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específicas, y también para adolescentes entre 14 y años. “Tenemos muy buenas noti- cias que comunicar, ya que en

JUDICIALES

EXTRACTO DE NOTIFICACION Juzgado de Familia de Constitución. En causa RIT C-515-2019, sobre “Cuidado Personal del niño”, “ARELLANO/ASTUDILLO”, se ha ordenado notificar por extracto sentencia definitiva de fecha 27 de julio de 2021, a doña Daniela Paz Astudillo Garrido, cédula nacional de identidad N°15.144.766- K, SE RESUELVE:: I Que, se hace lugar a la demanda de cuidado personal interpuesta por don Cristian Daniel Arellano Carrasco, en contra de doña Daniela Paz Astudillo Garrido y en consecuencia se declara que don Cristian Daniel Arellano Carrasco, cédula nacional de identidad N°14.512.977-K, ejercerá el cuidado personal de su hijo Benjamín Alessandro Arellano Astudillo, cédula nacional de identidad N°22.123.180-5, nacido el día 25 de mayo del año 2006, inscrito con el N°275 del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de Constitución, del año 2006. Así mismo ejercerá el cuidado personal de su hija Florencia Antonella Arellano Astudillo, cédula nacional de identidad N°23.930.367-6, nacida el día 21 de abril del año 2012, inscrita con el N°202 del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de Constitución, del año 2012. II.- Que, no se condena en costas a la parte demandada, por no haber mediado oposición. TERCERO: Que, una vez ejecutoriado el presente fallo, se ordena oficiar a Servicio de Registro Civil e Identificación respectivo, a objeto de subinscribir la sentencia al margen de la respectiva inscripción de nacimiento de los niños ya individualizados. Remítase al correo electrónico: DR_maule@registrocivil.gob.cl (Oficio N°6064-2021) III.- Que, sin perjuicio de lo anterior, se ordena abrir causa de medida de protección respecto de los niños Benjamín Alessandro y Florencia Antonella, ambos de apellidos Arellano Astudillo, en la cual deberá designarse como curador ad litem, el que corresponda de acuerdo al RIT de la causa, solicitarse informe psicológico respecto de ambos niños a DAM Kelluwun de Talca en virtud del artículo 80 bis de la Ley N°19.968, fijando audiencia preparatoria en la misma, para fines del mes de septiembre del año en curso, para efectos de poder contar con los informes requeridos. Realícese por la Unidad de atención de público del Tribunal. La parte presente en esta audiencia, queda notificada en este acto de la presente sentencia. Resolvió doña Natalia Paz Rojas Bravo, Jueza Titular. Demás antecedentes en la causa señalada. Constitución, once de agosto de dos mil veintiuno EVELYN RETAMAL ROJAS MINISTRO DE FE JUZGADO DE FAMILIA DE CONSTITUCIÓN

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CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DE TALCA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS

Se cita a todos los Socios de la Corporación Municipal de Cultura de Talca a Asamblea General Ordinaria de Socios, a efectuarse el 28 de septiembre de 2021 a las 19:00 horas en primera citación y a las 19:30 horas, en segunda citación, en el edificio de la Ilustre Municipalidad de Talca, ubicado en calle 1 Norte 797, segundo piso, Salón Manso de Velasco.

Objeto de la Asamblea:

1. BALANCE, INVENTARIO Y MEMORIA 2020 2. ELECCIÓN DE DIRECTORIO.

Se agradece su asistencia

EL DIRECTORIO

14-15-16 - 82046

EXTRACTO Por resolución del 1°Juzgado de Letras de Curicó de fecha 24 de junio de 2021 y de 11 de agosto de 2021, en causa ROL C-3857-2019, caratulada “BANCO SANTANDER – CHILE con LEAL GARCÉS”, se ordenó notificar por aviso extractado lo siguiente: Comparece ENRIQUE LABRA MUÑOZ, abogado, en representación de BANCO SANTANDER-CHILE, a SS., digo: Vengo en interponer demanda ejecutiva, en contra de DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en LAGO NALALHUE N° 1620 CURICÓ, en virtud de: I.- PRIMER PAGARÉ: Banco Santander-Chile es dueño de pagaré N° 650035886510. El mencionado documento da cuenta que DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, se obligó a pagar a la orden del Banco Santander-Chile el día 29 de noviembre de 2019 la cantidad de $274.136.- Es del caso que el deudor no pagó la obligación señalada y desde la fecha de pago antes mencionada, DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, adeuda al Banco, la suma de $274.136.-, por concepto de capital; más los intereses pactados. II.- SEGUNDO PAGARÉ: Banco SantanderChile es dueño del pagaré N° 650033736511, suscrito el 11 de marzo de 2019. El mencionado documento da cuenta que DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, se obligó a pagar a la orden del

