GuĂa Erasmus ////// 2010/2011
IDEA, DIRECCIÓN EDITORIAL Y COMPILACIÓN Mario Martínez Romero DISEÑO EDITORIAL ////////////// Mario Martínez Romero DISEÑO GRÁFICO ///////////////// Mario Martínez Romero EDICIÓN DE TEXTOS ///////////////// ESD & Mario Martínez Romero
Una iniciativa de la ESD PUBLICADO POR ///////////////// Escuela Superior de Diseño de Murcia DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN ///////////////// Escuela Superior de Diseño de Murcia PROGRAMA ERASMUS ///////// Escuela superior de diseño de Murcia ///////// Travesía Buen Pastor, esquina Avenida de Santiago. Mario Martínez Romero //////////////////////// 2º Curso de los estudios superiores de diseño gráfico /////////////////
La guía erasmus Indice /////
Erasmus y el estudiante /// 01 Contexto erasmus /8 02 Objetivos y operativos /9 03 Prioridades y acciones /12 04 Movilidad /14 Docuementación /// 01 Que, cuando y donde /24 02 Criterios de selección /25
Trámites /// 01 Tramites previos a la partida /30 02 Tramites durante la estancia /34 03 Tramites al finalizar la estancia /35 Información /// 01 Erasmus /38 02 Anexos /41 03 Direcciones de interes y contacto /44
Erasmus y el estudiante /////
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Contexto erasmus ///
Erasmus es uno de los programas educativos establecidos por la Unión Europea dentro del Programa de aprendizaje permanente a partir de la Decisión del Parlamento Europeo y el Consejo el 15 de noviembre de 2006 (Decisión no 1720/2006/CE). Programa, en el que junto a la acción Erasmus, encontramos Comenius, Leonardo da Vinci y Grundtvic. La prioridad global del Programa de aprendizaje permanente consiste en reforzar la contribución de la educación y la formación para la consecución de convertir a la UE en la economía basada en el conocimiento más competitiva del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión. En particular, pretende estimular el intercambio, la cooperación y la movilidad entre los sistemas de educación y formación dentro de la Comunidad, de modo que se conviertan en una referencia de calidad mundial.
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Objetivos y operativos ///
Los objetivos específicos del programa Erasmus, según lo establecido en el artículo 21.1 de la Decisión del programa, son los siguientes: [a]. Apoyar la realización de un Espacio Europeo de Educación Superior; [b]. Reforzar la contribución de la educación superior y de la formación profesional de grado superior al proceso de innovación. Los objetivos operativos del programa Erasmus, según lo establecido en el artículo 21.2 de la Decisión del programa, son los siguientes: a. mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la movilidad de estudiantes y personal docente en Europa, contribuyendo a lograr que, en 2012, al menos 3 millones de estudiantes se hayan desplazado gracias al programa Erasmus y sus programas predecesores; b. mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación multilateral entre instituciones de educación superior en Europa; c. aumentar la transparencia y compatibilidad entre las cualificaciones de educación superior y formación profesional de grado superior obtenidas en Europa; d. mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación multilateral entre los centros de educación superior y las empresas; e. facilitar el desarrollo de prácticas innovadoras en educación y formación de nivel terciario así como su transferencia, incluso de un país participante a otros; f. apoyar el desarrollo de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas de aprendizaje permanente innovadores y basados en las TI (Tecnología de la información y la comunicación).
