Curso de prevención de riesgos laborales

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Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Formación para empresarios, mandos y trabajadores para que puedan asumir la gestión de la actividad preventiva de la empresa


© MC MUTUAL 2007 Publicación editada por MC MUTUAL, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Nº 1. Diseño Gráfico: JMG/GARROFÉ DISSENY Redacción y administración: Josep Tarradellas, 14-18 08029 Barcelona Tel. 934 051 244 Fax. 934 109 025 Impresión: F&P Institut Gràfic, S.A.

Autorizada la reproducción total o parcial del contenido del documento siempre que se cite la fuente. D.L.:B-36.672-2007 L-13669


INTRODUCCIÓN

La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo para el periodo 20072012, tiene dos objetivos principales: reducir de manera constante y significativa la siniestralidad laboral y mejorar de forma continua y progresiva los niveles de Seguridad y Salud en el Trabajo. Para contribuir a la consecución de estos objetivos, entre las actividades que desarrollamos las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, realizamos programas de formación específica a empresarios, mandos y a trabajadores de empresas asociadas para que puedan asumir o ser designados para la gestión de la actividad preventiva de la empresa. La colaboración con las pymes y empresas de sectores con mayor siniestralidad, en la divulgación, educación y sensibilización en prevención de riesgos laborales, forma parte de los objetivos de MC MUTUAL en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con la Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, que regula las actividades preventivas a realizar por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. MC MUTUAL con este curso quiere cooperar al aumento de los conocimientos en materia de prevención de riesgos laborales, y ayudar a conseguir una reducción de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales entre sus empresas afiliadas.

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Seguimiento por parte del alumno del Curso de Prevención de Riesgos Laborales Para formar a quienes deban desempeñar funciones preventivas de nivel básico, MC MUTUAL ha desarrollado el Curso de Prevención de Riesgos Laborales siguiendo el temario del “contenido mínimo del programa de formación para el desempeño de las funciones de nivel básico”. La posibilidad de seguir el curso en modalidad presencial o mediante trabajo personal y autoevaluaciones es una característica que puede ser muy útil a trabajadores y empresarios interesados en él. En efecto, este manual se ha preparado de forma que pueda utilizarse como libro de texto por quien asista al curso presencial y, también, usarse por quien desee formarse, como texto de estudio que incluye preguntas de autoevaluación en cada capítulo, con respuestas al final del libro. En cualquier caso, se haya seguido el curso en modalidad presencial o a distancia, se deberá realizar una prueba de evaluación de conocimientos. Superada la cual les será expedido el correspondiente certificado de aprovechamiento del curso. Los contenidos del curso se agrupan en tres módulos:

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MÓDULO I:

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Conceptos Básicos sobre Seguridad y Salud en el Trabajo Establece los fundamentos y el marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales.

MÓDULO II:

Riesgos Generales y su Prevención Describe las diferentes situaciones de riesgos en la empresa y propone, en su caso, medidas preventivas.

MÓDULO III:

Elementos Básicos de Gestión de la Prevención de Riesgos Analiza la forma de organizar la prevención de riesgos laborales en la empresa y prepara al alumno para la participación en las acciones de emergencia y primeros auxilios


CONTENIDO

MÓDULO I: Conceptos Básicos sobre Seguridad y Salud en el Trabajo . . . . . 7 Capítulo 1: Introducción a la prevención de riesgos laborales . . . . . . . 8 Capítulo 2: Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24

MÓDULO II: Riesgos Generales y su Prevención . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 Capítulo 3: Condiciones de seguridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40 Capítulo 4: Contaminantes físicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62 Capítulo 5: Contaminantes químicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80 Capítulo 6: Contaminantes biológicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94 Capítulo 7: Carga física y factores psicosociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 98

MÓDULO III: Elementos Básicos de Gestión de la Prevención de Riesgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 107 Capítulo 8: Organismos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 108 Capítulo 9: Gestión de la prevención de riesgos laborales . . . . . . . . 116 Capítulo 10: El control de la salud de los trabajadores . . . . . . . . . . . . . 126 Capítulo 11: Planes de emergencia y evacuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 130 Capítulo 12: Primeros auxilios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 140

