MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2024
Esmeraldas
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2024
Esmeraldas
El Gobierno de Daniel Noboa se ha comprometido con el FMI a aumentar en casi $900 millones la recaudación de impuestos para 2025. Se habla de medidas como la restitución del pago anticipado del Impuesto a la Renta y la reducción de las exoneraciones y deducciones (gasto tributario). 5
El caso de los 4 de Guayaquil pone a las FF.AA. bajo la lupa 6
Correísmo sin votos para censurar a Guarderas 4
granja.pablo@yahoo.com
Reflexiones navideñas
Enaños recientes se reunieron varios líderes espirituales de distintas religiones y corrientes filosóficas, para conversar sobre la Religión y la Paz entre los pueblos de nuestro convulsionado planeta. Uno de los presentes, Leonardo Boff, le preguntó al Dalai Lama, ¿cuál era la mejor religión? Con mucha serenidad le respondió:
La mejor religión es la que te aproxima más a Dios, al Infinito. Es aquella que te hace mejor. Es aquella que te hace más comprensivo, más sensible, más despegado, más amoroso, más humanitario, más responsable, más ético...
Se estima que existen 4.200 religiones, siendo las más practicadas el cristianismo por unos 2.400 millones de personas; el Islam, 1.900 millones ; el hinduismo, 1.200 millones; mientras un 16% de la población mundial no tiene ninguna afiliación religiosa. Cada una se ha dividido a lo largo de los siglos. El judaísmo, el cristianismo y el islam comparten el reconocer a Abraham como el primer profeta y a Dios como creador del universo. Respecto de su aparición, el judaísmo lo hace a mediados del 1.800 a.C.; el cristianismo en el siglo I; y el islam en el siglo VII. Pese a asumir esta misma raíz, tienen diferencias relevantes. El judaísmo rechaza a Jesús como mesías,; para el islamismo es uno de los profetas mayores; para el cristianismo es la esencia de su doctrina.
El 24 de diciembre el mundo cristiano celebra el nacimiento de Jesús en un portal de Belén. No cabe duda de que esta fecha ha sido desvirtuada en su esencia.
Más allá de ser parte o no del 16% sin afiliación religiosa, no podemos ignorar el profundo simbolismo de humildad que se debería celebrar. Porque si Dios envía a su Hijo a nacer en un pesebre en lugar de hacerlo en cuna de oro, ¿no es un mensaje que nos alerta contra el egoísmo y la codicia que anida en tantos corazones? ¿No es una lección para los soberbios y los avaros? ¿Para los prepotentes y vanidosos? ¿No es un llamado a la solidaridad?
Abramos los regalos, disfrutemos de la cena, brindemos por hacerlo en compañía; pero también hagamos algunas reflexiones navideñas.
ANA CHANGUÍN VÉLEZ
@achanguin
Un cuento de Navidad en Ecuador
LaNavidad debería invitarnos a reflexionar sobre lo que somos y lo que podemos llegar a ser. En medio de estas celebraciones, también surgen preguntas sobre las desigualdades que marcan nuestra realidad. En Ecuador, donde una
Hoy es Nochebuena y mañana se celebra la Navidad de Jesús, fechas que constituyen la más grande celebración para el mundo cristiano. Para los creyentes estos días alientan a la esperanza y al consuelo, y los inspira para continuar el camino hacia las metas que cada uno se ha propuesto. Una gran mayoría de los ecuatorianos, cristianos o no, se acogen a esta celebración, incluso para agasajar y acompañar a sus seres queridos. Así, estos días se convierten en un momento de generosidad, compasión y reflexión. En medio de la múltiple crisis que afecta al país, refresca. Esta es una pausa que, incluso sin seguir a la Iglesia, es necesaria para que las batallas que cada uno lleva adelante sean más precisas, en busca del beneficio tanto propio como colectivo y, tal como lo hacen los católicos y cristianos, esperando permanentemente la paz.
Los problemas de nuestro día a día difícilmente tendrán una solución sencilla o inmediata. Algunos, incluso, provocan rabia, indignación e impotencia. Sin embargo, hay un valor cristiano, que se cultiva durante toda la vida, que resulta relevante y útil en estos momentos; la templanza
Una persona templada controla la irascibilidad, lo que no implica perder la capacidad de indignación, sino encararla, procesarla y expresarla de forma consciente y constructiva. Una persona con temple reivindica valores y principios, pero también practica la empatía y la ecuanimidad; lo que se conoce como el justo medio.
La templanza puede ayudar a encontrar las salidas a la crisis nacional, familiar y personal. Por eso, estos dos días se convierten en un valioso espacio para evaluar el presente y tomar las riendas sobre nuestro futuro.
cuarta parte de la población vive en situación de pobreza, el subempleo afecta a más de la mitad, la inseguridad limita la cotidianidad y la crisis energética deja a muchos hogares en la penumbra, el espíritu navideño se enfrenta a un desafío mayor: ¿cómo encontrar esperanza en medio de tanta incertidumbre?
Recordemos el clásico Un cuento de Navidad de Charles Dickens, esa historia que nos enseña que incluso en tiempos oscuros hay oportunidad para el cambio. Adaptemos a Ebenezer Scrooge a la realidad ecuatoria-
na e imaginemos a un personaje cuya vida transcurre en medio de responsabilidades, presiones y preocupaciones. Una noche de diciembre, en un país golpeado por cortes de energía, delincuencia y falta de oportunidades, esta persona es visitada por tres visiones. El espíritu del pasado le muestra las tradiciones navideñas de su infancia: velas encendidas, villancicos y la ilusión de los más pequeños, a pesar de las carencias. El espíritu del presente lo lleva a recorrer las realidades actuales: una familia que enfrenta la pobre-
SALVATORE FOTI
PABLO GRANJA ecuasalvo@yahoo.it
Elgrave hecho de los cuatro niños desaparecidos es la enésima demostración del fracaso estatal y gubernamental en el país. Desde hace años, el país ha sido testigo de la desinstitucionalización de todas las entidades del Estado. No hay una sola institución en la cual los ecuatorianos puedan confiar al 100%. En el área judicial, de salud, educación y de las fuerzas públicas, ninguna está exenta de cuestionamientos e indicios de corrupción. Además, muchas están expuestas a la contaminación e infiltración por parte de grupos criminales que ya le han ganado la guerra al Estado. En el país, los cárteles y los grupos terroristas son los que mandan y hacen lo que quieren. Por esto, la desaparición de los cuatro niños debe ser vista como el ápice de la desintegración estatal y gubernamental a la cual hemos llegado.
