Manual de <convivencia Biffi 2010

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Manual de Convivencia

COLEGIO BIFFI-LA SALLE

Manual de Convivencia SĂ­ntesis

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Colegio Biffi – La Salle

Manual de Convivencia

© Colegio Biffi – La Salle BLS Verlag Barranquilla 2010

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Manual de Convivencia

TABLA DE CONTENIDO PRESENTACIÓN

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CAPÍTULO I: PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS INSTITUCIONALES

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CAPÍTULO II: DE LA MATRÍCULA

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CAPÍTULO III: DE LOS ESTUDIANTES

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CAPÍTULO IV: DE LOS EDUCADORES

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CAPÍTULO V: DE LOS PADRES DE FAMILIA

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CAPÍTULO VI: VIDA ACADÉMICA

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CAPÍTULO VII: DISPOSICIONES GENERALES

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CAPÍTULO VIII: DE LOS ESTÍMULOS

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CAPÍTULO IX: DE LAS FALTAS

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CAPÍTULO X: SANCIONES

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CAPÍTULO XI: DIVULGACIÓN Y ACTUALIZACIÓN

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Colegio Biffi – La Salle

PRESENTACIÓN El Colegio Biffi-La Salle es un Centro Educativo confesional católico, regentado por los Hermanos de las Escuelas Cristianas, Provincia Lasallista de Medellín. La educación impartida en el Colegio se fundamenta en su Proyecto Educativo Institucional, animado desde la óptica Lasallista que procura la formación integral del joven en sus aspectos humanos y cristianos. Educación por la que optan los padres de familia, quienes en el ejercicio de sus obligaciones consagradas en el Código de la Infancia y la Adolescencia (art. 39, Ley 1098/2006), y bajo los parámetros de la Constitución Política (artículo 27), han elegido este Colegio para educar a sus hijos. La Institución Educativa, como grupo social, tiene normas y criterios propios que regulan la vida en común de cada uno de los agentes educativos invitándoles a poner de relieve la vivencia de valores coherentes en el Proyecto Educativo del Colegio. Es el marco de este Proyecto Educativo en donde cobran sentido los criterios y normas del MANUAL DE CONVIVENCIA, que concebimos como medio para que se ejerzan derechos, se cumplan obligaciones, se asuman compromisos y se expresen los valores a través de auténticas relaciones interpersonales entre los diversos miembros de la Comunidad Educativa, quienes se deben adherir, no sólo individual sino comunitariamente, a los principios en los cuales se fundamenta e inspira nuestra acción pedagógica. El Manual de Convivencia se constituye en un llamado permanente a la superación en el proceso de formación Humano–Cristiana, teniendo en cuenta que éste requiere autonomía, discernimiento, opción, libertad y acompañamiento. La Ley 115/94 y sus decretos reglamentarios (1860/94, 2343/96 y 1290/09, principalmente) ha sido la base para la configuración y definición de los criterios y normas que, luego del tránsito correspondiente a través de los diversos cuerpos colegiados institucionales (consejos, comités y equipos de amplia y diversa representación), componen el Manual de Convivencia que presentamos a la Comunidad Educativa Biffeña en una versión que contiene los elementos básicos de la vida escolar. La versión completa es la que se contiene en el Proyecto Educativo Institucional. Que el Señor, por la intercesión de san Juan Bautista de La Salle, nos ayude a los que hacemos parte del Biffi a vivir en paz y armonía cada día.

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COLEGIO BIFFI – LA SALLE CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO 01 – 2010 Por medio de la cual se adoptan las reformas y actualizaciones del Manual de Convivencia El Consejo Directivo del Colegio Biffi – La Salle teniendo en cuenta que: -

de conformidad con el artículo 23, literal c, del Decreto 1860/94, así como con el artículo 53º del Manual de Convivencia del Colegio Biffi – La Salle, es función del Consejo Directivo del Colegio la adopción del Manual de Convivencia; se hace necesario revisar y actualizar el Manual de Convivencia para que su contenido sea más claro, preciso y acorde con las nuevas tendencias y necesidades educativas; se han seguido todos los pasos previstos para la revisión y actualización del Manual de Convivencia, ACUERDA

Artículo Único: Adoptar el Manual de Convivencia del Colegio Biffi – La Salle según el texto establecido y aprobado por el Consejo Directivo del Colegio. Comuníquese y cúmplase. Dado en Barranquilla, D. E. I. P., a los 23 días del mes de abril de 2010. (Original firmado por todos los integrantes del Consejo Directivo).

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CAPÍTULO I: PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS INSTITUCIONALES ARTÍCULO 1º: DEFINICIÓN El Colegio Biffi–La Salle es una institución educativa confesional católica que tiene objetivos bien definidos, tendientes a la formación integral de hombres y mujeres como cristianos, ciudadanos y profesionales, a la luz del carisma de San Juan Bautista de La Salle. Legalmente está aprobado por la Secretaría de Educación Distrital según Licencia de Funcionamiento N° 001539 de septiembre de 2003 en los niveles de educación preescolar, básica –ciclos primaria y secundaria– y media. Pertenece al Núcleo de Desarrollo Educativo N° 12. ARTÍCULO 2º: MISIÓN Educar humana y cristianamente a los niños y jóvenes, siguiendo las directrices de la Iglesia, los principios pedagógicos de san Juan Bautista de La Salle y las exigencias del medio. ARTÍCULO 3º: VISIÓN El Colegio será reconocido por su excelencia en la formación humana y cristiana, caracterizada por:  Altos estándares académicos  Formación en la Fe, la Justicia, la Fraternidad, el Servicio y el Compromiso. ARTÍCULO 4º: PROPÓSITOS Como Centro de formación humana y cristiana, el Colegio Biffi-La Salle presta atención a despertar y desarrollar los siguientes aspectos: 1. Creación de un ambiente de misión compartida, integrada por los educadores, alumnos, padres de familia y egresados, animados por el Espíritu Evangélico de Caridad y Libertad. 2. Formación intelectual sólida, que permita a los alumnos realizarse en su vida profesional y colaborar con el progreso personal y de su comunidad. 3. Formación afectiva que permita la valoración personal y el desarrollo de las potencialidades humanas. 4. Formación cívico-social con miras al uso de la propia libertad con profundo respeto por el otro y al cultivo de los valores básicos de la convivencia ciudadana y de la democracia. 5. Formación de hábitos de trabajo personal, para que el alumno se responsabilice del estudio, adquiera autodisciplina y supere por sí mismo las dificultades.

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ARTÍCULO 5º: VALORES LASALLISTAS  FE: Se vivencia a la luz del Evangelio, le da sentido y objetivo a la vida.  JUSTICIA: Orienta a la persona hacia la búsqueda equitativa de su relación con los demás. Exige dar a cada cual lo que le pertenece.  FRATERNIDAD: Relación de alteridad armónica, cordial y justa que favorece el crecimiento humano recíproco.  SERVICIO: Valor apoyado en la FE y en la FRATERNIDAD, en toda acción realizada en favor de las demás personas, para responder a una necesidad o carencia.  COMPROMISO: Es la obligación adquirida en el bautismo y por medio del cual nos relacionamos con Dios y con los hombres. Es la voluntad de poner todas las fuerzas y el pensamiento al servicio de la causa de Dios y del Hombre.

