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B/BL/OTECA
CANAL. IMPERIALJMARÍTIMO, ,
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IMPRENTA Y LIBRERIA QUE FUE" DE BUENO, C~ DEL CAQBN NUM. ~.
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La llllion
del Océano y el Mediterraneo ,ba_ sido 'oh.ieto 'del constant'e anhe-
y poderosos soberanos; el callal 1m perial de :A.ragon, el ,de Lallglledoc, manifiestan todo el deseo que animaba al Emperado r Carlos IV y á '~uis X[V, para proport:ionar á la -Europa y m :1S parti,cularmente á España '1 Francin una ventaja tan inmensa y ele tanta consideracion. Pero desde enwnces, estos canales q liedaron paralizadas; y' la agricultura, industria y comercio esca- seau y padecen por fa lta de tan inagotable fuente de prosper-iclad. , Eo t re las líneas mas direcl as de un mar á ot-t:O, asi en E?pJ ña como en Fra ncia, '~e eRClientra, que la de san Sebastia n á los Alfaques seri a la mas corta, teniendo de disbncia solo ochenta leguas de á ocho mil varas; (1) cL1al~clo la ele Rayona á ,Cette, ('el'Ca de Marsella, tiene noventa ,1 seis, 1 I:.l de Burd~os al mismo puerto ,de Cettc, noventa , Seg nn los traba jos hechos, el número de esclusas construidas ó qu_e deBen constfl~irse.lleg~IJ 376 entre San Sebastian y los Alfaqu~s, 374 en,tre Bayona y :Ceue ,! lsolo i 6,7 e-ntr,e Burdeos ,y Cette. ,(2') ]0 de los mas grandes
"Reales veIlon
Los 'gastos 80n-, á saber. :Para la primera de esl as líneas. ,Para la segunda. ,: . ~ Para la ' tcrce~a. . • • . : " " • ,. ' " : " . : ' . • " :Si .á cada una de estas suni,ás' le' aoal':1e la de J 44,ooo,oqo 1 reales ,que se ha emplead6 já é n la constrl1cion ae l ca,nal Imperial de Aragoi l , ó del ,canal de Languedoc, d gasto tot al para la línea será D e San Sebastian ,á los Alfaques. :De Ba.yona á Cette. . . . . -y de Burdeos á Cette. " v
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4° 0 ,oo.o,o.co ~. 2"'4,000,00.0
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'544,000;000 3 7 8,000,000 3o.Q,000,000
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La r1iferenéia nota'ble de 244,000,000 ' reales que se encuentra en el g::¡sto del ,canal de España J el de ,Fran,cia" nace de la mU,c ha elevRcion que tiene soble am' (1) U.ta Vara es 'igua1 á 835 Milímetl'os. · Dos val'as y una terce¡'a parte de Otl'lI Ó bien siete pies de Castilla son 'iguales á -una Toe" -sa 6 seis pies de P arís. ' (2) - Las esclusas del canalLde Aragoll 'r de ,su ,contíuuacion tendrán cada una 10 pies fl'an. ,ceses de c.<t id",. " ·-'LaE del 'canal de Bayona ' a Tol03a .~ 0 píes y 'm ~dio. ' , , ,-' Líls ¡lel callal de Burdeos á 'rolosa 'y -elel mismo ca;lal de Languedoc, de 6 á 9 pies.
6 has mares la cordillera ó ramificacion de los Pirineos que se ha de pasar, y en la' profundídarl de') pic's f.'J l1ceses o'e las ,a;gtl'aS: dd canal Imperial, mientras q~e en el de Languedoc no' cs' m,;s-q:ITede 6; (1)'. Sin embargo', á, pesar' del gasto' enerme del' canal' ele' Espnó-cl" la línea por la peninsula' es' m3'S H'mé1;:o~ a; la soh" que puede- satisfacer las, ex.igen~i-as-, de nn, gran cO~l'lercio" y darle tOd J5 b s cOlDodi'd ades posi-bles., KI c::ma l de Lang,'¡ edoc' hacrenclo pute integral de las' líneas, navegables d~ Hayona ó de' Burdeos á Cette, y su profull'di{lau de agua ,no siendt>, ésta mas que de s'e is pies, los pro)'ectos' concebidos bajo e.std di mensi.on no -permiten transitar mas que á los barcos ch'a tos' y no' á los buques ~Ie ql1ina-. ' Los géneros por esta' c!'H1sa, y pa'ra pasar de l1no á otro mar, debiendo ser des· cargadoS' y vnc l,tos' á car'ga,r á la entrada y sa>J'ida del canal" no- se po(;l"ian e.numer.ar fas' perjlli.cros que padecería' el comercia.~ deterioTacion y dr.minneion del vl1,lor -del ca-rgameflto, gastos ' de tmnsúordu de Jos bllques de quilla á los barcos chatos, y vice versa.; y sobre todo, pérdida de un tiempo muy apreciable, y que pOlo no ser determinado' para' los traficanres, exige á- amoos extremos del canal, edificros- roinosos, cuales son almacenes, cobertizos y talleres, adonde se puedan dep'o srtar las mercaderías" crúdarlas y repararIas~, Af contrari'O" el canal Imperiul d e AragoD', formando' igualmente parte del canar de unían del Océana al Mediterraneo,. da, por medio de su profundidad de nueve pies, toda facilidad para recibir en él buques, d e ochenta á eien toneladas de 'p orte,. i por consenoencra de abrir con él la mas estensa noea de navegaeion para pro-po'rcionar verdaderas ventajas y utilidades . al eomercÍo. (2)_ Bajo es~e ponto- de vista, la representacÍon ql1~ I~ corrrpaóuI de D. Felipe Goorad puso A. L. R. de ~. M., (Q. E. G • .E. el ,24- ge juFo- del año- próximo pasado, es oneva en su concepto, y d,e 1,a mayo~ ill1'pp-rtan~¡'a,. cons-ideranclo que el Canal Imper.,íal m p;riúma de ,E,spaña, ¿~f,wrk al' comercio ha<:er unas' mil le .. guas maB, y á consecuencia poner unos- quince días menos en eI viage d'e un puerto del Océano- septe ntrional á otro del Mediterranea, de ahorrar ochenta ~reales de veflon en el porte de cada tonelada,. y en fin, de no perder tiempo' esperaod() vientos fav orab)es en el esrrecho de Gibraltar,. y de est;¡r exento de los peligtea J. naufragios IJllmerOSOs que se encuentran ta n frecuentemente en aquel p,?nto. ' ¿ Quién puede ca lcular la inmensa inflnencia de esta comuni'cacion sobre et C~ mercio entre el norte y el metlio día,. que ya fl ega anu~TlJ1errte á mas,de 1 ,~oo"'oo
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(.) Las medidas empleadfls en Ja construccíon de las obras del canar ImperiaT,. asi como en su descripcion por el co.nde de Sástago impresa en Zaragoza año de 1796, son fr,a1lCesas, por esta razon' y para poder comparar mas facilmente- algunos datos, no se hace' usO' de' las medidas españolas. (!l) Las esclusas del canal de Ara'g on tíenen de ancno eU' SUS' puertas !lO píeS' rr'tncl'ses; de largo de puerta Á puerta 96 pies, y de profundidad de agua 9 p¡'es, lo mismo que' en el canal. Los bu'ques de quilla de 100 toneladas de- porte lien én de ancho 19 pies y 6' pulgadas.¡ de largo 76. pies y 6 pulgadas, y de caYa 8 pí'es y 8 pulgadas.
'7 ¡toneladas que se transportan en buques del porte medio de 80, Y cuando el tJ:á,fico solamente por tierra entr,e ,Espaóa y Francia es cada año poeo lIlas Ó menos .de í 05 ,00 0 toneladas , eu'yo valo.r sube ,á ;la .cr.,eóela .S.UOl.a :de ,c,e.r.c" O.e 2-,6 0 millo.nes de reales ó 65 ,millooes ·.d e francos.? .(J]. La compañia, desde .que se .convenció de la .importancia de {UO 'graoGldosa <~ .útil emptesa, no .ha .dcsc.uida.do .oad~ que pudj~ra ase,gurar . la posibilidad de su ejeclleion. ' La naturaleza que l1a .dotado .3. Espaóa .de ·sus 'mas preé.iosos fayor.es ., .Qfl,e,ce en el ,C"HSO dd E.bl'-ü, del ,Océano al Mediterraneo, la l,ínea ruasseoeiJla qne el canal pebe st'! guir.; sio .embargo ., .la !.Í.dea deatrav e1¡ar la pe.u.losula en .un espacio de 100 ,Ieg'uas., pr-inci pia ndoLen..el pue rto ,de Se! ntander " 'y .de :fomentar asi todas las .industr.ias sóbre una distan.cia mas grande, 00 .p.uede entrar eo pa.ralelo COll el ma'yor ioteres qu e üeoe el comercio europeo ,e.n ,que el- Gaoal de, .union de ambos I mares sea lo mas .cofto posiLlt!. . La linea .menos estenss de un mar á .c>tr.o, .de·be .partir de'l ·pue.rto ,oe '8. 'S ebas.tian .para ,u.nirse al Ebro;, con este . ol~jeto se han -reconocido las alturas ,ap';o.~i- · mad,.as .á ·Ios .diferentes puntos .donde .el .canal puede pasa r, y ·entre los .cuales .el ,dt! Ec'hegarate ha sido el mas ,opo.r.tuno ,como .uno de !los' ,menos ele vados ., no pareciendo su altura s"er ,mas ,que .de 3.2, toesas .ó de ].56 yaras sobn ,el .ni:vd ...del mar. - El Canah Imperial .nwr.ttimo dnacien<1o ,en ..el 'puer.to ,de :S. cSebas(Íap ., 'r :si:,Suiendo .la ,riber.a izqllietda ·de :la Antigua ó .rio Ul;umea basta Her.nani, ,entra.rá cerca '~ de Andoain en el valle del Or.ia ,para continuar .á '.lo .largo de ,su ,mar.,geo derecha ·y -elev'a~se á su .ci,ma pasando :por Tal osa .é l~iazabal. Llegado ',alFullto .de .Ech~garate .d.e la .línea div.isorja .de .lás ,a,guas lhácla .,.ej (1) 'Estra'cto .del :Estaao dél ,comercio genera'l 'par ·tierra -entre :Espa~a :y Franci'a en .el año mal dado en.tr·egar oficialmente .á Don Fel~pe CO~1rad .Y .co~pañía 'por .el .Minist.n> d.e .C9.mercio.y obraspúhlicas de Fra~\cia. :.I 83!l.
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.Comercio de .esp0l'tacion De importacion •• .••••
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. 'Efst~ '91 1anza ,CÍemuestra ~Ja .situadon : de :Espa'ña ;re~pecto :á 'FranCia~; Ja tferacidad :de ¡una " :la ;'¡n8ust·i ia ' y .el éorh €l'cio de la ·o1-ta:; en ·efeclo, .la exportacion material .de Espapa .en p.roduc- ~·os , de :su ·suelo ,es ..comD ,cuatro .'I(eces .á la i~pol'tacion , en gran parte de objetos manufacturados ó ,géneros cQloniales ,que .recibe ,de .Francia" mientras que ,el v.alo.r de .eSl.os .es d.e una mitad mas ..que .el de ·los .olros• . , Al .ver salir -de .España :Jas .niaterias.prime.r.as ,par.a ·volver 'f¡¡brica~as_, y 'aprov,echarse 105 e.sltrangeros ,con dalrirnen16 .de los e~pañoles .deLcomel:cio .CQn .las ,rcgiOl~es., cuyo descubrimi ell!o ¡hace una de ·sus glodas MIUé .apoyo el gobierno no debe pl'qp.o rcionar á. 'las compañias que le jprOpolt~n abrir ,Iluevas.comunicaciones gu.e traen c~m ell~s la ...,ida, la actividad, la .prospt:I'ida~ :.Y ..eLSOSl~gO c.d.e .los .estados.? .
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8 Océ,l no y el Mediterraneo, (J) el carjal se de!envolverá al otro lado oe este monte; para descender en frente de Alsasua en el valle del río Burunda 6 Araquil, sf.guirlo á mano izquierda hasta Ibero y pasarlo antes que se reune al l'io Arga. En el valle del Arga, el canal continuará establecido sobre la márgeu de~ recha basta su union con ~ L rio Aragon, y la confluencia de éste con el Ebro, cerca de Milagro. ' Se construirá una presa en el Ebro para atravesarlo, sostener sus aguas á la altura perma!lenle de 9 pies, y proporcionarlas al canal que se abrirá y seguirá del otro ' ladó hasta el canal Imperial de Aragon en Bocal Real. La l11agnífica ejecucion del canal Imperial, no exige para ap&ovecharlo en su tata lidad, mas que limpiarlo para restituirlo á sus primiti,vas dimensiones, y substituir ~uentes movibles á los fijos, que " permi,tan el paso _de los, boquesmarítimos con sus arboladuras. D,:,sde Zaragoza se conclnirá el canal hasta las inmediaciones de Sistago, donde se elltrará en ' el t:io Ebro; Entre Sá,stago y. Tortosa el C11t'SO del' Ebro hal'lánoose cercado de montes que' 110- permitf2l1 es tablecer el canal sobre una ú otra de SllS márgenes, ' es menester 89n erse en el álveo mj'Sl110 del rio y canalizarlo, sosteniendo sus aguas con presas basta la constante profundidad de 9 pies franceses. Como de_sde- Tortosá es. muy dificil comunicarse con el Mediterraneo, ate.udida la barra q ne . impiéle la. eorr3da y salida á los huques de mas de 4Q á 50 tonel adas de porte, se dirigirá un nuevo ramo de (:anal de Tortosa al' puer-. to de la Rápil~. que se encuentra en la grwde y hermosa rada de los Alfaql1es. La, línea, del Qana'l de union del Océano al Mediterraneo que se ha delineado, es poco mas ó menos la del brigadier de ingenieros D. Carlos Lemaur; (:2) y la', compa~ia de_ D. Felipe Qonra.d no .es acreedora en este proyecto ma.s que á" la id ea de estenderlo a lds ' buqnes de q'}illa , proporcionar al Canal Imperial de Aragon un destino digno de su célebre autor D. Ramon Pignatélli, y justificar á los ojos de una sana y esclarecida razon" la magnitud de sus dimensiones
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«() El cau~al de agua qne por I~ estacion 'mas s~ca del verano podrá reunir en el punto de Ec1zegarate será de unos 430 pies cúbicos franceses ó 683 de Castilla por minuto, que no tendrá que suministrarse mas_que á tres ó cu atro leguas de cada lado de -la líne,a di visoria , porqüe á medida que se baja en esta distancia se hallarán aguas ell ' bastante can id~d, Y qúe con fa- _ . • cHidad se conducirán al canal. ..... , . ' (!lo) P/'oyect;:> de comunicadon de los do's mares Oeéeano y Mediterraneo por las inmediacion~s del camino r ea l de Francia para Madrid, por D. Joaquin Ignacio Znnzullegui, arquitecto, impreso en S. Sebastian año de) 807: Memoria sobre el proyecto y posibilidad de comunicar el mar Océanó con el Mediterraneo por medio d ~ un canal; por D. Luis de Astigarraga y Ugarte, miembro de la sociedad de illS~ lrueeion de París, &c. impresa en Bilbao año de 18z 1. ~
9 "y la n1l.lltitnd y grandeza de sus obras de fábrica, que haeen de él una de ' las »empresas mas magníficas de , su clase que existen en Europa" ( 1). La total construccÍ()u del ca,nal Imperial marítimo exigít!ndo 400 millones de reales vell.on, tI gobierno no puede J¡acer un gasto tan illrnellSO, y es cambien de m~cba considerllcion para una sociedad de capitalit. tas; por esta raZ,Oll la compañia de D. Felipe CODrad ha tenidb por conveniente ent;:¡blar su ejecucion en dos partes, qlle el canal de Aragon divide , natura lmellte,)' de 110 pedir al presente mas que 1.1 concesion 'desde Tudela hasta el .McJiterralleo.