ANEXO:

Soluciones a las preguntas de Autoevaluación . . . . . . . . . . . . . . . . . . 157

BIBLIOGRAFÍA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 160

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Curso de Prevenci贸n de Riesgos Laborales

Conceptos B谩sicos sobre Seguridad y Salud en el Trabajo


capítulo 1 capítulo 1

Introducción a la prevención de riesgos laborales

1. El trabajo y la salud 1.1 El trabajo El trabajo es una actividad social organizada que, a través de la combinación de recursos de naturaleza diferente, como trabajadores, materiales, energía, tecnología, organización, etc., permite alcanzar unos objetivos y satisfacer unas necesidades.

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¿Por qué trabaja el hombre?

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El trabajo, desde el punto de vista del individuo, es una actividad que las personas tienen que ejercer por necesidad para poder obtener, mediante un salario, los bienes que les permitan no sólo sobrevivir, sino alcanzar unas compensaciones personales o sociales lo más satisfactorias posibles. Concretamente, el hombre trabaja para satisfacer una serie de necesidades; unas de tipo básico, como las necesidades fisiológicas de alimento, alojamiento y seguridad; y otras, denominadas necesidades sociales, como la necesidad de pertenencia a una empresa. Mediante el trabajo, el hombre también busca satisfacer sus necesidades personales, como es la valoración del trabajo por uno mismo y el reconocimiento de los demás. Por último, el trabajo puede satisfacer la necesidad de autorrealización, es decir, llegar a ser todo lo que uno es capaz de ser.

Evolución histórica del trabajo A lo largo de la historia de la humanidad el trabajo ha evolucionado, tanto desde el punto de vista técnico como organizativo. La división del trabajo tuvo como consecuencia la separación entre trabajo manual y trabajo intelectual, con el consiguiente menosprecio social del primero respecto del segundo. A esta infravaloración del trabajo manual, muy presente en las sociedades antiguas (para Platón el trabajo manual era digno de esclavos, en la Edad Media se consideraba una actividad sin nobleza, etc.) podemos añadir la concepción cristiana que hace del trabajo una vía redentora del pecado original: “Ganarás el pan con el sudor de tu frente”, y que podría justificar la penosidad como connatural al trabajo y como algo que le da sentido. Pero no se debe olvidar que el trabajo humano se caracteriza y se diferencia del trabajo animal por la tecnificación, es decir, por el uso de herramientas y máquinas. Con la llegada de la Revolución Industrial comenzó un proceso mucho más acelerado de tecnificación del trabajo, lo cual ocasionó también rápidos cambios en la organización. Las máquinas aumentaron extraordinariamente la capacidad de producción, lo que motivó que los trabajadores se


adecuaran a las exigencias de la máquina en aras de la productividad. A finales del siglo XX se ha iniciado una nueva revolución, la revolución tecnológica del tratamiento de la información y las comunicaciones, la biotecnología y la automatización del procesamiento de materiales. Esta evolución ha traído consigo que cada vez sean menores las exigencias físicas para los trabajadores; pero la forma en que el trabajo se organiza lleva, en muchos casos, a una parcialización tal de éste que lo despoja de todo incentivo que no sea el económico, y al mismo tiempo a la aparición de nuevas exigencias: los esfuerzos físicos disminuyen, pero cada día son mayores los esfuerzos mentales en el trabajo. El trabajo se convierte así en un número de horas, o en un número de piezas pagadas. El trabajador vende su capacidad transformadora como única manera de poder vivir. Como veremos, todos estos problemas pueden afectar negativamente a la salud de los trabajadores.

1.2 La salud Tanto en el mundo del trabajo como fuera de él, nos encontramos con diferentes concepciones del término salud, lo que nos permite afirmar que no existe un único concepto de salud y que su tratamiento como problema hace necesario considerar la influencia de otros factores sociales, como la economía, la cultura y la política.

