![](https://static.isu.pub/fe/default-story-images/news.jpg?width=720&quality=85%2C50)
4 minute read
Anunciaron sus precandidaturas
Ecuador llega a un proceso electoral extraordinario luego de que el presidente Guillermo Lasso adujera una “grave crisis política y conmoción interna” para aplicar la llamada “muerte cruzada”, por la cual disolvió el Parlamento y pidió que se convoque a elecciones anticipadas. Mismas que se desarrollarían después del Feriado del Primer Grito de Independencia que cae el jueves 10 de agosto y que los días de descanso se moverá desde el viernes 11 de agosto. Hasta el momento, los nombres que suenan como precandidatos a la presidencia del Ecuador son: el exasambleísta Fernando Villavicen- cio, quien ofrece luchar contra las mafias.
Jan Topic, quien- sin afiliación política- busca posicionarse en el tablero electoral, y el de Otto Sonnenholzner, exvicepresidente en el Gobierno de Lenín Moreno, quien confirmó su presencia en las elecciones por el Partido Avanza. EFE
Advertisement
Se dictó prisión preventiva contra cadete de policía por caso de abuso sexual
Precandidato. Jan Topic, empresario experto en armas. / INTERNET
La Fiscalía de Ecuador informó de que ha formulado cargos contra el cadete identificado como Alexander G. por el delito de presunto abuso sexual cometido en el interior de la Escuela Superior de Policía, ubicada en el norte de Quito.
El Ministerio Público en un mensaje vía Twitter explicó que ha formulado cargos.
Además, el juez a cargo del caso ha ordenado la prisión preventiva (con fines de investigación) del sospechoso, un aspirante a policía.
EXTRACTO CASILLA JUDICIAL No.
La Comandancia de la Policía, por su parte, en un comunicado informó de que, tras conocer del suceso activó sus “protocolos internos con el fin de realizar la investigación administrativa disciplinaria” que corresponde en estos casos. / EFE
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
JUICIO: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO
CUANTIA: INDETERMINADA
TRAMITE: ORDINARIO
ACTORA: MEZA LOPEZ ROSA MARIA
DEMANDADOS: CHALA MEZA HUGO FABIAN Y OTROS
ADOGADO DEFENSOR: DRA.VALERIA MARMOL SOLIS
CASILLERO: X
CAUSA NO.- 17203-2023-00717
NOTIFICACIÓN AL PÚBLICO:
JuicioNo.17203-2023-00717
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 18 de abril del 2023, a las 08h19. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura número 116-2012, de 11 de septiembre de 2012, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial N° 810 de 16 de octubre de 2012; y por el sorteo de ley, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, con sede en la Parroquia Mariscal Sucre, del Distrito Metropolitano de Quito.- La demanda que antecede es clara, completa, y reúne los demás requisitos de ley por lo que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta a trámite en procedimiento ORDINARIO.- De conformidad a dispuesto en el Art. 291 del COGEP, Cítese de INMEDIATO a los demandados señores CHALA MEZA HUGO FABIAN, CHALA MEZA CRISTIAN PAUL, CHALA MEZA ALEX STALIN, y CHALA MEZA MAX ESTEBAN, con la copia de la demanda, en la dirección consignada por la accionante, PARA EL EFECTO, remítase el proceso al Archivo de esta Unidad Judicial, a fin de que la parte interesada brinde las facilidades del caso y confiera las copias necesarias para proceder con la respectiva citación, conforme a lo dispuesto en el Memorando Circular No. CJ-DNGP-2018-0289-MC, de 18 de julio del 2018, remitido por la Dirección Nacional de Gestión Procesal del Consejo de la Judicatura., para lo cual por Secretaría remítase el despacho suficiente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial, a fin que, los demandados en el TÉRMINO DE 30 DÍAS anuncie la prueba al contestar la demanda, y haga valer sus derechos en los términos referidos en los Arts. 291 y 151 del Código Orgánico General de Procesos bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía de la demandada.- Una vez que la parte actora ha declarado bajo juramento, que pese a todas las averiguaciones, le ha sido imposible determinar la individualidad y domicilio de los herederos presuntos y desconocidos del causante señor CHALA AUGUSTO HUGO, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56.2 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR por la prensa, a los herederos presuntos y desconocidos del causante CHALA AUGUSTO HUGO, esto es mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha.- Si contados veinte días a partir de la fecha de la última publicación, no comparecieren, se seguirá con la causa en su rebeldía; al efecto remítase el extracto correspondiente, advirtiendo la obligación que tienen de señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico para sus notificaciones, además el demandado tiene la obligación de contestar la demanda, y anunciar los medios probatorios que requiera para justificar su contestación.- A fin de garantizar la seguridad jurídica y el debido proceso la convocatoria audiencia preliminar respectiva se realizará una vez verificada la citación a los demandados, y agotado el término de contestar su demanda.- Téngase en cuenta la prueba que anuncia y adjunta la actora de la causa, esto es documental y testimonial de los señores MEZA LOPEZ MARIA ELVIA, TORRES MEZA KATHERINE YOMAIRA, ALBATA MEZA JOSUE ALEXANDER y TORRES MEZA MATEO ISMAEL, por lo cual de conformidad al Art. 190 Código Orgánico General de Procesos se les notifica a los testigos por medio del correo electrónico marmolvaleria26@mail.com para su comparecencia en el día de la respectiva audiencia, mismos que se considerará en el momento procesal oportuno.- Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados para recibir las notificaciones que le corresponda, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Téngase en cuenta la cuantía y el trámite señalados.- Actúe la Abg. Sonia Coloma Manzano, en su calidad de secretaria de este despacho judicial. CÍTESE y CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.-F.-BETANCOURT ORTIZ GRACIELA VIVIANA JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL (PONENTE) Lo que comunico a usted para los fines de ley.
Atentamente,
ABG. SONIA COLOMA MANZANO. MSC SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA