MIÉRCOLES 19 DE FEBRRERO DE 2025
Santo Domingo
MIÉRCOLES 19 DE FEBRRERO DE 2025
Santo Domingo
Pese a que se ha señalado que los jóvenes prefieren vivir experiencias y cambios laborales, una encuesta de Children International señala que valoran la estabilidad. De hecho, la buscan. Y también quieren obtener una casa, auto, estudios, viajes y más. 09
Problemas legales por cobrar deudas en redes sociales
Segunda vuelta: más grupos indígenas discuten el voto
El correísmo se alista para dominar la nueva Asamblea
Milei busca desmarcarse del escándalo de criptomonedas
Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
Editor Regional: Lorena Melo Mieles
Redacción: santodomingo@lahora.com.ec
DAN i EL m á Rqu E z sOARE s dmarquez@lahora.com.ec
Elcinismo, el pesimismo y el cortoplacismo autodestructivo continúan apoderándose de nuestra clase política. Lo que el Gobierno actual se ha empeñado en hacer con el campo petrolero Sacha — una concesión directa, sin gran beneficio para el Estado, cuando la actual petrolera pública sí está en condiciones de operarlo– evidencia la codicia y la prisa de quien cree que ya no hay futuro.
Bien podría el país comenzar una discusión seria, sin tabúes, que conduzca a una reforma profunda del sector petrolero Quizás sea necesario poner fin al dominio estatal del subsuelo, convertir a la petrolera pública en una empresa a toda regla o liberalizar las condiciones para la inversión privada. Sin embargo, lo que vemos en este momento no es un giro ideológico ni un afán transformador, sino apenas la actitud depredadora de una camarilla dispuesta a empeñar irresponsablemente los recursos de gobiernos y generaciones futuras a cambio de un poco de liquidez para fortalecerse en el poder. Convencidos de que el barco se está hundiendo, quienes están al mando empiezan ahora a despedazarlo a hachazos; buscan hacerse con un buen pedazo que les permita, aunque sea a ellos, mantenerse a flote.
Desde que el régimen de Rafael Correa procedió con la misma irresponsabilidad con el campo Auca—un hecho que Fernando Villavicencio denunció formalmente en Fiscalía el día anterior a su asesinato—, todo Gobierno ha soñado con destazar el sector petrolero estatal para su beneficio. Aceptan condiciones terribles a cambio de unos pocos millones que traerán alivio temporal al presupuesto. Sin embargo, a nadie se le había ocurrido hasta ahora proceder con la temeridad con que lo ha hecho la administración de Daniel Noboa. Si esto llega a concretarse, el Presidente y todos quienes pongan su firma tendrán un importante aliciente para permanecer en el poder todo el tiempo que puedan. El riesgo legal que los acompañaría por los años venideros sería imposible de ignorar.
O RLANDO Am ORE s T ER á N logcaba33@gmail.com
Se preocupan más por su imagen, que por sacar al país del andarivel hacia la cubanización. ¿Cuándo van a entender que administrar
Publicidad: mgranda@lahora.com.ec
Año: XXVII No. 11.325 Los
Calcular el dinero generado desde la corrupción en un país es un reto para cualquier autoridad u organización. En Ecuador hay intentos de dar con esa cifra, sea general o por períodos. En octubre de 2009, Domingo Paredes, secretario ejecutivo del extinto Consep, dijo, basado en un informe policial, que en Ecuador circulaban $10.000 millones del dinero sucio, $7.000 millones del narcotráfico y $3.000 millones por la corrupción. La cifra representaba el 10% del PIB, hace 16 años.
En 2018, el Banco Interamericano de Desarrollo determinó que el país permite que se roben casi $4.000 millones al año en compras públicas. Guillermo Lasso, en septiembre de 2021, dijo que la cifra de la corrupción en los últimos 14 años habría sido de $70.000 millones.
Y, ayer, el presidente Daniel Noboa aseguró que el narcotráfico mueve $30.000 millones al año entre tráfico
de drogas y otros delitos. Esto significa el 24% del PIB actual.
Los mejores especialistas anticorrupción del mundo han fijado el costo de la corrupción en el 5% del PIB mundial (unos $5 billones).
Precisas o no las cifras, lo innegable es la presencia del dinero sucio en el país por haber permitido que se convierta en refugio del narcotráfico. De hecho, Ecuador ya cuenta con los cuatro pilares que sostienen la corrupción: la necesidad de enriquecimiento desmedido, oportunidad por las instituciones debilitadas, la tolerancia por la aceptación de la corrupción y la impunidad para los delincuentes.
La penetración del dinero ilegal y en esas dimensiones, incluso pone en riesgo a industrias, líneas de consumo, bienes y servicios. Cortar ese flujo sería muy doloroso para amplios sectores de la economía, pero es al menos un debate necesario.
una Nación no es un premio ¡Entiendan! Es un compromiso con los connacionales en donde la excusa no puede priorizarse por sobre la restauración de la Patria.
Ejercer el mandato no es salir bien en una fotografía, es anticiparse a los problemas. El mayor problema irresuelto para Ecuador, es mantener la estructura jurídica narcoestatal que nos hunde en muerte, corrupción e indolencia.
No saldremos del pantano pútreo, camino al infortunio, con mandatarios que consideran que gobernar es cuidar su apariencia y pronunciar discursos huecos. Requerimos mandatarios que entiendan que cada acción que adoptan o dejan de tomarla, afecta a 18 millones de ecuatorianos. Si seguimos aceptando que la improvisación siga captando el poder, estamos condenando al fracaso a las generaciones por venir y a la nuestra.
DiANA Luzu R iAGA V ERA diluve2005@yahoo.com
Freddy Orlando Luzuriaga Espín. Hoy, a través de estas líneas, expreso una profunda nota de orgullo, que contrasta con un dolor insoportable por la pérdida irreparable de un ser humano especial, de esos que llegan al alma por su carisma y calidad humana: generoso, trabajador, buen hijo, buen hermano, un primo de esos que solo recordarlo te saca una sonrisa, aunque hoy nos invaden las lágrimas. Escribo este artículo en su honor porque la gente buena merece ser reconocida, valorada y recordada como ejemplo. Freddy siempre vivió con propósito, con esfuerzo constituyó su empresa para generar fuentes de empleo. A sus trabajadores los trataba con amabilidad y siempre estaba atento a sus necesidades. Su corazón era así: dadivoso, abierto, genuino, muy desprendido de lo material, muy humilde y sencillo, dueño de un humor que lo convertía en el centro de atención en cualquier reunión. Nos dejas un vacío que, si bien nunca se podrá llenar, tu memoria nos inspira a ser mejores seres humanos para honrarte como familia.
Tu vida tuvo muchos éxitos, aciertos y bendiciones. Elegiste la mejor compañera de vida, en ella encontraste el amor y un destino de paz. Hiciste tanto bien, te despedimos con honores.
¿Pero a los criminales, asesinos, qué les espera? Ustedes no merecen nada, ustedes son escoria, nadie los recordará. El gobierno de Rafael Correa les abrió las puertas para que borren sus antecedentes penales y entren a nuestro país a tener “una segunda oportunidad” Los ecuatorianos sufrimos las consecuencias de la sangre de nuestros seres queridos derramada injustamente por esos pacto s. Ahora, más que nunca, la dignidad y la fe son nuestra guía. Seguiremos siendo honestos, valientes y firmemente claros: con la delincuencia no se negocia.
No es suficiente con ocupar un cargo burocrático o aparecer en las fotos de reuniones importantes o pronunciar discursos para agradar al auditorio. Gobernar significa asumir la responsabilidad con austeridad, estoicismo, firmeza y un proyecto de recuperación nacional. No podemos ser indulgentes con quienes nos mantienen sumidos en el actual sistema jurídico narcoestatal. Si no están
preparados para asumir responsabilidades, deben hacerse a un lado o apoyarse en los que saben qué hacer, cómo hacerlo y tienen agallas para realizarlo. El futuro no se construye con apariencias, ni propaganda. Es hora de preguntarnos: ¿Qué tipo de país queremos para nuestros bisnietos? Deseamos un país cubanizado o un Ecuador restaurado, liberado, próspero. La respuesta que demos, define el futuro de Ecuador.
Tres hombres fueron asesinados a tiros en la provincia la noche del lunes 17 de febrero.
En menos de ocho horas, se registraron tres muertes violentas en la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas. Las víctimas recibieron impactos de bala en diferentes partes del cuerpo.
Uno de los fallecidos es Fredy Orlando Luzuriaga Espín , de 42 años. El ataque en su contra ocurrió en la parroquia rural Luz de América, donde residía con su familia.
La noche del lunes, fue encontrado en la parte externa de la UPC con dos impactos de bala en el cráneo. Fue trasladado al hospital Gustavo Domínguez, pero murió.
Aún no hay hipótesis clara sobre este caso. Se conoció que el hombre estaba solo en su domicilio y, por
PROCEDIMIENTOS. El personal de la Policía Nacional investiga estos hechos sangrientos
razones desconocidas, salió.
Otro caso violento
Casi al mismo tiempo, la Policía Nacional fue alertada sobre otra muerte violenta en el kilómetro 16 de la vía a Quevedo, cerca de la parroquia Luz de América.
La víctima, Jean Carlos Cedeño, de 33 años, murió por un disparo en tórax.
Su cuerpo fue abandonado
en un camino empedrado que conduce al recinto San Andrés y, posteriormente, la ambulancia de medicina legal lo trasladó al Centro Forense de Santo Domingo. Agentes de Criminalística y Dinased participaron en estos procedimientos para recabar indicios. Sin embargo, hasta el cierre de esta edición, no existía una hipótesis definida ni se esta-
blecía si existe alguna relación entre los dos casos.
Disparado en La Concordia
Alexis Gabriel Rosado, de 23 años, también figura entre las últimas víctimas de muertes violentas, tras recibir un impacto de bala en la pelvis.
No se han revelado muchos detalles sobre el caso.
Según información preliminar, fue herido en una can-
Los tres cuerpos fueron trasladados al Centro Forense de Santo Domingo.
cha del cantón concordense y trasladado al hospital principal de Santo Domingo, donde falleció. (JD)
Un agente de la Policía Nacional fue atacado con arma de fuego cuando se encontraba en el interior de su vehículo y quedó gravemente herido, en Santo Domingo.
Jorge Luis estaba en la calle principal de la cooperativa de vivienda Mariana Peñaherrera cuando le dispararon a quemarropa con el claro propósito de asesinarlo.
El ataque, al estilo sicariato, ocurrió aproximadamente a las 10:00 de ayer, martes 18 de febrero, aparentemente cuando el gendarme estacionó su medio de transporte.
