Políticas Penitenciarias con enfóque de género

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DIVISIÓN DE REINSERCIÓN SOCIAL MINISTERIO DE JUSTICIA


Índice

I. INTRODUCCIÓN_________________________________________ Pág. 2 II. DIAGNÓSTICO_________________________________________ Pág. 4 III. MESA DE TRABAJO POLÍTICAS PENITENCIARIAS CON ENFOQUE DE GÉNERO_________ Pág. 10 IV. PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE REINSERCIÓN PARA MUJERES PRIVADAS DE LIBERTAD____ Pág. 12 1. Programa de competencias sociales para mujeres 2. Programa residencias transitorias para niños y niñas con sus madres privadas de libertad 3. Programa Abriendo Caminos V. ACCIONES DESTINADAS A PREVENIR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER___________ Pág. 21 1. Mecanismos de protección a víctimas de violencia intrafamiliar en el sistema de penas sustitutivas VI. OBRAS DE INFRAESTRUCTURA_________________________________ Pág. 24

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I. INTRODUCCIÓN

a prisión es para la mujer un espacio discriminador y opresivo, particularmente por el significado que asume el encierro para ellas. Esta experiencia es doblemente estigmatizadora y dolorosa, debido al rol tradicional que la sociedad le ha asignado como madre y cuidadora de sus hijos.

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a cabo programas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres y para contrarrestar prejuicios, hábitos y todo tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros, o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer, que legitiman o exacerban la violencia contra la mujer.

Diversos análisis que abordan el tema en Chile y en América Latina constatan que la marginación y los abusos que la mayoría de las mujeres han sufrido durante su vida, continúan al momento de ser encarceladas, porque el sistema penitenciario fue diseñado para el cumplimiento de condena de los hombres, sin considerar las características y necesidades femeninas.

Chile ratificó el 10 de diciembre de 1989 la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres”, con lo que se comprometió a impulsar políticas públicas que permitan la igualdad entre los géneros, el acceso a servicios y ocupaciones para lograr la autonomía y proteger a las víctimas de la violencia en caso de que sea necesario.

En el estudio “Diagnóstico de las necesidades de grupos vulnerables en prisión”, realizado en el año 2010, se evidencia que, si antes del encierro eran mujeres marginadas, posteriormente lo son más aun, porque se transforman en “malas mujeres”, que han abandonado a su familia, por lo tanto, al sentimiento de abandono que suelen tener le suman el de la culpa.

Asimismo, se ha contemplado la situación de las mujeres que son víctimas de violencia intrafamiliar, implementando programas específicos para los agresores y estableciendo el uso de modernas tecnologías -como el monitoreo electrónico- con el fin de controlar el cumplimiento de resoluciones judiciales que impongan medidas de protección hacia las mujeres, como prohibiciones de acercamiento de condenados por delitos de violencia intrafamiliar, entre otros aspectos.

Las reclusas son apartadas de sus lugares de residencia y, dada la escasez de recursos, raramente son visitadas por sus familiares. El alejamiento de sus familias puede afectarlas seriamente, al igual que a sus hijos, lo que explica los cuadros de depresión y estados de ansiedad que las afectan. El Estado de Chile ha asumido como una tarea prioritaria la construcción de una convivencia social que permita erradicar todas las formas de violación de los derechos humanos, dentro de las cuales se incluyen la discriminación y la violencia de género y los tratos degradantes hacia la mujer. Esto supone llevar

El Ministerio de Justicia ha constatado que la privación de libertad de las mujeres constituye una experiencia especialmente dura para ellas, que existen profundas desigualdades de género entre hombres y mujeres, en diversos ámbitos de la privación de libertad, que se arrastran desde hace muchos años, pero que es indispensable atenderlas hoy. En esa perspectiva, ha decidido llevar a cabo una serie de acciones que buscan mejorar las condiciones de vida de la mujer privada de libertad y favorecer su reinserción social.

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II. DIAGNÓSTICO

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hile, tal como ocurre a nivel mundial, ha experimentado un crecimiento de la población femenina recluida en centros penitenciarios. En efecto, durante la última década, entre los años 2005 y 2012 se observa un aumento de 99,1%1, pasando de 2.322 internas a 4.622 mujeres el 2012.

Número de mujeres recluidas en el sist. cerrado por año y calidad procesal (30 de junio)

Fuente: Sistema de Internos, Gendarmería de Chile

Dicho aumento adquiere mayor relevancia si se considera que el sistema penitenciario está pensado por hombres y para hombres, circunstancia que repercute en que no se consideren las características ni necesidades específicas de las mujeres. De hecho, del total de la población penal a junio del 2005 la población femenina representaba el 6,2% del total de población privada de libertad, el 2012 este porcentaje llega a 8,7%.

Distribución población reclusa en sistema cerrado, según sexo, 2005 - 2012

La Declaración de San José, suscrita el 9 de marzo de 2010 por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (COMJIB) en la cual Chile participa activamente, enfatiza el acceso a derechos de las personas penalmente privadas de libertad2 y, particularmente, resalta la necesidad del acceso a derechos específicos de las mujeres en contexto de encierro. Ello se logra mediante programas con visión de género y transversalidad, tales como alojamiento en lugares separados de los hombres; condiciones para que mantengan un vínculo constante con sus familias; la supervisión y registro por personal femenino; disponiendo de medios para las mujeres embarazadas y en período de lactancia. Otro aspecto fundamental es disponer de una atención especial para las mujeres que sustentan a sus familias.

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Fuente: Gendarmería de Chile, datos extraídos los 30 de junio de cada año.


El Ministerio de Justicia realizó un catastro para conocer las características específicas de la población femenina recluida en las unidades penales, que permitiera diagnosticar las condiciones generales del sistema penitenciario femenino. En este punto, es necesario señalar que, por tratarse de una población móvil, los datos fueron obtenidos a partir del año 2005, con corte al 30 de junio del año 2012, desde el Sistema de Internos de Gendarmería de Chile.

Características población femenina

Del total de mujeres recluidas a junio del 2012 (4.622), el 71,8% corresponde a mujeres condenadas, 28% a imputadas y 0,2% a procesadas. A diferencia del año 2005 cuando, si bien la mayoría de las reclusas eran condenadas (62,4%), las imputadas representaban sólo el 13,9% y las procesadas 23,8%.

Población recluida femenina según calidad procesal, 2012

Fuente: Sistema de Internos, Gendarmería de Chile

Entre 2005 y 2012 hubo un aumento de 129,2% en las mujeres condenadas y un 301,6% en las imputadas. En cuanto a las procesadas que se encuentran recluidas, disminuyeron en un 98%. Esto, obedece a que el año 2005 se consolidó definitivamente la reforma procesal penal en la Región Metropolitana, que implicó el desaparecimiento de la calidad de procesada, propia del antiguo sistema procesal de tipo inquisitivo y escrito.

