MIÉRCOLES 08 DE ENERO DE 2025
Imbabura - Carchi
MIÉRCOLES 08 DE ENERO DE 2025
Imbabura - Carchi
Al menos siete natcotraficantes ecuatorianos han sido detenidos o asesinados en Colombia. El vecino país se convierte en “refugio” de quienes huyen de Ecuador y tienen lazos con carteles colombianos. 7
POLÍTICA
En el 2025 se priorizará la regeneración urbana y rural de Ibarra 3 NORTE 25 años de dolarización… pese a los políticos 4
POLÍTICA
Llegan más asambleístas para este año y el país lo permitió 5
ECONOMÍA
Cambiar la Constitución afectarán los negocios 6
GLOBAL
Expresidentes acompañarán a González a Venezuela 9
LORENA BALLESTEROS @loballesteros
Todoslos días me asombro por las facilidades que brinda el desarrollo tecnológico. Rara vez hago fila en un banco porque todo lo resuelvo con la aplicación móvil. La convocatoria a eventos se realiza a través de redes sociales y son esas mismas plataformas las que permiten comercializarlo todo. Mis colegas más jóvenes preparan sus boletines de prensa, discursos y presentaciones para que Chat GPT complete sus ideas. La tecnología asimismo resuelve las relaciones humanas y sociales en un par de minutos. Y no me refiero solo a las aplicaciones de citas tipo Tinder, sino a la capacidad con que pueden armarse y desarmarse grupos de amigos con el mismo clic con el que se compra en Temu.
Con sus teléfonos inteligentes, los adolescentes carecen de inteligencia emocional. Una chica se escribe con un chico, se confían “quién le gusta a cada uno”. Él toma foto a la conversación y la pasa a sus amigos, ella hace lo mismo. En menos de 10 minutos, la información privada es pública.
Una chica prepara fotos con filtros de su nueva amiga para subirlas a Snap, conseguir muchos likes y que se “convierta en popular”. Para alcanzarlo hace un trabajo de relaciones públicas, escribiendo a todos sus amigos para que comenten la foto.
Las amistades ahora se calculan. Son una moda, una tendencia. ¿Quién está de subida? ¿Quién está de bajada? Si en un grupo hay alguien que perdió popularidad en el mundo virtual, chao. ¡Estás fuera!
Me ha costado creer que llegamos a ese punto de banalidad. Pero, es cierto. Así sucede. Y lo más alarmante es que estos chicos que crecen con carencias e inseguridades, que batallan, combaten, disparan y son disparados por las balas de la tecnología, son los mismos que en 20 años más nos gobernarán. ¿Qué destrezas tendrán para lidiar con el mundo real? ¿Cómo fomentarán relaciones sólidas y duraderas en sus propios hijos? Quizás en esos años futuros ya se diga de frente: las amistades son desechables, úsalas a tu conveniencia.
DANIEL
MÁRQUEZ SOARES dmarquez@lahora.com.ec
Ahora manda el más fuerte
Al presidente Daniel Noboa le hubiese hecho bien dar un paso al costado, pedir licencia y dejar que la vicepresidenta Verónica Abad gobernara estas pocas semanas. Eso le habría enseñado algo que
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) difundió las empresas que han sido sancionadas por esa entidad en 2024 por que han participado en prácticas que esta considera prohibidas, sean fraudulentas, corruptas, colusorias, coercitivas, y otros más.
Estas sanciones inhabilitan a los señalados a hacer negocios o firmar contratos con el BID, pero también les impide conseguir financiamiento hasta el 2035. En Ecuador hay varias empresas que han recibido financiamiento del BID para grandes proyectos, en especial en la agroindustria para elevar la producción con energías limpias, otras han participado en proyectos de infraestructura y desarrollo.
La sanción se extiende a cualquier empresa o persona que tenga relación con la firma expuesta.
En este caso está involucrado el excandidato presidencial Jan
Topic, su padre Tomislav Topic y cinco de sus empresas.
En el pasado, el BID sancionó a Carlos Alberto de Otero López y Cons ermin (2023); Leonardo Iván Noblecilla Sotomayor y Nobsaconstrucciones S.A. (2018).
Tomislav Topic, quien maneja negocios de internet y el cable submarino, anunció que apelará esa decisión del BID; sostiene que los actos que la motivaron son inexistentes.
Nuevamente los señalamientos por temas de corrupción llegan del extranjero. Es una nueva alerta que, casa adentro, debe impulsar a los vigilantes de la anticorrupción, que tienen un gran trabajo pendiente.
El señalamiento del BID se replica en otras entidades, como el Banco Mundial, el Banco Asiático de Desarrollo y el Banco Europeo de Desarrollo. La corrupción y la mala imagen que se proyecta con estas empresas frena -aún más- el desarrollo del país.
la vida, comprensiblemente, no suele otorgar a personas de su extracción: paciencia. Soportar con estoicismo los embates vengativos de Abad en el poder le habrían preparado oportunamente para lo que, más adelante, luego de la Presidencia, le esperará; y una vez de vuelta en el cargo, si ganaba las elecciones, habría podido tener su merecida satisfacción con el disfrute que da la espera y, sobre todo, con la sabiduría que otorga el haber estado también en el sitio del
agraviado.
En lugar de eso, el Presidente ha optado por el burdo argumento de la fuerza. Se deshizo de la vicepresidenta Abad con una arbitrariedad descarada; vulneró impunemente la ley al rehusarse a pedir licencia; ofreció apoyo irrestricto —muy arriesgado— a las Fuerzas Armadas tras el asesinato de los cuatro jóvenes de Guayaquil, pero obtuvo un insólito comunicado explícito de compromiso incondicional con su Gobierno
Elecciones y pugnas: lo que realmente importa
Empezó el baratillo de candidatos a la Presidencia y nos preparamos a escuchar todo tipo de promesas con tal de captar un voto.
Al final, al pueblo le importa muy poco la pugna entre el Presidente y la Vice.
El electorado, en su gran mayoría, desconoce al menos a 10 de los 16 candidatos a la Presidencia. Este 12 de enero, empieza oficialmente la temporada de promesas para cap- tar el ‘SÍ’ de la ‘novia’ con el debate de los candidatos a la Vicepresidencia.
Sin embargo, ¿para qué se gastan recursos económicos en un debate de candidatos a ‘la nada misma’?, si es evidente que los vices no tienen funciones más allá de arrancar acompañando a su presidente con la noble responsabilidad de ser conspiradores a sueldo, 24/7.
Es decir, ¿cómo queremos eliminar los problemas si el sistema los aúpa?
Que el Presi, sea candidato a la vez o esté incurriendo en alguna ilegalidad, al pueblo le importa un rábano.
Lo que el electorado realmente necesita saber es:
¿Cómo generar las condiciones para aumentar el empleo?
¿Qué van hacer con la flexibilización laboral?
¿Existirá algún líder que nos haga entender que el trabajo por horas es una alternativa para combatir el desempleo?
¿Saben realmente cómo enfrentar la crisis eléctrica para no volver a tener pesadillas con apagones?
El país exige libertad para trabajar, producir, caminar seguros, para expresarnos sin temor a represalias.
Ecuador exige libertad para que vengan las inversiones y que la empresa privada sea clave para eliminar el desempleo.
Los ciudadanos exigimos energía eficiente que nos vuelva competitivos en el mundo globalizado.
El país exige competencia en iguales condiciones, para que el mundo nos mire con seriedad.
¿Serán nuestros vendedores de esperanza aspirantes a Carondelet capaces de llevar a cabo está misión?
Más vale que sí, porque nuestro golpeado Ecuador no da más.
por parte de militares y policías. Hoy, en Ecuador, no manda la ley ni las instituciones, sino el capital y las armas. Difícilmente podrá ya alguien hacerle frente a Daniel Noboa, en tanto la única persona que podía competir con él en los campos primarios de los recursos y la fuerza —Jan Topic— fue sacado a empellones de la arena política. El país tolera estas arbitrariedades porque, desgraciadamente, existe ya un cinismo generalizado, una percepción de anarquía
imperante. Si para reinstaurar algo de orden es necesario dar un puñetazo sobre la mesa —piensa la gente— pues bienvenido sea quien lo haga. El caos favorece al presidente Daniel Noboa, en tanto este tiene la fortuna y la fuerza para prosperar en él. Sin embargo, lo conveniente sería que, cuanto antes, use su poderío para reinstaurar cierto sentido de orden y reglas claras, en lugar de perpetuar una anarquía caprichosa en la que él tenga la última palabra.
Las autoridades locales informaron que priorizarán proyectos de infraestructura pública en zonas urbanas y rurales de Ibarra, a lo largo de este 2025.
IBARRA.- Una de las prioridades para la ciudad este 2025 serán los proyectos de la regeneración de zonas urbanas y rurales, anunció el alcalde de Ibarra, Álvaro Castillo, en su último diálogo con los medios de comunicación locales.
Para el efecto se planificaron proyectos de asfaltado y adoquinado de vías, iluminación de iglesias, regeneración de parques, de la zona del Arcángel y del Centro Histórico.
“Dentro de los proyectos importantes para este 2025 está la continuación de la regeneración global de Ibarra (...), de absolutamente toda la ciudad, para avanzar a regenerar por lo menos los centros parroquiales rurales”, mencionó.
A decir de Castillo, hasta el momento se tiene un avance del 60% de lo planificado en su gestión en este ámbito, que termina en 2027.
Cambios en el Arcángel Uno de los proyectos más ambiciosos, calificado como ícono por el Alcalde de Ibarra, es la regeneración de la zona del Arcángel. Ubicado en el mirador de Alto de Reyes, este es un sitio con vista privilegiada , desde donde se aprecia plenamente al volcán Imbabura, al Cotacachi, la loma de Guayabillas, el río Tahuando, las edificaciones
PROYECTOS. Zonas urbanas, principalmente del centro, así como rurales, serán parte de la regeneración que se planifica en Ibarra.
emblemáticas y patrimoniales de la ciudad, así como la laguna de Yahuarcocha, desde uno de sus costados.
Según Castillo, este año evaluarán cómo convertir este sitio en un espacio mega turístico , con al menos $1 millón de inversión pública en una primera fase.
“Vamos a incentivar al sector privado para que pueda poner ahí restaurantes, bares si es necesario, pero todo con medida, que yo creo que no daña, para que esto se convierta en un sitio turístico, similar al mirador de Turi, en Cuenca, donde cada siete minutos llega un bus con turistas nacionales y extranjeros. Con la situación del Arcángel no tenemos nada que envidiar . Entonces, este tema de la regeneración urbana también in-
cluye la intervención de esta zona”, aseguró Castillo.
Regeneración
del Centro Histórico
El proyecto de cambio de adoquines del Centro Histórico, que se lleva a cabo desde 2024 y que tendrá una segunda etapa en 2025, también contempla una tercera fase. Castillo anunció que se sumarán otros proyectos para potenciar el patrimonio arquitectónico que tiene Ibarra.
Mencionó que si se quiere promover al centro como una alternativa para los turistas, se deben tomar en cuenta los estacionamientos . Ante esto, se buscará un aliado estratégico que construya un edificio de seis pisos para parqueo automatizado , con al me -
nos 300 plazas.
