Sgto. Inc.
7-81
CAPÍTULO II PROCEDIMIENTOS PARA ASCENSO Artículo 17º (Procedimiento General para Ascenso) A.
B. C.
D.
E.
F.
G.
H.
El COMANGRALFAB en cumplimiento de la LOFA LM–1405 y el Reglamento de Servicio Efectivo para el Suboficial y Sargento del Escalafón de Armas, convocará a ascenso mediante Directiva u Orden del Día de la Fuerza Aérea. El COMANGRALFAB. mediante Directiva u Orden del Día, conformará los Tribunales Evaluadores de Ascenso (TEAs). El Departamento I-Personal EMGFAB., con la finalidad de efectuar la calificación, citará a los Tribunales Evaluadores de Ascenso y a los Suboficiales y Sargentos convocados de acuerdo a Directiva para ascenso. El Departamento I-Personal EMGFAB., verificado el cumplimiento de los requisitos para ascenso, entregará al TEA de acuerdo a inventario: el Libro Notariado por grado, la documentación de cada Suboficial y Sargento debidamente foliada; además del Cuadro de Evaluación Curricular (CECA) y la Hoja Individual de Calificación de Ascenso (HICA) correspondientes al último ascenso. El Departamento III-Operaciones EMGFAB, remitirá al TEA los registros individuales de Horas de Vuelo, Examen Físico Militar y Revistas Militares del personal convocado. Asimismo, la EPTA remitirá las notas del AET/PCD y el Departamento V-Educación EMGFAB remitirá las horas de profesorado militar. El TEA se reunirá con los Suboficiales y Sargentos convocados a ascenso, a efectos de explicar el proceso de evaluación e impartir las recomendaciones pertinentes, procediéndose posteriormente a la evaluación curricular individual en presencia del personal convocado, cuya asistencia tiene carácter obligatorio. Los Tribunales Evaluadores de Ascenso hasta el grado de Suboficial Primero, calificarán los seis grupos de evaluación descritos en el Capítulo V del presente Reglamento. Finalizado el proceso individual de evaluación y al no existir observación alguna, el Suboficial o Sargento convocado, dará su conformidad firmando y rubricando su Hoja Individual de Calificación (HICA) y el Libro de Actas correspondiente.
8-81
I.
J.
K.
Al existir alguna observación sobre el resultado de la evaluación individual, el Suboficial o Sargento convocado para ascenso dispondrá de 72 horas, para interponer y fundamentar cualquier reclamo mediante oficio ante el COMANGRALFAB. Finalizado el proceso de evaluación, el Departamento I-Personal EMGFAB., deberá remitir copia del CECA rubricada y firmada por los miembros del Tribunal a cada Suboficial evaluado. En caso de existir algún reclamo posterior a la emisión del CECA, el Suboficial o Sargento evaluado deberá sujetarse a lo establecido en el Artículo 111° de la LOFA LM–1405.
Artículo 18º (Procedimiento de Calificación del Tribunal Evaluador de Ascenso) A.
B.
C.
D.
E.
Para el ascenso al grado de Sargento Segundo hasta el grado de Suboficial Mayor, el TEA verificará los requisitos establecidos para el ascenso de acuerdo al presente reglamento y registrará en el Libro de Actas correspondiente las observaciones que se presenten. Posteriormente, procederá a la recepción, revisión y verificación de la autenticidad de la documentación presentada, asentando en la Hoja Individual de Calificación de Ascenso los valores numéricos, que corresponden a los documentos inventariados, de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento en presencia de los Suboficiales y Sargentos convocados. Finalizada la evaluación de la documentación, el TEA designado para calificar el ascenso hasta el grado de Suboficial Primero, procederá a la calificación del 6to. Grupo Apreciación del Tribunal en base a los aspectos positivos y negativos del personal convocado, además de la documentación existente en su legajo personal. Cada uno de los miembros asignará una nota parcial, el promedio de las mismas será registrado en la casilla correspondiente en la HICA. Finalizado el proceso de evaluación el TEA recabará las firmas y rúbricas en el Libro Actas Notariado y las Hojas Individuales de Calificación de Ascenso calificadas, como señal de conformidad de los Suboficiales y Sargentos convocados. El TEA elaborará el Cuadro de Evaluación Curricular para el Ascenso (CECA) para el grado respectivo, con la nota final y el correspondiente orden de mérito de la promoción evaluada. Registrará en el Libro de Actas Notariado las observaciones y novedades presentadas durante el proceso. Asimismo, elaborará un informe dirigido al Jefe del Departamento I-Personal EMGFAB, 9-81
adjuntando las HICA`s calificadas, debidamente foliadas y la documentación inventariada. Artículo 19º (Procedimiento de Calificación de Apreciación del Tribunal de Personal del COMANGRALFAB). A.
B.
C.
D.
E. F. G.
Para el ascenso a los grados de Suboficial Mayor y Maestre, el TEA elevará al TPFAB el CECA para la calificación del 10% correspondiente a la apreciación del TPFAB, de acuerdo al Capítulo III, Artículo 13, inciso b del Reglamento del Tribunal de Personal de las Fuerzas CJ–RGA–205. El TPFAB recibirá del TEA toda la documentación de acuerdo a inventario, con los puntajes parciales obtenidos por cada Suboficial evaluado, asentados en las casillas correspondientes a los grupos de evaluación: 1ro, 2do, 3ro, 4to y 5to. Los miembros del TPFAB: Presidente, Vicepresidente y siete (7) Vocales, asignarán un valor numérico porcentual (puntaje) en el rango de 1 a 100 a cada Suboficial evaluado. Posteriormente verificará y validará que las notas extremas (menor y mayor), de las asignadas por los miembros del TPFAB sean eliminadas, las restantes deberán ser promediadas y el resultado asentado en la casilla PUNTAJE SUB TOTAL DEL 6TO. GRUPO APRECIACIÓN DEL TPFAB. El Oficial Superior Secretario de Actas del TPFAB, deberá asentar en el Libro de Actas de la gestión lo resuelto por el tribunal. El Asesor Jurídico del TPFAB, deberá elaborar la Resolución Administrativa pertinente. El COMANGRALFAB, una vez aprobado y validado el proceso de evaluación, mediante Resolución Administrativa, elevará a conocimiento del Comando en Jefe de las FF.AA. del Estado, la relación nominal de los Suboficiales y Sargentos que hubiesen cumplido los requisitos de ascenso, con el respectivo orden de mérito.
Artículo 20º (Documentos a elevar al Tribunal Superior de Personal de las FF.AA. del Estado para el Ascenso de la Categoría de Suboficiales y Sargentos) Efectuado el procedimiento de evaluación por el TPFAB, se deberá elevar al Tribunal Superior de Personal de las FF.AA. del Estado, los documentos de Comando y Administrativos, de acuerdo a los incisos a) y 10-81
b) del Artículo 25, Capítulo III, Título II, del Reglamento CJ-RGA-220. El Suboficial o Sargento convocado que tenga alguna observación sobre la evaluación del TPFAB y que haya sido elevada al TSPFF.AA., podrá presentar su reclamo mediante memorial en el plazo máximo de 72 horas a partir de su notificación. De no ser atendido su reclamo, deberá sujetarse a lo establecido en el Artículo 111° de la LOFA LM-1405.
11-81
CAPÍTULO III TRIBUNALES Artículo 21º (Tribunales de Evaluación) A.
TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO (TEA) 1.
CONFORMACIÓN Estará conformado por personal idóneo designado mediante Directiva, Orden del Día o Memorándum del COMANGRALFAB, deberá cumplir los siguientes requisitos: a. b.
c.
No haber sido sobrepasado en el grado o tener antecedentes negativos en su ascenso. No haber sido sancionado por Resolución del TPFAB, por actos de indisciplina, abuso de autoridad o vulneración a los DD.HH. El Tribunal Evaluador de Ascenso (TEA), será conformado de la siguiente manera: MIEMBROS COMPONENTES
2.
CARGOS
General o Coronel
PRESIDENTE
Coronel o Teniente Coronel
PRIMER VOCAL
Suboficial Maestre o Suboficial Mayor
SEGUNDO VOCAL
RESPONSABILIDADES a.
b.
Recibir y administrar los archivos personales, el resumen de la hoja de vida de cada Suboficial o Sargento convocado, el Libro Notariado, las HICA`s y el CECA correspondientes al último ascenso, de acuerdo a inventario foliado por el Departamento I Personal EMGFAB. Aceptar o rechazar las observaciones o representaciones fundamentadas y documentadas, del o los Suboficiales y Sargentos evaluados durante el 12-81
c.
d.
e.
B.
proceso de calificación. Calificar el 6to. Grupo de Evaluación Apreciación del Tribunal, para los TEA´s designados para calificar el ascenso hasta el grado de Suboficial Primero. Elaborar actas y asentar aspectos y casos sobresalientes en el Libro Notariado del Departamento I-Personal EMGFAB. en presencia de los Suboficiales y Sargentos convocados a ascenso. Elevar al Departamento I-Personal EMGFAB., un informe de los aspectos sobresalientes del proceso de evaluación, las HICA´s debidamente foliadas, el CECA calificado y el Libro Notariado correspondiente.
TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB 1.
CONFORMACIÓN Nº
1 2 3 4 5 6 7
MIEMBROS COMPONENTES
CARGO
Comandante General de la PRESIDENTE FAB. Jefe de Estado Mayor General VICEPRESIDENTE de la FAB. Inspector General de la FAB, Jefes de Departamentos II, III, VOCALES IV y V EMGFAB. Jefe del Departamento IVOCAL RELATOR Personal EMGFAB. Oficial Superior Departamento SECRETARIO DE I-Personal EMGFAB. ACTAS Suboficial de Comando de la VOCAL FAB. Asesor Jurídico del ASESOR COMANGRALFAB NOTA: El Asesor Jurídico sin derecho a voto.
13-81
2.
ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES a.
b.
c.
d.
Revisar y aprobar el CECA de Suboficiales, para ascenso a los grados de Suboficial Mayor y Suboficial Maestre. Aceptar o rechazar las observaciones o representaciones fundamentadas y documentadas, del o los Suboficiales y Sargentos evaluados durante el proceso de calificación. Calificar el 6to. Grupo de evaluación Apreciación del Tribunal, para el ascenso a los grados de Suboficial Mayor y Suboficial Maestre. Remitir al Tribunal Superior de Personal de las FF.AA. (TSPFF.AA.) la documentación de acuerdo a los incisos a y b del Artículo 25, Capítulo III, Título II del Reglamento CJ-RGA-220.