Variación población reclusa femenina por calidad procesal , variación 2005 - 2012

Fuente: Sistema de Internos, Gendarmería de Chile

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“MUJERES Y CÁRCEL: DIAGNÓSTICO DE LAS NECESIDADES DE GRUPOS VULNERABLES EN PRISIÓN”, Ana Cárdenas, Universidad Diego Portales.

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Los delitos por los cuales las mujeres se encuentran recluidas, son relacionados mayoritariamente con drogas, los que a junio del 2012 representaban el 42,4%, seguido por robos y hurtos, con 16,3% y 11%, respectivamente.

Distribución de delitos cometidos por la población reclusa femenina, junio 2012

N= 7.618

Fuente: Sistema de Internos, Gendarmería de Chile

En cuanto a las edades de las mujeres privadas de libertad, se observa que la población recluida femenina es cada vez más joven. Así en el año 2005, el tramo etario más representativo se ubicaba entre 30 a 35 años; en cambio hoy, se ubica entre los 25 a 30 años de edad, a su vez, el tramo de 20 a 25 años de edad aumento en 9.317%, pasando de 6 reclusas para este tramo el año 2005 a 565 el año 2012.

Evolución mujeres recluidas según tramo etario, 2005 -2012

Fuente: Sistema de Internos, Gendarmería de Chile

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Respecto al nivel educacional de las mujeres que han perdido su libertad, los datos indican que 46,3% tienen educación básica, 47,9% educación media, 3,4% educación superior y 2,1% no poseen instrucción. El alto porcentaje que posee sólo educación básica refleja las escasas posibilidades laborales que tendría esta población para reinsertarse en el medio libre. Para dar respuesta a la necesidad de educación, se puede apreciar que en el 87% de las unidades penales que poseen población femenina existe oferta educacional, con una cobertura de 1.407 internas durante el primer semestre del 2012.

Distribución de mujeres reclusas según nivel educacional, junio 2012

Fuente: Sistema de Internos, Gendarmería de Chile

En otro ámbito, las comunas de donde provienen las internas, de acuerdo a lo que ellas declararon al ingreso, fueron principalmente, Puente Alto, Arica, Valparaíso, Antofagasta y La Pintana. En relación a la nacionalidad de la población femenina recluida en las cárceles, a junio del 2012, se observa que las chilenas correspondían al 88,6% del total de población femenina, mientras que las extranjeras representaban un 11,4%, esto es, 527 mujeres. De éstas, más de la mitad son de nacionalidad boliviana, le siguen la nacionalidad peruana que corresponden a 36,2% y muy por debajo las mujeres provenientes de argentina con 4,7%.

Distribución de la población reclusa femenina extranjera, según nacionalidad, junio 2012

Fuente: Sistema de Internos, Gendarmería de Chile

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Un reciente estudio del Centro de Políticas Públicas de la Universidad Católica, refiere las consecuencias sociales que genera el encarcelamiento de la mujer, las cuales se hacen más pronunciadas si se considera la condición eventual de madre, que incide en el rol de la crianza, apoyo emocional y económico de los hijos3. En nuestro país, 86,4% de las mujeres recluidas declara tener al menos un hijo, una minoría no es madre y en un 12,7% de los casos no existe información al respecto. Desde otro ángulo, aun cuando se reconocen las consecuencias que el encarcelamiento femenino podría impactar en la economía de una familia, se desconoce cuántas de éstas son jefas de hogar. En este sentido, se imponen nuevos desafíos de información que hasta ahora, no se habían visibilizado como necesarios, dado el cambio significativo que esto tiene para las familias que dependen económicamente de las mujeres, puesto que, las posibilidades de seguir cumpliendo dicho rol desde el encierro, son escasas.

Mujeres recluidas, que declaran ser madres, junio 2012

Fuente: Sistema de Internos, Gendarmería de Chile

Finalmente, la cantidad de mujeres que han accedido a beneficios en relación al total de mujeres que cumplían los requisitos y postularon a ellos, demuestra que el mayor porcentaje accede a permiso de salida de fin de semana y en segundo término, permiso de salida diaria.

Porcentaje de mujeres beneficiadas en relación al total de población penal femenina que solicitan el beneficio. (Primer semestre 2012)

Fuente: Unidades Penales, Gendarmería de Chile

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Impacto social de la prisión femenina, Centro Políticas Públicas, Pontíficia Universidad Católica de Chile, 2012.


III. MESA DE TRABAJO POLÍTICAS PENITENCIARIAS CON ENFOQUE DE GÉNERO

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omo se ha señalado, resulta claro que la población interna femenina tiene características de vulnerabilidad física y emocional que agravan la prisión en mayor medida que a los hombres, sobre todo por la separación de sus familias. De este modo, a pesar de representar un porcentaje menor, dentro del total de la población penal, sus necesidades particulares deben ser tomadas en cuenta especialmente, recalcando la urgencia de considerar el enfoque de género al momento de analizar las políticas públicas. En virtud de lo anterior, en abril de 2012, la Sra. Patricia Pérez Goldberg, entonces Subsecretaria de Justicia, y actual ministra de ésta Secretaría de Estado, convocó a una mesa de trabajo para analizar cómo imprimir el enfoque de género a las políticas penitenciarias, de cara a modificaciones reglamentarias que es necesario implementar en el corto plazo y que pueden impactar intensamente en la vida de las mujeres dentro de las unidades penales.

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Los expertos que integran la mesa son: Judith Schönsteiner, Directora Área Género y Derechos Humanos, Universidad Diego Portales. Javiera Navarro Marshall, Directora Escuela Psicología Universidad Alberto Hurtado. Olga Espinoza Mavila, Coordinadora del Área de Estudios Penitenciarios del Centro de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile. Carolina Villagra Pincheira, psicóloga investigadora del Centro de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile. Ximena Osorio Urzúa, Abogada, Directora Académica del Instituto de Estudios Judiciales, Coordinadora del Centro de Mediación de Santiago y profesora de la Universidad Católica del Norte. Javiera Blanco, Directora Ejecutiva Fundación Paz Ciudadana. Ana María Morales, Fundación Paz Ciudadana. Miguelangel Jimenez, Gendarmería de Chile. Aracelly Toro, Gendarmería de Chile. María Teresa Díaz, Gendarmería de Chile. Fernando Lagos Espinoza, Gendarmería de Chile.

Durante las sesiones de la Mesa, se puso de manifiesto que las desigualdades de género entre hombres y mujeres son condicionantes sociales y culturales prexistentes que el sistema penitenciario debe atender, lo que exige tomar medidas en las esferas sociales, políticas y culturales para asegurar la igualdad y el pleno desarrollo de la mujer en todo ámbito, incluso en el carcelario. Los establecimientos penitenciarios no estaban preparados para hacer frente a las necesidades de las mujeres, ya que su permanencia en ellos era excepcional. En efecto, no es posible desconocer que históricamente se construyeron para atender

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María Angélica Aguirre, Gendarmería de Chile. Christian Alveal, Gendarmería de Chile. Hermana Nelly León Correa, Fundación Levántate. Catalina Lagos Tschorne, Corporación Humanas. Camila Maturana, Corporación Humanas. Claudia Castelletti, Defensoría Penal Pública. Solange Huerta, Ministerio Público. Esperanza Cueto, Comunidad Mujer. Viviana Paredes, Subdirectora del Servicio Nacional de la Mujer. Daniela Sarras, asesora Subsecretaria Sernam. Mónica Maldonado, Fiscal Judicial de la Excma. Corte Suprema. Eduardo Sepúlveda, Fiscalía Judicial. Soledad Orellana, Jueza de Garantía. Ana María Stuven, Pontificia Universidad Católica. Lidia Casas, Universidad Diego Portales. Reverendo Padre Luis Roblero. Paula Salvo, Instituto Nacional de Derechos Humanos.

las características y problemáticas de la población masculina. Así, en el desarrollo de la vida al interior de las cárceles, la mujer se ve enfrentada a lidiar con un entorno y un sistema que procura la reinserción, pero que se ha confeccionado desde el paradigma masculino; idea matriz que ignora las especificidades del género. En este escenario, el Ministerio de Justicia planteó a la Mesa una serie de materias en las cuales se podrían introducir modificaciones de acuerdo al enfoque de género en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, contenido en el DS 518, como en el Reglamento de Libertad Condicional, contenido en


el Decreto 2.442, que fueron debatidos y complementados por los asistentes. Finalmente, en noviembre de 2012, participó en las reuniones de la Mesa la Baronesa Vivien Stern, quien es Senior Research Fellow del Centro Internacional de Estudios Penitenciarios (ICPS) del King College de Londres, quien tuvo la oportunidad de conocer el Centro Penitenciario Femenino, CPF, de San Miguel, y luego expuso su visión sobre la situación del sistema penitenciario femenino chileno. Entre los principales aspectos a los que se refirió fue constatar que siempre la mujer representa una minoría de la población penitenciaria, que deben enfrentar una realidad que no está pensada para ellas porque se proyectaron sobre al base de las características masculinas; por ejemplo, la infraestructura. En este aspectos e considero que es más frecuente que los hombres quieran escapar o son más proclives a intentarlo, por lo tanto, tienen murallones enormes, alambres de púas, personal armado y capacitado para enfrentar este tipo de situaciones. En cambio, rara vez, se ha observado de alguna mujer que intente fugarse de una unidad penal, trepando las paredes y saltando la línea de fuego. En este sentido, una de las disyuntivas que enfrentan los Estados ante al aumento de la población femenina, se refiere a la infraestructura. En este punto, se sugieren dos opciones; la primera es tener una cárcel especial para mujeres, la mayoría de las veces lejos de la capital, lo que tiene como consecuencia el alejamiento de sus familias o, la segunda es crear pequeñas unidades carcelarias repartidas a lo largo del país al lado de las cárceles masculinas, pero que también están pensadas para hombres, por lo cual, no recogen las necesidades femeninas. Otro dilema, se refiere a la experiencia del embarazo y la maternidad, puesto que en algún momento el hijo debe sepa-

rarse de la madre. Se debe reconocer que nunca es un buen momento para separar a una madre de su hijo. Sin embargo, tampoco es bueno que los niños o niñas vivan en las cárceles. Sobre esta materia, la Baronesa Stern, mencionó que en el caso de Australia por ejemplo, los niños son separados de sus madres inmediatamente al momento de nacer, para ser llevados al servicio social o con la abuela. De la misma forma, indicó que las mujeres presas son el segmento más vulnerable de un país. En todo el mundo se caracterizan por ser, en su mayoría, madres solteras, víctimas de abusos, que antes de estar presas vivían en un entorno desfavorable. Generalmente señaló la experta inglesa, que las mujeres son condenadas por dos tipos de delitos, de narcotráfico u homicidio de su pareja. A lo que agregó que en Inglaterra la población penal femenina presenta severos trastornos mentales, por lo que el personal debe capacitarse para evitar que las internas se auto infrinjan lesiones, como forma de liberar el stress y la depresión. Finalmente, sostuvo que cuando un Estado encierra a una persona, tiene el deber de cuidarla y de hacerse cargo de su seguridad. En este sentido, señaló que se formó una muy buena impresión de las condiciones de habitabilidad de quienes se encuentran privadas de libertad en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, como también, en el Centro Penitenciario Femenino de San Miguel. Es más, indicó que la cárcel de San Miguel, es una de las mejores que ha visitado, pues aunque en Inglaterra llevan 5 años trabajando en mejorar las condiciones que viven las mujeres en las cárceles, lo único que se logró es que no tuvieran que desvestirse y ser inspeccionadas al pasar de un módulo a otro. Asimismo, valoró el esfuerzo interinstitucional por preocuparse del bienestar y dignidad de las mujeres en un contexto de encierro.

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IV. PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE REINSERCIÓN PARA MUJERES PRIVADAS DE LIBERTAD

1. PROGRAMA DE COMPETENCIA SOCIAL PARA MUJERES

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urante el año 2012, el Ministerio de Justicia implementó un programa de intervención especializado para mujeres condenadas en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago. Se concibió como una oferta adicional a los programas de reinserción social que se realizaban con anterioridad y su principal objetivo fue focalizar la intervención en los factores de riesgo de reincidencia e incorporar en su diseño la perspectiva de género.

El desarrollo de esta iniciativa se enmarca en la necesidad de fortalecer los actuales procesos de intervención en mujeres privadas de libertad que cumplen condena, mediante la incorporación de enfoques teóricos y procedimientos para la gestión de caso, junto con extender su aplicación en el mediano plazo a todas las unidades penales donde existan mujeres condenadas. Sin embargo, no sólo se aspira a instalar un programa de intervención validado para favorecer la reinserción social de las mujeres condenadas durante el período de cumplimiento de la pena, sino que también como una instancia que genere evidencia nacional en materia de intervención penitenciaria y que favorezca el desarrollo de futuros programas centrados en las necesidades de este sector de la población privada de libertad.

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La experiencia documentada en torno a la delincuencia femenina, ha sido clara en sostener que los procesos de reinserción social se han diseñado, en su mayoría, tomando como modelo las prácticas que han sido efectivas para la población masculina. En esta materia, no sólo en Chile, sino que también en el resto del mundo, se han desconocido aquellas variables de género propias de los procesos de socialización diferencial que pueden influir en la conducta delictual (Worrall, 2002; Blanchette y Brown, 2006). Estas diferencias, también permiten sostener que la privación de libertad reviste características particulares en las mujeres, lo que puede asociarse con la existencia de requerimientos específicos de reinserción social y especialmente con la naturaleza de los servicios otorgados para alcanzar esta meta. Autores como Bloom, Owen y Covington (2003) sostienen además, la importancia de incorporar los aspectos generales que son comunes a la implicación delictual de las mujeres, tomando en consideración el contexto social, político y cultural en que la conducta desviada ocurre, para impulsar desde ahí procesos de responsabilización por los actos cometidos. Lo anterior, supone entender la actividad delictual de las mujeres, como un acto voluntario, vale decir, como una elección que efectúa en función de su entorno y de la percepción que ella tiene de este ambiente como medio para satisfacer sus necesidades (Fortin, 2004).