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Los objetivos del programa de aprendizaje son: [a]. Contribuir al desarrollo de un aprendizaje permanente de calidad y promover elevados niveles de calidad, la innovación y la dimensión europea en los sistemas y las prácticas en ese ámbito; [b]. Apoyar la realización de un espacio europeo del aprendizaje permanente; [c]. Ayudar a mejorar la calidad, el atractivo y la accesibilidad de las oportunidades de obtener un aprendizaje permanente disponibles en los Estados miembros; [d]. Reforzar la contribución del aprendizaje permanente a la cohesión social, la ciudadanía activa, el diálogo intercultural, la igualdad entre hombres y mujeres y la realización personal; [e]. Ayudar a promover la creatividad, la competitividad, la empleabilidad y el crecimiento de un espíritu empresarial; [f]. Favorecer una mayor participación en el aprendizaje permanente de personas de todas las edades, incluidas las que tienen necesidades especiales y las pertenecientes a grupos desfavorecidos, independientemente de su nivel socioeconómico; [g]. Promover el aprendizaje de las lenguas y la diversidad lingüística; [h]. apoyar el desarrollo, en el ámbito del aprendizaje permanente, de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas innovadores y basados en las TIC; [i]. Reforzar la capacidad del aprendizaje permanente para crear un sentimiento de ciudadanía europea, basado en la comprensión y en el respeto de los derechos humanos y de la democracia, y fomentar la tolerancia y el respeto hacia otros pueblos y otras culturas; [j]. Promover la cooperación en materia de garantía de la calidad en todos los sectores de la educación y la formación en Europa; [k]. Estimular el mejor aprovechamiento de los resultados y productos y procesos innovadores e intercambiar buenas prácticas en los ámbitos cubiertos por el Programa de aprendizaje permanente, a fin de mejorar la calidad de la educación y la formación.
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Prioridades y acciones ///
Las acciones en las que se concreta el programa erasmus son: [a]. Movilidad de estudiantes con fines de estudio. [b]. Estancias de estudiantes en empresas. [c]. Movilidad de docentes a efectos de impartir docencia. [d]. Movilidad de docentes y personal no docente a efectos de formaci贸n. [e]. Programas intensivos. [f]. Visitas preparatorias.
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Las prioridades del programa son la movilidad de los estudiantes, incluidas las prácticas de los estudiantes en empresas, y movilidad del personal docente y no docente. La movilidad de los estudiantes y del personal docente desempeña un papel fundamental para el establecimiento de un Espacio Europeo de Educación Superior. Se insta a las instituciones que participan en Erasmus a que promuevan una mayor movilidad para alcanzar el objetivo de 3 millones de estudiantes Erasmus en 2012. De conformidad con la Recomendación relativa a la calidad de la movilidad y con la Carta Universitaria Erasmus, se está haciendo especial hincapié en la preparación lingüística y en el apoyo a los estudiantes Erasmus, con el fin de optimizar la calidad del periodo de movilidad y de reforzar el multilingüismo y la diversidad lingüística en la educación superior europea, así como de asegurar el cumplimiento de las obligaciones respecto a la alta calidad de las disposiciones para la movilidad (reconocimiento académico, alojamiento, servicios de asesoramiento, etc.). No hay temas prioritarios establecidos a nivel europeo para la movilidad de estudiantes en lo que respecta a las disciplinas académicas. El objetivo general es lograr una cobertura equilibrada en toda la UE, desde el punto de vista geográfico y desde el punto de vista temático. En la acción para la movilidad del personal docente y no docente de las instituciones de educación superior se dará prioridad a garantizar una mayor movilidad hacia y desde las empresas, así como entre instituciones de educación superior. También existe apoyo a la movilidad para la participación del personal de las empresas que imparten Educación superior. No existen prioridades disciplinares específicas.
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Movilidad ///
Escuela Superior de Diseño Murcia - España Accademia di Belli Arti di Brera Milan - Italia Politecnico di Milano Milan - Italia Ecole Superieure des Arts Saint Luc Lieja - Belgica Escola Superior de Artes e Design Matosinhos - Portugal Universita degli Studi di Napoli Federico II Napoles - Italia Accademia di Belli Arti di Santa Guglia Brescia – Italia
Consiste en la realización de un período de estudios en una institución de educación superior de otro país europeo. Al final del mismo la institución de origen del estudiante reconocerá académicamente los estudios realizados. Durante este periodo, el estudiante estará exento de pagar tasas académicas en la institución de acogida. Podrán participar los estudiantes de instituciones de Educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus. El estudiante debe recibir un acuerdo de estudios por escrito relativo al programa de estudios que seguirá en el país de acogida. Al término de la estancia en el extranjero, la institución de acogida debe remitir al estudiante Erasmus y a su institución de origen un certificado de que ha completado el programa acordado y un informe de sus resultados. Las ayudas a los estudiantes Erasmus son compatibles con cualquier otra ayuda o préstamo nacional. Duración Mínimo 3 meses. Máximo 9 meses. Actividades financiadas La ayuda tiene como finalidad contribuir a sufragar los gastos adicionales derivados de la movilidad de los estudiantes (por ejemplo, manutención, viaje, alojamiento, etc.). La cuantía mínima es de 135€ al mes, cantidad que podría ser incrementada en función del número de becas solicitadas a nivel nacional. En el caso de serle concedida ayuda puede optar a realizar la estancia sin beca. Hay un maximo de 10 plazas por destino, pero el número de plazas disponibles puede variar. En el caso de no cubrirse plazas en una especialidad en alguno de los centros de destino, estas pasarán a otra espe- cialidad. El número total de becas está pendiente de confirmación por parte de la Agencia Nacional Erasmus.
