Económicos JUDICIALES EXTRACTO DE NOTIFICACION Juzgado de Familia de Constitución. En causa RIT C-515-2019, sobre “Cuidado Personal del niño”, “ARELLANO/ASTUDILLO”, se ha ordenado notificar por extracto sentencia definitiva de fecha 27 de julio de 2021, a doña Daniela Paz Astudillo Garrido, cédula nacional de identidad N°15.144.766K, SE RESUELVE:: I Que, se
hace lugar a la demanda de cuidado personal interpuesta por don Cristian Daniel Arellano Carrasco, en contra de doña Daniela Paz Astudillo Garrido y en consecuencia se declara que don Cristian Daniel Arellano Carrasco, cédula nacional de identidad N°14.512.977-K, ejercerá el cuidado personal de su hijo Benjamín Alessandro Arellano Astudillo, cédula nacional de identidad N°22.123.180-5,
nacido el día 25 de mayo del año 2006, inscrito con el N°275 del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de Constitución, del año 2006. Así mismo ejercerá el cuidado personal de su hija Florencia Antonella Arellano Astudillo, cédula nacional de identidad N°23.930.367-6, nacida el día 21 de abril del año 2012, inscrita con el N°202 del Servicio de Registro Civil e Identificación
Martes 14 de Septiembre de 2021 La Prensa 17
de la Circunscripción de Constitución, del año 2012. II.- Que, no se condena en costas a la parte demandada, por no haber mediado oposición. TERCERO: Que, una vez ejecutoriado el presente fallo, se ordena oficiar a Servicio de Registro Civil e Identificación respectivo, a objeto de subinscribir la sentencia al margen de la respectiva inscripción de nacimiento de los niños ya individualizados. Remítase al correo electrónico: DR_maule@registrocivil.gob.cl (Oficio N°6064-2021) III.- Que, sin perjuicio de lo anterior, se ordena abrir causa de medida de protección respecto de los niños Benjamín Alessandro y Florencia Antonella, ambos de apellidos Arellano Astudillo, en la cual deberá designarse
como curador ad litem, el que corresponda de acuerdo al RIT de la causa, solicitarse informe psicológico respecto de ambos niños a DAM Kelluwun de Talca en virtud del artículo 80 bis de la Ley N°19.968, fijando audiencia preparatoria en la misma, para fines del mes de septiembre del año en curso, para efectos de poder contar con los informes requeridos. Realícese por la Unidad de atención de público del Tribunal. La parte presente en esta audiencia, queda notificada en este acto de la presente sentencia. Resolvió doña Natalia Paz Rojas Bravo, Jueza Titular. Demás antecedentes en la causa señalada. Constitución, once de agosto de dos mil veintiuno EVELYN RETAMAL ROJAS MINISTRO DE FE JUZ-
CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DE TALCA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS Se cita a todos los Socios de la Corporación Municipal de Cultura de Talca a Asamblea General Ordinaria de Socios, a efectuarse el 28 de septiembre de 2021 a las 19:00 horas en primera citación y a las 19:30 horas, en segunda citación, en el edificio de la Ilustre Municipalidad de Talca, ubicado en calle 1 Norte 797, segundo piso, Salón Manso de Velasco. Objeto de la Asamblea: 1. BALANCE, INVENTARIO Y MEMORIA 2020 2. ELECCIÓN DE DIRECTORIO. Se agradece su asistencia EL DIRECTORIO
GADO DE FAMILIA DE CONSTITUCIÓN 14-15-16 - 82046
EXTRACTO Por resolución del 1°Juzgado de Letras de Curicó de fecha 24 de junio de 2021 y de 11 de agosto de 2021, en causa ROL C-3857-2019, caratulada “BANCO SANTANDER – CHILE con LEAL GARCÉS”, se ordenó notificar por aviso extractado lo siguiente: Comparece ENRIQUE LABRA MUÑOZ, abogado, en representación de BANCO SANTANDER-CHILE, a SS., digo: Vengo en interponer demanda ejecutiva, en contra de DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en LAGO NALALHUE N° 1620 CURICÓ, en virtud de: I.- PRIMER PAGARÉ: Banco Santander-Chile es dueño de pagaré N° 650035886510. El mencionado documento da cuenta que DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, se obligó a pagar a la orden del Banco Santander-Chile el día 29 de noviembre de 2019 la cantidad de $274.136.- Es del caso que el deudor no pagó la obligación señalada y desde la fecha de pago antes mencionada, DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, adeuda al Banco, la suma de $274.136.-, por concepto de capital; más los intereses pactados. II.- SEGUNDO PAGARÉ: Banco SantanderChile es dueño del pagaré N° 650033736511, suscrito el 11 de marzo de 2019. El mencionado documento da cuenta que DANIEL ALEXIS LEAL GARCÉS, se obligó a pagar a la orden del SIGUE EN PÁG. 18
EXPRESIÓN DE GRACIAS Como familia Rodríguez Paredes queremos agradecer el acompañamiento en este profundo dolor, a las distintas Instituciones que estuvieron acompañando a nuestro hijo, padre, abuelo y amigo
JUAN CARLOS RODRÍGUEZ PAREDES (Q.E.P.D.) Agradecimiento a: Grupo de Sub Oficiales en Retiro de San Fernando, Damas de Rojo de Curicó, Club Deportivo Escuela de Fútbol Colo-Colo Filial Curicó, Club Deportivo Liceo de Curicó, al Alcalde de Curicó, don Javier Muñoz Riquelme y al Concejo Municipal. Además agradecer a todas las personas que estuvieron presentes en la despedida de Juan Carlos, desde familiares, amigos, algunos de todas las generaciones de sus escuelas de fútbol y conocidos de la familia. Agradecemos con mucho cariño el amor entregado a nuestro Juan Carlos. SU MADRE LIDIA PAREDES, HIJOS: ROMINA Y JAVIER RODRÍGUEZ, Y SUS HERMANAS.