En la misma línea, algunos estudios efectuados desde una perspectiva de género (Hannah-Moffat y Shaw, 2001; Blanchette y Brown, 2006), sostienen que las diferencias en los procesos de socialización generan diferencias cualitativas en el comportamiento delictual y en los factores de riesgo relacionados con la reincidencia de las mujeres. Esas diversidades aparecen principalmente, en el tipo de conductas desviadas cometidas, en las características de su trayectoria delictual y en las razones por las cuales abandonan un estilo de vida antisocial. Estos aspectos se constituyen en elementos sustantivos al diseñar políticas de reinserción orientadas a esta población. Si bien, los procesos de socialización se han relevado como uno de los aspectos que permiten entender la actividad delictual tanto en hombres como en mujeres, uno de los rasgos más distintivos de la delincuencia femenina, y de su posterior reinserción social, radica en la calidad de los vínculos con personas significativas que logren establecer (Covington, 2002; Blanchette, 2000). Las relaciones vinculares con terceros tales como pareja, familia e hijos representan un área de particular vulnerabilidad, pudiendo ejercer una influencia tanto positiva como negativa en el proceso de reinserción social. Esto significa que estas realidades deben tener un espacio medular en el diseño de programas que busquen alcanzar resultados efectivos y duraderos en el tiempo.

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Otras variables de interés, también consideradas necesidades criminógenas, lo constituyen la conductas autoagresoras, las actitudes y pensamientos que validan un estilo de vida antisocial, la presencia de trastornos de personalidad y la existencia de antecedentes de victimización (Hollin y Palmer, 2006; Blanchette y Brown, 2006) que impactan en la puesta en práctica de habilidades y capacidades para enfrentar asertivamente situaciones complejas. En lo referente a los procesos de intervención delictual con mujeres, actualmente existe cierto consenso en que incorporando una perspectiva de género al modelo de Riesgo-NecesiNecesidades Específicas

dad-Responsividad, es posible ofrecer una respuesta adaptada a las necesidades de las mujeres. Estos modelos comprensivos, en apariencia contradictorios, han demostrado complementarse para entender e intervenir a la mujer que comete infracciones a la ley penal. De este modo, los principios establecidos para desarrollar intervenciones eficaces, que han sido descritos para la población masculina, también pueden ser aplicados para el tratamiento penal de mujeres (Dowden y Andrews, 1999; Bonta y Wormith, 2004), focalizando los esfuerzos en abordar las variables de género asociadas a la delincuencia femenina antes mencionadas, para fortalecer los procesos de intervención penal. Objetivos de Intervención

(Blanchette y Brown, 2006; Howells, 2000)

Responsabilidad en el cuidado de los hijos y relación de pareja

Vinculación madre-hijo(s) Desarrollo de habilidades parentales y pautas de crianza pro sociales. Relaciones de pareja saludable y funcional.

Antecedentes de victimización

Desarrollar habilidades cognitivas, emocionales y relacionales. Contención terapéutica.

Oportunidades laborales limitadas

Facilitar el desarrollo de habilidades laborales y el acceso a empleos gratificantes.

Consumo de drogas

Evaluación de consumo problemático, motivación, búsqueda de alternativas. Derivación a tratamiento.

Salud mental

Asistencia psicológica/psiquiátrica.

Actitudes pro criminales

Modificar estilos de pensamientos y relación poco asertivos

Al hacer una evaluación, tanto de estudios sobre políticas penitenciarias con enfoque de género, como al examinar la realidad de las mujeres privadas de libertad en Chile, en mayo del año 2012, se realiza el Programa de Competencia Social para Mujeres, en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, que se estructura como una intervención de corte cognitivo-conductual, sobre la base del supuesto que la actividad delictual es el resultado de decisiones poco asertivas y de patrones cognitivos y relacionales disfuncionales, realidad que se explicaría a partir de las experiencias de vida de las mujeres infractoras.

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En un primer momento del Programa, se diseñó un instrumento diagnóstico que permitió levantar las necesidades de la población femenina, considerando los factores generales y específicos de riesgo que han sido destacados por la literatura especializada (Austin, Bloom y Donahue, 1992: Bloom, 1998; Covington, 1998ª, 1998b; Doherty, 1998; Blanchette y Brown, 2006). En un segundo momento, se elaboró el programa de intervención adaptado a estas necesidades, cuyas especificaciones técnicas, tal como objetivos y contenidos se presentan en el cuadro que sigue:


Programa de Competencias Sociales para Mujeres Objetivo

Contenido

Técnicas

N° de sesiones Población

Promover la capacidad de empoderamiento de las mujeres, a través del aprendizaje de habilidades cognitivas, sociales y relacionales adaptativas. 1. Auto regulación y autocontrol: impulsividad, 2. dificultades en el manejo de las emociones 3. Egocentrismo y adopción de una perspectiva social 4. Asertividad y relaciones interpersonales 5. Habilidades de competencia social (capacidad de autorregulación, pensamiento delictual, comunicación eficaz, razonamiento crítico) 6. Violencia de género Entrevista motivacional Actividades de aprendizaje Modelado prosocial Refuerzo positivo a través del potenciamiento de los recursos personales y factores protectores que potencien la integración social y apoyen el abandono de la actividad delictual. Tareas Evaluación permanente 37 sesiones dos veces por semana. Mujeres de mediano y alto compromiso delictual, Conducta último bimestre: regular y buen, habilidades de lecto/ escritura

Durante la elaboración del Programa se estableció un procedimiento de registro para obtener indicadores, que permitieran evaluar los resultados alcanzados y medir la efectividad de la intervención en 20 casos. Con este propósito, se aplicó un instrumento pre y post intervención a las 20 participantes. Dicha pauta evaluó principalmente tres dimensiones que el programa buscaba modificar: ámbito cognitivo, manejo emocional y comportamiento adaptativo. Se pensó que una modificación en esos tres aspectos, mejora-

rían las competencias sociales de las mujeres intervenidas y la medición se efectúo mediante índices que iban desde 0 a 1 punto, para cada una de las dimensiones. Al finalizar el programa, se pudo constatar que las mujeres intervenidas mostraron un aumento en el puntaje promedio de los tres ámbitos, siendo el cognitivo el que mostró el mayor incremento de 0,24 puntos. A su vez, estos tres índices se consideraron para calcular el índice de competencias sociales definido como el indicador general del programa, el cual mostró un aumento de 0,19 puntos, respecto a su aplicación inicial.

Puntuación promedio pre-post intervención, según dimensión de intervención.

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Pese a los prometedores resultados conseguidos en esta primera versión del Programa, es necesario aumentar la cantidad de participantes para generalizar la efectividad de esta iniciativa de intervención. En este sentido, se ejecutará una segunda versión del Programa, que será aplicada a una mayor cantidad de internas, la que incorporará algunas modificaciones de contenidos y de estructura que se desprenden de la evaluación del proceso y resultados conseguidos.

