EL TIEMPO MAGAZINE La revista de Luz Magdalena Caraballo 2017 º Numero 1 º
El Mundo Procesal
5.000Bs
Actuación Venezolana
El proceso en Venezuela
Conexiones internacionales
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SUMARIO
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Postres Venezolanos
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Articulo de Interés
32
Historias de Vida
El Mundo Procesal
11
Articulo de Interés
12
Cuentos
34
Actuación Venezolana
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Entrevista
36
Todo lo que debes saber sobre extradición activa y pasiva
17
El proceso en Venezuela
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Reflexiones
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Crónicas
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Entretenimiento
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Convenios Internacionales
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Glosario
50
Referencias Bibliográficas
EL MUNDO PROCESAL
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La legislación interna es empleada por el derecho internacional privado con el fin de fundamentar los derechos de los estados y la normativa internacional a fin de sustentar todos los actos procesales que conforman al derecho procesal internacional, el cual no es más que la jurisdicción y competencia, las formas de proceder o actividad procesal y el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras. La autoridad que poseen los Tribunales internacionales de juzgar y aplicar la ley se encuentra tutelada por legislación a la cual pertenece, determinando alcance de la jurisdicción a través de diversas restricciones en relación a los acontecimientos que se originan en el extranjero, dando paso a los conflictos de competencia negativa.
¡¡DATO CURIOSO!! La Jurisdicción internacional garantiza el pleno cumplimiento de la justicia presente en la competencia legislativa, judicial y ejecutiva de un Estado cuando se está frente a la resolución un conflicto internacional ante un tribunal de este ámbito.
En el Derecho Procesal Internacional las normas sobre jurisdicción se aplican cuando los tribunales de un Estado deben decidir acerca de si tienen competencia, o carecen de ella, para conocer de un litigio con elementos foráneos. Asimismo, se ocurre a dichas normas en los casos en que el Estado debe cooperar en el cumplimiento(reconocimient o y ejecución) de sentencias extranjeras.
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El Estado venezolano no determina ni tampoco pudiera determinar los límites de la jurisdicción de los Estados extranjeros, de la misma forma ningún Estado extranjero fija ni tampoco pudiera fijar los límites de la jurisdicción venezolana, en consecuencia, cada legislador limita su función en esta materia a atribuirse o limitar la propia jurisdicción, pues no hay posibilidad alguna de remitir o indicar la jurisdicción de tribunales extranjeros.
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En la actualidad, sistema venezolano de Derecho Internacional Privado, reemplazó el término competencia internacional por el término jurisdicción, con el objetivo de evitar la confusión con la competencia interna. De acuerdo con la ley procesal civil, la competencia está fundada en criterios objetivos y subjetivos. Los primeros atienden a la naturaleza de la pretensión y su vinculación con el territorio. Existe, de otra parte, un criterio subjetivo general expresado en el hecho de que el demandado tenga su domicilio en Venezuela, y un criterio complementario que toma en cuenta su simple presencia en el territorio nacional, donde se practica la citación personal.
SABIAS QUE…
El autor Rengel Romberg comentó que en el derecho venezolano el libre acceso de los extranjeros a la jurisdicción de los tribunales, es una aspiración legítima de todos los Estados, consagrada generalmente en los tratados de defensa de los respectivos nacionales, y se sigue la tradición del derecho venezolano, según la cual, las personas extranjeras gozan en Venezuela de los mismos derechos civiles que las venezolanas (Art. 26 C.C.) y los tribunales civiles de la Nación están obligados a administrar justicia tanto a los nacionales como a los extranjeros, en la medida en que las leyes determinen su competencia.
Cuando surgen controversias de derecho privado entre dos Estados, cada uno cuenta con la facultad de resguardar su jurisdicción ya que ningún tribunal puede someter a otro ningún tipo de restricción en cuanto a la decisión. En este sentido, también existe la inmunidad de jurisdicción para extranjeros que de alguna u otra forma gozan de privilegios designados por la Ley en razón de su condición, tal es el caso de los representantes del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial entre otros, así como agentes diplomáticos.
