La protección de fuentes de agua Información sobre la protección del agua
Qué es una fuente de agua
Una fuente de agua se refiere al agua de origen (como ríos, arroyos, lagos, embalses, manantiales y aguas subterráneas) que proporciona agua a los suministros públicos de agua potable y a los pozos privados.
Potenciales aguas subterráneas exigen un gerenciamiento sustentable. El agua subterránea representa el 99% de toda el agua dulce líquida en la Tierra. Sin embargo, este recurso natural a menudo se malinterpreta y, en consecuencia, se infravalora, se gestiona mal e incluso se abusa.
La protección de las fuentes de agua puede reducir los riesgos al evitar la exposición al agua contaminada.
Las empresas de agua potable que responden a la definición de sistema público de agua son responsables de cumplir con los requisitos de los programas de agua potable estatales.
Proteger las fuentes de agua de la contaminación ayuda a reducir los costos de tratamiento y puede evitar o aplazar la necesidad de un tratamiento complejo.
Hay muchos beneficios adicionales asociados a la protección de las fuentes de agua, entre ellos, la protección de la calidad del agua para la vida silvestre y el uso recreativo y la protección de la disponibilidad y cantidad de suministros de agua.
Ejemplos de protección de fuentes de agua
La protección de fuentes de agua incluye una amplia variedad de acciones y actividades destinadas a salvaguardar, mantener o mejorar la calidad o cantidad de las fuentes de agua potable y sus áreas contribuyentes. Estas actividades pueden depender del tipo de fuente que se esté protegiendo (por ejemplo, agua subterránea, un embalse o un río).
Algunos ejemplos de protección de fuentes de agua son: la restauración de las zonas ribereñas para reducir la contaminación por escorrentía; la estabilización de los bancos de arroyos para reducir la sedimentación; la protección de tierras/servidumbres; las mejores prácticas de gestión para actividades agrícolas y forestales o control de aguas pluviales;
las ordenanzas locales para limitar ciertas actividades en áreas de protección de fuentes de agua o de pozos;
el desarrollo de planes de respuesta a emergencias; y la educación de la industria, las empresas y los ciudadanos locales sobre la prevención de la contaminación y la protección de las fuentes de agua.
Muchas comunidades, (ciudadanos de municipios) han formado organizaciones o grupos que planifican e implementan la protección de las fuentes de agua.
Cuál es el papel del estado en la protección de las fuentes de agua
Trabajar con, servicios públicos locales y muchas otras partes interesadas para implementar programas que mantengan la calidad del agua potable.
El objetivo de las Leyes referenciales de Agua Potable Segura es proteger la calidad del agua potable a través del “enfoque de barreras múltiples” que considera todas las amenazas (naturales y provocadas por el hombre) y establece barreras para eliminar o minimizar sus impactos.
Los siguientes pasos son una parte importante del enfoque de barreras múltiples: seleccionar la mejor fuente de agua potable disponible; proteger la fuente de agua potable de la contaminación; utilizar un tratamiento de agua eficaz; y evitar el deterioro de la calidad del agua en el sistema de distribución de la misma.
El enfoque de "Protección de las fuentes de agua" se esfuerza por proteger las fuentes de agua potable mediante el desarrollo de herramientas y acciones de asociaciones sociales capaces de evitar la contaminación de las fuentes de agua potable, los gobiernos estatales y locales y otras partes interesadas; con una buena gestión de control, esto hace considerables avances. Tengamos presente que ante la ausencia del estado se libera el descontrol para fagocitar la contaminación, basurales a cielo abierto, arroyos, ríos los cuales terminan como vertederos de envases de agroquímicos etc.
Concientizar al Acuífero como fuente de agua única de agua potable y establecer áreas de revisión y control.
Estas acciones tienen un impacto en el medioambiente y su salud.
Los municipios deben entender que a través de su gestión de protección Ambiental ofrece al ciudadano su protección como la de su familia de los riesgos ambientales a fin de permanecer saludable en su hogar, en la escuela, en su lugar de trabajo y en su comunidad.
Tipo de información obligatoria a brindar al ciudadano cada vez que lo requiera Cada informe debe proveer a los consumidores de la siguiente información básica sobre su agua potable
El lago, río, acuífero u otra fuente de agua potable.
Un breve resumen sobre el riesgo de contaminación de la fuente de agua potable local.
El contaminante regulado que se encontró en el agua potable local.
Los efectos potenciales de cualquier contaminante en la salud detectado en infracción de una norma de salud.
Una explicación de las medidas del sistema para recuperar el agua potable.
Una declaración educacional para las poblaciones vulnerables sobre cómo evitar las patologías resultantes del agua contaminada.
Información educacional sobre el nitrato, arsénico o plomo en las zonas donde estos contaminantes pueden ser una preocupación.
Números telefónicos de fuentes adicionales de información, incluido el sistema del agua.