Una de las mayores modificaciones dice relación con la incorporación del Inventario para la Gestión de Caso/Intervención (IGI), instrumento para la evaluación del riesgo de reincidencia, que permitirá focalizar la intervención en las mujeres que presenten mayores necesidades. Asimismo, se contempla aumentar la cantidad de programas disponibles para desarrollar un nuevo circuito de reinserción en base a una intervención gradual y progresiva, desde que una interna ingresa a cumplir una pena privativa de libertad hasta su egreso, ya sea, mediante la postulación a beneficios o por término de condena.

2. PROGRAMA RESIDENCIAS TRANSITORIAS PARA NIÑOS Y NIÑAS CON SUS MADRES PRIVADAS DE LIBERTAD El reglamento de establecimientos penitenciarios establece en su artículo 19 que: “Los establecimientos penitenciarios destinados a la atención de mujeres se denominan centros penitenciarios femeninos (C.P.F.) y en ellos existirán dependencias que contarán con espacios y condiciones adecuadas para el cuidado y tratamiento pre y post-natal, así como para la atención de hijos lactantes de las internas.”

atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores del Servicio Nacional de Menores y su régimen de subvención.

En el año 2005 Gendarmería de Chile y el Servicio Nacional de Menores (SENAME) suscribieron un convenio para la ejecución del Programa residencias transitorias para los niños/as de madres privadas de libertad. El programa se regula y se financia según lo establecido en la Ley N° 20.032 crea un sistema de

En la actualidad el proyecto se desarrolla en 32 centros penitenciarios femeninos a lo largo del país. La población de lactantes ingresados al 31 de mayo de 2012 corresponde a 120 niños y niñas, a los que se suman 68 mujeres gestantes.

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El programa estuvo bajo la responsabilidad del Departamento de Adopción de SENAME hasta el año 2007, que pasó a depender del Departamento de Protección de Derechos.


Descripción del programa De acuerdo a los lineamientos técnicos del SENAME, el programa corresponde a un espacio habilitado para la permanencia de las reclusas embarazadas y con hijos lactantes al interior de los centros penitenciarios femeninos. Estos espacios de residencia ofrecen a los lactantes (0-1 año), y excepcionalmente hasta los 18 meses, la posibilidad de vivir con sus madres privadas de libertad. Su objetivo general es “potenciar las capacidades parentales y proyectivas de las mujeres que se encuentran en recintos penitenciarios junto a sus hijos/as lactantes, pudiendo brindar a los lactantes una atención residencial especializada, personalizada y de calidad durante su permanencia, asegurando condiciones fundamentales de vida, cuidado, provisión, participación lúdica, estimulación y buen trato.” Sus objetivos específicos son: Asegurar una adecuada calidad de vida a lactantes, atendidos en las residencias, satisfaciendo sus necesidades básicas, físicas, psicológicas y sociales, con el fin de minimizar el impacto que se produce en su desarrollo integral, la separación de su entorno socio familiar extenso, relación entre pares e inclusión social. Realizar una evaluación integral a la madre a fin de considerar salud mental, vinculación con su hijo/a, tipología del delito que dio origen a la privación de libertad y tiempo de condena. Realizar una evaluación psicomotriz de cada niño o niña ingresado, la cual permitirá elaborar y desarrollar un plan de estimulación acorde a la etapa evolutiva en la cual se encuentra y sus necesidades especiales de desarrollo. Actualizar los antecedentes de la evaluación psicológica y social, que se realizó a su progenitor y familiares extensos significativos, con el objeto de determinar con qué recursos familiares se cuenta para iniciar la intervención por medio de la elaboración de un plan de acción, destinado a potenciar la posibilidad de pronto egreso.

cimiento de roles parentales y reinserción social a la madre que se encuentra recluida. Favorecer el acceso al Programa Chile Crece Contigo a las internas que se encuentran embarazas. Favorecer las salidas de los lactantes al medio social, ingreso a salas cunas, jardines infantiles, familia extensa. Favorecer los procesos judiciales de susceptibilidad de adopción de aquellos lactantes y preescolares en donde sus familias se encuentran inhabilitadas para asumir sus cuidados o aquellos/as que presentan una evidente situación de abandono, efectuando las coordinaciones oportunas con las unidades de adopción regionales, para que estás puedan realizar los estudios técnicos correspondientes. Procedimientos Los niños/as ingresan al programa por una solicitud de la madre al Tribunal de Garantía con el objetivo de resguardar la integridad física y asegurar el ejercicio de los derechos de los niños y niñas al interior de los recintos penitenciarios; Gendarmería por su parte debe solicitar al juez del Tribunal de Familia decretar una medida de protección. Se debe notificar al SENAME el ingreso de cada niño/a. La propuesta es evaluar desde el ingreso del niño y niña junto a la madre, las alternativas de egreso, dado que se debe trabajar en establecer la relación permanente con la familia de acogida, mediante de un sistema paulatino de visitas. Se contempla trabajar el egreso administrativo a partir del año de vida del lactante en conjunto con la Unidad de Intervención Jurídica del SENAME. Una vez ocurrido el egreso se debe hacer un seguimiento del niño y facilitar que mantenga relación con su madre.

Fortalecer la capacidad parental de la familia nuclear o extensa, a través de una intervención familiar, que los habilite para asumir responsablemente el cuidado personal del lactante en un plazo deseable de seis meses. Activar y coordinar los recursos especializados de la red SENAME y en instancias comunitarias, con el objetivo de potenciar una red de apoyo que permita desarrollar acciones tendientes a potenciar la capacitación laboral, fortale-

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Requerimientos Un encargado nacional del programa más una dupla psicosocial en terreno (jornada dependiendo del número de niños/as). Condiciones de infraestructura al interior de las cárceles: dependencias separadas del resto de población carcelaria, baño, agua caliente, cunas, calefacción, espacio para esparcimiento, espacios administrativos y para visitas. Satisfacción de necesidades básicas (alimentación, vestuario, higiene, protección, salud y juego) de los niños/as con servicios de calidad. Evaluar tanto a los niños/niñas como a las familias extensas y proveer atención personalizada a cada caso. Favorecer salidas de los lactantes al medio exterior (sala cuna, familia). Fortalecer roles parentales y reinserción social de las madres. Considerar temas de salud mental y buen trato.

CONVENIO

DIMENSIONES Duración Sujeto de atención Objetivo General

Sename-Gendarmería 2010-2013 3 años Niños/as entre 0 y 1 año de edad hasta una permanencia tope de 18 meses, evaluando pertinencia y tiempo de estadía adicional, según el interés superior del niño/a. Centrado en una atención transitoria junto a sus madres, mediante una intervención especializada que se realiza con estándares de calidad, contribuyendo a restablecer el derecho a vivir en familia estable. Satisfacer necesidad bio-psicosociales minimizando impacto de la institucionalización.

Objetivos Específicos

Proporcionar atención psicosocial tendiente al egreso. Fortalecer capacidades de cuidado de las madres y de la familia extensa. Activar recurso de la red Sename y de la red social amplia. Realizar evaluación y plan de estimulación psico-motriz. Favorecer susceptibilidad de adopción, si corresponde.