Según las investigaciones preliminares, los causantes del hecho violento también se movilizaban en un vehículo y uno de los ocupantes descendió armado para sol-
tar una ráfaga de tiros contra la víctima.
Querían acabar con su vida
El parabrisas delantero del carro conducido por el policía presentaba 11 impactos de bala. También se evidenciaron orificios en el parante izquierdo y en la ventana posterior.
Personal de Criminalística fijó 14 indicios balísticos, calibre 9 milímetros, en el lugar de los hechos. Mientras tanto, los agentes de la Dinased activaron los protocolos investigativos para localizar a los responsables de este acto violento.
La forma del ataque hace deducir que el objetivo era acabar con la vida del gendarme, no solo intimidarlo. Sin embargo, el hombre que-
La Policía Nacional aún no ha emitido un pronunciamiento sobre las causas que motivaron este hecho violento.
dó malherido en el interior de la carrocería y rápidamente lo llevaron a una casa de salud para que reciba atención médica.
Hasta el cierre de esta edición, se confirmó que el herido evolucionaba favorablemente, pero su estado podría complicarse porque un proyectil afectó uno de sus pulmones, por lo que iba a ser ingresado a cuidados intensivos. (JD)
VIOLENCIA. El agente policial fue baleado cuando estaba en un vehículo.
° Hace más de un año, Jorge Luis perteneció al GOM en el Distrito Oeste de Santo Domingo. Posteriormente, fue vinculado a una unidad de inteligencia y operaba en diferentes puntos del país.
Representantes de la Liga Pro recorrieron el estadio Etho Vega, pero no se centraron en el césped, sino en la infraestructura.
Ayer, martes 18 de febrero, la Liga Pro realizó la primera inspección en el estadio Olímpico Etho Vega. El procedimiento, que no presentó mayores complicaciones, se centró exclusivamente en la infraestructura.
Este enfoque fue un punto a favor, considerando la situación adversa que presenta el escenario deportivo, ya que por el momento no se abordó el estado del gramado de la cancha, que quedó destruido por el concierto internacional.
Geslaine Cedeño, delegada de Liga Pro, enfatizó que la actividad era estrictamente para verificar las instalaciones y, en este sentido,
TRABAJO. Liga Pro hizo la primera inspección en la infraestructura del estadio Etho Vega. se llevó una buena impresión porque notó muchas mejoras.“Hemos cumplido la inspección, recorriendo varias áreas, como graderíos, camerinos y más. El estadio ha mejorado, el informe se lo haré llegar a la comisión de Competiciones”, expresó. Cedeño dijo que hay muchas mejoras en comparación con 2024, entre las que
se incluyen las baterías sanitarias para el público. Sin embargo, también destacó que hay que corregir algunos detalles, como la conexión directa de las cabinas de prensa con el espacio asignado a los equipos.
La cancha es otro tema Para el 25 de febrero está prevista la inspección de Liga Pro al gramado de la cancha,
pero se buscará una prórroga, porque será imposible recuperarla para esa fecha. Luis Burbano, presidente de la Asociación de Fútbol Profesional de Santo Domingo de los Tsáchilas, hace un llamado a las autoridades municipales y al empresario del concierto para que apliquen los correctivos necesarios. Aclaró que existen dos posibilidades para recupe -
El alcalde Wilson Erazo indicó que se hacen gestiones con el empresario para solucionar el problema.
En marzo inicia la Serie B y en abril la Copa Ecuador de la temporada 2025.
rar la cancha. La primera es cambiar la totalidad del césped y tenerla lista en tres semanas, lo que implicaría una inversión aproximada de 100.000 dólares. La otra opción demoraría tres meses y consistiría en recuperar el gramado actual, cuyo costo bordearía los 30.000 dólares. Burbano señaló que este trabajo debe ser realizado por técnicos especializados, ya que necesita mucho conocimiento para obtener resultados exitosos. (JD)
Jesús López es abogado defensor de los 1 6 militares procesados en el caso Malvinas. Ayer, martes 18 de febrero, publicó en sus redes sociales un video del 8 de diciembre de 2024, día en que desaparecieron los cuatro niños, donde se muestran imágenes tomadas minutos antes de la detención de Nehemías Arboleda, Steven Medina, Ismael Arroyo y Josué Arroyo. Las imágenes, captadas a las 20:31, muestran a dos de los ciudadanos aprehendidos debajo de un puente. Luego, ambos salen y comienzan a caminar por una avenida al sur de Guayaquil . En la grabación se observa a una persona que se aproxima, mientras un
Los cuatro menores desaparecieron el 8 de diciembre de 2024 y sus cuerpos fueron hallados en Taura. Eran originarios de Las Malvinas, en Guayaquil.
grupo que estaba en la parte posterior del puente empieza a seguirlo. Según el abogado López, uno de los individuos que salió del puente intentó agredir a un peatón con una patada. “Al ser esquivado, regresan a esconderse debajo del puente. Diez
MALESTAR. Familiares, amigos y ciudadanos han realizado plantones exigiendo justicia por los cuatro niños.
minutos después, la misma cámara registra el video que se hizo viral, donde un civil entrega a los menores a los militares”, afirma. El abogado señala que “lo curioso” es que entre ambos videos hay una diferencia de 10 minutos, tiempo en el que no hay registro de “qué acciones cometieron las personas que retornaron a escon-
derse debajo del puente (…) Querían pruebas de que los militares actuaron en delito flagrante, pues las pruebas van apareciendo”, expuso. (DLH)
El abogado Óscar Salcedo participa en el festejo de sus colegas en su día, celebrado cada 20 de febrero.
Al conmemorarse el Día del Abogado Ecuatoriano, Óscar Salcedo, profesional del Derecho, destaca la importancia de la preparación y actualización constante, pi-
lares fundamentales para el ejercicio de la profesión.
Explica que las leyes evolucionan continuamente para adaptarse a las nuevas necesidades de la sociedad,
TRAYECTORIA. Óscar Salcedo ha ejercido como defensor en la Defensoría Pública, funcionario judicial y docente.
por lo que los abogados deben redoblar esfuerzos para mantenerse al día con las r eformas legales y garantizar un servicio de calidad a sus clientes.
Salcedo, abogado litigante con 17 años de experiencia, considera fundamental la actualización profesional. “Las leyes se reforman constantemente y debemos estar siempre actualizándonos para aplicarlas y ejercer
una defensa efectiva a favor de los clientes”, sostuvo.
Reformas
En la última década, el Código Orgánico Integral Penal ha sido objeto de múltiples modificaciones, incluyendo la incorporación de nuevos tipos penales. Asimismo, hace cuatro años se promulgó el Código General de Procesos , que regula la materia civil,
Los abogados de Santo Domingo han organizado diversos eventos para conmemorar su día.
y se introdujeron reformas al Código Orgánico Administrativo, que establece normativas para el sector público.
El ámbito del tránsito también ha experimentado cambios significativos en materia penal . Salcedo especifica que estas reformas responden a las nuevas necesidades de la sociedad, lo que exige a los abogados una actualización constante para brindar un servicio de calidad.
Ante este panorama, recomienda a sus colegas realizar especializaciones y estudios complementario s que les permitan profundizar sus conocimientos y mantenerse a la vanguardia de los cambios legales . (CT)
Se invita a la ciudadanía a participar de la tertulia sobre la vida y pensamiento de Giordano Bruno, el viernes 21 de febrero a las 19:00. Esta actividad estará a cargo de Gabriel Villalva Cassanello, director de Nueva Acrópolis en Santo Domingo de los Tsáchilas.
Según Yveth Romero, relacionadora pública de la institución, la invitación es a conversar sobre la apasionante vida y el trágico destino de Giordano Bruno, sacerdote y filósofo italiano que desafió las convenciones y pagó con
P-246856-MIG
su vida por defender la libertad del pensamiento, así como su lucha contra la intolerancia y la opresión.
“Este noble amante de la sabiduría se negó a renunciar a sus convicciones. Su vida nos lleva a reflexionar sobre la trascendencia de sus ideas, que aún hoy inspiran a quienes valoran el pensamiento crítico y la libertad”, precisó Romero.
Indicó que esta actividad es un homenaje a su espíritu indomable. “Su vida y obra nos recuerdan que la búsqueda de la verdad y
La tertulia es gratuita y se realizará en las instalaciones de Nueva Acrópolis. Para mayor información, comunicarse al 09 98 66 47 90.
la libertad de pensamiento es un camino lleno de obstáculos, pero fundamental para el progreso humano”. (LMM)
POLÉMICA. Las redes sociales son espacios donde se denuncia socialmente a una persona. La validez de la denuncia solo se determina cuando se realiza mediante Fiscalía. Foto: Referencial.
Publicar en redes sociales la foto o datos de una persona que debe dinero o ha cometido algún delito puede convertirse en un problema legal para quien lo hace. Conoce los problemas a enfrentar por funar o escrachar a otros en redes.
Lo que fue un recurso para cobrar una deuda se convirtió en una batalla legal para Andrea P., cuyo excuñado le compró un vehículo. “Tras la separación con su hermano dejó de pagarme. La deuda es de más de $7.000”, dice la mujer de 41 años.
Tras varios intentos por cobrar el dinero y ante la falta de respuesta Andrea P. decidió publicar, en redes sociales, una fotografía de su excuñado, con sus nombres y la leyenda: “¡ALERTA, deudor! ¡No confíe en este hombre que me estafó por $7.000!”.
En menos de una hora, el hombre la llamó y le pidió que borrara la publicación pues tendría problemas en su trabajo. “Me dijo que me podía pagar mensualmente, pero que borre la publicación. Le dije que primero me haga un depósito. Pasaron los días y, para mi sor-
Juicio de cobranza por deudas
Funar o Escrachar son palabras que se utilizan cuando se denuncia a una persona o instituciones en redes sociales.
La cultura de la cancelación es un fenómeno de redes sociales en el que se retira el apoyo a una persona o empresa.
presa, él me había denunciado”.
Funar o escrachar puede ser un delito
El artículo 178 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que la persona que, sin contar con el consentimiento
° No existe un tiempo legal establecido para que el acreedor (quien prestó el dinero) inicie una cobranza judicial, pues dependerá de cada caso y del acreedor, quien puede interponer una demanda contra el deudor desde que registra el primer atraso en su pago.
El acreedor podrá evaluar el comportamiento de
o la autorización legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de voz, audio y video, objetos postales, información obtenida en soportes informáticos, comunicaciones privadas o reservadas (…) puede enfrentar una pena privativa de libertad de uno a tres años.