CAPÍTULO II: DE LA MATRÍCULA ARTÍCULO 6º: MATRÍCULA La matrícula es el acto por el cual se adquiere la calidad de estudiante del Colegio. Ésta se legaliza con la firma del rector, de la secretaria académica, del alumno y de los padres o acudientes. Estos últimos se convierten en los representantes del alumno. En el momento de la matrícula se firma el Contrato de Cooperación para la Prestación del Servicio Educativo, con el cual los padres o acudientes aceptan explícitamente los principios, objetivos, planes, proyectos, valores de la Institución, etc., y se comprometen a cumplir y a respetar las orientaciones, indicaciones, circulares, reglamentos, Manual de Convivencia y demás disposiciones del Colegio, como también a cancelar los compromisos económicos y a responder por los daños causados por el matriculado en las instalaciones o recursos del Colegio. ARTÍCULO 7º: COSTOS Los costos educativos se desglosan en los siguientes componentes: a) La tarifa anual es el valor total que cobra el Colegio por la prestación del servicio educativo durante un año escolar. Ese valor está compuesto por la matrícula y las pensiones. b) La matrícula es el valor total que cancelan los padres de familia una vez al año en el momento de formalizar o renovar la vinculación del alumno a la Institución. Corresponde al 10% de la tarifa anual. c) La pensión es el valor anual por concepto del servicio educativo pactado a través del Contrato de Cooperación para la Prestación del Servicio Educativo. El pago se hará en diez (10) cuotas mensuales, que serán canceladas de acuerdo a la cláusula séptima de dicho Contrato. d) Otros cobros son los costos que el Colegio cobra una vez al año en el momento de la matrícula, y corresponden a los siguientes conceptos: sistematización de los boletines,

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papelería informativa, carné estudiantil, pruebas psicotécnicas, servicio de Internet (biblioteca), agenda estudiantil, periódico escolar y evaluaciones periódicas. El Colegio ofrece otros servicios que exigen de los padres de familia el pago ocasional de los mismos, entre ellos están las convivencias y las salidas pedagógicas, así como otras actividades que están relacionadas con el servicio educativo.

ARTÍCULO 8º: CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA La matrícula podrá ser cancelada de acuerdo a lo estipulado en la cláusula décima-primera del Contrato de Cooperación para la Prestación del Servicio Educativo, así como lo dispuesto en el artículo 50º del Manual de Convivencia.

CAPÍTULO III: DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 9º: PERFIL DEL ESTUDIANTE BIFFEÑO El Colegio Biffi-La Salle busca formar una persona que se caracterice por integrar todos los elementos que componen las dimensiones cristiana, lasallista, ética, política, social, ecológica y académica, según lo define el Proyecto Educativo Institucional (cap. IV). ARTÍCULO 10º: ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE Una persona es considerada estudiante del Colegio Biffi-La Salle cuando: 1. Después de haber sido admitido oficialmente, legaliza oportunamente su matrícula en el Colegio. 2. Conoce, asume y acepta el Proyecto Educativo del Colegio, comprometiéndose a acatar la filosofía, la pedagogía y los objetivos y principios de la Institución respaldados por este Manual de Convivencia. ARTÍCULO 11º: PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE Se pierde la calidad de estudiante del Colegio Biffi-La Salle: 1. Cuando se haya completado el ciclo de estudio que ofrece el Colegio. 2. Cuando no se entregue al Colegio en la fecha establecida el Formulario de Reserva de Cupo para el año siguiente. 3. Cuando no se realice la matrícula en las fechas señaladas por la Institución. 4. Cuando resulte evidente la no aceptación de la filosofía de la Institución por parte del alumno, o de sus padres o acudientes. 5. Por retiro voluntario, motivado por parte del alumno, de los padres o acudientes. 6. Cuando existen evidencias graves, a juicio del Colegio, de falsedad en los documentos entregados al momento de la matrícula. 7. Cuando académicamente no se alcancen los logros previstos y la Comisión de Evaluación y Promoción así lo determine.

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Por incumplimiento en los términos del Contrato de Cooperación para la Prestación del Servicio Educativo suscrito por los padres o acudientes en el momento de la matrícula. 9. Por cancelación de la matrícula derivada de eventos comportamentales tal y como se precisa en este Manual de Convivencia. 10. Al no ser promovido al año siguiente en dos años lectivos consecutivos. ARTÍCULO 12º: DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Los Derechos y Deberes serán referenciados desde diferentes dimensiones (Espíritu de Fe, Libertad y Autonomía; Identidad Lasallista; Tolerancia, Respeto, Cuidado personal y del entorno, Liderazgo, Honestidad, Responsabilidad, Justicia y Fraternidad). ARTÍCULO 13º: DEL ESPÍRITU DE FE El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Ser educado dentro de los principios de la Fe Cristiana y de los principios de san Juan Bautista de La Salle.  Ser miembro de los grupos Pastorales del Colegio.  Participar en convivencias y retiros espirituales.  Ser respetado en sus creencias aún cuando sean de otro credo religioso. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Participar respetuosamente en las actividades comunitarias que establezca el Colegio en los cuales se hace profesión pública de la Fe.  Respetar la libertad y los derechos que tomen los integrantes de la Comunidad Educativa para expresar y practicar su fe cristiana.  Mantener dentro y fuera del Colegio las normas de moral cristiana. ARTÍCULO 14º: DE LA LIBERTAD Y AUTONOMÍA El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Expresar con libertad responsable sus opiniones, utilizando correctamente los canales de comunicación establecidos en la Institución.  Conocer los derechos y obligaciones que tiene como miembro de la Comunidad Biffeña.  Reconocer y hacer conciencia de sus derechos y los de los demás.  Participar democráticamente en la conformación, organización y elección del Gobierno Escolar de la Institución. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Respetar el conducto regular (Educador, Tutor de Grupo, Coordinador Comportamental o Académico, Rector, Consejo Directivo) para comunicar las inquietudes, y situaciones de conflictos que requieran atención.  Cumplir las normas adoptadas y establecidas en este Manual de Convivencia.

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 Asumir las consecuencias de sus actos individuales, grupales y acatarlos en forma responsable.  Aceptar que la libre expresión debe respetar en todo momento la integridad de quienes le rodean y los principios propios del Colegio.  Aceptar que por encima de sus intereses personales están el bienestar y los intereses de los demás. ARTÍCULO 15º: DE LA IDENTIDAD LASALLISTA. El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Portar el carné y los uniformes que lo distingan como alumno del Colegio  Utilizar los servicios que ofrece el Colegio para todos sus estudiantes con el fin de apoyar su crecimiento personal.  Participar en la elaboración y en la vivencia del P. E. I.  Participar y apoyar las actividades cívicas, culturales, religiosas y deportivas del Colegio. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Mantener expresiones en su comportamiento dentro y fuera del Colegio que exalten la imagen y el buen nombre del mismo.  Presentarse en forma decorosa, con su respectivo uniforme, a todos los actos programados por el Colegio.  Cuidar y defender su Colegio como el lugar donde se educa.  Portar permanentemente el carné del Colegio y del seguro estudiantil.  Representar dignamente al Colegio en actividades o eventos en que éste participe.  Llevar correctamente el uniforme como muestra de sentido de pertenencia y amor por la Institución. ARTÍCULO 16º: DE LA TOLERANCIA El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Que sus opiniones e inquietudes sean atendidas con respeto en cualquier instancia del conducto regular.  Exigir respeto y cordialidad en el trato que se le brinde.  Recibir un trato verbal formativo de parte de sus profesores y compañeros.  Disfrutar de un ambiente favorable para el desarrollo de buenas relaciones interpersonales con todos los actores educativos. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Aceptar respetuosamente la opinión de las demás personas.  Mantener relaciones respetuosas con todos los miembros de la comunidad escolar, cumpliendo con las normas de educación y de convivencia.  Estar dispuesto al diálogo con el ánimo de fortalecer las relaciones interpersonales y superar los conflictos que se puedan presentar.

