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Este viernes inicia el despliegue militar para la entrega del material electoral

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 22 de septiembre del 2022, a las 12h15. REPÚBLICA DEL ECUADOR COMPLEJO JUDICIAL SUR EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: César Efraín Guañuna Pillajo y Elvia Marina Vaca Espín

Juicio No.17233-2022-05194

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Actores: Alberto Celso Bastidas Moreno y Aida Victoria Pacheco Arias

Demandados: César Efraín Guañuna Pillajo, Elvia Marina Vaca Espín, José Luciano Jaramillo Saavedra y Rosa Livia Ordoñez Núñez

Objeto / pretensión: Que se acepte en su totalidad la demanda y se conceda en sentencia a favor de los actores Alberto Celso Bastidas Moreno y Aida Victoria Pacheco Arias la prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio del bien inmueble ubicado en la provincia de Pichincha Cantón Quito, parroquia Chilibulo, calle Fabián Alarcón s/n y pasaje Oe10I, barrio La Lorena

Base legal: Art. 298 del COGEP

Cuantía: $146.889,27

Abogado de la actora: Dra. Patricia Tufiño, casillero 4172, correo: pt.abogados@hotmail.com

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, mar tes 6 de septiembre del 2022, a las 16h12. (...) La demanda de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, de un inmueble ubicado en la parroquia Chilibulo, ante La Magdalena, de este cantón Quito, que presentan los cónyuges, Alberto Celso Bastidas Moreno, portador de la cédula de ciudadanía N°.0500586730, y Aida Victoria Pacheco Arias, portadora de la cédula de ciudadanía N°.0101790012; en contra de, los cónyuges, César Efraín Guañuna Pillajo, portador de la cédula de ciudadanía N°.1705520839 y Elvia Marina Vaca Espín, portadora de la cédula de ciudadanía N°.1705412912; y, de los cónyuges, José Luciano Jaramillo Saavedra, portador de la cédula de ciudadanía N°.1900108398 y Rosa Livia Ordoñez Núñez, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la admite a trámite correspondiente mediante procedimiento ordinario, establecido en el Título I, Capítulo I, Artículo 289 al 298 del COGEP.- Cítese con la demanda y con esta providencia a los demandados, cónyuges, José Luciano Jaramillo Saavedra, y Rosa Livia Ordoñez Núñez, en la dirección proporcionada por los demandantes.- Atenta la declaración juramentada de los demandantes respecto a la mposibilidad de dar con el domicilio de los demandados, cónyuges , César Efraín Guañuna Pillajo y Elvia Marina Vaca Espín, cíteselos con un extracto de la demanda y con esta providencia, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación que se dictan en esta ciudad, para cuyo efecto por Secretaría, elabórese el respectivo extracto y remítase con firma electrónica a la dirección electrónica señalada por los demandantes.- Citación que se dispone realizar a los cuatro demandados, para que en el término de (30) días, contesten la demanda.- Debiendo los demandados, al contestar la demanda: 1).- Pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora; 2).- Pronunciarse sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda; 3).- Pronunciarse sobre la autenticidad de la prueba documental acompañada a la demanda, con la indicación categórica de lo que admiten y de lo que niegan; 4).- Deducir todas las excepciones de las que se crean asistidos; mismas que podrán reformarse hasta antes de la audiencia preliminar; y, 5).- Anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda la información que sea necesaria para su actuación, en la forma establecida en el Art.152 del COGEP.Los efectos de la falta de contestación a la demanda se encuentran establecidos en el Art. 157 del COGEP.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual, por Secretaría ofíciese al funcionario respectivo adjuntado copia de las piezas procesales correspondientes y remítase el Oficio, firmado electrónicamente, a la casilla judicial de los demandantes, dejando constancia en el SATJE.- Cuéntese en la sustanciación de esta causa con los representantes legales del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, (...) f) CEVALLOS AMPUDIA EDWIN ERNESTO, JUEZ Lo que comunico para los fines de ley y le cito, recordándole la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- CERTIFICO.

A partir de las 08:00 de este viernes, 03 de febrero de 2023, desde el Centro de Procesamiento Electoral del Azuay, ubicado en las calles Los Gorriones y Golondrinas, (detrás de la Universidad del Azuay), inicia el despliegue del material electoral a los cantones de la provincia, así lo informó el Consejo Nacional Electoral de Azuay. Y de acuerdo al cronograma desde el sábado 04 de febrero se distribuirá a Cuenca y sus parroquias. La Delegación Provincial Electoral detalló que hoy llevará a cabo con el cumplimiento del voto de las personas privadas de la libertad se encuentra programado la inauguración desde las 06:30.

“A las 17:00 del domingo 5 de febrero la junta electoral se instalará en sesión permanente de escrutinio; los primeros votos que escrutaremos serán la votación de las personas dentro del proceso Voto en Casa”, indicó Alejandra Garófalo, presidenta de la Junta Provincial Electoral de Azuay.

A partir de las 20:00 se darán a conocer los resultados preliminares del sufragio en la provincia y el cantón.

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