Esta normativa se aplicó contra Andrea P., quien aún se encuentra en mediaciones. “No pensé que yo siendo la víctima de un deudor iba a terminar como la victimaria, que por violar la intimidad”.
Este tipo de acciones puede pasar en todo ámbito. Incluso cuando se “denuncia” por redes sociales a personas por otros delitos. Según el abogado Marco Tipán, todo debe ser denunciado de manera formal en las entidades competentes, de lo contrario se puede caer en in-
pago anterior, la cantidad de cuotas pagadas, hasta el momento, del monto adeudado y las garantías existentes.
Las demandas por deudas se comunican a través de una notificación, que por lo general es realizada por un citador de forma personal, mediante la entrega de tres boletas en el domicilio de la persona demandada, de lo que dará fe el citador judicial, cumpliendo los requisitos formales previstos en el Código Orgánico General de Procesos.
jurias o calumnias. Este es un delito que puede tener de seis meses a dos años de cárcel. Otro posible delito que se podría denunciar cuando hay “denuncias sociales”, como “in-
currir en prácticas intimidatorias o de hostigamiento”, agrega el abogado.
De hecho, el abogado señala que las funas pueden constituir vulneraciones de derechos y hasta entorpecer un proceso legal. “Las funas o denuncias en redes sociales pueden generar violencia”.
En casos de delitos graves como la violencia o el abuso sexual, el abogado recomienda siempre acudir a las instancias legales. “Se entiende que puede ser la única forma de pedir justicia, pero muchas veces puede entorpecer los procesos”, agrega. (AVV)
INMOBILIARIA ECUATORIANA NORTEAMERICANA CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN
AVISO DE ACREEDORES
1. La compañía INMOBILIARIA ECUATORIANA NORTEAM- ERICANA CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, se encuentra domiciliada en la provincia de Pichincha, Cantón Quito en Pasaje De Los Diezmos (N39-149) y Sarmiento Gamboa.
2. En Resolución No. SCV-IRQ-DRASD-SD-15-41 de fecha DIEZ (10) DE ENERO DEL DOS MIL QUINCE (2015), emitida por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros se resolvió DECLARAR la DISOLUCIÓN DE VARIAS COMPAÑÍAS, inscrita en el Registro Mercantil del Cantón Quito el VEINTINUEVE (29) DE ENERO DEL DOS MIL QUINCE (2015) con número de inscripción CUATRO SEIS OCHO (468).
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley de Compañías (vigente al inicio del trámite) se les convoca a todos los acreedores para que el término de 20 días contados a partir de la última publicación del aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho.
4. Los acreedores pueden presentar los documentos que justifiquen sus acreencias en la Av. Amazonas 239-N2045 y Jorge Washington, oficina 108, del Distrito Metropolitano de Quito o al correo electrónico info@quitolegal. com.ec
Zulma Elizabeth Robalino
López INMOBILIARIA ECUATORIANA NORTEAMERICANA CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN
El voto indígena en Ecuador incluye a más organizaciones, diferentes a las que integran la Conaie. Unas ya han tomado postura frente a la segunda vuelta electoral, otras tienen pendiente su decisión.
Con el procesamiento del 100% de las actas válidas (41.543) hasta la tarde del 18 de febrero de 2025, la plataforma del Consejo Nacional Electoral (CNE) mostró que Daniel Noboa, candidato de Acción Democrática Nacional (ADN), obtuvo el 44,17% de votos. Luisa González , candidata de la Revolución Ciudadana (RC), alcanzó el 43,97% de votos. Leonidas Iza, de Pachakutik (PK), logró el 5,25% y estos votos están en la mira para la segunda vuelta.
Pachakutik, brazo político de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), convocó a su Consejo Político para este 19 de febrero. Analizarán los resultados de las elecciones del 9 de febrero. Pero en el país hay otras organizaciones indígenas, cuya dirigencia también evalúa tomar una postura con miras a las votaciones del 13 de abril.
Ala indígena que respalda a Noboa César Umajinga actual asambleísta de Cotopaxi por SUMA. Fue candidato para la misma dignidad por la misma organización política
CANDIDATOS. Daniel Noboa y Luisa González son las dos opciones para la segunda vuelta electoral. (Foto: Archivo).
en el actual proceso electoral, pero no logró una curul. También fue prefecto de su provincia por PK.
“Para la segunda vuelta hay dos partidos, ADN y RC. Frente a esas dos posiciones, el pueblo ecuatoriano debe tomar la decisión clara, con responsabilidad. Hemos decidido apoyar a Daniel Noboa”, afirmó Umajinga, pero aclaró que no es noboísta. Aseguró que hay “un ala, un
En ninguna organización habrá total consenso
° Eustaqui o Tuala, presidente del Consejo de Pueblos y Organizaciones Indígenas Evangélicos del Ecuador (Feine), es actual asambleísta de la RC y fue reelecto. Representa a Tungurahua.
Él hizo un llamado a respetar las decisiones de cada organización, en paz y sin división. “La democracia debe prevalecer, solo hay dos candidatos, en ese sentido la Feine muy pronto se pronunciará en el marco de la libertad y respetando la autonomía de nuestra organización en las provincias”, afirmó. La postura se conocería en 15 días.
“Soy asambleísta electo y también en funciones. No puedo direccionar a toda la organización. En ninguna organización indígena van a poder marcar absolutamente un consenso al 100%, siempre un porcentaje van a ir por otro lado, pero nosotros respetamos la democracia comunitaria, individual”, aclaró. Cualquier candidato que llegue a la Presidencia, es necesario que atienda el tema de la inseguridad, el desempleo, en salud, becas, seguridad jurídica y se normalice la economía, solicitó.
colectivo de muchos sectores: indígenas, montubios, intelectuales mestizos”, a nivel provincial y nacional, que apoya su postura. Cree que Ecuador necesita darle más tiempo a Noboa en el Gobierno para que “pueda resolver los problemas más álgidos, el caso de inseguridad, empleo, políticas públicas en beneficio del pueblo ecuatoriano”.
Sobre el correísmo comentó: “Durante 10 años con la RC era evidente que en Ecuador existía persecución, cárcel para los líderes, odio, racismo, insultaba a los pueblos indígenas y nacionalidades, quitó la sede de la Conaie. No queremos perder la memoria de la historia que pasó con el movimiento indígena y con otros sectores sociales. Eso no es de izquierda, es dictadura (…). No queremos llegar a esa etapa de Venezuela, que vive actualmente”.
La facción apoya a González Wilman Sarango, presidente nacional de Confederación de Pueblos y Organizaciones Indígenas Campesinas del Ecuador (FEI), remarcó que
nicación de parte del Ministerio de Gobierno. Su titular, José de la Gasca, dijo el 14 de febrero que convocará a mesas de diálogo a actores políticos. “Tenemos ya nuestra posición”, recalcó Sarango.
Fenocin plantea peticiones Gary Espinoza , presidente de la Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras (Fenocin), comentó que aún no hay una posición sobre la segunda vuelta. El Consejo Ejecutivo de su organización se reunirá entre el 21 o 24 de febrero . Luego de eso, en los próximos días, la decisión se someterá a una Asamblea Nacional de las organizaciones que aglutina en 21 provincias.
“Puede que se resuelva apoyar a uno u otro candidato, puede haber otra posición de que se deje en libertad o también ir por el voto nulo o blanco”, apuntó.
su organización tiene una “larga trayectoria de lucha de izquierda progresista” y que de ella han destacado figuras como Dolores Cacuango y Tránsito Amaguaña.
“Hay inseguridad en toda la población, no podemos trabajar al 100% en la agricultura, estamos siendo ‘vacunados’ (extorsionados), secuestrados, asaltados. Frente a eso nuestra posición como Confederación, que ha sido siempre firme en apoyar a la RC, apoyamos en la primera vuelta a nuestra compañera Luisa González. Y hemos ratificado al binomio , para la segunda vuelta”, señaló Sarango.
Resaltó que para su organización la RC “es el único movimiento que está presentando propuestas claras en favor del pueblo ecuatoriano”. Manifestó confianza en que la candidata responderá a la falta de atención en seguridad, salud, educación, titularización de tierras , inversión para obras públicas, condonación de deudas, “porque es un movimiento de izquierda progresista”. Sarango aseguró que no ha recibido ninguna comu-
La organización tiene una propuesta borrador de varios puntos. Entre ellos, explicó el dirigente, piden transparentar las futuras concesiones de servicio de telefonía móvil a empresas extranjeras y hacerlo en mejores condiciones. “No queremos que se haga una concesión en las condiciones que hizo el Gobierno de (Rafael) Correa, que entregó 15 años de concesión”, agregó en relación a las concesiones otorgadas a las operadoras Telefónica y Claro en 2008 , que vencieron en 2023.
Solicitan un cambio en la matriz productiva con inversión en el agro, bajar el IVA al 7,5% u 8%, insisten en la condonación de deudas de hasta 10 mil dólares. “Noboa emitió decreto, pero con trabas”, dijo respecto a la condonación de deudas de hasta 5 mil dólares en BanEcuador.
La Fenocin tampoco ha recibido comunicación del Ministerio de Gobierno. Espinoza indicó un oficio recibido por el Ministerio el 11 de diciembre de 2024. Pidió una audiencia para tratar sobre la condonación de deudas, créditos agropecuarios, pesca y emprendimiento. Señaló que hasta la fecha no han recibido respuesta. (KSQ)
La Revolución Ciudadana discute la posibilidad de que el bloque, que llegó en alianza con el Movimiento RETO, se conforme en dos bancadas con el objetivo de tener mayoría en el Consejo de Administración Legislativa.
El oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y el movimiento Revolución Ciudadana (RC); las dos minorías en la Asamblea Nacional que, según resultados preliminares del Consejo Nacional Electoral (CNE) lograron mayor respaldo en las elecciones del 9 de febrero de 2025, esperan concretar definiciones una vez que se realice la segunda vuelta presidencial, prevista para el 13 de abril, entre Daniel Noboa y Luisa González, para trazar el futuro de la nueva administración del Legislativo. Aunque sus representantes dicen que aún no han adoptado una decisión en torno a lo que sería la nueva conformación de la Asamblea, ya adelantan conversaciones, por separado, y
aseguran estar dispuestos a tender puentes de diálogo con todas las bancadas. Sin embargo, para ambos sectores es “justo y legítimo” aspirar a los más altos cargos como la presidencia, vicepresidencias, y formar parte del Consejo de Administración Legislativa (CAL) para desde allí direccionar las iniciativas que se planteen desde el Ejecutivo.
