Semanario La Voz de la Calle Nº 159

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TRUJILLO, 25 DE SETIEMBRE AL 1 DE OCTUBRE DEL 2010

DIRECTOR GENERAL: CARLOS BURMESTER LANDAURO

Año 04 - Nº 159 - TRUJILLO / PERÚ

Tribunal Constitucional da la razón al Club Libertad y a la familia Burmester.

L

Alexionadora remembranza de César Vera Zegarra.

a votación en distritos puede ser determinante para decidir la elección a favor de uno u otro candidato a la presidencia regional. La campaña de los tres principales partidos o grupos políticos, Apra, APP y Súmate, dirigida a marcar los “cuatro símbolos” que ha logrado calar en el electorado, deja al garete sin embargo la otra posibilidad que es la de hacer “chanchita” y escoger su preferido en cuanto a la presidencia regional, ya que la municipal está prácticamente definida s.e.ú o.. En La Esperanza, mayoritariamente APP, ya sabemos que se marcarán las cuatro “A”; en El Porvenir, mayoritariamente “Súmate”, igual, la Cruz y lo mismo en Florencia de Mora,

E

l presidente de la República, Alan García Pérez, promulgó una ley que modifica varios artículos del Código Penal con el propósito de reprimir actos contra los servicios públicos. La norma, aprobada previamente por el Congreso, dispone que el hurto agravado de bienes que forman parte de la infraestructura o instalaciones de uso público, sus equipos o elementos de seguridad, será sancionado con no menos de 4 ni más de 8 años de prisión. La medida abarca a las infraestructuras destinadas a la prestación de servicios públicos de saneamiento, electricidad, gas o telecomunicaciones. Si se trata de actos contra vehículos automotores o sus partes importantes, la sanción será no menor de 2 ni mayor de 5 años de prisión, y de 60 a 150 días multa. La misma sanción se aplicará si la conducta recae sobre bienes que forman parte de la infraestructura o instalaciones de transporte de uso público, sus equipos o elementos de seguridad, así como los destinados a la prestación de servicios públicos de saneamiento, electricidad, gas o telecomunicaciones.

mayoritariamente Apra, la estrella... Por lo que los votos irán a sus respectivas vertientes. Pero, ¿adónde irán los votos regionales, en Huanchaco y Víctor Larco donde aparecen candidatos independientes con fuertes posibilidades? Los simpatizantes de Fernando Bazán y Wilder Vásquez, en Huanchaco, por qué candidatura regional votarán'. Y los de J.J. Córdova y Wilmar Moreno en Víctor Larco, ¿a quién escogerán? No arriesgamos mucho si pronosticamos que Huanchaco y Víctor Larco podrían decidir quién será elegido Presidente Regional. Falta poco para saberlo.

BIENES DEL SECUESTRO, EXTORSIÓN Y TRATA DE PERSONAS

Créalo si quiere porque no es dogma

Sin embargo, si los actos recaen sobre bienes provenientes de la comisión de delitos de secuestro, extorsión y trata de personas, la pena privativa de libertad será no menor de 6 ni mayor de 10 años. Cuando se trata de actos que causan daño agravado a este tipo de infraestructuras, se aplicará pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de 6 años a los responsables. ATENTADO CONTRA LA SEGURIDAD COMÚN

Por otro lado, la ley sanciona con no menos de 6 ni más de 10 años de prisión a quien crea un peligro para la seguridad común, atentando contra fábricas, obras, infraestructura, instalaciones o equipos destinados a la producción, transmisión, distribución, almacenamiento o provisión de saneamiento, electricidad, gas o telecomunicaciones. La disposición alcanza a quienes atentan contra la seguridad de los medios de comunicación pública o puestos al servicio de la seguridad de transportes para el uso público, así como los que dificultan la reparación de los desperfectos en las fábricas, obras, infraestructura o instalaciones de

los mismos. SANCIÓN A QUIENES ENTORPEZCAN FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICO

La misma ley dispone que se aplique no menos de 4 ni más de 6 años de prisión a quien impide, estorba o entorpece el normal funcionamiento del transporte o de los servicios públicos referidos previamente. No obstante, si el individuo actúa con violencia y atenta contra la integridad física de las personas o causa grave daño a la propiedad pública o privada, la pena será no menor de 6 ni mayor de 8 años.

Homenaje de Eduardo Gonzales Viaña.


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