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ARTICULO DE INTERES Si quieres saber más sobre este artículo visítanos en http://www.elmundo.es/andalucia/2017/05/11/59145066e5fdea354a8b4575.html
Inercia procesal en los juzgados de Instrucción ……………………………………………………………………………………………………… Por Francisco Barrionuevo consejero delegado Novaschool y profesor de Economía ESO-BACH- España
Es inconcebible que tras la fase de instrucción que suele durar años, baste para sentar en el banquillo a un ciudadano como presunto autor de un delito económico o contra el patrimonio con tan solo una mera posibilidad. Sin embargo, el espíritu de la Ley es que exista una posibilidad razonable, cierta, acreditada y más cercana a la probabilidad que a la posibilidad. Merced a las circunstancias, observamos que la forma en la que se incoan y desarrollan las macrocausas producen daños colaterales en algún que otro ciudadano inmerso en dichos procedimientos penales mediáticos e inacabables. Y si faltaba algo por añadir, el uso insistente de falacias argumentativas por parte de la acusación popular ejercida por los partidos políticos, y algún que otro fiscal que atiende las llamadas del gobierno de turno; todo ello provoca que se desvirtúe el proceso penal.
En sentido estricto, el Estado, a través de sus jueces y fiscales, debe ejercer el imperium con sensatez, eso quiere decir que si hay otra jurisdicción a la que acudir (civil, mercantil, etc.) prevalecerá ésta, y la jurisdicción penal siempre deberá entrar en última instancia. Nadie duda que el Derecho Penal tiene carácter de última ratio por parte del Estado, y con el objetivo de proteger los bienes jurídicos. Por ello, el juez instructor tiene que tener plena convicción sobre la perpetración de un delito económico o contra el patrimonio, y no mera sospecha. En esas andamos, y por tanto ya nadie niega que se le aplica una pena al investigado que termina por ser acusado debido a la inercia procesal, nos referimos a la famosa pena de banquillo; es lo que hay, te pongas como te pongas. Llegado a este punto solo le quedará doblar la cerviz y encomendarse a Dios y al diablo. 11
CUENTOS Y aunque la oscuridad era reina del lugar, la podía ver perfectamente, estaba en una esquina de la barra, bebía una cerveza. De ella resaltaba su pálida piel fosforescente blanca que la hacía acompañar con un vestido negro que le llegaba hasta las rodillas. Era hermosa y me miraba fijamente a los ojos. Mi celular no dejaba de sonar, era Ediliana, mi esposa que no me dejaba de llamar. –En la disco no te voy a responder- dije mirando la pantalla del celular. Aquella preciosura árabe, porque para mí era árabe no me dejaba de mirar. Decidí acercarme a ella. Cuando la tuve al frente me di cuenta de sus ojos verdes, verdes como las aceitunas italianas. -Hola- La música sonaba demasiado alto, el juego de luces hacía que ella luciera aún más hermosa de lo que ya era. Y como si me leyera el pensamiento me respondió –Pensé que nunca te acercarías. Hasta creí que me ignorabas por tu celular, es que tu esposa no te deja en paz- riendo muy frágil mente, mentí –es mi mamá que quiere que la invité a comer. Pero ya que dices saber tanto de mí, por qué no me hablas de ti- Le dije mirando fijamente sus ojos. Ella me tomó por las palmas de la mano y me llevo a la pista. –Prefiriera bailar que hablar- y en efecto bailamos. Se movía perfectamente. El son de la música electrónica se adecuaba a sus caderas. Hizo sexys movimientos. Se acercó a mi entre pierna. En ese momento voltio y me vio provocativa mente a los ojos. La besé, ella se dejó, nos unimos en uno solo. Mientras tanto mi celular no paraba de sonar y vibrar.
