Ordenanza municipal desechos sólidos

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Ordenanza para el Manejo Integral de Residuos S贸lidos no Peligrosos Resoluci贸n 22 05-2008 Ordenanza 09


Ordenanza Municipal para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos no Peligrosos.

Resolución 22 05-2008 Aprobada en sesión del 02/09/2008 Ordenanza 09

El Alcalde Municipal de Jinotega, hace saber a sus habitantes, que el Concejo Municipal ha dictado la siguiente ordenanza.

1 “Ordenanza Municipal para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos no Peligrosos”.



Índice Conociendo sobre La Ordenanza Municipal en el manejo Integral de los residuos sólidos no peligrosos.

• ¿Que significa entonces Ordenanza Municipal? • ¿Quién dicta la Ordenanza? • ¿Y las normas regulativas de servicio cuáles son?..... • ¿Qué hace la municipalidad para disminuir la contaminación? • ¿Quiénes somos los responsables de la limpieza en los sitios públicos? • Tarifas y Multas que contiene la Ordenanza. • Normas regulativas de la Ordenanza. • Prohibiciones a la población • ¿Cómo se hará cumplir esta Ordenanza? • Conceptos importantes encontrados en la Ordenanza.



Conociendo sobre “La Ordenanza Municipal para el manejo Integral de los Residuos Sólidos no Peligrosos”.

¿Qué significa entonces Ordenanza Municipal?

Ordenanza Municipal: es aquel mandato dictado por la máxima autoridad, El Concejo Municipal y tiene validez dentro del municipio. En este caso la Ordenanza Municipal tiene validez en el Municipio de Jinotega. Existen diferentes Ordenanzas, ésta que vamos a conocer es la Ordenanza Municipal para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos no Peligrosos (basura), garantizando con ella un municipio limpio. La presente Ordenanza dicta que, “Queda terminantemente prohibido depositar Residuos Sólidos y Líquidos Peligrosos y no Peligrosos en la vía o en áreas públicas, solares, predios baldíos, cauces, quebradas y lagos”.

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¿Y por qué el Concejo dicta esa Ordenanza?

¿?

Por las siguientes razones: • • • • • •

Por que la administración de la Municipalidad, en este caso, el Alcalde, tiene la responsabilidad de velar por la higiene de barrios, pueblos y comunidades. Por que el Alcalde tiene el deber y derecho de orientar a los pobladores para asegurar pueblos limpios, protegiendo de esta forma, la salud de todos y todas. Por que orienta hacer un mejor uso del dinero, aprovechando Residuos Sólidos no Peligrosos en la producción de abono orgánico. El Alcalde en conjunto con la población planifican acciones y actividades en los servicios y limpiezas públicas, generando de esta forma el ahorro de recursos económicos y humanos. Esta Ordenanza que dicta el Concejo Municipal, aunque es para Jinotega, se realiza con el propósito nacional de los principios de la salud, la educación ambiental, la equidad y la participación ciudadana. Esta Ordenanza está basada en los componentes del Manejo Integral de Residuos Sólidos establecidos en la política nacional de Residuos Sólidos (basura) siendo algunas medidas la prevención, separación, el reuso, el tratamiento y la disposición final.

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Para la normación de servicios: • La presente Ordenanza norma el servicio de limpieza pública, estableciendo el Manejo Integral de los Residuos Sólidos (basura) no Peligrosos para mantener un ambiente agradable y saludable. • Esta Ordenanza es de estricto cumplimiento para la población. (Prestadores de servicios, empresas públicas y privadas) • El Manejo de Residuos Sólidos no Peligrosos (basura), en los distritos rurales será coordinado por la Alcaldía y las estructuras organizativas en cada distrito. • En los distritos urbanos este servicio debe comprender lo relacionado a la recolección transporte y disposición final, lo mejor para la población es compartir con otras personas momentos de educación ambiental. Se contempla que los usuarios pagarán el servicio de recolección y de limpieza de calles en un solo recibo y pagar antes del día quince (15) del mes siguientes, la tasa correspondiente.