Las condiciones específicas de participación en esta acción son: [a]. El estudiante, en el momento de realizar la movilidad, debe estar cursando al menos el segundo año de un plan de estudios de grado superior. [b]. El estudiante debe estar matriculado en una institución de educación superior con el objeto de realizar un programa de estudios que concluya con la obtención de una titulación superior reconocida, hasta el grado de doctorado, inclusive. [c]. La movilidad de estudiantes Erasmus está basada en acuerdo interinstitucionales entre las instituciones participantes, cada una de las cuales posee una Carta universitaria Erasmus. [d]. La institución de origen deberá conceder el pleno reconocimiento académico del período de estancia en la institución de acogida, como parte integral de los estudios cursados en ella. El reconocimiento de los estudios únicamente podrá ser denegado si el estudiante no alcanza el nivel requerido por la institución de acogida, o bien se incumple las condiciones relativas al reconocimiento acordados por las instituciones participantes. [e]. El reconocimiento académico se basará en el acuerdo de estudios aprobado con anterioridad al período de estudios por la institución de origen, la de acogida y el estudiante. [f]. El estudiante no debe pagar tasas académicas en la institución de acogida (en concepto de matricula, inscripción, exámenes, uso de laboratorios y bibliotecas, etc.). No obstante, la institución de acogida puede pedir que se paguen tasas reducidas para cubrir los gastos del seguro, la afiliación a sindicatos de estudiantes y la utilización de materiales diversos, tales como fotocopias, productos de laboratorio, etc., sobre las mismas bases que los estudiantes de dicha institución. La institución de origen puede seguir percibiendo las tasas académicas normales a La guía erasmus ////
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sus estudiantes durante el período de estudios, pero el estudiante no será responsable de ninguna tasa o cargo adicional relacionado con la organización o gestión de su movilidad Erasmus. [g]. El estudiante debe poseer la nacionalidad de uno de los países participantes en el programa, o estar reconocidos por el país en el que reside, como residente permanente, refugiado o apátrida. [h]. Durante su movilidad el estudiante seguirá disfrutando de las becas o préstamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus son complementarias con los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero. [i]. La cuantía media mensual de las ayudas para movilidad de estudiante con fines de estudio se indicará en la convocatoria nacional, y estará sujeta a los máximos establecidos en la convocatoria de propuestas de la Comisión Europea. [j]. La institución de educación superior llevará a cabo la selección de los estudiantes de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. La institución debe garantizar que dichas tareas se ejecuten de forma justa, transparente y coherente, para lo que sus directrices deberán incluir los siguientes requisitos: [k]. El procedimiento de concesión de las ayudas debe ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado. [l]. La institución adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección de los beneficiarios individuales.
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[m]. Todos los requisitos relacionados con la selección de estudiantes de la institución deben ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión. [n]. La institución podrá establecer criterios tales como los resultados académicos del candidato, los conocimientos necesarios de la lengua de trabajo en la organización de acogida, la motivación, etc. [ñ]. Durante su movilidad el estudiante seguirá disfrutando de las becas o prestamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus son complementarias con los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero.
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Documentaci贸n /////
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Que, cuando y donde ///
La solicitud (Anexo A), junto con la documentacion correspondiente se presentara en la secretaria del centro hasta el 22 de diciembre de 2010. Debe presentarse: [A]. Documento de solicitud de beca. [A1]. Documento en el que el alumno exprese sus inquietudes y expectativas formativas en relacion al periodo formativo. [A2]. Dossier de trabajos relacionados con los estudios que esta realizando. [A3]. Informe del tutor en relacion a los rasgos mas relevantes, academicos y sociales. [A4]. Preinscripcion segun modelo adjunto.