Llegamos a su casa. –Ponte cómodo- me dijo, mientras ella iba al baño. Al momento salió. Estaba completamente desnuda. Su piel era blanca, muy blanca. Tenía unos medianos senos con pezones rosados, la boca se me hizo completamente agua. Baje más la vista y le vi su vagina. Estaba rasurada y era de un raro color. Estaba realmente suculenta. Se acercó a mí y comenzó a besarme. – me dijo desnúdate y lo hice- Mientras terminaba de quitarme el pantalón un olor a podrido invadió la estancia. –A qué huele – pregunté y una extraña voz de la nada me respondió –La mía- y aquella hermosa mujer se había transformado en algo tremenda mente horrible, seguía siendo la misma de las piernas para abajo, pero para arriba era una extraña serpiente blanca con brazos. Grite. Intenté correr y cuando estaba en la puerta se movió rápidamente. Me enguñó. Sentí como me tragaba completamente, como los músculos de su boca rompían mis huesos, el ácido gástrico de ella quemaba mi piel. Comencé a quedarme sin aire. – no puedo respirar- Todo se hizo negro.
*** Me desperté completamente sudado. –Ah, no no, por qué- Grité ¿Qué sucede mi amor? Preguntó Ediliana que también se despertó de golpe. -Solo fue un sueño, vuelve a dormir- Le dije mientras le daba un beso en la frente y le susurraba un “Te amo”. Y luego me dije a mí mismo. –Solo fue un sueñoOsiris Van Hart
Al cabo de un rato, ella me dijo, que debíamos mudar la fiesta a su apartamento. Me volvió a tomar por la mano y salimos de la disco. Fuimos a su casa, vivía relativamente cerca.
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ENTREVISTA
¿Cómo funciona el sistema procesal internacional en Venezuela? Cuando surge un conflicto entre partes con residencia en distintos países, se plantean una serie de interrogantes antes de dar inicio a los actos procesales como tal.
¿Qué Tribunal sería competente para conocer el fondo del asunto? Los tribunales de un país determinado tiene la facultad de conocer sobre los juicios que se intenten contra personas domiciliadas en ese país.
¿Cuantos Tribunales pueden intervenir?
La jurisdicción puede extenderse en cuanto sea necesario en relación a la problemática entre personas que tienen su domicilio fuera de los límites territoriales del Estado sentenciador, pero a la final sólo en aquellos supuestos expresamente señalados en la ley serán los que tendrán la facultad de dictar una decisión final.
¿Que factores deben considerarse en el proceso civil internacional? Bueno, esos factores son la competencia judicial internacional, las normas para el procedimiento y el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras en el país. 15
EL PROCESO EN VENEZUELA
El arbitraje es el método alternativo de solución de conflictos por excelencia en el ámbito comercial, constituyéndose para la comunidad nacional e internacional, en el mecanismo idóneo para resolver los conflictos que de estas actividades se deriven
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A través de este mecanismo, una o más personas, natural(es) o jurídica(as) involucradas en un conflicto de carácter transigible, difieren su solución a un tribunal arbitral, el cual resolverá de manera definitiva el conflicto, profiriendo una decisión denominada laudo arbitral.
El Arbitraje Comercial Internacional. Es el medio más utilizado para resolver controversias privadas en materia comercial por su amplio alcance, flexibilidad y celeridad en la resolución de disputas. El arbitraje será internacional cuando se encuentre enmarcado dentro de los criterios que cada legislación haya acogido para tal fin. A manera de ejemplo, existen legislaciones que entienden que se trata de arbitraje internacional, cuando el arbitraje tenga por objeto una controversia derivada de relaciones de comercio internacional (criterio económico material); ó cuando las partes ó los árbitros sean de nacionalidades diferentes ó cuando el domicilio o residencia de las partes se encuentren en Estados distintos (criterio jurídico formal); ó cuando así se derive de factores directamente relacionados con la controversia, tales como el lugar de celebración del contrato, lugar de ejecución del contrato, nacionalidad o ubicación de la institución arbitral, lugar en que se llevará a cabo el arbitraje, lugar en donde se hará efectivo el laudo, la ley seleccionada como ley sustantiva, o la ley seleccionada como ley de procedimiento, entre otros.
