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PROCESO DE REMATE DE DERECHOS DE AGUAS CON PATENTES IMPAGAS 2022.

2° Juzgado de Letras de Curicó, Causa Rol N° C-962-2022 “TESORERÍA PROVINCIAL DE CURICÓ CON VIÑEDOS FAMILIA CHADWICK SPA”

Curicó, ocho de marzo de dos mil veintitrés: Proveyendo folio 39: Téngase por cumplido con lo ordenado. Proveyendo folio 37: A LO PRINCIPAL: Como se pide, atento a la agenda del Tribunal, se fija para la realización de la subasta, el día 11 de Abril de 2023, a las 12:00 horas. AL PRIMER OTROSI: Téngase por presentadas bases de remate y téngase por aprobadas sino fueren objetadas dentro de tercero día. En virtud de lo establecido en el Decreto Económico 117-2020 de este Tribunal y en conformidad a lo dispuesto en el Acta 263-2021 de la Excma. Corte Suprema, mediante la cual se dicta Auto Acordado sobre Remates Judiciales de Inmuebles por Vía Remota, se establecen como cláusulas especiales a las bases de remate presentadas por la parte ejecutante las siguientes: 1).- El remate de autos se llevará a efecto bajo modalidad de Videoconferencia. 2). Todo postor interesado, deberá tener clave única para la eventual suscripción del Acta de Remate.3). Los postores participantes, deberán constituir la garantía mediante Vale Vista a la orden del Tribunal, por el monto establecido en el escrito de Bases de Remate, el que deberá entregarse presencialmente en el Tribunal, antes de las 12:00 horas del día anterior a la subasta. Lo anterior, a fin de poder establecer la suficiencia de la misma, registrar en una nómina los datos del interesado con su nombre, run, teléfono y correo electrónico, debiendo certificarse por el Secretario del Tribunal antes de que comience el remate. 4).- La entrega del Link de acceso se realizará sólo a los postores cuyas cauciones hayan sido visadas y catalogadas como suficientes por el Secretario del Tribunal. 5).- La suscripción del Acta de Remate, se realizará en la forma establecida en el Acta 263-2021 de la Excelentísima Corte Suprema. 6).-La falta de conectividad, imagen o audio por parte del postor interesado no dará lugar a la suspensión de la subasta, sin embargo se dará la posibilidad de ajustar la conexión y en caso de no recuperarse, se certificará el hecho y se proseguirá con el Remate con los postores restantes activos. En caso que el enlace deje de funcionar por problemas de corte de luz o internet por parte del Tribunal; el remate se suspenderá y se reanudará con los postores inicialmente admitidos en la fecha y hora próxima que se les comunicará vía correo electrónico en el mismo Link y plataforma de acceso. 7).-La devolución de las garantías se materializará en forma presencial a contar del día siguiente hábil a la realización de la subasta, bajo recibo de conformidad y dejando constancia en autos. AL SEGUNDO OTROSI: Como se pide, publíquese en el diario “La Prensa” de Curicó. En Curicó, a ocho de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.

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Curicó, diez de Marzo de dos mil veintitrés: Proveyendo folio 41: Como se pide, atento a la agenda del Tribunal se fija para la realización de la subasta el día 10 de Mayo de 2023 a las 12:00 horas. En Curicó, a diez de Marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.

ECONÓMICOS - ECONÓMICOS - ECONÓMICOS

JUDICIALES

EXTRACTO Por sentencia del Juzgado de Letras de Molina, de fecha diez de junio de dos mil veintidós, en causa voluntaria ROL Nº

V-99-2021, caratulada

“VALDÉS/”, se declaró la interdicción definitiva por causa de demencia con un grado de discapacidad global profunda de un 100%, de manera definitiva a don CRIS-

TIAN EMANUEL ENERO

VALDÉS cédula de identidad Nº 21.273.784-4, nombrándose como cu- radora de su persona y de sus bienes a su madre doña ELIZABETH

ANDREA VALDÉS ROJAS cédula de identidad Nº 15.143.793-1. Molina, veinticinco de enero de dos mil veintitrés. KAREN PINTO BRISO JEFA DE UNIDAD DE CAUSAS MINISTRO DE FE. 20-21-22 - 87345

“EXTRACTO. Declaración de interdicción y nombramiento de curador. Ante el 3° Juzgado de Letras en Lo Civil de Talca, causa ROL V-22023, caratulada “MO-

RALES”. Por sentencia de fecha 16 de febrero de 2023 y rectificada con fecha 08 de marzo de 2023, se decreta la interdicción definitiva por causa de demencia de don JOSÉ EDUARDO GARAUD MORALES, RUT 18.892.685-1, quedando privado, en consecuencia, de la libre administración de sus bienes. Designándose en calidad de curadora definitiva y general del interdicto a doña Marcela Pilar Morales Palma, RUT 12.295.606-7”.

21-22-23 – 87365

Defunci N

Con gran cariño acompañamos a nuestro querido amigo Nelson, en la partida de su madre, señora

GLADYS DEL CARMEN FIGUEROA MARTÍNEZ (Q.E.P.D.)

Sus funerales se efectuarán hoy miércoles, en el Cementerio Parroquial de Rauco, después de una misa que se oficiará a las 10:00 horas en la Capilla del Buen Pastor, de Palquibudi.

VÍCTOR MASSA B. DANIELA SPINIELLO M. SOFÍA, JOSÉ MIGUEL, JUAN NICOLÁS Y MARTÍN

Defunci N

Acompañamos a nuestro amigo y compañero de trabajo Nelson, en el sensible fallecimiento de su madre, señora

GLADYS DEL CARMEN FIGUEROA MARTÍNEZ (Q.E.P.D.)

Sus funerales se efectuarán hoy miércoles, en el Cementerio Parroquial de Rauco, después de una misa que se oficiará a las 10:00 horas en la Capilla del Buen Pastor, de Palquibudi.

EL EQUIPO DE NOVAVITA

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