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Criterios de selección ///
Aspectos a analizar y valorar
Documentacion
Criterios de elegibilidad, exclusion, seleccion y concesion
I. Idoneidad de sus inquietudes y expectativas. en relacion a su solicitud.
Documento A1 Documento A2 Documento A3
Se valorará la idoneidad entre sus inquietudes y expectativas. Se valorará sobre todo la motivación del alumno así como la idoneidad entre sus expectativas y la oferta del centro de destino. En caso de estudiantes con matrícula de Proyecto Final o Final de Carrera durante la estancia en el centro de destino, la comisión valorará el aprovechamiento formativo por parte del alumno, a la vez que el número de créditos con posibilidad de reconocimiento, pudiendo desestimar la solicitud si lo estimase oportuno. Se expresará como aceptado o excluido.
II. Valoracion academica.
Certificado académico en el que consten las calificaciones, la nota media y el número de créditos u horas superadas.
Un punto por crédito superado. En caso de empate prevalecerá la solicitud con mejor media en el expediente utilizando dos decimales.
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Para realizar la selección se formará una comisión formada por los jefes de departamento de diseño gráfico, industrial, estudios superiores, el jefe de estudios, el coordinador Erasmus y presidida por el director del centro con la finalidad de ponderar las preinscripciones y publicar resultados y preinscripciones seleccionadas. El fallo se hará público el día 21 de enero en el tablón de anuncios del centro. Para reclamaciones presentar escrito dirigido al director del centro en un plazo de tres días siguientes a la publicación del fallo. Las reclamaciones serán atendidas por la comisión de selección que emitirá su fallo en un plazo no superior a tres días lectivos. Los alumnos seleccionados tendrán un plazo de diez días para formalizar su inscripción o renunciar a la misma mediante escrito presentado en la secretaría del centro. En caso de renuncia pasará al siguiente seleccionado.
Trรกmites /////
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Trámites previos a la partida ///
Antes de la partida hacia el Centro de destino, el estudiante deberá realizar las siguientes gestiones y cumplimentar los documentos especificados a continuación. [a]. “Compromiso del becario”. (Anexo 2) Mediante este documento, el estudiante se compromete a cumplir las normas y bases establecidas en el programa. Una vez recibido en el domicilio, junto a la concesión de la beca, así como al documento de Aceptación/Renuncia, se remitirá, debidamente firmado, al la Secretaría del centro, dentro del plazo que se indique en el escrito de remisión. [b]. “Documentos de datos personales, académicos y bancarios”. (Anexo 3) En él se recoge la información necesaria para el abono de la beca. Se remitirá o entregará en la Secretaría de la escuela antes del 30 de junio del año en curso. Junto a este documento deberán entregarse dos fotocopias del DNI y dos fotocopias del documento CCC (Documento de Código Cuenta cliente que se podrá solicitar en las respectivas oficinas bancarias de cada beneficiario). El beneficiario de la beca ha de ser titular o cotitular de la cuenta bancaria que se presente. Si no es posible entregar al Documento CCC, se podrá entregar la fotocopia de la primera página de la libreta de ahorro. [c]. “Convenio entre el Centro de Enseñanza y el Estudiante” (anexo 4) Este documento, exigido por la Agencia Nacional ERASMUS y por la Comisión Europea, tiene por objeto determinar las obligaciones de las partes en la administración de fondos comunitarios. Con el fin de que sea debidamente firmado y cumplimentado, el secretario remitirá el convenio, por duplicado, a los domicilios familiares del estudiante durante la estancia Erasmus. Una vez firmado por el estudiante, se devolverá un ejemplar a la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia. Plaza Pintor Inocencio Medina Vera, s/n 30007- MURCIA (España)