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El arbitraje comercial internacional y el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras cuenta con una amplia trayectoria por parte de los países miembros quienes adoptaron, en 1975 y 1979, dos convenciones: Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional Convención de Panamáy Convención Interamericana sobre Eficacia Extraterritorial de las Sentencias y Laudos Arbitrales Convención de Montevideo.
EN LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA) 19
EN EL DEPARTAMENTO DE DERECHO INTERNACIONAL (DDI) Entre sus funciones, el DDI realiza y promociona actividades destinadas a unificar y armonizar las legislaciones de los países Miembros en el campo del derecho internacional público y privado, incluyendo los aspectos jurídicos de la integración económica regional y el arbitraje internacional.
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EN LOS PAÍSES MIEMBROS Diversos países de las Américas han avanzado en la consolidación de ambientes atractivos para las inversiones y el comercio internacional a través de la revisión de sus legislaciones en materia de arbitraje, incluyendo cuestiones relativas al reconocimiento de decisiones arbitrales. Sin embargo, algunos continúan enfrentando retos para establecerse como mercados aptos para la inversión, situación que puede revertirse, no solo con la adopción de legislaciones que recepten las tendencias internacionales, sino también fortaleciendo la agilidad de los sistemas judiciales y su capacidad de garantizar la correcta aplicación de las normas jurídicas internacionales que rigen el arbitraje comercial internacional.
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EN EL COMERCIO INTERNACIONAL El Arbitraje Comercial Internacional es un tema de particular relevancia para comerciantes que prefieren invertir en países con mayor estabilidad política, marcos legales claros y mercados consolidados. La presencia de estas condiciones son clave para asegurar que sus disputas se resolverán en concordancia con las disposiciones contenidas en las cláusulas arbitrales que han suscrito y que las sentencias que de ellas se deriven se ejecuten en los tribunales nacionales conforme con los principios y las normas aceptados a nivel internacional.
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CRONICAS La novela de García Márquez es muy repetitiva y no es lineal, así que te la contaremos de una manera fácil y en orden cronológico. No es lo que el autor pretendía, pero seguro es más fácil de entender. Seis meses antes del "incidente", Bayardo San Román llegó al pueblo como si de lo más maravilloso después la invención del pan rebanado se tratara. Nadie sabe quién es, lo único que se sabe es que va en búsqueda de una esposa. Al parecer, todo esto a nadie del pueblo le parece sospechoso, así que haremos como si a nosotros tampoco. Un día elige, al azar, a Ángela como su futura esposa, a pesar de que ella no mostró ningún tipo de interés en él. Su amor no correspondido corresponde a su carácter sospechoso, hecho que todos parecen ignorar debido a que el tipo es más rico que Bill Gates. De todos modos, que Ángela no ame a Bayardo no es el único problema. Ella tiene un secreto: no es virgen. A la empobrecida familia de Ángela no le importa este detalle y se puede decir que la obligan a casarse con Bayardo. Cuatro meses después, el pueblo festeja la boda más grande que jamás se haya visto. Todas las personas importantes (y otras que no) van a la fiesta. Pero todo se viene abajo la noche de bodas, cuando se revela que Ángela no es virgen.
Bayardo la devuelve a su casa, donde su mamá la golpea durante dos horas. Ella le cuenta a sus hermanos que fue Santiago quien la desfloró y, en ese momento, es cuando comienza el plan de asesinato. 24
Al día siguiente, el pueblo aún continúa festejando debido a una supuesta visita del Obispo. Incluso tienen preparada una desmesurada cantidad de gallos para preparar su comida favorita, la sopa de crestas. De modo que, pese a que es lunes, nada marcha como en un lunes común y corriente, hecho desafortunado para Santiago. En las horas sucesivas, todo lo que podría llegar a salir mal, sale muy mal. Es la comedia más negra que hayas visto. A las seis de la mañana, ya sabe toda la gente del pueblo que los hermanos van a matar a Santiago, pero nadie hace nada. A pesar de que los hermanos no quieren matarlo, nadie los detiene. ¿Qué sucede en este pueblo? Al final, a Santiago lo matan en la puerta de su propia casa. Después del asesinato, nadie puede dejar de hablar del tema. La familia de Ángela deja la ciudad y lo mismo hace quien fue su esposo durante cinco horas. Incluso hay un juicio, pero el único resultado del mismo son unos lindos registros escritos con tinta roja. Años más tarde, nuestro narrador recorre el pueblo y habla con sus habitantes. Intenta obtener alguna verdad, pero lo único concreto que consigue desvelar es la triste realidad: que Santiago está muerto. Ey, nunca dijimos que sería un final feliz.
