Conceptos generales de las cuentas de compensación

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Conceptos generales de las cuentas de compensaci贸n


El departamento de cambios internacionales (DCIN) del Banco de la República publicó una guía para diligenciar el formulario de cuentas de compensación; a continuación tenemos algunos conceptos de la misma.

Titulares de Cuentas de Compensación: Son cuentas bancarias en moneda extranjera constituidas por residentes en entidades financieras del exterior, las cuales al momento de realizar la primera operación de cambio de obligatoria canalización a través de ellas adquieren su naturaleza de compensación y deben ser registradas ante el Banco de la República, conforme a lo estipulado en el artículo 56 de la R.E. 8/00 J.D., en los términos y condiciones previstos en el numeral 8.2., Capítulo 8 de la DCIN-83.


Entidades de Control Las entidades de control que rigen el régimen cambiario son el Banco de la República y la DIAN. Operaciones de cambio: Son aquellas comprendidas dentro de las categorías señaladas en el artículo 4 de la Ley 9 de 1991: 1. Los actos, contratos y operaciones de adquisición, tenencia o disposición de bienes o de derechos en el extranjero realizados por residentes, y los actos, contratos y operaciones de adquisición, tenencia o disposición de bienes o derechos en Colombia por parte de no residentes. 2. Los actos, contratos y operaciones en virtud de los cuales un residente resulte o pueda resultar acreedor o deudor de un no residente y los actos de disposición sobre los derechos u obligaciones derivados de aquéllos.


3. La tenencia, adquisición o disposición de activos en divisas por parte de residentes o, cuando se trate de no residentes, la tenencia, adquisición o disposición de activos en moneda legal colombiana. 4. Las entradas o salidas del país de divisas o moneda legal colombiana y de títulos representativos de las mismas. 5. Los actos en virtud de los cuales se produzca la extinción de obligaciones entre residentes y no residentes. Y las comprendidas en el artículo 1 del Decreto 1735 de 1993: “Defínase como operaciones de cambio todas las comprendidas dentro de las categorías señaladas en el artículo 4o. de la Ley 9a. de 1991, y específicamente las siguientes:” 1. Importaciones y exportaciones de bienes y servicios; •Inversiones de capitales del exterior en el país;


2. Inversiones colombianas en el exterior; 3. Operaciones de endeudamiento externo celebradas por residentes en el país; 4. Todas aquellas que impliquen o puedan implicar pagos o transferencias de moneda extranjera entre residentes y no residentes en el país; 5. Todas las operaciones que efectúen residentes en el país con residentes en el exterior que impliquen la utilización de divisas, tales como depósitos y demás operaciones de carácter financiero en moneda extranjera; 6. Las entradas o salidas del país de moneda legal colombiana y de títulos representativos de la misma, y la compra en el exterior de moneda extranjera con moneda legal colombiana o títulos representativos de la misma;


7. Las operaciones en divisas o títulos representativos de las mismas que realicen el Banco de la República, los intermediarios del mercado cambiario y los demás agentes autorizados, con otros residentes en el país. ¿Qué es una declaración de cambio? Es una declaración juramentada contenida en un formulario, en el cual se consigna la información sobre el monto, características y demás condiciones de la operación de cambio que se celebre. ¿Cómo se debe presentar la declaración de cambio? Se debe suscribir y presentar personalmente por quien realiza la operación, su representante, apoderados generales o mandatarios especiales aunque no sean abogados. Las calidades de representante legal, apoderado o mandatario especial se presumirán en quienes se anuncien como


tales al momento de presentar la declaración de cambio. La declaración de cambio por operaciones realizadas a través de los intermediarios del mercado cambiario deberá presentarse ante esas entidades. La declaración de cambio por operaciones realizadas a través de las cuentas de compensación se debe diligenciar por parte del titular de la cuenta y conservarse para cuando las entidades de control cambiario la requieran. ¿Cuántas clases de declaraciones de cambio existen? De acuerdo con la clase o concepto de la operación, existen las siguientes clases de formularios de declaraciones de cambio: Por importaciones de bienes (Formulario 1) Por exportaciones de bienes (Formulario 2) Por endeudamiento externo (Formulario 3) Por inversiones internacionales (Formulario 4) Por servicios, transferencias y otros conceptos (Formulario5)


En Lyntik quisimos entregarle un resumen de cómo funcionan y qué son las cuentas de compensación, agregue su comentario si le gusta este artículo o desea agregarle algo. Nos gustaría conocer su opinión.


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