Diferentes concepciones de la salud Es posible considerar la salud desde una concepción médica, desde una concepción social y desde la concepción “ideal” de salud. La definición de salud como la ausencia de enfermedad, como el bienestar del cuerpo y del organismo físico, no se puede aceptar hoy en día, ya que la sociedad admite la existencia de enfermedades no somáticas, como por ejemplo, el estrés. La experiencia de la salud no puede restringirse a la mera salud orgánica. Hasta hace poco, lo psíquico era lo que no se podía explicar orgánicamente y por ello, la salud psíquica aparecía como una categoría residual o de menor importancia. Hoy, en las sociedades industrializadas, se asiste a un proceso por el que en muchas enfermedades el componente fisiológico, sin dejar de existir, cede su importancia a los 9


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factores psíquicos, como por ejemplo las depresiones ocasionadas por el trabajo.

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Al convertirse la salud en un asunto colectivo se hace posible la aparición de las concepciones sociales de salud. La concepción político-legal parte del principio de que la salud es un derecho de toda la población, con la correspondiente obligación de protegerla que tiene el Estado, que incluye en el Código Penal, como delitos, los actos que atentan contra ella. Esta intervención estatal no se ha producido históricamente hasta que los ciudadanos han tenido una conciencia social de que la salud es un bien colectivo y han reclamado una acción en este terreno. Desde un punto de vista económico, la salud cobra importancia en la medida en que el factor humano constituye un elemento más o menos importante de los procesos productivos. La salud de la mano de obra de un país determina su productividad, por lo que los gobiernos protegen la salud del trabajador y aseguran así la productividad del sistema económico.

Concepción ideal de la salud La Organización Mundial de la Salud (O.M.S) define la salud de una persona como:

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“El estado de bienestar físico, mental y social completo y no meramente la ausencia de daño o enfermedad”. Es importante destacar de la definición de salud de la O.M.S. el aspecto positivo al hablar de un «estado de bienestar» y no sólo el negativo, que habitualmente se tiene al pensar en la salud desde la enfermedad. También hay que destacar la triple dimensión de la salud, física, mental y social, y la importancia que estén en equilibrio en cada persona.

1.3 Relación entre trabajo y salud Es evidente que el trabajo y la salud están fuertemente relacionados, ya que, por un lado, el trabajo es una actividad que el individuo desarrolla para satisfacer sus necesidades, es decir, para poder tener una vida digna. Es necesario trabajar porque así conseguimos satisfacer nuestras necesidades de supervivencia en un medio en el que los recursos, además de escasos, no siempre son utilizables tal como se presentan. Pero además, el trabajo es una actividad por medio de la cual desarrollamos nuestras capacidades, tanto físicas como intelectuales.


Junto a esta influencia positiva del trabajo respecto a la salud, existe también una influencia negativa: trabajando se puede perder la salud, cuando el trabajo se desarrolla en condiciones que pueden causar daño a nuestra integridad física, caso de los accidentes y enfermedades. Pero, además, cuando el trabajo infrautiliza las aptitudes de las personas, se corre el riesgo de atrofiar, o no permitir, su desarrollo y su realización como miembros de la sociedad. Este fenómeno suele denominarse deshumanización del trabajo.

En el próximo apartado analizaremos aquellas situaciones, o factores de riesgo, que pueden perjudicar la salud de los trabajadores y veremos cómo estos factores de riesgo tienen asociados unos riesgos laborales.

2. Riesgos en el trabajo 2.1 Factores de riesgo

Podemos afirmar que: El trabajo es bueno para la salud La salud es necesaria para trabajar El trabajo puede perjudicar a la salud

Las empresas desarrollan su actividad en un marco sumamente competitivo que obliga a adaptar su sistema productivo a fin de lograr la eficacia que asegure su supervivencia. Estos cambios, hoy tan frecuentes en la empresa, aunque dirigidos en gran medida a aumentar la eficacia productiva, muchas veces proporcionan la oportunidad de mejora de las condiciones de trabajo. Ahora bien, en otras ocasiones pueden, directa o indirectamente, perjudicar la salud de los trabajadores.