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[d]. “Learning Agreement” Contrato de Estudios (anexos 5 Y 5a). En este Contrato se recogerán las asignaturas que el estudiante cursará en el centro de acogida, asignaturas que, previamente al desplazamiento, serán pre acordadas por el alumno y el Coordinador del Centro de origen. El presente documento será firmado primeramente por el estudiante y Coordinador del Centro de origen y acogida y, posteriormente, refrendado por el Director. El Learning Agreement deberá entregarse por triplicado en secretaría. Deberán hacerse, por tanto, tres documentos originales firmados por cada uno de los representantes, de modo que uno siempre quede a disposición en secretaría. El plazo habilitado para determinar el programa definitivo de estudios será, salvo causa de fuerza mayor, de 1 mes, a partir de la incorporación del estudiante a la universidad de destino. [e]. “Compromiso Previo de Reconocimiento Académico” (anexo 6). Al igual que en el Impreso de Learning Agreement, en dicho impreso se harán constar las materias que se cursarán en el centro de acogida así como aquellas que serán objeto de reconocimiento por parte de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia. Para tal fin el departamento didáctico consensuará el reconocimiento de créditos a partir de la propuesta de reconocimiento realizada por el Coordinador Erasmus. Este impreso deber ser revisado y firmado por el Coordinador del Centro y el Jefe de Departamento en el que esté matriculado el estudiante. [f]. Trámites requeridos por el centro de acogida. Cuando así lo estipulara el centro de acogida y conforme a sus normas, el estudiante habrá de rellenar los impresos correspondientes a la matrícula y para la reserva de alojamiento así como realizar los trámites que al efecto determinara la institución de recepción.
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[g]. Otros documentos. Además de lo especificado anteriormente, el estudiante deberá estar en posesión de los siguientes documentos: • Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor. • Seguro médico: Alumnos cuyos padres sean beneficiarios de la Seguridad Social: habrán de dirigirse al Instituto Nacional de la Seguridad Social para solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea, o los formularios E-128 o E-111, que aseguran la asistencia sanitaria en países miembros de la UE. Para la obtención de dicho formulario, se presentará la acreditación de ser estudiante ERASMUS así como el resguardo de la matrícula realizada en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia. Alumnos cuyos padres estén asegurados en mutuas privadas (Muface, ASISA, SANITAS, etc): consultarán a la compañía aseguradora para obtener información específica acerca de la cobertura médica de los seguros. Algunas mutuas han establecido que, previa consulta a la compañía aseguradora, los estudiantes se dirigirán a la Oficina de la Tesorería para solicitar el número de filiación. Con este número, la fotocopia de la matrícula en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia de los dos cursos anteriores y la credencial de becario ERASMUS, se presentarán en el INSS para solicitar el formulario E-128 o E-111. Una vez en el centro de destino es conveniente inscribirse en el Consulado español al que pertenezca la población donde residan.
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Trámites durante la estancia ///
[a]. “Credencial de becario”. Con el fin de certificar su condición de estudiante ERASMUS, deberá presentar, si así le fuera solicitado por el centro de acogida, una copia de dicha credencial que le será entregada por la Escuela previo a su partida. [b]. “Confirmación de estancia”. Con el fin de certificar la incorporación al centro de destino, y en el plazo máximo de un mes desde su llegada, deberá cumplimentar los apartados 1 y 2 de este documento solicitar que sea sellado y firmado por el responsable en el centro de acogida, y remitirlo, por fax, a los siguiente número: + 34 968248203 La recepción de este documento, en tiempo y forma, es absolutamente imprescindible para el abono de la beca ERASMUS. El original de este impreso será conservado durante todo el período ERASMUS ya que, al finalizar la estancia en la universidad de acogida, y una vez cumplimentado, deberá ser entregado o enviado a la secretaría de la EASD de Murcia. [c]. “Learning Agreement”. Las modificaciones que, con respecto a las asignaturas primeramente seleccionadas, fuera necesario introducir se consignarán en el impreso “CHANGES TO ORIGINAL PROPOSED STUDY PROGRAMME/ LEARNING AGREEMENT” (anexo 7). Estos cambios serán autorizados, mediante las firmas correspondientes, por los Coordinadores de Centro y el Jefe de departamento en el que se encuentre matriculado el alumno. El reconocimiento de estos créditos será estudio por parte del departamento una vez recibido el impreso de “CHANGES TO ORIGINAL PROPOSED STUDY PROGRAMME/LEARNING AGREEMENT”. El plazo límite para la rectificación de las materias seleccionadas será de un mes, a partir de la llegada a la universidad de destino. Cuando los planes de estudio se estructuren en semestres, se dispondrá de un mes desde el inicio de los mismos. Para estancias superiores a 15 días en el extranjero es recomendable inscribirse en el consulado español.