SIGUE EN PÁG. 18

EXPRESIÓN DE GRACIAS

Como familia Rodríguez Paredes queremos agradecer el acompañamiento en este profundo dolor, a las distintas Instituciones que estuvieron acompañando a nuestro hijo, padre, abuelo y amigo

JUAN CARLOS RODRÍGUEZ PAREDES (Q.E.P.D.)

Agradecimiento a: Grupo de Sub Ofi ciales en Retiro de San Fernando, Damas de Rojo de Curicó, Club Deportivo Escuela de Fútbol Colo-Colo Filial Curicó, Club Deportivo Liceo de Curicó, al Alcalde de Curicó, don Javier Muñoz Riquelme y al Concejo Municipal. Además agradecer a todas las personas que estuvieron presentes en la despedida de Juan Carlos, desde familiares, amigos, algunos de todas las generaciones de sus escuelas de fútbol y conocidos de la familia. Agradecemos con mucho cariño el amor entregado a nuestro Juan Carlos.

SU MADRE LIDIA PAREDES, HIJOS: ROMINA Y JAVIER RODRÍGUEZ, Y SUS HERMANAS.

VIENE DE PÁG. 17

Banco Santander-Chile la suma de $7.320.060 cantidad que declaró haber recibido en préstamo en dinero efectivo. Es del caso que el deudor no pagó la cuota N° 2 y se encuentra en mora desde el día 25 de junio de 2019 adeudando a mi mandante sólo por concepto de capital, la cantidad de $7.386.607.-; suma a la que hay que calcular y agregar los intereses convenidos (compensatorios y moratorios) desde esa fecha y hasta la de pago. POR TANTO, RUEGO A SS: Tener por interpuesta demanda

R E M A T E

CUARTO JUZGADO DE LETRAS DE TALCA, rematará el 30 de septiembre de 2021, a las 13:00 horas, Departamento N°504-S, del piso 5, de la Torre S, del Condominio “Valle Quinta Los Angeles 2-B”, que tiene su acceso principal por Avenida Costanera Norte Número tres mil ochocientos cincuenta y uno, de la Comuna y Provincia de Talca, inscrita a nombre la demandada Doña MARIANA NICOLE COLOMA TORRES, a fojas 5599, N°5292, del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Se hace presente, que en caso de prorrogarse o continuar el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, declarado por decreto supremo N°104, de 18 de marzo del año en curso, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y decreto supremo N° 269 publicado de fecha 16 de junio de 2020 que prorroga el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública; lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 21.226; y Acta 53-2020 de la Excma. Corte Suprema; el remate se llevará a efecto en modalidad de videoconferencia a fin de resguardar la vida y seguridad de las personas. La señalada audiencia se llevará a efecto por videoconferencia, para cuyo efecto las partes y los postores podrán interconectarse por ZOOM al siguiente link https://zoom.us/j/92976949784? pwd=bWxFc0JPTGNDc3d1STBLcUUra2pxUT09, ID de reunión: 929 7694 9784, Código de acceso: 249775 y en caso de no contar con medios tecnológicos, pueden concurrir al tribunal, debiendo comparecer provistos de mascarilla y manteniendo el distanciamiento social, atendido el estado de excepción por catástrofe que rige nuestro país. Mínimo posturas $19.214.156. El precio de la subasta se deberá pagar al contado, en dinero efectivo, dentro de 10o día hábil siguiente a la fecha de la subasta, mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, debiendo acompañarse, dentro del mismo lapso, la respectiva boleta de depósito. Para tener derecho a hacer posturas en la subasta, los interesados deberán presentar vale vista a la orden del tribunal, por un equivalente al 10% del mínimo fijado para la subasta; o depositar la citada cantidad, en la cuenta corriente del Tribunal debiendo acompañar el cupón de pago del Banco del Estado, hasta las 12:00 horas del día previo al remate. La garantía será devuelta a aquellos postores que no se adjudiquen el bien mediante giro de cheque por el tribunal. Demás antecedentes expediente juicio ejecutivo, Rol N° C-14602020, caratulado “COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA con COLOMA TORRES MARIANA NICOLE”. La Secretaria.