(1) Página ti de la memoria de la comision de caminos y canales, por 108 señor.t's D. J 08é Aguslín de Larramendi, Felipe Bauza, Manuel Martín Rodríguez, y AUlOnio (;l:H'ierrez; im. presa en Mudrid año do 18~o. -
SEÑOR:
D. F elipe Co~rad
á su no'm bre y el de otros Sócios P. A. L. R. P. de V. M. hace pr.esen~e: que en virtud d el d ecreto de. V. NI. qué ofrece da~ por empl~e sa los Carrales principiados 6 proyectad,os en su reí.no, como se ve~ifica en Francia y en Inglaterra, h~ reunido todos los datos posibles acerca de! canal de Aragon'- y despues de examinados y nleditados se ha 'resuelto á- supli,car á V. M. la gracia d~ continuarlo por 'empresa" del nlodo que ha parecido mas conv.eniente. El genio inmen~o de vuestro augusto .,p redecesor el Sr. D., Carlos V. pr?yectó Y n1andó formal"el principio de dicho canal con el objeto ele regar la márgen derecha del río Ebro: pero descuidada
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12 y cas~i ·destruicl~ con el discurso del tiempo la obra de aquel , soberano, vuestro augusto ahuelo el Sr. D~ Carlos III. :en su paternal reinado, quiso restablecerla, auro'e ntando su entidad y 'objeto, h,a cien do el núevo canal navegable hasta dond.e pudiese reunirse al Ebro, 'q ue ya lo habia sido en tielUpo de los Ronl-uno'S , y por este medio aunlcntar la felicidad y -riqueza de difer~ntes provincias. En su reinado se constru y ó todo Id' que existe, perú las circunstancias ocurridas desde su- fal1eBÍn1Íent0.J han paralizado tan tilíl obra, y ·e s püblico y notorio que aescle ent.onces · . casi nada ha adelantado. . Parece, SET~OR, que el cielo ha reservado á V. M. á p-esar de la desgracia de los tiempos, el concluir una enlpresa taIi útil, f.acilitandolo con el decreto ya citado. . . , Fundados en el, ' los que suplican, han hecho examinar y ·exalnínad.o todo el proyecto, 'c onvenc'iendose ele que si bien ]a idea cOlllpleta y grandiosa de unir anlbos nJares Océano y .Mediterraneo, con .este canal, fuera d'e íÍ1nlcnséls consecuencias, su estension y la topogr:a"fia de-l t-erreno, aun que no le Ílnposibilitan, la dificultan de Lal 1no'd 0, 'q ue en el dia ·e s inlpostÍhle 'Cjue nInguna 'COlupaúÍ"a pueda eUlpren-·.d erla ; y' basta decir para convencerse de lo costoso y <colnpl.ica.do d.e la obra ., g'u e el punto 111aS bajo ·que. :se ha halla'clo, 1)ara pasar la cOl~ dinera Ó }1'alnificac1on t:le los Piriíl ~ os, qtt e .se.para. alTIllos lnayes, ·es ele seis(:'ient:as VélJ'rélS, prpxÍln aul entc de 'altura.., sobre el ni?!l el de] mar " .las que :s e h ahrían de :el1strihuir en tr~s
ieg~l'as ,e<?rtas ' de di'starie~a '~ 'S.egúídas .de 0-tras . seys caSi todas de rocas pendlente:s .y cortadas por C.O.ntl~ nuOs ·arroy.os y torr·ente5.. . , " . . . En conseGuencia, los que suplican, -se h'a n"lhnit.a- · á peclir 'per -ahora: la ,cont!in)~l:aci'On 'c1é'j c~n-ál ' exis€nte hasta el puerto .de lo/s Alfaques, ell el :r.nar Nle" cliterraneo, y prolongando su parte -s uperior ·hasta Tudela; . pero constrll-yendol0 cl~ lnodo que si alg,un (lia se' quisiere -se 'pueda continuar 'a quella e:m presá .olos'al. ExaTQ.lnado el proyecto hajo est.e punto de vista, y reflexiQnando lo costos-o de las lilnpias del ·c anal . xistente, lo ·dificil' de!l terr·e no en donde sPe ha de "C onstruir mas aba}0 de Zaragoza" y lo i~Tipetuo:s o de'! Tio Ebro en sus av-enidas, circl1l1stancia's t-údas de 'PlÍblica riotórie~lad ~, se h.an ' (>olivenc:J..do , -de ' que ,s u c-ontinuaci-on ,c on -lél'S dimensiones que se le dan ¡en ,el {\1a, no podia Jejal' ,u tilida.d'e-s propbrcionadas á los gastos para una conlpaüia; pero dese.o.sos de lleval"..á caho esta empres¡J., le,s han ocurrido, que .a tendiclas 'las graneles 'c1inlensÍ'Ones del 'caJiai actual ., m·a s ·d .e la mi.:. t ad ,cegado, si se hiciese en 'é l una gran liJupia, y se .c.o,nstruyese lo que fa-:lt.a de las 1I1Íslnas ;d ilnensiones, aunque flÍera lnu'y eosto s-o, podrían navegar por él huques de quiLla y de cíen ton·e ladas .de porte ·; ele l'o·d o que canalizarido el Ebro en-Jos t érlninos necesari,os- para 'C-@l1s,eguir e l ffi1S1110fi'll, podriall'Ilavegar ·en él los huques 111arílimos é introducirse sin ,deteneion alguna desde .el mar hasta cincuenta legu as en 19 interior :de las tie.rras, a unlen tanelo asi á la península, r
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14 cincuenta leguas 'de costa; duplicadas en dos nlárgenes, cuyas yentajas para aquella provincia y todas las lirní~rofes nadie puede calcular, aunque sí ~ntre ver su inmensi<lad.. '. Ésta idea aumentará muoho, ~l coste y todos los . cálculos hechos solo para barcos chatos, . pero tanlbien aumentará los productos 0.e la na vegacion. Todos saben que una de las causas de la prosp e~ ridad de los Estados-Unirlos, nace de los ríos nav e.. gables q':le se introducen en ~us tierras, y lo que en , el dia se propone á V. ~I. tendi'á bien _pocos ejemplos en Eur'o pá, ni fue¡;a de ella. En consecuencia, 10-8 ~ue suplican; . ruegan á . V. M. con el .lll.a yor respeto, se digne concederles ]a empresa que solicitan, cQn la denolninacion de Ca nal Imperial Marítinlo, y -con las condiciones adjuntas que ofrecen á Su.s R. P. con lo que esperan contribuir á la gloria de' su reinado y á la feli'c ida de sus pueblos. ,i
A. L. R. P. deV. M. SEÑOR:
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PARA CONTINUAR
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Obligaciones que se contraen. ... . ;', Prlmera. ¡,impiar el canal actual, hasta reponerlo en sus dimensiones pri-itivas para riego y navegacion. Segunda. Continuarlo por el Norte hasta la ciudad oe Tndela, CC~ las ~ismas dimemiones. . , Tercera. Conti~uarlo por el Mediodia hasta 1a.s inmediaciones de la Villa de 'stago, siempre con las mismas dimensiones. -, '1 ; Cuarta. Canalizar el Ebro hasta la ciudad d~ Torrosa, manteniendo en él 1 misma ele .. acion de aguas, y el nivel necesario para que naveguen puq.ues Q.l~ ítimos de quilla, y de cien toneladas de porte. Q¡únta. Continuar d Canal con las mismas dimensiones, desde Tórtosa hasa el puerto y rada de los Alfaques. I , . Ses~~. eond uír todas las espre3adas obras lo antes posible, y á mas t~rdar en tez anos. . Septima. Coostrnir ,en los trozos nuevos del Cana(los. puentes y acueductos ue exijan las principales .comunicaciones actuales, y los arroyos que Jo atraviesen. Octava. Demoler todos los puentes del canal actual snLstituy~l1doles otros, ara que puedan pasar por ellos, los harcas marítimos de ~rboladura. N C¡flena. Pagar á tasacion de p~ritos, los .terrenos ~.e pr?pie?ad r.,articular, ue se ocu p~n con el callal, y su§ obras acceSOrias. ' . ' '.. Décima. Dejar lihre la navegacion á todo buque nacional ~ ' estl';angerp, ,Pi\~ando los derechos de- p~áge, que se p.i rán ,mas adelan_~e~ -l J' , .: ' '.
1q Undécima,
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qtle en ']a' obra ' se gaste mas ó menos riel presupuesto adjunto de ciento y setenta millones r ea les velloll, la compaaia no tendrá derec'ho para solicitar nin gl1Lla gracia nu eva. • Duodecima. La compañia se obliga á depositar en metálico- ó en inscripciones al curso corriente 4~ooo,ooo de reales en el .BJ nco de Sti n FernanJo, por 6allz¡¡s de ]oque ofrece, los que rescarará á proporcion que COUSlrllya obrOls ó trabajos equi va lentes.
Gracias que se solicitan.
Primera. La propied:ld del rrozo actual d el €:l0!ll Imperial de Aragon y Real de T au.s r,~, -con todos sus edifirios y .demas accesorios, en los mismos términos, y con los' mismos derecbos, qlle los disfruta la empresa acwal. Segunda.. La propiedall de los dernas trozos que se construyan en los mismos términos que é l antecedente. Tercera. .La preferencia sobre cualquiera otra p ersona ó compañía p ara continuar este canal hácia el N orte hasta el Océano. Cuarta. El J ,000,000 de reales que paga el Reino de Aragon, solo por ~o anos. Quinta, Los, mismos presidarios y en los mismos términos que se han concedido al canal de Cásiilla. ' . Sfsta. El privilegio esd"usivo de transportar viageros en sos buques propios, y .el ele fijar lo -que deben pagar los élue vayan en otros m ercan tes, y el de es tablecer ruques dé vapor. . . :} SéjJlirfza. Er derecho efe tres m aravedises de vellon por arroba' y legu a de todos 'os géneros qne ' transporten Io,s buques m ercantes, como en el callal de Ca'> tilla. ,', Octnc,;a. La m ade ra de construccion civil Ó rn arí[ima que se bajé en armadías pór ~I anal desde 'Tudela, pagará un real por vara cúLica y legua. Noc,;ena. Los bal'cos que n aveguen en lastre, pagarán cuatro reales "ellon por ' legua; y los que estuviesen mas de tres dias en el canal ó sus puertos pagarán d9S m ;¡ rav ed¡sps Jiari.os por cada vara cuadrada que ocupen. ~ Décima, Q 'llC náclie pueda pesear sino con caña, por el deterioro que' á veces .causan los que se introducen en los rios y canales, á pescar con redes y otros in<-g enios. ' . . ' Undécima. f.Ja éompañia nombrará los ingenieros .y arquitectos que le con · ·- vengan; y si estd~ son' .de los empleados en el Real s~rv icio y ,8, M. les concede este permi ~ o será de cneota de la compañia el paga rles Jos sueldos. ~ ',. Dubd éci rtza . . La €ompañia disfrutará de las minas de Cachan de piedra que descubra, ó eslen a bandonadas á menos de ocho leguas de distancia del rio ó caDal, 'ton sl;Jeciod á Clas leY,es vigentes', pero concediendoles mayores estensiones de t erreno que á los particúl"ares, como lci ha concedido al canal de CaE'tilla. De~inlater.cia. Los víveres qll~ se vendan en la linea de los trabajos y para
17 trabajadores no estarán sugetos á Jos impuestos municipales. El gobierno tendrá d_erecho para nombrar, siempre que lo nga por conveniente, el inspector ó inspectores' que reconozcan si las obras se haen con solidez y con arreglo al arte. Décimaquinta Los ' almacenes y. demás edificios accesorios para· el canal' no agarán contrioucion, como se ha; concedido al de Castilla. Düimasesta. La ¿ompañia, leddrá . derecho para ·enagenar en venta 6. censa nfiteutico, aqu~1I0s edificios accesorios quel no . necesite la empresa para sus des bjetos de riego y navégacion. . Décimaséptima. Asi que la compañia ~ntregue Jos cuatro millones de reales ue debe depositar como fi anza en el Banco de S. Fernando, se le entregará trozo de cana l existente con todos los edifici€Js accesorios, y todas las existelle as de cualesquiera c'lase. Décimaoctalla. Se organizará la compañia, se hará el depósito de los cuao millones de rs., y ' se principiarán ' las obras nuevas todo lo antes· posible, sino lo estuviesen antes de un añf>, caducará la aC~l1al concesÍon, y será Dula y de ningun valor. Décimanona, Se suplicará á S. M. y Sres. InfaAtes, que sean lós, primeros accionistas de esta compañia, f de las dem as acciones se venderán ' cou' preferencia en España todas ]¡ls €lue quieran comprar. ) Vigésima. Los casos dudosos 'se interpretarán en fav0r de la compañia, la e S. M. se dignará recibir bajo su particular y augusta pl'Qteccion :
DécimacUarta.
Presupuesto del gastO'. Rs.
Presa y esclusa de toma de aguas, mas arriba de Tudela. . . . . . . • : . . • . • . . Una legua de canal de ocho mil vafas hasta el «;:a-' nal actual, con la indemnizacian del terreno. Una esclusa de tres varas de caída para entrar , en Bocal Rea I á razon de 130,000 la vara... Limpia general 'del canal actual', r.ectificacion de su. ~ondo y costa~os, hasta las dimensiones prí. mltl vas. . . • . . ... . .•.. Nueva coostruccion de todos los puentes del caDal actual. • . ' " • • . • Nueve leguas de canal desde Zaragoza h asta Sástago, á razon de tres millones cada una.
y
VD.
3,000,000. 3,000,0(10.
39{)'ooo. 6,000,000. 4,000,000. 27,000,000.
4 3,39 0 ,000.
t8 -Ra.
''¡ cuatro
esclusas para' bajar hasta Sást¡¡go con 80 varas de· caida,. á razon de 130,000 rea1es por vara. . . ' , ' • . . • • • . . • Lirn pi~ dd ' fond,? del Epro'~ €oqstri'lC-cj~n del carni,ne ·de ~irga , con los puentes sobre los arroyos en distancia de 2.0 legll'as desde Sástaga hasta Tortosa. • . Treinta y cinca presas en el Euro, no comprmdi·enelü ' 'las ele Flix y'Cherta, á raZOll -de un miHon y m ed io cada una. ' Treinta y seis esclosas sumergibles., COl? 12.0 varas de caida entre ' todas, á ralOtl ele :lOO.ooo rea·les la vara. . . Presa y esclusa de toma de. aguas en Tortosa. Tre~ leguas y m edia de canal desde Torrosa basta el puerto de los Alfaques, á tres rpillolles cada 'una, COil la indemnizacion ¿el terrcuo que ocupen. . , Das esdusas de b ajadas a1 mar, de siete .vllras en· tre los dos;á 'razon 130,00'0 reales la ,'ara . • Obras de: mampostería para la intruduccion del canal en el maTo Edificios de peazgos; puertos de carga y ¿ esca·r ga; 46 casas de gll.a rdas en las esdusal!, ~lmacenes, &c. Gastos Ím previstos. • . • • • • . • • •
Veinte
'Vd.
de
Total gasto para -el Canal Marítimo.
I
o.,.OOO,O(¡O.
52.,50a,000.
24,000,000. 3., 000,000.
J.o,500,000.
9 1'O;00Q. 3,000,000.
2.,300,000. f 0,000,000.
17°,000,000.
Obser9"aciones. Primera.
-
A lo eleva-do del gaS1Q iJ:.ldispensable para la ·construccÍO'n., debe ;añadirse e1 renor~e de conservacioo queexigi-rá este canal por los muchos sedimentos ,que ·sus aguas depositan, corno ]a esperiencia lo acredita, y que exi· girán ·en ·él limp1as continuas cost'0sÍsirnas; iguales 'gastos ex·igir4 .el Ebro, cu· 'yas ,!guas .se detend'fá n con ta{ltas esclusas; y no las causará menores 'la coo' servacia"O de !la mu'lt-it.ud de obras hidráulicas .de -mampostería que se ·ban cs' presado., mudio mas si ese atiende á las ter·ribles avenidas ·del Ebro, que á/o 'm enos tiene .ci~co 'o seis cada ano': por estas causas no ·es posible considerar ,esta empresa ·como 'meramente industria'l, y exige que se le dé el carácter do
19 permatle~te para no distraer los réditos en amortizaciones, y que haya quien aventure sus fondos en ella. Sin tantos motivos se cedió el canal de Tolosa al ingeniero qúe )0 constru'fó~ á pesar de haber sido costeado por el Estado, para que cu~dase mejor de -su conservacion; y asi . ha sido .necesario hacer ya, en Ing laterra y en Francia, con todos los canales nuevos, para que los capitalistas y accionistas, que escarmentados se habian retraido. de h acer esta clase de empresas volviesen á dedicarse á ellas, todo lo que es público y notorio: El gobierno francés para que hicie·sen el ·can al de Vezerre, no solo lo ha dado á perpetuidad, sino que se ha comprometido á pagar el interés del capital .durante las obras hasta su concl usioo. . Segunda. El millon de reales que paga en el di::.! por tiempo indefinido el ·r eino de Aragon, lo .paga rá solo durante un plazo fij o ; y á los pocos años ga·nará mucho mas con el comercio que se le proporciona por la inmensa venta ja de verse convertido ' en cos~a m arítima en toda su longitud, en la que fondearán buques de todos los mares y naciones conocidas. Madrid 24 de Julio de I ~ 3 3.
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21.. que' en virtud de Real órden ~s pedida. por"e 1 Excmo'. Sr.. Nlini'stro: de lo. In~~:r:yor -, ' se pone' ~l proy.ecto. de' .D. Felipe Conrad~ par:a t.o-· lnar .p or empresa- el Canal de· Aragon~. continuán-.' dolQ hasta- Sásta.go,. hacer- na-vega.hle el rio~ Eb~.o' has-o ta Tortosa, y desde allÍ. corpul1icarlo. con el puer-, .: to; de· los AJfa-ques..
PLIEG.o ·DE. REPAROS ,
Los reparos. que se vnn . á ponf'r sobre el espresado proyecto giran· sohre' tre.s pun-· 'os, que son: 1 .° Sobre la purte cientijicl1 Ó artística. 2. o Sobr.e las cO'lcesio'nes que se solicitan. 3'.0:. Snbr~ l'as garontia$ que se· nfrl'cen pnrrz' (/s~gllr Ir el cumplimiento deL 'con/rato. Se espresar.á sepllradamc::nte Lus. reparos; conqcmien- ' tes á cada uno de dichos. tres puntos.
Sobre la parte' científica ó· artística .. La'. comnañia de p . FeJí'pe" C0J1I'3CJ, Se nota la j'alta de un en la incertidumbre ere ,aceptada su ' > } ~,.,. proposicioll dé continuar el Capal Impeoyecto orm~ 1 a:LJOna O, rial.cle Aragon, ne"de Tllc;l'el'a l¡Ias~a el M~· calpulado jundamenta- diterl'aneo, ha c'reído l)O ha,c~r por eI.t~o do en datos t017za- ~nento el. g~sto de Ull OS q~lOwntoMl1ll 'rs, , . a , c¡t~e , sllbll'all las operaclOn.es- que necedos .s obre el terreno .~ es- sita un pro}'Ccto formal,. y que para el go· reiando las ' dfji: ' zcultades bierno .."asi cómo para la misma: campa' • ñia , seria lo bastante t~educi.r cJI(jl lds antigraves que se-puedan.pre- gnos rec011o~irnientos ya bef}lO~, cálcplos sentar el modo de ven- establecirlos y obras ejecll'tadás ~ los prine ~ I . ' cipalf's datos en qne se funcla su plao; y . el as , (, e manera yu,e, re- desde luego la COIllpañia se ha conhrmasulte de todo la PQslblltdad do en ~u opinion al' leer .Ia Re,al. cédnla de del proyecto' aue' el ao- cooceSlOn del 2.5, de abrIl proxlmp pas~7 5 . do en que los artlculos 3.0 y 4.° determllerno pueda mandar reco- nan ~'qlie la compañia. del ~anal Ta-
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"marit e .de Litera ha.rá praotic ar á su coettla un recono cimien to genera l de toda la d~t- _ t,linea , -y que aotes de proced er á laejeaho- t>cucion 6e pasará á la s1!I!perior.aflf.obacion
' 'ente ros los n'Ocer á otro s fn,.~g
prl~'!:lc{pales
pun tos de da", reco noci mien to'qu e 1 , .ra]lO se pzterJ,e ha:cer., pues . t,de u .serl"a prec i'so form ar radi ", .c alnte nie el proy ecto . Asi pue .e s que el gobi erno .d e cont rata r con la c()m pa.ilÜl sin esta r segur.() de la pos.i bt·lid ad de la .eje.c ue.i on. De e.sto resu lta 'fue ' se no(o la jalt a de' vari os dat<Js .de .los si- { y pri·n . cliJalrllente. '\. . gUlent.es .·
"
gob"leC.no.•
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caudal ·del rio Ebro en 6ll~ . La ~n~dida de las ag~as masElbajas es ta n cQnsid erable en Tudela, pqla., Tude ·en o, Ehr' ri'o 'del que ja'm~s s~ ha puesto, en .duda ',que no · l 1 la ace.ra calc ular .s-i-so.n sujic ien-' sea sufiCiente para surtIr á laBalvez ·ial [mper C-a .quia Real de T a-lIste y -etl ~.tes para los ¡r iego s a·c tua- ne A,r~gon : asi es , qHe en la descri.pcion >conde de Sás.-les, y los .q ue hay que ·dar de dichos ~atla-Ies ·por el -Sr.menct on de :su na ·se hace ningun a ·,has ta Scístti/go, y ·aden ias ,tágo babIa de 0 ·tampoC ,que parece Y ' a, 'medid la edit:a hoft~ sp: e ' Krayen fs C1!ler h.oland Ul71t n _' r.G a ·.par .ella el angenie que terreno mas' mucbo ic.iJeaba 'regar .l1,t1Vegacl:on todo :el áií·o -,.o 'queqlllese .beue· ·cate ,de tible ,halla ~uscep 10 . ,en .c.ier.[;o l.u.iraer-o .d e ,ln:es es. .Deio en la actuali dad. agual
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, Toman do:)as aguas 'á -'1 ,-61.'0 1oes3so(.1 ) 'mas arriba de Tuclel a, el ingen~ el'o ·Kra] enhoff calcula ba .re..sar ,cada , diez y :seis
t, 'las l'ilZOneS !}ue ya ·se 'ha espuesto ·s.e continu¡lra hacien(Ja 'usa oe :las .meaidas francesa
dias, unas 160,000 cahizadas de á 36,000 pies cuadradQs cada una, lo qoe exigía 2.,500~000 pies cúbicos de agua por hora; y como todas las tierras que se podrán ,regar desde Tudela hasta SáEtago no lIe~ -garán á mas de 50,000 cahizadas, se 'Vé -que .el caudal que se necesitará al presen·te, dando dos riegos al mes sobre tres pul, gadas de altura, en Jugar de 'dos, no se.rá ·mas que de I ;250,000 pies cúbicos por hora., ó de 45Q,000,ooo en quioce dias, 'y de 9,000,000.000 para diez meses de un año en que se regará . si ,se quiere veinte veces. La Compañia.• para asegurarse por ~í misma del caudal que puede producir el Canal Imperial, ha r-econocido .que su velocidad media en la superficie del.agu3, despl1_~s de ,h aberla tomado en ·diversos puut,6s, era de 1, J 4" toesas ,por ·hora', y ~lIe ~sta -mis[ua veloc.idad deducida de una > ,0bsej'.vaciQfi ,durante lvei-nt-e '.y cu~u:o ·ho..ras ásce-ndia á ' l ,, 1 35 ,toesas por hora. El pedil ;pl\Ímitivo de1.canal siendo de J .<).7 pi~s oe ancho en el fondo, y de 64 en :Ia superficie ,del -agua con 9 de -profundi,dad, su ,seceion medía será de.409 pies y ,medio, que mulüplicada por ·la velocid ad .de 1,135 toesas ;ó 6,810 pies producirá ,una cantidad . de agua de ~,788,695 pies ,cúbicos .por hora., .{) de 66,9!l8,680 . por veiote .y cuatro horas, y de 2.0,°78,60.4 ,000 ;por treséientos dias de .un año, resta odo ,~eseota y cinco .para la limpia y ,reparaeio,nes que será preciso .hacer. La ·.velocidad de '1.,.13'5 toesas por ho. fl"a, DO siendo -todav.Ía la ·verdadera .por no :baberse tomado mas .que en l~ su perficie .(Ie! agua, el caudal .d e :loO,078,604,000 pies ''1úbicos ,ha .de ser reducido de ·una quil!,ta parte, y asi ,éite no .será mas qtie de 16,o6~,883,200.
24 Habiendo demostrado la esperiencia, que un canal, despue.s de haberse estanca· do las filtraciones mayores, exige anual- . mente para navegacion, filtracion es y eva poracione.!', un caudal ig~lal á cuatró veces el volúmen uel mismo cana); en este caso, la seccion media siendo 409 pies y medio, si se la Olultiplica por la distancia de 24 leguas de á 8,000 varas, ó de 493,1"4 pies franc eses que hay entre Tudela y Sás~a go, la capacidad total de este trozo de canal será de 2.02.,17 5 ,883 pies cúbicos, que Guadruplicada dará un cubo de 808,703 , 53~ parael agua quenecesi tarru dicho~ canaL en un, año, S'umamlo' rO!r 9',000,.000,000 pies cúbicos que- exigtrá anualmente el riego cle las· cincuenta- mil· cahizadas de tierra, con los 808,703-,53..2 que- necesitan la navegacion,. fihraciones y evaporaciones , el total de 9,308,703,5:S2 pies cúbicos DO es ya las tresquintas paltes del caudal de 1 6,062.,8:~3,2.00 que suministrará el canal en un ano. La com-pañia ha , hecho tambien" por aguas m u y ba.jas, a Igu nos reconocimien< tos de la velocidad del Ebro, y mas arriba de Tudela, el alvéo del rio- tenie solo 530 pies de ancho (el largo. de la 8a nueva es de po) y 2 pies de- ~ .. ,·, t",n __ didad media, su seccion es de 1,060 pi que mnltipli cacla por la· velocidad' med _há liada en la su per6 cie del' aglla de 1,3 toesas Ó 7, ' 48 pies por hora, prad 8,3 I 8,880 pies cúIJicos ,_que son tres ces el caudal de 2,788,695, que lleva canal en el' mismo ti-empo .. Un caudal de agua tan imponente mo el .-Jel rio Ebro, y en una estacion mu seca, no puede menos d~ de!. anecer da duda sobre la falta de agua que esperimentar el canal, ya para el r.
ya para. la oav.eg;:¡cion ; y en <'llanto á ]a altura de cinco, pies en q,ne las bdCjilé(!al. y almenaras de ri'ego se- hallan sobre' la solera de dicho canal, es de natal' ~l'1e har vtras almenaras de dimensiones flilaVOIt'5~ llamadas de desagüe, que própordonan tambien agua para el riego, y como á medida que el canal se vacia por una parte se llena por otra, se ve qlle la pr~, funclidad de nueve pi~s debe conservarse igual; y en efect.o , estaBao el servici.o hien arreglado, eL nivel: det agaa se n~an· tiene siempre á I'a debida altura.