A Noboa le toca decidir si por fin va a gobernar con altura o si prefiere seguir con una actitud estéril e infructuosa que nos está haciendo demasiado daño. Al parecer, está determinado a descubrir la verdad, pero su palabra y credibilidad están en su peor momento. Los hechos sugieren que es incapaz de gestionar las emergencias, así que a las palabras deben seguir hechos. Un primer paso sería cambiar su gabinete o, por lo menos, a los elementos más importantes que no parecen estar a la altura de la coyuntura que vive el país. Cambios radicales que no se resuelven declarando héroes a los cuatro niños, quienes más bien deberían ser reconocidos como mártires, junto a sus padres y seres queridos, víctimas de un Estado incapaz de actuar por el bien de la República.
En Ecuador hay oficialmente opresores y oprimidos; víctimas y victimarios, y esto es insostenible. Que la campaña e y las pugnas partidistas no nos distraigan de lo que realmente importa: descubrir la verdad de este caso y luchar por la democracia. Este caso también podría considerarse como un ejemplo de un ataque sistemático al sistema democratico.
A Noboa le toca demostrar si puede o no hacerse cargo del país en los próximos cuatro años, o aceptar que en febrero serán muchos quienes le darán la espalda.
za con fortaleza casi heróica celebrando con lo poco que tiene; trabajadores que temen salir por la inseguridad; jóvenes que apagan sus sueños por la falta de empleo. Finalmente, el espíritu del futuro lo confronta con un país que ha sucumbido al individualismo, donde los problemas que antes ignoró han crecido hasta afectar a todos, incluso a él mismo. Al despertar, comprende que tiene el poder de transformar su entorno. Inspirado por esta revelación, toma acción: impulsa gestos concretos de solidaridad, abre puertas a nuevas oportunidades
donde están a su alcance y se convierte en una voz que inspira a otros a sumarse a la construcción de un país más justo y solidario. La historia retrata la experiencia de muchas personas en Ecuador. Hoy más que nunca, la Navidad no debería ser solo un tiempo de celebraciones, sino una invitación a reflexionar cómo podemos contribuir a disipar las sombras que nos rodean. Porque en medio de la crisis, la inseguridad y la pobreza, la esperanza es una necesidad. Y cada acción puede ser la chispa que ilumine la oscuridad de alguien más.
La licencia sin remuneración no es obligatoria para el presidente de la República, Daniel Noboa, es lo que defiende el Gobierno. Eso impediría el encargo de la Presidencia a la vicepresidenta Verónica Abad, que logró anular su suspensión, pero tiene nueva función en Turquía.
Momentos de tensión se vivieron el 23 de diciembre de 2024 cuando la vicepresidenta de Ecuador, Verónica Abad, acudió a retomar su despacho en la Vicepresidencia , pero le cerraron las puertas. Acusó al presidente de la República, Daniel Noboa, y advirtió sobre tomar acciones penales por el incumplimiento de la sentencia judicial que la restituyó en funciones, pero el Decreto Ejecutivo 490 la sorprendió.
Ese capítulo ocurrió luego de que la jueza Nubia Vera aceptó la acción de protección solicitada por Abad, y quedó sin efecto la suspensión de 150 días sin remuneración que le impedía reemplazar a Noboa. El artículo 146 de la Constitución establece que, en caso de ausencia temporal en la Presidencia de la República, reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia. Se considerará ausencia temporal la enfermedad u otra circunstancia de fuerza mayor que le impida ejercer su función durante un período máximo de tres meses, o la licencia concedida por la Asamblea Nacional.
Los hechos ocurridos preocupan, dice el constitucionalista José Chalco “Es grave porque estamos ante un caso que nos muestra que la regla es encontrar fórmulas subterráneas, desde lo jurídico, presiones indebidas y rupturas del respeto al orden constitucional . Este es el gran mensaje que ha quedado”, apunta.
Para el constitucionalista Paúl Córdova , el caso “lamentablemente refleja una actitud y un permanente hostigamiento a Abad”. Destacó que el fallo
SENTENCIA. La vicepresidenta de Ecuador, Verónica Abad, en los exteriores de la Vicepresidencia de la República, intentaba ejecutar el fallo que levantó su sanción. (Foto: API).
de la jueza fue en derecho. “Acoge todos los pronunciamientos jurídicos de sectores académicos y universitarios, porque lo que se le hizo con el sumario administrativo nunca tuvo sustento constitucional ni legal ”.
Legítimo reemplazo temporal En el Decreto 490, Noboa ordenó “asignar a la señora vicepresidenta de la República, María Verónica Abad Rojas, como única función, especial y temporal, colaboración en las relaciones económicas del Ecuador con el Gobierno de la República de Türkiye (Turquía)”.
Y dispuso a la Cancillería nombrar a Abad, de manera inmediata, como consejera temporal con funciones económicas en la Embajada de Ecuador en Turquía.
Chalco cuestiona que Noboa no puede delegar lo que no tiene como atribución o facultad. “Aquí hay una indebida forma de aplicación del derecho, que al final del día es fraude constitucional”, calificó al señalar que,
en el mismo Decreto, Noboa reconoce la función de Abad como vicepresidenta.
“La vicepresidenta tiene que estar en condición material suficiente para poder ejercer su única función constitucional, subrogar al Presidente en caso de ausencia”, es decir, “estando en el país”, explica.
El constitucionalista Emilio Suárez coincide: “Si hay una ausencia temporal del Presidente, que tendría que pedir licencia (por campaña electoral), a quien le corresponde asumir es al Vicepresidente. Más allá de favoritismos o de una mala imagen (de Abad). Es a ella a quien constitucionalmente le corresponde”.
¿El Presidente candidato debe pedir licencia?
José de la Gasca , ministro de Gobierno, en una rueda de prensa hizo referencia a la sentencia interpretativa emitida por la Corte Constitucional (CC) el 9 de septiembre de 2010. Con base en ese dictamen, dijo que el caso de Noboa no podría conside -
si a cualquier autoridad de elección popular le corresponde o no pedir licencia para la reelección”, observa. Pero, ¿qué pasa si Abad viaja a Turquía y Noboa pide licencia? “El momento en que Noboa pida su licencia, Abad pasa a ser la presidenta encargada y eso haría que ella asuma automáticamente dicha calidad. No requiere ninguna autorización para volver a Ecuador”, según Suárez.