Número telefónico de la línea directa de Agua Potable Segura correspondiente al área de las secretarias de obras públicas municipales
La Ley de Agua Potable Segura y la Norma del Informe de confianza del consumidor proveen a los estados la flexibilidad para establecer requerimientos de informe alternativos, pero la norma establece requerimientos de base para garantizar que todos los informes incluyan la misma información básica.
Para aportar a la información del artículo de referencia brindamos un ejemplo concreto sobre “La protección del agua segura” en la línea de tiempo 2013/ 2020 República Argentina, Provincia de Buenos Aires. El arsénico y su regulación en el servicio de agua
El arsénico es un mineral que existe de forma natural y que, frecuentemente, se encuentra combinado con otros minerales, no se sintetiza ni tampoco conforma un desecho vegetal. Se halla distribuido en la corteza terrestre en pequeñas cantidades en rocas, suelos, agua y aire y no se deteriora. Los compuestos de arsénico se clasifican en tres grupos: inorgánicos, orgánicos, y gas arsina (ATSDR, 2009). Como explica García (2011: 9), el grado de toxicidad del arsénico varía de acuerdo con su estado de valencia, su forma química (es decir si es inorgánico u orgánico), estado físico (gas, solución o polvo) y otros factores como “la solubilidad, tamaño de la partícula, velocidad de absorción, eliminación y presencia de impurezas”. El arsénico inorgánico es más tóxico que el orgánico y aunque existen distintas vías de exposición, la principal es la ingestión mediante la comida y, en algunas áreas, por el agua de pozos contaminados, de acuerdo con la Agencia para Sustancias Tóxicas y el Registro de Enfermedades
Mapa de distribución de arsénico en el agua subterránea de la Provincia de Buenos Aires, República ArgentinaSobre la base de 640 análisis de As disuelto, en muestras tomadas en 159 puntos, de los acuíferos someros de la Provincia de Buenos Aires, especialmente los contenidos en el Loess Pampeano, en las dunas costeras atlánticas, en los médanos de la Pampa Arenosa, y en el semiconfinado (Acuífero Puelche), pudo elaborarse una cartografía de carácter orientativo.
Sin embargo, existen restricciones en cuanto a su utilización como fuente de agua potable debido a que las concentraciones de As superan lo establecido por las normativas nacionales. En el ámbito de la provincia de Buenos Aires, Auge et al. (2013) calcularon que el 87 % de la superficie del recurso hídrico subterráneo posee aguas que superan el límite provincial vigente, establecido en 50 μg L -1 por la Ley Provincial 11820, límite que actualmente se encuentra en revisión.
No obstante lo anterior, la gran variación espacial y vertical del As (y también temporal, aunque en menor medida) indica que los estudios regionales de exploración hidrogeológica suelen resultar insuficientes debido a la dependencia de factores de control locales en la movilidad del As.
MIGUEL AUGE Academia Argentina Ciencias del AmbienteVerónica L. Cáceres Universidad Nacional de General Sarmiento/ UNGS Instituto del desarrollo humano. Doctora en Ciencias Naturales.
El artículo sitúa la atención en el servicio de agua en el interior de la provincia de Buenos Aires-Argentina, donde el debate por la calidad y los niveles de arsénico ha dado lugar a conflictos que se han judicializado. Uno de los conflictos emblemáticos tuvo lugar en el municipio denominado Nueve de Julio, donde la población se organizó y presentó un reclamo judicial que derivó en un fallo de la Corte Suprema de la Nación en 2014. Tras los reclamos y las exigencias judiciales se conformó un espacio de articulación con distintos actores que permitió la firma de un acuerdo y la posterior construcción de un conjunto de infraestructuras para reducir el arsénico. El artículo narra el proceso que tuvo lugar durante 2010-2016 e indaga en la situación actual desde la mirada de los actores. Lo hace con una estrategia metodológica cualitativa que utilizó fuentes primarias, especialmente entrevistas a informantes claves y una encuesta directa, así como fuentes secundarias que incluyen documentos de los organismos involucrados, normativa sectorial y notas periodísticas.
La República Argentina, donde la provisión de agua se estimaba que alcanzaba al 84.4 % de la población y las cloacas sólo al 58.4 % (Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, 2017). Se trata de un país federal que tiene tres niveles de gobierno: la nación, las provincias y los municipios con competencias específicas de acuerdo con la Constitución Nacional y las constituciones provinciales.
La gestión del servicio de agua conforma una responsabilidad de las provincias desde 1980 cuando fue descentralizado y transferido desde el nivel nacional, aunque hay algunos casos en que las provincias transfirieron el servicio de agua a los municipios. Cada provincia establece mediante normativas propias las regulaciones sobre la gestión del servicio público del agua y, en general, lo hacen mediante los marcos regulatorios sectoriales.