Respecto 'á .la dificulel que s~ esperilnenta pa-, ' subir los harcos clialos c'ios, 'e n, la parte de cal y a con¡Sf¡"ltida, averÍ,.. el pendiente que ' tl~e , y si con arJ~eglo ~ él odrán sUD,i r los barcos de
uilla
~argad()s'" , ~
, Seglln los infor,me~ a~ , l~ CQmpañi'a,.
la pendiente del Canar Imperial de Aragon es de 6 pulgadas y nn tercio por toesas, ó- liolo de ' II~6a cl1a.ndo no hay dificultad para la navegacic;m ascen ... dente ,de Ufla ' corriente, que su d'eclive sea de 4loo ó' de 1 S pulgadas ' por 1,000 toesas. E1í1:\mirtando tambi~n et 'incorrvenien. te que pu«€leu. experimentá<t l'Os: baFeos Ó huques' con respecto á la velocidad ,:se, ad, 'ertirá que si en el dia se ,halla de ,.6,~ 10 pies por hora ó de '1 pie 10 pu 19acla'$ y dos tercios por segundo, se d-ebe atribuit est3 aceleracion á la menor seecioo del Canal eO su estado actual, en que no tiene rtlas que dos terceras fY-1 rtes de Sus primeras dimensiones, por lo que se -deduce naturalmente ; que al instante que se habrá restituido á dicha sección su perfil primitivo, la velocida~, disminuirá en razoo del aumento de é~te; y qUe 1't'!ducida de un tercio, no serci Ola9 que de un pie y un cuarto por ségm,ndo el1 la su· perficie del agua; es deci r, de solo un f,je para la velocidad media; que la ' es-periencja tiene comprobado no hHcerob!l~ táculo ninguno á la navegadon • 1,000
••
26 Re~titt1yendo . el Calna] á sus primeras .dimensiones, la scccion será ~ ·como se ha 'v jsto, de 409 pies y medio., q<l!le mu lti. plicada por la \'e1ocielad . media ·de un 'p or segundo \ó de .~,6oo 'Por :horn , un prOclt1Cro.de 1,47 4,2.00 pies cúbicos , ,ó .de 35,380,800 por veint-e y CU él tro horas ,- y de IQ,614,~0,ooo por 300 dial para suminist.rar á los 9,8.o8,703,53l . ,pies .cÚ!!í>:ico!', 'l{ue seglln se ha dicho, neceo :siUltO el riego, la navegacion, las filtra.c'iones y la e.vapor.acion. ,
.. :. Re'Spect;(f) ,/0,; )! c"s d!fic;ül-, '. DeSpl.leS de mu chos ensayos r esperi. .. 'mentos hechGs en el tiempo de D. Ramon .tades .qué prese,u ta, ya el PigfUltelli y el ce nde -d e Sást21go ; se ha terre.no para la cpntinua- J¡aU ado ;que ,el. mecl.i~ mas adecuado para - . d' 1 G L atr.avesar ,c;on el C:.IOal el m~ll terre no si· IC!OU . e . . ·ana ~ pQ·nqUf! :1<1,'1 ,m@so y flojo, .deSde ·'Ia Canuja h asta la8 .m antiene la~ aguas.., de ber- , :s\-iertes .de Saun, consiste en hacer la elm.l nar hasta .que distanc.i a c~v~cioa ·de ~odo ~l macizo necesa,rio .• ;:f; . . 'fa el sentamiento .del Canal y de su cor, .SlgU.e n .estas dU lcztltades , respondiente fonelo y costados, y fo rmar y si .e s.tadeterlninado. e,l ¡flGr p!!Wct0Ues el terra.pltll1 Ó rev estimien' . .J.-6. . . l to de dicho C:lO al con tierra arci llosa Ir .lJ1,')fl~ ,a e -vencer as... .huro, cuidá nrllose d e pisar estas üer·ra" 1
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.á 'cada capa ,de un as -6e1S pul gadas de 'grueso, y ele introducir .sl:laesi vam ente el agua .en .eatos trozos para .asegurarse que !Se <cstanca ,en ellos. La com paníano puede menos ,de re· -conocer .por :bu eno el -método seguido en aquel ItiempQ ., y si hay al.sunos .medio! .. mas 'económicos ó satisfactOl;ios q oe pue·dan em.rl earse en esta .opel:acion ., la 801,1 .esperiencia com probará si sus .aplicaciones ,¡erá n las .mas .oportunas. L a dis,tnncia e n e¡ ue se :halla ·el 'mal ,.t erreno ., 'por la .descom,p G&icion eJe Ilos fi· .Iones .de yes0 ·que le ;atraviesan, es do l11 nas 7,500 toesas.
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27
la, Pllf!,ail,'~fll¿"~'on
• "Tocl~ el Canal está,. nivelado y se~malado· en fino; estan Igual mente heae l ':p ' 1'0 ¡ a ' € en nlJ , (fU ;'. .. ~,chos Jos: planOS' de todas las obras proel p-endiel~te 'qú'e .~et · .,yectadas}'" 1) . . , cursO' del rlO ~ y su longztud · . .Segurt esta· declaraClOll, y IJarra~~ose . .' - ." . .. m cheadas en el plano general Ja poS1Clon desde Sastago' olhas,t~;) I~(jj!;)~~ yel número de las esclusa~ desde Fonteosa determznandg / to ~; Has, cerc-a Tudela, hasta Sastago, en don_o , , .. " h' . r,.... . de el Canal se une al Ebro ,. se conoceos en /Iue se " arar~ :. ql1e la pendiente de este rio en Sil' longie construlr las trqp'll.ff tud e?tre los es~resados puntos, es de uatro presas 'y' la .altura ' 330 pIes, deternunada, por las ~3 esclu~ _'. ~as, cada una de 10 pIes de c(}u]la, -que . cada una de ,1 ellas, existen ó que se hao de construir sobre saber de este" esta distancia; añacl'ren d'o á dicnos 330 . ,lO , . l pies el declive del fondo del Ganal que. es l el quedara '. CO~l. e de 40 , se obtielle 370 , de Jos: q ue restanendiente correspondzente ' 'do los 8 pres de reb:\tsa. en qne la pre~ ara nue se p' ~eda ' na{)é- :. nlleva sosti~ne las aguas, la total pen7 . . diente d el no Ebro entre lo~ eepresados aro E spresando aáel'Tl;,(ls ' puntos de F?ntellas y Sástago, se halla odas las diJiclIitades. gra- . ser d~ 3?2. pH~S. . , '. SigUIendo lo poslble sobre- el plano es que se pres~n:ten.. general ya indieado, las muchas ondl!.Jaciones- del curso del Ebro, se halIa que . 80' 10ngitUl.l entre Fonteltas y Sástago e,s de 90.500 toesas, que divididas por la· penI diente de 362. pi es, proporciona un de'c live de 4 pies por cada J .000 toesas. Desde Sá'stago basta Tortosa, la fon. gitnd es de unas 77,000 toesa~; y como la pendiente de los rios d.ismi,nuye á proPQfcion que se acercan á su embocadllra en el mar, se \"é que es suponer todo lo posible, al t:areular el deeliTe par J ,000 toesas con los mismos cuatro pies ya dedu cidos arriba, lo que produce 308 pies por la total pendiente del Ebro eotre Sástago y Tortosa. -Par,a
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1) Página r ~ 4 de la descripcion de los Canales Imperial de Aragon y Real de Tao.te, por el de Sástago, impre.a ea Zarago~a afio de 1796 •
- . . . . . .....----------.,
.
so&} t~ s ~rgúas \i~ m\ Tio ~umlue i~m
.pre sasf !tttn'iGlas de .treoho en trec ho. por sup erla á nte Itmn ao .sie pre una , p~nd.ie J L' "1. a IUer • a A- . lque o ect aum ent a con r~p .~cle, razo n lal za de ' )as crecien tes; ('lor, esta ·en , s.u6., .eon"lpa.iiía estableCier~ sús ,presas resc aten la tota. ci~n~e núm ero para que tos2 , li8aCl del tiec1i ve ent re Sástagd. y Tor 8v e~ ''Y cl\~mintlyan a$.i la ve locidflcl en .l as rio un de n acio al·iz .can .\¡¡ nidas~ ~ .c()Q)o ·en en ·un canal' ,no ha y la mism a suJecion aque las -esclusas,1 de - ,de no pod er ~aci a r la caid .del modo ará la <le ,las Ipllesas se det erm in or pro. ' men - m3 sop ertu no , par a 'que la 'Stan-. ·con - lfundidad del agua en -el l'Ío sea . ,tem ent e .de 9 pies. ent re Zar agoza 'Y la1 'CM El !'rozo ,derl .co'mo 'Ia parte del ' cursI!) del , I 'Sás tag o, as.; 'em bof.bro>C..tltre :aqu.el y Tor tosa , ~ :su de un eto -tibj .el n .ead ura .en .el .mar será o en ent mom ·trabl\jo ·peculiar.., .des de -el rad C~)O e elip ·.que ' la,:.Oem pañ·ja de D. ,F ll¡ ,alU C d el -3ea pro clam ada conc~t <?naria jc·e a ) , . J mperi al M Q ,iú-mo; en trI! 1a oto va, y ~a ' de , <cuc ion .hec ha d e la pre sa nue tan ]a posi . ¡las presas de :Fli~ y Che rta ates se pro,pone, y ~ bili dad del pro yec to que ará n aunque sem 'pte ' das difi cult ades que se emb argo de n s~ 'par ece n I liean gra ves , no estado ·en el >flatura le~a ,ins upe rab le en eria de mat '.qu e se hall a la cien cia en .cUQ8tr.Qcciones hidr~ uUca~.
•
Sobr,.e las conc:esione~
,
·1,
que -Se solicitan~ ,
"
.Las conc.esiúnes 'q ue se 'E nllna empresa grande, tomo la iden .e.n general., .son es-- del Canal Imperial Marítimo que se tra· ta de ejecuta.:, es muy facil que algunas de P ct!sivas, y algunas ilnpo.si- las ~oncesion~s que o se piden opare~can hies .de .conc.e.der. ' . .esccnvas á primera vIsta; pero SI se atlen.
•
: I
. de á lo ~ncierto en 6emejantes operacio.nes; si se hace .la equmeracion de las .mayores difi~ultades que ~e encuentran 'en la construccion de 'las obras 'hidráuJi-:cas, 'y mas par-ticularmente cuaGdo ban 1 ,,1 •. de ser fu ndadas en un río tan caudaloso · como ·el Ebro; I!i se ;tiene cuenta de las enormes sumas que se han ·de emplear en · .ellas; en 6n, si se considera el ·mucho · ·tiempo que tranSCllrre antes . ql1e la agrIo • .• cultura se fecuoda , 'la industria esté bien establecida, y .el comercio .en llena activi.. dad por el solo efecto de la .creaCion de una nueva comllnicacion ¿.quien tendrá ;la perspicacia necesaria para ,calcular ma. ·~emáticamente el producto de .tal especll.1acion, -y.en el justo teruor de correr á su ·r.uina .• no se att'lndrá juiciosamente á ,una . reserva el'} ,la que las mas veces ,falta aun Ja prudencia 'y ,la circuns.peccíon ? Las concesiones que pide la ,compa'Jí ia de Do Felipe Conrad, se hallan com'PI~tamente justificadas 'por lo ,ea.puesto; .¡lO obstante .de ,eso , va á .entrar en la ,dis.cusion del valor real ,de cada una, que '·acaso se ju~gue superior {l lo ·que ,es en ,realid'ld. .
0
L a .a;cec¡uia Real de . 'La acequia Real de Tauste, constnii;da á princi pi os del siglo 'XVI por las poTal'ts t-e ·es · de propiedad de' Oblaciones ·de Fustiñana, Cabaniles y lo s puehlos y por conse ... Tauste, ha sido considerada pOl: D. Ra-
30 ' mon Pigoat elli , Direct or del Canal Imperial de Arago n, como parte esencial de . dicho Canal ; y en efecto , PO! Real cédula de . J 2: ,de agosto de 1781 se decretó su reunía n ~ y los pr<?pietar.íos obligaQ9s á la . misma imposi cion que aquello s que S~ . hallan contig uos al . Canal Imper ial, encontra ron J;lluch~ diferen ci.a" porqu e en eL presen te pagan un quinto <;le granos . y semill as, y un séptim o de los demfls fru':' l tos , cuando antes l10 estaban sujetos mas que á una media. fanega de trigo por cahizada de tierra regable. l;legun parece , el motivo que ha de·termin ado á D. R amon Pignat elli á solicitar la reunio n de la Acequ ia Real con · el Canal Imper ial, consistia particu lar.:mente en que la presa de dicha acequia . ' se hallaba en muy mal estado y exigia la · constr uccion de una sola para los dos canales. Los pueblo i, antigu os propie tarios de , ia Real, no cesaro n de quejarse Acequ la · on de Sll propie dad, y de eleviolaci de la var muy alto sus preten siones , en las que no parece n e~tar tan funclados co mo · ~n el derech o inhere nte é impres cripti ble , de c.ada dueño sobre su terren o, y mu· eho n'las si los fondos inverti dos fueron propio s de las comun idades , en cuyo caso no hay prescri pcion alguna , y el gol,jemo tutor natura l de ella~ las debe toda protec cion. Para juzgar del ma l estado de las obras .de la Acequ ia Real, basta decir, que en .eI tiempo de 6U l'etlnion al Canal Imperial fueron valuad as él solo 394,691 realrs, y que desde 178) hasta 1796, se ha hecho bajo la dir~ccion de D. R,amon Pignat elli y del Conde de Sástago un gasto .para las repara ciones de 5~74~,366 fea- '
cuen cia el Goh ierno no pued e conc eder lo .--que 'no
es suyo .