14-81
CAPÍTULO IV REQUISITOS PARA EL ASCENSO Artículo 22º (Requisitos para el Ascenso) Los requisitos de ascenso para optar el grado inmediato superior, son los siguientes:
A. B. C. D. E. F.
G. H. I. J. K.
Ser convocado a ascenso al grado inmediato superior por el COMANGRALFAB. Tener el grado académico de Técnico Superior en Ciencias y Artes Militares Aeronáuticas otorgado por la UNIMIL. No haber excedido treinta (30) puntos negativos de deméritos en el grado. Tener un promedio de aprobación en las Fojas de Concepto. Nota mínima 70 %, en el grado. Para la convocatoria a ascenso en primera instancia, NO haber sido destinado a la letra “B” DE DISPONIBILIDAD en el grado a evaluarse. En el momento de la convocatoria a ascenso, NO encontrarse destinado en la Letra “E” DE DISPONIBILIDAD, de acuerdo al artículo 85, inciso (c), numeral 3, sub inciso (e) de la LOFA LM1405. No haber sobrepasado el tiempo máximo de permanencia en las letras “C”, “D” y “E” DE DISPONIBILIDAD. Presentar Certificación de los Tribunales Supremo y Permanente de Justicia Militar, que acrediten no haber tenido sentencia ejecutoriada condenatoria en su contra. Calificación de años de Servicio emitido por el Departamento IPersonal EMGFAB. de acuerdo al grado. Presentar formulario de declaración jurada de bienes otorgada por la Contraloría General del Estado. Haber vencido las dos modalidades comprendidas en el curso de Adiestramiento en el Trabajo (AET) hasta el grado de Sargento Primero, de acuerdo a programa y normas establecidas, nota mínima de 70%.
-
Curso Teórico. Curso Práctico de Adiestramiento en el Trabajo. 15-81
L. M. N. O. P. Q. R. S.
T. U.
V.
W.
X.
Para el ascenso hasta el grado de Suboficial Inicial, haber aprobado el Programa de Capacitación a Distancia (PCD), nota mínima 65%. Para el ascenso a Suboficial Mayor, haber aprobado el Trabajo de Investigación o Tesina de Grado, nota mínima 70%. Para el ascenso al grado de Suboficial Mayor, presentar Certificado de Solvencia de la DGAA del Ministerio de Defensa, Inspectoría General y Dirección General de Asuntos Administrativos de la FAB. Aprobar el Examen Físico Militar, certificado por la Dirección General de Entrenamiento Físico Deportivo (DIGEFID) dependiente del Departamento III-Operaciones EMGFAB. Presentar Certificado Médico que acredite el buen estado clínico de salud “APTO”, otorgado por el Centro Médico Aeronáutico Nro. 1La Paz. Para el ascenso al grado de Suboficial Mayor, haber aprobado los cursos de perfeccionamiento de acuerdo a su especialidad (EPTA). Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, presentar Calificación de Años de Servicio otorgado por el Tribunal Supremo de Justicia Militar. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, haber cumplido los años de servicios de forma continua e ininterrumpida en la carrera militar conforme a la Ley Orgánica de las FF.AA. LM–1405 y el Reglamento CJ–RGA–208. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, no haber perdido antigüedad respecto a la promoción de egreso. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, haber cumplido dos (2) años de destino en Unidades de fronteras (en cualquier grado). NOTA.- Este requisito no será homologado por otro destino, por ninguna razón o circunstancia. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre presentar Certificado de Solvencia de la Contraloría General del Estado, DGAA del Ministerio de Defensa, Inspectoría General y Dirección General de Asuntos Administrativos de la FAB. Para el ascenso a los grados de Suboficial Mayor y Suboficial Maestre, es requisito indispensable obtener la nota mínima del 70% de la calificación del TPFAB, asimismo haber obtenido la calificación final de 60 puntos en el CECA. Para el ascenso al grado de Suboficial Maestre, presentar certificación de no haber vulnerado los DD.HH. por cualquier motivo, con Auto Final de Procesamiento. Este documento debe ser emitido por las Direcciones Generales de Derechos Humanos 16-81
dependientes del Ministerio de Defensa, del Comando en Jefe de las FF.AA. y de la Inspectoría General de la Fuerza Aérea. Y. Para el ascenso a Suboficial Maestre, presentar certificado de solvencia de COSSMIL y ASCINALSS. Z. Para el ascenso a Suboficial Maestre, haber cumplido diez (10) años de destino en Unidades Operativas, como mínimo, y a partir de la gestión 2019, quince (15) años de destino en Unidades Operativas. AA. Para el ascenso a Suboficial Maestre, es requisito haber desempeñado el cargo de Jefe de Mantenimiento o equivalente en las otras especialidades. BB. Para el ascenso a Suboficial Maestre, haber cumplido las funciones de Suboficial de Comando de PP.UU., Direcciones de Mantenimiento o Gerencia General.
17-81
CAPÍTULO V GRUPOS DE EVALUACIÓN Artículo 23º (Evaluación de Méritos y Deméritos) La evaluación de méritos y deméritos, significa la asignación de puntos positivos y negativos respectivamente, los que serán registrados en los documentos de evaluación de ascenso, conformando los siguientes grupos y su correspondiente porcentaje: A.
MÉRITOS
GRUPO DE EVALUACIÓN
GRUPOS
1er. Grupo
Formación Profesional
25 %
2do. Grupo
Destinos y Cargos
25 %
3er. Grupo
Desempeño Profesional
30 %
4to. Grupo
Fojas de Concepto
5%
5to. Grupo 6to. Grupo
Examen Físico Militar Apreciación del TEA -TPFAB
TOTAL B.
PORCENTAJE
5% 10 % 100 %
DEMÉRITOS 1.
2.
El puntaje total de deméritos afectará al 1er. Grupo Formación Profesional y al 3er. Grupo Desempeño Profesional acumulado en el grado. El puntaje máximo de deméritos en primera instancia es de treinta (30) puntos negativos para ascenso en el grado. El Suboficial o Sargento del Escalafón de Armas que exceda este puntaje, reprobará el ascenso en primera instancia.
18-81
3.
4.
El puntaje máximo de deméritos en segunda instancia es de 10 puntos negativos, sin tomar en cuenta el puntaje de deméritos considerados en primera instancia. La pérdida mayor a 10 puntos negativos, significará reprobación de ascenso en segunda instancia y se aplicará el Artículo 96° de la LOFA LM–1405. Para el ascenso respectivo, se calificarán los deméritos obtenidos durante los años considerados para el ascenso al grado inmediato superior.
Nº
1
2
3
4 5 6
7
TIPIFICACIÓN PUNTAJE Suspensión Definitiva del ejercicio de sus funciones o Relevo del Cargo asignado, por actos de indisciplina, abuso de autoridad, - 25 inmoralidad, malos manejos administrativos o vulneración a los DD.HH, previo Sumario con Auto Final y Resolución del TPFAB. Durante el proceso de evaluación de ascenso, presentar ante el TEA denuncia (s) en contra del Suboficial o Sargento - 15 evaluado, sin adjuntar pruebas de descargo Presentar durante la evaluación de ascenso, documentos sin respaldo del - 15 original que avale su autenticidad. (Por cada documento). Suspensión definitiva de vuelo (art. 64 RAA-9,) impuesto por Resolución del - 20 Consejo Superior de Vuelo. Incumplimiento de destino o solicitar -5 cambio de destino injustificado Separación de II.MM. por razones -5 personales Suspensión del ejercicio de sus funciones, de uno a seis meses, impuesto -3 por Resolución del TPFAB, por cada mes. 19-81
Nº
TIPIFICACIÓN PUNTAJE Suspensión temporal de actividad de vuelo por cada mes, impuesto por 8 -0,8 Resolución del Consejo Superior de Vuelo. Arresto impuesto por el señor 9 -1 CMDTEGRALFAB, por cada día. Arresto impuesto por el señor 10 JEMGRALFAB e INSPECTOR -1 GRALFAB, por cada día. Arresto impuesto por OO.GG., Jefes de Departamento EMGFAB, Comandantes 11 -1 GG.UU. e II.MM., y Suboficial de Comando FAB y GG.UU., por cada día. 12 Arresto por cada día
- 0.5
13
Llamada de atención severa
- 0.5
14
Llamada de atención simple
- 0.5
NOTA.- No se dará curso a la presentación de documentos que anulen una sanción impuesta; excepto, aquellas sanciones anuladas por el Tribunal de Personal FAB Artículo 24º (Composición de los Grupos de Evaluación) A.
1ER. GRUPO – FORMACIÓN PROFESIONAL (25%)
B.
Institutos Militares. Cursos de Capacitación o Especialización.
2DO. GRUPO – DESTINOS Y CARGOS (25%)
-
Destinos y Cargos en Organización Militar. Destino en Frontera. Puntaje adicional por destino en II.MM. Puntaje adicional por destino en Unidad Operativa.
20-81
C.
3ER. GRUPO – DESEMPEÑO PROFESIONAL (30%)
D.
Horas de Vuelo. Revistas Militares. Horas Docencia Académica. Miembros Componentes de Tribunal. Orden de mérito en ascenso de grado o egreso de II.MM. Plaqueta de Honor del COMANGRALFAB Plaqueta al Graduado de Honor. Diplomas de Honor Felicitaciones Condecoraciones
La calificación de las Fojas de Concepto será una por año. Las Fojas de Conceptos faltantes serán calificadas con un promedio de 30 puntos.
5TO. GRUPO - EXAMEN FISICO MILITAR (5%)
F.
Abanderado o Escolta.
4TO. GRUPO - FOJAS DE CONCEPTO (5%)
E.
Nota de Defensa de Trabajo de Investigación.
Examen Físico Militar, certificado por la Dirección General de Entrenamiento Físico Deportivo (DIGEFID) dependiente del Departamento III-Operaciones EMGFAB.
6TO. GRUPO - APRECIACIÓN DEL TPFAB Y TEA. (10%)
-
Calificación y clasificación final del TPFAB y TEA.
Artículo 25º (Asignación de Puntaje) A.
1ER. GRUPO – FORMACIÓN PROFESIONAL (25%)
21-81
1.
INSTITUTOS MILITARES a.
Pregrado
b.
1
2
2.
Similares en el país o en el exterior.
Postgrado
Nº
POLMILAE.
EPTA. Similares en el país o en el exterior. INSTITUTO
POLMILAE
GRADO ACADÉMICO Técnico Superior (UNIMIL) Diplomado
PUNTAJE 10
Inspección 15 Técnica EPTA Supervisión Diplomado 20 DESA NOTA 1.- Los cursos de Inspección Técnica Aeronáutica y Supervisión Aeronáutica o similar; que se imparten en la Escuela de Perfeccionamiento Técnico Aeronáutico, no serán homologados por ningún otro curso. NOTA 2.- Los cursos de Inspección Técnica y Supervisión, constituyen requisitos de ascenso. NOTA 3.- La asignación de puntaje correspondiente será ponderada en base a las calificaciones finales (Orden de mérito de egreso) obtenidas en el desarrollo de cada curso.
CURSOS DE CAPACITACIÓN Y ESPECIALIZACION Se otorga valor curricular a los cursos autorizados por el Departamento V-Educación EMGFAB, a través de la Escuela de Perfeccionamiento Técnico Aeronáutico, que sean afines a la Especialidad del Suboficial o Sargento y estén contemplados en el Plan de Carreras.
22-81
En ese sentido, los Sres. Suboficiales y Sargentos calificarán: - Dos (2) Cursos por año. a. Especialidad: Técnico Aeronáutico. Nº
ESPECIALIDAD
PUNTAJE
1
Técnico Aeronáutico
10
SARGENTO INICIAL AÑO
PUNTAJE
CURSOS
1er
Curso “Programa de Adiestramiento Teórico - Práctico en Mantenimiento REQUISITO de Aeronaves”. (Unidades Operativas)
2do
Curso de Inglés EIFAB.