“Con eso creo que vamos a dar un alivio a la zona. Aspiramos que el centro se convierta en un polo del desarrollo del patrimonio histórico de esta ciudad (...).
Es el cuarto centro histórico más importante del país, pero maltratado. Estamos trabajando en el sector, vamos abriendo callecitas nuevamente para mejorar el adoquinado, donde se viene la tercera etapa, con lo que nos faltaría para dejar todas las calles en buen estado”, aseguró.
Además, dijo que se está trabajando en una ordenanza que brinde incentivos para el mantenimiento de los bienes patrimoniales , ya que hay muchas casas antiguas que se caen a pedazos en el Centro Histórico.
Por otra parte, comentó que esperan que el edificio contiguo al de la Municipalidad, donde funcionó la Gobernación de Imbabura y quedó en abandono hace más de 10 años, pase a manos municipales, para intentar restaurarlo con al menos $1,4 millones.
Cambios en parques e iglesias
El Alcalde dijo que está contratado el cambio de iluminación de varias iglesias de la zona urbana, donde se instalará nueva tecnología para mantener alumbrados
estos espacios
“Son cinco iglesias que van a tener una muy linda iluminación, para que en la noche se pueda ver y poder resaltar el arte extraordinario que tiene por ejemplo Santo Domingo, la Catedral, la Basílica, Santo Domingo , con una tecnología solar similar a la que hicimos en La Merced”, expuso Castillo, quien adelantó que para este año se proyectó la regeneración de 20 parques recreativos.
En la zona rural
En la parte rural y el sector urbano marginal se priorizarán las obras de vialidad, con un presupuesto que bordea los $3 millones para compra de adoquines.
Castillo puntualizó que las obras en estos sectores se concretarán a través de convenios con los gobiernos parroquiales y la Prefectura de Imbabura.
“Aspiramos a hacer 35 kilómetros, de los 70 que yo había ofrecido en mi plan de campaña. En 2025 serán 35 km, si Dios quiere, y en el 2026 los otros 35 km para las parroquias rurales. Tenemos 100 convenios firmados con la comunidad para adoquinar vías, en una forma de trabajo donde los frentistas compran el adoquín y nosotros hacemos todo el resto del trabajo”, comentó.
Según Castillo, dentro de los convenios, el Gobierno provincial pondrá la maquinaria , así como la explotación de minas para la subbase, mientras el Municipio colocará la capa de rodadura o el adoquín, y los GAD parroquiales solventarán el tema de la mano de obra. (FV)
El 9 de enero de 2025 se cumplirán 25 años de la dolarización en Ecuador. Jamil Mahuad optó por dolarizar la economía del país en el año 2000. Este sistema ha sobrevivido pese a los políticos y sus apetitos voraces.
Jamil Mahuad publicó, en 2021, un libro titulado ‘Así dolarizamos al Ecuador ’, en el que el expresidente de la República y un grupo de colaboradores narran sobre cómo surgió la decisión.
“Cómo se gestó la dolarización, la audaz propuesta para salir de la profunda crisis de fines de siglo, contada por los protagonistas. Lectura imprescindible para entender al Ecuador de hoy”, señala el analista económico Walter Spurrier, al comentar el libro en el sitio web del exmandatario.
En ese espacio, Mahuad resalta que el anuncio de la dolarización puso fin a la “larga crisis económica producida por la devaluación — que había llegado a una tasa de cambio de 28.000 sucres por dólar estadounidense—, fuga de capitales y brotes hiperinflacionarios”.
El 9 de enero del 2000, el expresidente dispuso el congelamiento del 50% de los depósitos y de los créditos bancarios en el país. Un día después, el Banco Central del Ecuador adoptó el dólar como la moneda ecuatoriana, dejando atrás el sucre.
Para comprender el impacto de la dolarización, LA HORA conversó con el economista Joselo Andrade , director ejecutivo del Instituto Ecuatoriano de Economía Política (IEEP), quien es PhD (c) en Ciencias Sociales y Jurídicas por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, España. También es Máster en Economía de la Escuela Austriaca, egresado en Economía y Dirección de Empresas de la Escuela Superior Politécnica del Litoral (ESPOL).
¿Qué ha significado la dolarización para Ecuador?
“La dolarización es la institución económica más sólida del Ecuador, la que le ha
Imagen referencial dólares (Pexels)
REFORMAS. Joselo Andrade, economista, hace recomendaciones para aprovechar la certeza de la dolarización. (Foto: Cortesía).
otorgado mayor transparencia y estabilidad. Es el único acierto en materia económica desde que Ecuador es República y ha significado esa estabilidad monetaria que los ecuatorianos necesitan para realizar sus operaciones y para llevar adelante su día a día”, destaca Andrade. Sin embargo, puntualiza que se requiere hacer más. “A la dolarización, que está cumpliendo 25 años, hay que sumarle otras medidas para aprovecharla”. Se trata de una institución monetaria que otorga certezas y tranquilidad, añade.
La dolarización tiene detractores . Pero, según Andrade, son aquellos que “no entienden cómo funciona el sistema económico, son aquellos que quieren disparar el gasto público y emprender elefantes blancos dentro de nuestra sociedad, elefantes blancos que están totalmente alejados de nuestra realidad económica”.
La dolarización y los políticos La dolarización, a criterio
del experto, impone límites al político de turno y a la política del despilfarro.
Ejemplifica un caso: “El ahora prófugo de la justicia, Rafael Correa , cuando se desplomó el precio del barril del petróleo entre el 2014 y 2015, mencionó que entramos en crisis y, adicional, que si tuviese él la posibilidad de tener política monetaria, es decir tener un Banco Central que imprima dinero sin límites, él lo hubiese estado haciendo. Aquellos enemigos de la disciplina fiscal, del gasto mesurado, son aquellos que ven a la dolarización precisamente como un límite a sus ensueños”.
La principal virtud de la dolarización es “la de contener a los políticos en cierta forma, puesto que dejan de contar con el financiamiento que es la emisión inorgánica de dinero, lo cual a su vez destruye la economía”, expone. La dolarización obliga a los Estados a “no echar mano de la emisión inorgánica de dinero para financiar sus aventuras”, reitera.
dor, desde hace 25 años”. La dolarización para el futuro
Actualmente, la dolarización goza de buena salud porque los ecuatorianos la han adoptado como suya, no necesita ser fortalecida sino aprovechada, destaca.
Sugiere emplear esa condición de certeza monetaria para “arreglar el asunto económico”. Hace un planteamiento para el siguiente mandatario: “Lo que necesita hacer aquel que llegue a Carondelet en el próximo periodo es hacer reformas que han quedado postergadas desde antes de la dolarización”.
Menciona, por ejemplo, reformas para:
La integración financiera que permita traer banca internacional a Ecuador.
Como consecuencia, “la dolarización evitó que Ecuador se convierta en Venezuela”. Argumenta que Correa no pudo hacer lo que sí realizaron Hugo Chávez y Nicolás Maduro: “Imprimir dinero de forma indiscriminada, sin respaldo”.
La dolarización impone cierta disciplina para tener estabilidad de precios , estabilidad del poder adquisitivo, para mantener la inflación a raya, para permitir la planificación a largo plazo, para la transparencia de la economía, resume Andrade.
En ese sentido, dice que “es mejor que la política ecuatoriana se aleje de la política monetaria”. Analiza que, si Ecuador tuviera una moneda propia, los mismos resultados que se dan en la política serían trasladados al mundo del dinero y se desorganizaría monetariamente al país. Esto ocasionaría “un problema grandísimo de descoordinación económica que no conocemos en Ecua-
- Reforma al sistema de pensiones.
- Reformar y abrir el mercado laboral.
- Reforma comercial para incrementar negocios en el mundo.
- Reforma que reoriente y priorice el gasto público.
“Si tomamos estas decisiones de manera responsable, no solamente aprovecharemos esa certeza sino que tendremos un Ecuador creciente, próspero, libre, con mayor seguridad y sin apagones”, indica el economista.
Ecuador necesita mantener la dolarización Andrade estima que la dolarización es necesaria, aunque Ecuador fuese un país responsable en lo económico y en lo político.
“Imaginemos por un instante que tenemos un Banco Central responsable, disciplina fiscal y un Gobierno responsable. Nada nos garantiza que el siguiente Gobierno no sea irresponsable, que nuestra política sea lo suficientemente madura para los próximos años”, señala al justificar la permanencia del dólar.
Además, considera un despropósito cambiar al dólar, “la mejor moneda en términos de credibilidad, reputación y medio de intercambio global”, por otra moneda. Eso aumentaría el gasto público de manera irresponsable, advierte. (KSQ)
En la consulta popular planteada por Guillermo Lasso, que no tuvo el respaldo de la población, se vaticinaba que la Legislatura pasaría de 137 a cerca de 152 asambleístas en 2025. Eso ya ocurrió y ahora el costo para el Estado será mayor.
DECISIONES. En mayo de 2025, la Asamblea Nacional recibirá a más representantes. (Foto archivo)
Crisis de representación, falta de proporcionalidad en su conformación, falta de credibilidad, e ingente gasto estatal. Estos fueron algunos de los argumentos que planteó el entonces presidente de la República, Guillermo Lasso, para enmendar el artículo 118 de la Constitución con la pregunta 4 de su propuesta de consulta popular de febrero de 2023, que no tuvo respaldo popular.
¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta adicional por cada 250.000 habitantes ; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residen en el exterior? En aquel referéndum, el 53,73% del electorado se pronunció
Renovación en el pleno podría darse durante el
°En el Legislativo ya se organizan para recibir a 14 nuevos asambleístas. De los actuales 137 legisladores, 116 son provinciales, 15 nacionales y 6 del exterior. En mayo de 2024, los entonces administradores de la Asamblea informaron a LA HORA que se planificaba una renovación en el salón del Pleno, para la implementación de más curules.
La ubicación de los 14 nuevos escritorios para los parlamentarios está planificada así: 7 curules estarán hacia el lado izquierdo del Pleno (ala occidental), y otras 7 en el derecho (ala oriental), donde se acondicionó un espacio para la prensa. No se descarta que el proceso de renovación se produzca durante la vacancia legislativa prevista entre el 8 y el 22 de enero de 2025.
en contra de dicha reforma. En los anexos de aquella propuesta se vaticinaba que, de no enmendarse el 118 de la Constitución, la Legislatura pasará de 137 asambleístas a cerca de 152 en 2025, porque el número de representantes crecerá de acuerdo al crecimiento poblacional, cada vez que se realice un Censo de Población y Vivienda.
Solo 14 meses después (5 de abril de 2024) de que el país perdió la oportunidad de reducir el número de asambleístas y ahorrar recursos al Estado, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunciaba en un comunicado que, de acuerdo con una información del I nstituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) relacionado con el último Censo de Población y Vivienda 2022, el número de legisladores aumentaba de 137 a 151.
Karen Sichel , entonces asesora jurídica de la Presidencia de la República,
hubiese llegado a 116. Esto le habría significado al país un ahorro aproximado de $585.500. Calculaba que cada asambleísta le cuesta $15.825 mensuales a los ecuatorianos . Eso significa que al país le costará más de $2’405.400 mensuales tener 152 asambleístas. El cálculo, que podría ser mayor por las variaciones en el Salario Básico Unificado, no solo toma en cuenta los salarios de los legisladores, sino el número de asesores, viáticos y otros aspectos.