Podemos definir los factores de riesgo como aquellas situaciones o condiciones de trabajo que pueden perjudicar la salud de las personas, rompiendo el equilibrio físico, mental y social. No podemos limitarnos a considerar como factores de riesgo solamente aquellas situaciones que puedan causar accidentes, sino que habrá que buscar el origen de todos los desequilibrios de la salud. Cualquier modificación introducida en un sistema de trabajo creará unas condiciones de trabajo diferentes, que implicarán nuevos factores de riesgo. A continuación se presenta una lista de factores de riesgo que definen una situación de trabajo. Para facilitar nuestro trabajo se han clasificado los facto11


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res de riesgo en tres grupos, sin que esto implique ninguna jerarquización o prioridad. • Condiciones de seguridad En este primer grupo consideraremos aquellas condiciones materiales que influyen sobre la accidentabilidad: elementos móviles, cortantes, electrificados, combustibles, etc. Para poder controlar estos elementos estudiaremos las máquinas (prensas, tornos, fresadoras, cintas transportadoras, etc.), las herramientas (taladradoras, martillos, etc.), los equipos de transporte (carretillas elevadoras, grúas, camiones, etc.) y las instalaciones eléctricas, entre otros. • Condiciones higiénicas Contaminantes físicos de trabajo Estudiaremos aquí el medio ambiente de trabajo, dedicándonos preferentemente a las condiciones físicas: ruido, vibraciones, iluminación, condiciones termohigrométricas y radiaciones, con objeto de establecer, por un lado, unos valores de estas condiciones que no produzcan lesiones y, por otro lado, determinar los niveles más adecuados para trabajar confortablemente.

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Contaminantes químicos y biológicos Se tratan en este grupo los contaminantes químicos y biológicos que pueden estar presentes en el medio ambiente de trabajo, así como sus efectos para la salud, las técnicas de evaluación y las medidas correctoras para controlarlos. • Condiciones ergonómicas Carga de trabajo Aquí analizaremos las exigencias que la tarea impone al individuo que la realiza: esfuerzos, manipulación de cargas, posturas de trabajo, niveles de atención, etc., asociados a cada tipo de actividad para poder determinar la carga de trabajo tanto física como mental de cada tipo de tarea.

• Organización del trabajo En este último grupo estudiaremos los factores debidos a la organización, ya que la forma de fragmentar el trabajo y repartirlo entre diferentes individuos, unido a la distribución horaria, a la velocidad de ejecución y a las relaciones personales que se establecen en el centro de trabajo, puede tener consecuencias para la salud de los trabajadores a nivel físico y, sobre todo, a nivel mental y social. Estos grupos no son excluyentes entre sí, es decir que, en ocasiones, puede ser conveniente trasladar factores de un grupo a otro. No obstante, cualquier factor nuevo que se considere tendrá cabida en alguno de los grupos. En cualquier caso, conviene tener en cuenta que se pueden presentar varios factores a la vez. La existencia de múltiples factores actuando sobre una situación hace que tengamos que considerar en cada caso la interrelación que inevitablemente se produce.

2.2 Riesgos laborales Una vez analizados los factores de riesgo asociados al trabajo, definiremos qué se entiende por riesgo laboral, según establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: “La probabilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo”. Admitir la posibilidad o probabilidad de que se produzca un daño no implica que éste se vaya a producir, simplemente significa que de entre las múltiples situaciones (factores de riesgo) que pueden llegar a desencadenar un daño, se produzca una. Se considera daño a la enfermedad, patología o lesión sufrida con motivo u ocasión del trabajo. Por

Ejemplos Un trabajador que utiliza una escalera de mano, corre el riesgo de caerse y lesionarse.

• Factor de riesgo: Un trabajador que utiliza una escalera de mano. • Riesgo = Probabilidad (de caerse desde cierta altura) x Daño (lesión). En este caso, el uso de una escalera de mano, implica un riesgo de caída de personas a distinto nivel.

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consiguiente, equivale a las consecuencias que se pueden esperar de la actualización del riesgo. Los conceptos de probabilidad y de daño, valorados conjuntamente, determinan lo que se denomina gravedad de un riesgo. A continuación se presenta la lista de riesgos laborales comúnmente aceptada: Riesgo de accidente de trabajo1 • Caída de personas a distinto nivel. • Caída de personas al mismo nivel. • Caída de objetos por desplome. • Caída de objetos en manipulación. • Caída de objetos desprendidos. • Pisadas sobre objetos. • Choques contra objetos móviles. • Choques contra objetos inmóviles. • Golpes o cortes con objetos o herramientas. • Proyección de fragmentos o partículas. • Atrapamiento por o entre objetos. • Atrapamiento por vuelco de máquinas o vehículos. • Sobreesfuerzos. • Exposición a temperaturas ambientales extremas. • Contactos térmicos. • Contactos eléctricos. • Inhalación de sustancias nocivas o tóxicas. • Contactos con sustancias cáusticas o corrosivas.