11-12-13-14 - 82073

R E M A T E

CUARTO JUZGADO DE LETRAS DE TALCA, rematará el 01 de octubre de 2021, a las 12:00 horas, propiedad compuesta por casa y sitio ubicada en calle cinco y media Sur número dos mil seiscientos noventa, que corresponde al Lote número trescientos setenta y uno, del Conjunto Habitacional denominado Población José Manso de Velasco de la comuna y provincia de Talca, inscrita a nombre de la demandada MARIA ISABEL AGUILERA BAHAMONDES, a fojas 8450, N°7871, del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Se hace presente, que en caso de prorrogarse o continuar el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, declarado por decreto supremo N°104, de 18 de marzo del año en curso, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y decreto supremo N° 269 publicado de fecha 16 de junio de 2020 que prorroga el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública; lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 21.226; y Acta 53- 2020 de la Excma. Corte Suprema; el remate se llevará a efecto en modalidad de videoconferencia a fin de resguardar la vida y seguridad de quienes participen o deban intervenir en el remate, para cuyo efecto las partes y los postores podrán interconectarse por videoconferencia Zoom link: https://zoom. us/j/94102047980? pwd=bXU5VVkvYUtFcFNFUlRqMmdUc mdQQT09, ID de reunión: 941 0204 7980, cuya clave de acceso es: 429622, y en caso de que una de las partes o los postores no cuentan con medios tecnológicos, pueden concurrir al tribunal, debiendo comparecer provistos de mascarilla y manteniendo el distanciamiento social, atendido el estado de excepción por catástrofe que rige nuestro país. Mínimo posturas $11.302.931. El precio de la subasta se deberá pagar al contado, en dinero efectivo, dentro de 3o día hábil siguiente a la fecha de la subasta, mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, debiendo acompañarse, dentro del mismo lapso, la respectiva boleta de depósito. Para tener derecho a hacer posturas en la subasta, los interesados deberán presentar vale vista a la orden del tribunal, por un equivalente al 10% del mínimo fijado para la subasta. Podrán rendir, además, dicha garantía mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal debiendo acompañar el cupón de pago del Banco del Estado, hasta las 12:00 horas del día previo al remate. La garantía será devuelta a aquellos postores que no se adjudiquen el bien mediante giro de cheque por el tribunal. Demás antecedentes expediente juicio ejecutivo, Rol N°C-2587-2020, caratulado “COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA con AGUILERA BAHAMONDES MARIA ISABEL”. La Secretaria. ejecutiva en contra de don DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, ya individualizado, por la suma total de $7.660.743.- por concepto de capital, más intereses que procedan; ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma señalada, y ordenar se siga adelante con la ejecución hasta hacer a mi representado entero y cumplido pago del total de lo adeudado, con expresa condenación en costas. PRIMER OTROSÍ: Señala bienes para la traba. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos, TERCER OTROSÍ: exhorto. CUARTO OTROSÍ: Personería y representación. FOJA: 9 .- nueve .- NOMENCLATURA : 1. [67]Ordena despachar mandamiento JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Curicó CAUSA ROL : C-3857-2019 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/LEAL Curico, diecisiete de Enero de dos mil veinte A lo Principal: Por cumplido con lo ordenado. Al Otros: Provéase derechamente la demanda de folio 1: “A lo Principal: Por deducida demanda en juicio ejecutivo, despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al Primer Otrosí: Téngase presente. Al Segundo Otrosí: Téngase por acompañados documentos, en la forma solicitada. Al Tercer Otrosí: Como se pide, exhórtese para los fines solicitados. Al Cuarto Otrosí: Téngase presente.” En Curicó, a diecisiete de Enero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Francisco Ignacio Madrid Alarcón. FOJA: 9. nueve. JUZGADO: 1º Juzgado de Letras de Curicó CAUSA ROL: C-3857-2019 CARATULADO: BANCO SANTANDER - CHILE/LEAL MANDAMIENTO Curicó, diecisiete de Enero de dos mil veinte. Requiérase a don DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, domiciliado en LAGO NALALHUE N° 1620 CURICÓ Y/O LUIS GANDARILLA 135, MAIPÚ, REGIÓN METROPOLITANA, para que pague a BANCO SANTANDER - CHILE, la suma de $7.594.196.- (siete millones quinientos noventa y cuatro mil ciento noventa y seis pesos), más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal Dicha especie quedará en poder del ejecutado, en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal. Así está ordenado en los autos Rol Nro. 3857-2019, caratulados “Banco Santander Chile con Leal”. Francisco Ignacio Madrid Alarcón fecha: 17/01/2020 09:49:44. Para efectos del requerimiento de pago respectivo, cítese a don DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS RUN 14.138.623-9 para el día miércoles siguiente a la última publicación practicada, o al día hábil posterior en caso de que este fuera inhábil, a las 9:00 horas en las dependencias del Tribunal. Adviértase al requerido que tendrá que dar cumplimiento a las medidas sanitarias instruidas por la autoridad atendida la contingencia que afecta nuestro país.