Con la enmienda también se buscaba fortalecer la institucionalidad. Incluso, con la reducción del número de asambleístas se apuntaba a una mejor representación, cada legislador podía ejecutar sus labores de forma más eficiente y, eventualmente, ganar la confianza de sus mandantes. Karen Sichel explicaba que en 23 países, entre ellos Italia, Irlanda y otros, había evidencia de que esta fórmula mejoraba la representatividad.
en el Gobierno de Guillermo Lasso, proyectó que si la pregunta 4 se aprobaba, el número de asambleístas
“Sin duda, el país perdió una oportunidad histórica”, dijo Sichel. Sin embargo, especificó que, no solamente en cuanto al número de asambleístas, sino por una falta de reforma de los partidos políticos. “Ahora tenemos 16 binomios presidenciales, y un problema de cómo se comportan los dirigentes de los partidos una vez que llegan a los cargos”, expresó. (SC)
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA VICSANLOGISTICS S.A.
De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias se convoca a los accionistas de la Compañía VICSANLOGISTICS S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el viernes 17 de enero del 2025, a las 17:30 horas en el domicilio de la compañía, ubicada en la calle Manuel Iturrey E10-56 y Av. La Coruña, de esta ciudad de Quito, Parroquia Mariscal Sucre, Cantón Quito, Provincia de Pichincha, con el objetivo de tratar los siguientes puntos del día:
1.- Nombrar al Gerente de la Compañía.
2.- Nombrar al Presidente de la Compañía.
Los accionistas podrán hacerse representar por un apoderado que exhiba su poder notariado donde se especifique que puede acudir a las Juntas de Accionistas cumpliendo con el requisito antes señalado.
Para iniciar la sesión, se concederá 20 minutos de plazo luego de la hora fijada para iniciar dicha junta. Luego de este tiempo, si se cuenta con el quórum y mayoría exigidos en los estatutos, se iniciará la Junta sin más espera.
Quito, 08 de enero del 2025.
Desde el punto de vista económico y político, las propuestas para reformar la constitución anunciadas por los principales candidatos a la Presidencia, pueden ir desde la apertura a la inversión privada hasta la recomposición del poder correísta perdido.
LEGISLACIÓN. Una nueva aventura constitucional impactará el entorno para hacer negocios y producir en Ecuador.
Según el informe titulado
‘ Ecuador: Riesgos Políticos Claves en 2025’, elaborado por Prófitas , que es una firma de consultoría en el análisis y la gestión del riesgo político en Ecuador , entre los principales factores que afectarán al entorno para hacer negocios en el
país están las propuestas e intenciones de los principales candidatos de reformar la Constitución de 2008.
Aunque candidatos en la parte baja de las preferencias electorales, como Andrea González, del Partido Sociedad Patriótica; y Henry Cucalón, de Construye,
¿Existe un riesgo creciente de politización de los negocios en Ecuador?
° La consolidación de poder político en los posibles gobiernos de Noboa o González, de la mano de una reforma constitucional, podrían derivar en arbitrariedad en el ejercicio de la función pública, según analiza Prófitas.
“En el caso de Noboa por los intereses que mantiene su familia en diversos sectores, incluyendo: agroexportador, logístico, construcción e inmobiliario, industria y comercio. Mientras que en el caso de González por beneficios que podrían recibir empresarios cercanos al poder”, recalca la consultora Esto podría generar riesgos para los negocios, al usarse al Estado para definir ganadores y perdedores según intereses particulares, pudiendo desembocar en actos de corrupción y en un debilitamiento del Estado de derecho.
“Cabe recordar como muchos empresarios hicieron grandes negocios gracias a su alineamiento a los intereses del proyecto político durante la administración de Rafael Correa. Mientras que en el Gobierno de Noboa ya se evidencia el uso del Estado para afectar los negocios de opositores políticos”, concluye Prófitas.
han hablado de la necesidad de cambiar la Constitución de Montecristi (sin dar mayores detalles), las propuestas que más concitan la preocupación y el análisis de los inversionistas nacionales y extranjeros son las del presidente-candidato, Daniel Noboa; y la candidata de la Revolución Ciudadana, Luisa González
“Pienso que ambos tienen incentivos para promover cambios constitucionales. En el caso de los correístas, lo que se buscaría es restablecer la Constitución, el orden político correísta con el que gobernaron durante 10 años y que le funcionó bien. Por el otro lado, en el caso Noboa, se buscarían cambios en la Constitución para darle una orientación más proinversión privada y que, de alguna manera, le dé una mejor gobernabilidad un nuevo Gobierno de él”, acotó Sebastián Hurtado, presidente y fundador de Prófitas.
Para Hurtado, cualquier proceso de reformas cons-
traciones de Guillermo Lasso y Daniel Noboa. Proceso que ha derivado en la inestabilidad política y el caos institucional que Ecuador ha vivido en los últimos años. “En buena medida, los problemas económicos y el estancamiento de los últimos años ha tenido mucho que ver con la inestabilidad política e institucional en la que hemos vivido y que no ha permitido hacer reformas importantes para impulsar el crecimiento”, acotó Hurtado.
En ese contexto, tiene sentido pensar en reformar la Constitución de 2008 para establecer una nueva institucionalidad, que permita a la economía ecuatoriana avanzar. Pero, todo depende del enfoque que tenga el nuevo presidente.
titucionales en Ecuador es complejo y el impacto en el entorno para hacer negocios será más incertidumbre, “porque con seguridad va a ser un proceso extendido, un proceso conflictivo. No se sabrá exactamente por dónde van a terminar las reformas y eso va a impactar las decisiones empresariales”.
¿Es necesario reformar la Constitución?
La Constitución de Montecristi , de acuerdo con el análisis de Prófitas, permitió consolidar en Ecuador un Estado todopoderoso y dominado por el poder Ejecutivo, que logró cooptar las instituciones estatales y desplegó una activa intervención en la economía.
Esto aseguró un periodo de estabilidad política y gobernabilidad sin precedentes que se extendió hasta 2017, año en que el presidente Lenín Moreno inició un atropellado proceso de desmantelamiento del “orden político correísta”, que continuó durante las adminis-
González, en su plan de gobierno, propone avanzar a “un proceso reconstituyente de democracia participativa, que recupere las instituciones para el poder popular”, “contra el proceso destituyente de la traición que desinstitucionalizó el Estado, en favor del caos de las mafias oligárquicas”. Léase una nueva Asamblea Constituyente que busque reformular la mayoría de las instituciones estatales y reconstruir el orden político correísta.
Noboa, en una reciente entrevista, también habló de una constituyente que permita avanzar “reformas constitucionales profundas”, seguramente dirigidas a cierta liberalización económica pero que le otorguen un mayor control político.
En los dos casos, según el análisis de Profitas, Ecuador transitaría nuevamente a un régimen de poder centralizado , con menores pesos y contrapesos institucionales, con los retos y oportunidades que aquello plantea a los negocios.
“Gobiernos más poderosos podrían ser más efectivos en el avance de la política pública, pero más arbitrarios en su accionar. Noboa podría favorecer las actividades privadas de manera selectiva, mientras que González apostará a un mayor control estatal sobre la economía”, apunta Prófitas. (JS)
Al menos siete ecuatorianos, líderes de organizaciones narco-criminales, se han refugiado en Colombia. Unos han sido detenidos y otros asesinados en el vecino país.
CABECILLA. El 6 de julio de 2023 fue capturado en Colombia, alias ‘Gordo Luis’, líder de los Lobos. Foto: Policía Nacional.
Al menos cinco líderes de bandas narco-delincuenciales ecuatorianos han huido a Colombia, pero no todos han corrido con la misma suerte. Unos han sido detenidos–otros fueron asesinados en el vecino país.
El último caso fue el de Benjamín Camacho , alias ‘Ben 10’, líder de la banda los Chones Killers, quien recibió varios disparos, mientras conducía por las calles de Cali. Junto con él, también fue asesinado el segundo al mando de la organización criminal: su hermano,Israel, alias ‘Trompudo’.
Estos casos generan cuestionamientos sobre por qué los narcos ecuatorianos se fugan a Colombia.
El coronel Mario Pazmiño, exjefe de inteligencia militar, dice que esta es una muestra de cómo las operaciones de los cabecillas ecuatorianos se han internacionalizado y tienen presencia en Colombia, Perú y Chile.
Además, según Pazmiño, los capos ecuatorianos buscan que sus organizaciones delictivas se conviertan en carteles y se independicen de los mandos colombianos, país
que es considerado el mayor productor de drogas del mundo
Se mueven con papeles falsos
Según la Policía Nacional, los delincuentes ecuatorianos consiguen papeles falsos en Colombia, lo que les permite ir a otros territorios. Ese fue el caso de William Jofre Alcívar Bautista, alias ‘Negro Willy’, quien – según la Policía– pasó 14 meses en Colombia y desde ahí salió a España, donde creó una empresa, pese a ser uno de los más buscados del Ecuador. El líder de los Tiguerones y su hermano, alias ‘Ronco’, vivían en un lujoso barrio español y, actualmente, se tramita su extradición a Ecuador.
Los pasos fronterizos clandestinos (al menos 37), también vuelven atractivo al vecino país, pues para los ecuatorianos es fácil trasladarse sin pasar por controles migratorios.
Cabecillas atrapados en Colombia En 2023, en Colombia se confirmó que el cadáver de Junior Roldán, alias ‘JR’, y segundo al mando de los Choneros,
JUICIO N.- 17233-2023-05183
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 23 de octubre del 2024, a las 10h19.
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL A: MALDONADO VINUEZA ARIEL ANDRES.
ACTOR: IREGUI PILEROS SANTIAGO, EN CALIDAD DE GERENTE DE POLLO FAVORITO S.A., POFASA.
fue encontrado en Antioquia. Días después, el cadáver de ‘JR’ fue robado de un cementerio de ese país, sin que se identificara a los responsables del hecho.
Otro hallazgo de capos ecuatorianos que permanecían en tierras colombianas es el de Edison Prado Álava, alias ‘Gerald’, quien es señalado de haber enviado unas 250 toneladas de cocaína a Estados Unidos. Por este hecho, se ganó el apodo de Pablo Escobar ecuatoriano.
Fue detenido en Colombia, en 2017. Se conoce que tuvo un rol principal en el cartel de Medellín (Colombia). En 2018 fue extraditado a Estados Unidos y recibió una sentencia de 19 años. Según datos de Estados Unidos, ‘Gerald’ controló toda la cadena de narcotráfico desde Colombia, es decir, la producción, logística, ruta marítima, despachos y comercialización de cocaína.
Otro ejemplo es Wilder Sánchez, alias ‘Gato Farfán’, quien está considerado por las autoridades de Estados Unidos como el ecuatoriano más buscado por narcotráfico. Lidera una organización criminal transnacional que envía toneladas de cocaína desde Ecuador hasta México. Trabaja para el cártel de Sinaloa.
Durante su estadía en una cárcel Colombiana se conoció que el narco ecuatoriano pretendía fugarse, pagando una alta suma de dinero.