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31
~ (IJ 011
les ., (I).Y que en el año próxim o pasado se ha :P1iÍllc.i.p íado .la ent era reed ificacíon ·del iPl.lente .acued.ucto en un arco de 30 .pie s.de diám etro .sobre el río An a. La .cam a de ,ta-otos gastos efectUados , y de los Imu.éhos que se 'han de \verifica.r par a la .cúnserv..á ci..~11 del C;lOal de TCUl s.te.~ se orí..gin a en la mala .calidad de la pied ra em pleada ¡hasta .el dia , á esc epc ion .oe. la .del €spr.esado pue nte acu edu cto , .cuy a .recou stru ccio n se ·hace .~n .grani.to ., .que se ,tr:ae en .par te por agua ,de u.na .can tera si.lua da á 9 'leguas .cerca de Tud da. Los ,motivos que tenia D.. 'Ha mon PignateHí par a que las obras de los .dos .Canales de Tallste y .de Aragon 'se pus ie·sen bajo la mis.m.a ;dir ecc iqn , tom an mas fuerza en .eI día en que 1a :presa nue va está construida., y que .la .ao-t:ígua amenaza .una ruin a -que' no se evi ta, sino con '{In par.ticLllar cui dad q, por qu.e s. e Úan incalculables los eitr ago s que .cau saría .en .un a ave nid a, la .d estr ucc ion de la pre sa .de la Real Acequia .de T.auste á' Ja del -Canal Imp eria l -de AISlgon , ya .por la posicion -Ef19'tlcl1a de la IPr.i01era .al .cu.r so .del Ebr-o, ya por 'las pied ras '~lue .el agua lle'var ia en una ráp ida cOi~ rieote hasta la pre sa one .v.a, situada .á .solo .2.,1 00 !loesas . ·mas abajo. La .sep a.rac ion ,de .estos ,dos ·.can ales no .sie.ndo de nin gu, " .modo .pra ctic abl e resp ecto á la ,s~gurid a c.l .Y .p ~ rIll aDencia ,del de Ara gon , el gob iern o tien .e que ind emn izar .á .los .pueblos ,pro pie.tarios del .de Tau sté, ·.considerándolos .com o .despos eidos de .él .po.r .causa (le u.til~ .dad 'púb lica ; y ,como se ~la <:\'aluado ,$U jmp o.rt e .en 394:6.9 'í ,reales ., .el ,go-
'Páglna t4; , a~ la deserlpclon e'de Sásl ago, 'impJ'eiO en ZCil'agozde 109 Canales I~per¡al de Aragon '1 'Real de a 'afio de 1796• .
Taust~ por
el
bieruo debe dar cuenta de dicha su.. ma á los propie tarios ó a lo mellos pa... garles el in ter es : debe tambie n el gobierno en e!!tricta justici a, para pagar ]os intereses atrasados de la Sl1ll'la á que son acreed ores los propie tarios desde 17 8 [ hasta 1834, hacer efectivos dichos inte" reses, que siendo· por un aoo al 4 por ciento de 15,787 reales y 2~ marav edís, forman en S3 años un tota·l de 836,745 reales , al qu e añac~iendo 'el princip al de 394.69 r , hacen un capital de- 1,::\3 1,436 reales, que conven ido en una inscrip . cion de renta al 4 por €iento , dará anualm ente 49,~57 reales vellon y 15 marave dís en beneficio de los tres puehlos, antiguo s propietarios del Canal de Tauste . Para no dejar nada por discuti r de Jo ql1e puede aclarar la cuestio n del Canal de Tauste , falta solo fijar el cánon que tendrá que pagar por cahiza da eada propietari o; y como las ti erras del terri torio de Tauste , no Ion menos feraces qne las que se hallan á lo largo del C:lO al Impe· ríal, su d .non d eberá ser tambie n de 24 real es por cahiza da, pnrtieu larmen te si se atieno c al sin númer o d e estragos que ]as aguas ocasion an cada aóo á la Acequia Real, y á los mnchos gastos que exigirá la reedi6 caeioll de la mayor parte de las obras que se ballan .en un visible estado de destru ccion. I
Por decret o de ~3 de abril de 1794 a con la provinGia de Arago n fue cargad I ' . ' ' ¡'Yag'.a- oa fll.le 5 ·- ,- . una contnb uclOn anll al -de un md lon (e ' 1; .'.' ./ _1 e.¡, CO ~l, .lr:z ,fJ1aUrsula . espr e- IS. VD. qU,e tiene que satisfac er: durant e la cclOn del Canal I:npe~lal ba~ta,su sa tle pag·' arlo. mien tras du.. - constru emboc adura en el Ebro a las \OmedJ ac l~ . as· de. c~n~tr:llc" d~ Sá.stago.. Si se atiend e á. la época de,..
El mzollon de rs. l Á ".. t i O ' e Ara O on
anu al
ren,., las pbl'.
cíon por cons ecue ncia: de esto:, y pr.opo-ni~endo la con~.., paifi a conc luir' las' obra s en: diez aPios,. solo se pued e: conc eder .['Olí'" es te ,tienz po y no por vein te ai10's como SO"f' licita la cOln pañi a ..
de que el Aragon sllfre esta
carga, y á los trab:Jjos hechos desde entonc es no se no· tan mas que funesto s resulta dos, por.que abando nado el plan primit ivo de sn, íll1S· tre autor D. Ra!110fl Pig.nat elli, no re' han ejecllta do mas que obras acceso rias inútiles ó de dimen siones e¡:trecb as sin armonia con las existen tes, y que no corres'" ponde n á los s3crific:ios exigi(los. Cua renta años ban transc urrido , y cuaren ta millon es ha fUgado la provin cia de Ara go n sin haber, adelan tado nada pa.ra el objeto que se ba propue sto ¿se diri:! por eso que debe cesar aquella itnposicion? Aqui !le presen tan clos t:asos ~ t1no~ que el espresa do decrctQ ha de cumpl irse l5egn n toda la estfl1sioD 'oe la pala bra, y , como el gobier no no está en sitnaci on de mnclll ir en mucho tiempo el Canal Imperial, la provin cia de Aragon sufrirá un impue sto indefin ido; ó bien que una compañia ofrece conclu ir la oora .en diez años ¿se deóecb ará su pí'opos ícion ' porque pide que el Ara80n pague el mismo mi1Ion duraut e yeillte años,?' El Aragon tieoe e.l mayor interés de 'q ue se conrin ue el C:mal J-mperi ...I segun el proy ecto de D. F e lipe Cúnracl y 'coÍnpañia, porqne estelld íeodo 'las 'obr~ 8 'hasta el Medite rraneo , cada pueblo de esta proy!n cia situado ce rea del Euro ser~ ru~r to dI" mar, lo ql1e comtln, <:a~á <le tl',echo en trecho un movi miento d e ~~a!lajo, indu stria y comer cio, ql)e será n.ot:lbJ,cr has· ta en Jas' poblac iones O1 as leJa tlaR; y por otra parte para los ()ei nle millon es que se piden se gastará n en la mi sma p rovinc ia masde ' ochenta,qn~8on los que constan en el presllp uesto de los 1 7 0 millones q \le exíge tocl'a la empr.esá .lcfltr~, '?~uJefa y la nlda Qe los .A Ifu '1.lIt>s, . Aq ui se pl'ese~ta una, reflexid n Ó;la6
54 1lienr aciona l 'que especio sa, que es, ,que ·en el momen to que la compa ñia pide un millon durant e 20 aBOS par.a eJeootar el .Canal Imper ial marí:timo desde Tudela llasta el MeQliterra oeo , las cuat.ro pro'lin .cias de NH:ar ra, A.t:agon, Catalu ña y VaJenci·u que atravi,esa dicb~) .canal .. se.apro. ·yecha rán, en algun modo de él.en razon de los gaHós que ·!le harán en cada una, .de .donde se .saca la natu ral consec uencia , que .las e5pl:esa~as :provin cias deben concur rir ,en esta propoc cion al pago del r.cfer.ido Ill~ llon, es decir, que Navar ra satisfaría las ;0 .partes , Arago n fas ¡~ C.ataluña 1as lo .y Vale.ncia otras 10 (1) Es ta l:e'pal~t i cion pa I:ece .ra n t.O mas jus<la en ·cuanto se ha ·tenido pr.esen te en .to.dos los estado s de Europa al hace.r ..cm presas ., cu-yos benefic ios ..r.ecaen prlllci palmente sobre varias provin cias, el qne .las .c ontribu yesen á su coostru ccluno Mucho s 'edifiCIOS como mol inos de :haTina y aceite., batane s, casas d'e posada &c, .J'esi·ones ., j'abr icas d enla s se han cotlst<ruido y .hacen parte de la pro· pied:ld del callallmp~l,ial , .que hubiera no sean estri claln en te "ido mejor d ejar .al ollidad o .juicioSG de esga:.. .nave la para ~o;s i sar:. Jte~e 'pecula dores par.ticula res, porque no soo servici o directo del .mismo p.ara .e l rie:'go ¡lo se .necesarioscuyaal ejecuc ,c'l'on ion estaria .acaso mal callal, 'C0172 .pue den .concede.r .á sgne .á causa de Jondo adelan tada con los nzuc ho l~eno~ c,on dichos edi ficios se .han des~·iado -de su ver· .pafl. ia., dadero desti nó;per .o estos edificios son .l~ .c:alid ad de pocle-rlos ,ena- tal manera inhere ntes al canal .pOl" s t lO 1 s,o. lCl.ta .. .nzo lT-.Co p':ent . . tl~ uccion, .á 'Ia que las misma s obras •~ . 11.0 ,dránli cas sir.ven de 'base ó fundac iou, que ' 00 es posible separa rlos, y se notará :bien que b~jo la misma administracion
'Todo'S .los edifi cios? po-
y
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I
l.,
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¡110 'por eso aejara ae Aunque el l'éillO de 'Y:!Ienda nq g~ acerca ent eramen te al "Ebro., ose en.Ia ejecucio n ocupánd .ya o, marítim erial ~randes ventajas de la construc ion .deLCa nal111zp que ,abunda dicha provinc ia, 6 :ieTíal .tle sus muchas obras., ·y.a dando .salida ,á Jos . géneros de , portand o ' lQs ~ que .le ¡hacen falta.
_
(1.)
35 la comp3 ñia concesionaria darán ' un' valor que el gobier no nunca podrá' 83'c ar. En cuanto á la enagen acion de algunos edificios se tratará de' ella, mas\ adelante;
La parl e del Can al In.'¡;'" peria l que estd ya cOTlstrui.., da se c-ederá á 1'a:Co'lrlpailÍa perO' en los térlnino'S' que se' dira lnas adel ante ..
El aran cel de dere chos
11
'.
Para ho pertnr bar el órden (Te' los mi's,'" mos reparo s ,se hablará tanibie n mas adelante en tos tér.m,inos en que se' cederá el. canaL actual: á, la' compa ñia.
No se frata aqni de estable cer una es... cala de preerninenci'a entre los canales -de nave gaci on que' prop one Castilla y Arélgon, ya por su l'orr'gim la CompailÍa~, es nzuy esce - magni tud, ya por sus ma'yores clifi'cnldta-y $iv~ y debe rá mod erar se des de constr nccion -' por su interés rocal, y por la i'mp'Ortanci::r comercial -;' sulo se 'mucho. puede afirma r 'que bajo n'¡ng~m aspecto , el canaLde Aragon es inferio r al' de Castil1a, y así" fo que es Justo para uno' debe ser de dereeh o para- otro'. m arrícnro' 10 de la Real' cédula dé 17 de marzo de J 83 J qne conced e la em. presa del canal' de Castilla, díce: "la tarí- , "fa de navegacion que(la fij~cla' á dos roamaveclís por a-rroDa y legua, Ínterin no "se cancla yen los tres ra males, y á tres ',mlnravecl is cuando esltn conc1oidO&.~' EJ: derech o de navega cion qoepid e la eompañ-in de D. Felipe Conrad , para el Canal Imperia l marítimo, no es mas que el de! Castill a, y aunqu e una asociacion de capitalistas no sea enemiga de sí misma, hasta el puuto de exigir na arancel cuyos prec:ios excediesen á los qoe la concurren cia podl ia ofrecer por tierra; la Compa ñia desde este mome nto Se redu'ce á UD maravedí y medio por anoba
?e '
36 'cagtr.l1ana y legua de á 20,000 pies caso :tellano s que es e'1 mism0 derech o que ha '6iclodete,rmioado por el canal de Tamarite .de Litera (1)'
j'
Los benefic Ios ql1e nl1estros IP ay or~ han r cciLido de tilia institll cioo ó establecimieu to cu ale squi'er a, llOS 'tocan lIa uy poco y no Nemas mas q'u e el interés del mo· es qn e lo,;; propie tarios ele las se eXlg 'en mento.; y asi ,J"o.n eSC~SIVOS s d e los cU113 les ele Aragcll egable ü errasr lo pOI' J'" ad~ 'Uald se acuc.l'd au ni a\Jn que lIO desig ¡lllste ..con y de T a pal'te de las ti erras cs.uCl io :tant o el gobi erno .jorn lard e!l el princip t3ban sin clI'1tivo por falta de riego , y gne ·un regl a,ne nto part icula r, otras m uebas comun ales, ban sido repars sin al.qu e . d eber.ei s llget al'.se la tiJas -e n.tre ·Ios ".ecino s de los pueblo icion Cjone de 'cu Lti'varIas , ¡pas:¡,nde que se .le tAra'asi'cond :C(Jl npañ ia, de ,un estado .cJe muert e y .de inerdo cono cilni ento á tien~- cia a,l .de vida y filOvim~ento. . -d{.trá .come:11o se ·calcnl aban, aunque se ,oportUTW--. los pl'esUlnian, todos los benefic ios del rie· go, se ha ·creido de rigorosa ,iusticia .11El.tQ· D1 3r mas que 'una parte ele las miese.s ·y co, "8~ cb a s efectiv as, 'Y'así ·el cánon se fijó en -el mismo fruto; pero mas adela nte y á ·medid a que con el transe Ul' o del ·tit'lupo 'los _pl;opie ta rios han esperim entado el ,pro· · duc~ ,r.eal de ·sus 'tierras , h an [l' ni du tam:bien en 'm as 3'V-el'sion ht 'recoleccion que :se hace·del cánoLl en 'f1'111-o, 'Y que fS sien!' lpre vejator io ,de .cualqu ier ,modo q.ue ¡e nlaga; ·de aqtii las ·quejas repetid as y el ·.descon tento general q!le cada dia se nota ;mas y exige un remed io pronto v La m ayor parte de los propieta rios 'consi ente en qu e el cánon en especie p:Jgne en dinero , Y la dificul tad, si foS' -la Ilay en el dia, consi5te en determ inar '.valor, q ue -s~gu n .el bal'Oll de' Cast iel,
Los derechos que acllllt':llmente se cobr an por el riego d. los tahra do ~~es ~
y
y
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po
a, fecha · ~'S ·d.erabriJ (iJ Art iculo 21 -de IáReá! c'é'c \.u la ce conce5io Q Llél 'Cana l de Tamarit e deLiter á !,¡o,ooo p1 es legua de una y ia, med masy Kilogra ¡ ¡ á .quívale e , ua castéIla Ulra ,'A¡'¡'oba . nos ,í 5,566 Metros
;
"
¡
57 ti,guo Direct~r de. nichos cnnales, y la opi,nlOfl de prOpletano6 celosos e1el bien estar de 10S' clll~ivacl?res, yen fin, despnes de muchas cl.tscuslOnes, dictá menes é infor,mes, ,el decreto pn ra el canal de Tamari1:e -de Litera, - Io fiji.l á 24 rs. annales pOi' ..cada cabl zélda de 20 cuartales de á 72.00 Nar as cu adrad as (1). P<ua co n vencerse de tocl,n 'la exactitud ,de eSlos da tos co nvi e ne ' Ieer el capítulo .terc.ero de las ·t:Jti~idades de Jos canales Im,pe~· i a l.y Rea l de T a uste; página ) 37 y si. ;gUl e ~tes de .J<l clesc ripcioll de sus obras; y ~tamblen el Hlfor rne dado por .el señor baron de CastieJ á la dipl1~acion provincial .de Ara~o~l en S ,d~ mnyo ,de 1.8!lo [ , que se .trans(;nbe en se,gu Ida.