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Trámites al finalilar la estancia ///
[a]. Confirmación de estancia (anexo 8). Firmado y sellado por el Coordinador o la persona designada al efecto en la institución de acogida, se entregará o enviará este impreso original -no serán validas las copias- a la secretaría de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia. Este documento expresa y certifica la duración real de estancia en el centro de acogida y es imprescindible para percibir el último plazo de la beca. Por tanto, y con el fin de que pueda recibir la cuantía total que le fue asignada, los meses en él indicados deberán corresponderse con el periodo por el que le fue concedida la beca (9 meses, 6 meses, 3 meses, por ejemplo). [b]. Transcript of Records o Certificado de Estudios (anexo 9). Será rellenado y sellado por el centro de acogida y en él se indicarán las asignaturas cursadas, la duración de las materias así como la calificación obtenida. El certificado de notas habrá de recoger el título de la materia, la duración o créditos así como la calificación. Es recomendable, con el fin de no dilatar el reconocimiento de estudios, que el estudiante regrese a la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia con el certificado de calificaciones. [c]. Solicitud de reconocimiento de estudios cursados en el extranjero (se puede recoger en la administración del centro) (anexo 10). Esta solicitud, debidamente firmada y cumplimentada, junto con los certificados de notas obtenidos, será presentada por el estudiante en la Administración de la institución de origen para que así se le haga llegar al coordinador Erasmus y al Jefe de estudios para que informe a los profesores de las asignaturas y módulos que son los que han de confirmar el reconocimiento de créditos. [d]. Informe del estudiante.El estudiante comentará los rasgos generales de la estancia en el extranjero, el aprovechamiento y las incidencias surgidas. Adjuntando un dossier comentado de las actividades realizadas en el centro de destino.
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Informaci贸n /////
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Erasmus ///
CARTA DEL ESTUDIANTE La Carta del estudiante Erasmus se aplica a los estudiantes que cumplen los criterios de admisibilidad Erasmus y que han sido seleccionados por su universidad para realizar un periodo de estudios en otro país europeo, en una universidad asociada, o un periodo de prácticas en una empresa, u otra organización. Para la movilidad de estudios, ambas universidades deben disponer de una Carta Universitaria Erasmus otorgada por la Comisión. Para las prácticas en empresas la universidad de origen debe disponer de una Carta Universitaria Erasmus ampliada que cubra los derechos y las obligaciones relacionadas con la movilidad de prácticas. Los estudiantes Erasmus tienen los siguientes derechos: [a]. La universidad de origen y de acogida deben tener firmado un acuerdo interinstitucional. [b]. La universidad de origen y de acogida deben suscribir con el estudiante, antes de su partida, un acuerdo de estudios/formación, que establezca el programa de estudios/trabajo previsto, incluyendo los créditos que se obtendrán. [d]. La universidad de acogida no percibirá retribución alguna en concepto de tasas de matrícula, exámenes, acceso a laboratorios y bibliotecas durante el periodo de estudios/prácticas Erasmus. [e]. La universidad de origen deberá otorgar pleno reconocimiento académico a las actividades realizadas satisfactoriamente durante el periodo de movilidad Erasmus, de conformidad con el acuerdo de estudios/formación.