En todo caso, concuerdan en que los diálogos y acercamientos tendrán como condición el manejo de una agenda país basada en el desarrollo de proyectos y planes sociales, económicos, etc.
Blasco Luna, asambleísta reelecto por la Revolución Ciudadana (RC), adelanta que, como bloque, se bus -
cará presidir la Asamblea, pero reconoce que debe haber una mayoría.
Luna confirma que el Movimiento Pachakutik ya es parte de los procesos de diálogo en pro de acuerdos por la gobernabilidad en el Parlamento.
“Con Manuel Choro Duchi ( Pachakutik-Cañar ), hemos mantenido un pequeño diálogo telefónico en el marco de los acercamientos dentro del ámbito legislativo. Hay que hablar con todos, y también con los independientes para tener consensos mínimos para la gobernabilidad”, agrega.
Con los nueve votos que logró Pachakutik, y los 67 que tiene hasta el momento el correísmo, suman 76 voluntades. Solo faltaría 1 voto que podría llegar de un sector de independientes para reunir los 77 necesarios para captar los principales puestos directivos.
Mayoría en el CAL será clave Parte de la estrategia del correísmo sería no cerrarse a la posibilidad de que el bloque, que llegó en alianza con el movimiento Renovación Total (RETO) forme dos bancadas con el objetivo de tener mayoría en el CAL. Blasco Luna no descarta que esto pueda ser un tema de debate interno. Para el legislador, esto sería clave para operativizar el tratamiento de proyectos de ley y los procesos de fiscalización, de darse un triunfo de la presidenciable Luisa González y
de la RC en la presidencia de la Asamblea.“Nuestra fortaleza es mantener al bloque unido y vamos a aunar para que así sea”, puntualiza.
La Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) dice que una bancada debe estar conformada por al menos 14 asambleístas, pero con el incremento a 151 legisladores, las agrupaciones políticas necesitarán 15 representantes para formar un bloque.
En el correísmo tampoco se descarta conformar un gran bloque con ADN, porque, al final, lo que buscan y esperan la gran mayoría de ecuatorianos, es que la Asamblea permita la gobernabilidad, señala. “Para eso hay que conversar entre todos, sin polarización, ni odios, ni división”, expresa Luna.
ADN adelanta diálogos
En el oficialista ADN son más cautos y prefieren esperar a adoptar una posición en torno a la posibilidad de
que desde el correísmo se conformen dos bloques legislativos.
ADN aguarda los resultados de las elecciones del 9 de febrero de 2025 y que concluya el conteo en todas las provincias y del escrutinio en el exterior para conocer si son la primera o segunda fuerza de minoría en la próxima Asamblea. Están concentrados en el proceso para la segunda vuelta, pero también adelantan diálogos para lograr consensos. “Estamos dispuestos a dialogar con todos, en una democracia sana creemos que mientras más se dialogue es mejor para el país”, dice Inés Alarcón (ADN). Probables diálogos con el correísmo se darán siempre y cuando se definan agendas en beneficio del país, aclara. La tesis de Pachakutik es que los acuerdos con cualquiera de los sectores en la Asamblea dependen de las decisiones que se adopten en el Consejo Político del movimiento. (SC)
N.109 Del
de
del
Fundada el
de
de
CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIÓN DE PRESIDENTE Y SECRETARIO PROVISIONALES DE LIGA BARRIAL ATOCHA LA LIRIA De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente, se convoca a los señores socios fundadores de la Liga Barrial Atocha la Liría a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en la casa Barrial de Atocha, ubicado en la calle Virgen del del Sol y A la Costa de la parroquia Atocha Ficoa, cantón Ambato, provincia de Tungurahua, el 5 de marzo del año 2025, a partir de las 20h30, en la casa Barrial de Atocha, con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum
2. Nombramiento de un presidente y secretario provisionales que se encarguen de la reforma del estatuto, de conformidad al penúltimo inciso del artículo 3 del Acuerdo Ministerial 0389 de septiembre de 2021. Ambato, 19 de febrero del 2025 Atentamente
Los jóvenes priorizan el crecimiento profesional, la estabilidad y el impacto social al buscar empleo.
Ante la pregunta, ¿Qué motiva a los jóvenes ecuatorianos cuando buscan empleo?, el estudio elaborado por Children International y Empleo Joven Ecuador apunta a que lo más importante es el deseo de independencia y autonomía, así como de construir una estabilidad personal y laboral.
Entre las respuestas de los jóvenes encuestados se encuentran motivaciones como:
“Lo que más me motivaría es llegar a tener mi propia casa, supongo, con una estabilidad económica”; “Me he puesto como meta vivir mi vejez de una forma tranquila. De ahí, a corto plazo, sacar mi maestría y optar por un campo laboral que sea comunitario”.
Sectores de interés
Más del 63% de los jóvenes encuestados considera que los sectores más atractivos para trabajar son el comercio y las finanzas, salud y tecnología.
Estas elecciones reflejan una clara búsqueda de estabilidad económica y crecimiento profesional, de acuerdo con Carlos Romero, economista y emprendedor.
Por el contrario, sectores como turismo, agricultura y arte suman entre los tres menos del 11% de las preferencias, lo que sugiere que los jóvenes perciben menor rentabilidad y oportunidades en estas áreas. Esto a pesar de que, como ya analizó LA HORA, un estudio del Banco Mundial titulado ‘Ecuador: Crecimiento resiliente para un futuro mejor’ pone al turismo y la agricultura como los sectores claves para el desarrollo del país a futuro. Esto, de acuerdo con Romero, apunta a un problema de fondo porque los jóvenes desconocen del potencial de secto-
motivación
Tengo metas personales y profesionales
Necesito dinero para mis gastos
Quiero aprender cosas nuevas y ganar experiencia
Quiero ser independiente
Quiero empezar mi carrera profesional
Tengo responsabilidades personales
Quiero ayudar a los demás o hacer algo positivo
Quiero empezar algo nuevo
Aspectos más valorados por los jóvenes
Aspecto
Oportunidades de crecimiento y desarrollo
Ambiente de trabajo agradable y colaborativo
Seguridad y estabilidad
Buen salario
Beneficios de ley (seguro, vacaciones, etc.)
Flexibilidad en horario de trabajo
Reconocimientos y recompensas
ofrecen más oportunidades laborales
Sector
Comercio y finanzas
Salud
Tecnología
Sector Público
Educación
Turismo
Agricultura
Arte
res como turismo y agricultura, además no existen incentivos laborales y educativos.
“El desinterés de los jóvenes en sectores clave como turismo y agricultura es un reto que
nizaciones sin fines de lucro), seguido por el sector privado (27,41%) y el sector público (23,33%).
Esto demuestra un creciente interés por organizaciones con impacto social, aunque el sector privado sigue siendo una opción fuerte por sus oportunidades de crecimiento y estabilidad.
Además, un 14,95% se inclina por el emprendimiento, reflejando una mentalidad independiente y de innovación, como ya analizó LA HORA en una reciente nota sobre el autoempleo en los jóvenes ecuatorianos.
Más allá del dinero
El deseo de alcanzar metas personales o profesionales es la principal razón por la que los jóvenes buscan empleo (21,30%), incluso por encima de la necesidad de dinero (15,75%).
Además, la oportunidad de aprender y adquirir experiencia (15,08%) también es un factor clave.
Este enfoque en el desarrollo personal y la autonomía refuerza la idea de que los jóvenes buscan algo más que un simple salario: buscan trabajos con sentido y proyección.
Ante la pregunta, ¿Qué valoran en un empleo? Las oportunidades de crecimiento profesional lideran la lista de aspectos más valorados en un empleo (24,48%), seguidas por un ambiente de trabajo agradable (19,01%) y la estabilidad laboral (17,52%).
Estas preferencias muestran la importancia de ofrecer capacitaciones, planes de carrera y espacios laborales colaborativos para atraer y retener talento joven.
puede afrontarse con estrategias de información, educación, incentivos económicos y un cambio en la percepción de las oportunidades en estas industrias. El futuro económico del país depende de conectar a la juventud con las verdaderas fuentes de crecimiento y desarrollo”, acotó Romero.
El auge del tercer sector Cuando se les pregunta sobre el tipo de entidad donde prefieren trabajar, el 30,83% elige el tercer sector (oenegés y orga-
Además, según Carla López, economista, estas preferencias también sugieren que el mercado laboral está evolucionando hacia un modelo donde el impacto social, el crecimiento profesional y la estabilidad son factores decisivos.
“Empresas y organizaciones deben adaptar sus estrategias de reclutamiento y retención de talento para alinearse con estas expectativas. La mayor inclinación por el tercer sector también indica una preocupación creciente por la responsabilidad social y la búsqueda de trabajos con propósito”, puntualizó. (JS)
El mandatario argentino, Javier Milei, desmiente que haya 44.000 perjudicados y afirma que las probabilidades de que haya argentinos “es muy remota”.
El presidente de Argentina, Javier Milei, ha intentado desmarcarse del escándalo de la criptomoneda fraudulenta, después de que durante el fin de semana invitara en sus redes sociales a invertir en el token (ficha o moneda digital) ‘$LIBRA’, que en realidad era una moneda meme y carecía del respaldo de la economía real.
“Yo no lo promocioné, solo lo difundí”, ha declarado, después de remarcar que quienes “participaron” lo hicieron “voluntariamente” . “Si vos vas al casino y pierdes plata, digo, ¿cuál es el reclamo?”, ha cuestionado en una entrevista con la cadena de televisión argentina TodoNoticias. En este sentido, ha agregado que “por querer ayudar a un argentino” se comió “un cachetazo”. “Es un problema entre privados porque acá el Estado no juega ningún rol, que eso quede claro”, ha aseverado el inquilino de la Casa Rosada al abordar por primera vez desde la polémica publicación que mantuvo fijada cuatro horas antes de que la moneda virtual se desplomara. Milei alentó a sus seguidores de X e Instagram a invertir en ‘$LIBRA’ con el enlace de un proyecto que en teoría iba a apoyar a las pymes en Argentina. “El
tuit está planteado en ese formato, donde explico que estoy difundiendo que esto es para fondear a los argentinos que hacen proyectos y no tienen acceso a financiación”, ha explicado.
¿Por qué borró la publicación? Al ser preguntado sobre si se arrepintió y por eso borró la publicación, ha manifestado que “en medio pasan un montón de cosas”, puesto que algunas personas empezaron a decir que le habían hackeado la cuenta. “Lo cual es falso, yo no tengo nada que ocultar, no hice nada malo (...) No me voy a estar escondiendo detrás de esa
excusa. Claro que el tuit lo publiqué yo. Por eso lo fijé”, ha aseverado.