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CONVENIOS INTERNACIONALES
OPINIÓN PÚBLICA ¿Que es para usted la cooperación? Para mi cooperar es trabajar en común con un grupo de personas o entidades mayores hacia un objetivo compartido. ¿Cómo entiende usted el proceso de cooperación?
La cooperación Judicial internacional consiste en la colaboración judicial, entre países, con el fin de luchar contra el delito ubicando a los autores de hechos ilícitos que han traspasado las fronteras de donde lo han cometido. La piratería aérea, el terrorismo internacional y la lucha contra el tráfico de drogas, son dos delitos que requieren unión para luchar contra ellos, que exceden la tradicional forma de cooperación que era la extradición de delincuentes. El Estado requerido deberá examinar si el delito imputado es también delito en su propio Estado. 26
Bueno yo entiendo que para trabajar en cooperación se usan métodos comunes, en lugar de trabajar de forma separada.
POSTRES VENEZOLANOS
Ingredientes: 1 litro de leche 2 cucharadas de margarina 5 huevos 1 taza de pan rallado 1 taza de queso blanco rallado 3 tazas de azúcar Vainilla al gusto o licor
Preparación Bata los huevos con el azúcar hasta que triplique el volumen y luego incorpore la margarina, el queso blanco y el pan rallado batiendo muy bien en cada añadidura, de último agregar la leche y la ralladura de limón. Vierta en un molde previamente engrasado y enharinado, cocine en horno precalentado 200 grados por 30 minutos aproximadamente, hasta que se vea dorado.
Nota Receta de tiempos de colonia en Venezuela, donde se adicionan almibares y aromas de vainilla. Se aprovechan algunos productos como el pan duro, que rallado se une a un buen queso fresco, huevos y mantequilla entre otros elementos que dan forma a un bizcocho esponjoso y húmedo. En la historia ha pasado por paladares de personajes importantes como el propio Simón Bolívar, quien era entusiasta consumidor de esta torta.
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ARTICULO DE INTERES
¿Cómo puede un Estado ser cooperador? Se solicita la cooperación basándose en los principios de reciprocidad y confianza, mediante un escrito, donde el Estado requerido llevará a cabo lo solicitado de acuerdo a las normas procesales de su propio Estado. El término Cooperación Internacional (CI) se ha asociado tradicionalmente al concepto de ayuda, más específicamente a lo que se denomina ayuda para el desarrollo, lo que a su vez se ha traducido en “transferencia o intercambio de recursos y asistencia técnica por vía concesional, de un país a otro”. No obstante, el uso actualizado del término se asume de un modo más amplio como “el conjunto de acciones a través de las cuales se establecen políticas y se coordinan esfuerzos dirigidos a lograr objetivos comunes en el plano internacional” 28
Lo que debes saber antes de profundizar una investigación basada en cooperación internacional ………………………………………………………………………………………………………
Por Giulia Massobrio y Kjeld Jacobsen Caracas-Venezuela Desde la década de 1970, varios países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en particular los europeos, han comenzado a destinar una parte de sus recursos públicos para la Cooperación Internacional para el Desarrollo, gestionada por sus centrales sindicales y agencias de cooperación de organizaciones de la sociedad civil de los países industrializados. Estos recursos fueron importantes para apoyar el establecimiento o restablecimiento de los sindicatos reprimidos por los gobiernos dictatoriales en varios países de América Latina, África y Asia, y para apoyar la sociedad civil en los países en desarrollo. Por otro lado, esta política de cooperación presentó varios problemas, como la insuficiencia de recursos, limitación temática, condiciones inadecuadas, análisis de objetivos insuficiente, dificultades de operacionalización, entre otros. Sin embargo, estos problemas se resolvieron en lo posible por medio del diálogo democrático entre donantes y receptores.