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¿Y si la tasa no cubriere el servicio, que pasa? Entonces el Concejo Municipal podrá ajustar, previa consulta con los líderes de barrio y pueden llegar a soluciones como: 1. Garantizar a la población el acceso a este servicio y que estos tengan la oportunidad de observar la eficiencia en el servicio. 3. Que cada usuario deba pagar una tarifa de acuerdo a sus ingresos, cuando no hay capacidad en la población para este servicio. 4. Sensibilización a través de la educación ambiental para la reducción de los Residuos Sólidos a nivel domiciliar. 5. Procurar que esta regulación se cumpla para poder preservar nuestros recursos como son el agua, aire y suelo.

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¿Y cómo se hará para disminuir la contaminación? La Municipalidad e Instituciones interesadas capacitarán a colectores en el tema de Residuos Orgánicos e Inorgánicos (basura) y divulgarán esta Ordenanza a los usuarios del servicio en:

Queda terminantemente prohibido botar residuos (basura) en cualquier sitio del Municipio que no haya sido autorizado. Ante cualquier falta cometida se aplicaran las sanciones establecidas en la Ordenanza Tributaria.

Se prohibe la utilización del botadero municipal para Residuos Sólidos Peligrosos tales como: residuos hospitalarios, corto punzante, tóxicos, plaguicidas, productos inflamables, residuos de hidrocarburos y otros similares.

• El servicio de limpieza pública se brindará a través de la Dirección de Servicios Municipales, con la aprobación previa del Concejo Municipal se puede dar a empresas privadas, individuales o colectivas. • En el caso de dar este servicio a empresas privadas individuales o colectivas, es el Gobierno Municipal quien determinará las relaciones que deban existir. • El servicio de limpieza debería transportar sólo los Residuos Sólidos no Peligrosos (basura no peligrosa), los Residuos Peligrosos estarían normados bajo otra resolución ministerial, sin embargo por el momento no hay capacidad económica para hacerlo, por lo tanto el servicio de limpieza está transportando todos los residuos sólidos. 9 “Ordenanza Municipal para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos no Peligrosos”.


• Queda terminantemente prohibido depositar al sistema de alcantarillado sanitario, residuos sólidos (basura) y líquidos peligrosos y no peligrosos, ya que estos no permiten el proceso eficiente del tratamiento de aguas servidas. (Gasolineras, clínicas y hospitales) • El área de disposición final además del uso que le sea dado por la Alcaldía Municipal, podrá ser usada por otras personas para depositar directamente los Residuos Sólidos no Peligrosos, mediante autorización de la Dirección de Servicios Municipales y el pago por este servicio.

Del barrido de Calles, Parques, Cementerios y Estadios • • • • •

El barrido de parques, se realizará diariamente. Los habitantes deben además barrer sus aceras, calles y andenes. Si una persona quiere pagar por el servicio de barrido de calles deberá pagar una cuota adicional al servicio de recolección. Cuando existan actividades especiales en las diferentes calles es responsabilidad de los responsables del evento de dejar limpia las calles. La Alcaldía destina a una persona para el barrido de sitios públicos como cementerios, parques, plazas y otros.

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Para la recolección, transporte y tratamiento, deben participar tanto el recolector como el usuario.

Los sistemas de recolección y transporte podrán ser operados por la Dirección de Servicios Municipales.

Se recolectará la basura casa a casa, dos veces a la semana o de acuerdo a lo establecido en el ruteo.

La Dirección de Servicios Municipales establecerá el plan de ruteo, el cual deberá ser dado a conocer a la población.

Los Residuos Sólidos (basura) que se recolectan, deberían de clasificar en dos clases, sin embargo por el momento se hace la recolecta en el servicio ordinario. La recolección cualquiera que sea el prestador del servicio, se realizará casa por casa.

• •

En el Mercado Municipal se colocarán recipientes para el depósito de residuos y su posterior traslado.

Clasificar la basura en orgánica y hacer abonos, sirve para las plantas y también para la venta.

Alguna basura inorgánica también te puede generar un dinero extra como es la venta de materiales de aluminio, vidrio y plástico.

La Alcaldía puede destinar un terreno para la construcción de lugares en donde se puedan almacenar grandes cantidades de materiales orgánicos e inorgánicos que por supuesto generará dinero para obras comunitarias.

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Ahora que ya conocemos sobre los Residuos Sólidos (basura), hablaremos las tarifas y multas en esta Ordenanza.