Farfán fue detenido en Pasto, el 9 de febrero de 2023.
El 6 de julio de 2023, en Colombia, Luis Arboleda, conocido como ‘Gordo Luis’, identificado como cabecilla de la banda narco-delictiva de los Lobos, fue atrapado en Colombia. (DLH)
DEMANDADOS: MALDONADO VINUEZA ARIEL ANDRES.
JUICIO EJECUCIÓN:17233-2023-05183
CASILLERO JUDICIAL: No. 4594
ABOGADO: AB. MALDONADO GARCES NICOLAS CAMILO. FUNDAMENTO LEGAL: ART. 362 Y SIGUIENTES DEL ORGANICO GENERAL DE PROCESOS
CUANTIA: $ 32.037,76
“UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 26 de julio del 2023, las 13h35. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- La demanda presentada es clara y contiene los requisitos previstos por el Art. 142, 143 y 370 del Código Orgánico General de Procesos; por haberse fundamentado en un Contrato de Compraventa con Reserva de Dominio, que constituye título de ejecución al tenor de lo previsto en el artículo 363 numeral 4 del COGEP, se admite la demanda a trámite mediante procedimiento de ejecución previsto en el Libro V, Título I del Código Orgánico General de Procesos.Previo a designar un perito para la liquidación de capital, intereses y costas, conforme lo determina el artículo 371 del COGEP, en el término de cinco días el accionante presente todos los documentos que respalden los gastos realizados en relación a lo acordado en el título de ejecución aparejado a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía fijada, el casillero judicial y el casillero electrónico señalados por el actor para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su defensor técnico. En virtud de los principios de celeridad y economía procesal, las notificaciones se realizarán única y exclusivamente a los correos electrónicos señalados por las partes procesales.- NOTIFIQUESE y CUMPLASE.- F) DR. SIMON CEDEÑO CAMACHO-JUEZ
“UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 23 de octubre del 2024, a las 07h46. VISTOS: En mérito del juramento rendido por la parte actora que obra a fojas 103 del proceso, se dispone que se cite a la demandada señora MALDONADO VINUEZA ARIEL ANDRES; por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del COGEP; por Secretaria confiérase el extracto correspondiente, ejecutoriado este auto. En aplicación del principio de cooperación con la Administración de Justicia y de economía procesal, la parte actora una vez hechas las publicaciones haga llegar a esta Judicatura debidamente adjuntadas, recortadas y pegadas en hojas formato A4 tamaño Inen., (No adjuntar periódicos enteros) para lo cual se le concede el término de 20 días; So pena de lo establecido en numeral 1 del artículo 132 del Código Orgánico de la Función Judicial. Sobre el extracto se le recuerda al accionante lo siguiente. En aplicación del principio de cooperación con la Administración de Justicia y de economía procesal, la parte actora una vez hechas las publicaciones haga llegar a esta Judicatura debidamente adjuntadas, recortadas y pegadas en hojas formato A4 tamaño Inen., (No adjuntar periódicos enteros). Por medio de secretaria de esta Unidad Judicial, confiérase el extraco ordenado, ejecutoriado que sea este auto de sustanciación; en relación a ello, una vez que conste dentro del nuevo sistema E-SATJE-2020, la parte actora (interesada), visualizara su contenido y deberá acercarse a la oficina de diligencias del complejo judicial SUR, a fin de que retire el mismo. En virtud de los principios de celeridad y economía procesal, las notificaciones se realizarán única y exclusivamente a los correos electrónicos señalados por las partes procesales. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.- f) DR. SIMON CEDEÑO CAMACHO-JUEZ
Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones.
La Ordenanza Metropolitana sobre tenencia permite movilizar mascotas en el transporte público terrestre. También detalla multas si los tutores no cuidan bien a los animales de compañía.
CONVIVENCIA. El transporte público terrestre de Quito permite trasladar mascotas.
En Quito se han presentado varias denuncias sobre personas que han enfrentado problemas al intentar ingresar al transporte público municipal y privado con mascotas. Hay casos de guardias de seguridad que impiden el paso de mascotas pequeñas, medianas y grandes. Ellos han argumentado que los animales tienen que ir con bozal.
LA HORA realizó una consulta a la Unidad de Bienestar Animal (UBA) , a la Agencia Metropolitana de Control (AMC) y a la Empresa de Pasajeros del Municipio para saber si es o no permitido ir en el transporte público con mascotas.
Lo que dice la normativa La Unidad de Bienestar Animal informó que el artículo 3593 de la Ordenanza Metropolitana No. 072-2024, vigente en Quito, señala que los tutores (dueños de las mascotas) “tienen derecho a movilizar los animales de compañía en transporte propio o público, respetando
siempre el bienestar animal y a las personas”.
Los animales de compañía, dice esa norma, deberán estar con collar, correa y placa de identificación, acompañados de su tenedor, quien será responsable por el comportamiento y asepsia del lugar donde permanezca la mascota durante el traslado.
Los únicos perros que deben usar el bozal, señala la ordenanza, son los que tienen “predisposición a atacar personas u otros perros”, por lo que el dueño debe ser responsable y ponerle ese implemento.
En el texto no se contemplan prohibiciones ni de razas ni de tamaños en el transporte público, solo en el Metro de Quito se establece que pueden viajar perros de razas pequeñas y medianas, de hasta 10 kilos. Las razas grandes no están permitidas. En ese contexto, hay que considerar que los perros deben ser transportados dentro de un kennel y los gatos en una mochila o kennel.
Pero así como hay derechos, hay deberes. Para el transporte de animales, los usuarios deberán obedecer las Reglas para transportar a una mascota en el transporte público.
Sanciones por mal cuidado de mascotas La AMC puede sancionar si un tenedor no le da un buen cuidado a su mascota. Existen infracciones leves, graves y muy graves.
Infracciones Leves:
Permitir que los animales de compañía deambulen por las vías, espacios públicos o comunitarios sin collar y traílla, así como la falta de control en los mismos espacios públicos del animal de compañía.
No recoger las deyecciones o excrementos de los animales de compañía en los espacios públicos o privados.
No cumplir con el calendario de vacunas y desparasitación;
La sanción de estas infracciones leves corresponderá
juicios que el animal genere u ocasione a un tercero, sea a la persona, a los bienes, o a otros animales.
No cumplir con las obligaciones que le corresponden a un prestador de servicio para animales de compañía, implementando todas las medidas de cuidado para evitar todo tipo de accidentes o extravíos, durante la prestación de los servicios como paseos, peluquería, hotel, guardería, centro de educación, adiestramiento o entrenamiento u hospedaje temporal.
Serán sancionadas con 10 remuneraciones básicas unificadas ($4.700).
¿Cómo realizar una denuncia?
La UBA es la entidad encargada de receptar y atender denuncias de fauna urbana. Para hacer la denuncia haga clic aquí
Se debe tener a la mano esta información: Datos personales del denunciante, dirección exacta donde ocurrieron los hechos, evidencia: fotos o vídeos, narración de los hechos.
al 30% de un salario básico ($141). Esta sanción también puede cumplirse con servicio comunitario por el lapso de 48 horas.
Infracciones graves:
No mantener a los animales dentro de los predios privados, permitiendo que deambulen por el espacio público, sin la supervisión.
Impedir el acceso de los animales de asistencia y de soporte emocional a los lugares y establecimientos públicos o privados de servicios de alojamiento, alimentación, transportación, recreación o de otra índole; o, que se incrementen costos para permitir su acceso.
Circular por la vía pública con animales de compañía diagnosticados como peligrosos, incumpliendo la normativa metropolitana vigente.
Serán sancionadas con una remuneración básica o con servicio comunitario equivalente a 168 horas.
Infracciones muy graves:
No asumir los daños y per-
Luego de esto, UBA atiende la denuncia y con base en los hallazgos de la misma, se realiza un Informe de Actuación Previa.
En caso de que el inspector de la UBA encuentre hechos que constituyan una infracción, notifica el informe al presunto infractor para que, en un plazo de 10 días, presente sus argumentos de defensa.
Pueden existir dos acciones de los agentes:
1Que el administrado, dentro de los 10 días, demuestre que ha subsanado el incumplimiento a la normativa. En este caso el inspector de la UBA emite un informe de corrección de conducta.
2
Que el administrado, dentro de los 10 días, no adecua su conducta y no logre justificar el cometimiento de la infracción. En este caso el inspector de la UBA remitirá a la Agencia Metropolitana de Control el informe final de actuaciones previas para el inicio del procedimiento administrativo sancionador, y podrán imponer la sanción o multa. (EC)
El expresidente de Colombia, Andrés Pastrana anunció que un grupo de expresidentes de la región acompañará a Edmundo González en su retorno a Venezuela.
El expresidente colombiano, Andrés Pastrana, anunció que varios expresidentes de la región acompañarán al opositor venezolano Edmundo González en su intento de regresar a Venezuela, donde aspira a
desafiar las tesis chavistas y asumir la Presidencia el próximo 10 de enero. González, el principal candidato opositor a las elecciones del 28 de julio de 2024, se exilió en España tras los comicios y
está ahora inmerso en una gira por América Latina y Estados Unidos que espera sea el prolegómeno de un retorno a Caracas aún por concretar.
Según Pastrana, junto al opositor venezolano tam -
bién viajarán nueve presidentes de la Iniciativa Democrática de España y las Américas (IDEA), entre ellos el mexicano Felipe Calderón , el boliviano Jorge ‘Tuto’ Quiroga , la costarricene Laura Chinchilla y los panameños Ernesto Pérez Valladares y Mireya Moscoso.
Este grupo mantendrá un primer encuentro este 8 de enero de 2025 en Panamá, ha explicado Pastrana en una entrevista a la emisora Blu Radio en la que ha agradecido la “gentil invitación” brindada por el actual mandatario panameño, José Raúl Mulino. Posteriormente, viajarán a República Dominicana , antes del supuesto viaje a Venezuela.
Pastrana ha resaltado la importancia de IDEA, que aglutina a más de una treintena de presidentes que “luchan por la defensa de la libertad, de la democracia, no solamente en Venezuela sino en toda la región”. Entre los integrantes de esta iniciativa están los españoles Felipe González, José María Aznar y Mariano Rajoy.
Detención de extranjeros
El anuncio de Pastrana se dio en momentos en que las autoridades de Venezuela informaron que 125 extranjeros , a los que se referieron como “mercenarios”, fueron detenidos en el país acusados de terrorismo y vinculados a la líder opositora María Corina Machado.
El ministro del Interior, Diosdado Cabello , indicó que entre los arrestados hay ciudadanos proceden-
tes de Alemania, Israel y Estados Unidos, entre otras nacionalidades, al tiempo que explicó que los detenidos tenían intención de cometer actos contrarios al régimen de Nicolás Maduro.
Todos ellos han sido acusados de planear “actividades terroristas” y “acciones de desestabilización”, si bien el Gobierno no ha aportado más detalles al respecto. (EUROPA PRESS)
° La oposición venezolana organiza nuevas protestas de cara a la toma de posesión de Maduro, prevista para el 10 de enero. Cabello ha señalado durante una rueda de prensa que se establecerán nuevas medidas de seguridad para “garantizar la paz” durante el evento.