‘Incumplir una obligación’ Para Córdova, el Gobierno trata de forzar la Constitución para incumplir una obligación. Dice que la licencia obliga a un funcionario a dejar su cargo para hacer campaña porque podría usarlo para promover su proyecto y el voto a su favor . La licencia permite la igualdad de condiciones para todos los candidatos en el juego electoral y evita el mal uso de los recursos públicos, resume. “Si una persona está en funciones, está al mismo tiempo compartiendo su tiempo, actividades como candidato y autoridad”.
rarse como una reelección. “A mi criterio, no aplica la obligatoriedad del artículo 93 (del Código de la Democracia) para pedir la licencia. Pero eso es una decisión que tendrá que tomar el Presidente”, añadió el ministro.
Dicho artículo indica que los dignatarios que opten por la reelección inmediata al mismo cargo deberán hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral. Esta etapa electoral inicia el 5 de enero de 2025.
Chalco precisa que el dictamen de la CC fue en el sentido de interpretar la muerte cruzada (disolución) y el cómputo, es decir que no se cuenta como una reelección para quien se postule como candidato luego de haber completado el periodo inconcluso tras la muerte cruzada.
El espíritu de esa norma es que una autoridad en funciones no busque beneficiarse de sus funciones para su proceso de reelección, destaca Suárez. La CC “no emitió una decisión en relación a
Si Noboa no pide licencia, “ se está jugando muchos riesgos ”, advierte Chalco. “El equipo de asesores no le está advirtiendo al Presidente los riesgos (…). Mañana podría ser acusado de haber realizado campaña siendo servidor público o lo que sería peor, de peculado ”, resalta.
Por otro lado, dice que si Noboa tampoco asiste al debate presidencial, puede ser “sancionado por inasistencia con la destitución del cargo”.
Córdova tiene una hipótesis: “Creen que hostigándole a la Vicepresidenta, se va a ver obligada a presentar su renuncia y con eso no tendrán la obligación de encargarle a ella el momento en que el Presidente decida tomar licencia. Ahí está la explicación de los hechos concatenados”. Si renuncia, Noboa buscará la vía para poner un reemplazo de confianza, sospecha.
Los juristas coinciden en que el camino legal para Noboa es pedir licencia para hacer campaña electoral o incurriría en infracciones electorales. (KSQ)
En la Asamblea Nacional se conocerá el informe de la Comisión de Fiscalización que recomendó continuar con el juicio a Juan Esteban Guarderas. Para la censura y destitución, el correísmo necesita 92 votos, pero solo reúne 48.
En vísperas del inicio de la campaña electoral para los comicios generales de febrero de 2025, el correísmo podría perder una batalla ASAMBLEA. El correísmo podría volver a perder una batalla política en vísperas de elecciones. (Foto archivo)
política en el marco de las solicitudes de interpelación que ha planteado en contra de autoridades y funcionarios de Estado.
Causas que el correísmo ha perdido en el Legislativo
°En el actual periodo legislativo (que inició en noviembre de 2023), a la Revolución Ciudadana no le alcanzaron los votos para censurar y destituir a tres autoridades del Estado. En el caso de la interpelación a Guarderas, el escenario se podría repetir. En septiembre de 2024, el Pleno de la Asamblea archivó los juicios políticos a la fiscal general del Estado (FGE), Diana Salazar, planteados por los parlamentarios Gissela Garzón y Héctor Valladares.
En agosto de 2024, archivó el juicio a la canciller Gabriela Sommerfeld, interpuesto por Jhajaira Urresta. En octubre, el correísmo fracasó en su intento de censurar y destituir a la ministra del Interior, Mónica Palencia.
El 27 de diciembre de 2024, la Asamblea Nacional conocerá y debatirá la recomendación de la Comisión de Fiscalización para que el juicio político en contra de Juan Esteban Guarderas, vocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), planteado por la legisladora del correísmo, Ana Cecilia Herrera, continúe en el Pleno.
El seguimiento del trámite implica que el caso que se investigó en la Mesa de Fiscalización, pueda derivar en su censura y destitución, o que no haya los votos suficientes. Herrera acusa a Guarderas de presunto incumplimiento de funciones por
ras que podrían asumir otras bancadas cuando el tema sea debatido el 27 de diciembre. El oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) representado por Andrea González (alterna de Luis Alvarado), y Ramiro Vela, exoficialista, votaron en contra. Lenin Rogel (ex PSC) se abstuvo.
Los votos en juego
El escenario deja ver la posibilidad de que la intención de la bancada de la Revolución Ciudadana (RC) no correría con suerte.
A pesar de ser la primera fuerza política de minoría, sus 48 votos son insuficientes. Hasta el momento no tendría asegurados los 18 de PSC, los 14 de Construye y menos los 26 de ADN. Aún no trasciende la posición del grupo de 15 independientes y los 5 de Pachakutik.
Las posturas de Construye y del PSC se conocerán en los próximos días. De acuerdo con una primera aproximación planteada por Sofía Sánchez (PSC), hay varias causales por la cuales se podría recomendar el juicio, pero aclaró que eso dependerá del análisis del informe dentro de la bancada.
un supuesto uso indebido de recursos públicos, presunto tráfico de influencia y violación de la independencia judicial, y supuesta falsificación de firmas.
Aunque el 21 de diciembre, en la Comisión de Fiscalización hubo mayoría; con los votos de Pamela Aguirre, Sofía Espín, Lenin Barreto, Ronald González (correísmo) y Cristina Chávez (alterna de César Umajinga de ADN), para sugerir al Pleno la continuación del juicio, la censura y destitución de Guarderas requiere 92 votos en el Pleno.
En la Mesa de Fiscalización se reflejaron las postu-
En todo caso, Sofía Sánchez opinó que Guarderas habría fallado en su imparcialidad. “El Cpccs no debe tener ningún tipo de inclinación política y, lamentablemente, él ha fallado en eso también; no porque sea un consejero del correísmo es malo ( Eduardo Franco Loor cercano al correísmo es el suplente de Guarderas); sino cualquier consejero que tenga una inclinación con un partido político, sea, el correísmo, sea el PSC o ADN”.
A criterio de Sofía Sánchez este tema deberá ser puesto en una balanza para tomar una decisión.