• • •

Todo dueño de lote de terreno baldíos debe mantenerlo cercado, libre de maleza y basura, instalando dentro del terreno, rótulos alusivos a no botar basura, si no cumple con esta disposición puede ser multado. Los residuos que no puedan ser aprovechados para la elaboración de abono orgánico o para la comercialización, serán depositados en el lugar que para tal efecto señale la Dirección de Servicios Municipales. Los habitantes del casco urbano del Municipio están obligados a utilizar el servicio de recolección de residuos brindado por el prestador del servicio y presentarse cada mes a pagar a la municipalidad el servicio prestado.

¿Ya sabes cuánto es la multa por botar basura en lugares no autorizados? Medios Usados Saco o recipiente

1ra vez 30.00

2da vez 60.00

3ra vez 90.00

Carretón de mano Carreta de tracción animal o vehicular Camioneta ½ a 1 tonelada Camioneta de 1 ½ a 3 toneladas

50.00 75.00 100.00 125.00

100.00 150.00 200.00 250.00

200.00 250.00 300.00 350.00

Camión de 3 ½ a 5 toneladas Camión de 5 ½ a 12 toneladas

150.00 200.00

300.00 400.00

400.00 500.00

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¿Y las normas regulativas de esta Ordenanza cuáles son?..... Faltas.

A partir de la presente Ordenanza queda terminantemente prohibido: • Acumular o depositar residuos en la vía pública o predios baldíos. • Tirar residuos sólidos en las fuentes de agua. • Tirar los residuos sólidos en los cauces. • Mezclar materiales corto-punzantes, tóxicos y otros peligrosos con residuo domiciliar. • Tirar residuos sólidos en lugares públicos, centros de estudio, centros deportivos, recreativos. • No separar los residuos peligrosos de los no peligros. • Tirar los residuos sólidos (basura) domiciliares en los depósitos o cestos ubicados en aceras, parques y andenes ya que estos son para basura ligera de los transeúntes. • Depositar la basura en los depósitos que se encuentran ubicados en las calles.

Sanciones. •

Las sanciones por las infracciones o violaciones a esta Ordenanza serán aplicadas por la Alcaldía, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Municipios.

Multas. •

Las multas por estas faltas se establecerán de conformidad con las multas establecidas en la Ordenanza Tributaria.

Pagos por multas.

• El pago de las tasas y multas correspondiente se realizará en la Tesorería Municipal, contra recibo oficial de caja. • •

La Dirección de Servicios Municipales, establecerá coordinaciones con la Secretaria Ambiental, MARENA, MINSA y la Procuraduría para exigir el cumplimiento y la aplicación de la presente Ordenanza. Las inspecciones, se realizarán en todo el Municipio por parte de la Municipalidad, en coordinación con el MINSA (Ministerio de Salud). 13

“Ordenanza Municipal para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos no Peligrosos”.


Pero ojo no podemos ir a botar basura al predio destinado por la Alcaldía, primero hay que estar autorizado

El predio asignado por la Alcaldía Municipal, podrá ser usada por las personas naturales o jurídicas para depositar directamente los residuos domiciliares (basura), previa autorización de la Dirección de Servicios Municipal. Los residuos deberán depositarlos de manera separada (orgánicos de los inorgánicos) y mediante el pago de las siguientes tasas, cada vez que se utilice:

Tipos de Medios Carretón de mano Carreta de tracción animal o vehicular Camioneta ½ a 1 tonelada Camioneta de 1 ½ a 3 ton Camión de 3 ½ a 5 toneladas Camión de 5 ½ a 12 toneladas

Tasa C$ 5.00 C$ 15.00 C$ 25.00 C$ 40.00 C$ 60.00 C$ 100.00

En caso que las personas naturales o jurídicas llegan a depositar sus residuos (basura) mezclados, deberán pagar el doble de lo estipulado en las tasas antes mencionadas.

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Ahora si, les contaremos lo que se Se prohibe la utilización del área de disposición final, para depositar residuos sólidos peligrosos tales como: prohibe a la población, según esta residuos hospitalarios, corto punzante, tóxicos, plaguicidas, Ordenanza. productos inflamables y otros similares.

