Librito seminario

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En búsqueda de un círculo virtuoso Reinserción Social, una tarea de todos


TRABAJANDO JUNTOS POR LA REINSERCIÓN SOCIAL Toda persona privada de libertad a partir de una condena emanada de los Tribunales de Justicia, queda marginada de la sociedad por un tiempo, y, en algún momento, deberá volver a integrarse a ella. Durante el período que dura la sanción impuesta por los tribunales, Gendarmería de Chile implementa un modelo de intervención y apoyo al penado que busca desarrollar habilidades y aptitudes cognitivas, psicosociales, relacionales y laborales que faciliten el proceso de reinserción Social. Es en el eje vinculado al trabajo donde cobra una importancia sustantiva la colaboración y participación de la sociedad, especialmente del empresariado, debido a la naturaleza de sus actividades. Dentro de los compromisos asumidos por el Gobierno de Chile se debe destacar especialmente el interés en establecer políticas públicas para una mayor reinserción social de las personas privadas de libertad. El Presidente Piñera ha señalado en este sentido que “a través de un estatuto laboral especial, promoveremos que los internos trabajen voluntaria y remuneradamente durante su estadía en los recintos penitenciarios. Ello permitirá que contribuyan a su propia mantención y la de sus familias, y favorecerá su rehabilitación y reinserción laboral una vez que hayan cumplido su condena.”

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SEGMENTACIÓN DE LA POBLACIÓN SANCIONADA En conformidad a la ley, Gendarmería de Chile cumple las resoluciones emanadas de los tribunales respectivos, ingresando a la persona sancionada en uno de los siguientes subsistemas:

Subsistema Semiabierto: Está constituido por condenados que han optado de manera voluntaria a cumplir su pena privativa de libertad en Centros de Educación y Trabajo, siendo seleccionados de acuerdo a ciertos requisitos y criterios, para seguir cumpliendo condena en establecimientos con seguridad reducida, en un régimen basado en la autodisciplina y relaciones de confianza.

Subsistema Cerrado: Está constituido por la población que se encuentra cumpliendo una condena privativa de libertad en los establecimientos penales del país. En este subsistema se desarrollan acciones en el ámbito de la educación, capacitación, trabajo e intervención psicosocial.

Subsistema Penitenciario Abierto: Es el encargado de controlar y entregar asistencia a quienes se encuentran condenados bajo alguna de las modalidades de cumplimiento penal substitutivo o alternativo, esto es, Libertad vigilada, Reclusión Nocturna, y Remisión Condicional de la Pena. Post penitenciario (PANAR): A través de este Subsistema se desarrollan programas de apoyo a personas que egresan del sistema de cumplimiento de pena, a través de la intervención psicosocial, orientada hacia la integración social y la superación personal, buscando obtener mayores oportunidades para las personas de insertarse en la sociedad y en el mundo del trabajo. 3


ACTIVIDAD LABORAL Y CENTROS DE EDUCACIÓN Y TRABAJO La mayoría de los privados de libertad nunca han desempeñado un trabajo formal. Por ello, debemos aprovechar el tiempo de reclusión para preparar el momento de su reintegración a la sociedad con herramientas que hagan de ellos personas positivas para ésta. Es así que a partir de la década de los años 60 se conocieron las primeras iniciativas de centros especializados de estudio y trabajo, se crean los establecimientos de Vilcún y Metropolitano. En el año 1981 se establece la denominación formal de los Centros de Educación y Trabajo (CET), los que se crean con mayor profusión a partir de la década de los 90, estos son establecimientos penales que se ubican de manera independiente o como parte de una unidad cerrada, cuyo objetivo principal es contribuir a la reinserción social de las personas condenadas, a través de la formación 4

de hábitos sociales, laborales y del aprendizaje de habilidades y competencias, proporcionándoles capacitación técnica, trabajo regular y remunerado, educación, formación e intervención psicosocial. Para su autofinanciamiento pueden constituirse como empresas productivas y comerciales sin fines de lucro y se encuentran regidos por la normativa tributaria-comercial vigente en el país, operando como cualquier Empresa Privada para la suscripción de negocios y comercialización. Las personas privadas de libertad que son seleccionadas para formar parte de los CET, provienen del sistema cerrado, deben poseer la calidad procesal de condenados, tener cumplido dos tercios del tiempo mínimo para optar a beneficios intrapenitenciarios, mostrar disposición al trabajo, motivación al cambio, muy buena o buena conducta, evidenciando previamente una evolución positiva en su proceso de Reinserción Social.