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 Buscar orientación y ayuda para la solución de situaciones conflictivas. ARTÍCULO 17º: DEL RESPETO El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Ser reconocido por sus valores como expresión del respeto a su dignidad como persona humana  Que se valore y respete su ritmo individual y su capacidad de trabajo.  Que se respete su buen nombre y el de su familia.  Que se respeten sus objetos personales y su espacio de trabajo.  Que se valore y respete su integridad religiosa, moral, intelectual y física.  Recibir trato respetuoso al expresar sus opiniones por parte de sus compañeros, educadores y demás miembros de la comunidad escolar. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Valorar y respetar la opinión de las demás personas  Participar con atención y respeto en todas las actividades del Colegio.  Portar dignamente y con respeto el uniforme del Colegio.  Respetar y cumplir los diferentes reglamentos del Colegio (Uso de la biblioteca, de la capilla, de la sala de computación, de la piscina, canchas deportivas, etc.).  Velar en todo momento por el respeto y el amor hacia los símbolos patrios y de la Institución.  Expresar buenos modales dentro y fuera del Colegio  Respetar las pertenencias de los compañeros, educadores y demás miembros de la Comunidad.  Cuidar y respetar las instalaciones del Colegio y responder por todos aquellos daños causados voluntaria e involuntariamente y aceptar con respeto las sanciones pertinentes.  Abstenerse de entrar a aquellas áreas que son restringidas sin la correspondiente autorización (sala de profesores, pre-escolar, salones de clases durante el descanso, capilla, auditorio). ARTÍCULO 18º: DEL CUIDADO PERSONAL Y DEL ENTORNO El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Utilizar correctamente los uniformes que lo identifican como estudiante del Colegio Biffi, como integrante de grupos artísticos o selecciones deportivas  Contar con un ambiente sano y agradable, caracterizado por el aseo y el orden.  Tener a su disposición los servicios de primeros auxilios por parte de personal competente.  Tener acceso a las instalaciones sanitarias perfectamente aseadas. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Asistir a clases y a las actividades programadas por el Colegio perfectamente aseado y de acuerdo a las normas establecidas sobre uniformes.

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 Llevar correctamente el uniforme y sin portar elementos o accesorios que le quiten su sobriedad característica (pulseras, collares, cachuchas, pearcing, aretes en los hombres, maquillaje en las mujeres).  Utilizar el servicio de enfermería sólo en los casos necesarios.  Cultivar hábitos de aseo personal y de salud pública que preserven el bienestar de la Comunidad.  Utilizar correctamente los servicios sanitarios.  Utilizar las canecas destinadas para las basuras. ARTÍCULO 19º: DEL LIDERAZGO: El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Emplear los mecanismos de participación que el Colegio ofrece para su superación personal.  Expresar sus aportes en beneficio del curso, de sus compañeros, de su colegio.  Participar activamente en las diferentes actividades de las pastorales.  Elegir y ser elegido para las distintas responsabilidades: Personero, presidente, delegado, etc). El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Asumir con responsabilidad la actividad que se le encomiende.  Participar con seriedad y responsabilidad en los procesos democráticos fomentados por la Institución.  Tomar parte en el desarrollo de los eventos religiosos, pedagógicos y culturales, aportando ideas, talentos y habilidades. ARTÍCULO 20º: DE LA HONESTIDAD El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Exigir respeto por sus pertenencias  Ser informado oportuna y verazmente de los hechos en los cuales se vincule su participación.  Que los informes que de él se soliciten estén ajustados a la realidad.  Tener como educadores a personas competentes e íntegras en el aspecto moral y profesional. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Respetar la propiedad privada de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.  Respetar las pertenencias de los demás y no tomar nada sin el consentimiento de su dueño.  Devolver al Coordinador respectivo, los elementos que encuentre y que no sean de su propiedad.  Aceptar su falta de honestidad cuando se le descubra haciendo fraude en trabajos o evaluaciones.

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ARTÍCULO 21º: DE LA RESPONSABILIDAD El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Recibir oportunamente los informes de evaluación de su rendimiento académico y su comportamiento.  Conocer el resultado de su evaluación por parte de los profesores antes de la sistematización para solicitar las posibles modificaciones en caso de error.  Hacer uso responsable de los diferentes espacios formativos de la Institución.  Recibir oportunamente la corrección de las tareas y trabajos.  Solicitar respetuosamente las explicaciones sobre los aspectos de las asignaturas en las cuales no tenga suficiente claridad. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Llegar puntualmente al Colegio  Asistir oportunamente a las clases en las cuales se necesita desplazamiento (Informática, Inglés, Laboratorio y Educación Física).  Entregar a los padres de familia las circulares, informes o citaciones enviadas desde el Colegio.  Permanecer en el Colegio durante la jornada establecida.  Respetar el tiempo asignado para vacaciones intermedias o de final de año.  Presentar los trabajos y tareas al respectivo profesor en las fechas señaladas.  Presentar por escrito la justificación de sus ausencias, al día siguiente que éstas se produzcan, debidamente firmadas por los padres o acudientes.  Participar en los espacios destinados por el Colegio para la superación y profundización de logros, aún en horarios distintos a los establecidos. ARTÍCULO 22º: DE LA JUSTICIA El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Ser tratado justamente por parte de los mayores, en cada uno de los procesos propios de su formación integral que comparte en el Colegio.  Que sus compañeros sean justos con él a la hora de emitir juicios sobre su comportamiento dentro y fuera del colegio, sin hacerle consideraciones especiales ni demeritar sus capacidades en todos los campos. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Actuar con justicia en todos los eventos dentro y fuera del Colegio.  Reconocer a los demás lo que cada quien en justicia se merece. ARTÍCULO 23º: DE LA FRATERNIDAD: El estudiante Biffeño tiene derecho a:  Ser tratado como el “hermano menor” de los profesores y directivos.

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 Compartir con sus compañeros la condición de hermanos en Cristo, que tiene en común el carisma de San Juan Bautista de La Salle. El estudiante Biffeño tiene el deber de:  Ver en cada compañero, cada profesor, cada trabajador del Colegio a un hermano con quien compartir la vida diaria en la Institución.  Hacer de la fraternidad un principio de transformación de la sociedad a la que pertenece, empezando por su familia, su colegio, su barrio y su ciudad.