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E X T R A C T O

Por resolución del Juzgado de Letras de Molina de fecha doce de agosto de dos mil veintiuno, en causa ROL N° C-1011-2019, caratulada “DE AHORRO Y CRÉDITO ORIENTE LIMITADA /SALAZAR”, se realizará remate el día jueves 30 de septiembre de 2021 a las 13:00 horas de forma remota mediante la plataforma digital Zoom del inmueble: Lote E de la subdivisión de una propiedad de tres cuadras y media de extensión, ubicada en Pichingal, comuna de Molina, provincia de Curicó, que tiene una superficie de 5.000 metros cuadrados, según plano de subdivisión que se encuentra agregado bajo el N° 139, al final del tercer bimestre del Registro de instrumentos públicos, Notaría de Molina, año dos mil catorce. Inscrito a fojas 1.691, Número 998, del Registro de propiedad del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Molina. El mínimo para comenzar las posturas será de $4.275.673.- el valor de la postura de adjudicación se pagará dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de la subasta, mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal. Para tener derecho a hacer posturas en la subasta, los interesados deberán presentar vale vista a la orden del Tribunal de Letras de Molina, por el equivalente al 10% del mínimo fijado para la subasta que se encuentre vigente al semestre en que se verifique el remate, esto es, una suma equivalente a $427.567.-, el postor debe dirigirse al Tribunal solo el día hábil anterior al día del remate, entre las 08:30 y las 12:00 horas, a dejar el vale vista a la orden del Tribunal de Letras de Molina, además de un número de teléfono de contacto y un correo electrónico. Los interesados que efectúen el pago de la garantía de cualquier otra forma que no sea la de un vale vista entregado dentro de los plazos fijados en las bases precedentes, no serán considerados para la audiencia de remate y, por ende, no recibirán invitación al mismo; sin que valga reclamación posterior. Cada postor será responsable de entregar la garantía mediante vale vista de la forma antes indicada. A los postores no adjudicatarios se les restituirá su vale vista, debiendo concurrir al Tribunal el día viernes subsiguiente al día del remate a las 11:00 horas para solicitar su devolución. Respecto de todos aquellos postores cuyas garantías hayan sido presentadas en la forma antes descrita, se remitirá un correo electrónico a cada postor, con indicación del día y hora del remate y la forma de conectarse por videoconferencia a la plataforma virtual Zoom con el link de la misma y el ID o clave de acceso. Será de carga de los interesados disponer de los elementos tecnológicos (dispositivo electrónico con cámara y micrófono), y de la conexión a internet necesaria para participar en la subasta; debiendo el Tribunal coordinar su ingreso y participación el día de la subasta, con la debida anticipación. Es requisito esencial para participar en esta subasta que los postores que participen en ella cuenten con Clave Única del Estado vigente a la fecha de la subasta. El no cumplimiento de esta obligación será causal suficiente para dejar sin efecto la participación del que incumpla. Dicho requisito se presume, por lo cual no será de carga del Ministro de Fe del Tribunal verificar su cumplimiento. El día de la subasta, el Tribunal aceptará la solicitud de conectarse a la audiencia de remate, permitiendo el acceso al abogado del ejecutante y a los postores interesados, previa comprobación, por parte del Ministro de Fe del Tribunal, de sus identidades; debiendo el Tribunal adoptar las medidas necesarias para asegurar la transmisión simultánea, de manera que las ofertas no se vean interrumpidas. Para estos efectos, los postores deberán encontrarse disponibles para conectarse a la plataforma y link que el Tribunal señale en la resolución respectiva, dentro de los 15 minutos previos a la hora fijada para la subasta. Verificada la presencia de los postores, abogados de las partes y el público que requiera presenciar la subasta, y encontrándose la Jueza del Tribunal presente, el Ministro de Fe realizará el llamado a remate, mediante la individualización de la causa, señalando la cantidad de postores presentes, la forma en que se verificó su identidad y la efectividad de haberse realizado la correspondiente prueba de audio y video en su caso. La Jueza dirigirá el remate y en el caso que un postor quiera hacer una oferta, deberá señalarla verbalmente, indicando el monto de su oferta y el nombre del oferente o postor. Concluida la subasta, se verificarán los datos del adjudicatario y se le enviará al correo electrónico por éste señalado en su oportunidad, un borrador del acta de remate, el que deberá ingresarla, de manera inmediata, en la causa correspondiente, a través de la Oficina Judicial Virtual, para efectos de su firma. La Jueza y Ministro de Fe del Tribunal firmarán el acta de remate con su firma electrónica avanzada, dejando constancia en la misma del hecho de haberse firmado por el adjudicatario a través de su Clave Única. Demás antecedentes en el expediente digital del juicio ejecutivo. Molina, nueve de septiembre de dos mil veintiuno. KAREN