Diseño de la Intervención

Redes Autocuidado y Prevención de Riesgos Recursos Humanos

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Centrado en la intervención psicosocial de la madre con el niño/a, para buscar la mejor alternativa de egreso para éste. Convenio con JUNJI e INTEGRA para salas cuna o jardín infantil dentro o preferentemente fuera del espacio penitenciario. Compromete Plan de Auto-cuidado y de Prevención de Riesgos. Compromete personal universitario individualizado para cada una de las regiones (9) en jornada completa, más una directora nacional en jornada completa y un director por 10 horas financiado por la institución.


3. PROGRAMA ABRIENDO CAMINOS

El programa piloto, liderado por el Ministerio de Desarrollo Social, consiste en una estrategia de apoyo integral y está dirigido a niños y niñas lactantes que se encuentran con sus madres privadas de libertad en las residencias transitorias y aquellos gestantes que están por nacer. Aunque el foco de la intervención es el niño o niña y su madre o gestante, privada de libertad en condición de condenada, es necesario desarrollan el programa regular con la familia que acogerá al niño o niña una vez que éste egrese del centro penitenciario y que todos sus miembros reciban también estos apoyos de manera personalizada a través del responsable de sus cuidados. La cobertura del piloto incluye entonces a aquellos gestantes que están por nacer; quienes, al momento del levantamiento de cobertura habitan en las residencias transitorias y también los/as lactantes que ingresen a ésta por un periodo no superior

a los seis meses después de firmado el convenio. Además involucra a niños, niñas y adolescentes (personas hasta 18 años, 11 meses y 29 días de edad) hijos de las mujeres privadas de libertad que son parte de la familia de acogida del lactante, los que participarán bajo los componentes de tutorías, consejerías, servicios especializados y gestión de redes. El objetivo del piloto es contribuir a que los niños y niñas que viven junto a sus madres privadas de libertad en las residencias transitorias de Gendarmería de Chile cuenten con las condiciones que les permitan un desarrollo integral y saludable, promoviendo su derecho a tener una relación directa y regular con sus familias y figuras de cuidado e integrándose paulatinamente a sus espacios territoriales y comunitarios, en un proceso acorde a sus necesidades.

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Existencia de Programa Abriendo Caminos en las unidades penales

A julio del 2012, el programa estaba funcionando en 65,2% de las unidades penales que poseen población femenina. Propósito Favorecer el máximo despliegue de las capacidades de desarrollo con las que todo niño y niña cuenta, promoviendo la adquisición de habilidades parentales saludables en quienes ejerzan las funciones de cuidado primario y velando por condiciones familiares y del entorno positivas y protectoras para el desarrollo infantil. Objetivo General Garantizar aquellas condiciones mínimas que les permitan a niños y niñas que viven junto a sus madres en las residencias transitorias de los centros penitenciarios, una trayectoria de desarrollo acorde a sus necesidades y potencialidades, velando por condiciones del entorno positivas para el desarrollo infantil con el fin de establecer las condiciones adecuadas para su egreso y su reintegración al medio familiar y comunitario. Objetivos Específicos 1. Promover y fortalecer la relación madre-hijo/a, a través de la promoción del apego seguro, el desarrollo de competencias parentales, lactancia materna y el buen trato. 2. Facilitar el acceso y permanencia de las mujeres que se encuentran en recintos penitenciarios junto a sus hijos/as lactantes, a la red institucional de programas, servicios y beneficios sociales disponibles.

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3. Propiciar un adecuado acercamiento entre el niño o niña y el futuro cuidador principal de manera previa al egreso que permita el desarrollo y/o la adquisición de habilidades parentales y de crianza apropiada a las necesidades del niño/a. 4. Propiciar un proceso de separación adecuado a las necesidades emocionales y de desarrollo del niño/a y de su madre, y asegurar el derecho a mantener un régimen de visitas que permita mantener la relación entre ambos, intencionado la continuación de un vínculo de calidad con su hijo o hija posterior al término de condena de la madre. 5. Facilitar la progresiva vinculación del niño/a con su red familiar, territorial y comunitaria. Equipo de Trabajo El piloto comienza su fase de licitación pública el 31 de julio. La entidad que se adjudique el piloto deberá asegurar un equipo de trabajo permanente que deberá tener la siguiente composición: Profesional que oficiará de coordinador de proyecto, que será responsable ante su contraparte en la SEREMI de Desarrollo Social, de la ejecución de las acciones comprometidas, incluyendo el desempeño administrativo, financiero y de gestión de información, en especial de la gestión del SIGEC y de la administración del módulo de registro y monitoreo del programa en el SIIS.


Profesionales que oficiarán como consejeros familiares y que asumirán la relación directa con el (la) representante adulto(a) del hijo de la persona privada de libertad, así como la verificación de condiciones para niños y niñas de 0 a 6 años de edad. Profesionales que oficiarán como consejeros de la persona privada de libertad y que asumirán la relación directa con ellas, así como la verificación de condiciones para niños y niñas de 0 a 2 años de edad, con el fin de contribuir al objetivo del piloto. Este profesional deberá regirse por las indicaciones contenidas en el diseño del presente piloto y trabajará principalmente al interior de los centros penitenciarios, en coordinación con los profesionales del equipo de Gendarmería y SENAME. Profesionales y técnicos de nivel superior del área de las ciencias sociales (y excepcionalmente técnicos o educadores debidamente respaldados en su mérito curricular, lo cual deberá ser debidamente evaluado y aprobado por la respectiva SEREMI), que fungirán como tutores y trabajarán directamente con los niños y niñas de 7 a 14 y los adolescentes de 15 hasta 18 años de edad y, en número suficiente en relación al número de niños, niñas y adolescentes que atienda la entidad ejecutora. Además deberá incorporarse a las actividades de la línea de intervención en crisis, propias de este piloto. Profesionales (psicólogos, psicopedagogos, abogados y terapeutas ocupacionales, entre otros), para prestar servicios específicos de intervención especializada con los niños, niñas y adolescentes, y sus familias en complemento al apo-

yo socioeducativo y motivación a cargo de los tutores. Profesionales y/o técnicos que oficiarán como gestores institucionales y comunitarios. Se deberá designar a alguno de los profesionales individualizados en los puntos anteriores, o a quien la entidad defina para este efecto, como responsable de gestión de redes, institucionales y comunitarias. Profesionales y/o técnicos que oficiarán como gestores institucionales y comunitarios. Se deberá designar a alguno de los profesionales individualizados en los puntos anteriores, o a quien la entidad defina para este efecto, como responsable de gestión de redes, institucionales y comunitarias. Duración y características El tiempo de intervención del programa piloto es de 24 meses, similar al de las líneas tradicionales del programa Abriendo Caminos. Consta de una etapa intensiva de nueve meses y una de seguimiento de quince. Lo anterior es independiente del tiempo de condena de la madre y/o de la estadía del niño/a al interior del centro penitenciario. En un primer momento, se debe organizar una mesa técnica territorial con los principales actores que se relacionan y/o debiesen vincularse con las residencias transitorias, para efectos de coordinar el trabajo, tomar acuerdos y presentar el modelo de trabajo. En una segundo etapa, se deberá presentar el Programa a las madres, a sus hijos e hijas que están fuera y a sus familias, invitándoles a participar, estableciendo claramente los compromisos de cada una de las partes, duración, objetivos y formas de trabajo. Todos deberán dar su consentimiento y estar informados.