Maduro ha emplazado a la población de Venezuela a participar el próximo 10 de enero en su toma de posesión y jurar por la paz y contra el “intervencionismo extranjero imperialista” y de la “derecha extremista fascista”.
Venezuela celebró a finales de julio unas elecciones presidenciales en las que Maduro se declaró como vencedor, si bien la oposición rechazó los resultados y asegura contar con las actas electorales que avalan el triunfo de González, que se encuentra de gira por varios países que le reconocen como vencedor de los comicios y ha prometido que entrará en Venezuela para tomar posesión este mismo viernes a pesar de ser buscado por la justicia.
Haití cerró el año 2024 con más de 5.600 fallecidos por la violencia de las pandillas. También hubo heridos y secuestrados.
VIOLENCIA. Campamento de desplazados en Puerto Príncipe, Haití. EUROPA PRESS Al menos 5.601 personas murieron el año 2024 en Haití como consecuencia de incidentes violentos vinculados a las pandillas, un recuento elaborado por la ONU y que supera en más de un millar el total de fallecidos en 2023. Además, más de 2.200 personas resultaron heridas y casi 1.500 fueron secuestrados. Uno de los ataques más mortíferos de los que se tiene constancia tuvo lugar a principios de diciembre y dejó al menos 207 muertos, después de que el líder de una banda más poderosas ordenase matar a un grupo de ancianos por las supuestas prácticas de vudú ejer-
cidas sobre su hijo enfermo. Los asaltantes mutilaron y quemaron la mayoría de los cuerpos para eliminar pruebas.
La ONU tiene también constancia de 215 ejecuciones sumarias atribuidas a las fuerzas de seguridad y 315 casos de linchamiento, algunos de ellos facilitados por agentes de la Policía. El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Turk, ha advertido de que “estos datos no sólo reflejan los absolutos horrores perpetrados (por las pandillas) en Haití sino que muestran la violencia incesante a la que está sien -
NOTARIA OCTAVA DEL CANTÓN AMBATO EXTRACТО
NOTARIA OCTAVA DEL CANTÓN AMBATO Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal efectuada el dia lunes treinta de diciembre del año dos mil veinticuatro, otorgada ante la Abogada Estefania Lorena Mena Moreno, Notaría Octava Suplente de este cantón Ambato, por licencia de su titular, Doctor Ángel Augusto Palacios Cabrera, conforme consta de la acción de personal número 3379-DP18-2024-BZ, de fecha veinte de diciembre del año dos mil veinticuatro, los señores EX cónyuges EDWIN RENATO NARANJO JIMENEZ Y MIRIAN MAGDALENA RUIZ POVEDA procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera terminada por sentencia de Divorcio dictado por la Abogada Maria Alexandra León Torres, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Niñez y Adolescencia, con sede en el cantón Ambato, con fecha dieciocho de enero del año dos mil veintidos, conforme aparece de la Razón Margınada en el Acta de Matrimonio - Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo dieciocho numeral veinte y tres, en donde facultan al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores EX cónyuges EDWIN RENATO
NARANJO JIMENEZ y MIRIAN MAGDALENA RUIZ POVEDA Para que en el término de veinte (20) dias a contarse desde la publicación de este extracto, las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes Ambato, 30 de diciembre del 2024-
do sometida la población”.
Catalizadores de la violencia
Turk ha citado entre los principales catalizadores de esta tendencia al alza de los abusos la “impunidad” y la “corrupción”, sumados a una desigualdad económica y social que no cesa en un país que lucha a duras penas por paliar el vacío político derivado del asesinato en julio de 2021 del entonces presidente, Jovenel Moise.
“Restaurar el Estado de derecho debe ser una prioridad”, ha subrayado el Alto Comisionado, que con este fin ha reclamado apoyo logístico y financiero para la misión de seguridad internacional. Asimismo, ha abogado por aplicar el régimen de sanciones aprobado por Naciones Unidas y el embargo de armas, para evitar que éstas caigan en manos de la pandilla.
El Alto Comisionado ha aprovechado este informe para lamentar que algunos países sigan deportando a migrantes haitianos, pese a que “la inseguridad aguda y la crisis de Derechos Humanos resultante” no permiten a día de hoy “un retorno seguro, digno y sostenible” de quienes han abandonado Haití. (EUROPA PRESS)
En una intervención con el aporte del Municipio de Santo Domingo, se bachearon solo 14,5 kilómetros de los 30 que tiene esta arteria, en la jurisdicción de la provincia Tsáchila.
A pesar de que concluyeron los trabajos de bacheo en los primeros 14.5 kilómetros de la vía Las Mercedes, los conductores no han notado cambios significativos en la arteria, que aún presenta huecos y desgaste de la capa asfáltica.
Bryan Sánchez, director distrital del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) , señaló que los trabajos de bacheo finalizaron el año pasado, asegurando que se intervino desde el kilómetro 0 hasta el 14.5, donde se colocaron aproximadamente 1.800 metros cúbicos de asfalto.
“Se trabajó mediante un
PANORAMA. Los huecos en la vía Las Mercedes persisten.
convenio con el Municipio, que colocó la maquinaria y nosotros nos encargamos de la capa asfáltica”, indicó.
Añadió que aún faltan por intervenir otros 15 kilómetros, tramo que calificó como crítico y que, según él, es la causa del descontento de los usuarios.
Quejas
Quienes circulan por la carretera señalaron que los trabajos ejecutados por
° Desde el año pasado, los representantes del MTOP han hablado de un proceso precontractual para la intervención integral de los 30 kilómetros de la vía Santo Domingo – Las Mercedes, pero aún no se ha logrado concretar.
el MTOP en la vía no han sido de mucha ayuda, ya que aún persisten dificultades en la movilización. Carlos Peñaherrera, chofer de un camión, sostuvo que la obra no ha sido bien ejecutada, pues en ciertos tramos de la carretera se observan zanjas: “al
parecer, los trabajos han quedado a medias ”.
Además, manifestó que a muchos choferes se les hace complicado el recorrido, porque tienen que ir despacio para evitar que el carro se estropeé.
Los trabajos de bacheo pendientes abarcan desde el kilómetro 14.5 hasta el puente sobre el río Mulaute.
Mientras tanto, Sánchez informó que están realizando algunos procesos para la segunda intervención en la vía, la cual se ejecutaría a mediados de mayo o en las primeras semanas de junio. (CT)
El 5 de enero inició la campaña electoral para las elecciones generales 2025. Sin embargo, aún quedan otros pasos importantes por cumplir antes del sufragio.
Según el Consejo Nacional Electoral (CNE), la campaña electoral se extenderá hasta el 6 de febrero, brindando a los candidatos y sus equipos la oportunidad de presentar sus propuestas ante el electorado.
Durante este tiempo, se realizarán diversas actividades, entre ellas, el primer simulacro electoral, previsto para el 19 de enero, cuyo objetivo es familiarizar tanto a los votantes como a los orga-
nizadores con el proceso.
A su vez, ese mismo día se llevará a cabo el esperado debate presidencial, un evento clave en la toma de decisiones de los votantes. El 26 de enero, se hará el segundo simulacro electoral, otra instancia para afinar detalles logísticos y garantizar que el día de las elecciones no haya inconvenientes.
Sufragio
El 6 de febrero se realizará el sufragio de las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada. Al día siguiente, el 7 de febrero, será el turno del su-
Si se diera una segunda vuelta electoral, el CNE ha fijado el 13 de abril como la jornada de sufragio definitiva.
fragio en casa, además de la implementación del silencio electoral, medida destinada a evitar la influencia de la propaganda en los días previos a la elección.
Finalmente, el 9 de febrero, los ecuatorianos acudirán a las urnas para elegir a las nuevas autoridades. (CT)
PROCESO. Aún faltan varias actividades por concretar antes de las elecciones generales 2025.
El cambio de clima genera la presencia de enfermedades virales como la influenza o gripe. Vacunarse es una buena forma de prevenirla.
VACUNA. Brigadas médicas y puntos de vacunación se han dispuesto en diferentes puntos de la ciudad.
QUEVEDO. Con la presencia de la temporada invernal la influenza estacional, comúnmente conocida como gripe, vuelve a ser un tema de preocupación, ya que este virus altamente
contagioso afecta a millones de personas cada año.
A decir del doctor Omar Perea, la influenza se caracteriza por la presencia repentina de fiebre, tos seca, dolores musculares, dolor de
Los ciudadanos pueden acceder a la vacuna contra la influenza hasta el 28 de febrero en los centros de salud.
influenza están principalmente evitar el contacto con personas enfermas, lavarse las manos constantemente y mantenerse hidratado. La vacunación también es importante, por ello el Ministerio de Salud Pública (MSP) mantiene una campaña de vacunación en los diferentes establecimientos de salud.
Así mismo, se han distribuido brigadas de salud en puntos estratégicos del cantón para que la ciudadanía pueda acceder a la vacuna de manera gratuita hasta el 28 de febrero.
Personas vacunadas De acuerdo a los datos proporcionados por la Dirección Nacional de Estadísticas y Análisis de la Información del sistema Nacional de Salud, desde octubre del año pasado hasta la fecha se han aplicado 10.639 dosis en lo que corresponde al Distrito 12D03, que comprende los cantones de Quevedo, Buena Fe, Mocache y Valencia. De este total, 6015 vacunas fueron aplicadas a mujeres y 4624 a hombres.
Recomendaciones
cabeza, dolor de garganta y fatiga. “Aunque la mayoría de las personas se recuperan en una semana, la gripe puede causar complicaciones graves, especialmente en niños pequeños, adultos mayores y personas con afecciones médicas crónicas”, aclaró.
Puebloviejo abrió sus inscripciones para elegir a la reina del cantón
PUEBLOVIEJO. El cabildo local se apresta a elegir reina y por ello ha lanzado una convocatoria para que las señoritas que deseen participar en este certamen de belleza puedan inscribirse en el mismo.
Entre los requisitos que
deben cumplir las aspirantes están: representar a una institución pública o privada, comercio o sector; tener entre 18 y 24 años de edad; ser soltera; presentar copia de cédula; contar con una estatura mínima de 1,62 metros; haber nacido en el can-
tón San Francisco de Puebloviejo; tener residencia permanente por lo menos dos años continuos; y, de no haber nacido en el cantón, demostrar residencia permanente de al menos cinco años continuos. Además, deben estar cursando o ha-
Entre las recomendaciones de los expertos para prevenir el contagio de la
El médico enfatizó además que, no es recomendable vacunarse si ya se ha contagiado de gripe puesto que la vacuna es preventiva. “Si ya estamos enfermos la vacuna no será efectiva e incluso puede agravar los síntomas”, dijo el galeno (KM)
ber terminado los estudios de bachillerato o universidad.
Las inscripciones estarán abiertas hasta el 17 de
enero, y se receptarán en la secretaría general de la alcaldía de Puebloviejo de lunes a viernes, en horario de 08h00 a 16h00. (KM)
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Una misión arqueológica franco-suiza descubrió la tumba mastaba de un médico real llamado ‘Teti Neb Fu’ en Saqqara, quien era médico jefe del Palacio, sacerdote y ‘mago’ de la diosa Serket (experta en mordiscos venenosos). La tumba data del reinado del faraón Pepi II (2278-2184 a.C.). EUROPA PRESS
La motivación busca exponer los motivos o las razones por las que se toma una decisión.