Sin embargo, ante la oleada de “comentarios negativos” y “ante la duda”, decidió borrar el tuit, si bien él “nunca borra” las publicaciones. “En ese contexto, como se estaba generando ruido, ante la duda, dije: ‘Me voy, me tengo que correr’”, ha precisado respecto de los motivos por los que decidió eliminarlo.
Respecto de quienes se vieron perjudicados por la compra de la criptomoneda, ha asegurado que es “falso” que haya 44.000 damnificados: “Lo primero que hay que entender es que ahí había muchísimos bots (...) En el mejor de los casos se trata de 5.000 personas”, ha sostenido, aseverando que las probabilidades “de que haya argentinos es muy muy remota”.
“Los argentinos te diría que no creo que haya más de cinco. La mayoría son estadounidenses y chinos”, ha dicho. A su vez, ha asegurado que “son personas hiper especializadas en estos elementos” y que, “dadas las dificultades que implicaba participar en este evento, tenías que estar muy interiorizado”. “No es tema menor”, ha zanjado. (EUROPA PRESS)
R. DEL E.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: JORGE FRANCISCO ANDRADE DITO
DEMANDADO: MARIA JOSE CORRAL
JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA
SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA
JUICIO: 15951-2024-00712
CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL
TRAMITE: SUMARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor JORGE FRANCISCO ANDRADE DITO, presentó la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, en contra de MARIA JOSE CORRAL, cuyo extracto es como sigue: “ Tena, martes 4 de Febrero del 2025, a las 15h07.- VISTOS.- …En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena, (…) Conozco de la demanda de divorcio contencioso presentada por el señor ANDRADE DITO JORGE FRANCISCO en contra de la señora MARIA JOSE CORRAL por reunir los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en adelante COGEP, en consecuencia, se la admite a trámite SUMARIO conforme lo dispone el numeral 4 del artículo 332 COGEP. CITACIÓN.Por cuanto se ha justificado que no se ha podido determinar con la individualidad o residencia de la demandada; Cítese a la señora MARIA JOSE CORRAL, mediante tres publicaciones en días distintos, en un medio de comunicación impreso de amplia circulación, esto es por el Diario “La Hora”; conforme lo determina el artículo 56 del Código General de Procesos; publicaciones que se realizarán con observancia del numeral 1 del referido artículo; para lo cual la señora Secretaria de esta Judicatura elaborará los extractos correspondientes; se le advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda y para que presente sus anuncios probatorios de conformidad con el numeral 3 del artículo 333, en concordancia con los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, bajo prevenciones de tramitarse la causa en rebeldía y en atención a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 87 del referido cuerpo legal. La actora adjuntara publicaciones íntegras (PDF), la certificación del representante legal del medio de comunicación donde se acredite las fechas en que se realizaron las publicaciones, como también se adjuntará el comprobante de pago. PRUEBAS.En cuanto a los anuncios probatorios presentados por la parte actora, constantes en su escrito de demanda, en el día de la audiencia única, se dispondrá lo que en derecho corresponda, así también la parte demandada, ejerza el derecho a la contradicción, respecto a la prueba anunciada por la contra parte, esto es: a) La partida de matrimonio del actor; b) Los documentos conferidos por el Registro Civil según los numerales 7.2 a 7.5 de su demanda; Las declaraciones de parte y de las testimoniales de los señores: FRANCISCO JAVIER ESPINOSA DITO y DANIELA RAQUEL VARGAS MEDINA se la realizará el día de la Audiencia Única debiendo notificarse de su comparecencia en el casillero electrónico señalado por la parte actora. Agréguese al proceso la documentación adjunta y tómese en cuenta la Procuración Judicial y autorización conferida por el compareciente a la señorita Abogada Kimberly Noriega Valverde, para que le represente a la parte actora en esta causa, así como también tómese nota del correo electrónico, señalado por el compareciente, para recibir futuras notificaciones. - Cítese y Notifíquese”. - Fdo) DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-JUEZ.DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TENA. LO CERTIFICO.
Con Gabriela Vivanco
Autoconocimiento, pensar en grande y crisis de los 40
SANTO DOMINGO | miércoles 19/febrero/2025 I
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA KATIA LORENA NARVAEZ MONTENEGRO
ACTOR: EDMUNDO JAVIER POLO LOAYZA
DEMANDADA: KATIA LORENA NARVAEZ MONTENEGRO
MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
TIPO DE PROCEDIMIENTO: SUMARIO
ACCION: DIVORCIO POR CAUSAL
CAUSAL: NOVENA DEL ART. 110 CODIGO CIVIL
CAUSA No. 17205-2023-00563
CUANTIA: INDETERMINADA
INGRESO DE LA DEMANDA: 28 DE ABRIL DEL 2023
DEFENSA TECNICA: DR. EDWIN MANUEL ARGOTI REYES
CORREO ELECTRONICO: manuelargoti@gmail.com
CASILLERO ELECTRÓNICO: 0400630596
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, miércoles 17 de mayo del 2023, a las 13h45. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial amparado a lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, y por el sorteo de ley.- Incorpórese al proceso los escrito presentados.- En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL POR ABANDONO INJUSTIFICADO propuesta por POLO LOAYZA EDMUNDO JAVIER portador de la cédula de ciudadanía No. 0400876967 reúne los requisitos de ley por lo que se la admite a PROCEDIMIENTO SUMARIO.- En consecuencia: 1) Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, a la parte demandada NARVAEZ MONTENEGRO KATIA LORENA en el domicilio señalado por la parte actora; para efectos de la citación la parte accionante de forma inmediata provea de las copias suficientes para la misma, hecho lo cual remítase el despacho legal suficiente; advirtiéndole a la parte demandada que debe comparecer a juicio, contestar la demanda en el término de quince días conforme lo dispone el artículo 333 numeral 3) del Código Orgánico General de Procesos, cumpliendo además con lo ordenado en los artículos 151 y 152 del citado cuerpo legal, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.-.-2) De conformidad con el artículo 333 numeral 4) del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se señalará una vez que sea citada la parte demandada en legal y debida forma.- 3) Con relación a la prueba anunciada por la parte accionante de ser procedente y en el momento procesal oportuno se tomará en cuenta: a) La declaración de los testigos nominados a quienes se los citará en la casilla judicial señalada por la parte actora, sin perjuicio de haber señalado su domicilio.- 4) Agréguese al proceso la documentación que acompaña la parte actora a la demanda, misma que de ser procedente será considerada en la fase probatoria, dentro de la audiencia que se convoque.- Tómese en cuenta la casilla electrónica señalado por la parte actora para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica.- Actúe el Dr. Víctor Solá en calidad de Secretario Jurisdiccional de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f).- DRA. JACKELINE PATRICIA MEZA MERA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, jueves 6 de febrero del 2025, a las 11h40. VISTOS.- En lo principal: Por cuanto el actor señor POLO LOAYZA EDMUNDO JAVIER, en Acta de juramento de fecha 5 de febrero del 2025, a las 08h30, ha declarado que pese a las múltiples gestiones realizadas para dar con el paradero de la demandada señora NARVÁEZ MONTENEGRO KATIA LORENA, le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada señora NARVÁEZ MONTENEGRO KATIA LORENA, en tal virtud al amparo de lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar por la prensa, con la demanda de Divorcio por Causal, Auto de calificación y este Auto a la señora NARVÁEZ MONTENEGRO KATIA LORENA; esto es, mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Pichincha.- Si contados veinte días a partir de la fecha de la última publicación, la demandada no compareciere, se proseguirá con la tramitación de la causa, se advierte a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para notificaciones que le correspondan en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Rumiñahui y dentro del perímetro legal.- Confierase por Secretaria el extracto para las respectivas publicaciones.CITESE Y NOTIFIQUESE. f).- DRA. JACKELINE PATRICIA MEZA MERA, JUEZA LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDÁNDOLE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Y/O CORREO ELECTRÓNICO Y/O CASILLA ELECTRONICA PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES QUE LE CORRESPONDAN.- SAN RAFAEL 07 DE FEBRERO DEL 2025.CERTIFICO
El Gobierno de Brasil aboga por entenderse con el presidente de EE.UU., Donald Trump, y frenar las amenazas arancelarias: “No queremos una guerra comercial”.
El ministro de Asuntos Exteriores de Brasil, Mauro Vieira, confía en que las amenazas arancelarias del presidente de Estados Unidos, Donald Trump , no se materialicen y ha remarcado que trabajarán con la nueva administración como hasta ahora, a través de la diplomacia, pero defendiendo el interés del pueblo brasileño.
Vieira ha explicado que el Gobierno del presidente Luiz Inácio Lula da Silva está analizando qué medidas adoptar, en caso de que la Administración Trump imponga un aumento de los aranceles al acero y al aluminio, al mismo tiempo que dialogan con las nuevas autoridades estadounidenses.
“No queremos empezar una guerra comercial”, ha dicho, al tiempo que ha destacado la “importancia” de continuar manteniendo re-
laciones económicas con un socio como Estados Unidos a pesar de las diferencias, y recordando que ya en la administración de Joe Biden surgieron desafíos similares que se supieron manejar “muy bien”.
Vieira, no obstante, ha contado que todavía no está previsto ningún tipo de encuentro al más alto nivel entre ambos gobiernos, ni entre los dos presidentes, ni tampoco entre él y su homólogo estadounidense, Marco Rubio.
Importancia del acuerdo con la UE
El jefe de la diplomacia brasileña ha destacado que ante el proteccionismo que llega del norte, relaciones comerciales como la de Mercosur y la Unión Europea adquieren una renovada importancia
Estos acuerdos, ha subrayado, son “como una red de protección ”, así como “la señal más clara de que la integración, la concertación y la diplomacia son la mejor solución para promocionar el entendimiento entre los países”.
Vieira ha estado estos días por Madrid para ratificar con las autoridades españolas la decisión de elevar a cumbre entre presidentes las reuniones de los dos países, siendo así Brasil el primero de Latinoamérica con el que España celebrará este tipo de encuentros al más alto nivel.
Vuelos de deportados
Otro de los puntos de fricción entre Brasilia y Washington ha estado relacionado con el estado en el que han viajado los pasajeros de los vuelos de deportación que han llegado a Brasil durante la Administración Trump. Una medida, ha explicado, que se remonta a 2019, aunque “nunca con el Gobierno del presidente Lula”, ha matizado.
Después del “problema” de primer vuelo que llegó a Brasil hace tres semanas, con decenas de pasajeros maniatados, Vieira ha explicado que el Gobierno ha comenzado “a tratar de una forma más directa” con Washington para que no se vuelvan a producir estos hechos.