Espacios de formación permanente en Educación Ambiental:

Para lograr que la población colabore efectivamente en la buena marcha del sistema de manejo, la Municipalidad realizará continuas acciones de educación para la separación de materiales de residuos y aprovechamiento de los mismos. Por la recolección en camiones, se establecerán tasas tomando en cuenta la actividad de las fuentes generadoras de residuos y condición económica del usuario.

Recolección de los residuos domiciliares.

Comerciales, restaurantes y otras similares

Institucionales

Industrias

Categoría a Categoría b Categoría c Categoría a Categoría b Categoría c Categoría a Categoría b Categoría c Categoría a Categoría b Categoría c

C$ 50.00 C$ 30.00 C$ 15.00 C$ 500.00 C$ 300.00 C$ 150.00 C$ 300.00 C$ 200.00 C$ 100.00 C$ 1,000.00 C$ 500.00 C$ 250.00

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Si la población aun conociendo esta ordenanza no cumple, se

aplicarán sanciones:

Cuando se trate de animales muertos, residuos de construcción y podas de árboles, los dueños de los predios en donde estos se encuentren, pagarán una tasa especial de cuatrocientos córdobas (C$ 400.00). En caso de residuos de construcción y poda de árboles, la tasa mencionada será por cada viaje que se requiera para retirar tales residuos. Y también se considera faltas, las violaciones a la presente ordenanza, las que serán sancionadas con multa en base a lo dispuesto en la presente. Cualquiera de las faltas señaladas anteriormente, será sancionada con la multa, de la siguiente manera: @@ Primera vez: C$ 30.00 @@ Segunda vez: C$ 60.00 @@ Tercera vez: C$ 120.00 @@ Cuarta vez: el doble de la tercera vez y Amonestación Pública. Quien deposite agroquímicos u otros residuos peligrosos o inflamables, señalados en la presente Ordenanza se le impondrá una multa de C$ 500.00 (Quinientos córdobas netos) 16 “Ordenanza Municipal para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos no Peligrosos”.


¿Cómo se hará cumplir esta ordenanza?

El pago de las tasas y multas correspondientes se realizará en la Tesorería Municipal, contra recibo oficial de caja. Le corresponde a la Dirección de Servicios Municipales la aplicación de la presente Ordenanza, para lo cual deberá realizar inspecciones para promover, prevenir y controlar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. La inspecciones, se realizarán en todo el casco urbano y la ordenanza serán aplicadas por el Alcalde, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Municipios. Las sanciones por las infracciones o desacatos a esta ordenanza serán aplicadas por el Alcalde, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Municipios.

La presente Ordenanza entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio y deroga las anteriores Ordenanzas sobre el mismo tema.

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Conceptos importantes, encontrados en la Ordenanza. Orgánicos: Residuos de alimentos, jardinería, papel, cartón, cuero entre otros Inorgánicos: Vidrio, hule, plástico, metales y otros. Municipio: Es la forma como se ha dividido un país. Un ejemplo es: Nicaragua se divide en departamentos y cada departamento se divide en Municipios, Jinotega, por ejemplo tiene 8 municipios, uno de ellos es Jinotega. Usuarios: Persona que recibe un servicio, en este caso el que recibe un servicio de la Alcaldía Municipal, por ejemplo el servicio de la recolección de la basura. Distritos: Está formada por conjunto de comunidades de un municipio. Distritos Urbanos: Un sector grande que reúnen a varios barrios. Distritos Rurales: Un sector grande que reúnen a varias comunidades. Ambiente: Todo lo que nos rodea, elementos vivos y muertos que se relacionan con las personas y la comunidad y que sobreviven entre si. Educación Ambiental: Apoyo a las poblaciones urbanas y rurales en ideas y acciones que tengan por objetivo la protección de la naturaleza. Impacto Ambiental: Son buenas o malas acciones que las personas provocamos al ambiente. Un impacto ambiental positivo es por ejemplo, no lavar carros, motos o cualquier otro tipo de vehículo en ríos, cauces, quebradas o lagos, y uno negativo es cortar arboles que se encuentren cerca de fuentes de agua.