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[f]. Al final de los estudios/prácticas en el país europeo, la universidad/empresa de acogida emitirá y firmará un certificado – certificado académico o certificado de trabajo – en el que figurarán los créditos y las calificaciones obtenidas. Si el periodo de prácticas en empresas no forma parte del plan de estudios, el periodo al menos quedará reflejado en el Suplemento Europeo al Título. [g]. El estudiante Erasmus recibirá en la universidad de acogida el mismo trato y los mismos servicios que los estudiantes de esta universidad. [h]. El estudiante tendrá acceso a la Carta Universitaria Erasmus y a la Declaración de Política Europea de sus universidades de origen y de acogida. [i]. Las becas o préstamos del país de origen se mantendrán durante el periodo de estudios en el país europeo. Los estudiantes Erasmus tienen las siguientes obligaciones: [a]. Respetar las normas y las obligaciones del contrato Erasmus, suscrito con la universidad de origen o la Agencia Nacional del país del estudiante. [b]. Garantizar que cualquier cambio del acuerdo de estudios/formación sea aceptado previamente por escrito por las universidades de origen y las instituciones de acogida. [c]. Cumplir el periodo total de estudios/prácticas acordado en la universidad/ empresa de acogida, incluidos los exámenes u otras formas de evaluación, y cumplir las normas y reglamentos de dicha universidad/empresa. Redactar un informe sobre el periodo de estudios/prácticas Erasmus, una vez finalizado éste.
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Si el estudiante tiene un problema: [a]. Lo precisará con claridad y comprobará cuáles son sus derechos y obligaciones. [b]. Se pondrá en contacto con su coordinador de departamento y utilizará el procedimiento formal de recurso de su universidad de origen. [c]. Si no está satisfecho con la solución ofrecida, se pondrá en contacto con su Agencia Nacional. Agencia Nacional Erasmus http://www.mec.es/educa/ccuniv/erasmus/ E-mail: erasmus@mec.es Se entiende por “universidad” todo tipo de centro de enseñanza superior, de acuerdo con la legislación o la práctica nacionales, que otorga cualificaciones o títulos de este nivel cualquiera que sea su denominación respetiva en los países participantes.
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Anexos ///
El anexo 1 preinscripción / solicitud de beca intercambios erasmus puede descargarse desde la página de la escuela de arte y supeior de diseño de murcia, en el apartado de programas europeos y debe entregarse en secretaria antes del 22 de Diciembre de 2010. Una vez publicadas en el Tablón de Anuncios de la Escuela las listas definitivas de Estudiantes seleccionados, éstos realizarán los siguientes trámites, los cuales el estudiante seleccionado deberá recoger los siguientes documentos: [a]. CARTA DEL ESTUDIANTE ERASMUS Documento donde se recogen los derechos y deberes de los Estudiantes Erasmus. [b]. COMPROMISO DEL BECARIO (Anexo 2) [c]. CONVENIO ENTRE EL ESTUDIANTE Y LA UNIVERSIDAD/INSTITUCIÓN (Anexos 5 y 6), firmado por el estudiante. Documento en el que consta la cuantía económica inicial de la ayuda que el estudiante va a recibir así como los derechos y obligaciones del estudiante. [d]. DOCUMENTO DE DATOS PERSONALES, ACADÉMICOS Y BANCARIOS (Anexo 3), sellado por el banco. Documento en el que debe reflejar los datos de una cuenta bancaria cuyo titular o cotitular sea el propio estudiante para poder hacer efectivo el importe de la ayuda. Con este impreso debe ir a la entidad bancaria para que le cumplimenten el impreso y se lo sellen. La modalidad de pago adoptada será la de transferencia bancaria. [e]. CREDENCIAL DE BECARIO (Anexo 7), documento que deberá conservar hasta el final de la estancia en el extranjero. Este documento sirve para acreditar en cualquier circunstancia la condición de becario Erasmus por lo que se recomienda al estudiante fotocopiarla y dejar una copia a una persona autorizada por si fuera
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necesario utilizarla. Antes del 31 de julio, el estudiante Erasmus deberá entregar en la Oficina de Relaciones Internacionales por duplicado los siguientes documentos para su validación por el personal de la ORI y la apertura del correspondiente expediente. [f]. CERTIFICADO DE LLEGADA A DESTINO (Anexo 8) Este certificado deberá presentarlo a su llegada a la universidad/Escuela extranjera durante los primeros días de estancia para, una vez firmado y sellado por la persona responsable (Oficina de Relaciones Internacionales, coordinador... etc.) Enviarlo por FAX a la Oficina de Relaciones Internacionales de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia al número +34 968 248203. Si este requisito no se cumple, el estudiante no percibirá la ayuda económica. Fecha de entrega: Se aconseja enviar por fax como se indica en el documento, en la semana siguiente a la llegada a destino. [g]. CERTIFICADO DE FINAL DE ESTANCIA (Anexo 8a) El estudiante deberá conservarlo en su poder hasta la finalización de su estancia. Antes de volver a Murcia, debe de ser cumplimentado por la Universidad/Institución extranjera donde haya realizado su estancia y entregarlo a su llegada a Murcia a la finalización de la misma. LAS FECHAS DE ESTE CERTIFICADO DEBEN COINCIDIR CON EL NUMERO DE MESES QUE FIGURAN EN LA CREDENCIAL DE BECARIO. DE NO COINCIDIR, EL ESTUDIANTE SERA OBLIGADO A DEVOLVER LA AYUDA. Fecha de entrega: Inmediatamente finalizada su estancia en la institución extranjera [h]. INFORME DEL ESTUDIANTE (Anexo). Este documento permanecerá en poder del estudiante hasta la finalización de su estancia, se entregará en la Oficina de Relaciones Internacionales junto con el certificado final de estancia. Se recuerda al estudiante que estos documentos estarán disponibles en el acceso identificado del estudiante solo por un tiempo limitado. Aquellos documentos que no deban ser entregados en la ORI antes de su partida, deberán ser guardados o impresos para su posterior entrega en la forma y plazos descritos en esta guía.