• Exposición a radiaciones. • Explosiones. • Incendios. • Accidentes causados por seres vivos. • Atropellos, golpes o choques contra vehículos. • Accidentes de circulación. Riesgo de enfermedad profesional2 • Intoxicación o lesiones causadas por contaminantes físicos: ruido, vibraciones, estrés térmico, etc. • Intoxicación o lesiones causadas por contaminantes químicos. • Intoxicación o lesiones causadas por contaminantes biológicos. Riesgo de fatiga • Fatiga física: posición, esfuerzo, desplazamiento. • Fatiga mental: recepción y tratamiento de la información, respuesta. Riesgo de insatisfacción • Contenido. • Monotonía. • Roles. • Autonomía. • Comunicaciones. • Relaciones. 1,2 Las definiciones de accidente de trabajo y enfermedad profesional se establecen en el siguiente apartado.

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Hasta el momento hemos visto que en cualquier trabajo se presentan factores de riesgo, generándose situaciones de riesgo. Hemos definido riesgo como una probabilidad de producir daño a la salud de los trabajadores.

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En el próximo apartado veremos los diferentes daños que se pueden producir en la salud de los trabajadores.

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3. Daños derivados del trabajo 3.1 Accidentes de trabajo ¿Qué es un accidente de trabajo? La definición legal de accidente de trabajo, según queda recogida en el artículo 115, punto 1, del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, es la siguiente: “Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena”.

Esta definición legal se refiere tanto a las lesiones que se producen en el centro de trabajo como a las producidas en el trayecto habitual entre éste y el domicilio del trabajador (accidente “in itínere”). Asimismo serán considerados accidentes de trabajo las enfermedades no incluidas en el artículo 116 de la Ley General de la Seguridad Social (enfermedades profesionales), que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo. Por otro lado, desde el punto de vista preventivo, se entiende por accidente de trabajo: “Todo suceso anormal no deseado, que se presenta de forma brusca e inesperada, normalmente es evitable, interrumpe la continuidad del trabajo y representa un riesgo para la salud e integridad de las personas”. Obsérvese, que un suceso puede considerarse accidente aunque no haya causado lesiones ni daño. En este caso, algunos autores hablan de “accidente blanco” o “incidente”. Según esta definición los accidentes son evitables. Aunque ello pueda parecer obvio, en mu-


chas ocasiones se cree que los accidentes ocurren fortuitamente. Por tanto, podemos decir que los accidentes de trabajo, legalmente definidos, son aquellos “incidentes” que han afectado la integridad física del trabajador. En todo caso, al margen del daño físico que el accidente pueda ocasionar al trabajador afectado, casi siempre conllevará pérdidas asociadas. Pérdidas de tiempo o retrasos en el desarrollo previsto de una tarea, pérdidas económicas por deterioros de materiales, productos o instalaciones.

Causas de los accidentes (Teoría causal de los accidentes) Los accidentes, por muy inesperados, sorprendentes o indeseados que sean, no surgen por generación espontánea, ni por casualidad; son consecuencia de una situación anterior. Aunque no se vean claras las causas de un accidente, no podemos afirmar que éste ha surgido de la nada o porque sí. Si los accidentes surgieran de la nada, por generación espontánea, no cabría ninguna defensa preventiva. En este caso, la reacción fatalista de aceptarlos y aguantarlos sería la única salida. No existe un método único de valor universal para la investigación de accidentes. Cualquier método es válido siempre y cuando se fundamente en el análisis de las causas del mismo.

