Capítulo III Libro 100 preguntas y respuestas sobre la nueva reforma electoral

Page 1


100 PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA NUEVA REFORMA ELECTORAL Capítulo III. PARTIDOS POLÍTICOS. 26.- ¿Cuáles son las causales constitucionales de nulidad de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes? a) Que se exceda el gasto de campaña en un 5 por ciento del monto total autorizado. b) Que se compre o adquiera cobertura informativa o propaganda en radio y televisión,

fuera de los supuestos previstos en la ley. c) Que se reciban o utilicen en las campañas recursos de procedencia ilícita o recursos

públicos. (Artículo 41 constitucional, fracción VI, párrafo tercero) 27.- ¿Cuál es el valor de determinancia entre la votación del primer y segundo lugar, para que sea causal de nulidad la elección de que se trate, qué efectos produce y cómo se sanciona al responsable de haber incurrido en este acto antijurídico constitucional? Las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al 5 por ciento En el caso de nulidad de la elección, se convocará a una elección extraordinaria, en la que no podrá participar la persona sancionada. (Artículo 41 constitucional, fracción VI, párrafo cuarto) 28.- Si se anula la elección ordinaria, ¿podrá participar en la elección extraordinaria respectiva, el partido o coalición que postuló a la persona sancionada? Sí, el partido político o coalición que postuló a la persona sancionada puede participar en la elección extraordinaria; lo anterior es posible dada la interpretación en sentido contrario según la cual la Constitución se refiere exclusivamente a la persona y no al partido o coalición. Tal afirmación se fortalece con base en el principio general de derecho que establece que cuando el constituyente no distingue, el juzgador no puede hacerlo. (Artículo 41 constitucional, fracción VI, párrafo quinto) 29.- ¿Hasta por cuantos periodos consecutivos pueden ser reelectos los Senadores de la República? Dos periodos consecutivos, que suman 12 años. (Artículo 59 constitucional)

30.- ¿Hasta por cuantos periodos consecutivos pueden ser reelectos los Diputados al Congreso de la Unión? Cuatro periodos consecutivos, que suman 12 años. (Artículo 59 constitucional)


31.- ¿En qué ordenamiento jurídico deberá establecerse la elección consecutiva para el mismo cargo de los presidentes municipales, regidores y síndicos? En las Constituciones Políticas de los Estados. (Artículo 115 constitucional) 32.- ¿En el caso de vacantes de miembros del Congreso de la Unión electos por el principio de mayoría relativa, puede el INE convocar a una elección extraordinaria? El INE no puede convocar a una elección extraordinaria, ya que en el caso de actualizarse el supuesto de la interrogante anterior, compete a la Cámara de que se trate convocar a la elección extraordinaria para cubrir la vacante. (Artículo 23.2 LGIPE). 33.- ¿Cuántos diputados puede acumular en una legislatura un partido político, sumando los que abarcan los principios de representación directa y proporcional, en relación con la votación emitida? En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje total de la legislatura que exceda en ocho puntos su porcentaje de votación emitida. En la integración de la legislatura, el porcentaje de representación de un partido político no podrá ser menor al porcentaje de votación que hubiere recibido menos ocho puntos porcentuales. En todo caso, la fórmula establecerá las reglas para la deducción del número de diputados de representación proporcional que sean necesarios para asignar diputados a los partidos políticos que se encuentren en ese supuesto, de mayor o menor sobrerrepresentación. (Artículos 54 constitucional y 28.2 c) LGIPE). 34.- ¿Pueden los Ayuntamientos que ejerzan un periodo superior a tres años participar en reelecciones? No, la Constitución lo impide (Artículo 115 constitucional, fracción primera, segundo párrafo) 35.- ¿Puede un candidato ser postulado por un partido diferente por el que se asumió el cargo de munícipe, en un Ayuntamiento del que pretenda reelegirse? No, salvo que haya renunciado o perdido su militancia en el partido original antes de la mitad de su mandato. (Artículo 115 constitucional, fracción I, párrafo segundo) 36.- ¿En qué ordenamiento jurídico debe establecerse la figura de reelección de los diputados locales? En las constituciones políticas de los estados. (Artículo 116 constitucional, fracción II, párrafo segundo) 37.- ¿Qué principio sobre la pertenencia a un partido rige la reelección de diputados locales? Se aplica el mismo principio que rige para los presidentes municipales, regidores y síndicos, en cuanto a que deben ser postulados por el mismo partido que los llevó al cargo en el que pretenden reelegirse. (Artículo 116, fracción II, segundo párrafo). 38.- ¿Pueden los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular contratar o adquirir por sí o por terceras personas tiempo en cualquier modalidad de radio y televisión?


No, ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar o adquirir propaganda en radio y/o televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni en favor o en contra de partidos políticos o candidatos a cargos de elección popular; hacerlo puede ser causal de nulidad constitucional de las elecciones federales o locales. (Artículos 41 fracción III, Apartado A, inciso g) párrafo segundo constitucional, en relación con el Artículo 159 numerales 4 y 5 LGIPE). 39.- ¿Con qué anticipación deben los partidos políticos determinar el procedimiento aplicable para seleccionar sus candidatos a cargos de elección popular, según la elección de que se trate? Al menos 30 días antes del inicio formal de los procesos, cada partido político deberá, conforme a sus estatutos, determinar su procedimiento, el cual deberá comunicar al Consejo General del INE dentro de las 72 horas siguientes a su aprobación. (Artículo 226, LGIPE) 40.- ¿Qué información deberán proporcionar los partidos políticos sobre su proceso interno para determinar el método de selección de candidatos al Consejo General del INE? Deberán informar la fecha de inicio del proceso interno; el método o métodos que serán utilizados; la fecha para la expedición de la convocatoria correspondiente; los plazos que comprenderá cada fase del proceso interno; los órganos de dirección responsables de su conducción y vigilancia; la fecha de celebración de la asamblea electoral nacional, estatal, distrital o en su caso, la realización de la jornada comicial interna. (Artículo 226.2 LGIPE). 41.- ¿Cuánto deben durar las precampañas? a) Las precampañas donde se renueve el Poder Ejecutivo Federal y las dos Cámaras del

Congreso de la Unión darán inicio en la tercera semana de noviembre del año previo a la elección. No podrán durar más de 60 días. b) Durante los procesos electorales federales en que se renueve solamente la Cámara de

Diputados, las precampañas darán inicio en la primera semana de enero del año de la elección. No podrán durar más de 40 días. c) Las precampañas darán inicio al día siguiente de que se apruebe el registro interno de

los precandidatos. Todos los partidos deberán celebrar sus precampañas dentro de los mismos plazos. (Artículo 226 LGIPE).


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.