CAPÍTULO IV: DE LOS EDUCADORES ARTÍCULO 24º: PERFIL DEL EDUCADOR BIFFEÑO El Educador Biffeño se concibe desde cuatro dimensiones: Cristiana, Lasallista, Humana y Profesional. 1- A NIVEL CRISTIANO  Laico consagrado por el bautismo; cristiano comprometido con la nueva evangelización.  Testimonio de los valores del Reino mediante la práctica de los principios auténticamente cristianos.  Consciente de su papel en el proceso de síntesis de Fe-Cultura-Vida, lee el ministerio educativo desde su experiencia de Dios. 2- A NIVEL LASALLISTA  Con valores cristianos y lasallistas que le permite testimoniar e inculcar el carisma institucional con espíritu de Fe y Celo.  Afianza y consolida su identidad lasallista como hombre de Fe, asociado en misión compartida para el Ministerio de la Educación  Consciente de que la escuela lasallista forma para la vida.  Fiel al proyecto del Padre y al carisma de La Salle participa y genera comunidades de Fe.  Conocedor de la trayectoria histórica y pedagógica del Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristianas y del Distrito Lasallista de Medellín.  Esmerado para que la escuela sea atractiva por medio de su testimonio y esfuerzo personal.  Trabaja con espíritu de solidaridad humana abierto a la participación en la Comunidad Educativa.  Cultiva el sentido de pertenencia al Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristianas desempeñando su cargo y funciones de ética y lealtad.  Es promotor vocacional por su fidelidad a Dios, a la Iglesia, al Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristianas y a las necesidades del mundo de hoy.  Desempeña su ministerio en “misión compartida” con los Hermanos y Seglares.

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3- A NIVEL HUMANO  De una personalidad integral, es decir con cualidades éticas, morales, humanas, físicas, afectivas, intelectuales y artísticas.  De buena salud física y mental.  Responsable con la vida familiar.  Con habilidades para hacer uso de su libertad y de su autonomía frente a los compromisos adquiridos y la decisiones por tomar.  Con buenas relaciones humanas y práctica de valores  Consciente, tolerante, flexible, exigente, que busca que el trato hacia sus semejantes responda a las diferencias individuales.  Consciente de sus limitaciones y potencialidades.  De amplia cultura general.  Tolerante, de tal manera que es capaz de conversar con su opuesto para enriquecerse con nuevas visiones que puedan favorecer su vida personal y profesional. 4- A NIVEL PROFESIONAL  Profesional y ciudadano sano e idóneo.  Líder creativo, respetuoso de la opinión de los demás, innovador, con capacidad de aprender y adaptarse.  Con sólida formación, de gran rectitud y honradez en su labor.  Disciplinado, capaz de relacionarse con las personas, grupos y equipos que funcionan al interior de la Institución.  Con facultades intelectuales que le permitan ejercer juicios rectos y criterios exactos.  Con iniciativa, creatividad y capacidad de trabajo en equipo  Con habilidad para la comunicación oral y escrita.  Con capacidad para aprender permanentemente y para cambiar de acuerdo con las exigencias que presentan los avances de la sociedad, la ciencia y la tecnología.  Crítico, con sólidos conocimientos en las ciencias básicas que sustentan su profesión  Capaz de innovar. ARTÍCULO 25º: DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCADORES El educador Biffeño tiene derecho a: a. Ser respetado en su vida e integridad física y moral b. Disponer de medios adecuados para conocer y asimilar el espíritu, la filosofía, la pedagogía y las políticas del Colegio Biffi – La Salle y del Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristianas. c. Ser informado directa y oportunamente sobre la evaluación hecha acerca de su comportamiento personal y profesional. d. Poseer y expresar su propia identidad.

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e. Disfrutar de un clima de confianza que propicie el diálogo sincero, que favorezca el dinamismo del proceso educativo institucional. f. Contar con un equipo de compañeros que lo acepten, respeten, escuchen y acojan. g. Recibir trato cordial, justo y respetuoso por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa. h. Ser escuchado en sus apreciaciones con un clima que propicie el diálogo y posibilite el crecimiento de los estudiantes y la integración familia-institución. i. Tomar parte activa en las actividades programadas para su actualización y desarrollo profesional. j. Disponer de recursos adecuados y de un ambiente favorable al desarrollo intelectual y al trabajo investigativo. k. Ser escuchado oportunamente para buscar solución a las dificultades que se presenten en el desarrollo de su respectiva área académica. l. Recibir por parte de la institución tareas con sus capacidades personales y competencia profesional. m. Conocer con la debida anticipación la programación de actividades y reponsabilidades que le correspondan. n. Decidir con libertad responsable su participación en eventos organizados por el Colegio fuera de su horario laboral reglamentario. o. Contar con el apoyo de las directivas para la organización y realización de las actividades curriculares. p. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo de acuerdo con las normas del Estado. q. Ausentarse del Colegio en caso de necesidad, enfermedad o calamidad doméstica, previa solicitud ante el Coordinador Académico. r. Recibir estímulo en el desempeño de su misión por parte de la Institución. s. Participar en las actividades de integración programadas por la Institución. El educador Biffeño tiene el deber de: a. Respetar la persona y los derechos de todos los miembros de la Comunidad Educativa. b. Obrar de acuerdo con el espíritu, la pedagogía y la filosofía Lasallista. c. Ser receptivo a los procesos de asimilación e integración del Colegio. d. Estar dispuesto a recibir colaboración en el proceso de integración institucional y en la asimilación de la pedagogía Lasallista. e. Informar veraz y oportunamente a la persona competente sobre los comportamientos de los estudiantes, de los que tenga conocimiento y que piense que afectan la convivencia. f. Ser leal con la Institución y con el equipo de compañeros. g. Propiciar el diálogo, el trabajo en equipo y la investigación pedagógica con miras al crecimiento personal e institucional. h. Comunicar oportunamente a las instancias competentes si está siendo sometido a presiones o persecución.

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i. j. k. l. m. n. o. p. q. r. s. t. u.

Atender a los estudiantes y padres de familia en los horarios previamente establecidos y brindar la orientación oportuna y necesaria. Conocer las situaciones que afecten la vida de los estudiantes para contribuir en sus procesos de superación personal. Guardar reserva sobre los asuntos confidenciales que sean de su conocimiento por razón de su misión. Propiciar en los estudiantes el conocimiento de la realidad nacional para consolidar los valores propios de la nacionalidad. Educar para la conservación de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y el buen uso del espacio público. Dar a conocer los resultados devolviendo a los estudiantes lo más pronto posible, las pruebas, talleres y trabajos. Esmerarse por la conservación de los recursos educativos que le sean confiados. Participar en reuniones y actividades programadas por el Colegio dentro del tiempo laboral reglamentario. Elaborar y mantener actualizados los registros acumulativos de seguimiento a los estudiantes. Cumplir con la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo requerido, dentro de ésta para el buen desempeño de las funciones propias de su cargo. Solicitar la autorización para ausentarse del plantel con razón justificada y, en lo posible, dejar organizadas sus responsabilidades. Aprovechar las oportunidades de capacitación que ofrezca la Institución. Asumir con responsabilidad los resultados de la evaluación de su desempeño.