Los accidentes no se explican por fenómenos sobrenaturales o con argumentos filosóficos. Actuando sobre las causas se pueden evitar accidentes. En todo trabajo se producen una serie de trastornos que pueden llegar a producir daños a las máquinas, a los productos y a las personas. No podemos limitarnos a estudiar solamente aquellos trastornos que producen lesiones en los trabajadores ya que así tendríamos una visión muy pobre y parcial de la realidad laboral. Como ya hemos dicho, muchos “accidentes” pasan inadvertidos porque no llegan a producir lesiones. Por tanto, habrá que utili-

zar algún método que nos permita identificar todas las posibles situaciones de riesgo y no sólo aquéllas en las que este riesgo se materialice en una lesión para el trabajador. Los factores causales de los accidentes son muy diversos: factores debidos a las condiciones materiales y al medio ambiente de trabajo (máquinas inseguras o entorno desordenado), factores debidos a deficiencias en la organización y factores debidos al comportamiento humano. Los errores hacen referencia a una conducta humana. El hecho de que hablemos aquí de error no implica necesariamente un fallo humano, sino que hay que entenderlo como una situación en la que no se ha previsto la adecuación entre la persona y el método de trabajo.

Efectos de los accidentes Dentro de los efectos negativos que el trabajo puede tener para la salud, los accidentes son los indicadores inmediatos y más evidentes de unas malas condiciones de trabajo y, dada su gravedad, la lucha contra los accidentes es siempre el primer paso de toda actividad preventiva. Además de los costes de primas de seguro, salarios e indemnizaciones, que pueden estar asegurados, los accidentes de trabajo suponen una serie de costes para las empresas, que usualmente no se tienen en consideración: tiempos perdidos por los compañeros y mandos; daños materiales a instalaciones; interferencias en la producción; conflictos laborales; pérdida de imagen y de mercado, entre otros. Pero estos gastos, que no se pueden olvidar, no son las únicas consecuencias negativas de los accidentes de trabajo. El seguro no resucita los muertos ni puede devolver los órganos perdidos en un accidente. Además de los sufrimientos físicos y morales que causan al trabajador y a su familia, los accidentes reducen temporal o definitivamente la posibilidad de trabajar, lo que, según nuestras definiciones de trabajo y salud, supondrá un freno para el desarrollo personal del individuo como ser transformador, ya que le priva total o parcialmente de poderse realizar personalmente y como miembro de la sociedad. 15


capítulo 1

3.2 Enfermedades profesionales ¿Qué es una enfermedad profesional?

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El Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en su artículo 116 define la enfermedad profesional como:

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“La contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena, en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se aprueba por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indique para cada enfermedad profesional”. El vigente cuadro de enfermedades profesionales fue aprobado por el Real Decreto 1995/1978, de 12 de mayo.

3º. Que la enfermedad sea originada por la agresión de unas sustancias o agentes especificados legalmente en el mismo listado. Desde el punto de vista preventivo, enfermedad profesional es aquel deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador producido por una exposición crónica a situaciones adversas, sean éstas producidas por el ambiente en que se desarrolla el trabajo o por la forma en que éste está organizado. Mientras que las consecuencias de un accidente de trabajo casi siempre ponen de manifiesto que éste se ha producido durante el desempeño del trabajo, no es tan fácil probar el origen laboral de las enfermedades profesionales, estén o no calificadas legalmente como tales.

Del análisis del artículo, podemos extraer como consecuencia que toda enfermedad, para ser reconocida como profesional, debe cumplir tres requisitos:

Puesto que la enfermedad profesional es un deterioro lento y paulatino de la salud, los efectos acumulativos pueden aparecer después de varios años de exposición a la condición peligrosa.

1º. Que el trabajo se ejecute por cuenta ajena. 2º. Que la actividad empresarial esté incluida en el listado oficial (R.D. 1995/78, Cuadro de enfermedades profesionales).

Tal como decíamos respecto a los accidentes, y aquí con más motivos, no podemos esperar a que aparezcan los síntomas de la enfermedad para empezar a actuar, ya que, generalmente, los efectos de estas enfermedades son irreversibles.