La próxima semana, Brasil, que cuenta con dos millones de sus ciudadanos en Estados Unidos, recibirá otro vuelo con unas cien personas. Según cálculos del Gobierno, hay unos 30.000 brasileños que están en proceso de regreso porque no cuentan con todos sus documentos en regla. (EUROPA PRESS)
El presidente de Colombia, Gustavo Petro, denunció un presunto complot en su contra y aseguró que grupos narcotraficantes planean derribar su avion presidencial con misiles.
MADRID. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, ha denunciado este 18 de febrero de 2025 un nuevo complot para atentar contra su vida y ha afirmado que los narcotraficantes han adquirido al menos dos misiles para derribar el avión presidencial.
“A mí me quieren disparar un misil a mi avión que se compraron los narcotraficantes y que tienen guardado por ahí. No uno, sino dos misiles. Sabemos quiénes son, pero hay que actuar”, ha resaltado durante una ceremonia en virtud del nombramiento del nuevo director de la Policía, el general Carlos Triana.
Petro ha explicado que buscan “tumbarle rápidamente” porque su Gobierno está persiguiendo a “las grandes mafias de Colombia” . “Y eso puede asustar, sí, claro que asusta”, ha resaltado el mandatario colombiano, según ha recogido el diario ‘El Tiempo’.
No es la primera vez que Petro habla de un complot para atentar contra su vida A principios de febrero, aseguró que las autoridades detectaron un dron en el aeropuerto El Dorado, de Bogotá, que chocó contra un avión. Este incidente lo relacionó con los planes de un exnarcotraficante, Julio Lozano Pirateque, para matarle.
La Fiscalía colombiana abrió una investigación el pasado mes de septiembre después de que Petro denunciara que contaba con información procedente de Estados Unidos, concretamente de la Agencia Antidroga (DEA, por sus siglas en inglés) sobre un presunto ataque.
Petro vinculó con este intento de asesinato al cabecilla del Estado Mayor Central de la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias
PERSOnAjE
Chile emprendería acciones contra Venezuela por muerte de exmilitar
nacional a la mano”, ha relatado Gajardo.
Más allá de esto, el ministro Gajardo ha incidido en la importancia de “ser prudentes” respecto al caso, pues aún se encuentra en fase judicial.
El presidente de Colombia, Gustavo Petro.
PRESS
MADRID. El ministro de Justicia chileno, Jaime Gajardo, ha asegurado este 18 de febrero de 2025 que su Gobierno está preparado para emprender todas las acciones legales en su mano contra el régimen de Venezuela si se confirma la hipótesis de la Fiscalía de que el vicepresidente venezolano Diosdado Cabello ordenó el asesinato del disidente Ronald Ojeda, un exmilitar encontrado muerto en Chile, donde gozaba de condición de asilo. Gajardo ha explicado que, de ser ciertas las hipótesis de la Fiscalía respecto a la autoría del delito, se trataría de un hecho “gravísimo” que “implica la comisión de un crimen político en territorio nacional chileno, encargado por una alta autoridad de un gobierno extranjero”.
de Colombia (FARC), Néstor Gregorio Vera, alias ‘Iván Mordisco’, algo que, sin embargo, fue negado por el grupo. (EUROPA PRESS)
EXTRACTO
Pongo en conocimiento del público en general que, mediante escritura pública otorgada ante la Doctora María Elena Altamirano Palacios, Notaria Septuagésima Primera del Cantón Quito, el día seis de febrero del dos mil veinte y cinco, los cónyuges señores CARLOS RODRIGO VEGA CAMBO y LORENA MARIBEL
VARGAS CAMACHO, procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad Conyugal, la misma que fuera disuelta por Acta Notarial de disolución de la sociedad conyugal celebrada en la Notaría Septuagésima Primera del Cantón Quito, Doctora María Elena Altamirano Palacios, el dieciséis de octubre del dos mil veinte y cuatro, debidamente marginada en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, el diecisiete de octubre del dos mil veinte y cuatro, en Guaranda, declarándose disuelto el vínculo matrimonial existente entre los cónyuges señores CARLOS RODRIGO VEGA CAMBO y LORENA MARIBEL VARGAS CAMACHO
La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de LIQUIDACIÓN, PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN EXTRAJUDICIAL DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo dieciocho Numeral veinte y tres de la Ley Notarial faculta al Notario: Disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad, la escritura de liquidación de la Sociedad Conyugal previo al trámite, previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la LIQUIDACIÓN, PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN EXTRAJUDICIAL DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, correspondiente a los señores CARLOS RODRIGO VEGA CAMBO y LORENA MARIBEL VARGAS CAMACHO, otorgada mediante escritura pública el seis de febrero del dos mil veinte y cinco, ante la suscrita Doctora María Elena Altamirano Palacios, Notaria Septuagésima Primera del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido término, Particular que pongo en conocimiento para los efectos legales pertinentes. Quito, a diecisiete de febrero del dos mil veinte y cinco.
Así, en caso de confirmarse estas sospechas, el Gobierno de Chile “va a ejercer todas las acciones que tenga tanto el ordenamiento jurídico nacional como inter-
Las autoridades venezolanas arrestaron a Ojeda en abril de 2017 junto a otros militares por su presunta implicación en una supuesta conspiración contra Nicolás Maduro. A finales de ese mismo año Ojeda logró escapar de la cárcel y se exilió en Chile, consiguió asilo político en 2023. En Venezuela le acusaban de traición a la patria.
Las últimas informaciones sobre Ojeda datan de febrero de 2024, cuando sujetos encapuchados que simulaban ser policías ingresaron en su domicilio. Su cuerpo fue localizado en el interior de una maleta enterrada en la comuna de Maipú, a las afueras de Santiago. (EUROPA PRESS)
AVISO
de conformidad con los artículos 4 y 5 de la Resolución N.0 003-NGDINARDAP-2012, se procedió a REPONER, la Escritura Pública de Compraventa, celebrada el día martes once de agosto del año dos mil veinte ante el Notario Público primero del Cantón Las Naves, Doctor Wilson Toscano Tasigchana, la señorita ELISA JUDITH QUILLIGANA GAVILANEZ, vende a favor del señor WILLIAM WILFRIDO QUILLIGANA GAVILANEZ, el lote de terreno antes descrito de la extensión total dc CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS (52771.51m2), equivalente a 7.47 cuadras, ubicado en el recinto Nave Chico, cantón las Naves, Provincia de Bolívar se encuentra circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones: por el Norte, Galo Gavilánez, con (242.76m); y Curimining S.A, con (118.57m); por el Sur, Gonzalo Tocta, con (34.09m); por el Este, Curimining. S.A. con (254.83m); y vio las Naves-Nave Chico, con (173,85m); y, por el Oeste, Galo Gavilánez, con (327.19m). -Inscrita el 20 de agosto del año 2020, bajo los números (183) del Repertorio; y, (100) del Registro de propiedad del Registro de propiedad, que pudieran tener interés, pueden oponerse en el término de 15 días a partir de la presente publicación. Las Naves 04 de febrero del 2025.
Las fuertes lluvias de los últimos días dejan
afectaciones en zonas rurales de Imbabura, donde daños en la parte vial provocan que varias comunidades se queden aisladas.
I m B a BU ra .- Caminos dañados, cubiertos de lodo y piedras por deslizamientos de tierra o desbordamiento de quebradas, es lo que han provocado las lluvias de febrero de 2025 en la provincia de Imbabura.
Los sitios que registran mayores problemas, hasta el 18 de febrero de 2025, se ubican en la zona de Intag, en el cantón Cotacachi; y en la parroquia La Carolina , zona rural perteneciente al cantón Ibarra.
Según un reporte de la Prefectura de Imbabura, los derrumbes han afectado, especialmente, a las comunidades La Delicia, Cielo Verde, García Moreno – vía La Z – La Magnolia y Naranjito, en la zona de Intag; y San Jerónimo – San Francisco, en la parroquia La Carolina. Además, reconocen que
EmErgEncIa. Maquinaria pública se despliega para la rehabilitación de
que han sufrido daños, por derrumbes ocasionados por
la situación no solo ha generado dificultades para el tránsito , sino que también han puesto en riesgo la continuidad de las labores en el campo y el comercio. En García Moreno, zona de Intag, los moradores advierten del riesgo de quedar to-
talmente aislados, ya que la vía principal de ingreso y salida está a punto de colapsar. Sin embargo, el problema en este sitio empezó hace ocho meses, pero por la falta de una solución definitiva y atención de las autoridades, la situación empeoró
con las últimas lluvias y ahora hay familias en peligro de perder sus viviendas. Para atender esta situación, la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos informó que se activó el COE Cantonal de Cotacachi, resaltando que, además, el Gobierno
Parroquial de García Moreno se declaró en desastre parroquial.
Limpieza de caminos
La Prefectura afirma que puso en marcha un “plan de acción inmediato , con toda la capacidad operativa” para habilitar los caminos dañados por los aguaceros, mencionando que se desplegó maquinaria pesada en varias zonas rurales donde se reportaron derrumbes.
“La intervención del organismo es crucial para garantizar la seguridad y la movilidad de los habitantes, quienes dependen de estas rutas para el desarrollo de las actividades productivas. La maquinaria enviada por la Prefectura está trabajando en los principales sectores afectados, limpiando y despejando el lodo, piedras y escombros que han quedado sobre las carreteras, tras las precipitaciones de agua”, informaron.
Añadieron que la prioridad, según el equipo técnico, es restablecer la conectividad de los asentamientos humanos más distantes , donde la falta de movilidad podría afectar la distribución de productos y la economía local.
“La tarea emprendida, como respuesta a los problemas registrados, es fundamental para que las comunidades cuenten con las condiciones necesarias para seguir en sus actividades diarias, como la producción agrícola y ganadera, disminuyendo así el impacto negativo que genera el fenómeno climático de las últimas semanas, registrado a nivel de la serranía ecuatoriana”, expusieron. (FV)
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Señor(es) EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL: Presente.
En el juicio N° 23201202401841 hay lo siguiente:
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE SANTO DOMINGO/SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS
EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL:
Se hace saber lo siguiente:
JUICIO VOLUNTARIO: FIJACIÓN DE SELLOS. No. 23201-2024-01841
ACTORA: CÁRDENAS CORNEJO ELENA RAQUEL.
DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del/la causante CÁRDENAS
CORNEJO FAUSTO GONZALO
JUEZ: Dr. Juan Carlos Paz Gavilanez.
SECRETARIO: Ab. Juan José Menéndez Leguizamo.