CAPÍTULO V: DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 26º: DERECHOS Y DEBERES DE LAS FAMILIAS Los padres de familia Biffeños tienen derecho a: a. Recibir ayuda y apoyo en los procesos de formación de sus hijos b. Obtener información oportuna sobre todo lo relacionado con el proceso educativo de sus hijos. c. Ser miembro del Consejo de Padres de Familia y tener representación en el Consejo Directivo. d. Participar en los espacios formativos destinados para ellos en el Colegio. e. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la Institución. Los padres de familia Biffeños tienen el deber de: a. Matricular oportunamente a sus hijos en las fechas establecidas por la Institución

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b. Conocer y cumplir las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Manual de Convivencia del Colegio. c. Enterarse de las comunicaciones emitidas por la Institución (circulares, boletines informativos, cartas, periódico escolar, etc.) d. Acompañar a los estudiantes en las actividades deportivas, culturales y religiosas dentro y fuera del plantel. e. Apoyar a la Institución en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes. f. Abstenerse de hacer comentarios irresponsables que vayan en detrimento de los miembros de la Comunidad Educativa o de la Institución. g. Orientar a sus hijos para que logren una formación integral, acompañándolos en su proceso formativo durante todo el año escolar. h. Atender las convocatorias que se hagan por parte del Colegio para tratar aspectos relacionados con el proceso formativo de sus hijos. i. Mantener condiciones familiares que favorezcan la salud física y mental de sus hijos. j. Participar y colaborar en las actividades programadas por el Colegio Biffi que deban realizarse junto con ellos. k. Colaborar con la asistencia y puntualidad de sus hijos a clases y a las actividades programadas por el Colegio. l. Autorizar por escrito a su hijo para salir del plantel antes de la hora reglamentaria y para las actividades programadas fuera del Colegio. m. Ayudar a su hijo a valorar y aprovechar el servicio educativo que se le ofrece n. Cubrir los gastos ocasionados en caso de pérdida o daño en enseres del Colegio, de sus compañeros y demás personal que labora en el establecimiento, de los cuales sea responsable su hijo. o. Cancelar oportunamente las mensualidades. p. Respetar las zonas de parqueo y hacer buen uso del mismo.

CAPÍTULO VI: VIDA ACADÉMICA ARTÍCULO 27º: DE LA EVALUACIÓN En el Colegio se evaluarán los logros de los alumnos respecto a la formación y manifestación de valores humano-cristianos, el desarrollo de habilidades y destrezas, el avance en la adquisición de conocimientos y, en general, todos los aspectos que se refieran a la formación de la persona conforme a un proceso continuo, integral y cualitativo. La emisión de juicios que resulten de la evaluación del alumno procurará: 1. Estimular el afianzamiento de valores y actitudes humano-cristianas, de acuerdo con el carisma lasallista. 2. Identificar características personales, intereses, ritmo de desarrollo y estilo de aprendizaje.

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3. Favorecer en cada alumno el desarrollo de sus aptitudes y habilidades. 4. Dar cuenta del avance en la adquisición del conocimiento. El plan de estudios, las estrategias pedagógicas, los procesos de evaluación y, en general, todos los elementos del currículum deben ajustarse a las condiciones del proceso de evaluación cualitativa conforme lo estipula el Ministerio de Educación Nacional en el decreto 1290 de 2009. ARTÍCULO 28º: MEDIOS PARA LA EVALUACIÓN Asumir un proceso de evaluación implica el uso de técnicas e instrumentos que permiten valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos. Los profesores(as) se guiarán por los siguientes criterios: a. Los educadores procurarán implementar sistemas de autoevaluación y coevaluación de los alumnos que complementen el proceso. b. Deben utilizarse apreciaciones cualitativas hechas como resultado de observaciones, diálogos o entrevistas abiertas. c. Todas las pruebas con fines evaluativos deben devolverse al estudiante con juicios (preferentemente por escrito) que indiquen los aciertos y las deficiencias, las causas de éstos, de tal manera que el estudiante tenga la oportunidad de retroalimentar su aprendizaje en cada prueba. d. La evaluación de los logros referentes al crecimiento humano-cristiano debe hacerse en forma permanente. Los Consejos Docentes de Evaluación y Promoción diseñarán estrategias concretas para la evaluación y acompañamiento de esta dimensión de acuerdo con las características de cada grado y las directrices de la Institución. e. Al finalizar cada período se aplicarán las evaluaciones periódicas cuyo objetivo es determinar el estado de asimilación de los conocimientos adquiridos por los estudiantes en este tiempo. Estas pruebas, tendrán un valor porcentual de la nota final de los indicadores evaluados durante el período y éste será definido por el Consejo Académico. f. Los docentes utilizarán diferentes métodos y herramientas para la evaluación de los estudiantes, tales como: pruebas escritas, exámenes orales, exposiciones, trabajos en clases, sustentaciones, etc. g. Durante cada período los docentes programarán actividades conducentes a que el alumno supere las dificultades a medida que se vayan presentando. h. Después de la evaluación de cada período, se programarán actividades grupales o individuales que se requieran para superar las fallas o limitaciones en la consecución de logros por parte de los alumnos. ARTÍCULO 29º: CONSEJOS DOCENTES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN El Consejo Académico conformará, para cada grado, un Consejo Docente De Evaluación Y Promoción integrado por los tutores y el rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para los estudiantes que presenten dificultades.

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ARTÍCULO 30º: FUNCIONES DEL CONSEJO DOCENTE DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Son funciones del Consejo Docente de Evaluación y Promoción: 1. Reunirse periódicamente para analizar los resultados de los procesos formativos de los estudiantes. 2. Hacer recomendaciones generales o particulares a los profesores o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. 3. Determinar las formas y tiempos para convocar a los padres de familia o acudientes y al educando respectivo con serias dificultades en sus procesos formativos. 4. Hacer seguimiento de las pautas y criterios establecidos por el Consejo. 5. Definir la promoción de los educandos. 6. Llevar actas en las que se consignen las decisiones, observaciones y recomendaciones adoptadas en cada una de sus reuniones. Parágrafo: Los Consejos Docentes de Evaluación y Promoción en todo caso se regirán para sus decisiones por el reglamento adoptado desde el Consejo Directivo para el ordenamiento y organización de los mismos. ARTÍCULO 31º: REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN En el Colegio Biffi-La Salle se hace un registro escolar de valoración de cada estudiante. Este registro se mantiene actualizado con toda la información relevante que concierne a su desarrollo socio-afectivo y académico. En el Colegio Biffi – La Salle se define la siguiente escala de valoración: 

DESEMPEÑO SUPERIOR: Un alumno tendrá un DESEMPEÑO SUPERIOR (DS) si cumple con el 100% de los criterios y requisitos definidos por cada una de las asignaturas.

DESEMPEÑO ALTO: Un alumno tendrá un DESEMPEÑO ALTO (DA) si cumple entre el 80% y el 99,9% de los criterios y requisitos definidos por cada una de las asignaturas.

DESEMPEÑO BÁSICO: Un alumno tendrá un DESEMPEÑO BÁSICO (DB) si cumple entre el 70% y el 79,9% de los criterios y requisitos definidos por cada una de las asignaturas.

DESEMPEÑO BAJO: Un alumno tendrá un DESEMPEÑO BAJO (DBa) si cumple con menos del 70% de los criterios y requisitos definidos por cada una de las asignaturas.

Parágrafo: La disciplina se evalúa como Crecimiento Humano-Cristiano, y su valoración se expresa sólo en los siguientes términos: Excelente o Insuficiente. Dicha valoración hará referencia a cada uno de los aspectos que componen las líneas básicas del comportamiento:

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Responsabilidad con los deberes escolares, principios básicos de la convivencia escolar (respeto) y presentación personal. ARTÍCULO 32º: PROMOCIÓN Al finalizar el año, el Consejo Docente de Evaluación y Promoción de cada grado será el encargado de determinar cuáles educandos deberán repetir un grado determinado. Se considerarán para la repetición de un grado cualquiera de los siguientes educandos: I. a. b. c.

De primero a tercer grados: Estudiantes con desempeño académico final bajo en tres o más áreas. Estudiantes con desempeño final bajo en las áreas de Matemáticas y Lengua Castellana. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar.