REQUISITO
Curso Regimentario Programa de Distancia (PCD) 3er
Capacitación
3 a
REQUISTO
Curso en Tierra
10
Curso de Seguridad en Tierra y Prevención de Accidentes
6
Programa AET
23-81
REQUISITO
SARGENTO SEGUNDO AÑO
CURSOS Curso en Tierra
1er a 3er
PUNTAJE 10
Programa de AET REQUISITO Curso de Equipos de Apoyo en 8 Tierra Curso de Técnico de Abordo 8 Curso de Seguridad en 6 Tierra/Prevención de Accidentes Curso de Manejo Órdenes Técnicas 6 Curso Regimentario 3 Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO Programa de Capacitación a REQUISITO Distancia (PCD) SARGENTO PRIMERO
AÑO
1er a 4to
CURSOS
PUNTAJE
Curso en Tierra 10 Programa de AET REQUISITO Curso de Técnico de Abordo 8 Curso de Maestro de Carga 8 Curso de Topografía 8 Curso de Seguridad en Tierra/Industrial y Prevención de 6 Accidentes Curso Ley 1178 (SAFCO) 4 Curso Regimentario 3 Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO Programa de Capacitación a REQUISITO Distancia (PCD) Curso de Inspección Técnica (EPTA) REQUISITO
24-81
SUBOFICIAL INICIAL AÑO
1er a 5to
CURSOS
PUNTAJE
Curso en Tierra Curso de Instructor de Técnico de Abordo
10
Curso de Ingeniero de Vuelo
8
10
Curso Regimentario 3 Curso de DD.HH. y D.I.H REQUISITO Programa de Capacitación a REQUISITO Distancia (PCD) Curso de Supervisión Aeronáutica REQUISITO (EPTA) SUBOFICIAL SEGUNDO
AÑO
1er a 5to
CURSOS
PUNTAJE
Curso de Evaluador de Técnico de Abordo
12
Curso en Tierra
10
Curso de Docencia Académica Curso de Instructor de Maestro de Carga Curso de Inspector en Recepción de Partes Curso de Actualización y Estandarización para Supervisores de Mantenimiento
10
Curso de Supervisor de AVSEC
8
Curso de HAZMAT Curso Manejo de Recursos de Mantenimiento
8
Curso de Correspondencia Militar
4
Curso Regimentario Curso de DD.HH. y D.I.H 25-81
10 10 8
7
3 REQUISITO
SUBOFICIAL PRIMERO AÑO
CURSOS Curso de Evaluador Ingeniero de Vuelo Curso de Evaluador Maestro de Carga Curso de Instructor Ingeniero de Vuelo
PUNTAJE de de de
Curso en Tierra
1er a 5to
Curso de CRM
Curso Regimentario
26-81
12 10 10
Curso de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) Curso de Actualización y Estandarización para Inspectores de Control de Calidad Curso de Investigación de Accidentes Curso de Control de Calidad de Mantenimiento Curso de Planificación e Ingeniería de Mantenimiento Curso de Auditoría de Mantenimiento Curso de Control de la Producción Curso de Confiabilidad de Mantenimiento Curso de Manejo Recursos Humanos
12
8
8
8 8 8 8 6 6 6
de
5 3
SUBOFICIAL MAYOR AÑO CURSOS 1er a Aseguramiento a la Calidad 5to
PUNTAJE 10
b. Especialidad: Seguridad y Defensa Nº 1
ESPECIALIDAD Defensa Aérea
PUNTAJE 10
SARGENTO INICIAL AÑO
CURSOS Paracaidista Militar
REQUISITO
Operaciones en la Selva
REQUISITO
Tirador de Elite
REQUISITO
Policía Militar
REQUISITO
Curso de Administración de Instrucción Militar
REQUISITO
1er a 2do Curso de Control de ATC
Curso de Artillería Antiaérea Curso de Inglés EIFAB Curso Regimentario Programa de Capacitación a Distancia (PCD) Programa de AET
3er
PUNTAJE
8 6 REQUISITO 3 REQUISITO REQUISITO
Técnico Armero
6
Curso Regimentario
3
Programa de Capacitación a Distancia (PCD) 27-81
REQUISITO
AÑO
1er a 3er
SARGENTO SEGUNDO CURSOS PUNTAJE Curso OPESAR
8
Curso Básico de Radares Curso de Seguridad en Tierra/Industrial Curso de Seguridad de Instalaciones Aéreas Curso de Meteorología I
8
Curso de Fraseología ATC
6
Curso de Primeros Auxilios Curso Regimentario Curso de DD.HH. y D.I.H Programa de AET Programa de Capacitación a Distancia (PCD)
7 7 6
4 3 REQUISITO REQUISITO REQUISITO
SARGENTO PRIMERO AÑO
1er a 4to
CURSOS Curso Contra Actos de Interferencia Ilícita (CAII) Curso de Seguridad en Tierra Industrial Curso de Seguridad Aeroportuaria Curso de Fraseología ATC en Inglés Curso de Observador y Controlador Aéreo Curso de Meteorología II Curso Regimentario Curso de DD.HH. y D.I.H
6 3 REQUISITO
Programa de AET
REQUISITO
28-81
PUNTAJE 10 8 8 8 6
Programa de Capacitación a Distancia (PCD) Curso de Actualización (EPTA).
REQUISITO REQUISITO
SUBOFICIAL INICIAL AÑO
1er a 5to
AÑO
1er a 5to
CURSOS Curso Avanzado de Radares Curso de Seguridad en Tierra/Industrial Curso de Correspondencia Militar Curso Regimentario
PUNTAJE
Curso de DD.HH. y D.I.H Programa de Capacitación a Distancia (PCD) Curso de Supervisión Aeronáutica (EPTA)
REQUISITO
10 8 4 3
REQUISITO REQUISITO
SUBOFICIAL SEGUNDO CURSOS PUNTAJE Curso de Inspector de 10 Recepción de Partes Curso de Docencia 10 Académica Curso de Supervisor de 8 AVSEC Curso de HAZMAT 8 Curso de Administración 6 de RR.HH. Curso Ley 1178 (SAFCO) 4 Curso Regimentario 3 Curso de DD.HH. y D.I.H. REQUISITO
29-81
SUBOFICIAL PRIMERO AÑO
CURSOS
1er a 5to
Curso de Gestión de Riesgos Curso de Evaluación de Daños (EDAN). Curso Regimentario
PUNTAJE 10 8 3
SUBOFICIAL MAYOR AÑO 1er a 5to
CURSOS
PUNTAJE
Curso de Aseguramiento a la Calidad
10
c. Especialidad: Apoyo Operativo Nº 1
ESPECIALIDAD Apoyo Operativo
PUNTAJE 10
SARGENTO INICIAL AÑO
1er a 3er
CURSOS Curso Programa de Adiestramiento Teórico – Práctico Programa de Capacitación a Distancia (PCD) Curso de Inglés General EIFAB Curso de Abastecimiento Aéreo Curso de Seguridad en Tierra y Prevención de Accidentes Curso de Ofimática Curso Regimentario 30-81
PUNTAJE REQUISITO REQUISITO REQUISITO 8 8 7 3
SARGENTO SEGUNDO AÑO
CURSOS Curso en Tierra Curso Programa de AET
1er a 3er
Curso de Análisis de Sistemas y Sistemas Electrónicos Curso de Equipos de Apoyo en Tierra Curso de Seguridad Industrial Curso de Prevención de Accidentes Curso de Manejo de Órdenes Técnicas Curso de Base de Datos de Abastecimiento Aéreo Curso de Sistemas de Abastecimiento Curso de Sistemas de Registros de Abastecimiento Curso Regimentario
PUNTAJE 10 REQUISITO 8 8 8 8 6 6 6 6 3
Curso de DD.HH. y D.I.H.
REQUISITO
Programa de Capacitación a Distancia (PCD)
REQUISITO
31-81
SARGENTO PRIMERO AÑO
CURSOS Curso Programa de AET
1er a 4to
Curso de Curso de Seguridad en Tierra/Industrial y Prevención de Accidentes Curso de Actualización en su Especialidad Curso de Sistemas de Ubicación en Abastecimientos Curso de Sistemas de Inventarios de Abastecimiento Curso de Tecnología Aplicada a Logística Curso de Base de Datos de Informática Curso de Software y Hardware Curso Regimentario Curso de DD.HH. y D.I.H. Programa de Capacitación a Distancia (PCD) Curso de Inspección Técnica (EPTA)
32-81
PUNTAJE REQUISITO
8
8 6
6 6 6 6 3 REQUISITO REQUISITO REQUISITO
SUBOFICIAL INICIAL AÑO
CURSOS Curso de Actualización en su Especialidad Curso de Sistemas Digitalizados Curso de Sistemas de Embalajes Curso de Redes
1er a 5to
Curso de Telecomunicaciones Curso de Lenguajes Programación
PUNTAJE 8 6 6 6 6 6
Curso Ley 1178 (SAFCO)
4
Curso Regimentario
3
Curso de DD.HH. y D.I.H. Programa de Capacitación a Distancia (PCD) Curso de Supervisión Aeronáutica (EPTA)
33-81
REQUISITO REQUISITO REQUISITO
SUBOFICIAL SEGUNDO AÑO
CURSOS
PUNTAJE
Curso de Inspector de Recepción de Partes Curso de Docencia Académica Curso de Actualización en su Especialidad Curso de Supervisor de AVSEC
10 10 8 8
Curso de HAZMAT 1er a 5to
Curso de Manejo Recursos Abastecimiento
8 de de
6
Curso de Servidores
6
Curso de Seguridad Informática Curso de Correspondencia Militar
6 4
Curso Regimentario Curso de DD.HH. y D.I.H.
3 REQUISITO
SUBOFICIAL PRIMERO AÑO
CURSOS
1er a 5to
Curso de Actualización en su Especialidad Curso de Administración de RR.HH. Curso Regimentario
34-81
PUNTAJE 8 6 3
SUBOFICIAL MAYOR AÑO
CURSOS
PUNTAJE
1er a 5to
Curso de Aseguramiento a la Calidad
10
NOTA 1: Todos los cursos deben ser organizados y planificados por los Comandos de GG.UU. II.MM., Gerencias, Direcciones, PP.UU. y RR.MM.; autorizados por el COMANGRALFAB y se tomarán en cuenta solo dos cursos por año con la correspondiente carga horaria, lo cual no debe afectar al Suboficial o Sargento en el cumplimiento de sus funciones específicas en sus cargos designados para la gestión; los cursos de Perfeccionamiento y Especialización NO tienen puntaje, constituyen requisitos para ascenso. NOTA 2. Los Cursos deberán cumplir la carga horaria establecida en la Directiva de la FAB No 34/13. 3.
ADIESTRAMIENTO EN EL TRABAJO (AET) PARA SARGENTOS El Programa de AET comprende dos modalidades, que deberán ser promediadas: - Curso Teórico. - Curso Práctico impartido en las Unidades Operativas en su especialidad. La administración del Adiestramiento en el Trabajo, es responsabilidad de las Unidades Operativas, por consiguiente solo debe considerarse el promedio obtenido por el personal en estas Unidades (Teórico – Práctico). El personal que no tuviera el puntaje referido al Curso Teórico – Práctico impartido en las Unidades Operativas en su especialidad, la cual será calificada por el Supervisor de AET designado por el Departamento V-Educación EMGFAB, no obtendrá la calificación correspondiente a este Ítem. 35-81
Nota mínima de aprobación 70%. 4.