Extracto de la demanda
“...CÁRDENAS CORNEJO ELENA RAQUEL, estado civil viuda, de ocupación
médico, con domicilio en la ciudad de Quito, a los herederos desconocidos y presuntos del señor CÁRDENAS CORNEJO FAUSTO GONZALO, los cuales deberán ser citados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 del del Código Orgánico General de Procesos.- Cuantía indeterminada; Procedimiento: voluntario …”
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UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO.- Santo Domingo, viernes 16 de agosto del 2024, a las 08h06.VISTOS: VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por la señora Cárdenas Cornejo Elena Raquel; el cual se atiende: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento con lo dispuesto en providencias anteriores.- En lo principal se dispone: 1) CALIFICACIÓN: La SOLICITUD de FIJACIÓN DE SELLOS presentada por Cárdenas Cornejo Elena Raquel, se acepta a trámite por reunir los requisitos contemplados en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que, tramítese en procedimiento VOLUNTARIO, conforme con las disposiciones específicas determinas en el Art. 334, 335, 336 y 337 eiusdem en armonía a lo previsto en el Art 1245 del Código Civil; 2) De conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón para los fines de ley.- 3) CITACIÓN.-Velando por el cumplimiento de la tutela judicial efectiva de los derechos de las personas (Art. 75 de la Constitución); así como, del debido proceso (Art. 76 de la Carta Magna), y, al amparo de los Arts. 53, 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados Cárdenas Cornejo Margarita Cornejo y Gastelú Concha Nancy Giovanna, con la copia de la demanda y este auto recaído en ella en el lugar designado en libelo de demanda, mediante DEPRECATORIO Virtual electrónico, para lo cual depréquese a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito y /o quien haga sus veces, Provincia de Pichincha, remitiéndose suficiente despacho en legal y debida forma, ofreciéndole reciprocidad en casos similares.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo señalado en Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el Art. 58 Ibídem, en mérito al juramento y afirmación realizado por la parte accionante, de que ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos y presuntos en la presente causa, CITESE a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de quienes en vida se llamó Cárdenas Cornejo Fausto Gonzalo, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas y días hábiles en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Santo Domingo, para el efecto por secretaria confiérase los extractos correspondientes.- 4) Cuéntese en la presente causa con el señor Director Provincial del Servicio de Rentas Internas de Santo Domingo, a quien se le citará en su despacho, para lo cual remítanse las boletas de estilo respectivas a la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial.- Una vez que se cumpla con la solemnidad sustancial de la citación a todos los demandados, se señalará fecha día y hora la inspección judicial solicitada, que será a petición de la parte accionante. Para la designación del Perito para la inspección judicial, será realizada por medio del sorteo de estilo de ser el caso, una vez se encuentren citados todos los interesados en la presente causa, se le hace conocer a la peticionaria que podrá anunciar y/o sugerir un perito, acreditado por el Consejo de la Judicatura; de conformidad con lo prescrito en el inciso segundo del Art.- 12 del Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial, para la experticia de inspección judicial a señalarse oportunamente.- 5) ANUNCIO DE PRUEBA: Los medios probatorios como son la documental de conformidad con el Artículo 160 del Código Orgánico General de Procesos, de ser procedentes serán consideradas el día de la Audiencia a señalarse oportunamente.- 6) INCORPORACIÓN
A LOS AUTOS: Incorpórese al proceso la documentación que adjunta la parte accionante.- 7) Téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial o correo electrónico que señala para recibir sus notificaciones, así como la autorización dada al profesional del derecho, para su defensa.- Actúe en la presente causa el Ab. Juan José Menéndez, en calidad de Secretario de este despacho.- Póngase en conocimiento, cúmplase y cítese
Lo que comunico a usted para los fines legales, se les previene a los demandados de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para las notificaciones posteriores. Santo Domingo a 30 de enero del 2025.-CERTIFICO
Lo que comunico para los fines de ley.
Ab. Juan José Menendez Leguizamo SECRETARIO
Lo que comunico para los fines de ley.
MENENDEZ LEGUIZAMO JUAN JOSE
SECRETARIO/A
Autores: Dr. Vicente AriAs Montero y Ab. cristhiAn LeonArDo rAMírez toApAntA. Introducción
Dentro del presente estudio académico analizamos la instituciones jurídicas de la imprescriptibilidad, dentro del contexto de garantizar una efectiva protección para sancionar delitos considerados como graves violaciones a los derechos humanos, generándose un debate con esta institución de la prescripción, que en determinadas circunstancias, puede contribuir a la impunidad, violentado el derecho a una tutela judicial efectiva, en este contexto se analizará lo normado en nuestro sistema procesal penal y constitucional y los aportes que brinda la Corte Interamericana de los Derechos Humanos en varias sentencias que tienen relación a los sistemas de administración de justicia de distintos países de Latinoamérica, incluido Ecuador, pasando por examinar un caso local de detención ilegal, tortura y muerte sucedido en Machala, parroquia Puerto Bolívar en 1985, conocido como caso Cañola, quedando en primera instancia el caso en la impunidad, iniciándose un segundo proceso penal en el año 2016. Dentro del presente trabajo se logra exponer los hechos del caso Cañola con claridad y se transmite la importancia de la excepción a la aplicación de principios legales fundamentales como es la prescripción. Sobre le Imprescriptibilidad
¿Por qué hablamos de Imprescriptibilidad?
Dentro de las conductas que se analizan sobre graves violaciones a los derechos humanos, existe un tema de discusión ineludible, por ello es necesario reflexionar sobre esta institución jurídica de la imprescriptibilidad.
Existe una premisa procesal conocida como prescripción, que beneficia a la persona investigada, cuando el poder punitivo del estado no llega a cumplirse con el transcurso de determinado tiempo, no existe una sentencia o proceso penal alguno, entonces el ejercicio de la acción penal prescribe, es decir no se puede realizar una
imputación o formulación de cargos o cesa la ya iniciada, que normalmente puede avanzar hasta el auto de llamamiento a juicio. El tiempo depende de la legislación de cada país. Con excepción de los delitos que se consideran imprescriptibles; en la Constitución del 2008, en su Art. 80 señala “... Las acciones y penas por delitos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas o crímenes de agresión a un Estado serán imprescriptibles...”; luego en el Art. 233, también indica: “...Delitos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. La acción para perseguirlos y las penas correspondientes serán imprescriptibles y en estos casos, los juicios se iniciarán y continuarán incluso en ausencia de las personas acusadas...”. también debemos anotar que en el último inciso del Art. 396 se indicada: “Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles.”;
siguiendo estos enunciados, estos delitos serían las únicas conductas imprescriptibles, el resto de conductas penalmente relevantes si prescriben.
Esta premisa pierde fuerza y se destruye cuando se investiga delitos de Graves Violaciones a los Derechos Humanos. Es necesario despejar las dudas sobre el tema de la imprescriptibilidad de la acción penal en este suceso de grave violación a los derechos humanos, sucedido el 27 de febrero de 1985. A la presente fecha ha transcurrido más de treinta años, y que de conformidad a las reglas de prescripción de la acción penal en la legislación ecuatoriano puede parecer que ha transcurrido el tiempo necesario para aplicar esta institución jurídica de la prescripción.
De acuerdo al COIP el Art. 417, señala: “... El ejercicio público de la acción prescribe en el mismo tiempo del máximo de la pena de privación de libertad prevista en el tipo penal, contado desde que el delito es
cometido. En ningún caso, el ejercicio público de la acción prescribirá en menos de cinco años”. Es decir que el tiempo máximo, en la actualidad en el Ecuador es de treinta años y de acuerdo al Código Penal vigente en el año 1985, era de quince años.
Se deja constancia de lo que dice la Constitución de la República (1979). En su Art, 44 expresaba: “...El Estado garantiza a todos los individuos, hombres o mujeres que se hallen sujetos a su jurisdicción, el libre y eficaz ejercicio y goce de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, enunciados en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos internacionales vigentes”; Que la misma norma suprema en su Art, 3.- señala “….El Estado ecuatoriano acata los principios del derecho internacional:”.
En la actual constitución Art. 417, capítulo segundo de los Tratados Internacionales indica: “En el caso de los trata-
dos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos se aplicarán los principios pro ser humano, de no restricción de derechos, de aplicabilidad directa y de cláusula abierta establecidos en la Constitución”. Luego el Art, 424 expresa: “Que la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder público”.
Dentro del presente caso, es necesario considerar que las concurrencias de delitos cometidos en contra de la víctima O. Cañola, (privación ilegal de libertad, tortura y muerte), que en forma individual cada uno son prescriptibles, pero al ser calificadas como Graves Violaciones a los Derechos Humanos, estas conductas penales se consideran en el ámbito del Derecho Penal Internacional como ¡Imprescriptibles! Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Imprescriptibilidad en Latinoamérica. Caso Almonacid vs Chile (2007)
El hecho que sustenta la acción penal es el delito de homicidio cometido en contra del señor Almonacid Arellano de 42 años de edad, que el 16 de septiembre del año 1973 fue detenido en su domicilio ubicado en la población Manso de Velasco, de la república de Chile, por carabineros, quienes le dispararon, en presencia de su familia, a la salida de su casa. Falleció en el Hospital Regional de Rancagua el día 17 de septiembre de 1973, era el inicio del gobierno de Agusto Pinochet, quien había derrocado al presidente Salvador Allende en Chile, desde este momento empezaron las acciones legales para conseguir sanciones a los responsables de este delito contra la vida, fueron varias las resoluciones que se dictaron, en la justicia chilena se discutía el fuero de los responsables por ser miembros de la “fuerza pública”. Finalmente, la Justicia chilena resolvió el 11 de noviembre de 1998 declarar el archivo del expediente, en conclusión, no hubo sanción a los responsables.
Se inició, entonces, la reclamación internacional, mediante una denuncia presentada en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, teniendo como parte demandada al Estado de Chile, y la Corte IDH emite su sentencia el 26 de Septiembre del 2006, que en su párrafo 151 señala1: El Estado no podrá argüir ninguna ley ni disposición de derecho interno para eximirse de la orden de la Corte de investigar y sancionar penalmente a los responsables de la muerte del señor Almonacid Arellano. Chile no podrá volver a aplicar el Decreto Ley No. 2.191, por todas las consideraciones dadas en la presente Sentencia, en especial las contenidas en el párrafo 145. Pero, además, el Estado no podrá argumentar prescripción, irretroactividad de la ley penal, ni el principio no bis in idem, así como cualquier excluyente similar de responsabilidad, para excusarse de su deber de investigar y sancionar a los responsables. (pág. 60)
Como se puede observar, la Corte Interamericana fue clara frente a estas conductas penalmente relevantes de Graves Violaciones de Derechos Humanos, en el sentido que no se podría aplicar la prescripción, ya que al no existir una independencia judicial el resultado final fue dejar en la impunidad este hecho. Por ello la CIDH en su sentencia ordenó que la justicia chilena inicie una nueva investigación, como efectivamente aconteció.