PINTO BRISO JEFA DE UNIDAD DE CAUSAS MINISTRO DE FE

13-14-15 – 81998

R E M A T E

CUARTO JUZGADO DE LETRAS DE TALCA, rematará el 29 de Septiembre de 2021, a las 12:00 horas, la totalidad de acciones y derechos que le corresponden a Don PEDRO FRANCISCO URBINA ARAVENA, en su calidad de heredero de la sucesión de don Humberto Antonio Urbina Díaz, acciones y derechos que ascienden a un 6,25% sobre inmueble correspondiente a: Sitio y Vivienda que corresponde al lote N°23 manzana B del plano de loteo archivado bajo el N°234 del final del Registro de Propiedad del año 1989, y que se ubica en calle o pasaje 7 1⁄2 Sur A N°2836 Población Santa Marta I Etapa, inscritos a nombre del demandado Don PEDRO FRANCISCO URBINA ARAVENA y otros, a fojas 15295, N°4618, del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. El remate se llevará a efecto en modalidad de videoconferencia, las partes y los postores podrán interconectarse por videoconferencia Zoom link https://zoom.us/j/98533978904?pwd=MitsTFg0 TTgzVFo1dzEvMDMzZmgyZz09 ID de reunión: 985 3397 8904, cuyo código de acceso es 565347, y en caso que una de las partes o los postores, no cuenten con medios tecnológicos, pueden concurrir al tribunal, debiendo comparecer provistos de mascarilla y manteniendo el distanciamiento social, atendido el estado de excepción por catástrofe que rige nuestro país. Mínimo posturas $537.602. El precio de la subasta se deberá pagar al contado, en dinero efectivo, dentro de 3o día hábil siguiente a la fecha de la subasta, mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, debiendo acompañarse, dentro del mismo lapso, la respectiva boleta de depósito. Para tener derecho a hacer posturas en la subasta, los interesados deberán presentar vale vista a la orden del tribunal, por un equivalente al 10% del mínimo fijado para la subasta; o depositar la citada cantidad, en la cuenta corriente del Tribunal debiendo acompañar el cupón de pago del Banco del Estado, hasta las 12:00 horas del día previo al remate. La garantía será devuelta a aquellos postores que no se adjudiquen el bien mediante giro de cheque por el tribunal. Demás antecedentes expediente juicio ejecutivo, rol N°C-4066-2018, caratulado “COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA con URBINA ARAVENA, PEDRO FRANCISCO”. La Secretaria.

