PREGUNTAS
FRECUENTES
del Sistema General de Riesgos
Laborales Gestión de Protocolos de Salud Laboral (Medicina Laboral)
Módulo 4
Su aliado estratégico en prevención integral
CONTENIDO
1. ¿Qué es un accidente de trabajo? 2. ¿Qué es un incidente de trabajo? 3. ¿A qué hace referencia la investigación de accidente o incidente de trabajo? 4. ¿Deben las empresas investigar los accidentes o incidentes de trabajo? 5.¿Cuánto tiempo tiene la empresa para reportar un accidente de trabajo o enfermedad laboral ante las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL)? 6.¿Qué es una enfermedad laboral? 7. ¿Cuáles son las coberturas que garantiza el Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) a los afiliados?
CONTENIDO
8. ¿Qué es una incapacidad temporal?
9. ¿Qué es una incapacidad permanente parcial?
10. ¿Qué es un estado de invalidez? 11. ¿Quíenes tienen derecho a la pensión de sobrevivientes? 12. ¿Qué es reintegro laboral? 13. ¿Cuáles son las responsabilidades del empleador en la reubicación del trabajador? 14. ¿Qué se entiende por suspensión de las prestaciones económicas previstas en el Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL)
12
¿QUÉ ES REINTEGRO LABORAL?
Consiste en la actividad de reincorporación del trabajador al desempeño de una actividad laboral, con o sin modificaciones, en condiciones de competitividad, seguridad y confort, después de una incapacidad temporal o ausentismo, así como también actividades de reubicación laboral temporal o definitiva o reconversión de mano de obra.
13
¿CUÁLES SON LAS RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR EN LA REUBICACIÓN DEL TRABAJADOR?
Los empleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeñaba o a proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes, para lo cual deberán efectuar los movimientos de personal que sean necesarios.
RESOLUCIÓN 2346 DE 2007
14
¿QUÉ SE ENTIENDE POR SUSPENSIÓN DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS PREVISTAS EN EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES (SGRL)? Las entidades Administradoras de Riesgos Profesionales suspenderán el pago de las prestaciones económicas establecidas en el Decreto-ley 1295 de 1994 y en la presente ley, cuando el afiliado o el pensionado no se someta a los exámenes, controles o prescripciones que le sean ordenados; o que rehúse, sin causa justificada, a someterse a los procedimientos necesarios para su rehabilitación física y profesional o de trabajo. El pago de estas prestaciones se reiniciará, si hay lugar a ello, cuando el pensionado o el afiliado se sometan a los exámenes, controles y prescripciones que le sean ordenados o a los procedimientos necesarios para su rehabilitación física y profesional o de trabajo.
RESOLUCIÓN 2346 DE 2007
RESOLUCIÓN 2346 DE 2007
¡Felicitaciones! Has culminado la primera fase de nuestra campaña de formación comercial de Riesgos Laborales. Hemos cumplido con el primer objetivo: Dar a conocer los conceptos básicos del alcance de una Administradora de Riesgos Laborales (ARL). ¡Es hora de evaluar los conocimientos adquiridos!
Clic aquí