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En la tercera fase, se hará una recopilación de informes sociales, médicos y otros documentos para tener un conocimiento más acabado de la situación de la madre y su familia. Posteriormente, se realizarán los diagnósticos de las condiciones mínimas e integrales de las mujeres, sus niños, familias y recursos requeridos, tanto en el interior como en el exterior de los centros penitenciarios. Dicho diagnóstico será un insumo para elaborar el plan de trabajo individual y familiar. Etapas de intervención El proceso de intervención está dado por las tres etapas que viven los niños, esto es, estadía, egreso y post-egreso del centro penitenciario. En términos generales, en cada una de estas fases se trabajará con tres núcleos específicos. La madre y su relación con el niño o niña interno en el centro penitenciario, el lactante y la familia cuidadora. Condiciones Mínimas a Cumplir por el Piloto. a) En las madres privadas de libertad. 1. Que la madre desarrolle conciencia y compromiso en las tareas de cuidado y crianza de sus hijos/as, en un ambiente de buen trato. 2. Que cuente con el conocimiento requerido para identificar los síntomas de las enfermedades más frecuentes del niño.

9. Facilitar el acceso y permanencia de las mujeres que se encuentran en recintos penitenciarios junto a sus hijos/as lactantes, a la red institucional de programas, servicios y beneficios sociales disponibles. 10. Que exista un proceso de separación adecuado a las necesidades emocionales y de desarrollo del niño/a y de su madre, y asegurar el derecho a mantener un régimen de visitas que permita mantener la relación entre ambos, intencionado la continuación de un vínculo de calidad con su hijo o hija posterior al término de condena. b) En los niños y niñas en residencias transitorias. 1. Que los niños y niñas reciban una alimentación periódica, adecuada, balanceada y en cantidad suficiente para asegurar un nivel nutricional satisfactorio. 2. Que el o los adultos a cargo del cuidado y crianza del niño cuenten con la preparación, disposición y compromiso necesario para estimularlo adecuadamente, manteniéndolo en un ambiente afectivo favorable al desarrollo del apego seguro. 3. Que los niños y niñas cuenten con el control de salud preventiva en la atención primaria, con vacunas y tratamiento al día.

3. Que este instruida en los cuidados básicos del niño o niña y en lo que debe hacer para fomentar el apego.

4. Que los niños o niñas que presenten rezago en su desarrollo psicomotor tengan diagnóstico y reciban el tratamiento que requieren.

4. Que el padre que esté separado del niño o niña pueda mantener contacto directo con su hijo/a, en la medida que esto no implique riesgos para la integridad del niño.

5. Que los niños o niñas cuenten con las medidas de protección e intervención especializada en el caso que lo requiera.

5. Que ante la imposibilidad de generar ingresos propios y suficientes para mantener a los niños o niñas y si cumple los requisitos, reciba las subvenciones, subsidios y transferencias complementarias que les permitan sustentarse.

6. Que los niños y niñas que se encuentran en las residencias transitorias cuenten con condiciones materiales y de cuidado adecuadas a sus necesidades de desarrollo.

6. Que las madres que lo necesiten cuenten con atención psicológica especializada. 7. Que la mujer privada de libertad tenga acceso a orientación legal y consejería jurídica, cuando requiere enfrentar y resolver problemas de este carácter. 8. Que se desarrolle y fortalezca la relación madre-hijo/a, a través de la promoción de un apego seguro, competencias parentales, lactancia materna y el buen trato.

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7. Que se desarrolle un adecuado acercamiento entre el niño o niña y el futuro cuidador principal, previamente al egreso, que permita la adquisición de habilidades parentales y de crianza apropiada a las necesidades del niño/a. 8. Que se facilite la progresiva vinculación del niño/a con su red familiar, territorial y comunitaria.


V. ACCIONES DESTINADAS A PREVENIR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

1. MECANISMOS DE PROTECCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR EN EL SISTEMA DE PENAS SUSTITUTIVAS

L

a Ley N° 18.216, publicada el 27 de junio de 2012, fortalece el sistema de penas alternativas a la reclusión transformándose en un mecanismo de sanción eficaz y positivo en el control de la delincuencia primeriza. Sus principales objetivos se centran en evitar la reincidencia delictual y dar protección a las víctimas a través de nuevas formas de control social, que consideren el perfil delictual y sus factores de riesgo diseñando y aplicando intervenciones que promuevan un comportamiento prosocial.

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Las nuevas penas sustitutivas introducidas por la Ley 18.216, son las siguientes: Remisión condicional ; 4

Reclusión parcial5;

de 18 y mayores de 14 años. Promover o facilitar entrada o salida del país para ejercer prostitución.

Obligaciones a que debe sujetarse el condenado a la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva:

Libertad vigilada6; Libertad vigilada intensiva; Expulsión de extranjeros; y Prestación de servicios en beneficio de la comunidad . 7

Sobre la especial protección que se imparte a las mujeres, es necesario detenerse en la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, que consiste en la sujeción del condenado al cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral, a través de una intervención individualizada y bajo la aplicación de ciertas condiciones especiales, que serán controladas mediante dispositivos de monitoreo telemático. Requisitos para acceder a esta pena sustitutiva: La libertad vigilada intensiva podrá decretarse: a) Si la pena privativa o restrictiva de libertad que impusiere la sentencia fuere superior a tres años y no excediere de cinco, o b) ) Si se tratare de alguno de los siguientes delitos cometidos en contexto de VIF, cuyas penas privativas fluctúen entre 540 días y 5 años: Amenazas, Parricidio y femicidio, Homicidio, Castración, Lesiones c) EEn los siguientes delitos, cuyas penas privativas fluctúen entre 540 días y 5 años: Estupro. Abuso sexual agravado. Abuso sexual. Abuso sexual a menor de 14 años. Otras acciones de significación sexual con menores de 14 años. Producción de material pornográfico con menores. Promoción o facilitación de prostitución con menores de edad. Obtención de servicios sexuales remunerados de menores