AUTOR: WILSON PATRICIO PAREDES OLALLES.
Antecedentes
La motivación en los
delitos flagrantes se ve reforzada en un Estado que se quiera llamar a sí mismo como
Constitucional de Derechos y Justicia, pues su única razón de ser es garantizar y facilitar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, restringiendo al máximo cualquier vicio de arbitrariedad en el desarrollo de sus actividades; y, justamente una resolución de cualquier autoridad que no explique sus razones (motivos), está dentro de esta categoría de los actos arbitrarios del poder público. Refiriéndonos a este último (o poderes del Estado), debemos recordar que tanto el ejecutivo como el
¿Cuál es el trámite del despido ineficaz con relación a las medidas cautelares?
RESPUESTA
En términos generales las medidas preventivas de secuestro, retención, etc. solo pueden solicitarse con la demanda o en cualquier estado de la causa si se prueba la existencia de un crédito.
En los juicios laborales las pretensiones o reclamos del trabajador no constituyen un crédito que permita solicitar medidas cautelares. Tenemos como excepción en el Código del Trabajo lo previsto en los Arts. 195.2 para el caso del despido ineficaz y en el Art. 594 cuando exista sentencia condenatoria de primera instancia, aun cuando aquella no esté ejecutoriada.
En tales casos es el juez que conoció de la demanda quien puede ordenar las medidas cautelares tanto para el caso del despido ineficaz cuanto para la sentencia de primera instancia, siendo por tanto, la jueza o juez que ha conocido de la demanda a quien le corresponde conocer esta clase de medidas.
legislativo gozan de legitimidad democrática, al ser sus representantes elegidos mediante votación directa, pero la función judicial carece de esta legitimidad, que debe ser llenada mediante la legitimidad de sus resoluciones, es decir cuando una decisión, además de ser “justa”, explique cómo se llegó a la misma. Pero, dentro de la temporalidad de la flagrancia se debe indicar, que las presunciones de la existencia de la infracción y de la participación del procesado deben ser justificadas y exteriorizadas de forma verbal en dicha audiencia.
Fundamentaci ó n jurídica
Con la vigencia de la Constitución de la República del año 2008, en su Título II, Capítulo Octavo, referente a los derechos
de protección, el artículo 76, que contiene las garantías del debido proceso, en su numeral 7, literal l), indica que: “Las re -
08 de enero de 2025
CONVOCATORIA
A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE REFORMA DE ESTATUTOS DEL CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO FORMATIVO “LIGA DE LOJA”
De conformidad con las disposiciones estatutarias, se convoca a los socios del CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO FORMATIVO “LIGA DE LOJA”, aprobado mediante Resolución Nro. MD-DM-2024-2125-R de 29 de octubre de 2024, a la Asamblea General Extraordinaria de Reforma de Estatutos de Club Deportivo Especializado Formativo “Liga de Loja” a Club Deportivo Especializado Dedicado a la Práctica del Deporte Profesional “Liga de Loja”, que se celebrará el día 24 de enero de 2025 a partir de las 18:00 horas en la sede del Club ubicada en la dirección: Av. Patria E2-21 y Av. 10 de Agosto, edificio Banco de Prestamos piso 3 oficina 305, parroquia La Mariscal, cantón Quito, provincia de Pichincha, para tratar el siguiente Orden del día:
1.- Constatación de Quórum.
2.- Reforma de Estatuto de Club Deportivo Especializado Formativo “Liga de Loja” a Club Deportivo Especializado Dedicado a la Práctica del Deporte Profesional “Liga de Loja” 3. Aprobación del Acta de Asamblea.
AVISO A LOS ACREEDORES DE LA Compañía INMOBILIARIA JOHERCA CIA. LTDA. EN LIQUIDACION
En cumplimiento con la dispuesto en el artículo 393 de la Ley de Compañías, se comunica a los posibles acreedores de la compañía INMOBILIARIA JOHERCA CIA. LTDA. EN LIQUIDACION. a fin de que, en el término de veinte días contados desde la fecha de la última publicación de este aviso, presente al Liquidador de la compañía los respectivos documentos debidamente fundamentados y justificados con el objeto de que acrediten su derecho de conformidad con los dispuesto en la Legislación vigente. Previniéndoles que, de no hacerlo, sé tomara en cuenta únicamente a los acreedores que hayan presentado su reclamación y a los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía.
Los referidos documentos deberán presentarse al Liquidador en el domicilio de la compañía ubicado en la calle Av. IIaIo y Alfredo Pareja
Casa 32— Conocoto.
Quito, 6 de enero de 2025 Ing. Alejandro Enrique Noboa Yépez LIQUIDADOR C.C. 1702582477
soluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUERTO QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL
CAUSA No. 17232-2024-00158
ACTOR: BRAVO MENDOZA DARWIN FABIAN.
DEMANDADO: MENDOZA DELGADO RAMON FRANCISCO, OLGA ESMERALDAS CANTOS CANTOS, CARMEN ADELA MENDOZA CANTOS, MARIA AMARILIS MENDOZA CANTOS.
ACCIÓN: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.
DILIGENCIA: CITACIÓN A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ MENDOZA DELGADO RAMON FRANCISCO.
DEFENSOR: Abg. Fanny Peña. Fecha: 19 /09/2024
PUBLICACIÓN POR LA PRENSA
DILIGENCIA DE CITACIÓN A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ MENDOZA DELGADO RAMON FRANCISCO
se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho”.
El Código Orgánico de la Función Judicial, en el artículo 130, numeral 4 contempla
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUERTO QUITO. Puerto Quito, viernes 14 de junio del 2024, a las 08h44. VISTOS: Dr. Holger Garcia Navarrete Juez de esta Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puerto Quito Provincia de Pichincha mediante acción de personal, Nro. 04025- DP17-2022-MP, que rige desde el 1 de Junio del 2022: En lo principal.- incorpórese la acta de declaración bajo juramento de desconocimiento de domicilio de los presuntos herederos y la demanda presentada en legal y debida forma, por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142 y 146 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con las normas establecidas en el artículo 289 y siguientes del ibídem, la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO propuesta por DARWIN FABIAN BRAVO MENDOZA con cédula Nro. 171662760-7 en contra de los señores OLGA ESMERALDA CANTOS CANTOS, cónyuge sobreviviente, de sus hijos CARMEN ADELA Y MARÍA AMARILIS MENDOZA CANTOS Y demás PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL SEÑOR RAMÓN FRANCISCO MENDOZA DELGADO, en tal virtud se dispone: PRIMERO.- Agréguese a los autos los documentos anexos a la demanda. SEGUNDO.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 146 inciso séptimo del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón Puerto Quito; para cuyo efecto la actuaria cumplirá con la notificación al Titular de dicha entidad pública; cumplido se procederá con la citación. TERCERO.- Al amparo de lo consagrado en los artículos 76, 168, 169 y 175 de la Constitución de la República del Ecuador y los artículos 53, 54 y 55 del COGEP. CITESE.- A los demandados que han indicado su domicilio en la demanda, señores OLGA ESMERALDA CANTOS CANTOS, cónyuge sobreviviente, y sus hijas las señoras CARMEN ADELA MENDOZA CANTOS Y MARIA AMARILIS MENDOZA CANTOS quienes conjuntamente con la actora tienen su domicilio residencia en las calles Eugenio Espejo y Loja esquina casa de dos plantas cubierta de duratecho de este cantón Puerto Quito, Provincia de Pichincha indicados en el libelo de su demanda para cuyo efecto se dispondrá que se saquen copias del auto de calificación y demanda para que se coordine con el actuario de citación de esta Unidad judicial para el cumplimiento de esta diligencia y a los presuntos herederos desconocidos del señor RAMON FRANCISCO MENDOZA DELGADO de quien se ha presentado una partida de defunción y
por anteceder de declaración juramentada, realícese la citación por la prensa, con el libelo de la demanda y auto recaído, mediante PUBLICACIONES que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, capital de la Provincia de Pichincha, por no contar en este cantón con dicho medio de comunicación escrita; previniéndole a los citados de la obligación de comparecer a juicio, autorizar profesional del derecho y señalar dirección electrónica para recibir notificaciones; así mismo de dar contestación a la demanda dentro del término de treinta (30) días, de 234213499-DFE conformidad con los artículos 151 y 291 del COGEP; y, en el mismo acto deberá realizar anuncio o solicitud de pruebas, de conformidad con el artículo 152 del COGEP.- Cabe aclarar que el término concedido para contestar la demanda (de treinta días) empezará a decurrir, posteriores a los veinte días desde la última publicación efectivamente realizada; y, vencidos los mismos, con la contestación o en rebeldía se convocará a audiencia preliminar.- Esta disposición se emite, bajo prevenciones a la parte accionante de lo estipulado en el inciso final del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, en caso de haberse faltado a la verdad con respecto a la individualidad y domicilio de los demandados.- La actuaria elabore el documento para la publicación señalada, el cual contendrá un extracto de la demanda o solicitud, auto de calificación y este auto.- Los gastos que genere la diligencia de citación serán de cuenta de la accionante, correspondiéndole el impulso y gestión del trámite y la incorporación al proceso de las publicaciones íntegras.-CUARTO.De conformidad con lo preceptuado en la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, cuéntese en la presente causa con los señores VICTOR ANTONIO MIELES PALADINES y EDISON PABLO CAIZA TOAPANTA en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Puerto Quito a quienes se CITARÁ, en sus despachos ubicado en la ave. 18 de mayo y calle Pedro Vicente Maldonado. QUINTO.- Cuéntese con la secretaría de tierras del Ministerio de Agricultura en la persona de su representante la Dra. Inés Arroyo único nombres a quien se le citará mediante deprecatorio librado a la ciudad de Quito a la Unidad judicial de lo Civil del Complejo Norte , parroquia Iñaquito en el lugar de trabajo en las calles Eloy Alfaro N30-350 y avenida Amazonas edificio del MAGAP piso tres del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, ofreciendo reciprocidad en casos análogos. SEXTO.- Téngase en cuenta los anticipos probatorios constantes en su demanda los mismos que de acuerdo al art. 146 numeral 4 el Juez no se puede hacer sus pronunciamientos de los anuncios probatorios sino hasta la audiencia; SEPTIMO.- Oportunamente y previo al cumplimiento de la citación a los demandados se convocará a las partes a la audiencia preliminar, diligencia a la cual las partes procesales deberán comparecer de manera personal o a través de procurador judicial dotado de poder suficiente para transigir, esto a fin de hacer efectivos los principios que rigen la oralidad de los procesos como son los de inmediación, simplificación, uniformidad, eficacia, celeridad, economía procesal, principio de humanidad en la aplicación del derecho, priorización de la equidad sobre la ritualidad del enjuiciamiento, principios consagrados en los artículos 169 de la Constitución, y artículo 18 del Código Orgánico de la Función Judicial. OCTAVO.- Tómese en cuenta la autorización conferida a la Abogada FANY PEÑA así como las direcciones de correos electrónicos señalados en los memoriales para recibir notificaciones. Actúe La Abg. Silvia Guaman Secretaria de este despacho.- NOTIFÍQUESE Particular que comunico para los fines de ley. Atentamente, Abg. Silvia Lorena Guamán Ramírez SECRETARIA UJMPQ
lo siguiente: “Motivar debidamente sus resoluciones. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Las resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados serán nulos”
Derecho comparado
Argentina
En Argentina las sentencias no se mo -
Denuncia por pérdida
Del título de propiedad V01019433 perteneciente a Wilma Yolanda y Ligia Celinda Chancusi Chiquin de Parque Santo del Ecuador
Denuncia por pérdida
Del título 100005647 y certificado 6858 perteneciente a Blanca Isabel Chiquin Araujo de Parque Santo Santa Rosa.