TIPOS DE CET: Los Centros de Educación y Trabajo (CET) pueden ser: cerrados, semi-abiertos o abiertos, diferenciándose por su población objetivo y régimen de reclusión.

CET cerrados: Son secciones de tratamiento, que se desarrollan al interior de un establecimiento penitenciario tradicional, en la que los internos trabajan y cumplen su condena en un lugar segmentado especialmente para estos fines.

CET semiabiertos: Son establecimientos penitenciarios autónomos e independientes, que cuentan con normas de seguridad y vigilancia aminoradas, disponiendo de un régimen basado en la autoconfianza y disciplina de los propios penados. 5

CET abiertos: Son secciones de tratamiento dependientes de un Centro de Reinserción Social (CRS), cuyo objetivo principal es la reinserción social de los condenados por penas alternativas a la reclusión.


Dentro de las actividades productivas de los CET, los principales rubros son:

> Alimenticio

Panadería y Pastelería Banquetería Elaboración de cecinas, quesos y mermeladas


> Industrial

Estructuras metรกlicas Mecรกnica automotriz Vibro comprimido de cemento Confecciรณn de vestuario


> Servicios

Imprenta Lavandería Mueblería Reciclaje


> Agrícola

Apícola Ganadera Agrícola


MODALIDADES DE TRABAJO Nuestra institución ha establecido distintas modalidades de trabajo, que permiten el vínculo entre el empresariado y los penados, dentro de las cuales se encuentran las siguientes: b.- Prestación de Servicios CET: Consiste en una relación comercial entre empresario y un CET, quien presta servicios de fabricación o elaboración completa o parcial de productos, previo acuerdo en torno al valor de dicha prestación, los volúmenes de producción, los plazos, formas de entrega y cancelación. El CET se responsabiliza por la fabricación o elaboración del producto a través de sus propias instalaciones, maquinarias y mano de obra de los internos, de acuerdo a las exigencias técnicas de la empresa. En

a.- Empresarios privados instalados a interior de los establecimientos penitenciarios: Se produce a través de la instalación física de una empresa productiva al interior del establecimiento penitenciario, previa postulación de la propuesta laboral a un Concurso Público que será llamado a través de los principales diarios regionales. El principal objetivo, es que exista una relación laboral directa entre la empresa y el penado, de conformidad a las normas del Código del Trabajo.

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algunos casos la empresa podrá proporcionar al CET la capacitación, herramientas y/o materia prima necesarias para la elaboración del producto.

SI QUIERO APORTAR A LA REINSERCIÓN LABORAL, ¿DÓNDE PUEDO IR? Considerando la importancia de la Reinserción Social y del trabajo en conjunto con la sociedad y la empresa privada, Gendarmería de Chile desarrolló la ventanilla única, un canal de comunicación único y simple que permitirá canalizar consultas o solicitudes de empresarios que quieran formar parte de este gran proyecto.

c.- Trato Directo con penados: Consiste en la realización de trabajos específicos que un empresario o particular encarga a uno o más penados o a una microempresa conformada por éstos, para la fabricación o elaboración completa o parcial de algún producto o la prestación de algún servicio.

Es un espacio concebido para fomentar y fortalecer la reinserción de quienes cumplen condena o tienen antecedentes penales. Está diseñada como una vía de acceso virtual para quienes estén interesados en colaborar en este proceso de reinserción social, ya sea instalando áreas productivas en algún establecimiento penitenciario, contratando servicios o personal en su empresa, todo ello, de acuerdo al perfil definido por el empresario.

A Gendarmería le corresponde supervisar el trato existente entre la empresa o particular y los internos, así como el cumplimiento de las obligaciones contraídas por ambas partes. d.- Contratación Directa de Usuarios: Consiste en la contratación directa del empresario privado a un interno (bajo la normativa del Código del Trabajo) que cuente con algún permiso de salida como salida controlada al medio libre o permiso laboral, que se encuentre cumpliendo condena en el medio libre, en libertad condicional o en proceso de eliminación de antecedentes penales. La actividad laboral se desarrollará en dependencias propias del empresario.

Si está interesado en colaborar con la reinserción de personas privadas de libertad ingrese al sitio web: www.gendarmeria. gob.cl 11



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