Taller sobre Libre Asociación y Activismo en DDHH

Page 1

Apuntes para periodistas

Libre asociaci贸n y Activismo en DDHH CIVILIS DERECHOS HUMANOS

Encuentro de la Red de Corresponsales 2013 Por: Mariengracia Chirinos


Libertad

Igualdad

Solidaridad

Promover y defender los principios democr谩ticos y el Estado de Derecho

Derechos Civiles y Pol铆ticos Derechos Econ贸micos, Sociales y Culturales

Tercera Generaci贸n


T

“ oda persona tiene derecho individual o colectivamente a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional” Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los DDHH y las libertades fundamentales universalmente reconocidos Aprobada por la Asamblea General de la ONU


Activismo en DDHH Rol importante para el fomento de una mayor conciencia y observancia de los valores democráticos, la consolidación de la convivencia pacífica y el Estado de Derecho

Promoción + Defensa+ Educación+ Investigación+ Organización =

Fortalecimiento de la Sociedad Civil


Fundamentos de los DDHH conformación de lo colectivo

Titularidad

Dimensiones

Características

naturaleza interactiva alternativas

Diálogo una acción de ida y vuelta construir comunidad

Corresponde a todas las personas

Individual

Interdependientes Universales

Colectivo Inherentes a la persona Intransferibles Inalienables

horizontalidad

Participación

Progresivos Relativos


Marco Jurídico en DDHH Declaración Universal de DDHH Convención Americana sobre DDHH Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Tratados y resoluciones específicas

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Marco jurídico nacional


Activismo en DDHH Perspectiva

Estrategia para visibilizar violaciones DDHH Documentaciรณn, sistematizaciรณn y visibilizaciรณn de denuncias de violaciones de DDHH Cohesionar y consolidar los procesos de participaciรณn

Acciones u omisiones del Estado (obligaciรณn de respetar, de proteger y de realizar)


Activismo en DDHH Perspectiva

Estrategia para visibilizar violaciones DDHH Documentaciรณn, sistematizaciรณn y visibilizaciรณn de denuncias de violaciones de DDHH Cohesionar y consolidar los procesos de participaciรณn

Acciones u omisiones del Estado (obligaciรณn de respetar, de proteger y de realizar)


Activismo en DDHH Luchar contra la impunidad

¿Qué buscamos?

Exigir y 1 defender los DDHH

6

5Proponer

soluciones

4Revertir Incidir para la2 violaciones resolución de 3 de DDHH conflictos Generar empatía en otros grupos aliados

Fuente: Provea / Investigación en DDHH


Activismo en DDHH Problemática/ Realidad Investigaciones y teorías Instrumentos y acuerdos internacionales

Leyes y disposiciones nacionales

Experiencia, observación y activismo

Priorizar el propio discurso y subjetividad de los afectados y afectadas Ofrecer alternativas ante la crisis Propiciar la articulación de esfuerzos