A su vez, las provincias cumplen las principales funciones de protección ambiental que incluyen la preservación, recuperación y conservación de los recursos naturales renovables y no renovables, entre otras.
Por su parte el Estado nacional tiene la responsabilidad ineludible de sancionar los presupuestos mínimos ambientales y los parámetros que rigen en todo el país a partir de considerar los principios precautorio, de congruencia, progresividad, responsabilidad y sustentabilidad (Ley General del Ambiente núm. 25675).
Por último, también existe una norma nacional denominada Código Alimentario que regula las características de los alimentos y bebidas, incluyendo las del agua, la cual requiere adhesión por parte de las provincias; en este
La exigibilidad del derecho humano al agua y el desafío del arsénico en la provincia de Buenos Aires, Argentinasentido, la gestión del suministro de agua refiere a un área descentralizada en la que se entrecruzan regulaciones que corresponden a distintos niveles de gobierno e involucra un servicio indispensable para garantizar el derecho a la salud, por lo que demanda esfuerzos de coordinación para potenciar las acciones del Estado.
La presencia de arsénico en proporciones que afectan la calidad del agua y de esta forma la salud, conforma una de las dificultades y desafíos persistentes en el país. Esta situación se observa en una extensa proporción del territorio que incluye la denominada llanura Chaco-pampeana, la región de Cuyo y la región del noroeste del país. La situación más crítica se observa en las provincias de Chaco, Córdoba, Santiago del Estero, Salta, Santa Fe, Tucumán, La Pampa y parte de la provincia de Buenos Aires. Los niveles de arsénico se tornan comparables, de acuerdo con la literatura, con países asiáticos como Bangladesh (Villaamil Lepori, 2015). Es decir, se trata de un problema global como se plantea en distintos trabajos como (Murcott (2012); McCarty, Hanh y Kim (2011), Bundschuh, Pérez Carrera y Litter (2008), Carabantes y Fernicola (2003) entre otros). El arsénico es un elemento natural distribuido en la corteza terrestre que se encuentra en cantidades pequeñas en rocas, suelos, agua y aire, y se caracteriza por no ser perceptible por el olor, color, aunque es muy tóxico en su forma inorgánica. Su toxicidad puede afectar de forma aguda el organismo tras la ingesta de cantidades importantes en corto periodo, o de forma crónica cuando se consume en pequeñas cantidades en un periodo mayor. La fuente del arsénico que se observa en las regiones de la República Argentina tiene un origen natural ligado a los procesos volcánicos y no se encuentra relacionada con las actividades antrópicas
El desafío de reducir los niveles de arsénico en el agua para consumo doméstico involucra, como se señaló, a distintas provincias, entre ellas la provincia de Buenos Aires. Dicha provincia es la más importante en términos demográficos, ya que su población alcanzaba al 38.97 % del total del país y contaba con un elevado grado de urbanización, con 96.4 % de la población urbana, 98.93 % conectada al servicio público de electricidad y el 64.94 % con el servicio público de gas (INDEC, 2010). Para 2010, la provincia concentraba el 47.9 % de los hogares, lo cual equivalía a 2 214 655, de los cuales el servicio de provisión de agua satisfacía al 75.09 %, mientras que el servicio de desagüe sólo al 47.57 %, además de concentrar el grueso de la población desabastecida en el Conurbano bonaerense, el territorio más empobrecido (INDEC, 2010).
Cabe señalar que la población de la provincia de Buenos Aires se distribuía para 2010 en dos regiones diferenciadas, los 24 municipios del denominado Conurbano bonaerense que rodeaban a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y concentraban al 63.46 % de la población provincial, y el interior, conformado por otros 111 con menor cantidad de población (INDEC, 2010) En la provincia, el debate sobre la calidad del agua y en especial sobre los niveles de arsénico se ha instalado recientemente en un conjunto de municipios del interior, con menor densidad de población y ha dado lugar a conflictos judicializados
Uno de los conflictos emblemáticos se dio en el municipio de Nueve de Julio, que tiene una de las ciudades más importantes del interior provincial, donde la población, por un lado, se organizó y presentó un reclamo judicial que derivó en el tratamiento posterior de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por otro, en paralelo, logró la firma de un Acta compromiso que involucró al gobierno, la empresa que presta el servicio de agua y la entidad de bien público que permitió la construcción de una planta de abatimiento del arsénico que, tras su inauguración, lo redujo en torno a los niveles recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS). La pregunta que orienta el artículo es ¿qué aspectos particulares tuvieron lugar en el proceso de reclamo por el derecho al agua en el municipio Nueve de Julio que facilitaron la construcción de una planta de abatimiento de arsénico? El conflicto por el arsénico estuvo atravesado por el despliegue de un conjunto de acciones políticas y judiciales impulsadas por actores sociales que lograron la articulación con actores estatales, en especial el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, cuyas sinergias permitieron la construcción de la planta.