Hasta el 23 de diciembre, la bancada de Construye aspiraba a tomar una decisión, pero hasta el cierre de esta edición no trascendía una resolución. En términos generales, Camilo Salinas, adelantó que se analizan las pruebas y los justificativos presentados en la Comisión. “Al ser los proponentes de la Revolución Ciudadana debemos revisar todos los detalles”, expresó. (SC)
El Gobierno de Daniel Noboa se ha comprometido con el FMI a aumentar en casi $900 millones la recaudación de impuestos para 2025. Se habla de medidas como la restitución del pago anticipado del Impuesto a la Renta y la reducción de las exoneraciones y deducciones (gasto tributario).
Como ya alertó en una nota reciente LA HORA, el Gobierno de Daniel Noboa prepara una reforma para aumentar los impuestos a los pocos formales que se mantienen generando empleo e inversión en la economía ecuatoriana.
Esto a pesar de que, durante su última entrevista en Radio Democracia , Noboa haya dicho que no habrá reforma tributaria para 2025.
Según el informe conocido como Artículo IV, que se publicó a la par de la aprobación del directorio del Fondo Monetario Internacional (FMI) de un segundo desembolso de $500 millones para el Ecuador, el Gobierno ya en noviembre 2024 pre -
sentó al multilateral un plan para implementar cambios tributarios permanentes. El objetivo es sustituir algunos de los impuestos temporales que permitieron miles de millones en ingresos extraordinarios en 2024 , pero que harán falta en 2025. Esto incluye los impuestos temporales sobre las utilidades de bancos y cooperativas; además de la remisión tributaria , entre otros.
De acuerdo con el informe del FMI sobre la economía ecuatoriana (Artículo IV), el Gobierno de Noboa se ha comprometido a establecer medidas para incrementar los ingresos tributarios en al menos el equivalente al
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Restitución del pago anticipado del Impuesto a la Renta para todas empresas. La eliminación de este anticipo fue, de acuerdo con Carlos Viteri, abogado tributario, una lucha del sector productivo durante la década correísta y su restitución será “un golpe a la liquidez, la capacidad de inversión y de generación de empleo de las empresas”.
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Racionalizar el gasto tributario ineficiente que está estimado en alrededor de $2.519 millones, según el FMI. El gasto tributario incluye las exoneraciones, las exenciones y las deducciones de impuestos.
Sin embargo, un estudio elaborado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) en 2022, apunta a que no existe tanto espacio para reducir el gasto tributario. Esto debido a que ya siete de cada diez dólares del gasto tributario van a beneficios sociales como el IVA 0% para alimentos y servicios básicos . En el informe del FMI se establece que el aumento de la recaudación para 2025 se concentrará en el IVA, el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) y la reducción del gasto tributario . La viceministra de Finanzas, Ana Cristina Avilés , en recientes entrevistas ha reconocido que el Gobierno ya ha trabajo en un plan para reducir el gasto tributario.
deuda a través de la emisión de bonos en el mercado internacional durante 2025.
El informe detalla que se espera una emisión de bonos en el segundo semestre del próximo año, por alrededor de $1.500 millones, pero para eso se necesitará una bajada sustancial del riesgo país que no está claro de cómo se logrará tomando en cuenta que Jaime Carrera, miembro del Observatorio de la Política Fiscal , ya ha alertado que la crisis fiscal que se viene es mucho más grave que las de 2023 y 2024.
“El próximo año la situación fiscal va a ser muy grave y casi inmanejable. Se requiere un programa fiscal serio, muy serio, de disciplina absoluta para generar confianza, que baje el riesgo país , que vengan las inversiones y el país crezca. No hay otra alternativa. En 2025 se producirá un punto de inflexión donde los ecuatorianos deberán decidir qué tipo de economía y Estado quieren tener”, apuntó Carrera. En el informe del FMI se habla de que el Gobierno de Noboa, se compromete a mediano plazo a realizar esfuerzos para mejorar la eficiencia del sector petrolero, “para seguir reduciendo el costo fiscal de la producción y distribución de combustible”. No se detallan medidas concretas.
0,7% del Producto Interno Bruto (PIB) o alrededor de $881 millones
Esto hace prever que 2025 será un año de más impuestos para seguir financiando un Estado deficitario e ineficiente
En el informe del FMI se detalla, de manera general, cuáles serían las medidas tributarias que deberá implementar el Gobierno de Noboa:
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La modernización de la legislación sobre procedimientos y administración tributaria y aduanera.
2 Mayor control a los grandes contribuyentes, tanto corporativos como personas naturales.
Nueva deuda
En 2025, el informe del FMI establece que Ecuador necesitará préstamos al menos por $8.250 millones para sostener el Presupuesto General del Estado (PGE). Eso quiere decir que, en promedio, se necesitan más de $687 millones al mes de nueva deuda para sostener un Estado ineficiente y deficitario.
Pero, desde el Observatorio de la Política Fiscal se estima que, entre deuda interna y externa , se necesitarán al menos $10.000 millones.
Si Noboa sigue en la Presidencia de la República , el FMI apuesta a que Ecuador podrá volver a conseguir
Asimismo, también se habla de medidas, en términos generales, para reducir el gasto improductivo, pero como aseguró Alberto Dahik, exvicepresidente de la República en una reciente entrevista con LA HORA, el problema de los acuerdos con el FMI no es que sean malos, sino que no se cumplen.
“Con el FMI hemos llegado a acuerdos donde se incluyen la eliminación total del subsidio a los combustibles y la reducción del gasto público, y no se ha hecho. Entonces, los acuerdos con el FMI no llevan a buen puerto al país, no porque sean malos, sino porque el Ecuador no hace su tarea”, concluyó Dahik. (JS)
Las Fuerzas Armadas son una de las instituciones mejor valoradas por la ciudadanía. Sin embargo, el caso de los cuatro menores desaparecidos abre los cuestionamientos sobre sus actuaciones en medio del conflicto armado interno.
Luego de 15 días, el Gobierno de Daniel Noboa reconoció que los menores desaparecidos, en el sur de Guayaquil, fueron aprehendidos por militares.
“No son terroristas, son futbolistas”, gritaban quienes protagonizaron plantones en distintas ciudades, exigiendo que los hermanos Ismael y Josué Arroyo, de 15 y 14 años; Saúl Arboleda (15 años) y Steven Medina (11 años), regresen con vida junto a sus familias.
Tras los días de silencio, el 23 de diciembre de 2024, un video proyectado en la Asamblea Nacional permitió conocer qué pasó el 8 de diciembre y ha puesto en la mira a las Fuerzas Armadas, una de las instituciones mejor valoradas por la ciudadanía.