Conl,° la nafJegaci·on La sesta gr~,cia que piéle 'Ia compañía e.n su represeLltJcion es como sigue: "El por Inedia del vapor ha hepri, i'legio escl usi vo d e tra ns portar viageros ellO progresos estraordina- ··"en sus buques propios, y de fijar 10 que .derlos.J y los ~stá hacz:endo .,ben pagar Jos q lleva) a n .0..0 .otros (uerca nde establecer bllqllesde .vapor;~' ,cada dia lnayores.,. el Go- ·,tes'EyI elestablecimiento est:lusivo de bubierno no se 'puede av.entu-. ques de vapor, .no ~e ha estendielo .mas que respecto al transporte de .viageros fa!' á -conceder ·un privilepara quie nes la cel eriJad es uno de Jos .gz·o:escllts ¡va perpetuo .J ca - priIl cip~tlt:'s méritos, .y como esta vencaja ~o sGli,cita la Compañia.J nO sera' dc1·L1icrl a sillo_,á LJ t-jecllcio.n de las . •
.o b ras d e
él
olllp'aOia,
~s
muy Justo que
porc¡u,e podrza llegar caso , ella sola apr.o~ec~e ~t~ b endicio.. ; ,oue resultasen de ello ara,En cu a nto , a (heho ,estableclUllel?to .7 ,. • • 5 . -para el trasporte de -mercaderías, se . ob¡ves per¡UlCfOS .al ,cOnZCI'ClO s~rvará qlle .ell>.él Ja ,cele[idad no tieaeya . y :al pais.. ~I ll1 i~mo interés, y asi el . pre~io bar.ato á ,
(1)
,que si e mpre se Lllsca condllclrla'S, '¡mpe. dir'á h astJ cicno punto el u.sodelqsbuquei d,e .: vapor, qlle por otra par.le traen cqnsigo m~y-or , i.nconven~eflte I~ara ·los canales, . en general ro u.y -estr-eohGs~. destruy'eodo
Ariículo'~ ¡ 'de ¡a'Real c'é dulade c(:m~¿sion MI 'Canal de Tamal'ite de Litera, fecha !l,$de AbrIl i 834'
38 ens márge n es por el ef<lcto del impulelt
J-
que el agua recibe oe las ruedas durant e en rá pido movi m ien too Para obviar un poco este inconv eniente y apr o vech arse tambie n de todo el an.cho de las esclusj s, se ha id eado poner una sola rueda atrás ó bien en el me, dio del buque ; este último moJo es preferibl e para la- conse rvacion de las márgelles de los caoates , así como de los mismos buq.ue s , y la CO"n1 pañía no admitir á buqu es de' ~a por con las ruedas en el costad o.
Para la .form acio n de la Com pañi a' por acci ones ,se jOrl nará un regl ame nto p~rticular., á satis .lacc ion _del gobi ern,o, que hará par-te del cont rata .
.
Si-endo la compa nla de D. Felipe Conrad procla mada conces ionaria del Canallm peria lMarí úmo, y h echa su fianza, pre3en tará a,1 gobier no el reglamento particu lar de su asociac ion por accione».
Sob re las gara ntías que se ofrecen~
El depo slto de los cuas que tro nu'llones de reale " _ . " • con ~ arlla p Cor~l ' ofre ce la. _ la conclicion . de reco gerlo h ,b ,' ' . l uego qll~ 'teng a o ras .ec11ras por valo r de la lnzs ma cant idad , no I es 5aara n~ ' 'za suce der podl que tza ; .po,r ' éitan do lá ' Conzpañia queI~. b rasd e o as tUYtese ejec utad 1
•
I
No habien do en España regla mas 9 me· ~os fija I~J r~ las fi an zas en mate.ria de em' presas pU'htl~a~, no se ha qnend o al ' b~· cer la propos lclon de depOSitar c~atro mi' \Iones de reales~ rnas que reconocer el princi pio d e una gara ntía necesaria al gobier no, y corno err el dia las cuestiOnes de in,teres genera l son el ohjeto de la. mu chas tareas de españo les ilustrados, la d dar .. d. 1 J1 e,ompUl-, 1!a se 1'a a en. lS poslcl~n e ' una fianza en propo- rclon de la Importan' cía de la obra qoe trata de ejecutarse. Un artícul o inserta do en el Eco del Comer cio núm. 72 , respec to á la condu' cion de las aguas á Madri d establece por .
•
1.
59 aq ue l va lo: ~ hu bie se re co gido ya .trlp.lo de los cua.tro mí llo ne s, y de .a ll¡ en .a de lan te que.da el go .b.iernf(J sin ga ru lit ía .al gu na . ,
regla general que : HEn cua nto á ]a fianza "pa ca .el cu·mpli,mien.to del con trat o, se .,dc be fijar EU relacion ,COl1 .el p.re supues.,to · y .no ser á lo mas que .del .cin co al .,di ez por ciento.'" . -Segull ,el pre sup lles to .qu eha J).r cs~u :tad o la com paó ía ., .el gasto que ,ten drá .que .hac er ., se.rá de uno s <).'70 md lon es .de reales -vellofl ', cuyo .cin co por .cie nto , .ale r.di do al gra n .cap ital que ·se ha .de inv erti r, será .de .2..S005ÜOO rea1 es, .y ,co.filO des de ely rim er .aÚo 1a .com pañ ía .recib irá ent re el tri,il'lon de la ·prov.iu cia ,cle .Ar ago n"J lo .líq uid o .de los .dos .Canales, lm.perial y 'Real .de 'Tau ste .uaa sum a ,de .unos :1 ;50Q,000 rea les, la .fianza se pue de .fi Jar .á .10 mit lon es .que .s e(á n ~est ituidos . á la Com pañ ía según Jo .fijado. ,por Ja duo"; .déc ima obl igac ion .á que se .conlra ~. .La Com pañ ía ,de D. Fel ipe \Go nra d .cre e por .delicadezl.l .no ent rar .en mas ' p'o.r .me nor es sobre el pat ticu lar .: ,cua ¿dó .~e .ofr ece .una fianza de ! o mí 1I0nes S1! ire ,sen ta .ya una .sar an.tía in~gable._ .
La compañioa ,de be .de ter rn ina r el es tad o ,qu e ten dr án las o.hra.spo.r ep oc as , de dos .en do s añ os , .ha sta los ~. diez en Hu e debe.n e.s tar conclul~d.as ·: y .la s .ga ra ntia s qu e .de be pl'.ese.7.ü~.r han de se r pr op or cz: f!n ad as d las co nc es.io.nes .qu e .se ·le ;ha.gan,. .
La :fiatlza :á que se <com pre met erá I]a 'Co mp añí a De acu erd o con el Iljobier.no, arre gla por sí nüw la ,Cifr l ta,S .disR Qs.ip1QRfls 'y .no 'parece necesar'l() det erm ina r ~ 11 . .el esta'" .do que .ten drá n las .obr as en sus ,dif ere n- . ,tes .épocas ., sien do así que .elp laz o de diez años se ha fijado ,para la·tot'al.e jeC!ucion de la ,em,pre sa .; .per o .com o la .Co mp añí a desde .e: mo men to .de hab er sati sfecho su .fianza ent rará eu posesíon .de todQS .108 .r.éditos .de .am bos .Canales., y .del .mil lon .de la pro vin cia de Ara gon , ·se ,pue de es;tip ula r .que deb erá hab er ·.gastad o .á lo .me nos .:2.0 .miHenes., .valox del pre s.up nes JO., en J.os.dos primeros . a~os que seg uirá n al dep ósit o de d.ic ha fianza. La5 razones por que no se esti pul a la'l ' , \...1
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40 suma de 34 millones, que co-r responde á la quinta parte d e los 170 del' presl!lpues: to, consisten en q!.le á los- principios de ]a con stuccio n dc-obrns grandes, no se pued e dese nvolver la misma actividad que lIJas adel ante, á causa -de la di6cultad de pro· eu rarse de una vez el número de jornaleros y obreros necesarios en los diferentes géneros de traba jos, y pon er á su: c1ispo. slcion los utensi lios herramientas y máquinas de toda especie que exigen las obras hidráulicas, sin hacer menl'ion de las avenidas, que precisan-iente en dicbo tiempo podrian suceder é impedir en par~ te los traba jos· I
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Adelnas de todo lo di. cho, la - COJnpaiiia debe arir eglar su propuesta -' tanto ~'2- punt~. á las concesiones 'évmo 3á las garantías, á las ocho proposiciones que ha sentado la Real Sacie-d ad . EcoT/¡oil/Í.ica , de Zaragoza ; ,Y. son· la.s· siguientes: , j
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Despues de haber contestado á todas las objecciones h echas de R eal órden al pro yec to de l Canal Imperial M aritimo, la Compañía de D - Felipe Conrad discutirá y apreciará las ocho proposieiotlc~ que ha sen tado la Real Sociedad Económica de Zaragoza, manifestando desde luf'go su sentimiellto de que dicha Sociedad no ha ya creido poder entrar en una via mas ancha de fom ento, para promover la eontinuac ion de una obra tan esen eial á la prosperidad de la agriculrura, iudllstria y comercio, de la provineia de AragGn: t'Para cu)'a dispendiosa ejecucion ;,el gobierno no t iene recursos para eos;,tearl a y que será siempre lenta sino es"tá presidida por el oficioso agente del ."interés particular, qu e es el mas pode"roso cuando lejos de entorpecer su accion "se la facilita con fuertes es tímulos.t' Asi como lo esp resan los Reales decretos oe 19 de ma,o de ' 1816, y 31 de Agosto
de 1819.
41 El gobip.rno, conservando 'siempre la y, ,el dominio directo del troactur.¡.l del Canal 1 mpcrialde Aragon hará césion de él á la Compañía á ceno :) enfiteút~co, bajo un cánon moderado ,roporcionado, á sus réditos. nrn",'p",f
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La Compañia en su representacion pide por primera gracia :' "La prop'iedad del )HrOZO aetual del Canal Imperial de Ara)'gon y Re3 I de Ta USle, con tocios los edi. »ficios y de mas accesorios , 'en los mismos ),términos y COIl lbs mismos derec[¡os que ),10s el isfruta la admi !l isrracion ac.tIl31!' , Po¡. segunda gracia la compañía solici.ta: ), La propiedad de los deUJas trozos )'qlle se construyan en los mismos térmi- ' )100S que el antecedente,)' La Soci edad Econpmjr3 de Zaragoza, es de dictáll1en que él gobierno , conserve 6iempre h, propiedad del Canal actual y que solo baga cesion de él á la Compañia á cemo enfitéutico moderado, Contestando al VII reparo ', In compa. ñía h a demostrad.o la imposil.Jili~ad de separar la djre~cion y conservacion de la Acequia Real de Tauste de las del Canal Imperial de Aragon, y ha determinado la soma que el gobierno tien e que pagar á los pueblos, antiguos propietarios de di: eha Acequia, con respecto á su desposesion por C:l1lSa de lHil idad pública. El Canal Imperial al presente no es mas que una propiedad del E, tado en lu": ' r,ar de ser particular, que , tari1bi ~ n ' se ha de desapro[/i á r por-cansa de ' ntili,da~ ' pú Mica, ' con la "sola diferencia qóe el 'gq. uierno se 'illdemnizará á sí misMo:'" ( , No habienao ni razon ni , justicia p~~ ra que el gobi erno ' obre cO !1 si'go rn'i'súi'()' de otro modo que lo haria con los propietarios de la Acequia Real, no se \'é ql1é interés pueda tener e n conservar en apariencia, la propied a.d d el Canal ac· tual en m ed io ele los trozos que- será n del dominio de la Compañia, y mocho mas cnando en el ya citado decreto de 19 de mayo de 1816 el Rey (Q. E. G. E.)decla.
42 que; "~a tenido á bien exchar el ce,,10 é interea de los Ayuntamientos, Ca"bildo~ Edesiásticos "i ·Sl1'g.etos panicula"re8., p~ciona l es ó estrañgeros., para 'que me .acometan estas empresa.s:;.en la ¡·nte. "Iigencia .de .que ren.unciará en su .fa ~or t,las ~tj'i'lüades .q ue r.esll1tar'ian ¡á la coro~ma" costeando .de .su cuen·ta.d ichas obrast l palabras benéficas · y miras ,ge[~erosas .q ue .esoLuy.en 'todo censo ó cánon que hubie·se.de pagar la Compañía. IJ na ·observacion ~ue la 'Compañía no ;puede 'menos de presentar, e.S .S.oh.re la 'preocn pac.ion gener.aJ ·COA Tespeato .al <costo ¡pr.in1,.¡t.iNo del Catlal Imperial, que ,8~,gwl ·se ha dicho es.de 11.44 .lTiillones , y De rinde ni ann uno 1 medio por cien.to .al año, cuando se han de .i.n:vertir .su mas .considerables en 4lila liw:pia general.; ,en .el .es.tanco de1 'puente .canal del }alon ; en la recotl6truccion de 'Ios machones ,ó ~p.ila. res de la casa de com,puertas, á .causa ,de la' mala \Calidad .de aa .pjedra; en eL r.e.s.ta· blecimiento de .las már,geoes desí.guale. y deam.ivelada5; ,en fin .. ~n ;]as planta.cio,nes numerosas que se han..de hacer.