Factores que determinan una enfermedad profesional Para poder analizar mejor los diversos factores responsables de que se produzca una enfermedad profesional, los agruparemos en cuatro apartados: 1. Concentración del agente contaminante en el ambiente de trabajo A mayor nivel de contaminante en el ambiente, mayor daño a las personas.

definición propuesta por la O.M.S. y que nosotros hemos admitido como modelo. Para plantearnos la labor preventiva de forma que ésta sea una manera real de mantener y mejorar nuestra salud, hemos de tener en cuenta que: 1º La concepción legal de enfermedad profesional no se corresponde con la realidad porque hay enfermedades profesionales que afectan a la salud física del trabajador y que no se contemplan como tales.

Ejemplos Nivel de ruido, concentración de cualquier contaminante químico, etc.

2. Tiempo de exposición A mayor tiempo de exposición al contaminante, mayor daño a las personas. 3. Características personales de cada individuo Las características personales hacen que algunos individuos sean más sensibles que la “población normal” a ciertos contaminantes. Ejemplos Personas alérgicas, enfermedades previas, personas de edad avanzada, etc.

4. Presencia de varios agentes contaminantes al mismo tiempo A veces, los efectos de varios contaminantes similares suman sus efectos negativos, agravando el daño sobre las personas.

Ejemplo: Síndrome de Ardystil Enfermedad que se detectó en empresas dedicadas a la aerografía textil en la comarca de Alcoi. Dicha enfermedad fue detectada a principios de los 90 y, por tanto, no aparecía en el cuadro original de enfermedades profesionales.

2º Existen agentes agresivos en el trabajo que son susceptibles de ocasionar trastornos que no son de naturaleza física y que causan daño al trabajador. A la larga, estas agresiones pueden materializarse en dolencias de tipo somático o psicosomático; pero, sin llegar a este punto, son ya perniciosas para el equilibrio mental y social de los individuos. Ejemplo: Turnicidad Las funciones del organismo humano tienen un ritmo biológico de 24 horas. Cuando se altera este ritmo, debido al

Ejemplos

cambio de turnos (mañana, tarde y no-

Disolventes: acetona + aguarrás; tolue-

che), se alteran los siguientes sistemas

no + xileno.

del organismo: temperatura, sistema hormonal, sistema respiratorio y relación sueño-vigilia. Se constata que las personas que tra-

3.3 Otras patologías derivadas del trabajo Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales son efectos negativos del trabajo sobre la salud, pero limitar la prevención a la lucha contra accidentes y enfermedades supondría definir la salud como la ausencia de daño o enfermedad, abarcando así sólo una parte, aunque importante, de la

bajan en el turno de noche sufren una reducción de la duración del sueño, transtornos digestivos debidos a la irregularidad en las horas de alimentación, al exceso de excitantes ingeridos durante el turno de noche, etc. Todos estos factores provocan irritabilidad, depresiones, inaptabilidad y dificultades de relación en la vida familiar y en la vida social.

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capítulo 1

3º Por otra parte, además de contemplar estos efectos negativos que no tenían cabida en la Seguridad e Higiene del Trabajo tradicionales, también hemos de considerar el aspecto positivo de la salud. Dicho de otra forma, el trabajo tiene que favorecer el acercamiento progresivo al «estado de bienestar» que es la salud. Ejemplo: Confort visual Cualquiera que sea la tarea que se reali-

Por lo tanto, habrá que estudiar, analizar y modificar los métodos de trabajo, no sólo para evitar los efectos negativos sobre la salud, sino también para potenciar los efectos positivos. Desde esta perspectiva, aquellas situaciones de trabajo en las que se frenen, o no se potencien, los efectos positivos sobre la salud, incluso en el caso de que no exista ningún peligro, en sentido estricto, son, también, situaciones de riesgo.

ce precisará estar iluminada, pero no de

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cualquier forma, sino que deberá disponer de un buen equipo de iluminación, adecuado a las condiciones específicas de cada lugar de trabajo. Un estudio de confort visual, por ejemplo para las Pantallas de Visualización de Datos (PVD), deberá prestar atención a las condiciones de iluminación, teniendo en cuenta los requerimientos específicos de los puestos de trabajo, de forma que se asegure un nivel óptimo de confort vi-

4. Técnicas preventivas 4.1 Introducción

sual. En el estudio de las PVD, se tienen en cuenta: las dimensiones de la pantalla, el contraste, el brillo, la reflexión de los focos de luz sobre la pantalla y el te-

Del artículo 4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se puede extraer la definición de prevención de riesgos:

clado, la legibilidad de los documentos, los deslumbramientos en el puesto de trabajo, etc.