Golpe en la confianza ciudadana
El coronel (sp) Mario Pazmiño, exjefe de Inteligencia militar, califica el hecho como “aislado”, pero destaca que no afecta la estrategia de seguridad del Gobierno: la militarización de las calles y cárceles.
El ‘golpe’ de este acto, que mantiene en vilo y angustia a las familias de los menores, afecta al nivel de confianza de la ciudadanía en la institución.
Uno de los errores de estas acciones –dice Pazmiño– es no haber seguido el proceso correspondiente. Es decir, que tras la aprehensión, los jóvenes “debían ser entregados a la Policía Nacional”.
Por su parte, Paco Moncayo, político, militar y exconsejero de Gobierno de Seguridad Nacional, dice que “las Fuerzas Armadas no tienen por qué sufrir el desprestigio (…) de actos que cometa un cabo o un teniente”. Para lo cual recomienda que no haya impunidad, en caso de ser hallados culpables.
Moncayo es enfático en manifestar que la Asamblea Nacional “no tiene calidad ética y moral” para pedir que “saquen a los militares de las calles”.
HECHO. Capturas de pantalla del video mostrado en la Asamblea Nacional del operativo donde habrían sido detenidos los cuatro menores de edad. Ocurrió en Guayaquil, el 8 de diciembre de 2024.
‘Actos deshumanizantes’ La abogada y activista, Sybel Martínez, considera que la desaparición de los cuatro menores – quienes salieron a jugar fútbol y no volvieron– es la consecuencia de haber avalado “actos abusivos”. Hace referencia a los videos que circulaban en redes sociales, en enero de 2024 –cuando se declaró el conflicto armado interno–, donde militares golpeaban y obligaban a presuntos miembros de grupos delictivos o terroristas a cantar.
“Esas prácticas deshumanizantes las advertimos. Dijimos que no se podía militarizar las calles”, señala.
Sin embargo, Pazmiño y Moncayo resaltan que esta estrategia ha permitido bajar los niveles de violencia, en las calles y en las cárceles. Entre enero y diciembre de 2023, Ecuador sumó 7.838 homicidios, mientras que en 2024 fueron 6.547, lo que representa una disminución del 16,5%, según cifras del Ministerio del Interior.
Detención por presunto robo
El ministro de Defensa de Ecuador, Gian Carlo Loffredo, confirmó que los menores fueron aprehendidos por una patrulla militar en una zona donde supuestamente ocurría un robo, y que después los mismos uni-
formados los dejaron marchar. Loffredo explicó a la emisora Radio City que existe un informe, según el cual una patrulla con 16 miembros se encontraba de regreso de haber dejado un camión en la Aduana de Guayaquil, cuando observaron a ocho personas que estaban presuntamente robándole a una mujer.
“Se bajan los miembros de la patrulla, neutralizan y aprehenden a tres personas. Una cuarta es entregada por la ciudadanía”, apuntó Loffredo, quien comentó que “no estuvo bien” que los uniformados dejaran libres a los menores sin entregarlos a la Policía.
Los militares les dejaron marchar en la zona de Taura, a unos 30 kilómetros de Guayaquil, donde se ubica una de las principales bases de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE).
“Nada que hayan hecho o hayan dejado de hacer estos niños, justifica que alguien los desaparezca, esto es inaceptable”, dijo el funcionario al agregar que el rol de las FF.AA. es colaborar con la Policía y ayudar a encontrar a los menores.
Además, dijo que se deben dar todas las facilidades a la Fiscalía General del Estado para las investigaciones, en las que ya han declarado 12 de los 16 militares.
lahora.com.ec
Esta madrugada, según el ministro, se realizó una segunda instrucción en la cual el fiscal requirió los vehículos en los que se transportó a los menores, así como ciertas prendas de los miembros de la patrulla.
Loffredo pidió que se instaure de inmediato un tribunal de disciplina militar, que se encargará de “investigar y sancionar las acciones o inacciones que hayan cometido los miembros de la patrulla”.
Las declaraciones de Loffredo fueron rechazadas por organizaciones sociales, que también cuestionaron a Noboa por anunciar que los cuatro jóvenes serán declarados héroes nacionales. Dicha medida – según Martínez– se toma cuando, en estos casos, la víctima ha muerto. “Esperemos que no sea así”, agregó la abogada.
Registro en la base de Taura La Fiscalía registró la base militar de Taura, ubicada en el norte de Guayaquil. Los agentes de la Fiscalía incautaron 16 teléfonos móviles, así como cuadernos de maniobras, un ordenador y dos vehículos, según confirmaron fuentes a Ecuavisa.
El operativo se dio apenas dos días después de que la Fiscalía anunció que el caso pasaba a depender de la Unidad Especializada en la Investigación del Uso Ilegítimo de la Fuerza, encargada de indagar posibles infracciones cometidas por agentes de las fuerzas de seguridad.
Según la denuncia realizada por los padres de los menores, agentes de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) realizaron disparos al aire y persiguieron a los cuatro niños, que salían de jugar al fútbol el 8 de diciembre.
Sobre este asunto, el presidente Daniel Noboa ha incidido en la necesidad de dar “respuestas” sin importar quién esté involucrado, si bien ha señalado que el caso no debería ser tratado como un crimen de Estado. (AVV/Agencias)
Daniel Noboa: ‘En generación, nosotros ya hemos recuperado lo suficiente para no tener apagones de aquí a mediano plazo’
JUSTICIA
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El equipo negociador del Gobierno de Gustavo Petro confía en que la tregua navideña del Ejército de Liberación Nacional sea “augurio” de avances para 2025.
MADRID. El equipo negociador del Gobierno de Colombia ha manifestado que confían en que la tregua unilateral anunciada por la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN) con motivo de las fiestas navideñas sea un “augurio de avances importantes” para 2025, una vez se retomó la negociación en noviembre tras meses estancada.
“Creemos que es una buena señal y puede ser el augurio de avances importantes en el 2025 ”, ha
valorado Iván Cepeda, presente en las negociaciones con el grupo armado, en declaraciones para Blu Radio.
Si bien ha alertado de que episodios como los ocurridos en Norte de Santander en vísperas de la tregua, donde cuatro soldados resultaron heridos en un ataque merman la confianza de las autoridades y la población en el ELN.