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Mientras tanto, fueron elaboradas varias propuestas, como por ejemplo la adopción de un nivel mínimo de 0,7 % del PIB para financiar la cooperación internacional, el criterio 20-20 para fijar contrapartidas, los nuevos métodos para desarrollar proyectos y medir resultados, entre otros. Desde la década de 1980, se percibió que la transferencia total de recursos que los países “en desarrollo” pagaban a los países “desarrollados” a título de deuda externa comenzó a superar en hasta tres veces la cantidad invertida en la cooperación internacional de los países industrializados. Por otra parte, en la década de 1990 –que fue la década de conferencias sociales de la ONU– quedó evidente que los objetivos y metas aprobadas por la ONU eran totalmente incompatibles con las directrices económicas draconianas emitidas por las instituciones económicas internacionales como el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Mundial y la Organización Mundial del Comercio (OMC).
SABÍAS QUE…
El método del exequátur es esencial al momento de cooperar. El exequátur es el reconocimiento jurídico que un Estado otorga a las sentencias judiciales emanadas por los tribunales de otro estado, para que las mismas sean válidas. La legislación venezolana regula la materia relativa al exequátur a través de diferentes normas.
¿Cuáles son esas normas? La Ley de Derecho Internacional Privado.
El Código de Procedimiento Civil.
La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia .
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Sistemas que hablan sobre las Sentencias Extranjeras
1- Sistema de Inejecución Absoluta Consiste en el no reconocimiento de la sentencia judicial extranjera, es decir que dicha sentencia no produce efecto de cosa juzgada, y por ende no puede ser 4 ejecutada.
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2-Sistema de Ejecución Plena Sin Exequátur En este caso la sentencia extranjera produce efectos sin que sea necesario un nuevo procedimiento previo de exequátur, esto siempre que dicho fallo cumpla con ciertos requisitos formales.
3-Sistema de Ejecución Automática Este sistema señala que la sentencia extranjera toma plena eficacia sin el seguimiento del procedimiento de los órganos jurisdiccionales, es decir una vez dictado el fallo no necesita el exequátur para gozar de eficacia.
HISTORIAS DE VIDA
EL MAESTRO Y EL ALACRÁN Un maestro oriental que vio cómo un alacrán se estaba ahogando, decidió sacarlo del agua, pero cuando lo hizo, el alacrán lo picó. Por la reacción al dolor, el maestro lo soltó, y el animal cayó al agua y de nuevo estaba ahogándose. El maestro intentó sacarlo otra vez, y otra vez el alacrán lo picó. Alguien que había observado todo, se acercó al maestro y le dijo: Perdone, ¡pero usted es terco! ¿No entiende que cada vez que intente sacarlo del agua lo picará?" El maestro respondió: "La naturaleza del alacrán es picar, y eso no va a cambiar la mía, que es ayudar". Y entonces, ayudándose de una hoja, el maestro sacó al animalito del agua y le salvó la vida. No cambies tu naturaleza si alguien te hace daño; sólo toma precauciones.
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ACTUACIÒN VENEZOLANA
EXTRADICIÒN Es el proceso de asistencia internacional por excelencia, el cual tiene como fin combatir la impunidad de quienes evaden la acción de la justicia, a través del refugio en un país distinto a donde cometieron el hecho punible. La extradición se lleva a cabo por medio de un conjunto de acciones donde una persona acusada o condenada por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro y devuelta para ser enjuiciada.
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Principios que rigen la extradición en Venezuela Para que la extradición proceda, se deben cumplir una serie de requisitos los cuales van a garantizar su correcta aplicación, la legislación venezolana adopta diversos principios. Principio de no entrega de los nacionales. Artículo 69 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este principio prohíbe la extradición de venezolanos y venezolanas. Principio de Doble Incriminación. Se refiere a que es necesario que el hecho que motiva la solicitud sea considerado delito tanto en la legislación del Estado requirente como en la del requerido. Artículo 6 del Código Penal Venezolano. Principio de no extradición por delitos políticos. Según el artículo 6 de nuestra ley sustantiva, la extradición de un extranjero no podrá concederse por delitos políticos ni por infracciones conexas con estos delitos.