11'3
En ,esta. tf;t!siolf1. ..se ,com prende1 án. ·t an 'E n'la contestacÍGn a'l 'repa no IX, se'ba 101amente dás .abras -r edificWs que ·sean lbecho conocer la Ín:tima uníon <que exis.. es~m:i{fl,lmenle -anejos al canal JPQ,f.a los 'te ·entre los .diversos ,edificios ,y las mismas dQ~. ·obietos .de r.i.eso 'Y ,na"~aci(;)n,, 'Y las .Obr.as hidr.á.uil icas, :por ,cu:ya ·raZOll 110 es que ',!o ,-JQIil las ¡debe COnS6f..mr .el 8 0 - pQSible negarlos á la Compañia, J!l.ües se,b.Í'~r;no:,en :prcpieaa.d -:absoluta. .ria no .sacar ;la .mitad del valor que ,ten,drán ·en sus .manas .JJ ,ó para d~a.rl.as des.truir , ·como :sucede ·en ¡los .edificios .p úbli• .- blicosde·.todos :105 Estados .en ,geneca'l, que .saben :er~gir .monu.mentos ,mejo.r -que 'con· :servados• . La <compañía ;no 'reconoce ,mas que oos ,establecimientos .del.todo .estraÉÍos á la ~mpre8a deL /can al t á saber: el del puente sobre el rio Gallego que debe volver á -la
.lq
43 . Direccion general de camirio! , canales; , los paseos de Zaragoza, cu ya, conserv'a cion ,es asunto de pura pol'iera municipal, advirtiendo que )a pfO'p.iedad de lo. árboles es esclusiva del Canal'. La Compañia lÍo tiene nada que añaSe comprenderán ígualmcnte en esra cesion todos los derechos de riego 'Y dir á fo que ha contestado á los. repanavegad orr, y se formará un reglamen- ros Xl y XII. to para ambos olrjetos, con. inter~encion de alean. representante de los colono.s" moderando los derechos que exigen, y ' aun regulándolos á dinero- en lugar de rutos,. procurando tambien conciliar la libertad de la propiedad particular, con la comodidad del sertlicio '.'f pagos, sin perjudicar á los dueñas- del: Canal.
N a .se ~erificará la entrega de [() que se ha comprendido en la ces ion , sino al cabo de cuatro años des-pues de , . . las obras proyectadas en el Canal nuevo, ,. con la circunstancia de que la Compañia lle~a ya ,inI'ertidos por lo menos .5-6 millones ae
Por esta razon, durante 108 cnafrct años, )a Compañia no podrá ejecutar' s~ bre el Canal actual los traba jos cuya éOlJ-. ' mé1'3cion se ha becho ma§ arriba, 6 biell se tendrian que estableeer ' d~ adminig. traciol')es á nn mismo tiempo, ¿quién jUZM gará los conBictos, debates y di!.cusiones que se suscitarán entre el'las r 'l;y porqué' fijar el plazo de la entrega á cuatro año:) con la circunstancia que la compañia 1Ie-ve ya invertidos por lo menoS' 56 millones ? La Compaáía' tendrá so principio y existencia desde el instante que haga su ' fianza, y desde este 'momento tambien ' deberá ser puesta en ,posesion de am~s canalés, edificios y demas accesorios, así como de todos los derechos de ri·e go, na· vegacioo, pontazgo &c.
En los 'diez años primeros despJ.esSiendo moderada el cánon, el no \ierifi cada la entrega de lo cedido, p:rgarl'o en Jos di ez primeros años, no Compañia quedará rele"ada del cá~ ponclria á la compañia. en sitnacion de rnfiteútico que se establezca, con el . atendet mejor á sus obras, porque no hay t:17H1-
44 ;olticto .d e qi.t~: pu~da
atender me;ar á la .ejec;ucion de Za.$ obras; per0'PlJLsados ·los diez a,ños, pO{3orá ln Compafi.-ia -anual-" mente por tercios el cánon establecido., obligánd.ose á (>eáficar la entrega en la Tt;so.~er,íCL general fj.e Zarago.za.
paraClonentre él Y los 17 millones debe gastar 'c ada año; ·de todos este descargo para ser verdaderamen ven'ta joso, dC'?be.ria ser si rntl 1táneo los traba jos y no p ri ncipia·r á ,los 'Cll .años desplles ,de 'elfos. ' La Compañía tiene ya dicho que guP ·Io·s espresados Rea1es 'd ecretos 1'10 he pagar cemo ni cánon, y si estuvO -eQ 'este caso, ¿porqué fijar los pagos les pOl' tercios, cuando la c0stnmbre .Derul es á lo mas hacerlos por lriitad
Al ().erificar la entrega de las obras ,: ,l Qué tendrá que hacer la Con) !del Cantll, 'Se entregaran ·igualmente á con. útiles y máql1'Íoas qu e se le em ,la Compañia .zas útiles y mriquinas ,que rán cuatt'O', años despl1es de ba"ber te ;existan en los almacenes actMales, y cor- la obligacion de proveerse de todas .r.espo.ndan ó ~eafl necesarios para el 313r- necesarias para sus trabajos? '9icil;J de~ ·. Ca[l.a'l, ·mediante iflVentario; , En 'cuanto á las dernas existeoci pe~~ no ~·s~ ".entregarán .{ I1S demas existen.,. :cual esquie ra que sean y que ' pudiera cia-s . que ' Plld:i.err:z. haber, ·como gran?s, ber, se deberán lamhieo y sln es ce ,efecto~ ~e consumo ó de comercio .&c . dea:,lguna, entregar á la Compañía el m 'yae: dispondrd el gQb¿cr.tlo libremente. , ·dia de su afiallzamiento. · ' '1
La .. Co..mpañia '. no poa-rá enagenar. ·· ::.:: . ~':La C'o~lpañí~ por todas las co~sid .nada [~e lo~ r¡ue reciba por 1(J. cOl'/.ccsion, ., dones c1edoc.:·~das en la presente con , y se obligara liÍ mantener t0das lm obras <;:i o n, no plJelle consentir e l cleja.l' de en e·l. e5lad@ 'cor-respol1d¿ente~ para que dueñ a y propieta.ria absoluta, en los ·no:se ,lr,tter:r:umpa .la n avcgacion, nifal- mos té r minos qú e lo es en el dia el go, fte .el'6l:Jr.vtciQ del -ri ego. Tampoco podrá biernode losCJn aleslrflperialdeAragonr ¡tra~fJelf;ar ' 'la gracia á otra corporacion ó "R eal de T a liste; con todos sus edificios y .Compañia sino c0¡'1 -permiso del gobierno ', demas .accewrios, así como lo será de los ~'Y dcspue's 'de pasado~;diez añ0S de con- · ..obras nuevas-qu-e seobliga á ejecutar des(efluidas .lgdas .las o'hn;¡s. " ·de Tuclela hasta la 'rada de los Alfaques. ~ l derecho de enagen:ar es inherente \lO concederlo á la Coml)aóia es d ecir que no es prop ietaria, ha· ·cer para 'ella una escepcion al derecho 'C0iDl1n, p~ner trabas i s,u especulacíoJ1, 110 ' libe rt ar la de . mil inconvenientes que .. atrasan en lu g:?r ue adclal1tar las cosas, y 'en de·nniti·v o impedir',la \Tender, si lo juzga
.:á la pro piedad,
·45 convenlente á SIlS intereses, algunos : graneros inútiles Ó c,lsa ~ de posada y parada en mal estado, ó bien de deshacerlas para la solid ez de las mismas obras ..hidráulicas que le sirven de fúnclamento. . El com ercio estaLleciclo sobre una escala estensa camb.iará sus costumbres, -se .s,epara.rá de tnl Ó tal punto' para esta .. . blecerse en otro, adonde 'exigirá que la Compañía emplee los recursos que ,acaso se sacarán de otra parte, porque como ya se ha dicho: ¿Quién asegurará que .esr~1inosa! ' ta empresa será provechosa y y para no dar , nada á la , exageracion: ',,¿,Quién .puetie decir que los capitales que · 'se i,rwel"ür~! 'n en ella, tel\clráó el 3 pol' -ciento de interés líquido, cll~ndo en la . .actu::¡Jich¡d el Canal ]mp~rial rinde el uno y medio 'de producto total, como )0 ·da á conocer .el estado que se halla al fin de e~t~ escr:ito, ~ cuanclo .f{las en el Canal de Lallguedoc el rédito no lla !>.¡bino, si',no en es~os .últimos años,. a'1 ·total de JO :por ciento 'des.pues de ún siglo de con,s": :trucci()o., y de la ac1ministracion mas eco· '>Ilómica, ilustrada y bi-en .entendid;:¡? Sin .embargo de 'TOdo la Compañía no ,quiere su'bstraerse á las garantías que ,el , ..gobierno ,debe exigir, y en prueba de ello .)'econo-ce justo llevar su fianza á ·diez mi'llones, y no pide la facultad de enagenar ios edificios ó dePlas accesorios inútiles al .- servicio del canal, 8ino despues .que su ,obra haya sido reconocida por '.completa , y aceptada por los comisionaclos del go:bierno 'nomLrados pa ra el efeeto. En una asociacion por acciones, los 'propietarios de ,ellas mlldan cada día, cada hora, y estipular <]ue la Compañia no IPlleda ·traspasar- su gracia ,ó parte de élla á -otros nuevos intéresados , s eria nn impe,di mento al ejercicio del derecho de pro-
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46 piedad el mas fatal á los intereses de la Compañia . y al mismo tiempo á 108 del gobierno y del póglico. Eo las muchas negociaciones de las acciones residen precÍsamente el mas ó menos ~rédito de seme. jantes empresas, y por consi-guiente la mayor ó menor certeza de su buen éxito.
En el caso de que la Compañia,.{altanda á sus obligaciones, no concluye las Obras proyectadas en los diez años esti· plllados, el gobierno se incorporará inmediatamente en todas las obras ~edidas :r tendrá derecha á exigí, de la Campa. ñia el cánon 'estipulado, por lo respectivo á l()s años qlte ha usufructuado la Compañia sin pagd, y' las indcmnizaci,Dnes que Je juzguen indispen.ables por deterioro en las obraJ.
! Si ra Compañía falta- á sus obligaciones, muy justo será que el gobierno se ¡n-eorpore en· las obras cedidas como tamo bien en las nuevas hechas, con arreglo á 10 que, se especificará con . mas pormenores en el contrato que debe celebrarse. En cuanto al cánon que se ha de exi; gir en este caso por el gobierno, para 'los aóos que la Compañía hubiere l1suffl:lc·tua· do el canal actnal sin pago, no se trata de 61 ', porque la COmpañia no se comprometerá de ningun modo á pagarlo.
En las empresas públicas, es menesAdemas de esto y en ter decirlo, los gobiernos no deben pararel caso que se convenga en se en las garantÍls que se llaman mqrales las condiciones ~ deberán ni tampoco en las existencias que presen· tan los contratantes que son muy variables presentarse grandes Capt- , de lin ñlOmc nto á otro; la verdadera y sotalis,t as ~ re,c onocidos PQr la garantía reside en la fianza, salir de tales y que ~ean de la sa- este pri Ilci pio seria hacer de una cuestion de cosas, una cuestiou de personas, es poner· tisfaccion del .gobierno ~ á se á que las p:lsiones se mezclen en ella y celebrar 'el contrato y fir- estrav iarse de la senda natural y decorosa que debe mantenerse todo gobierno mar la escritura corres- en celoso de su digllidad. pondiente.
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El Sr, D. Felipe Conrad.r sus compañeros se $ervirán contestar á estos reparos, como tiene dis-
Tal es la discllsion á que la Compaóía ha creído deber dedicarse , para contestar á los rp.paros hechos de Real órden. y proposiciones 8entad..Js p(i)r la Sociedad Económica ele Zaragoza, ft'specto á la cOLHinuacion del Canal Imperial de Ara-
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47 puesto S. .M. la Re in a Go .. gon has ta el Me dite rrán eo, y que par a ber nq,dora., y en su Re al mas claridad vá á rea~uqÜr en poc a. paórden es pe di da po r .e l Ex - .1ahrai. celentísimo Sr , .M in ist ro de lo · In ter ior ., con fe ch a . 15 de ju lio pr óx irn o pa - r sado.
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M ad ri' d '26 de a.gosto:
de 1:8.34.
Francis.co Ja vi er .Barra_
La :con tim laci on ,del (Canal 'im per ia'l de A.rago~~que pro pon e :ejecuta r D.. Feli Con
rad y .C omp aóÍ a hac e par te del can .pe al de el 'pue rto de:6. Seb asti an :W!sta el de! .de uni on, del Océ ano al Me dite rrán eo des a Rápita en ;]a :r.ada de los Alfaqu es ., ,a~rave.. .... uuv aa .cor dill era 6 ram iiic acio n de los 'Pirineo s ,en ,el p.1,lOtto de Ee.begar.ate.• El nue vo ,pla n hajo ,el que la Com pañ ía :eo. nstr nid dic ho Canal., fac ilita rá á los buquesde qtii\.1a de 80 á J·oo tone ladas,., ,el .pas ar por la tUnea mas .co,r (a en ;amb08 mares sin cor rer los ,rje~gQs del estr el:h o.d e ,Gibraltar y ha.cie.nd o ,una s .mil leg ua.8 menos ,de .camino. 'E l vi~ge ,del ,ma r ·Se.p ten trio nal al Mediter.....án eo, no .será ,ma s .que .de :33 dias en lugar ~e 4f), y se aho rrar án ,nno s . , in. c u~nta x.eates .e.n .ei .po.r te de .cad a .ton ~o qumtale~. elada de á .
El :pl!eSl1p~68to tot,al ·del ·Canallmp ef.ial Mari·t imq , ,es de .400 mil1~nes , '! de 17°· par.a la .par te 'que .la.C om pañ ía tom a á su .car go .des deT ude la ~hasta la rad a de Alf aqu es, que será .con clu ida en el plaz o de 10 afios.
48 El plan presenrado se fija en los datos y documentos del Canál actu'al que, comprueban: ' 11 1$ , .~. !' n,..' ,
Ql1e el ' Ebro lleva á lo meúos, en las aguas bajas, un caudal igual á tres veces el que se necesita para 'la nav egacion y riego que ha~ de proporcionar los dos Canales Imperial de Aragon y Real de Tauste. \ , • Que la velocidad del agua ó la pendi'i mte del fondo del canal no ofrecen obstáculo alguno á la libre y fácil navegacion. _ ,
.
Que ya la esperiencia ha d,emostrado 10 adecl,lado' del método empleado para pasar c<?n'el canal,el mal terrerío simoso y "sin consistencia qúe' se encuentra mas allá ) de Zaragoza. '
IDO
En fin, que las dificultades que pueden presentar las' con'struc~iones ' en· ef.mi~ rio Ebro, aunque graves, no sao de naturaleza insuperable. Las gracIas que solicita la compañía son:
La propiedad de los Canales Imperial de Aragon y Real de Tauste , con todos 8US edificios y demas accesorios en l<;>s mismos términos y con los mismos det:echos ,que los disfruta el" 'go~ierno ~ así corno de las dernas obras' que. se cons,troyan. IJa facultad · de enagenar la porclon de dichos edificios y accesorios, que no serán útiles al servicio del mismo canal, despues que las obras esten concluidas entre Tudela y la rada de los Alfaques, y reconocidas como tal por los comisionados del gobierno nombrados .para el efec,to. ' ';
",
' La Compañía pide ademas por ~o años el milJoo anual impuesto al reino de Aragon; el que pagará esta provincia sola, ó en uniDO de Navarra, Cataluña y Valencia como ya se ha dicho. . " ' . La Compañía cobrará un der~cbo de un maravedí y meclio por c~Toba : y Jegua de todos los géneros que se transp.ort.arán por el canal, y 2.4 ~~ por cada cahizada de tierra regable en los territorios de los· Canales Imperial de Aragon y lleal de Tauste. ", .