“Los hechos ocurren y evidentemente lesionan la confianza en la posibilidad de la paz, sobre todo cuando afectan gravemente a
° Al menos cuatro militares del Ejército de Colombia resultaron heridos en un atentado con explosivos, ocurrido el 23 de diciembre de 2024 y atribuido a la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN) en el departamento de Norte de Santander, ubicado en la frontera con Venezuela. “En este hecho terrorista resultaron afectados por aturdimiento cuatro de nuestros soldados que fueron atendidos en el lugar de los hechos por los enfermeros de combate, quienes los estabilizaron para posteriormente ser trasladados a Cúcuta, a fin de brindarles atención médica especializada”, informó el Ejército. Los hechos ocurrieron en la localidad de La Florida. Tras la explosión se registraron enfrentamientos en el lugar, donde varios vehículos quedaron atrapados en la carretera, con viajeros en medio del fuego cruzado, según informó la emisora W Radio. Durante la jornada, el ELN anunció el alto el fuego unilateral con motivo de las fiestas navideñas y de fin de año que ha destacado como “un gesto de paz”.
poblaciones enteras ”, ha dicho.
¿Motivo para celebrar?
La tregua del ELN entró en vigor a la medianoche del 23 de diciembre de 2024 y durará hasta la medianoche del 3 de enero de 2025. Un gesto habitual, no obstante, por parte del grupo armado, que ha sido celebrado por el presidente, Gustavo Petro. En lo que respecta al alto el fuego vigente durante una parte importante del año pasado, Cepeda ha destacado que el ELN lo ha respetado en gran medida, sin embargo, ha señalado, ha habido numerosos incidentes que deben ser investigados, pues ha habido cerca de 60 muertos, entre guerrilleros y miembros de las fuerzas estatales.
En los últimos días se han registrado varios incidentes que han dejado algunos militares heridos y al menos un muerto, después de que en agosto de este año se rompiera el alto el fuego bilateral en respuesta al estancamiento de las negociaciones, retomadas formalmente hace ahora un mes. (EUROPA PRESS)
Militares colombianos realizan operativos en zonas donde hay presencia de grupos irregulares.
se convoca a las Filiales que conforman la Liga Deportiva Cantonal de Penipe, a la Segunda Asamblea General Extraordinaria de Elecciones que se celebrará en la sede de la Liga ubicada en las calles Federico Alvear y Camilo Ponce, cantón Penipe, provincia de Chimborazo. El 07 de enero del año 2025 a partir de las 16H00, en la sala de reuniones de la Liga, con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum.
2. Elección del directorio para el período 2025 - 2029, de conformidad al artículo 16 y 17 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.
3. Toma de juramento, posesión y elaboración de nombramientos del nuevo directorio. Penipe, 24 de diciembre del 2024
Balseca con cédula de ciudadanía Nro. 060502784-6 CERTIFICO que el documento que antecede de la Liga Deportiva Cantonal de Penipe, es fiel copia del original, que reposa
Con
Gabriela Vivanco
El presidente electo de Venezuela, Edmundo González, afirmó que no tiene ‘restricciones’ para volver a Venezuela y dijo que lo hará sin avisar.
MADRID. El líder opositor y presidente electo de Venezuela, Edmundo
González, informó que no tiene “restricciones” para regresar a Venezuela y dijo
Ambato, 24 de diciembre de 2024
CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA DE ELECCIONES DEL CLUB DE PRÁCTICA DE POKER “LA ROCKA” De conformidad con las disposiciones estatutarias del club, se convoca a los socios del Club de práctica de poker “La Rocka” , que aprobó su estatuto mediante Resolución Nro. MD-DM-2024-2467-R de 06 de diciembre de 2024, a la Asamblea General de elecciones, que se celebrará el día jueves 02 de enero de 2025, a partir de las 10:00 horas en la sede del Club, ubicada en la dirección: Atocha Ficoa, Algarrobo y El Drago del Cantón Ambato, Provincia de Tungurahua, para tratar el siguiente Orden del día:
1.- Constatación de Quórum
2 - Elección del directorio del CLUB DE PRÁCTICA DE POKER “LA ROCKA” , para el período 2024-2028
3. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio.
4.- Aprobación del Acta de Asamblea
Maximiliano José Altamirano Reyes Angela Lisbeth Martínez Miranda C.C. 1720272481 C.C. 1850070283
Presidente Provisional Director financiero (secretario provisional).
que no revelará “ni el día ni la forma” en la que vuelva a su país, siempre con vistas a tomar posesión el 10 de enero, pese a una posible detención por parte de las autoridades chavistas.
“ No voy a revelar ni el día ni la forma en la que voy a llegar a Venezuela ”, aseguró este 23 de diciembre de 2024 desde Madrid en un desayuno informativo de Nueva Economía Fórum, donde ha estado acompañado por el expresidente del gobierno español Felipe González.
“Voy a asumir el Gobierno con el respaldo de siete millones de venezolanos”, insistió González, quien prometió un mandato alejado
de revanchas. “Quien tenga cuentas con la Justicia tendrá que ocuparse de eso”, dijo.
“La Justicia tomará las acciones que deba tomar y para contener los excesos que se hayan cometido no tengo previsto ninguna intervención en ese sentido”, incidió González.
“Nuestra oferta es de reconciliación”, dijo el dirigente opositor, que ante la pregunta de si se plantearía algún tipo de indulto o amnistía para los dirigentes del oficialismo ha respondido que “es posible que se pueda tomar alguna d ecisión en particular sobre Maduro”.
Los presos políticos “En Venezuela hay casi
3.000 prisioneros políticos, muchos de ellos injustamente encarcelados y que no deberían nunca haber estado en prisión”, lamenó González, quien se identificó como “un funcionario al servicio del Estado”, reflejo “de lo que era la Venezuela democrática”. González reivindicó también la figura de María Corina Machado, elegida para ejercer como vicepresidenta en un eventual mandato. “Ha liderado y continúa liderando este proceso político, es una de las más capaces de la Venezuela de hoy, con vocación y sensibilidad social”, ha destacado.
Acompañado de Felipe González, el dirigente opositor ha agradecido a las “autoridades” y a los “sectores económicos del país” con los que se ha reunido por la acogida que ha tenido durante todos estos meses que ha estado en España. “El sentimiento es de gratitud”, ha reconocido.
Por su parte, el expresidente español se ha deshecho en halagos hacia el opositor venezolano, con quien le une una amistad desde hace años, ha dicho, y ha instado al Gobierno a encabezar una “iniciativa europea” para hacer posible el regreso seguro de Edmundo González a Venezuela.