Contexto

Fuente: Rafael Uzcátegui / Comunicación desde los DDHH


2. Los Estados deben adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la libertad de asociación sin discriminación alguna. Los extranjeros y las organizaciones extranjeras también disfrutan del derecho a la libertad de asociación en los países donde residen. 3. Las asociaciones deben tener la libertad de seleccionar a sus miembros o aspirantes. Una injerencia directa o indirecta en la composición de susunión, miembros podría poner enypeligro su independencia. compromiso esfuerzo de sus miembros 4. Ninguna persona puede ser obligada o forzada a asociarse, afiliarse o participar en asociaciones. Está prohibido el uso de leyes, medidas o prácticas de coacción, sometimiento o violencia para éstos y otros fines. 5. A través de sus asociaciones, las personas tienen derecho a fijar y proponerse libremente fines y medios para alcanzarlos, en el más amplio marco de propósitos permisibles legalmente, sin presiones o intromisiones que puedan alterarlos. Las listas de actividades permitidas o prohibidas son incompatibles con el derecho a la libertad de asociación. 6. No deben imponerse fines a las asociaciones con pretexto nexos de coordinación, cooperación responsabilidad en estables entre laso personas Sin presiones funciones o actividadesni decondicionamientos gestión pública. 7. Las asociaciones deben tener libertad para la promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales, así como para participar en debates públicos de las políticas, incluidas críticas de leyes, políticas o medidas estatales en vigor o previstas. 8. Al establecer una asociación, las personas tienen derecho a dotarla de una personalidad propia, a través de la cual se le reconozca públicamente, a determinar su estatuto, estructura, programa de actividades y la forma de elegir a sus representantes, y a funcionar inmediatamente sin ningún requisito legal o administrativo que lo obstaculice o lo impida, oactuar de intromisiones o injerencias estatales infundadas acerca de sus asuntos internos. Las vida asociaciones colectiva tienen o pública derecho a de manera organizada la intimidad y la privacidad. 9. No es necesario que las personas formen una entidad jurídica para poder disfrutar y ejercer la libertad de asociación. Las asociaciones no registradas deben gozar de libertad para desarrollar todas sus actividades, incluyendo el libre ejercicio de organizar y participar en reuniones pacíficas sin ser objeto de sanciones penales. 10. Las personas tienen derecho a constituir o inscribir una asociación con personalidad jurídica. Los Estados deben proveer los mecanismos y procedimientos que más lo faciliten. Una simple declaración o notificación para la constitución legal de una asociación es preferible a un sistema de registro. 11. En un sistema de inscripción o registro, se recomienda que los Estados establezcan un registro único y público, y que los organismos encargados de la inscripción sean preferiblemente independientes del gobierno y contar con representantes de la sociedad civil. 12. Los Estados no deben interferir con los asuntos internos de las asociaciones. No debe imponerse como requisito la presencia de un representante del gobierno en las reuniones de las juntas de administración para que sus decisiones sean válidas. 13. Los criterios, requisitos y plazos para la creación, inscripción y funcionamiento de las asociaciones deben estar escritos en leyes y no deben aplicarse otros adicionales a los prescritos. Deben ser claros, coherentes, simples, expeditos, apolíticos y de bajo costo, y no deben impedir, o limitar la creación o funcionamiento de Incidencia las asociaciones, y las que los cumplan, deben poder finesretrasar comunes en políticas públicas funcionar inmediatamente como persona jurídica. La apertura de cuentas bancarias debe ser simple, de fácil acceso y de bajo costo. 14. En caso de adoptar nuevas leyes, no debe exigirse la reinscripción de todas las asociaciones ya registradas, a fin de protegerlas contra denegaciones arbitrarias o la interrupción de sus actividades. Los procedimientos deben ser expeditos para que las

Libertad

Acción voluntaria

Articulación

Autonomía

Construcción colectiva

Comunidad

Asociación Beneficio colectivo

Participación


Libertad de Asociación Dimensiones como DDHH

Respeto / Protección / Satisfacción/ Ejercicio

Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las

restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás. Artículo 6 Convención Americana sobre Derechos Humanos(Pacto de San José)


Estándares internacionales Declaración Universal de los DDHH Art. 20

“Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación”.

Pacto de los Derechos Civiles y Políticos. Art. 22

“Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses”.

Convención Americana sobre DDHH. Art. 16

“Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole”.


Obligaciones de los Estados -Permitir el ejercicio pleno del derecho a la libre asociación -Abstenerse de imponer obstáculos para su ejercicio -Evitar alterar o desnaturalizar su finalidad

-Proteger ante cualquier amenaza o violación -Investigar de manera pertinente y oportuna cualquier violación

-Combatir la impunidad “Cuando un Estado obstaculiza este derecho por cualquier medio incompatible con los estándares internacionales, no sólo restringe la libertad de asociación de las defensoras y defensores, sino también obstruye (…) el libre ejercicio del derecho a defender los DDHH” Segundo Informe sobre la Situación de Defensoras y Defensores de DDHH Comisión Interamericana de DDHH, 2012


Marco normativo venezolano Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Artículo 52

“Toda persona tiene el derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley. El Estado estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho”.

Artículo 67

“Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos de organización, funcionamiento y dirección”.

Artículo 132

"Toda persona tiene el deber de cumplir con sus responsabilidades sociales y de participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social”.