a) Someterse a ciertas condiciones que serán controladas mediante sistema de monitoreo telemático. En caso de imponerse la libertad vigilada intensiva, y con la finalidad de proteger a la víctima de VIF, deberán decretarse una o más de las siguientes condiciones: 1. Prohibición de acudir a determinados lugares; 2. Prohibición de aproximarse a la víctima, o a sus familiares u otras personas que determine el tribunal, o de comunicarse con ellos; 3. Obligación de mantenerse en el domicilio o lugar que determine el juez, durante un lapso máximo de ocho horas diarias, las que deberán ser continuas, y 4. Obligación de cumplir programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual, de tratamiento de la violencia u otros similares. El sistema de monitoreo telemático, permite efectuar el control continuo de aquellas personas que son condenadas a la pena de libertad vigilada intensiva. Asimismo, puede alertar a las víctimas de determinados delitos acerca de la proximidad del condenado, las 24 horas del día y todos los días del año, a través de la visualización constante en las pantallas de vigilancia bajo las condiciones que establece la Ley Nº 18.216. Por lo tanto, cualquier acción que atente contra el régimen de sanción impuesto será detectada e informada al Tribunal, para que adopte las medidas que le den consistencia y credibilidad a las penas sustitutivas, pudiendo llegar a revocar la pena en libertad. Al monitoreo telemático, se suma además la intervención psicosocial y un fuerte control social ejercido por el juez encargado de la ejecución de la condena en libertad. De este modo, sirve para estimular el cambio de conducta del condenado. Otro aspecto significativa es que se podrá alcanzar también una alianza estratégica con el juez, para que mediante las audiencias de control y supervisión de las penas sustitutivas, aliente y exhorte al condenado a cumplir la pena, o adherir a la intervención que se disponga en el plan de intervención individual.

Consiste en la sustitución del cumplimiento de la pena privativa de libertad por la discreta observación y asistencia del condenado ante la autoridad administrativa durante cierto tiempo. Consiste en el encierro en el domicilio del condenado o en establecimientos especiales, durante cincuenta y seis horas semanales. La reclusión parcial podrá ser diurna, nocturna o de fin de semana, conforme a determinados criterios legales. 6 Consiste en someter al penado a un régimen de libertad a prueba que tenderá a su reinserción social a través de una intervención individualizada, bajo la vigilancia y orientación permanentes de un delegado. 7 Consiste en la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación de precariedad, coordinadas por un delegado de Gendarmería de Chile. 4 5

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Mediante el refuerzo constante de los logros alcanzados se logrará promover su vinculación en un estilo de vida exento de nuevos delitos. Por ello, en el caso que el Plan se incumpla, el juez será la figura que le dará consistencia y credibilidad a la pena sustitutiva porque será quien deberá adoptar una sanción clara y enérgica frente a los incumplimientos, cerrando los espacios de impunidad que se han observado actualmente. b) Someterse a programa de intervención En segundo término, el condenado será supervisado por un delegado, funcionario de Gendarmería de Chile, quien conducirá el proceso de reinserción social de la persona condenada a la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, mediante la ejecución de programas de intervención, orientación y supervisión, que procura evitar la reincidencia y facilitar la integración a la sociedad. En este contexto, se busca generar procesos de intervención individualizados, que consideren la motivación y la receptividad a las actividades propuestas. La experiencia validada internacionalmente da cuenta que una intervención individualizada disminuye los factores de riesgo delictual y favorece la integración social. En Chile se está trabajando para validar ciertos instrumentos internacionales,

esto es, pruebas psicológicas destinadas a medir el riesgo de reincidencia del condenado, el riesgo de cometer actos específicos de violencia doméstica y el riesgo de cometer nuevos delitos por parte de la población infractora juvenil. Cabe señalar que se están considerando los modelos e instrumentos aplicados en la actualidad en países como Canadá, Inglaterra, Australia, Nueva Zelanda, Estados Unidos y España, los que han adoptado un modelo de intervención que ha logrado una disminución de la reincidencia en un rango que fluctúan entre un 15 y un 35%. Al respecto, es necesario señalar que la atención de la violencia masculina contra la mujer en el ámbito intrafamiliar y en la relación de pareja, se caracteriza por la particularidad del vínculo emocional y una dinámica característica, que compromete un conjunto de comportamientos que requieren de una intervención especializada y específica. El trabajo con agresores requiere fundamentalmente desmantelar los discursos socioculturales en los cuales se sustenta la violencia de género, implicando entonces, actuar en distintas dimensiones: percepción, estructura cognitiva, emocional y finalmente comportamental.

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VI. OBRAS DE INFRAESTRUCTURA

T

eniendo presente la necesidad de contar con una infraestructura acorde a estándares internacionales para las mujeres privadas de libertad, que otorgue condiciones mínimas para su desarrollo y reinserción, se están desarrollando las siguientes obras de infraestructura.

Remodelación del CPF de San Miguel “Mayor Marisol Estay”:

El año 2012 se inició la reconversión del Centro de Detención Preventiva de San Miguel a un establecimiento para mujeres, en calidad procesal de imputadas, que descongestione el Centro Penitenciario Femenino de Santiago y que permitirá acoger a 768 mujeres. Esta modernización ha significado invertir US$ 4 millones y comprende la remodelación en áreas de celdas colectivas y celdas especiales, el mejoramiento de las instalaciones sanitarias, la habilitación de escaleras de emergencia para todas las torres y la modernización de instalaciones eléctricas. Su inauguración oficial está prevista para el día 8 de marzo de 2013.

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Construcción del nuevo CPF de Arica:

Corresponde a un nuevo recinto, cuya construcción será licitada durante el año 2013, debiendo concluir las obras el año 2014. La edificación supone una inversión que alcanza los US$ 12,5 millones e incorporará 384 plazas exclusiva para mujeres, descongestionando la población penal que actualmente se encuentra en el Complejo Penitenciario de Acha. Esta unidad contempla la construcción de 3 módulos de reclusión tipo y 2 módulos de reclusión especial, hacia el lado sur del actual Complejo Penitenciario de Arica, en el sector Quebrada de Acha. Además considera zonas de atención y de intervención (Talleres laborales); área de Salud, técnica y deportiva; central de alimentación y sala cuna; visitas centralizadas e íntimas; etc. Se considera además que los establecimientos que acojan mujeres, deben contar con espacios equipados para satisfacer sus necesidades.


Construcción de UPFT8 CPF Santiago:

Corresponde a la construcción de la primera unidad especializada en psiquiatría forense para mujeres, con recintos adecuados dentro del centro penitenciario donde se realiza la labor de evaluación y atención psiquiátrica para personas privadas de libertad sobre las que recaiga sospecha fundada de enajenación mental, sea que se encuentren imputadas o condenadas. Se espera entregar la obra terminada en octubre del año 2014 y la inversión involucrada alcanza a los US$ 2 millones, que comprende los procesos de diseño y ejecución de la obra.

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Primer Centro de Educación y Trabajo (CET ) Semiabierto de Santiago para mujeres de Chile “Talitá Kum9”:

Inaugurado el 26 de diciembre de 2012, actualmente alberga a 34 internas que gozan de permisos de salida. En esta unidad, las mujeres se desempeñan labores de lavandería, repostería y limpieza, con parámetros semi-industriales, y además, contempla formación educacional y aprendizaje de competencias para el trabajo. El proyecto implicó una inversión de $ 290 millones en obras civiles.

Unidad de Psiquiatría Forense Transitoria. Centro de Educación y Trabajo.

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DIVISIÓN DE REINSERCIÓN SOCIAL MINISTERIO DE JUSTICIA


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