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN A DISTANCIA PARA SUBOFICIALES Y SARGENTOS (PCD) El Programa de Capacitación a Distancia (PCD), es un Curso en la modalidad a distancia, dirigido al personal de Sargentos hasta Suboficiales Iniciales. Este Programa, está administrado por la Escuela de Perfeccionamiento Técnico Aeronáutico (EPTA). El puntaje se dará de acuerdo a la siguiente fórmula:
PF
N(PCD)x5 200
Dónde: PF = Puntaje Final. N(PCD) = Nota Porcentual PCD 5 = Constante 200 = Factor de conversión a puntos. Nota mínima de aprobación 65%. 5.
CALCULO 1ER. PROFESIONAL
GRUPO
FORMACION
Para obtener el valor final del 1er. Grupo Formación Profesional, se calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos ponderados (méritos) menos los puntos negativos sin ponderar (deméritos). Ver Capítulo VI Procedimientos de Cálculo para la Evaluación de Ascenso. B.
2DO. GRUPO – DESTINOS Y CARGOS (25%) Se tomará en consideración, los diferentes cargos y destinos desempeñados por el Suboficial o Sargento del Escalafón de Armas, durante el tiempo mínimo de permanencia en el cargo dispuesto por el COMANGRALFAB. Los destinos y cargos del Suboficial o Sargento serán evaluados anualmente. 36-81
El Suboficial o Sargento, que por necesidades del servicio sea cambiado de destino dos o más veces en un mismo año, calificará el puntaje más alto sólo de uno de los cargos y destinos desempeñados. El Suboficial o Sargento, que por necesidades del servicio desempeñe en una gestión dos cargos a la vez, designado mediante Orden del Día o Memorándum, calificará el puntaje mayor y la mitad del puntaje asignado al segundo cargo. 1.
DESTINOS Y CARGOS PARA LA ESPECIALIDAD TÉCNICO AERONÁUTICO Los cargos de los Sres. Suboficiales y Sargentos, se detallan en los siguientes cuadros:
SUBOFICIAL MAESTRE Nº 1 2 3 4
CARGO Suboficial de Comando de GG.UU. e II.MM. Suboficial de Comando de la Fuerza Aérea Boliviana Asesor Técnico de Departamentos EMGFAB, COMANJEFE y MINDEFENSA Suboficial de Comando del Comando en Jefe de las FF.AA.
37-81
SUBOFICIAL MAYOR Nº 1
2 3 4 5 6 7 8 9 10 11
CARGO
PUNTAJE
Suboficial de Comando de PP.UU., Dirección de Mantenimiento o Gerencia General Jefe o Gerente de Mantenimiento Jefe o Gerente de la Sección Aseguramiento a la Calidad. Evaluador de Ingeniero de Vuelo Jefe o Gerente de Sección Control de Calidad Jefe o Gerente de Sección Control de Mantenimiento Jefe o Gerente de Sección Adiestramiento Jefe o Gerente de la Sección Planificación e Ingeniería Jefe o Gerente de la Sección Seguridad Operacional (SMS) Jefe de Sección Abastecimiento Jefe de Sub Sección de Departamento EMGFAB
15
13 12 12 12 12 12 12 12 10 10
12
Agregado Aéreo Adjunto
10
13
Auditor de Mantenimiento
10
14
Investigador de Aeronáuticos
10
15
Docente Académico
38-81
Accidentes
10
SUBOFICIAL PRIMERO Nº
CARGO
PUNTAJE
1
Inspector de Control de Calidad
12
2
Jefe de Sección Talleres
3
Jefe de Sección Línea de Vuelo
12 12
Jefe de Sección Seguridad en Tierra/Industrial Evaluador de Ingeniero de Vuelo
12
6
Evaluador de Maestro de Carga
12
7
Instructor Vuelo
10
8
Docente Académico
10
Jefe de Sección en GG.UU., II.MM. y CC.CC. Suboficial de Enlace del Suboficial de Comando Auxiliar del Suboficial de Comando Jefe de Personal de Escuadrón Mantenimiento
8
4 5
9 10 11 12
de
Ingeniero
39-81
de
12
8 8 8
Nº 1 2
SUBOFICIAL SEGUNDO CARGO PUNTAJE Supervisor de Control 12 Mantenimiento Inspector de Control de Calidad 12 de Especialidad
3
Jefe de Sub Sección de Taller
12
4
Jefe de Línea de Vuelo
12
5 6
Evaluador de Técnico Abordo Inspector de Recepción Partes
de de
12 10
7
Docente Académico
10
8
Instructor de Maestro de Carga Jefe de Sub Sección Seguridad en Tierra/Seguridad Operacional. Jefe de Sub Sección Control de Calidad Jefe de Sub Sección Planificación e Ingeniería Jefe de Sub Sección Control de Mantenimiento Jefe de Sub Sección Línea de Vuelo Jefe de Sub Sección Adiestramiento
10
15
Supervisor de AET
10
16
Supervisor de AVSEC
8
17
Ingeniero de Vuelo
8
9 10 11 12 13 14
40-81
10 10 10 10 10 10
SUBOFICIAL INICIAL Nº
CARGO
PUNTAJE
1
Jefe de Grupo de Trabajo de Sub Sección de Taller
12
2
Técnico Especialista
10
3
Instructor Abordo
4
Ingeniero de Vuelo
8
5
Maestro de Carga
8
6
Alumno EPTA
de
Técnico
de
10
REQUISITO
SARGENTO PRIMERO Nº
CARGO
1
Técnico Especialista
2
Técnico Aeronave
3
Técnico de Abordo
8
4
Maestro de Carga
8
5
Técnico Encargado de Equipo de Apoyo en Tierra
8
6
Técnico Encargado de Hangar
6
7
Encargado de Registros Kardex de Sub Sección
8
Alumno EPTA (6 Meses)
Encargado
41-81
PUNTAJE 10 de
y
8
6 REQUISITO
SARGENTO SEGUNDO Nº
CARGO
1
Técnico Especialista
10
2
Técnico Encargado de Equipos de Apoyo en Tierra
8
3
Técnico de Abordo
8
4
Técnico Encargado de Hangar
6
5 6 7
Encargado de Herramientas Sub Sección de Taller Encargado de Registros Kardex de Sub Sección Taller Auxiliar del Encargado Aeronave
PUNTAJE
de y de de
6 6 5
SARGENTO INICIAL Nº 1 2 3 4
CARGO Auxiliar de Técnico Especialista Auxiliar de Encargado de Herramientas Auxiliar de Registros de Sub Sección de Taller Alumno Técnico
42-81
PUNTAJE 8 6 6 5
2.
DESTINOS Y CARGOS PARA LA ESPECIALIDAD SEGURIDAD Y DEFENSA AÉREA SUBOFICIAL MAESTRE CARGO
Nº 1
Suboficial de Comando de GG.UU. e II.MM.
2
Suboficial de Comando de la Fuerza Aérea Boliviana
3
Asesor Técnico de Departamento EMGFAB
4
Suboficial de Comando del Comando en Jefe de las FF.AA.
SUBOFICIAL MAYOR Nº 1 2 3 4 5 6
CARGO Suboficial de Comando PP.UU., Dirección o Gerencia General Supervisor de Seguridad y Defensa Supervisor Técnico de Armas Agregado Adjunto Docente Académico Jefe de Sub Sección de Departamento EMGFAB
43-81
PUNTAJE 15 12 12 10 10 10
SUBOFICIAL PRIMERO Nº
CARGO
PUNTAJE
1
Jefe de Sección Reclutamiento y Licenciamiento
12
2
Jefe de Sección VCYDAA
12
3
Inspector Partes
4
Docente Académico
5 6 7 8
de
Recepción
de
Suboficial de Enlace del Suboficial de Comando FAB Auxiliar del Suboficial de Comando Jefe de Sección PP.UU., Gerencias y Direcciones FAB Encargado de Clase I, II, III, IV yV
10 10 8 8 8 6
SUBOFICIAL SEGUNDO Nº 1 2 3
CARGO Jefe de Sección Sala de Armas Inspector de Recepción de Partes Jefe de Sección Ayudas a la Instrucción
PUNTAJE 12 10 10
4
Jefe de Sub Sección VCYDAA
10
5
Docente Académico
10
6
Supervisor de AET
10
7
Supervisor de AVSEC
8
8
Jefe de Sub Sección PP.UU. Gerencias y Direcciones FAB.
8
44-81
SUBOFICIAL INICIAL Nº
CARGO
PUNTAJE
1
Especialista en Seguridad y Defensa
10
2
Primero de Compañía
10
3 4 5
Jefe de Sub Sección Sala de Armas Jefe de Sub Sección Ayudas a la Instrucción Alumno EPTA
8 8 REQUISITO
SARGENTO PRIMERO Nº 1 2 3 4 5 6
CARGO Especialista en Seguridad y Defensa Primero de Compañía Primero de Sección Auxiliar Sección Reclutamiento y Licenciamiento Técnico Armero Alumno EPTA (6 Meses)
PUNTAJE 10 10 10 8 8 REQUISITO
SARGENTO SEGUNDO Nº 1 2 3
CARGO Especialista en Seguridad y Defensa Primero de Sección Técnico Armero 45-81
PUNTAJE 10 10 8
SARGENTO INICIAL Nº 1 2 3 4 3.
CARGO
PUNTAJE
Auxiliar del Especialista en Seguridad y Defensa Auxiliar de Sala de Armas Auxiliar de Sub Sección Alumno Seguridad y Defensa
8 6 6 5
DESTINOS Y CARGOS PARA LA ESPECIALIDAD APOYO OPERATIVO SUBOFICIAL MAESTRE Nº
CARGO
1 2
Suboficial de Comando de GG.UU. e II.MM. Suboficial de Comando de la FAB. Asesor Técnico de Departamentos del COMANGRALFAB. y Comando en Jefe FF.AA. Suboficial de Comando del Comando en Jefe de las FF.AA.