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Principio de denegación de la Extradición en caso de pena de muerte, pena privativa de la libertad a perpetuidad o superior a treinta años. No se acordará la extradición de un extranjero acusado de un delito que tenga asignada en la legislación del país requirente la pena de muerte o una pena perpetua. Principio de especialidad de la extradición. En este punto el Estado requirente se compromete a juzgar al sujeto requerido sólo por el hecho por el cual ha solicitado su extradición y no por otro distinto. Prescripción de la acción penal o de la pena. No se concederá la extradición si la acción penal o la pena han prescrito conforme a la legislación interna del Estado requirente o la del Estado requerido.
Todo lo que debes saber sobre extradición activa y pasiva
La extradición activa es cuando Venezuela interviene como Estado requirente, solicitando a otro la entrega de una persona que se encuentra en su territorio, bien para juzgarla o para que cumpla la pena que le ha sido impuesta, se inicia con la solicitud del juez de control a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, previa instancia del Ministerio Público, cuando este sujeto procesal tuviere noticias de que un imputado al cual se ha dictado una medida cautelar de privación de libertad, se halla en país extranjero.
Es importante saber… ¿Que pasa en caso de fuga de quien este cumpliendo condena? El trámite ante la Sala Penal debe iniciarlo el Juez de Ejecución, quien es el legitimado para solicitar el inicio del trámite de extradición si se requiere el cumplimiento de la pena impuesta no ejecutada o la pena cuyo cumplimiento se hubiere quebrantado. 36
REFLEXIONES
EL ÉXITO Y TÚ ¿Cuántas veces nos hemos propuesto algo en la vida, y lo dejamos por falta de fe o de confianza en nuestro éxito? Doy por seguro que ha ocurrido muchas veces, al menos, a mi me ha pasado muchas, porque todos emprendemos proyectos o desafíos en la vida, y que luego, por diversas razones no acabamos de conseguir. Lo cierto es que no todo en esta vida se consigue fácilmente y necesitamos para salir adelante, mucha fuerza de voluntad y perseverancia. Lo normal es experimentar dificultades, situaciones que no salen como uno las planea generalmente. Eso no quiere decir que lograr la meta trazada sea imposible, como muchos interpretan, sino que es todo lo contrario: demoramos un poco más pero eso es todo. ¡La actitud que ponemos es la clave de todo!. ¿Cómo uno afronta un problema?, ¿Qué posición tomas frente a una inconveniencia? Tener la actitud correcta hace toda la diferencia. La idea esencial es tratar de ver las dificultades como oportunidades. Los obstáculos pueden ayudar a sacar lo mejor de ti, porque la perseverancia es clave, pero el esfuerzo es tu arma secreta segura al éxito. Saber identificar el problema correctamente es importantísimo para estar enfocados en buscar la mejor manera de solucionarlo, dispuestos a probar cosas nuevas, hallar las soluciones fuera de lo habitual y lejos de nuestra área de confort y seguridad. Recuerda, si abandonas un proyecto a la mitad del camino nunca sabrás cuál hubiese sido el resultado final. ¡No renuncies nunca… persevera y triunfarás! 38
TSJ El plazo para que el Tribunal Supremo de Justicia decida sobre la procedencia o no de la solicitud de extradición, es de treinta días contados a partir del recibo de la documentación pertinente. En caso de que la declarare procedente debe remitir copia de lo actuado al Ejecutivo Nacional.
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El Ejecutivo Nacional Puede solicitar al Estado requerido la detención preventiva de la persona solicitada y la retención de los objetos concernientes al delito. Si se efectuaren tales diligencias la petición de extradición deberá formalizarse dentro del lapso previsto en la convención, tratado o normas de derecho internacional aplicable.