De esta forma la lectura del artículo permite observar, en primer lugar, el proceso de lucha por la exigibilidad del derecho al agua y el conjunto de acciones que tuvieron lugar. En segundo lugar, da cuenta de la situación actual respecto a la provisión y las representaciones de parte de la población respecto a la calidad del agua. Para lograr esto, se indagó en fuentes primarias, se realizó una encuesta y entrevistas a informantes claves y se consultaron fuentes secundarias que incluyen documentos de los organismos involucrados, normativa sectorial y notas periodísticas.
La selección de informantes claves incluyó a referentes de la sociedad civil puntualmente de la entidad que promovió las acciones y funcionarios del gobierno local y provincial.
El artículo se plantea desde un enfoque que, en primer lugar, reconoce que el acceso al agua es un derecho humano inalienable y básico para la sostenibilidad de la vida (Santos y Valdomir (2006), Justo (2013), Bohoslavsky (2011), Acosta y Martínez (2010), entre otros); y en segundo, que considera que los problemas ambientales se han abordado en el país con una fuerte impronta sectorial y fragmentada que no potencia el desempeño del Estado en una arena que demanda coordinación por la diversidad de actores, intereses y dimensiones ambientales, económicas, políticas, institucionales y sociales que la entrecruzan (Isuani (2016), Gutiérrez e Isuani (2014), Gutiérrez y Merlinsky (2016)).
En la República Argentina los desafíos ambientales y aquellos relacionados con los servicios básicos, como el agua, donde se cristalizan inequidades de larga data, se caracterizan por conformar arenas de fuerte activismo judicial, en especial, tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia en 2006 en una causa ligada a la cuenca Matanza Riachuelo. En este caso la Corte promovió la implementación de acciones coordinadas entre distintos niveles de gobierno con jurisdicción en la cuenca (Ferro, 2015). El artículo tiene la siguiente estructura, en primer lugar, luego de presentar la estrategia metodológica que sostuvo la realización de la investigación, da cuenta de una caracterización sobre la situación del arsénico y su regulación en el servicio de agua en la República Argentina; en segundo lugar, analiza el proceso que dio lugar a la construcción de una planta de abatimiento del arsénico y un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, por último, se presentan las conclusiones.
En la investigación en la que se basa este artículo se priorizó, principalmente, una metodología cualitativa que procuró reconstruir mediante una aproximación narrativa, el proceso que permitió la construcción de una planta de abatimiento del arsénico en el municipio Nueve de Julio, en el interior de la provincia de Buenos Aires. Aunque en la provincia hay numerosos casos que se han judicializado respecto al arsénico en el agua, el municipio considerado dio lugar a un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a la construcción de una planta de abatimiento del arsénico, por lo que se trata de un caso destacado, particular y específico cuyo análisis es de interés para este artículo.
La situación post construcción de la planta de abatimiento de arsénico
El caso del municipio Nueve de Julio, brevemente reseñado, permite reflexionar sobre las acciones desplegadas por un conjunto heterogéneo de actores por el reclamo del derecho al agua, con estrecha vinculación con la salud, y las condiciones de vida digna. Más allá de la construcción efectiva de la planta que, según los análisis publicados por la entidad “9 de Julio Todos por el agua”, ha mejorado la calidad del agua que se distribuye en la red, la planta requiere continuar el mantenimiento de las infraestructuras, y aún resta conectar a una parte del municipio (que hoy es abastecida por una empresa municipal) y trabajar sobre la generación de conciencia crítica respecto a la importancia del cuidado de las instalaciones de almacenamiento del agua, publicitar los análisis de calidad del agua, entre otras acciones.
El conflicto transitó distintos momentos, desde la total invisibilización por parte de las autoridades de gobierno y la empresa, que alegaron no contar con los recursos adecuados, hasta etapas de discusión, debate y colaboración en las acciones desplegadas en el territorio y la consiguiente inauguración de la planta.
Por último, el Poder Judicial ha tenido un papel relevante en el conflicto y la intervención de la Corte Suprema en 2014 mantuvo el impulso del reclamo y sentó precedentes para numerosos reclamos similares en el país. Sin embargo, a seis años del fallo y a tres del inicio de la distribución de agua tratada en la planta de abatimiento de arsénico, la población aún desconfía notoriamente de la calidad del agua que se distribuye en la red y adquiere agua embotellada o transporta bidones desde canillas públicas, en lo que constituye uno de los desafíos a considerar.
Martin Eduardo Lucione
https://facebook.com/Ecoalfabetizacion https://issuu.com/martinlucione
Extraído ResearchGate sociedad y ambiente Verónica L. Cáceres – Miguel Auge - Guillermo
Leonardo Sierra – SciDev.Net – UNESCO – US EPA
Espinosa Viale