3 4
SUBOFICIAL MAYOR Nº 1 2 3 4 5 6
CARGO Suboficial de Comando de PP.UU., Dirección o Gerencia General Supervisor de Sistemas Informáticos Supervisor de Seguridad Informática Docente Académico Agregado Aéreo Adjunto Jefe de Sub Sección de Departamento EMGFAB
46-81
PUNTAJE 15 12 12 10 10 8
SUBOFICIAL PRIMERO Nº
CARGO
PUNTAJE
1 2 3
Jefe de Sección Informática Jefe de Sección Capacitación Jefe de Seguridad Industrial Jefe de Sección Abastecimiento Aéreo Docente Académico Jefe de Personal de Escuadrón Suboficial de Enlace del Suboficial de Comando Auxiliar del Suboficial de Comando Jefe de Sección PP.UU., Gerencias y Direcciones FAB
12 12 12
4 5 6 7 8 9
12 10 8 8 8 8
SUBOFICIAL SEGUNDO Nº
CARGO
PUNTAJE
6
Jefe de Sub Secciones: Capacitación, Seguridad Industrial, Servicios, Soporte Técnico, Redes, Base de Datos, Telecomunicaciones, Sistemas, Servidores y Seguridad Informática. Jefe de Sub Sección Abastecimiento Aéreo Jefe de Sub Sección Adiestramiento Jefe de Sub Sección Seguridad Industrial Inspector de Recepción de Partes Docente Académico
7
Supervisor de AET
10
8
Supervisor de AVSEC
8
1
2 3 4 5
47-81
10
10 10 10 10 10
SUBOFICIAL INICIAL Nº
1
2
CARGO Técnico Especialista (Sub Secciones: Servicios, Software, Hardware, Telecomunicaciones, Desarrollo, Seguridad, Base de Datos y Redes). Técnico Especialista en Abastecimiento Aéreo
3
Encargado de Almacén
4
Alumno EPTA
PUNTAJE
10
10 8 REQUISITO
SARGENTO PRIMERO Nº
1
2 3 4
CARGO Técnico Especialista (Sub Secciones: Servicios, Software, Hardware, Seguridad, Desarrollo, Telecomunicaciones, Base de Datos y Redes). Técnico Especialista en Abastecimiento Aéreo Técnico Encargado de Equipos de Apoyo en Tierra Encargado de Almacén I, II, III, IV, V, VI y VII
5
Encargado de Archivos
6
Alumno EPTA (6 meses)
48-81
PUNTAJE
10
10 8 8 6 REQUISITO
SARGENTO SEGUNDO Nº
CARGO
1
Técnico Especialista
2 3 4
PUNTAJE 10
Técnico Encargado de Equipos de Apoyo en Tierra Encargado de Registros y Kardex Auxiliar del Encargado de Almacén de Herramientas
8 6 6
SARGENTO INICIAL Nº
CARGO
1
Auxiliar Especialista
del
2
Alumno Técnico
PUNTAJE Técnico
8 5
NOTA 1: Se calificarán hasta dos cargos por gestión como máximo, el 1ro. 100% y el 2do. 50%. NOTA 2: Los Sres. Suboficiales de Comando de PP.UU., Direcciones de Mantenimiento, Gerencias, GG.UU. e II.MM. de acuerdo al Capítulo II, inciso III. Dependencia, inciso C. del Reglamento del Suboficial de Comando CJ-RGA-217; DEBEN cumplir sus funciones específicas, NO pudiendo desempeñar otros cargos simultáneamente. Así mismo, los Sres. Suboficiales que desempeñan cargos jerárquicos dentro de la estructura orgánica de Escuadrones de Mantenimiento y similares, como ser: Jefe de Mantenimiento, Jefe de Control de Calidad, Jefe de Control de Mantenimiento, Jefe de Adiestramiento y Jefe de Sección Talleres, NO deben desempeñar otro cargo adicional por la responsabilidad que encierra el cumplimiento de sus funciones.
49-81
4.
DESTINO EN FRONTERA DESTINO EN FRONTERA Nº
LUGAR
PUNTAJE
1
Uyuni
10
2
Cobija
8
3
Riberalta
8
4
Robore
8
5
Villamontes – Monteagudo
8
6
Puerto Suarez
8
7
Caranavi,
Santa
Ana
de
6
Huachi, Chimore 8
Direcciones Regionales TAM
6
9
Tarija, Trinidad, Oruro, Sucre
4
10
Nazaret
6
NOTA 1: La presente clasificación de frontera es exclusiva para efectos de asignación de puntaje. NOTA 2: Se asignará el siguiente puntaje por permanencia en unidades de frontera por grado:
-
100% primeros dos años continuos de permanencia. 50 % siguientes dos años de permanencia. 50-81
5.
PUNTAJE ADICIONAL POR DESTINO INSTITUTO MILITAR (EXCEPTO ALUMNOS).
EN
El personal de Sres. Suboficiales destinados en II.MM., deberá reunir requisitos acordes para desempeñar las funciones de Docente Académico como ser: Idoneidad, vocación de servicio y ser Diplomado de la Escuela de Supervisión Técnica Aeronáutica. Se asignará el 100% del puntaje establecido los primeros dos años de permanencia El tercer año en Institutos Militares sólo se calificará el 50% Se calificará puntaje al Sr. Suboficial que permanezca destinado en Instituto Militar hasta 3 años por cada grado. INSTITUTO
6.
PUNTAJE
EPTA
6
POLMILAE
5
EIFAB
4
PUNTAJE ADICIONAL POR DESTINO EN UNIDAD OPERATIVA Al Sr. Suboficial o Sargento destinado en Unidad Operativa, se le otorgará un puntaje adicional consistente en el 30% del total obtenido de la calificación del cargo desempeñado en la gestión.
-
100% primeros dos años de permanencia. 50 % siguientes años de permanencia.
Las siguientes Unidades Operativas tienen asignación de puntaje adicional:
51-81
Brigadas Aéreas, Grupos Aéreos, SMAs, TAB, SNA, FTAs, SAR, GADAs y SAA “11”. C.
3ER.GRUPO – DESEMPEÑO PROFESIONAL (30%) 1.
NOTA DE DEFENSA DE TRABAJO INVESTIGACIÓN O EQUIVALENTE AL PCD
DE
El Suboficial convocado para ascenso al grado de Suboficial Mayor, deberá elaborar y defender trabajo de investigación u otro dispuesto por el COMANGRALFAB en forma obligatoria, nota mínima 70%. Se promediarán las calificaciones obtenidas en la defensa de Trabajo de Investigación (Tesina, Monografía, etc.), asignándose el puntaje correspondiente. El Suboficial o Sargento que realiza curso en el exterior y sea convocado, para examen de PCD, será convalidada con la nota correspondiente del curso. El Suboficial que se encuentre realizando curso de especialización o capacitación en II.MM., del extranjero, queda exento de elaborar y defender trabajo de investigación u otro dispuesto por el COMANGRALFAB, debiendo ser convalidadas las notas obtenidas en el curso correspondiente. Las calificaciones sobresalientes obtenidas en el PCD, Trabajos de Investigación u otros dispuestos por el COMANGRALFAB tendrán el siguiente puntaje: Nº 1 2 3
CALIFICACION Aprobado por Excelencia (95 a 100%) Aprobado con Honores (90 a 94.55%) Aprobado Plenamente (80 a 89.55%)
52-81
PUNTAJE 8 6 4
El promedio final se calcula: PF = Np Donde: PF (T) Np (T) 10 puntos. 2.
= Promedio Final TI. = Promedio TI. = Coeficiente de conversión de calificación a
ABANDERADOS Y ESCOLTAS Los Sres. Suboficiales o Sargentos distinguidos como Abanderados o Escoltas nombrados por Orden del Día o Memorándum; serán reconocidos con el puntaje correspondiente tanto del Estandarte de Nacional como de la Bandera de Guerra, de acuerdo al siguiente detalle: a.
Abanderado del Estandarte Nacional y Bandera de Guerra Nº 1 2 3
b.
REPARTICIÓN MILITAR Estandarte Nacional (EPTA) Bandera de Guerra (EPTA) Bandera de Guerra (GADAs)
PUNTAJE 10 8 6
Escoltas del Estandarte Nacional Nº 1 2 3 4 5
REPARTICIÓN MILITAR Fuerzas Armadas Fuerza Aérea Boliviana Instituto Militar (EPTA) Brigada Aérea Pequeña Unidad 53-81
PUNTAJE 8 8 6 6 4
c.
Escoltas de la Bandera de Guerra No. 1 2 3 4 5
3.
INSTITUCIÓN Fuerza Armadas Fuerza Aérea Boliviana GG.UU. e II.MM. Direcciones y Gerencias Pequeña Unidad
PUNTAJE 6 6 5 4 4
HORAS DE VUELO Para la asignación de puntaje se considerarán las horas de vuelo en aeronaves de la FAB., en las funciones de Evaluador, Instructor, Ingeniero de Vuelo, Técnico de Abordo y Maestro de Carga; certificadas por el Departamento III-Operaciones EMGFAB.
CATEGORÍA Evaluador de Ingeniero de Vuelo, Técnico de Abordo y Maestro de Carga Instructor de Ingeniero de Vuelo Técnico de Abordo y Maestro de Carga Ingeniero de Vuelo Maestro de Carga Técnico de Abordo
AERONAVE ALA FIJA- ROTATIVA
PUNTAJE
Por cada 50 horas de vuelo en el grado
8
Por cada 100 horas de vuelo en el grado
6
Por cada 200 horas de vuelo en el grado Por cada 200 horas de vuelo en el grado Por cada 200 horas de vuelo en el grado
5 4 2
NOTA.- El COMANGRALFAB podrá modificar el presente cuadro de horas de vuelo mediante una disposición, en función del material aéreo disponible en la Institución. 54-81
4.
REVISTAS MILITARES Se otorgará el siguiente puntaje al personal destinado como Instructor Militar en el POLMILAE., GADAs o PP.UU. Puntaje por cada revista en la gestión: 1 Punto
5.
DOCENCIA ACADEMICA MILITAR a. Diploma de Docente Militar Las categorías serán otorgadas de acuerdo a disposiciones vigentes y se asignará el puntaje correspondiente a las obtenidas en el grado y por única vez: Nº
CATEGORIA
PUNTAJE
1
Primera
6
2
Segunda
4
3
Tercera
2
b. Horas de Docencia Militar Al Sr. Suboficial del Escalafón de Armas, que cumpla las funciones de docente académico en II.MM.; de acuerdo a las horas académicas dictadas en cada grado, se le asignará el siguiente puntaje: INSTITUTO POLMILAE
EPTA
EIFAB
100 horas 300 horas 500 horas 100 horas 200 horas 300 horas 300 horas 500 horas 700 horas 55-81
PUNTAJE 2,0 3,0 4,0 2,5 3,5 4,5 1,0 2,0 3,0
NOTA.- La calificación de las horas dictadas, deberá ser certificada por los Comandantes de los II.MM. de la FAB ante el Departamento V-Educación EMGFAB mediante la respectiva certificación de horas dictadas, previo requisito de contar con el Diploma de Profesorado Militar. 6.
MIEMBRO COMPONENTE DE TRIBUNAL Se calificarán hasta tres (3) designaciones por año, al Suboficial o Sargento designado por Orden del Día o firmado por el Señor Comandante General de la Fuerza Aérea y el puntaje será el siguiente: Nº 1 2 3 4 5 6
7.
DESIGNACIÓN Defensa de Trabajo Investigación Evaluador de Ascenso
PUNTAJE de
Junta Investigación de Accidentes Aeronáuticos Asesor Jurídico de Dictámenes Comisión Técnica, Económica, de Evaluación, Fiscal y Supervisión Secretario de Juez Sumariante
5 5 5 5 5 3
ORDEN DE MERITO EN ASCENSO DE GRADO O EGRESO DE II.MM. Recibirán puntaje los Suboficiales o Sargentos que ocupen los cinco (5) primeros puestos en la promoción de egreso del Instituto Militar (POLMILAE, EPTA) y en el ascenso de grado respectivo, con el siguiente puntaje:
56-81
Nº 1 2 3 4 5
Nº 1 8.
ORDEN DE MÉRITO Primero Segundo Tercero Cuarto Quinto
PUNTAJE 10 8 6 4 2
EGRESADOS DE INSTITUTO DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR Egresado
PUNTAJE
6
PLAQUETA DE HONOR DEL COMANGRALFAB Otorgada mediante Orden del Día del Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, a Sres. Suboficiales que desempeñen funciones de Jefe de Mantenimiento o similares y Suboficiales de Comando.