SE TRATA DE SITUACIONES REITERATIVAS

Interponen querellas por agresiones y amenazas a funcionarios municipales

En caso de la mujer que apuñaló a un inspector. Una querella fue por amenazas y la segunda por lesiones de mediana gravedad a funcionarios en plena vía pública por una comerciante ilegal. Alcalde (s) David Muñoz lamentó los actos vandálicos ocurridos.

CURICÓ. Por instrucciones expresas del alcalde Javier Muñoz, la dirección Jurídica del municipio interpuso dos querellas ante el Tribunal de Garantía. La primera fue por amenazas cometidas por un comerciante ambulante contra un inspector municipal y la segunda fue por la agresión de golpes de puño y con arma blanca contra dos funcionarios municipales. Al respecto el abogado de la Municipalidad de Curicó Juan Barrera señaló que “nosotros, como municipio, queremos dar una señal muy potente en el sentido de que no vamos a dejar solos a los inspectores municipales porque ellos están desarrollando una noble labor en resguardo de las leyes y ordenanzas que dicta el municipio, por lo tanto, merecen todo el respeto por parte de la comunidad. Desde esa perspectiva, vamos a perseguir de manera muy fuerte todo lo que diga relación con cualquier tipo de agresión que afecte a nuestros inspectores municipales”. Barrera relató los hechos ocurridos el viernes 10 de septiembre cerca de las 14:00 horas en calle Prat entre Rodríguez y Peña, cuando uno de los inspectores municipales resultó agredido con un arma cortopunzante, específi camente con un cuchillo, colocando en riesgo su integridad física y atentado contra la vida del funcionario municipal. “Lo que llama la atención es que estas son situaciones reiterativas en el tiempo. Quienes han agredido en forma permanente y reiterada a los funcionarios municipales son las mismas personas, en este caso, contra la misma persona que hemos deducido una de las querellas el día de hoy, hace un año exactamente, el 10 de septiembre del 2020, también agredió a otro funcionario municipal desarrollando funciones de fi scalización del comercio ilegal en la vía pública. Nosotros hemos interpuesto la querella, pero también tenemos todos los antecedentes que avalan la agresión de que fueron víctima estos inspectores municipales, por lo tanto, los vamos a poner -en su momento- a disposición del Ministerio Público”, explicó. La querella fue interpuesta en el Tribunal de Garantía, pero quien tiene que realizar la investigación según la normativa legal vigente es la Fiscalía local de Curicó, por lo tanto, el municipio cola-

Juan Barrera, abogado de la Municipalidad de Curicó. El inspector municipal fue apuñalado por una mujer que ejercía el comercio ilegal.

borará con todos los elementos que permitan que la persona que agredió a estos funcionarios municipales sea objeto de la máxima sanción y se le aplique el máximo rigor de la ley.

ALCALDE

Por su parte, el alcalde (s) David Muñoz, señaló que uno de los compromisos adquiridos como administración, ha sido defender a los funcionarios cuando ocurren este tipo de hechos. “Lo ocurrido la semana pasada, contra funcionarios nuestros, menos mal que no pasó a mayores porque podría haber sido una situación muy grave y además la semana anterior un comerciante ilegal había amenazado a un funcionario y es muy complejo seguir trabajando así. Hemos sido muy respetuosos con los comerciantes que trabajando de manera legal y ellos también nos han pedido fi scalizar más. Ya se presentaron dos querellas criminales a través de la dirección jurídica y esperamos que sean bien acogidas por los tribunales ya que estos actos vandálicos no pueden quedar impunes sino que es necesario dar mayor seguridad a nuestros funcionarios que están haciendo una tremenda labor en el centro de la ciudad”, agregó.