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Direcciones de interes y contacto ///
CENTROS DE ENSEÑANA. • Accademia di Belli Arti di Brera: Via Brera, 28. 20121Milán – Italia Télefono + 39 02 86955.1* Fax + 3* 02 86403643 Web: http://www.accademiadibrera.milano.it • Politecnico di Milano Viale Romagna, 62. 20133 Milán – Italia Télefono + 39 02 239521* Fax + 3* 02 Web: http://www.polimi.it • Universitá degli Studi di Napoli Federico II Corso Umberto I, 80138 Napoles – Italia Télefono Centralino 081 2531111 Web: http://www.unina.it • ESAD. Escola Superior de Artes e Design Matosinhos Avenida Calauste Gulbenkian. Matosinhos – Portugal Web: http://www.esad.pt • École Superieure des Arts Saint Luc Bd de la Constitution B-4020 Lieja - Belgica Télefono + 32 04 3418000 * Fax + 32 04 3418080 Web: http://www.saintluc-liege.be Coordinador/a: Isabelle Vandevoort E-MAIL : isabelle.vandevoort@saintluc.com • Accademia di Belli Arti di Santa Giulia Via Tommaseo, 49 Brescia - Italy Teléfono +39 030 383368 Fax +39 030 3389557 Web: http://www.accademiasantagiulia.it
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OTROS ORGANISMOS DE INTERES. • APEE. Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos: Web: http: www.oapee.es • Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia: Plaza Pintor Inocencio Medina Vera, s/n 30007 – Murcia. (España). Web: http://www.escueladeartemurcia.org . Email Erasmus: erasmus@escueladeartemurcia.org a la atención de Rocío Medina. Teléfono: 034 968 900250. Fax: 034 968 248203. • Consulado general en Milán (Italia): Cancillería: Via Fatebenefratelli, 26 – 20121 Milano. Teléfono: 00 39 081 41 11 57. Fax: 081 40 16 43 . Email: cog.napoles@mae.es . • Consulado general en Napoles (Italia): Cancillería: Palazzo Leonetti, Via dei Mille, 40 – 80121 Napoli. Teléfono: 00 39 02 6328831. Fax: 02 6571049. Email: cog.milan@mae.es . • Consulado general en Roma (Italia): Cancillería: Via Campo Marzio, 34.- 00186 Roma. Teléfonos: 6871401 y 68300587. • Consulado español en Oporto (Portugal): Cancillería: Rua don João IV, 341.-4000 Porto. Teléfono: 22 536 39 15, 22 536 39 40 y 22 510 16 85. Fax: 22 510 19 14. Email: cgespporto@correo.mae.es . • Consulado español en Lisboa (Portugal): Rua do Salitre, 3.-1269-052 Lisboa Codex. Teléfono: 21 322 05 00, 21 347 27 92 y 21 347 85 01. Fax: 21 347 86 23. Email: cgesplisboa@correo.mae.es . • Consulado honorario de España en Lieja (Belgica): Av. De Luxemboug, 11.- 4020 Liège.
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