9.
PLAQUETA
PUNTAJE
Plaqueta de Honor COMANGRALFAB
8
PLAQUETA AL GRADUADO DE HONOR Otorgada mediante Orden del Día del Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana. No. 1 2 3
PLAQUETA Plaqueta de Honor COMANGRALFAB Plaqueta de Honor JEMGRALFAB Plaqueta de Honor Suboficial de Comando FAB
57-81
PUNTAJE 8 5 3
10. DIPLOMAS DE HONOR Otorgado por Orden del Día y tendrán validez sólo para el personal orgánicamente dependiente. Se asignará puntaje al Diploma de Honor otorgado por la misma Autoridad, una en cada gestión: Nº 1 2 3 4
DIPLOMA Comando General de la FAB Comando de GG.UU., Comando Conjunto, FTC e II.MM. Direcciones y Gerencias Generales
PUNTAJE 5
Comando PP.UU.
3 2 2
11. FELICITACIONES Se calificarán doce (12) felicitaciones por grado, que provengan de las siguientes autoridades: Conjunto A a) b) c) d) e)
Comandante General de la Fuerza Aérea Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Inspector General de la Fuerza Aérea Jefes de Departamento EMGFAB Suboficial de Comando de la FAB
Conjunto B a) b) c) d)
Comandante de GG.UU., II.MM., CC.CC. y F.T.C. Suboficial de Comando GG.UU. e II.MM. Directores y Gerentes Generales Comandante de PP.UU. (GA, GADA, FTA, SMA, EIFAB, UEFAB, SAA. y RR.MM.). e) Suboficial de Comando de PP.UU. (GA, GADA, FTA, SMA, EIFAB, UEFAB, SAA) f) Jefe de Mantenimiento o equivalente de Unidades Operativas 58-81
NOTA.- Las felicitaciones en este conjunto sólo tendrán validez para el personal orgánicamente dependiente de la autoridad que otorga la misma. Conjunto C a) b) c) d)
Capitán General de las FF.AA. Ministro de Defensa Comandante en Jefe de las FF.AA. Suboficial de Comando del Comando COMANJEFE.
En todos los casos se calificarán dos (2) felicitaciones por año, cuando provengan de la misma Autoridad y sean otorgadas mediante.
-
Orden del día Oficio Memorándum
NOTA: Las felicitaciones otorgadas por autoridades interinas o accidentales (a.i. y ACC.), NO tendrán validez. Tendrán carácter acumulativo las otorgadas en el grado, asignándole el siguiente puntaje:
Conjunto A Nº 1 2 3 4 5
FELICITACIONES Comandante General FAB Jefe de Estado Mayor General FAB Inspector General de la FAB Jefe de Departamento EMGFAB Suboficial de Comando de la FAB
59-81
PUNTAJE 1 1 1 1 1
Conjunto B Nº
FELICITACIONES
PUNTAJE
1
Comandante de GG.UU., II.MM., FTC y CC.CC. Suboficial de Comando de GG.UU. e II.MM. Directores y Gerentes Generales Comandante de PP.UU. Suboficial de Comando de PP.UU. Jefe de Mantenimiento
1
2 3 4 5 6
1 1 1 1 1
Conjunto C Nº
FELICITACIONES
PUNTAJE
1 2 3
Capitán General de las FFAA 1 Ministro de Defensa 1 Comandante en Jefe FF.AA. 1 Suboficial de Comando del 4 1 COMANJEFE NOTA.- La asignación de puntaje para las felicitaciones tiene un solo valor para cualquier Autoridad, se computan solo dos niveles arriba; ejemplo: Al 2do. Comandante lo felicita el Comandante de PP.UU. o GG.UU. 12. CONDECORACIONES a.
CONSTANCIA MILITAR Sólo será concedida por años continuos de servicio, asignándole el siguiente puntaje: Nº 1 2 3
CONSTANCIA MILITAR Primera Clase Segunda Clase Tercera Clase
60-81
PUNTAJE 12 10 8
13. CÁLCULO DEL PROFESIONAL
3ER.
GRUPO
DESEMPEÑO
Para obtener el valor final del 3er. Grupo Desempeño Profesional, se calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos ponderados (méritos) menos los puntos negativos sin ponderar (deméritos), de la siguiente manera: a. Puntos positivos ponderados o Méritos (Mp). Para obtener el puntaje de méritos ponderados (Mp), se obtiene el factor de ponderación (F) mediante la división de 30 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo de méritos obtenidos (PMáxM). F = 30 / PMáxM El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje de méritos de cada Suboficial o Sargento evaluado (PMi), determinará los méritos individuales ponderados (Mp). Mp = F x PMi b. Puntos negativos sin ponderar o Deméritos (D). Para obtener el puntaje de los deméritos, se realiza la sumatoria aritmética del total de los puntos negativos o deméritos obtenidos por el evaluado en el grado (D). c. Calculo final Se aplicará la siguiente fórmula: Dp = Mp – D Donde: - Dp - Mp - D
= = =
Desempeño profesional Méritos ponderados Deméritos 61-81
D.
FOJAS DE CONCEPTO (5%) Queda establecido que es obligación de los Sres. Comandantes de GG.UU., II.MM. y PP.UU, Directores y Gerentes, incluyendo RR.MM.; enviar cada año al Departamento I-Personal EMGFAB las Fojas de Concepto del personal dependiente, debidamente calificadas, firmadas y selladas, siendo responsables por cualquier perdida; asimismo el Suboficial o Sargento calificado deberá contar con una copia fotostática de la misma para su constancia en el momento de su evaluación. La pérdida comprobada de Fojas de Concepto estará sujeta a sanción correspondiente de acuerdo a Reglamento. Los Tribunales (TEA o TPFAB) se reservan el derecho de verificar la autenticidad de toda la calificación plasmada en cada Foja de Concepto de acuerdo a las normas. Todos los documentos otorgados por la superioridad (méritos y deméritos) deberán ser registrados en la Foja de Concepto de la gestión correspondiente por el Jefe de Personal de cada Unidad. El puntaje final de Fojas de Concepto se calculará de la siguiente manera: Pfg
=
Fc (f1 + f2 + f3 + f4 + f5) Ag
Nfc = Donde:
Pfg x 5%
Pfg Fc Ag Nfc
Promedio de Fojas en el grado Fojas de Concepto Años del grado Nota por Fojas de Concepto
= = = =
Las Fojas de Concepto evaluaran el promedio total del desempeño profesional del Suboficial y Sargento durante la gestión, en la cual la tercera calificación corresponde al Suboficial de Comando; esta es el producto del promedio de las calificaciones obtenidas periódicamente a través de la Calificación Individual de Desempeño 62-81
Profesional del Suboficial o Sargento en la cual deberá tomarse en cuenta el Formulario de Evaluación del Adiestramiento del Suboficial y Sargento en su Especialidad. En caso de no existir la Foja de Concepto de uno o dos años por comisión en el extranjero se le calificara el promedio de las fojas existentes, asimismo en caso de que falten Fojas de Concepto al personal que se encuentre en el país, se calificara la nota de 30 puntos en la foja faltante. E. 5TO GRUPO – EXÁMEN FISICO MILITAR (5%) El proceso de evaluación del Examen Físico Militar del personal convocado a ascenso, será planificado, desarrollado y evaluado por el Departamento III-Operaciones, en coordinación con la Dirección General de Entrenamiento Físico Deportivo. F. 6TO. GRUPO – APRECIACIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB Y TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO TPFAB - TEA (10%) Este grupo tiene un valor de 10% de puntaje positivo. 1.
TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB (TPFAB). La calificación por parte del TPFAB para Suboficiales convocados para ascenso a los grados de Suboficial Mayor y Suboficial Maestre, seguirá el siguiente procedimiento: a.
Los miembros del TPFAB: Presidente, Vicepresidente y los (7) siete vocales, asignarán individualmente un puntaje numérico entre 1 a 100 de cada Suboficial convocado, considerando los siguientes parámetros: 1) 2)
b.
Aspectos positivos y negativos del Suboficial calificado. Apreciación personal del Tribunal, sobre el Suboficial calificado.
Eliminar los puntajes extremos (máximo y mínimo) otorgados por los miembros del TPFAB y de las calificaciones restantes, obtener el promedio respectivo. 63-81
c. d.
2.
El promedio final ponderado (10%) será registrado por el Tribunal en la casilla correspondiente de la HICA. La calificación mínima de aprobación para este grupo (6to. Grupo APRECIACIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DE LA FAB) será de 70%, los Suboficiales y Sargentos que no alcanzaran la nota mínima, no serán promovidos al grado inmediato superior.
TRIBUNAL EVALUADOR DE ASCENSO (TEA) La calificación del Tribunal Evaluador de Ascenso TEA, para Suboficiales y Sargentos convocados a ascenso hasta el grado de Suboficial Primero, seguirá el siguiente procedimiento: a.
Los miembros del TEA, Presidente y dos o más vocales, asignarán individualmente un puntaje numérico entre 1 a 100, considerando los siguientes parámetros: 1) Aspectos positivos y negativos del Suboficial o Sargento calificado. 2) Apreciación personal del Tribunal, sobre el Suboficial o Sargento calificado.
b.
El promedio final ponderado (10%), será registrado por el Tribunal en la casilla correspondiente de la HICA.