Asociación Amplitud y diversidad Ciudadanos / Personas asociadas / Asociaciones / Redes / Beneficiarios Defensores/as DDHH Familiares de víctimas

Organizaciones e Instituciones de DDHH Organizaciones de desarrollo

La discrecionalidad del Estado o de particulares son contrarias al derecho

Organizaciones comunitarias Organizaciones religiosas Coaliciones o redes de organizaciones

Sindicatos y gremios Movimientos sociales

La libre constitución es la representación plural de intereses sociales en la vida pública


Libertades asociadas Libertad de expresión

Manifesta ción pacífica

Acceso a la información pública

Participación

Reunión pacífica

Defensa de los DDHH


Algunas asociaciones venezolanas D. Sociedad Civil

Sinergia Civilis Derechos Humanos Educación

Fenasopadres

Libertad de Expresión

IPYS Venezuela Manifestación Pacífica

Provea Espacio Público

Participación Ciudadana

Cesap Unión Vecinal D. Poblaciones indígenas

Laboratorio de Paz

Sistemas Internaciones de DDHH

Centro DDHH UCAB


Tendencias del entorno internacional Obligaciones de registro / control sobre fines Injerencias

Influencias indebidas Obstrucci贸n de labores Ataques a defensores

Fuente: Civilis Derechos Humanos


Tendencias del entorno internacional Leyes restrictivas Criminalizaci贸n del financiamiento

Exclusi贸n de espacios de di谩logo con el Estado Restricciones a otros sectores

Fuente: Civilis Derechos Humanos


…. y

¿Venezuela?


Venezuela Condiciones restrictivas para el ejercicio democrático

Desconocimiento del marco jurídico e institucional para la protección de los derechos humanos

Criminalización de las organizaciones de la sociedad civil y el ejercicio de las manifestaciones públicas

Imposición del proyecto de Estado Comunal o del Poder Popular

Política de Estado dirigida a la reducción sistemática de toda esfera de expresión, organización y actuación social autónoma e independiente

Políticas de discriminación, desconocimiento y menoscabo del ejercicio de derechos y libertades de la población

La ausencia de diálogo y la falta de disposición por parte de las autoridades del Estado

Informe Comprehensivo: Amenazas y Restricciones a los Derechos Humanos y la Democracia en Venezuela Civilis Derechos Humanos


Sociedad y comunidad organizada

Venezuela

Ley del Consejo Federal de Gobierno y su reglamento Ley Orgánica del Poder Popular

Organizaciones del Poder Popular Ley del Poder Popular Ley de los Consejos Comunales Ley de las Comunas Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular

Organizaciones con fines políticos Ley en Defensa de la Soberanía y Autodeterminación Nacional Ley contra la Delincuencia Organizada y el Terrorismo

Fuente: Civilis Derechos Humanos


Ideas para la investigación en DDHH Investigación-Acción

Tomar en cuenta los sectores afectados

Indagación introspectiva y colectiva

Análisis

Reflexión

Acción

Comprender y mejorar la racionalidad y la justicia de sus prácticas sociales o educativas

La Investigación una herramienta para defender Derechos Humanos Provea


Ideas para la investigación en DDHH Insatisfacción con el actual estado de la realidad Identificación de un área problemática

Determinación de un problema específico a ser resuelto mediante la acción Formulación de varias presunciones Evaluación de los efectos de la acción


Ideas para la investigación en DDHH Desde el Periodismo social Coloca los temas sociales en la agenda pública

Suma a la sociedad civil

Se afianza en propuestas desde estándares internacionales establecidos

Genera una perspectiva de DDHH

Fuente: Periodismo Social Alicia Cytryblum


Materiales de Consulta Informe Comprehensivo: Amenazas y Restricciones a los Derechos Humanos y la Democracia en Venezuela. Civilis Derechos Humanos: http://www.civilisac.org/

Segundo Informe sobre la Situaci贸n de Defensoras y Defensores de DDHH, 2012. Comisi贸n Interamericana de DDHH: http://www.oas.org/es/cidh/defensores/docs/pdf/defensores2011.pdf

Fuente:


Materiales de Consulta Informe Comprehensivo: Amenazas y Restricciones a los Derechos Humanos y la Democracia en Venezuela. Civilis Derechos Humanos: http://www.civilisac.org/

La Investigaci贸n una herramienta para defender Derechos Humanos. Serie Tener derechos no basta. Provea: http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/folletoinves1.pdf Rafael Uzc谩tegui / 5 pasos para investigar en DDHH. Provea: http://www.derechos.org.ve/2012/11/26/rafael-uzcategui-5-pasospara-investigar-en-ddhh/ Rafael Uzc谩tegui / Comunicaci贸n desde los DDHH. Provea: http://www.derechos.org.ve/2012/06/04/rafael-uzcateguicomunicacion-desde-los-ddhh/

Fuente:


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.