II. De cuarto a noveno grados: a. Estudiantes con desempeño académico final bajo en tres o más áreas. b. Estudiantes que durante dos años consecutivos tengan desempeño final bajo en Matemáticas y Lengua Castellana. c. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año. III. De Décimo y Undécimo grados: a. Estudiantes con desempeño académico final bajo en tres o más áreas. b. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año. c. Estudiantes con desempeño académico final bajo en el área correspondiente al énfasis de su modalidad, así: - 10° A y 11° A: Lengua Castellana. - 10° B y 11° B: Ciencias Sociales y Filosofía. - 10° C y 11° C: Matemáticas. - 10° D y 11° D: Ciencias naturales y Educación Ambiental. ARTÍCULO 33º PROMOCIÓN ANTICIPADA: Los criterios de promoción anticipada que están incluidos en el reglamento de los Consejos Docentes de Evaluación y Promoción, son: 1. El padre de familia o acudiente del alumno debe presentar una carta de solicitud a Coordinación Académica en la que se expresen las razones para la promoción anticipada. 2. En todo caso la promoción anticipada sólo se estudiará al finalizar el período académico en el que se haga la solicitud, es decir, nunca procederá con notas parciales del alumno.

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3. Cuando la promoción anticipada proceda a partir del equipo docente del grado respectivo, además de los resultados de las evaluaciones se deben practicar pruebas de aptitud en las habilidades básicas del alumno, pruebas que serán realizadas por una entidad externa a la Institución. 4. Cada uno de los profesores del alumno(a) debe presentar un informe escrito acerca del desempeño del mismo en su asignatura respectiva. 5. El coordinador comportamental respectivo debe presentar un informe del desempeño actitudinal del alumno al que se le anexará igualmente un informe desde el departamento de psicorientación. 6. El alumno o alumna debe ser parte del cuadro de honor en los períodos académicos del respectivo año lectivo. 7. Si la promoción es motivada por traslado institucional solo procederá en el segundo semestre del año y si es motivada por suficiencia del alumno sólo procederá en el primer semestre del año. ARTÍCULO 34º: PROCLAMACIÓN En el Colegio Biffi–La Salle se realiza públicamente y en ceremonia única y especial la proclamación de los alumnos de 5º, 9º y 11º. Esta proclamación pública representa un estímulo, mas no un derecho. Los Consejos de Evaluación y Promoción de los grados en mención determinarán la lista de alumnos merecedores de la proclamación pública, a partir del cumplimiento de la totalidad de los siguientes requisitos: a. Haber sido promovido. b. Haber superado la totalidad de los logros de las asignaturas establecidas para el grado correspondiente, dentro de la fechas programadas por la Institución. c. No haber cometido ninguna de las faltas consideradas “de especial gravedad”, según el artículo 47º del presente Manual de Convivencia. d. Estar a paz y salvo con la Institución por todo concepto. e. Haber asistido a todos los ensayos que la Institución programe para tal ceremonia.

CAPÍTULO VII: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 35º: JORNADA ESCOLAR La jornada escolar ordinaria es de lunes a viernes, en el siguiente horario:  Preescolar: de 7:00 a.m. a 1:00 p.m.  Primaria y Bachillerato: de 6:45 a.m. a 2:30 p.m.

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Parágrafo: La Institución programará horarios de trabajo extra para la realización de actividades complementarias, académicas o de crecimiento personal, sea después de la jornada académica diaria o los días sábados. ARTÍCULO 36: DE LA ASISTENCIA AL COLEGIO Y A CLASES a. Es obligación de los padres de familia informar al Colegio oportunamente las causas de inasistencia de su hijo. b. Después de la ausencia de clases es necesario presentar la justificación al coordinador respectivo y a los profesores, quienes acordarán con el estudiante las fechas y horas para evaluación, tareas, etc. c. En el caso de ausencia, el estudiante debe responder por el avance académico correspondiente. d. Los estudiantes que lleguen al Colegio después de las 6:45 a.m. no podrán ingresar a la primera hora de clase y serán anotados por el coordinador correspondiente . En caso de

reincidencia la sanción será la siguiente:

e. f.

Primaria: Se citará al padre de familia para comunicarle la situación y al estudiante se le asignará un trabajo de reflexión que deberá realizar en el salón de clases durante el segundo descanso, con el acompañamiento de un docente y de persistir en la falta será suspendido un (1) día de clases. De sexto a octavo grado: Se les permitirá el ingreso a clases y se les informará que serán suspendidos al siguiente día, previa comunicación a los padres. De noveno a undécimo grado: Sus padres serán citados para firmar un compromiso en el cual se informa que el estudiante será devuelto a su casa cuando lo incumpla. El cambio de una clase a otra y el tiempo de regreso a clases después del descanso no puede exceder de 3 minutos. Después del tiempo reglamentado, el profesor de la asignatura permitirá el ingreso del estudiante y lo registrará en el Control de Asistencia y, en caso de reincidencia, enviará al alumno al respectivo Coordinador.

ARTÍCULO 37º: DEL USO DE LOS ESPACIOS INSTITUCIONALES a. Acatar el reglamento existente para el uso de la biblioteca, laboratorios, sala de computación, piscina, canchas deportivas, sala de pastoral y audiovisuales. b. La capilla es el lugar destinado al culto y a las celebraciones religiosas. Por consiguiente se debe guardar silencio, orden, respeto y compostura de acuerdo con los principios de la urbanidad y la cultura cívica. c. No se debe estar fuera del sitio asignado sin el permiso del profesor correspondiente. Ningún estudiante puede estar fuera de los salones destinados para actividades académicas sin el permiso escrito correspondiente. d. El parqueadero está habilitado para el uso por parte de los alumnos, docentes, empleados y padres de familia. Quien contravenga las normas internas establecidas para su uso será sancionado con la prohibición de ingreso al mismo.

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ARTÍCULO 38º: DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Son actividades complementarias aquellas que se realizan fuera del horario escolar y que tienden al cultivo de habilidades y destrezas en los jóvenes, necesarias en el proceso de formación integral. Este espacio, además, permite el fomento de liderazgo en actividades artísticas, sociales, religiosas, deportivas y pastorales. Para un correcto funcionamiento es necesario tener en cuenta:  Para ingresar al Colegio se debe presentar el carné estudiantil.  El tiempo de estas actividades está comprendido entre las 2:30 p.m. y las 5:30 p.m. Después de esa hora no se debe permanecer en el Colegio.  Presentar excusas escritas al responsable de la actividad en caso de inasistencia o impuntualidad.  Utilizar el uniforme correspondiente en cada una de las actividades complementarias.  Dejar en perfecto estado y orden los lugares utilizados. Parágrafo: Las actividades complementarias siguen el reglamento de las actividades académicas normales. ARTÍCULO 39º: DE LOS UNIFORMES El uniforme de los alumnos del Colegio Biffi es el siguiente: PREESCOLAR Diario (Niños):  Camiseta blanca, con cuello y borde azul  Sudadera azul turquí  Medias blancas  Zapatos tenis totalmente blancos.  Pantaloneta blanca (para natación) Diario (Niñas):  Camiseta azul celeste con el monograma del Colegio  Falda-pantalón  Medias blancas  Zapatos colegiales, totalmente negros. Educación Física (niñas):  Sudadera azul cielo con el nombre del Colegio, según el modelo establecido.  Camiseta azul cielo, según modelo  Medias blancas  Zapatos tenis totalmente blancos.