Ministerio de Relaciones Exteriores Es el órgano encargado de tramitar por vía diplomática la solicitud de extradición, debe certificar y hacer las traducciones cuando corresponda, y presentar tal solicitud ante el gobierno extranjero en el plazo máximo de sesenta días.
La extradición pasiva es el requerimiento que un Estado de la comunidad internacional efectúa a Venezuela a fin de que entregue a una persona que se encuentra en este territorio, se inicia con la solicitud que el gobierno extranjero presenta al Poder Ejecutivo, solicitud que este debe remitir al Tribunal Supremo de Justicia con la documentación recibida.
Es importante saber… En caso de que la solicitud de extradición se presente sin la documentación judicial necesaria, pero con el ofrecimiento de producirla después, y con la petición de que mientras se produce se aprehenda al imputado, el tribunal de control, a solicitud del Ministerio Público puede ordenar, según la gravedad, urgencia y naturaleza del caso, la aprehensión de aquél, señalando un término perentorio, que no excederá en ningún caso los sesenta días continuos, para la presentación de la documentación.
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ENTRETENIMIENTO
GLOSARIO
ARBITRAJE.
Es una forma de resolver un litigio sin acudir a
la jurisdicción ordinaria.
ASILO.
Práctica de protección y amparo hacia personas por diferentes motivos y situaciones.
BIENES.
Se refieren a cualquier cosa, tangible o intangible, que sea útil para el hombre y le satisfaga, directa o indirectamente, algún deseo o necesidad individual o colectiva, o que contribuya al bienestar de los individuos.
COMERCIO.
Actividad económica del sector terciario que se basa en el intercambio y transporte de bienes y servicios entre diversas personas o naciones.
DERECHO.
Orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica.
EXTRANJERO.
Persona que nació en un país de soberanía
distinta.
FALLO.
Es la decisión de un asunto dudoso o controvertido que toma un organismo competente para resolverlo.
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GENOCIDIO.
Crimen consistente en actos realizados con la intención de destruir un grupo nacional, étnico o religioso.
HOMOLOGACIÓN.
Expresión frecuente en derecho procesal refiriéndose a la confirmación por el juez de ciertos actos y convenios de las partes.
INMUNIDAD.
Exención
o
liberación
de
cargas
personales o reales.
JURISDICCIÓN. Es la competencia de una autoridad judicial, sea desde el punto de vista geográfico, sea en lo que concierne a la cuantía del litigio.
LEY.
Norma emanada de la Asamblea Nacional en el ejercicio de su potestad legislativa.
MERCADO.
Conjunto de transacciones de procesos o intercambio de bienes o servicios entre individuos.
NACIÓN.
Agrupación de hombres que tienen entre sí afinidades fundadas en elementos comunes a la vez objetivos (raza, idioma, religión, modo de vida) y subjetivos (recuerdos comunes, sentimientos de parentesco espiritual, deseos de vivir juntos), que los unen y los distinguen de los pertenecientes a otras agrupaciones nacionales.
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OBLIGACIÓN.
Vínculo jurídico por el cual una o varias personas están obligadas a dar, hacer o no hacer algo respecto de otra u otras personas, en virtud de un contrato.
PRUEBA.
Actuación procesal por la que las partes intentan acreditar los hechos alegados una demanda, en el acto de contestación de la misma.
RECIPROCIDAD.
Forma más común de intercambio en el ámbito del comercio y de las actuaciones jurídicas.
SENTENCIA.
Resolución judicial que decide definitivamente un proceso o una causa o recurso o cuando la legislación procesal lo establezca.
TAXATIVO. Enunciado de proposiciones o supuesto de hecho, con sentido limitativo; es decir, que no es susceptible de ampliarse. Es lo contrario de ejemplificativo o enunciativo.
UNIVERSALIDAD DE DERECHO. Conjunto que integran bienes transmisibles.
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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
http://www.oas.org/es/sla/ddi/arbitraje_comer cial_catalogo_leyes_jurisprudencia.asp http://www.un.org/es/index.html https://fernandezrozas.com/category/derechointernacional-privado/ https://citaslegalizaciones.mppre.gob.ve/
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