EN BARRIO NORTE DE TALCA

PDI investiga muerte de adulta mayor

TALCA. Consternados se encuentran los vecinos del sector norte de esta ciudad, tras enterarse del fallecimiento de una adulta mayor al interior de su domicilio. El hecho quedó al descubierto cuando los mismos lugareños alertaron a la policía, de que la persona de aproximadamente 75 años de edad no había sido vista al menos desde anteayer. Solía salir al antejardín de su casa, ubicada en calle 4 Oriente con 8 Norte. La mujer era viuda y no tenía hijos. Vivía sola. En el lugar trabajaron detectives de la BH de la PDI de Talca y quienes, tras efectuar el trabajo científi co técnico, entre ellas el empadronamiento del sector, establecieron que la víctima fue vista por última vez el domingo, y que el cadáver no evidenciaba lesiones atribuibles de terceras personas. Su causa de muerte será precisada por el SML, a través de la necropsia de rigor.

La investigación del caso está a cargo de la Brigada de Homicidios de Talca. (Foto PDI).

EQUIPOS PROFESIONALES PREPARADOS

LABORATORIO DEL HOSPITAL REGIONAL DE TALCA PROCESA MUESTRAS PARA VARIANTES DE COVID-19

Resultado disponible en 24 horas. Se trata de un PCR que permite ir detectando mutaciones que van ocurriendo en el virus, cepas de interés como “Delta”, “Mu” y “Épsilon”.

TALCA. El Laboratorio del Hospital Regional de Talca comenzó oficialmente el procesamiento de muestras para variantes de SARS-CoV-2 (Coronavirus), por lo que no será necesario que los análisis se tengan que realizar fuera del Maule. “Para nosotros es muy importante esta noticia. Estamos trabajando hace bastantes semanas en la implementación de esta nueva metodología para detectar nuevas cepas, donde nosotros sabemos que el test de referencia es la secuenciación genómica que realiza el ISP, pero estas nuevas metodologías y nuevos procedimientos que se van sumando, nos ayudan bastante a hacer el proceso mucho más rápido”, indicó la seremi de Salud, Marlenne Durán. Añadió que se trata de un PCR que permite ir detectando mutaciones que van ocurriendo en el virus, cepas de interés como “Delta”, “Mu” y “Épsilon”, entre otras, en un tiempo mucho más acotado, pues dentro de 24 horas el resultado está disponible. “Así, es factible conocer en la región a qué cepa pertenece en un 100% versus esperar el resultado del ISP, que puede tardar hasta una semana debido a la alta demanda nacional”, acotó.

EQUIPOS

El director del centro asistencial, Osvaldo Acevedo, destacó la preparación de los equipos del Laboratorio. “Desde que partió la pandemia, son ya más de 570 mil muestras las que se han procesado en nuestro laboratorio, en el peak 3 mil muestras diarias, por lo tanto, el trabajo ha sido arduo y especialmente para el equipo”. El director del Servicio de Salud del Maule, Dr. Luis Jaime, señaló en tanto que “debido a la reducción en cuanto a la positividad de casos, recordemos que actualmente estamos en alrededor de 1%, podemos desarrollar esta técnica, dado el número de casos que son sospechosos de poder ser portadores del virus Delta”. La coordinadora del Laboratorio del Hospital de Talca, Arlette Garrido, expresó que “sin duda, este es un gran desafío para nuestro Laboratorio; la búsqueda de estas mutaciones, ha significado una reorganización de nuestra unidad, capacitaciones continúas de las nuevas técnicas. Partimos el 3 de septiembre con éxito, ya que el 100% de las mutaciones que enviamos a confirmar al ISP han tenido concordancia”. El bioquímico Rodrigo Benavente, a cargo del Laboratorio de Biología Molecular, explicó que “técnicamente, a todas las muestras positivas a Covid-19 se les hace el análisis de mutaciones, las cuales pueden estar o no asociadas a las variantes de interés, principalmente la Delta”. Precisó el profesional que la diferencia de procesamiento de un PCR normal es que “en ese se busca la secuencia del virus y en la mutación lo que se busca es un cambio en esta secuencia del virus y que va a generar una nueva variante y eso puede tener consecuencias en el grado de infección, cómo ingresa el virus a las células y cómo infecta a los distintos pacientes”.

POSESIONES EFECTIVAS

En la edición de mañana, miércoles 15 de septiembre, se publicará el listado de las Posesiones Efectivas.

Las autoridades regionales junto al Director y el equipo de Laboratorio del HRT, conocieron las dependencias donde se hará el análisis de las muestras.

C RONAVIRUS en el MauleESPECIAL UN AÑO

DESPUÉS

DOMINGO 5 12 19

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