CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA Consejera Ponente: MARÍA CLAUDIA ROJAS LASSO Bogotá D.C., dieciocho (18) de agosto de dos mil once (2011) Ref.: 17001230000020030391 01 ACCIÓN POPULAR Actor: JAIME ARISTIZABAL OSORIO Se decide la impugnación interpuesta por el municipio de Manizales, contra la sentencia de 24 de junio de 2005, mediante la cual el Tribunal Administrativo de Caldas, estimó las pretensiones de la demanda. I. ANTECEDENTES 1. La Demanda El 1 de abril de 2003, Jaime Aristizabal Osorio, entabló acción popular contra el Instituto de Financiamiento, Promoción y Desarrollo de Caldas (en adelante INFICALDAS), el municipio de Manizales, y la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A E.S.P. ( en adelante CHEC S.A. E.S.P.), para reclamar protección de los derechos colectivos, al acceso a los servicios públicos, a su prestación eficiente y oportuna, y a la prevención de desastres técnicamente previsibles, que estimó violados debido a que algunos postes eléctricos y construcciones en el barrio “Los Pinos”, ubicados entre las calles 107 a 108 con carreras 34ª a 36, impiden el adecuado despegue y aterrizaje de aviones en la cabecera 27 del aeropuerto, “La Nubia”, de Manizales.