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Convenio de seguridad entre Ecuador y EE.UU.

Los gobiernos de Estados Unidos y Ecuador han suscrito un memorando de entendimiento que busca fortalecer las capacidades de las Fuerzas Armadas ecuatorianas y combatir las amenazas contra la seguridad ciudadana.Así lo informó en un comunicado la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia y precisó que el proceso de cooperación que supone ese instrumento tendrá una duración de sie- te años.

En el plan de acción bilateral, que reafirma los mecanismos de fomento de confianza entre las fuerzas militares de los dos países, participarán el Departamento de Defensa y el Departamento de Estado de los Estados Unidos, así como el Ministerio de Defensa de Ecuador.

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Se fortaleceá las capacidades de las Fuerzas Armadas de Ecuador. / EFE

Echeverría.

Durante el seminario de presentación de la estrategia nacional de producción y desarrollo del hidrógeno verde en Ecuador, realizada con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Echeverría estimó que la generación de este combustible podría ser una fuente de ingresos

REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL DE CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.

JUICIO EJECUIVO No. 17230-2022-08842

MATERIA: CIVIL

TIPO DE PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN.

ASUNTO: EJECUCIÓN DE LAUDO ARBITRAL

ACTOR: ANEFI S.A ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS

DEMANDADO: PAZMIÑO JARAMILLO MARIO XAVIER, CIANZICORP S.A.

JUEZA: DAYANNA SANMARTIN SOLANO

PROVIDENCIA/AUTO:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito que antecede puesto en mi despacho en la presente fecha, en atención al mismo se dispone: 1.- En mérito del juramento rendido, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Notifíquese cítese a la parte demandada CIANZICORP S.A. REPRESENTANTE LEGAL MARIO XAVIER para el país.

PAZMIÑO JARAMILLO. Por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación del lugar, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente a fin de proceder con la notificación a la parte demandada. - De conformidad con el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos, que manifiesta: “Las partes, al momento de comparecer al proceso, determinarán dónde recibirán las notificaciones. Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”. Al haberse señalado correos electrónicos en la presente causa, se procede a notificar a los mismos, siendo estos medios idóneos reconocidos por ley. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.NOTIFÍQUESE.

“Ecuador podría tener ingresos de 51 millones de dólares por exportaciones de hidrógeno verde por año al 2030 y reducir las emisiones en un 15,7 % al 2030”, señaló el funcionario.

Entre las aplicaciones potenciales del hidrógeno verde está la refinación de crudo, el transporte y para generación de calor en industrias como la del cemento y acero. El viceministro de Relaciones Exteriores, Luis Vayas, explicó que la hoja de ruta permitirá apoyar la definición de políticas públicas para el desarrollo de la industria del hidrógeno verde en Ecuador.

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA Y UNIVERSAL DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA SEGURIDAD INVESTIGACIÓN Y PROTECCIÓN INTELIGENTE SIPROSEG CIA. LTDA

De conformidad con lo establecido en el Estatuto de la Compañía, la Ley de Compañías y en el Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, en Comandita por Acciones y de Economía Mixta, se convoca a todos los socios de la Compañía SEGURIDAD INVESTIGACIÓN Y PROTECCIÓN INTELIGENTE SIPROSEG CIA. LTDA., a la Junta General Extraordinaria de socios que se realizará el día lunes 31 de julio de 2023, a las 09h30, en la Av. De la Prensa N49-156 y Río Curaray, parroquia La Concepción, de esta ciudad de Quito, para tratar el siguiente orden del día:

1. Conocer y aceptar la renuncia irrevocable al cargo de Gerente General por parte del señor Juan Carlos Barragán Tapia.

2. Designación del Gerente General de la Compañía por el periodo de cinco años.

3. Conocer y aceptar la renuncia irrevocable al cargo de Presidente por parte del señor David Alejandro Barragán Custode.

4. Designación del Presidente de la Compañía por el periodo de cinco años.

5. Conocer y aprobar la cesión de participaciones que realizará el señor Juan Carlos Barragán Tapia.

Quito, 20 de julio de 2023

Derrame de petróleo afectó 4 kilómetros de playa

Un derrame de alrededor de 1.200 barriles de petróleo liviano afectó cuatro kilómetros en la provincia de Esmeraldas, informó Petroecuador.

El gerente de transporte, Rafael Armendariz, comentó que en la madruga- da del miércoles ocurrió el rebosamiento de un tanque enterrado de 188 barriles de capacidad, por lo que se ha pedido una “investigación a fondo”.

La mayor cantidad de crudo derramado quedó contenida en una piscina construida para el efecto, pero otra parte contaminó en zona de la playa Las Palmas. Hasta el cierre de esta edición ayer, Petroecuador, informó que se ha logrado contener en un 90 % la afectación en tierra. / EFE

Extracto

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO

CITACION JUDICIAL: Al Sr. HECTOR EDUARDO LOPEZ BRAVO

JUICIO DE: ALIMENTOS CON PRESUNCION DE PATERNIDAD

TRAMITE: SUMARIO

ACTOR: ERIKA MISHEL MOLINA NARVAEZ

CAUSA No. - 17204-2020-1728

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, lunes 10 de julio del2023, las 11h04.VISTOS.- Toda vez que mediante acta de fecha 10 de julio de 2023 la accionante ha comparecido a este Complejo Judicial a las 10h00 de esta fecha y ha declarado bajo juramento que desconoce la individualidad y residencia del demandado así como la imposibilidad de determinar la misma, en base a lo cual y de conformidad establecido en el artículo 56-1 de Código Orgánico General de Procesos y atento al juramento rendido por la parte accionante se dispone: 1] CITAR al señor HECTOR EDUARDO LOPEZ BRAVO (Cl. 1726880832), mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, para tal efecto concédase el extracto que consta en los siguientes términos: Comparece la señorita ERIKA MISHEL MOLINA NARVAEZ y presenta una demanda de alimentos con presunción de paternidad en contra del señor HECTOR EDUARDO LOPEZ BRAVO , en virtud de lo cual se ha procedido a emitir el auto de calificación que obra a fs. 10 de los autos. Se le previene a la parte demandada de la Obligación de comparecer a juicio y contestar la demanda en el término de DIEZ días, conforme determina el numeral 3 del Artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos. - [2] Previa a la realización de la audiencia deberán constar los resultados del examen de ADN según lo ordenado en el referido auto.NOTIFIQUESE. F) DR. EDISON GUALOTUÑA ASIMBAYA. - JUEZ

Atentamente;

Sr. Juan Carlos Barragán Tapia Gerente General

Lo que comunico a Usted para los fines de Ley

Dra. Lorena Velasco G SECRETARIA DE UNIDAD

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