64-81
CAPÍTULO VI PROCEDIMIENTOS DE CÁLCULO PARA LA EVALUACIÓN DE ASCENSO Artículo 26º (Procedimiento General de Cálculo) Los valores numéricos (puntaje) provenientes de los documentos presentados por el Suboficial o Sargento convocado, de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento, se asentarán en cada una de las casillas de los seis (6) grupos de evaluación de la HICA. - Por una simple suma aritmética, se obtendrá el puntaje final de la HICA. - Los puntajes subtotales de la HICA, deberán ser transcritos al CECA. El procedimiento de evaluación a seguir en el CECA, para cada uno de los grupos, es el siguiente: A. GRUPO FORMACIÓN PROFESIONAL (25%) Para obtener el valor final del 1er. Grupo Formación Profesional, se calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos ponderados (méritos) menos los puntos negativos sin ponderar (deméritos), de la siguiente manera: 1. Puntos positivos ponderados o Méritos (Mp). Para obtener el puntaje de méritos ponderados (Mp), se obtiene el factor de ponderación (F) mediante la división de 25 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo de méritos obtenidos (PMáxM). F = 25 / PMáxM El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje de méritos de cada Suboficial evaluado (PMi), determinará los méritos individuales ponderados (Mp). Mp = F x PMi
65-81
2. Puntos negativos sin ponderar o Deméritos (D). Para obtener el puntaje de los deméritos, se realiza la sumatoria aritmética del total de los puntos negativos o Deméritos obtenidos por el evaluado en el grado (D). 3. Cálculo final Se aplicará la siguiente fórmula: FP = Mp - D Dónde: FP = Formación profesional Mp = Méritos ponderados D = Demérito Ejemplo: 1ER. GRUPO FORMACIÓN PROFESIONAL (25 %) PUNTAJE PORCENTAJE SUBFACTOR Mp -D No FINAL (R) TOTAL 1 83 0,269 22,33 1 21,33 2 92 0,269 24,75 3 21,75 3 85 0,269 22,87 6 16,87 4 80 0,269 21,52 0 21,52 5 81 0,269 21,79 0 21,79 6 91 0,269 24,48 1 23,48 7 93 0,269 25,00 9 16,00 8 79 0,269 21,25 2 19,25 9 88 0,269 23,68 3 20,68 NOTA.- El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el porcentaje de grupo (25%) 25 dividido entre el máximo puntaje obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 7 con 93 puntos), obteniéndose el factor de grupo RP1 0,269; donde 93 equivale al 100% de grupo que pondera al 25% del puntaje calificado en RP1. Luego se restan los deméritos obtenidos por cada Suboficial, determinando el Resultado Parcial 1 (RP1) del grupo Formación Profesional. 66-81
B. GRUPO DESTINOS Y CARGOS (25%) Para determinar el puntaje Parcial del 2do. Grupo Destinos y Cargos (RP2), se obtiene el factor de ponderación (F) mediante la división de 25 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo obtenido (PMaxFP). F=
25 / PMaxFP
El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje individual de cada Suboficial y Sargento evaluado (FPi), determinará el valor del porcentaje final del Grupo Destinos y Cargos (RP2). RP2 = FxFPi Ejemplo: 2DO. GRUPO DESTINOS Y CARGOS (25 %) Nº
PUNTAJE SUBPORCENTAJE FACTOR TOTAL FINAL (R) 1 35 0,610 21,35 0,610 2 33 20,13 0,610 3 36 21,96 0,610 4 29 17,69 0,610 5 41 25,00 0,610 6 37 22,57 0,610 7 32 19,52 0,610 8 31 18,91 NOTA.- El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el porcentaje de grupo (25%) 25 dividido entre el máximo puntaje obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 5 con 41 puntos), obteniendo el factor de grupo RP2 (0,610); donde 41 equivale al 100% de grupo que pondera al 25% del puntaje calificado en RP2. Determinando el Resulto Parcial (RP2) del Grupo Destinos y Cargos. C. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL (30%) Para obtener el valor final del 3er. Grupo Desempeño Profesional, se calculará la diferencia aritmética de los puntos positivos ponderados (méritos) menos los puntos negativos sin ponderar (deméritos), de la siguiente manera: 67-81
1. Puntos positivos ponderados o Méritos (Mp). Para obtener el puntaje de méritos ponderados (Mp), se obtiene el factor de ponderación (F) mediante la división de 30 (porcentaje de grupo) entre el Puntaje Máximo de méritos obtenidos (PMáxM). F = 30 / PMáxM El factor de ponderación (F) obtenido, multiplicado por el puntaje de méritos de cada Oficial evaluado (PMi), determinará los méritos individuales ponderados (Mp). Mp = F x PMi 2. Puntos negativos sin ponderar o Deméritos (D). Para obtener el puntaje de los deméritos, se realiza la sumatoria aritmética del total de los puntos negativos o Deméritos obtenidos por el evaluado en el grado (D). 3. Cálculo final Se aplicará la siguiente fórmula: DP = Mp – D Dónde: DP Mp D
= = =
Desempeño profesional Méritos ponderados Deméritos.
Ejemplo:
68-81
3ER. GRUPO DESEMPEÑO PROFESIONAL (30 %) Nº
PUNTAJE SUB-TOTAL FACTOR
Mp
-D
PORCENTAJE FINAL
1
130
0,192
24,96
5
19,96
2
129
0,192
24,77
8
16,77
3
144
0,192
27,64
6
21,64
4
142
0,192
27,26
0
27,26
5
133
0,192
25,54
7
18,54
6
121
0,192
23,23
1
22,23
7
156
0,192
30,00
9
21,00
8
139
0,192
26,69
2
24,69
9
110
0,192
21,12
3
18,12
NOTA .- El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el porcentaje de grupo (30%) 30 dividido entre el máximo puntaje obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 7 con 156 puntos), obteniéndose el factor de grupo RP3 0,192; donde 156 equivale al 100% de grupo que pondera al 30% del puntaje calificado en RP3. Luego se restan los deméritos obtenidos por cada Suboficial, determinando el Resultado Parcial 3 (RP3) del grupo Desempeño Profesional. D. GRUPO FOJAS DE CONCEPTO (5%) El cálculo del puntaje final de fojas de concepto se calculará de la siguiente manera: Pfg = Nfc = Dónde: Pfg = Fc = Ag = Nfc =
Fc (f1 + f2 + f3 + f4 + f5) Ag Pfg x 5% = Promedio Total Fojas de Concepto Promedio de fojas en el grado Fojas de concepto Años del grado Nota por fojas de concepto 69-81
E. GRUPO EXÁMEN FÍSICO MILITAR (5%) El proceso de evaluación del Examen Físico Militar del personal convocado a ascenso, será desarrollado y evaluado por el Departamento III-Operaciones, en coordinación con la Dirección General de Entrenamiento Físico Deportivo. F. GRUPO APRECIACIÓN DEL TPFAB (10%) 1. En la casilla de este grupo, se procederá al registro del puntaje asignado por el TPFAB, luego, se obtendrá el coeficiente del 6to. Grupo, que consiste en la división de 10 (10% valor del 6to. Grupo Apreciación del TPFAB o TEA) entre el puntaje mayor obtenido de los subtotales correspondientes a este grupo. El coeficiente obtenido, permite por simple multiplicación con las notas individuales acumuladas, la obtención del porcentaje final. Ejemplo: 6TO. GRUPO APRECIACIÓN DEL TEA Y TPFAB (10%) o PUNTAJE SUB N TOTAL DEL FACTOR PORCENTAJE FINAL GRUPO 1 8 1,11 8,88 2 7 1,11 7,77 3 6 1,11 6,66 4 9 1,11 10,00 5 7 1,11 7,77 6 4 1,11 4,44 7 8 1,11 8,88 8 7 1,11 7,77 NOTA.- El factor de ponderación del grupo se obtiene, considerando el porcentaje de grupo (10%) 10 dividido entre el máximo puntaje obtenido en la promoción (en el ejemplo el evaluado No. 4 con 9 puntos), obteniéndose el factor de grupo RP6 1,111; donde 9 equivale al 100% del grupo que pondera al 10% del puntaje calificado en RP6. Determinando el Resultado Parcial 6 (RP6) del grupo Apreciación del Tribunal.
70-81
G. TOTAL EN EL GRADO Para obtener el valor total en el grado se realizará la suma aritmética de resultados parciales de los seis grupos (Formación Profesional, Destinos y Cargos, Desempeño Profesional, Fojas de Concepto, Examen Físico Militar y Apreciación del TPFAB), de la siguiente manera: TOTAL GRADO = RP1 + RP2 + RP3 + RP4 +RP5 +RP6 H. CÁLCULO FINAL EN EL CECA 1. CUADRO PATRÓN PARA CÁLCULO FINAL Se obtendrá de la división del 100% entre el número de grados de Sargento Primero a Suboficial Maestre, que son siete (7), lo que resultará en una constante de 14,285, por redondeo será de 14% hasta el grado de Suboficial Inicial; sin embargo, por la responsabilidad ejercida y años de permanencia, se reducirá el valor de la constante a 12% para los ascensos, desde el grado de Suboficial Segundo hasta Suboficial Maestre, en el cual se revisará toda la carrera, obteniendo el porcentaje final del CECA NPA, el valor de la HICA NPE será el complemento para alcanzar la suma total del 100%. Ejemplo:
GRADO Sargento 2do. Sargento 1ro. Suboficial Inc. Suboficial 2do. Suboficial 1ro. Suboficial My. Suboficial Mtre.
PORCENTAJE ÚLTIMO HICA CECA (NPE) NPA 100 % 14% 86 % 28% 72 %
TOTAL 100 % 100 % 100 %
40 %
60 %
100 %
52 % 64 %
48 % 36 %
100 % 100 %
76 %
24%
100%
71-81
2. NOTA PARCIAL EVALUADA (NPE) El Suboficial o Sargento que repruebe en el RP6, no se aplicará la suma aritmética de los otros resultados parciales. A los Suboficiales o Sargentos que aprueben, una vez obtenidos los resultados parciales: RP1, RP2, RP3, RP4, RP5 y RP6, se procederá a la suma aritmética de los mismos, para cada uno de los convocados, obteniéndose la sumatoria de resultados parciales (ΣRPs), asentando en la casilla correspondiente del CECA. En el CUADRO PATRÓN, se obtendrá el porcentaje que corresponda al grado que se está calificando y se asienta en la casilla HICA DEL GRADO, para encontrar el valor porcentual de la nota NPE, se dividirá el porcentaje HICA DEL GRADO entre el mayor puntaje de la ΣRPs, obteniéndose el coeficiente de referencia. Se obtendrá las NPE multiplicando el coeficiente por cada ΣRPs, y se asentará en la casilla correspondiente. Ejemplo:
Nº
ASCENSO DE SGTO. 1RO. AL GRADO DE SOF. INC. (72%) ΣRPs
COEFICIENTE
NPE
1
79,99
0,857
68,55
2
75,31
0,857
64,54
3
80,19
0,857
68,72
4
82,97
0,857
71,10
5
83,99
0,857
72,00
6
81,87
0,857
70,16
7
77,61
0,857
66,51
8
70,15
0,857
60,12
9
69,28
0,857
59,37
72-81
NOTA.- El valor obtenido de 72% del CUADRO PATRÓN, casilla HICA DEL GRADO), se divide entre la mayor ΣRPs 83,99, obteniéndose un coeficiente de referencia de 0,857; multiplicando por las notas individuales, se obtiene las NPE. 3. NOTA PARCIAL ACUMULADA (NPA) La nota final de ascenso de los Suboficiales o Sargentos evaluados se obtendrá del promedio acumulado del último CECA. del CUADRO PATRÓN, se obtendrá el porcentaje que corresponda al grado que se está calificando y asentará en la casilla CECA EVALUADO. Para encontrar el valor porcentual de la nota NPA, se dividirá, el porcentaje CECA EVALUADO entre el mayor puntaje del ÚLTIMO CECA, obteniéndose el coeficiente de referencia. Por simple multiplicación del coeficiente por cada ÚLTIMO CECA, se obtendrán las NPA y asentarán en la casilla correspondiente. Ejemplo:
Nº
ASCENSO DE SGTO. 1RO A GRADO DE SOF. INC (28%) CECA PARA SGTO. COEFICIENTE NPA 1RO.