Así, pidió que “lo mismo que lo trajeron a España, si lo desea, lo lleven a Caracas”. España, dijo “debería distinguirse, como es natural, por sus relaciones históricas con Venezuela” y hacerle ver a Edmundo González que “está a su disposición” para ofrecerle los medios necesarios. “Yo estoy dispuesto a acompañarle”, afirmó. (EUROPA PRESS)
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Rafael Heredia, quien tiene su taller entre las calles Fernández y Colón en Ambato (Tungurahua) pertenece a la tercera generación de restauradores de imágenes religiosas en madera, yeso y metal. Los artesanos como él trabajan con técnicas antiguas y su labor es muy demandada durante las festividades navideñas. API
AUTOR: AB. JULIO ACOSTA LASSO1
A tres años de la implementación de la figura de mediación en el ámbito tributario ecuatoriano desde la promulgación de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, tras la pandemia COVID-19, se puedenconfor vislumbrar los aciertos y desaciertos que el legislador ha establecido en la norma respecto de esta institución jurídica.
Si bien los medios alternativos de solución de conflictos están reconocidos en la Constitución de la República del Ecuador desde el año 1997, la incorporación de la mediación tributaria en la legislación ecuatoriana es un tema innovador porque como lo establece el autor Eva Andrés
Aucejo2 “a lo largo de la historia del derecho tributario, nuestro legislador ha declinado la opción de incluir técnicas propiamente transaccionales como la mediación, la conciliación o el arbitraje (…)”, estos medios alternativos tienen como objetivo resolver las controversias de forma eficiente, sin grandes costos; y, evitar el surgimiento de nuevos conflictos, para el ámbito tributario existe una ganancia para ambas partes, en el caso del contribuyente es el de extinguir la obligación tributaria, sin el temor de que la administración tributaria le siga un proceso coactivo y le establezca medidas cautelares sobre sus bienes, y de ser el caso que se encuentre en fase de un proceso coactivo, puede convenir facilidades de pago o sustitución de
las medidas cautelares impuesta. En cambio, para la administración tributaria la ganancia consiste en una pronta recaudación, ahorrándose el tiempo de futuros litigios que ya devienen de la resolución de un juez conforme a los argumentos y sustentos que se presenten en fase judicial que en ciertos casos pueden ser adversos para la administración tributaria, incidiendo en una menor recaudación a la esperada.
Es importante tener en cuenta, que el proceso de mediación en el ámbito tributario, tiene sus reglas particulares para que este opere, por lo que se diferencia de los demás procesos de mediación en otras ramas. Entre estos aspectos es el verificar el estado en que se encuentra la
obligación tributaria objeto de la transacción, esto es si la misma se encuentra firme o no, porque de ello deriva si se transa sobre el fondo de la obligación al no encontrarse firme o solo sobre facilidades de pago y recaudación cuando se encuentra firme, esto conforme se establece en el artículo 56 numeral 7 del Código Orgánico Tributario.
Tipos de transacción tributaria
El Código Orgánico Tributario, en sus artículos 56 núm. 7 y 56 núm. 12, ha previsto la existencia de dos tipos de transacción; estas son la extraprocesal y la intraprocesal. La primera procederá para cuando el contribuyente lo haya solicitado dentro un proceso de determinación, reclamación u revisión;
¿Cómo se aplica las medidas de seguridad en caso de que el procesado tenga un transtorno mental y sea sobreseído?
RESPUESTA
Artículo 35 del COIP: “Causa de inculpabilidad.- No existe responsabilidad penal en el caso de trastorno mental debidamente comprobado.”
• Artículo 36 ibídem: “Trastorno mental.- La persona que al momento de cometer la infracción no tiene la capacidad de comprender la ilicitud de su conducta o de determinarse de conformidad con esta comprensión, en razón del padecimiento de un trastorno mental, no será penalmente responsable. En estos casos la o el juzgador dictará una medida de seguridad.
La persona que, al momento de cometer la infracción, se encuentra disminuida en su capacidad de comprender la ilicitud de su conducta o de determinarse de conformidad con esta comprensión, tendrá responsabilidad penal atenuada en un tercio de la pena mínima prevista para el tipo penal.
• Artículo 76 del COIP: “Internamiento en un hospital psiquiátrico.- El internamiento en un hospital psiquiátrico se aplica a la persona inimputable por trastorno mental. Su finalidad es lograr la superación de su perturbación y la inclusión social.
Se impone por las o los juzgadores, previo informe psiquiátrico, psicológico y social, que acredite su necesidad y duración.”
La persona que al momento de cometer la infracción no tiene la capacidad de comprender la ilicitud de su conducta o de determinarse de conformidad con esta comprensión, en razón del padecimiento de un trastorno mental, no será penalmente responsable. Declarada la inimputabilidad, la o el juzgador dictará el internamiento en un hospital psiquiátrico, como medida de seguridad, la que se impone siempre
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
y la segunda cuando estando en un proceso judicial, en etapa de audiencia preliminar el contribuyente solicita transar sobre la obligación objeto del litigio, para lo cual el juez lo derivará al centro de mediación respectivo y suspenderá la tramitación de la causa hasta la comunicación del resultado del proceso de mediación.
El 28 de octubre de 2021, el presidente de la República del Ecuador presentó el Proyecto de Ley de Urgencia en Materia Económica denominado Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID-19, en el que, dentro de la sección correspondiente a la motivación, en el numeral III literal b) correspondiente a las “Reformas necesarias al Código Tributario: seguridad jurídica y métodos alternativos de solución de conflictos” argumentó que:
(…) ante la saturación de los tribunales de justicia, debe brindarse alternativas que sean mutuamente beneficiosas, tanto para los contribuyentes como para la administración, entre estas, la posibilidad de alcanzar acuerdos parciales o totales sobre hechos controvertidos, glosas pendientes de pago, entre otros, o incluso la posibilidad de derivar ciertos conflictos a arbitraje, con ciertas limitantes propias de la materia.
(…) Esta consideración es actualmente deseable y urgente, debido a la extrema lentitud con la que opera la recaudación, lo cual
no es imputable a desidia de la administración, sino especialmente al diseño del sistema de impugnaciones y recursos tanto administrativos como judiciales que pueden dilatar su ejecución, los cuales adolecen de sus propias falencias y demoras. (Énfasis añadido)
Es decir que la referida ley se planteó los objetivos de reducir la saturación de las causas judiciales en materia tributaria de los tribunales de justicia; que exista la posibilidad de alcanzar acuerdos parciales o totales respecto de las obligaciones tributarias; y mejorar la lentitud con la que opera la recaudación, y así tener mayores ingresos para el Estado.