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PRIMARIA Y BACHILLERATO Diario (Varones):  Pantalón gris oscuro  Camiseta blanca con el logotipo del Colegio Biffi-La Salle  Medias blancas  Zapatos colegiales totalmente negros.  Correa negra de cuero. Educación Física (varones):  Sudadera azul turquí con el nombre del Colegio, con vivos laterales blancos.  Camiseta blanca, con vivos azules, con el escudo del Colegio  Medias blancas  Zapatos tenis totalmente blancos. Diario (niñas) 1º a 3º:  Camiseta azul celeste con el monograma del Colegio.  Falda- pantalón.  Medias blancas  Zapatos colegiales totalmente negros. Diario (niñas) de 4º a 11º:  Camisa blanca con el monograma del Colegio  Falda  Medias blancas  Zapatos colegiales azul turquí. Educación Física (Niñas):  Sudadera azul cielo con el nombre del Colegio.  Camiseta azul cielo  Medias blancas  Zapatos tenis totalmente blancos. Parágrafo: En ningún caso se aceptan medias taloneras, ni tobilleras. ARTÍCULO 40º: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL Y USO DEL UNIFORME La presentación personal excelente es una manifestación externa del orden interno y es una muestra de la identidad Lasallista y del sentido de pertenencia a la Institución. Los alumnos deben respetar los siguientes criterios de uso del uniforme: a. El uniforme de Educación Física debe portarse únicamente en los días en que al curso le corresponda esa asignatura según el horario de clases. Los demás días debe portarse el uniforme de diario.

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b. c. d. e. f. g.

De ninguna manera se permite la combinación del uniforme de diario con el de Educación Física. Para los juegos intercursos cada equipo deberá utilizar el uniforme distintivo de su grupo. Los profesores llamarán la atención y, si es el caso, impedirán el ingreso a su clase si los alumnos no acatan las normas de presentación correspondientes. Para los varones, el corte de cabello debe ser el tradicional, según los estilos propuestos por el Colegio. No deben utilizar lacas, tintes ni fijadores, que disimulen la contravención a las normas. El porte del uniforme excluye en todo momento, dentro y fuera del Colegio, el uso de gorras, collares, manillas, pearcing, aretes en los varones y demás accesorios que no vayan con el uniforme. Las niñas deberán utilizar el uniforme correctamente, en forma sencilla. Deben cuidar su imagen personal sin exagerarse en el maquillaje y en las uñas.

ARTÍCULO 41º: DEL COMPORTAMIENTO FUERA DEL COLEGIO a. En toda manifestación o actividad fuera del Colegio debe mantenerse un comportamiento adecuado; el uniforme debe portarse de manera correcta, es decir, camisa por dentro del pantalón, zapatos lustrados, correa, etc. b. En las competencias deportivas se debe evidenciar la caballerosidad en la derrota y la humildad en los triunfos. Las barras del Colegio Biffi mantendrán una actitud respetuosa y culta en los diferentes eventos deportivos. c. En la calle se representa el nombre del Colegio, por lo tanto el comportamiento no debe poner en entredicho la buena imagen del mismo. d. Está prohibido el uso del Colegio para la realización de actividades o eventos que no estén autorizados por el Rector. ARTÍCULO 42º: PROHIBICIONES PARTICULARES Se prohíben:  Las rifas, ventas, apuestas, juegos de azar y cualquier tipo de ventas o comercialización dentro del Colegio.  Utilizar elementos distractores que afectan el desarrollo normal de las clases y demás actiividades educativas (walkman, MP4, teléfono celular, video juegos, etc.).  Traer joyas que comprometan la seguridad fuera del Colegio.  Las manifestaciones de afecto exageradas que desfavorezcan el ambiente sano y respetuoso.  El uso de espacios destinados para las personas de sexo contrario (baños, sitios para cambiarse, etc.). Parágrafo: En caso de pérdida de alguno de los elementos distractores o de cualquier otro accesorio, la responsabilidad única es la del portador de los mismos y el Colegio queda exento de toda responsabilidad.

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CAPÍTULO VIII: DE LOS ESTÍMULOS ARTÍCULO 43º: ESTÍMULOS AL FINAL DEL PERÍODO Al finalizar cada período los Consejos Docentes de Evaluación y Promoción incluirán en el Cuadro de Honor a los alumnos que:  Al finalizar cada período tengan un desempeño SUPERIOR o ALTO en cada uno de los indicadores evaluados en el período académico correspondiente incluyendo las Evaluaciones Periódicas.  Mantengan su disciplina excelente.  Vivencien los valores lasallistas (fe, fraternidad, justicia, servicio y compromiso). A estos alumnos se les reconocerá públicamente con:  Entrega del diploma Clase de Honor  Reconocimiento mediante acto público en el Colegio ARTÍCULO 44: ESTÍMULOS AL FINALIZAR EL AÑO ESCOLAR Al finalizar cada año escolar el Colegio estimulará a los estudiantes reconociéndoles sus méritos de acuerdo con los siguientes criterios: DIPLOMA DE EXCELENCIA LASALLISTA - Haber estado en el cuadro de honor durante los cuatro períodos - Mantener la disciplina y la conducta excelentes - Vivenciar los valores lasallistas (fe, fraternidad, justicia, servicio y compromiso) MENCIÓN DE HONOR (en esta categoría hay dos menciones): 1. Por su constante esfuerzo hacia la excelencia: - Haber obtenido tres cuadros de honor durante el año escolar - Destacarse por su buena disciplina y conducta - Vivenciar los valores lasallistas (fe, fraternidad, justicia, servicio y compromiso) 2. Por su espíritu lasallista: - Destacarse por su continua y oportuna colaboración y participación en diversos eventos y actividades programadas por la Institución - Destacarse por su buena disciplina y conducta - Vivenciar los valores lasallistas (fe, fraternidad, justicia, servicio y compromiso) Esta mención no incluye el hecho de ser o haber sido parte de algún grupo del Colegio (coro, selección deportiva, orquesta, etc.).

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ARTÍCULO 45: Además de las anteriores distinciones, el Colegio otorgará los siguientes estímulos al finalizar el año escolar: a. Botón con el escudo del Colegio Biffi–La Salle a cada uno de sus bachilleres b. Condecoración especial a los bachilleres que hayan cursado sus estudios desde preescolar en la Institución. c. Mención de Honor Mons. Eugenio Biffi a los estudiantes que obtienen el puntaje más alto, por asignatura, en las Pruebas de Estado Icfes. d. Entre los estudiantes que obtengan la Excelencia Lasallista se sorteará una Matrícula de Honor por la cual se exonera del pago de la misma. Parágrafo 1: La lista de los alumnos merecedores de los estímulos mencionados en los artículos 43º y 44º será establecida por la Comisión de Evaluación y Promoción. Parágrafo 2: Las menciones sólo se entregarán en acto público convocado por la Institución, y su entrega es personal e intransferible.