Queda anulado
Por pérdida la Solicitud
No. 5382 y la Factura
No 10900 de Jardines del Valle
tivaban, ya que la Ley del 6 de Diciembre de 1838, fue suprimida el 18 de Diciembre de 1852. Pero al contrario de este precedente, la motivación aparece
exigida por primera vez, como garantía de justicia, en la Constitución de la provincia de Buenos Aires de 1854 (Art. 124). La Constitución actual
De conformidad con el Art. 13 de su Estatuto y por resolución de su Directorio, convócase a Asamblea General Ordinaria de socios, la que tendrá lugar en el Salón Auditorio de la A.F.N.A., el día lunes 27 de enero de 2.025, a partir de las 18H00, con el siguiente orden del día:
1) Informe de labores presentado por el Señor Presidente de la Entidad;
2) Informe del Señor Gerente;
3) Informe de los señores Comisarios de Cuentas;
4) Conocimiento de solicitudes de afiliación a la AFNA;
56 Varios
De acuerdo con lo señalado en el Art. 14 del Estatuto de la AFNA, de no haber el quórum necesario a la hora señalada en esta convocatoria, se esperará treinta minutos, transcurridos los cuales se instalará la Asamblea con el número de delegados presentes.
Los clubes deberán cumplir con el mandato del Art. 15 del Estatuto, al designar sus delegados a dicha Asamblea.
Quito D. M., diciembre 17 de 2024
Dr. Fred Larreátegui Fabara Dr. Juan Pablo Velasco Franco Presidente. Secretario
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE LA FLORESTA TRANSFLORESTA S.A.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 234 y 236 de la Ley de Compañías convóquese a los accionistas de la Compañía de Transporte La Floresta TRANSFLORESTA S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas; la misma que tendrá lugar el día viernes 24 de enero de 2025, a las 10H00 am en su local ubicado en la calle González Suarez LT-01 y Eloy Alfaro sector La Granja, parroquia Tumbaco de la ciudad de Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha, para tratar y resolver el siguiente orden del día.
1. Presentación del nuevo accionista Sr. Jorge Cárdenas propietario de la unidad con registro municipal 8113.
2. Análisis y aprobación del Informe del señor Gerente General del periodo 2024.
3. Análisis y aprobación de los estados financieros del periodo 2024.
4. Lectura del Informe del señor Comisario del periodo 2024.
5. Análisis y resolución de los resultados del periodo 2024.
6. Lectura y aprobación de la renuncia del Sr. Stalin Villacís al cargo de Gerente General de la Compañía.
7. Lectura y aprobación de la renuncia del Sr. Nelson Coro al cargo de Presidente de la Compañía.
8. Elecciones de los nuevos administradores de la Compañía para el periodo 20252027
9. Sorteo de las unidades para los meses de febrero y marzo 2025.
Se cita de manera especial al señor Mauricio Paredes comisario de la Compañía.
NOTA: Los estados financieros se encuentran a disposición en la oficina de la Compañía.
Quito, 07 de enero de 2025.
Argentina, no la exige expresamente, pero surge del contexto de sus disposiciones y la Corte Suprema la ha considerado una garantía constitucional.
Atentamente
Stalin Villacís
Doctrina Hermes Sarango Aguirre en su obra “El debido proceso y el principio de moti -
CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES
De conformidad con las disposiciones estatutarias, se convoca a los clubes jurídicos filiales de la LIGA DEPORTIVA BARRIAL EL COMERCIO DE SOLANDA, a la Asamblea General de Elecciones, que se celebrará el día 29 de enero de 2025, a partir de las 20:00 en la dirección: calle OE3G S25-23 S26 CUSUBAMBA / EL COMERCIO / SOLANDA– QUITO, en la parroquia de SOLANDA, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, para tratar el siguiente Orden del día:
1. Constatación de Quórum
2. Elección del directorio de la LIGA DEPORTIVA BARRIAL EL COMERCIO DE SOLANDA”, para el período de CUATRO AÑOS (2025 -2029)
3. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo Directorio.
Sangolquí, 07 de enero del 2025
Oficio Nro. 001-2025-P.G.
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE CALSIGEXPRES S.A.
De conformidad al Art. 236 de la Ley de Compañías y el Art. 9 de los Estatutos Sociales de la Institución, se convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES CALSIGEXPRES S.A a realizarse el día viernes 24 de enero del 2025 a las 09H00 am (NUEVE DE LA MAÑANA), en la Oficina principal de la Compañía, la misma que se encuentra ubicada en el barrio San Fernando, calle Libertadores Lucas Tipan, Lote 1B, de la ciudad de Sangolquí. Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha.
La Junta conocerá y resolverá los siguientes puntos del Orden del día:
1. Constatación del Quórum
2. Lectura y Aprobación del Informe de Presidente, Gerente General y Comisario financiero del ejercicio económico año 2024
3. Informe y Aprobación de Estados Financieros y Anexos del ejercicio económico año 2024
4. Destino y tratamiento de los resultados obtenidos del ejercicio económico año 2024
5. Elección del tribunal electoral de acuerdo al capítulo sexto del Reglamento interno vigente.
6. Elección de nuevas dignidades: Presidente, Gerente General, Comisarios Principal y suplente, Directorio principales y suplentes.
7. Toma de juramento y posesión de la nueva directiva
8. Clausura
Deben considerar que se cobrará las respectivas multas por la no asistencia, la Junta se dará inicio a la hora señalada en la convocatoria, por tal motivo se solicita puntual asistencia, caso contrario se aplicará el Art. 18 del Reglamento Interno Vigente.
Atentamente,
vación de las resoluciones judiciales” en la página 75 de este texto publicado en 2013 nos dice “El Juez debe remitirse al caso concreto que le han puesto a la vista para su conocimiento. Por consiguiente, el Juez tiene el deber de consignar las razones que le conducen a tomar la decisión expresando para ello sus propios argumentos con relación al caso juzgado, así se puede seña-
lar en la sentencia los fundamentos del fallo, o la jurisprudencia o la doctrina siempre que guarden relación con el caso que se está juzgando; no puede decir simplemente me remito a la sentencia o doctrina”.
Análisis
La motivación que es parte principal de estudio de esta investigación es uno de los principios del debido proceso, que busca exponer los motivos o las razones sin distin-
VISTO BUENO N.- 336781-2024-PWSCH
ACTOR: PULLUPAXI JAMI ANA LUCIA empleador.
DRA. VANESSA VEALSQUEZ BAEZ
CASILLERO JUDICIAL No.4256
ACCIONADO: BRICENO CASTILLO IRENE BEATRIZ
CAUSAL: Numeral 1 del Art. 172 del Código de Trabajo Dentro del Trámite de Visto Bueno No 336781-2024-PWSCH, que sigue el (a) señor (a) PULLUPAXI JAMI ANA LUCIA empleador (a), en contra del (a) señor (a) BRICENO CASTILLO IRENE BEATRIZ, en su calidad de trabajador (a), se ha dictado lo que sigue:
INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 6 de enero de 2025, a las 08H44.- Avoco conocimiento mediante el resorteo al trámite de Visto Bueno signado con el N° 336781-2024-PWSCH, que sigue el (a) señor (a) PULLUPAXI JAMI ANA LUCIA empleador (a), en contra del (a) señor (a) BRICEÑO CASTILLO IRENE BEATRIZ, en su calidad de trabajadora.- La misma que por estar de acuerdo con la Ley se la acepta al trámite.- En lo principal se dispone: 1) Agréguese al trámite la Declaración Juramentada presentada por la parte actora celebrada ante Notario Público en donde indica que desconoce el domicilio actual del accionado y Certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores en el que se indica que el accionado no salió del país, atendiendo al mismo se dispone: a) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código de Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer otro domicilio de la accionada, a quien se le concede el término de dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones a partir de transcurridos veinte días desde la última publicación. 2) Para el efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizaran a día seguido y se remitirán a la Inspección de Trabajo dentro del término de 10 días siguientes a la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.- 3) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el (a) actor (a) y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe en la presente causa.- NOTIFIQUESE.- f) ABG. PABLO WILLIAM SAILEMA CHANGO.
Lo que comunico para los fines de Ley.-
ción de los delitos flagrantes y no flagrantes al instituirse este mismo como uno de los principios fundamentales para el ejercicio de la justicia, por las que se toma una decisión. Es así como la motivación se convierte en la explicación que se da respecto a por qué se acepta una posición determinada en todo tipo de proceso, ya que la motivación es análoga al tipo de delito y temporalidad por su carácter de obligatorio.
Conclusiones
Si bien la normativa constitucional y legal en nuestro país acoge
la garantía de motivación de las resoluciones judiciales, ésta muchas veces no cumple las expectativas donde debería existir una motivación completa.
La importancia de la motivación radica en su función limitadora de la arbitrariedad de cualquier poder público, al obligarlo que en cualquier decisión se expresen sus fundamentos fácticos y normativos. El contenido general a verificar en una resolución debidamente motivada debe encontrarse de forma expresa, clara, completa, legítima y lógica .
REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO
336782-2024-FESR
ACTOR: ANA LUCÍA PULLUPAXI JAMI.
ACCIONADA: JIMBO FLORES GABRIEL ALEJANDRO.
CAUSAL: ART. 172 NUMERAL 1 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 20 de diciembre de 2024, a las 13H15.- Dentro del Trámite de VISTO BUENO Nº 336782-2024-FESR, que sigue la señora ANA LUCÍA PULLUPAXI JAMI, en su calidad de empleador, en contra del señor JIMBO FLORES GABRIEL ALEJANDRO en su calidad de trabajador.- 1) Agréguese al expediente el escrito de fecha 18 de diciembre de 2024 de las 16H37, presentado por la parte accionante. 2) En atención a lo solicitado por la parte empleadora y en aplicación al Art. 183, 545 atribución 5ta; y, 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador en ella mencionada, mediante publicación en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico de Procesos, publicado en el Registro Oficial No. 506 de 22 de mayo del 2015, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio y la individualidad del accionado, conforme se desprende de la declaración juramenta que se adjunta. Al señor JIMBO FLORES GABRIEL ALEJANDRO, una vez transcurridos los veinte días, se le concede el término de dos días de conformidad al Art. 621 del Código del Trabajo, para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones.- 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección del Trabajo dentro de los diez días siguientes, a contarse a partir de la emisión del correspondiente extracto, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) ABG. FABIÁN EDUARDO SINCHIGUANO REA Lo que comunico a usted para los fines de Ley.