49 Para el cumpl imient o del contra to. la Compa ñía se obliga á deposi tar diez mi· llones por fianza, 103 que rescata rá á propor cion que constru ya obras ó trabajo eq ni valen tes. El e;obier oo tendrá que indem nizar pa·ra su despos esioH, por causa de utiliela r! pública, á los pueblo s de Fustió ana. Cabani les 'i Tauste , antigu os propiet'arios ele la ReJ I Acequ.ia , con -una inscrip 6on. de 49,2.57 reales vellon y 15 rual'avedís de renta au ual al 4 por ciento del capital de J ,23 J ,436 reales.. , Todos 108 porme nores de esta grande empre sa, sefnn especificados en el contra to pecul iar que debe cé lebra.rse entre el gobier no y la Compa ñía, con . respec to a las condiciOlres qu e acomp añan á la represe ntacion h.echa el 24 de julia del año próxiro pasado. Madrid 30 'de Setiem bre de 1834.
feJip e Con rad y Com paúi a.
51 por el Sr. Baron de: Castiel, Director de lbs canares d~ Aragon,. ·á su J?iputa(áoq Provincial, sobreesposicion de' los heredeL'o;s;" para reducir á dinero· er ' pago en fruto ..
INFORME DADO
E·xcmo., Sr'.. EMcuando el informe que se me pidi6 con fecha' 13' de Setiembre pr6!>:imo' pasado, sobre' la solicitud de los labradores regantes, con las aguas del Canal Imperial , para que se les aliviase en el cánon con que contribuyen; por esta razon' debo hace,., presente á V. E.: 1 9 Que las tierras que no estaban' roturadas ni tenían riego antes de fértilizarlas el agua de los ca-, nales Imperial y rIe ,Tauste, satisfacen un séptimo de los granos y semillas que se cojen en ellas, y un octavo de uvas, aceitunas y demas frutos .. Las- tierras que ya gozaron antes de otros riegos' menos abunrIantes, á estaban cultivados sin; riego y hoy lo tienen permanente por los cailales, satisfocen un quinto á las semillas y un sépti,mo de los demas frutos. z? Las tierras de la primera clase eran por la mayor parte comunes é incultas, y así" se repartieron gratuitamente á los labradores" con la condici"on' de pagar dichas cuat'as, y la de perder la: heredad si pasaban tres años sin cultivarla, segun ~ostumbre regular de los' labradores" debiendo estable- , cerse á otra persona en ella. Pero las otras tierras de antiguo cultivo'eran de particutares que, adquirieron su proptedad por los títulos ordinarios. 39 Concedidos' a[ gobierno por convenios con la Santa Sede, los diezmos y primicias de las tierras nO'!!'Ltes que á sus espensas fert~; lizase con riegos, y ' fa parte corresporrdiente al aumento (le rliezmos por rq¡zon dc estos rie- ~ gos en los terrenos antes cultivadoi ~ no se ha pagado diezmos de las tierras novales, y d~ , las viejas ha satisfecho fa empresa de los canales' á- [os partícipes' aquellas- c~otas que se han fijado como corr'espondient:es á los productos anteriores al lien,eficio det riego. 49 Tambien' ha habido tierras quehanpagado ·el agua en din'ero á' razon de ocho.reales-deplata"por primera regadura de cada' año y de cuatro por las succesi7,as, satisfaciendo 2.8 reales de' plata, tsto f! s~ reales 2.4 maravedis" vn.los que ajustaban el riego anual y pagando ademas' diezmos de toda su cosecha á los partícipes, (í pesar (re que parece' no correspon-dia á estos cobrar lo tocante al aumento por raza,", del riego del' Can{ll, .r.S'e calcula generalinente. en la cuart () parte del total producto. ':/! Por particulares contratas' han recibiao otra's tierras el agua pa~ando un tanto convencional en frutoB Ó dineró'por el riego de un término ó partida. 6~ La recoleccion de frutos que tocan al Canal se hacen de manera qae se evite el fraude en su pa-
52 go., de donde :'esultan 'mil vejaciones al labrador, <¡ue 'Vulneran e , derecho de p:fipiedad, pero gue S OIl necesariamente anexas al sistema de cobrar un, t,mto el fruto que se coge. A , dem as se consume en gastos de administracion y reco!eccioll de frutos la cantidad de 146,776 ,!ea les '2,5 maravedis, (n) capital que IZO produce á la nadan, existiend~ la pos&bilidad de que /la se utiLice e<t[/, tampoc.o de todo lo q¡le paga el lnbrador,como eS, inevitable suceda prillcipalmente en la cOh'echa ele uvas. Los,productos anuclles de las tierras regantes pue,tlen calculnrse en un millon "Ueinte-y siete mil nuevecientos trece reales diez y nueve marave• .dis vellon {b) segun es de ver elel estado m$m. r? cuya séplima parte casi se, consume en la re,co!eccion im pl'0d uctivamente . 8? Los gastos de ambos canales se costean de los fondos de la .empresa, siendo deSLt cargo todos los casos fortuitos de¡lfl.s obras y Zas limpias cle Zas grandes acequias de riego, pues solo son ele cuenta de los heredeJ'os las de las hijuelas de derivacion. 9? El ebjetodel Canal Imperial eS la nqvegacion yel riego,- calculándose para las dos atenciones necesarias 9 pies de agua, los 5 para navegar .Y los 4 para, regar tierras. El cc;nal de Tauste ,e stá destinado esclusivamente al riego . ID. La construccion del Imper ial fue á cuenta de lu nacion; que sineorltar la:! gastos anteriores al reinado de Carlos IiI empléó solo durante'este de los fonclos del erario t 35,265,671 reales. El de Tauste .se hallaba en tan mal estado cUa/Jo dG se incorporó con el Imperial , que se tasó' en solos 394,69 r reales, y en las primeras reparaciones se invirtieronya cblco 711iZ1.ones de reales para ponerlo corriente como se conservaba, quedando A la empresa la 'q!Jligaaion 'de mantenerle á grande CGsta por las frecuentes avenidas de , los barranc,os que lo destruyen" i l. D eclarada por las Cortes como nacional la empresa ele estos callales, y determinado que st..' continua.cion se costee por la hacienda pública para poder adoptar el ventaj080 siste,úa de cobrar el riego en dinero; la nacían puede con· tentarse con que las tierras regante~ paguen la cantidad que cue8ta anualmente darles el agua, lo que t oe& á los diezmos que p ertenecen al erario, y un moderado cánon que recompensando en muy 'Pequeña parte lOIi inmensos gastos hechos, úrva -de algun auxilio á la con. tínuacion de la empresa, 6 al reparo de de~eriot,os por ca~'os fortuitos. Puede combinarse que e'l h/¡brador c/.tóra estas ateneione8 ped/.ando menos cl;e lo que ha :¡;a,tisfecho, gozanclo de la lilJertad de qüe se le ha privado, y no p agando mus de lo que cuestan los riegos y diezJ1WS <k 7a.s ti.erraG que f ertilízan otras acequias. 12. Los gastos de comervac¿on en el estado gue se e'{lcuentra el Canal Imperial ascienden á la c.antidad anual de [,'- 1 0,2,57 reales diez 'Y ,ocho mal'avedis, cuya Sl!f,ma co,npl'ende gastoG propios del proyecto nacional de l2avegacioll, ,del 7:amo deZ 'riego y ,d e gastos comunes, de .zOG que deben ,cargar~e aZ primero .cinco nove- , nas pá7:Jes ~ y 'ail segundo las 'Cuatro restantes, tomando por base los pies de agua destinada ~ cadr,z ohJeto. t 3' En el canal de Tauste se ' cargan solo los gastos que le correspon.de pagar , pir e.l ~oste a.nual Lk sus obrils ordinarias 'Y los sueldo;s de 3,US empleados. 14. La r.aZOIJ de ~
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(a) :Rccolecélan,
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in'r~v.dis •
.tellles,y,,6, IIl.er~ y..di ~. r.,le,_)' d ,~,t.vedis.
55 gastos que acompaña con el m$mero!lo señala lo que oorresponde pagar hajo ese supuesto á las tierras de ambos canales, que es !lo4 'reales vellon por callizada en el Imperial, y doce en el de Tauste. Para comprobacion de este cálculo se incluye por apro:y;imacion el estado de flalzizadaS de tierra que se hallan en cultivo núm. 3 siendo de' notar que las cargas de tierras Navarras "Se consideran á las cahizadás Aragonesas. IS. Por el proyecto que se induye núm. 4 1 se clasifica lo que cada especie de tierra puede contrib'uir, s~ñala~do á to- ' das el coste del riego, y á Zas que producen, el cánon de seis realeS vellon, y el todo, ó la cuarta parte de la décima primicia que por nuevas ó viejas debe cobrar la nacion, ha.biendose propuesto unos precios moderados como puede con'vencerse por la razon del valor ordi. nario de diezmos que resultan del papel núm. S. (1) 16. Las tierrasde.lapartidadeMiralbue_ no, término de Zaragoza, que sor de las qu~ hablan los recurrentes en la representacion que .t engo la honra de devolver á 17. E., se hallan en tan mal estado que no parece justo comjirenderlas 'en las reglas generales proyectadas; las aguas han esteriliz.ado este término, y la guerra ha destrozado las viñas de que abunda. Solo nuevas plantaciones podrán acaso dar medianos productos, y al ef ecto convendría conceder por gracia particular el agua por $,010 el precio de doce reales vellon, mitad de su coste en los cinco primeros años á lo: nuevos plantados. Las demas tierras de Miralbueno podrían obtener tambien por otros cin' o años la ventaja de p agar sobre los !lo4 reales del coste de agua; las nuevas 6 reales, y las Diejas !lo pues estan tambien afectas al diezmo, y aunque mi opiniolJ. particular es, de que no prospera la agricultura en este t érmino, que solo pale para cria,r, almendros y yerbas de pasto; sin embargo, la nacion. interesa en hacer esta prueba para procur'a r su fomelito.• 17. La solicitud que incluye la representacion de que se quite el pago ,á .los regadores de un sueldo por cahizada de tierra con que les re,tribuyen los herederos Ir¡, cons,idero jus- ' ta. Esta carga que se introdujo por la costumbre, ha tomado ya carácter de obligacioll, siendo anterior al riego del canal en algun;zs parti(las.. La empr~sa puede añadir al situado de cinco sueldos que tienen los regadores, lo necesario para completa rles el diario de 8 reales vellon que es proporcionado á su trabajo, aunqlJ..e .inferior al tar.zto que componen en el dia cobrando el sueldo por cada regadura. 18 De todo resulta que antes importaba el pago in fi ;utos de ambos canales 1 ,oz7,9'13 .reales que ' segun: el proyecto se pagat'á solamente 8r 3,90.$ r.eales, quedando beneficiad.os los labradores en ~ I 3,98'8 reales, y result,anao .á ffJVOl' de la nacion' p ara los fon dos de, la empresa z$6,o93 real.es. Si los diezmós . se ·ma~dasen rebaja r, se det erminaria .entonces es.te resnZtado, pues de los .¡ 8 reales .en que se tasa su producto por cahizada, deberá descontarse aquella parte que constituya la rebtrja que acue.rden las Cortes.
Es cuanto pu.edo informar á V. E. Zaragoza.s de Mayo de I8.n.
(. ) 1.a COnlpañia R' licue ~ su llispo,iclon l•• nehi"", de la provincia de Ára~o!. '
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csl2aos de que hace ",enei •• ril Sr, Baro. de C.~tiel, .y ~.e e·"isleo en lo.
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. , Por los derecho s que ha percibid o la empresa de las tierras' regable s que pagan en especie , y que han ingresa·J o en
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Tesorer ia. • Por los derecho s que ha percibid o de las tierras qne pagan' en dinero. • Por los arriendo s de yerbas y minucia s. Por' los de molinos , posadas , cantinas y ótras fincas. Por las obras que h~~e el canal en algunos riegos particu "lares, cuyo valor reinteg r; n despu es los inte'resa dos, y 'por fa venta de algunos materia les y planton es de ár-
IOS,3 66 Io~,740
67,7 6,
,
boTes. Por los de pontazg os de la Casa Blanca y Torrero . Por el ' prod~cto que ha rendido la navegac ion. Por lo cobrado de la contrib-ucion del milIon~
.
,
~8 ,74r
8.
~1,99t
!18.
99,7 16
14' 17·
J ,O~o,4S3
\
1,99 1, TSS
Suma:
~~.
n 75,676 reales despues de NOTA. EIt [os íngreso$ del quinquenio de I8!l.1 á r 83 r, sobraro verificados los gastos, que vienen a ser J $, J 35 realel anuales .
'
•
I
.
¡Por ¡los 'gastos de recoleccion d.e gritnos, ,uvas, ,aceitunas 'y demas frutos. , • " ,. Por los diezmos .que,s.e 'ha 'pagado en dinero, " .. Por los censos. A
Por Jos ,gastos ,de montura, herrage" caballos.y demas de oadmínístracion.
...
. ,. . ...
,R..
mrs.
98,87.7 'lu,079
lí· 8. 16.
,7,06~
,lI.95,I48 9 68 ,043 92.,lI.:43 4 1 ,39 6 ~í'1 ,839 .167,454.
Por el de limpia de los dos canales. ,. Por limpia de las acequias y riegos. • Por el prest y calzado ,á los presidarios. " • • .. .• Por los sueldos ,de ,empl.e.ados .de Jos dos Canales: " .. Por las ¡pensiones concedidas ,por S. M. Por los ,c,aballos 9ue se emplean en el tiro de los ba¡:cos y demas gastos.respectivos á na vegacion, segun 9ueda j ndicado. _, .•' .• _. .• • .• • • .. •
'106, lOS..
'P or el 1Io p.% abonado á los comisionados que recaudan .la contribucion del millon y demas indicado. • •
·lI.J,Oll.3
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33.10.
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NOTA. .En 10$ .'ingresos :d el quinqueni o de 1'82.7.4 183 J ,so'hraron ?$,6?-6,reales.despues de ltl'ificado$ los gastos, ,.que ..'vienen. cí .ser , ~$,13$ reales .anuales,
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