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Contaminación: Elementos dañinos a plantas, animales y a las personas que permite que el agua, el suelo y el aire ya no sea de calidad. Contaminante: Elementos químicos que dañan al ambiente y a la salud humana y animal. Residuos sólidos no peligrosos: Son basuras que si las sabemos aprovechar no provocan daños a las personas, animales y al ambiente, por ejemplo los residuos que salen cuando se cocina, papeles que generan las oficinas, las basuras que se generan en los mercados o la basura que sale cuando se barre la calle. Botadero: Son lugares donde algunas personas tiran las basuras sin dar a éstas ningún tratamiento. Basureros ilegales o clandestinos: Sitios donde se amontona la basura, estos basureros no son autorizados por la Alcaldía. Contenedor: Recipiente muy grande que sirve para depositar residuos no peligrosos. Frecuencia de recolección: Las veces que se recolectan los residuos sólidos en un mismo lugar y tiempos determinados. Residuos: Cualquier material o sustancia líquida, sólida o gaseosa que no tiene mayor valor para quien lo genera, pero que puede ser transformada en materia prima de otro proceso industrial. Residuos industriales: Son todos los residuos producidos por una industria, ejemplo de esto es: los residuos que se generan con la industria del calzado. Residuos orgánicos: Son sustancias de origen vegetal o animal fácilmente degradables, por ejemplo, el suero que sale de la elaboración de la cuajada. Residuos inorgánicos: Son los residuos que no viene de plantas y animales y que no son fácilmente degradables, por ejemplo el humo que tira un vehículo. Residuos peligrosos: Son aquellos que en cualquier estado físico presentan peligro a la salud humana, animal y ambiental, por ejemplo los explosivos, los medicamentos vencidos entre otros. 19 “Ordenanza Municipal para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos no Peligrosos”.


Residuos hospitalarios patógenos (contaminantes): Residuos producidos en los hospitales y que contaminan, si no se toman medidas preventivas, entre estos están: jeringas que ya fueron usadas, restos de material de curación, bisturí entre otros. Disposición final de residuos sólidos: Ubicación final de estos residuos en lugares que no perjudiquen al Medio Ambiente. Jornadas de limpieza: Tareas destinadas a la limpieza y manejo adecuado de los residuos sólidos. Limpieza de áreas públicas: Tareas de limpieza en áreas, propiedad de la comunidad o barrios. Prestador/a de servicio de limpieza: Una persona, que puede ser que trabaje en alguna Institución o por su propia cuenta y que brinda un servicio muy bueno en el manejo de residuos, por ejemplo un trabajador de la Alcaldía que barre las calles, o una persona que barre las calles y que los pobladores le pagan por ese servicio. Servicio ordinario de limpieza pública: Es el servicio de recolección de los residuos sólidos no peligrosos que se presta en un barrio o comunidad. Servicio de aseo extraordinario de limpieza pública: Es el servicio que se presta de forma directa a un determinado cliente. Calidad del servicio: Actividades que se realizan con calidad y que dan satisfacción a los pobladores. Plan de Ruteo: Programa o disposición detallada de una obra o acción y del modo de realizarlas.

20 “Ordenanza Municipal para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos no Peligrosos”.


La Asociación de Educación y Comunicación “La Cuculmeca” ha incidido en comunidades de este Municipio en el manejo adecuado de los Residuos Sólidos y Líquidos, a través de diferentes proyectos y programas. En el año 2000 al 2003 se trabajó a nivel Suburbano, proyectos de Educación Ambiental con el propósito de incidir en la población, en el buen manejo de los recursos naturales y aprovechamiento de los residuos sólidos como una alternativa social, económica y ambiental. La Cuculmeca contempla para el último trimestre del 2012 presentar la Ordenanza Municipal para el manejo Integral de los residuos sólidos no peligrosos a 8 barrios del Municipio de Jinotega. Para una mayor asimilación de los artículos contemplados en esta Ordenanza, se tomó la decisión de popularizar este documento, sin obviar las disposiciones del Concejo Municipal al dictar esta Ordenanza.

Para contactarnos: La Cuculmeca Apartado Postal 6 Barrio Daniel Teller, Salida al Guayacán Jinotega, Nicaragua www.cuculmeca.org info@cuculmeca.org (00 505) 2 782 3578 (00 505 ) 2 782 3579 Los procesos de promoción, elaboración, validación, reproducción y divulgación de la popularización de la presente ordenanza fue realizada gracias al apoyo la cooperación del Ayuntamiento de Solingen y la Alcaldía de Jinotega.


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