Firmado electrónicamente por: FABIAN EDUARDO SINCHIGUANO REA
ABG. FABIÁN EDUARDO SINCHIGUANO REA INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA
Al amparo de lo que dispone el artículo séptimo del Estatuto Social y los artículos 119 y 236 de la Ley de Compañías, se convoca a los accionistas de la compañía TRANSVILLAVEGA S.A., a la Junta General Extraordinaria de accionistas de la compañía que se llevará a cabo el día martes 14 de Enero del 2025, a las 17h00 en el domicilio de la compañía ubicado en la calle Gonzalo Meneses E1-181 y Norberto Salazar, barrio San Blas, parroquia Tumbaco, de este cantón Quito, con el fin de tratar el siguiente orden del día:
- Constatación del Quorum;
- Conocimiento de las anomalías y denuncias presentadas en contra del señor Angel Ulco, Presidente de la compañía.
- Resolución sobre las anomalías y denuncias presentadas en contra del señor Presidente de la compañía.
- Elaboración del cuadro de turnos de trabajo, para dar cumplimiento al artículo 3120 del Código Municipal, que dispone: “Art. 3120.- Del fortalecimiento de la calidad.- Sin perjuicio de las previstas en el ordenamiento jurídico nacional y local vigente, para el mejoramiento de la calidad en la prestación del servicio de transporte comercial en taxi, convencional y ejecutivo, del Distrito Metropolitano de Quito, las Operadoras autorizadas, con sus conductores, conductoras y personal administrativo, estarán obligados a observar las siguientes disposiciones: a. Garantizar la prestación del servicio las 24 horas del día y los 365 días del año, en toda el área rural y urbana del Distrito, a fin de precautelar la movilidad de la ciudadanía.”.
Se recuerda a los accionistas que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Compañías, por tratarse del primer señalamiento, la Junta se considerará válidamente constituida, si concurren a esta más de la mitad del capital social. Se convoca de manera expresa al Comisario de la compañía, así mismo a las señoras ERIKA ANRANGO y KAREN TERAN, operadoras de la compañía.
Atentamente,
Julio Ramiro Vinueza Vega GERENTE
C.C. 1706650254
Juicio N.- 17204-2019-00847
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 20 de diciembre del 2024. A las 11h13.
CITACIÓN JUDICIAL
Dra. GYNA SOLIS VISCARRA, Juez, dentro del juicio de PARTICIÓN DE BIENES SUCESORIOS No.- 17204-2019-00847 se ha dictado lo siguiente:
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: Francisca Herlinda Victoria Viñan Alvarado; Diego Eugenio Santos Viñan; y María Gabriela Santos Viñan
DEMANDADO/ A: Francisco Alejandro Santos Viñan; Presuntos y desconocidos Herederos del causante Ignacio Eugenio Alejandro Santos Borja; Director del Servicio de Rentas Internas SRI, Alcalde y Procurador Síndico Municipal del Gobierno Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito; A los herederos desconocidos de la señora VIÑAN ALVARADO FRANCISCA HERLINDA VICTORIA
CAUSA N.- 17204-2019-00847
OBJETO: Partición del bien dejado por el causante Ignacio Eugenio Alejandro Santos Borja, conforme el inventario que consta a favor de sus herederos Francisca Herlinda Victoria Alvarado (cónyuge sobreviviente), y sus hijos Diego Eugenio Santos Viñan; María Gabriela Santos Viñan; Francisco Alejandro Santos Viñan
TRÁMITE: SUMARIO
CUANTIA: DETERMINADA
CASILLA FÍSICA: 3367 Dr. Marcelo Cuaical
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA Quito, jueves 28 de marzo del 2019, las 14h37. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, amparada en lo dispuesto en los artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, por el sorteo de ley que precede, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, provincia de Pichincha. En lo principal. 1) Calificación: La solicitud de PARTICION propuesta por los señores FRANCISCA HERLINDA VICTORIA VIÑAN ALVARADO; DIEGO EUGENIO Y MARIA GABRIELA SANTOS VIÑAN, reúne los requisitos de ley establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO determinado en el Art. 334 numeral 5 del Código Orgánico General de Procesos. 2) De conformidad con el artículo 335 del Código Orgánico General de Procesos, cítese con el contenido del acto de proposición y este auto de sustanciación al señor FRANCISCO ALEJANDRO SANTOS VIÑAN, en el lugar señalado por los accionantes en la demanda, en forma personal si se tratare de su lugar de trabajo, mediante la Oficina de Citaciones, para lo cual se remitirá suficiente despacho. CÍTESE además con la demanda y este auto a los Herederos Presuntos y Desconocidos del señor IGNACIO EUGENIO ALEJANDRO SANTOS BORJA, en razón del juramento expresado por Los accionantes, mediante el cual afirma sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia actual de los Herederos presuntos y desconocidos del causante, cítese por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 58 y 56 del Código Orgánico General de procesos, para lo cual Secretaría extienda el extracto correspondiente. Se advierte a la parte citada de su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Quito, y de conformidad al artículo 66 ibìdem en concordancia con el Art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, señale domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de una abogadoa, para futuras notificaciones. 3) De conformidad con el artículo 335 del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia se convocará una vez cumplida la citación y de no existir oposición al mismo. 4) Téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios que se ofrecen para acreditar los hechos, incorpórese al proceso los medios probatorios que adjunta a la solicitud. 4.1) Con relación a la prueba testimonial, de ser procedente en la audiencia única se receptará el testimonio del Arquitecto – Abogado Fidel Antonio Vizcaino Burgos, de conformidad con los artículos 174, 187 y 188 del Código Orgánico General de Procesos. El testigo llamado a declarar será notificado de conformidad con el artículo 191 ibídem, en el casillero judicial señalado por la accionante, quien tiene la obligación de hacerlo comparecer el día y hora de la audiencia, bajo prevenciones legales portando sus documentos de identidad. 4.3) De ser procedente recéptese la declaración de parte del demandado señor FRANCISCO ALEJANDRO SANTOS VIÑAN. 5) Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad. 6) CÍTESE al señor Alcalde y Procurador Síndico Municipal del Gobierno Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito a través del funcionario designado para el efecto, en el lugar señalado en la demanda. 7) Por cuanto se trata de la partición de bienes hereditarios, cuéntese con el señor Director del Servicio de Rentas Internas SRI. 8) Téngase en cuenta el domicilio judicial señalado por los actores para recibir sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado defensor. Actúe en calidad de Secretaria la Dra. Lorena Velasco G. CITESE y NOTIFIQUESE.- F) EDISON PATRICIO GUALOTUÑA ASIMBAYA
-otro auto-
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de junio del 2024, a las 11h39. Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la acción de personal No. 2534-DP- UPTH, con fecha 15 de abril del 2015, en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial, puesta en mi despacho en la presente fecha.- Atenta a la resolución emitida con fecha 22 de febrero del 2024, las 12h12, por los señores Jueces de la Sala Especializada de la Familia, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha que en su parte pertinente disponen […] “5.1) De oficio declarar la nulidad del expediente por omisión de solemnidad sustancial, desde la foja 454 de los autos, retrotrayendo el proceso a ese momento procesal, ordenando que la jueza o juez de origen proceda a disponer la práctica de la tercera citación a los herederos desconocidos del extinto Romeo Ignacio Eugenio Alejandro Santos Borja (+), y continúe con la sustanciación de la causa hasta su finalización.[...]” y al auto de fecha 17 de abril del 2024, las 15h24; esta autoridad dispone: 1) Considerando el tiempo transcurrido y la nulidad dictada por los señores Jueces de la Sala Especializada de la Familia, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, desde foja 454; se requiere que la parte actora en el término tres días, de cumplimiento e indique calle principal, calle secundaria, provincia, cantón, parroquia, correo electrónico, número, nomenclatura, referencia, como también adjunte un croquis y fotografía del inmueble y/o lugar de trabajo donde citar al señor Francisco Alejandro Santos Viñan, con la demanda, auto de calificación y este auto, a fin que ejerza su derecho a la defensa 2) CÍTESE con la tercera publicación por la prensa, con un extracto de la demanda, auto de calificación y este auto a los Herederos Presuntos y Desconocidos del señor Ignacio Eugenio Alejandro Santos Borja, en razón del juramento expresado por los accionantes, mediante el cual afirma sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia actual de los Herederos presuntos y desconocidos del causante, citación que se realizará en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 58 y 56 del Código Orgánico General de procesos, para lo cual por medio de Secretaría extienda el extracto correspondiente. Se advierte a la parte citada de su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Quito, y de conformidad al artículo 66 ibídem en concordancia con el Art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, señale domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de un abogado, para futuras notificaciones y contestar la demanda conforme la normativa vigente. 3) La parte actora remita, una certificación actualizada de la inscripción de la demanda realizada en el Registro de la Propiedad 4) Vuélvase a contar con el señor Alcalde y Procurador Síndico Municipal del Gobierno Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, por medio de secretaría remítase las copias suficientes a la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, que se realizará en el lugar señalado en la demanda. 5) Por cuanto se trata de la partición de bienes hereditarios, cuéntese con el señor Director del Servicio de Rentas Internas SRI 6) Incorpórese al proceso el escrito presentado por la señora Viñan Alvarado Francisca Herlinda Victoria y otros de fecha 23 de mayo del 2024, las 14h13; en el que solicita el pronto despacho del expediente, en atención al mismo.- Considerando la razón sentada por la secretaría de esta Judicatura, lo solicitado en escrito que se provee, se encuentra atendido conforme a derecho en el presente auto.- CITESE Y NOTIFÍQUESE.- F) GYNA SOLIS VISCARRA.- JUEZ TITULAR.-otro auto-
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 18 de diciembre del 2024, a las 16h14. Incorpórese al proceso los escritos presentados por los sujetos procesales, en atención a los mismos se hacen las siguientes consideraciones. Según el Art. 1023 del Código Civil, son llamados a la sucesión intestada: “Los hijos del difunto, sus ascendientes, sus padres, sus hermanos, el cónyuge sobreviviente y el Estado”; correspondiente a los herederos desconocidos y, al Estado en la forma prevista en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos…”; y, con fundamento en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 68.1 ibidem que dispone [...] “.- Notificación de herederos.- Si alguno de los litigantes fallece, se notificará a sus herederos para que comparezcan al proceso. A los herederos conocidos se les notificará en persona o por una sola boleta. A los herederos desconocidos o de quienes no se puede determinar su residencia, mediante una sola publicación en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 de este Código.” [...], considerando que los herederos conocidos son sujetos procesales dentro de la presente causa y los mismos son los que informaron a esta autoridad del fallecimiento de su madre señora VIÑAN ALVARADO FRANCISCA HERLINDA VICTORIA, se los tiene como notificados del fallecimiento de la causante.- A los herederos desconocidos de la señora VIÑAN ALVARADO FRANCISCA HERLINDA VICTORIA, se dispone notificarlos por la prensa, con un extracto de la demanda, auto incial y este auto para el efecto por secretaría confiera el respectivo extracto.- Cúmplase y Notifíquese. GYNA MARGARITA SOLIS VISCARRA JUEZA
TORRES ENCARNACION DORYS LETICIA SECRETARIA