1
72,45
0,386
28,00
2
72,30
0,386
27,90
3
70,97
0,386
27,39
4
69,35
0,386
26,76
5
68,00
0,386
26,24
6
67,99
0,386
26,24
7
65,05
0,386
25,10
8
63,12
0,386
24,36
9
61,00
0,386
23,55
73-81
NOTA.- El valor obtenido de 28% del CUADRO PATRÓN, casilla CECA ACUMULADO) se dividirá entre la mayor nota del ÚLTIMO CECA 72,45, obteniéndose un coeficiente de referencia de 0,386; que por simple multiplicación por las notas individuales, se obtendrá las NPa. 4. NOTA FINAL Y ORDEN DE MÉRITO La nota final de ascenso al grado inmediato superior, se obtendrá con una suma aritmética de la NPE más la NPA, asentando en la casilla NOTA DE ASCENSO, Sumatoria de Notas Parciales (ΣNPs). Ejemplo:
Nº
NOTA FINAL DE ASCENSO AL GRADO DE SOF. INC. (28% + 72%) ORDEN NOTA DE ASCENSO NPA NPE DE ΣNPs MÉRITO
1
28,00
68,57
96,57
04/09
2
27,94
64,56
92,50
06/09
3
27,43
68,74
96,17
05/09
4
26,80
71,13
97,93
02/09
5
26,28
72,00
98,28
01/09
6
26,28
70,18
96,46
03/09
7
25,14
66,53
91,67
07/09
8
24,39
60,14
84,53
08/09
9
23,57
59,39
82,96
09/09
NOTA.- El orden de mérito, se obtendrá por la clasificación con referencia a la nota mayor y en forma descendente, registrando en el CECA evaluado y asentando en la casilla ORDEN DE MÉRITO.
74-81
CAPÍTULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS EN LA EVALUACIÓN PARA ASCENSO DE SUBOFICIALES Y SARGENTOS Artículo 27º (Calificación del CECA, TPFAB y TEA) En la evaluación de los Suboficiales y Sargentos convocados, desde el grado de Sargento Segundo hasta el grado de Suboficial Maestre, se tomará en cuenta el último CECA en original con firmas del TPFAB y TEA, proporcionado por el Departamento I-Personal EMGFAB. Artículo 28º (Puntaje de Deméritos) Los Deméritos se tomarán en cuenta solamente, para el grado en que fueron impuestos. Artículo 29º (Reprobación del Trabajo de Investigación y AET) El Suboficial o Sargento que repruebe el trabajo de investigación o AET en su primera convocatoria, será postergado un año en su ascenso y pasará a la promoción siguiente como último en el orden de mérito. En la segunda convocatoria, deberá obtener la calificación de APROBADO, convalidándosele la nota obtenida en la primera instancia para efectos de cómputo. Artículo 30º (Consideraciones para el Personal en Tratamiento Médico en el País o el Extranjero) El Suboficial o Sargento que se encuentre en tratamiento médico en el país o en el extranjero a la fecha de su convocatoria, será evaluado de manera similar al resto de su promoción, siempre y cuando se encuentre en la Letra “D” de Disponibilidad del Artículo 85º de la LOFA 1405. En caso de permanecer más tiempo de lo establecido por la LOFA LM– 1405 en la Letra “D” de disponibilidad por enfermedad, el caso deberá pasar al Tribunal de la Fuerza Aérea Boliviana previo informes respectivos para determinar la situación militar específico. Por lo que no 75-81
necesariamente será considerado en el Artículo 114º de la LOFA LM– 1405. Artículo 31º (Homologación EMI por el Curso de AET y PCD) Al Suboficial o Sargento alumno de la EMI u otro similar se le homologarán sus calificaciones del AET y PCD de acuerdo al siguiente procedimiento. A. CONVERSIÓN DE NOTAS DE LA ESCUELA MILITAR DE INGENIERÍA El Comando General de la Fuerza Aérea a través del Departamento VEducación EMGFAB, evalúa las notas de Trabajos de Investigación y exámenes de ascenso en la escala de 1 a 100 con una nota mínima de aprobación del 51%. La Escuela Militar de Ingeniería para la calificación de sus exámenes, evalúa las notas en la escala de 1 a 10 con una nota mínima de aprobación de 5,1 puntos. A fin de compatibilizar las dos escalas referidas, es necesario aplicar una fórmula según: EMI: 0 --------- 5,1 ----------- 10 Diferencia A: 10 - 5,1 = 4,9
CMDO FAB (Dpto. - V): 0 --------- 51 ----------- 100 Diferencia B1: 100 - 51 = 49 Determinación de la constante: Cte = 25 = 5,9183674 La fórmula a emplear será la siguiente: Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 100 - (10 - Nota EMI) * constante Ejemplo 1: 76-81
Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 100 - (10 - 5,1) x 5,9183674 = 100 - 4,9 x 5,9183674 = 100 - 29 Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 71 Ejemplo 2: Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 100 - (10 - 7,0) x 5,9183674 = 100 - 3 x 5,9183674 = 100 - 17,75 Nota Cmdo. FAB Dpto. V = 82,25 En caso de reprobar en la segunda convocatoria, se sujetará al Art. 11 Inc. b) parágrafo tercero o al Art. 13 Inc. a) parágrafo segundo del reglamento CJ-RGA-208, en el término de diez días hábiles impostergablemente una vez que el Tribunal haya emitido la Resolución de Ascenso, caso contrario se aplicará lo establecido en el Artículo 96° del Capítulo IV, Título III de la LOFA LM –1405. Artículo 32º (Homologación del Curso AET y PCD con Cursos Realizados en el Extranjero) Al Suboficial o Sargento que se encuentre realizando Curso de Capacitación o Especialización en un Instituto Militar del Extranjero, por un periodo mayor de seis meses, el Departamento V-Educación EMGFAB homologará las notas obtenidas de dicho curso para el AET y el PCD, de acuerdo a normas vigentes. Artículo 33º (Notas Mínimas de Aprobación) No será promovido al grado inmediato superior el Suboficial o Sargento que:
77-81
A. REPRUEBE EN EL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Nº
B.
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
NOTA MÍNIMA
1
Tesina
70 %
2
Trabajos de Investigación de Especialidad
70 %
3
Monografía
70 %
REPRUEBE EN EL AET (GRADOS DE SARGENTO INICIAL A SARGENTO PRIMERO) Nº 1
ADIESTRAMIENTO EN EL TRABAJO Adiestramiento en el trabajo (AET)
NOTA MINIMA 70 %
Artículo 34º (Procedimiento para la Calificación de Notas del AET) La calificación de AET será el promedio de los 3 años para el grado de Sargento Inicial; 3 y 4 años para los grados de Sargento Segundo y Sargento Primero. Las calificaciones que no existan, debido a la falta de examen en el tiempo previsto por el Departamento V-Educación EMGFAB y no esté debidamente justificada por el Comandante de la Unidad a la que pertenece; no será tomada en cuenta, debiéndose ser promediada del total de notas obtenidas en el grado. Artículo 35º (Justificación de Exámenes no Rendidos) El Sargento que por motivos de necesidades del Servicio debidamente justificadas por el Comandante de la Unidad, no hubiera rendido el examen previsto por el Departamento V-Educación EMGFAB., deberá solicitar ante el Jefe del Departamento V-Educación EMGFAB, regularizar su situación solo por una única vez durante el grado el mismo que deberá ser realizado en un plazo no mayor a 2 meses.
78-81
Artículo 36º (Restricción para la Homologación de Diploma DESA) El Suboficial o Sargento con especialidad de Técnico Superior del Sistema Universitario, no podrá homologar su Diploma por DESA, de acuerdo a la reglamentación vigente. Artículo 37º (Consideraciones Particulares para el Personal Auxiliar y No Diplomado) El Suboficial AESA o Sargento No Diplomado, podrá ser convocado, para ascenso hasta el grado de Suboficial Mayor, de acuerdo a su antigüedad y con Resolución de TPFAB o TEA, en precedencia sujeto al Artículo 7º del presente reglamento. Artículo 38º (Consideraciones Particulares para el Personal Egresado del POLMILAE) Los cursos realizados durante la etapa de formación (POLMILAE o similares en el exterior), como las condecoraciones recibidas de las representaciones extranjeras en el acto de egreso como Sargento Inicial, no serán válidas para fines de puntaje en este Reglamento de Evaluación Curricular. El POLMILAE mediante Resolución académica y dando cumplimiento a su Reglamento de Evaluación y en coordinación con el Departamento VEducación EMGFAB, asignará el orden de mérito que le corresponda al alumno becado, que retorne, con nota de aprobación del instituto militar extranjero para el ascenso al grado de Sargento Inicial. Los Alumnos becados que hayan sido separados de los Institutos Extranjeros por causas Académicas y/o Disciplinarias, mediante Resolución del Consejo Académico del POLMILAE, serán dados de baja sin derecho a reincorporación.
79-81
CAPITULO VIII REQUISITOS PARA OTORGAR BREVETS, DIPLOMAS Y DESIGNAR CARGOS Artículo 39º (Requisitos para otorgar Brevets y Diplomas) A.
B.
C.
D.
Brevet de Técnico Aeronáutico.- Aprobar el Programa de Adiestramiento Teórico - Práctico para Sargentos Iniciales Alumnos Técnicos en Unidades Operativas y aprobar el Curso de Inglés en la Escuela de Idiomas (EIFAB). Brevet de Defensa Aérea.- Aprobar los Cursos de: Administración de la Instrucción, Paracaidismo, Policía Militar, Tirador de Elite y Operaciones de Selva, en los GADAS “91”, “92”, “93” y “94”. Diploma de Inspector Operativo.- Aprobar el Curso de Inspección Técnica en la Escuela de Perfeccionamiento Técnico Aeronáutico “EPTA”. Diploma de Supervisor Aeronáutico.- Aprobar el Curso de Supervisión Aeronáutica en la Escuela de Perfeccionamiento Técnico Aeronáutico (EPTA).
Artículo 40º (Requisitos para Designar Cargos) A.
B.
C.
Jefe de Sub Sección de Especialidad.- Ser diplomado de la Escuela de Supervisión Aeronáutica (EPTA) y haberse desempeñado como Técnico Especialista y Jefe de Grupo de Sub Sección de Taller o cargos equivalentes de acuerdo a la especialidad. Jefe de Sección Talleres, Adiestramiento, Línea de Vuelo, Control de Calidad y Mantenimiento.- Ser diplomado de la Escuela de Supervisión Aeronáutica (EPTA) y haber desempeñado las funciones de Jefe de Sub Sección de Taller o cargo equivalente de acuerdo a la especialidad. Jefe de Mantenimiento.- Ser diplomado de la Escuela de Supervisión Aeronáutica y haber desempeñado las funciones de Jefe de Talleres, Adiestramiento, Línea de Vuelo, Jefe de Control de Calidad o Control de Mantenimiento o cargos equivalentes y contar con diez (10) años de destino en Escuadrón Mantenimiento o similares de acuerdo a la especialidad, y a partir de la gestión 2019, deberá contar con quince (15) años de destino en Escuadrón de Mantenimiento o similares. 80-81
D.
E.
F.
Suboficial de Comando de PP.UU., Dirección de Mantenimiento o Gerencia General.- Ser diplomado de la Escuela de Supervisión Técnico Aeronáutico (EPTA) y haber desempeñado el cargo de Jefe de Mantenimiento o equivalente de acuerdo a la especialidad. Suboficial de Comando de Brigada Aérea e Instituto Militar (POLMILAE - EPTA).- Ser diplomado de la Escuela de Supervisión Técnico Aeronáutico (EPTA) y haber desempeñado el cargo de Suboficial de Comando de PP.UU., Dirección de Mantenimiento o Gerencia General; asimismo contar con dos (2) años de Frontera. Suboficial de Comando de la Fuerza Aérea.- Ser diplomado de la Escuela de Supervisión Técnico Aeronáutico (EPTA) y haber desempeñado el cargo de Suboficial de Comando de PP.UU., Dirección de Mantenimiento o Gerencia General y GG.UU. o II.MM.
81-81