GUÍA RÁPIDA BIENESTAR SOCIAL
SEGURO VIDA LEY
¿CÓMO FUNCIONA LA EPS?
¿QUE ES UNA EPS? Es una empresa privada que brinda servicios de seguridad social en salud a los trabajadores que estén afiliados a ella, complementando la cobertura de EsSalud.
¿QUE CUBRE TU PLAN DE SALUD RIMAC EPS? Te c u b r e a t e n c i o n e s ambulatorias, hospitalarias, de emergencia, maternidad, oncológicas, odontológicas, oftalmológicas, tratamientos médicos, exámenes auxiliares y medicamentos en más de 450 clínicas.
¿CÓMO UTILIZAR TU PLAN DE SALUD?
MODALIDAD DE ATENCIÓN
A. Modalidad Crédito Te podrás atender en una clínica o centro médico afiliado a tu plan de salud, donde solo pagarás por dos conceptos: Deducible y el coaseguro. Click en el botón rojo para conocer más
Procedimiento de atención modalidad crédito Acércate al centro de salud en la fecha programada con tu Documento de Nacional de Identidad.
Asiste a tu cita y sigue las indicaciones de tu médico.
Recibe la orden de atención que la clínica generará y acude a caja a cancelar el deducible.
En caso de que el médico solicite exámenes adicionales o medicinas, deberás asumir el pago del coaseguro.
B. Modalidad Reembolso Podrás atenderte en una clínica o centro médico no afiliado a tu plan de salud, donde pagarás el 100% del gasto médico para luego solicitar a RIMAC EPS el reembolso de acuerdo a las condiciones de tu plan de salud EPS.
Procedimiento de atención modalidad reembolso Imprima la solicitud de reembolso desde la web: www.rimac.com.pe. Atiéndete con tu médico tratante y solicítale que selle y complete la solicitud. Presenta en nuestras plataformas la solicitud de reembolsos, las facturas y/o honorarios profesionales y otros documentos de tu atención. Recibe tu liquidación con el monto a reembolsar más el abono en tu cuenta bancaria.
¿QUIÉNES PUEDEN AFILIARSE EN EL PLAN DE EPS?
Puede afiliarse los trabajadores que estén en planilla, así como sus derechohabientes legales* tales como cónyuge o conviviente, hijos hasta los 18 años o hijos mayores de 18 años con incapacidad total y permanente.
REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN PARA TITULARES
PARA AFILIACIÓN DE HIJOS Y CÓNYUGE
Presentar DNI, carné de extranjería o pasaporte para cónyuge e hijos. Presentar DNI, carné de extranjería o pasaporte por ambos lados y legibles.
Copia simple de la partida de matrimonio
(Con fecha de caducidad vigente)
(Ambos con fecha vigente)
PARA CASO DE CONCUBINO
PARA AFILIACIÓN DE RECIÉN NACIDOS
DNI, carné de extranjería o pasaporte (con fecha de caducidad vigente) Copia simple del cargo del formulario 1010 presentado en EsSalud con el sello recepción o copia simple de Reconocimiento de Unión de Hecho otorgado por Resolución Judicial, la Acreditación de convivencia de EsSalud, o Copia de la Constancia del Formulario 1602(T-Registro)
Para afiliar a un recién nacido a una Póliza vigente, dentro de los 60 días de su fecha de nacimiento.
SEGURO
VIDA LEY
El Seguro Vida Ley lo deben contratar los empleados en forma obligatoria para sus trabajadores. Ha sido modificado por el Decreto de Urgencia N° 044-2019 y regulado por el Decreto Supremo N°009-2020-TR, cuya principal medida es la obligatoriedad de contratarlo desde el primer día de relación laboral.
¿QUE CUBRE EL SEGURO VIDA LEY? Muertes Natural
Muertes Accidental
Invalidez Total y Permanente por Accidente.
16 remuneraciones mensuales asegurables,promedio del último trimestre, percibidas por el trabajador asegurado hasta el mes previo a su fallecimiento.
32 remuneraciones mensuales asegurables percibidas por el trabajador asegurado el mes previo al accidente.
32 remuneraciones mensuales asegurables percibidas por el trabajador asegurado el mes previo al accidente.
SEGURO
VIDA LEY
¿QUIÉNES SON LOS BEFICIARIOS DEL SEGURO? Son el cónyuge o conviviente y los descendientes. Si no existieran estos beneficiarios, la indemnización corresponderá a tus padres, asi como a tus hermanos menores de 18 años de edad.
¿A CUÁNTO ASCIENDE LA REMUNERACIÓN ASEGURABLE? Se considera remuneración asegurable aquella que figura en los libros de planillas y boletas de pago, la misma que debe ser percibida habitualmente aun cuando sus montos puedan variar. ¿QUE DOCUMENTO DEBO PRESENTAR PARA OBTENER EL BENEFICIO? Se considera remuneración asegurable aquella que figura en los libros de planillas y boletas de pago, la misma que debe ser percibida habitualmente aun cuando sus montos puedan variar.
¿DÓNDE SOLICITO EL FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA DE BENEFICIARIOS? El formato debe solicitarse en el Área de Recursos Humanos de la empresa y devolverlo debidamente notariado.
DESCANSOS MÉDICOS Colaborador enfermo
Atención médica: - Atención en clínica - Médico a domicilio - Médico virtual - Informar al jefe inmediato - Presentar documentación a Recursos Humanos.
En caso de haber recibido un descanso médico o certicado médico
¿Qué documentos debo presentar a Recursos Humanos? D.M original (No será válidos si el documento indica “Atención Médica”) En caso sea un Certificado Médico, este debe estar firmado y sellado por el médico tratante. Recibo de pago por consulta médica. Recibo de pago de los medicamentos. Y las indicaciones médicas.
1
Es responsabilidad del colaborador informar a su jefe inmediato sobre su DM.
2
Es responsabilidad del colaborador presentar el DM. y documentos sustentatorios al Área de Recursos Humanos.
3
La documentación debe ser presentada a Recursos Humanos en máximo 24 Hrs después que el colaborador recibió el DM.
4
En caso de colaboradoras en estado de gestiación, informar de manera oportuna al área de Recursos Humanos.