CAPÍTULO IX: DE LAS FALTAS Son faltas los incumplimientos de los deberes o las violaciones a las prohibiciones. ARTÍCULO 46º: DE LAS FALTAS LEVES Se consideran faltas leves todas las contravenciones a los derechos y deberes contemplados en el Capítulo III y a las disposiciones generales del presente Manual de Convivencia. ARTÍCULO 47º: DE LAS FALTAS DE ESPECIAL GRAVEDAD Se consideran faltas de especial gravedad las siguientes: a. La acumulación o reincidencia en faltas leves y el incumplimiento de los correctivos acordados en las distintas llamadas de atención (amonestaciones). b. El irrespeto de palabra o de hecho a profesores o directivos de la Institución. c. Llevar o comercializar con material pornográfico, bebidas alcohólicas y sustancias alucinógenas. d. Presentarse en horas de clases o actividades complementarias bajo el efecto de bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas. e. El porte o uso de armas de fuego, cortopunzantes o cualquier objeto que pueda causar daño a la integridad del otro. f. El hurto de útiles escolares, libros, cuadernos, o cualquier objeto propiedad del Colegio o de algún miembro de la Comunidad Educativa. g. El uso de artificios o engaño para salir o ingresar al Colegio. h. La falsificación o adulteración de notas o informes que son propiedad de los educadores o directivos.

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i. j.

Atentar contra la vida o integridad personal de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. Pelear dentro o fuera del Colegio.

ARTÍCULO 48º: DE LAS FALTAS ACADÉMICAS Se consideran faltas académicas el no cumplimiento de las responsabilidades que el alumno tiene con el plan de estudios de su grado correspondiente, así como el incumplimiento a los deberes académicos previstos en los artículos 20 y 21 de este Manual. Frente a estas faltas se tomarán las medidas académicas previstas en este Manual o en el Proyecto Educativo Institucional o las consagradas en las normas educativas vigentes o las que se consideren apropiadas para la formación integral del alumno, siempre y cuando éstas no sean violatorias de aquéllas. Parágrafo: Ante la reiteración de faltas académicas cometidas por un estudiante, será el Consejo Docente de Evaluación y Promoción el encargado de prever y dictaminar la sanción correspondiente.

CAPÍTULO X: SANCIONES ARTÍCULO 49º: PARA FALTAS LEVES  Llamada de atención verbal: el educador debe hacer una exhortación al estudiante sobre la ejecución de la falta y las consecuencias de la misma. De ésta quedará constancia en el anecdotario del curso con la firma del estudiante y la del educador o tutor del curso correspondiente. ARTÍCULO 50º: PARA FALTAS DE ESPECIAL GRAVEDAD Remisión al coordinador(a) comportamental: el educador reportará al coordinador(a) respectivo(a) el (los) alumno(s) que cometan faltas graves o que reincidan en la contravención de las faltas leves. Una vez comprobado el hecho, el coordinador(a) registrará las observaciones en el libro de actas de la coordinación después de haber conversado con el alumno(a), quien tendrá la oportunidad de justificar el comportamiento o conducta causante de la remisión. El coordinador(a) citará al padre de familia o acudiente para dar a conocer la sanción, que puede ser: a. Suspensión de las actividades educativas: En este caso el alumno deberá marginarse de la Institución para realizar un proceso de trabajo personal y de reflexión con sus padres, previa firma de un acta de compromiso ante el coordinador(a) correspondiente. La suspensión puede ser de 1 a 8 días hábiles, dependiendo de la calificación de la falta. Al regresar a clase el alumno será remitido al Departamento de Psicorientación. En todo caso el alumno responderá por las actividades académicas sin tener consideraciones especiales.

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b.

c.

d.

Asignación de actividades formativas: El coordinador(a) comportamental asignará al estudiante actividades formativas que procuren reparar la falta y motivar la reflexión y auto evaluación del estudiante. La asignación de dichas actividades tendrá un carácter formativo y deben determinarse, de ser posible, en un ambiente conciliatorio caracterizado por el diálogo, la empatía y acuerdos concertados. Matrícula de Observación: Sólo se firma en los casos de faltas de Especial Gravedad cuando el alumno no cumple con los compromisos asumidos o no se evidencian cambios en su comportamiento. La Matrícula de Observación se firmará en presencia del padre de familia o acudiente, buscando otorgar un período académico para que se mejore el comportamiento; de no lograrse, el caso será remitido a la Comisión de Evaluación y Promoción que determinará la negación del cupo para el año siguiente. Cancelación de la matrícula: Es la máxima sanción a quienes reincidan en las faltas o a quienes cometan faltas de especial gravedad, con causas de agravación. Esta cancelación de la matrícula es inmediata y es competencia del Consejo Directivo.

ARTÍCULO 51º: CONSIDERACIONES ESPECIALES a. Circunstancias atenuantes: Se considerarán como circunstancias que atenúan la sanción o eximen la responsabilidad del alumno, las siguientes: - Su edad, desarrollo psicoafectivo, mental, volitivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales. - El haber obrado por motivos nobles o altruistas. - El haber observado buen comportamiento anteriormente. - El haber confesado voluntariamente la comisión de la falta. - El haber procurado corregir o evitar los efectos nocivos de la falta, antes de iniciarse la acción disciplinaria. - La ignorancia invencible. - El haber sido inducido a cometer la falta. b. Circunstancias agravantes: Se considerarán como circunstancias agravantes de la responsabilidad del alumno las siguientes: - El cometer la falta para ocultar o ejecutar otra. - El efecto perturbador que la conducta produzca en la Comunidad Educativa. - El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en él. - Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas. - El haber colocado al sujeto pasivo de la falta (sobre quien se ejerce la acción) en incapacidad de resistir o en condiciones de inferioridad física o psíquica. - Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común. - El haber preparado ponderadamente la falta o con complicidad de otras personas. - Hacer más nocivas las consecuencias de la falta.

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CAPÍTULO XI: DIVULGACIÓN Y ACTUALIZACIÓN ARTÍCULO 52º: DIVULGACIÓN El cuerpo directivo del Colegio Biffi-La Salle, a través de diversos medios, orales o escritos, y para todos los estamentos, coordinará la difusión del presente Manual de Convivencia, teniendo en cuenta de manera especial el trabajo que se haga en los momentos de inducción y reinducción del personal docente, así como su implementación dentro del programa académico de la asignatura de Democracia y Constitución Política. ARTÍCULO 53º: ACTUALIZACIÓN Al finalizar cada año escolar el Manual de Convivencia será evaluado y las reformas propuestas serán sometidas al análisis y aprobación del Consejo Directivo, organismo colectivo donde tienen participación y representación todos los estamentos institucionales. Parágrafo: Todos los cambios que se expresen en la Ley y que exijan cumplimiento inmediato se asumirán y tendrán prevalencia sobre lo contemplado en el presente Manual de Convivencia.

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HIMNO BIFFEÑO Letra: Hno. Santiago Esteban Música: Hno. Pedro.

Coro: A ti, Biffi querido, tus palmas y loores ofrendan los que forman tu fúlgida legión! (bis)

Las rémoras y estorbos a nuestro pies deshechos, nuestro oriflama alcemos, glorioso y triunfador.

Loor almo colegio, simiente de virtudes esparces con tesón!

III. Cual nobles paladines de limpia ejecutoria abriendo paso vamos en pos del hermoso ideal.

I. Consorcio de valientes y apuestos zapadores que exploran la ardua senda del bien y la virtud. Troquel de caracteres nidal de ruiseñores, te aclaman, Biffi amado, gallarda juventud. II. En torno a tu bandera, no teman nuestros pechos obstáculos sin cuento, vencer con noble ardor.

Aunemos los esfuerzos y un grito de victoria de nuestro pecho brote con énfasis triunfal. IV. No mengüen nuestros bríos ni cejen nuestros brazos ni en la ardua lid nos falte del cielo fuerza y luz. Unidos en la brecha con irrompibles lazos sea siempre nuestro lema: Honor, Ciencia y Virtud.

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