Caso Barrios Altos vs Perú2 El caso “barrios altos vs Perú”, es una sentencia que detalla la responsabilidad internacional de Perú por la masacre en “Barrios Altos” por parte de agentes militares, así como la falta de investigación y sanción por parte del gobierno peruano a los agentes que cometieron estos delitos.
Los hechos acontecieron el 3 de noviembre de 1991, cuando seis individuos armados irrumpieron en el inmueble ubicado en Jirón Huanta del vecindario conocido como Barrios Altos de la ciudad de Lima. Los atacantes llegaron al sitio en dos vehículos que portaban luces y sirenas policiales, que fueron apagadas al llegar al lugar de los hechos. Estos individuos se cubrieron el rostro con pasamontañas y obligaron a las presuntas víctimas a arrojarse al suelo, para posterior a ello dispararles indiscriminadamente, matando a 15 personas e hiriendo a otras cuatro. Luego de estos acontecimientos los atacantes huyeron en dos vehículos.
El 14 de Julio de 1995, la Undécima Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima
decidió dentro del caso de “Barrios Altos”, archivar el proceso definitivamente. Es decir, el delito, dentro de la justicia interna, quedó en la impunidad. Finalmente, con fecha 14 de marzo de 2001 la Corte IDH3 emite una sentencia de fondo que en su parte pertinente respecto a la prescripción de delitos contra los derechos humanos se pronuncia de la siguiente manera:
13. La tipificación de esas conductas y el procesamiento y sanción de sus autores, constituye una obligación de los Estados, que no puede eludirse a través de medidas tales como la amnistía, la prescripción, la admisión de causas excluyentes de incriminación y otras que pudieran llevar a los mismos resultados y determinar la impunidad de actos que ofenden gravemente esos bienes jurídicos primordiales”. (Barrios Altos Vs. Perú, pág. 3)
Es necesario considerar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tiene jurisdicción internacional sobre todos los Estados que forman partes de los pactos y convenios internacionales de protección de derechos humanos. En este sentido sus sentencias son vinculantes y de cumplimiento obligatorio. De esta forma la CIDH, para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones, realiza la respectiva supervisión de cumplimiento de sentencia debiéndose indicar que de conformidad a la resolución de fecha 30 de mayo de 2018 sobre el caso “barrios altos” y “cantuta” vs Perú; se indica que el Estado peruano no ha terminado de cumplir con la totalidad de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las Graves Violaciones a los Derechos Humanos determinada en la Sentencia.
Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Imprescriptibilidad en Ecuador
Caso Albán Cornejo vs Ecuador
En el Ecuador tenemos algunos casos resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que hacen referencia a delitos de Graves Violaciones a los Derecho Humanos entre los que podemos anotar: Albán Cornejo y otros vs. Ecuador (2007)4, donde refiere que no procede la prescripción en delitos de Graves Violaciones de los Derechos Humanos.
Los acontecimientos versan sobre la historia de Laura Susana Albán Cornejo, quien ingresó el 13 de diciembre de 1987 al Hospital Metropolitano, institución de salud de carácter privado, situada en Quito, debido
a un cuadro clínico de meningitis bacteriana. El 17 de diciembre de 1987 durante la noche, la víctima sufrió un fuerte dolor. El médico residente le prescribió una inyección de diez miligramos de morfina. El 18 de diciembre de ese mismo año, mientras permanecía bajo tratamiento médico, la señorita Albán Cornejo murió.
Desde entonces sus familiares inician una serie de acciones legales buscando sanciones en contra de sus responsables de este homicidio culposo -mala práctica médica. Transcurrido el tiempo y sin respuesta de la justicia, se concluye el proceso penal con el auto de prescripción de la acción penal. En conclusión, el delito quedó impune. Los familiares de Susana Cornejo presentaron su denuncia en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, luego del trámite respectivo, la CIDH, en su sentencia dictada el 22 de noviembre del 20075, declara la responsabilidad del Estado ecuatoriano, y en su párrafo 111. Dice:
La prescripción en materia penal determina la extinción de la pretensión punitiva por el transcurso del tiempo, y generalmente, limita el poder punitivo del Estado para perseguir la conducta ilícita y sancionar a sus autores. Esta es una garantía que debe ser observada debidamente por el juzgador para todo imputado de un delito. Sin perjuicio de lo anterior, la prescripción de la acción penal es inadmisible e inaplicable cuando se trata de muy graves violaciones a los derechos humanos en los términos del Derecho Internacional. La jurisprudencia constante y uniforme de la Corte así lo ha señalado. En el presente caso no opera la exclusión de prescripción, porque no se satisfacen los supuestos de imprescriptibilidad reconocidos en instrumentos internacionales.
Esta sentencia abre la puerta a que los delitos donde se observa que ha existido una Grave Vulneración a los Derechos Humanos no queden impunes, más por lo contrario se dispone que el Estado realice una investigación seria para esclarecer los hechos ocurridos y dar justicia a las víctimas y sus familiares. Volviéndose indispensable que se garantice la justicia dentro de estos delitos, y que se prohíba las alegaciones de instituciones jurídicas que pretendan dejar en la impunidad estos crímenes.
La Imprescriptibilidad dentro del Caso Cañola
Como consecuencia de lo expuesto a lo largo del presente estudio académico, se ha podido demostrar que en la mayoría de los casos los Estados no
reconocen su responsabilidad en estas conductas de Graves Violaciones a los Derechos Humanos. En particular dentro del caso Cañola de la revisión del proceso se anota que, el 18 de septiembre del 2009, se dicta auto de prescripción de la acción penal a favor de los agentes de policías acusados, el mismo que es confirmado el 17 de junio del 2010, por la Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de El Oro, es decir que el sistema de administración de justicia en esta primera instancia incumplió con su deber de otorgar una tutela judicial efectiva, una investigación objetiva, responsable, y este actuar contribuyó para que las personas responsables de esta conducta no reciban una sentencia justa.
De la misma manera se ha demostrado que la prescripción de los delitos no opera dentro del caso Cañola, toda vez que, al ser consideradas estas conductas como Graves Violaciones a los Derechos Humanos, la obligación de los Estados que forman parte de los convenios y tratados internacionales, es de perseguir y sancionar todo delito que atente contra la dignidad y vida de todo ser humano.
Con estos argumento es retomado el caso Cañola por la Comisión de la verdad, se recopilan nuevos elementos probatorios, se destruye el argumento del linchamiento popular, que fue el sustento legal del primer proceso, y se evidencia que el señor Cañola es aprehendido sin orden judicial el 27 de febrero de 1985, que ingresa al recinto policial sin golpes, así constan varias versiones, en la investigación efectuada por los agentes del SIC, sufre lesiones en su cuerpo, luego es traslado al HTD de Machala, donde fallece el mismo día.
Con estos nuevos elementos la Fiscalía General del Estado, sustentando que nos encontramos en un caso de Graves Violaciones a los Derechos Humanos, y en aplicación a la Constitución de la República, Tratados Internacionales, vigentes al momento que sucedieron los hechos, y además en consideración a la Jurisprudencia Internacional emitida por la CIDH, y de la propia Corte Nacional de Justicia del Ecuador, concluye que no son aplicables las instituciones jurídicas de prescripción y prohibición de doble juzgamiento.
Es importante mencionar que el caso Cañola termino con una sentencia condenatoria en contra de dos ex policías que participaron en los hechos en 1985, por ende y conforme lo “proclama el Art. 169 de nuestra Constitución: El sistema
procesal es un medio para la realización de la JUSTICIA”, en esta ocasión luego de 32 años se ha conseguido justicia para los familiares de O. Cañola. “La justicia tarda, pero llega”. (Unidad Judicial de Garantias Penales de El Oro 2016)
Autores: Dr. Vicente Arias Montero y Profesor Titular de la Universidad Técnica de Machala. Magister en Derechos Fundamentales y Justicia Constitucional – Universidad de Guayaquil.
Ab. Cristhian Leonardo Ramírez Toapanta: Magister en Derecho Mención Estudios Judiciales – Instituto de Altos Estudios Nacionales.
REFERENCIA BIBLIOGRAFÍCA.
Asamblea Nacional Constituyente. 2014. Codigo Organico Integral Penal. Ecuador. Asamblea Nacional del Ecuador. 2008. Constitucion de La Republica Del Ecuador 2008 Comisión de la Verdad. 2010. “Relatos de Casos. Período 19882008.” Pp. 1–360 in Informe de la Comisión de la Verdad, edited by Ediecuatorial. Quito.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2001. Barrios Altos Vs. Perú, Fondo, Sentencia de 14 de Marzo de 2001.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2007. Almonacid Arellano y Otros vs. Chile. Vol. 2006.
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. 2007. Caso Albán Cornejo y Otros vs. Ecuador. Fondo, Reparacion y Costa, Sentencia de 22 de Noviembre de 2007.
Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 2015. CASO ALBÁN CORNEJO Y OTROS VS. ECUADOR. Supervision de Cumplimento de Sentencia de 28 de Agosto de 2015. DERECHOS HUMANOS. 1948. DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS HOMBRE, DERECHOS Y. DEBERES DEL. 1948. DECLARACION AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE ONU. 1984. “Convención Contra La Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.” Naciones Unidas 42799(1):1–10. Tratados Internacionales. 1969. Pacto de San José de Costa Rica Unidad Judicial de Garantias Penales de El Oro. 2016. Caso Cañola
1.Almonacid Arellano y otros vs. Chile., 2006 Revista de Derecho: Publicación de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Uruguay 217 (2007). https://doi.org/10.22235/rd.v0i2.852
2.Corte IDH (2001), Caso Barrios Altos Vs. Perú, Fondo, Sentencia de 14 de Marzo de 2001
3.Corte IDH (2001), Caso Barrios Altos Vs. Perú, Fondo, Sentencia de 14 de Marzo de 2001, párr. 13, pág. 3.
4.Corte IDH (2007), Caso Albán Cornejo y otros vs. Ecuador, Fondo, Reparacion y Costa, Sentencia de 22 de Noviembre de 2007
5.Corte IDH (2007), Caso Albán Cornejo y otros vs. Ecuador, Fondo, Reparacion y Costa, Sentencia de 22 de Noviembre de 2007, párr. 111.
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