Desafíos en la implementación de la mediación tributaria
A tres años casi de la implementación de la mediación tributaria no se han notado cambios sustanciales en la disminución de causas judiciales o una mayor recaudación por parte de las administraciones tributarias, esto a razón de que no ha existido por parte de las administraciones tributarias, tanto central como seccional, la debida publicidad y regulación del procedimiento de este instrumento como es la mediación.
De igual manera, encontramos que el “servidor público no cuenta con las garantías necesarias para evitar incurrir en cualquier tipo de responsabilidad, ya sea administrativa, civil o penal, debido a que el informe costo-beneficio es totalmente discre-
cional y no asegura que la evaluación del eventual perjuicio o beneficio que la transacción podía producirle al Estado sea totalmente correcta”.
En tercer lugar, los servidores inducen al contribuyente a tratar directamente el problema y no a través de una mediación tributaria, quizás porque es más sencillo volver al esquema normal de determinación de impuestos a través del Código Tributario o de la Ley del Régimen Tributario Interno que aventurarse a un proceso de transición tributaria por las connotaciones que esto tiene”;3 y, por último la agilización de la recaudación ha resultado difícil debido a que a pesar de que el funcionario acepta que el objeto es transigible, el proceso es dilatado por varios motivos entre los que se destaca que adicional a la audiencia de mediación las administraciones tributarias pueden solicitar entre 3 y 5 reuniones privadas, a veces inclusive más con el contribuyente para ponerse de acuerdo en los términos en los que se va a transigir la obligación tributaria.
Uno de los problemas centrales de la aplicación de este mecanismo, es la poca regulación del procedimiento interno que han expedido las administraciones tributarias, lo que provoca una inseguridad jurídica en ciertos vacíos legales que la norma adolece. Únicamente el Servicio de Rentas Internas se ha preocupado de establecer un instructivo en torno a este mecanismo. A través de la Resolución Nro. NAC-
DGERCGC22-00000036 emitió el “INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DE LA TRANSACCIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA”. Sin embargo, esto no puede quedar ahí, ya que es importante actualizar el mismo con las casuísticas que han ocurrido dentro de estos casi tres años de la implementación de la mediación. Si bien uno de los objetivos centrales de la mediación en materia tributaria fue establecer una recaudación temprana, en la realidad esto se ha visto entorpecido por los diferentes tiempos y factores en que se incurre y que no solamente devienen del actuar interno de la administración tributaria, sino también son externos. Entre estos podemos destacar:
El tiempo de análisis que emplean los servidores al interno a fin de obtener el informe costobeneficio que establece la norma es requisito fundamental para este tipo de mediación, para reflejar el beneficio económico hacia el Estado. (Este tiempo no es determinado ni en la Ley ni en algún instructivo).
Las varias audiencias de mediación, como mesas técnicas que pueden tener los contribuyentes con las administraciones tributarias, a fin de llegar a un acuerdo.
en las administraciones tributarias seccionales, donde también existe un mayor número de conflictividad en el cumplimiento de obligaciones tributarias como patente o predial. Finalmente, las administraciones tributarias aún se muestran cerradas ante la idea de llegar a acuerdos a través del mecanismo de mediación, esto debido a que sus servidores no cuentan con las garantías necesarias para evitar incurrir en una responsabilidad civil, administrativa o penal a raíz de la emisión de su informe costo beneficioso, que en ciertos casos puede llegar a ser discrecional porque es meramente un análisis económico que evalúa el eventual perjuicio o beneficio que la transacción podía producirle al Estado.
Bibliografía
Aucejo, E. (2016). Sistemas de Resolución Alternativa de Conflictos (ADR) en derecho tributario español y comparado. Propuestas para Latinoamérica y España. Revista Derecho del Estado. Universidad Externado de Colombia, Colombia. Disponible en: https://www.redalyc.org/articulo. oa?id=337650446001
Tapia, E. (04 de octubre de 2022). El SRI ha cobrado USD 23 millones a deudores con mediaciones. PRIMICIAS. https://www. primicias.ec/noticias/economia/ sri-deudorescobro-lento/
Procuraduría General del Estado. [PGE]. (04 de diciembre de 2019). Los procesos tributarios son intransigibles. Boletín de Prensa UCS/104
La autorización de la Procuraduría General del Estado, respecto del acuerdo alcanzado por los contribuyentes y las administraciones tributarias, de conformidad con lo establecido en el literal f) del artículo 5 de la Ley orgánica de la Procuraduría General del Estado, cuando la cuantía de la controversia sea indeterminada o superior a veinte mil dólares de los Estados Unidos de América.
Conclusión
Como conclusión, es importante señalar que la mediación en materia tributaria, a pesar de haber sido incorporada en la legislación ecuatoriana en noviembre de 2021, aún presenta deficiencias que han impedido el cumplimiento de los objetivos por los cuales fue implementada. Entre ellos la pronta recaudación de impuestos. A pesar que la mediación doctrinariamente se prevé como una figura rápida de solución de conflictos.
De igual manera, el Código Orgánico Tributario es confuso en varios temas relacionados con la transacción extraprocesal; por este motivo, el Servicio de Rentas Internas (SRI) se vio en la necesidad de emitir un instructivo para explicar y aclarar cómo se va a aplicar la transacción en materia tributaria, debido a que los contribuyentes emiten juicios discrecionales sobre qué se puede mediar. Sin embargo, esto no ha ocurrido
Servicio de Rentas Internas. Instructivo para la Aplicación de la Transacción en Materia Tributaria (Resolución NAC-DGERCGC22-00000036)
Normativa Constitución de la República del Ecuador. (2008).
Código Orgánico Tributario. Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado. Ley Orgánica de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia del COVID-19. Ley de Arbitraje y Mediación.
1.Abogado de los Tribunales de la República del Ecuador; Especialista en Tributación; Magister en Derecho Tributario; Mediador; Postulante al titulo Doctoral en la Universidad de Buenos AiresArgentina, coautor y escritor de artículos jurídicos. 2.Aucejo, E. (2016). Sistemas de Resolución Alternativa de Conflictos (ADR) en derecho tributario español y comparado. Propuestas para Latinoamérica y España. Revista Derecho del Estado. Universidad Externado de Colombia, Colombia. Disponible en: https://www.redalyc.org/ articulo.oa?id=337650446001
3.Tapia, E. (04 de octubre de 2022). El SRI ha cobrado USD 23 millones a deudores con mediaciones. PRIMICIAS. https://www.primicias.ec/ noticias/economia/sri-deudorescobro-lento/