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Por lo tanto, un trabajo que no propicie el desarrollo de la iniciativa, de la responsabilidad, de las relaciones sociales, de la creatividad y en definitiva de la participación de todos los hombres y mujeres en el proceso productivo es un trabajo con riesgos para la salud.

“Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas, en todas las fases de la actividad de la em-


presa, con el fin de evitar o disminuir la posibilidad de que un trabajador sufra una enfermedad, patología o lesión con motivo u ocasión del trabajo.” Por tanto, la prevención de riesgos laborales tiene por objeto la seguridad y salud de los trabajadores, quedando fuera de su alcance la protección de los bienes patrimoniales (Seguridad contra agresiones, robo e intrusión) y del medio ambiente (Seguridad Medioambiental). Asimismo, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales define las condiciones de trabajo como: “Cualquier característica del trabajo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. Quedan específicamente incluidas en esta definición: • Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo. • La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo. • Los procedimientos para uso de los agentes citados anteriormente que influyan en la generación de los riesgos mencionados.

• Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador.” La prevención de riesgos no es más que una manera de analizar y evaluar, mediante un conjunto de técnicas, cada uno de los factores de riesgo y determinar en qué grado, positivo o negativo, afectan a la salud del trabajador para que, minimizando los efectos negativos y favoreciendo los efectos positivos, consigamos métodos de trabajo que, sin dejar de ser rentables económicamente, creen condiciones de trabajo que favorezcan ese estado ideal de bienestar físico, mental y social al que todos los trabajadores tenemos derecho.

4.2 Seguridad, Higiene, Ergonomía, Psicosociología Aplicada y Medicina en el Trabajo Mejorar las condiciones de trabajo significa que, además de evitar los daños y enfermedades causadas por el trabajo, tenemos que conseguir que éste se realice en unas condiciones “confortables” que, además de no perjudicar física, mental ni socialmente, permitan el desarrollo integral de los individuos a través de su trabajo. 19


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La Seguridad en el Trabajo, la Higiene Industrial, la Ergonomía, la Psicosociología Aplicada y la Medicina del Trabajo son técnicas que intentan prevenir o curar las lesiones y enfermedades causadas por el trabajo. • La Seguridad en el Trabajo es el conjunto de técnicas y procedimientos que tienen por fin detectar y eliminar, o al menos reducir, el riesgo de que se produzcan accidentes de trabajo que ponen en peligro la integridad física de los trabajadores. Entre las técnicas más utilizadas en el campo de la seguridad destacan las inspecciones de seguridad, el análisis de los métodos de trabajo y las investigaciones de accidentes. La Seguridad lucha contra el fuego, diseña máquinas no agresivas o estudia sus protectores y dispositivos de seguridad, hace normas y reglamentos como los de la electricidad para evitar el riesgo de electrocución, estudia protectores individuales, etc.

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• La Higiene Industrial es una técnica no médica de prevención que identifica, evalúa y controla los factores ambientales que se presentan en los lugares de trabajo que pueden provocar enfermedades profesionales a los trabajadores.

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La Higiene Industrial detecta la presencia de factores ambientales adversos, tanto físicos ( ruido, vibraciones, etc.), como contaminantes químicos o biológicos. Mide esos factores adversos, los analiza y determina su grado de peligrosidad. Finalmente recomienda las medidas a adoptar para evitar el riesgo o reducirlo. • La Ergonomía es la ciencia aplicada de carácter multidisciplinar cuyo objetivo es la adecuación del trabajo a la persona. No sólo tiende a mejorar las condiciones de trabajo a fin de evitar los efectos negativos sobre la salud, sino que parte del concepto de salud más amplio y propone la mejora de aquellos aspectos que pueden incidir en el equilibrio de la persona, considerada en su totalidad, con el entorno que le rodea.

• La Psicosociología, aplicada a la prevención de riesgos laborales, intenta prevenir los daños a la salud causados por la organización del trabajo cuando ésta no tiene en cuenta al trabajador como persona (tareas monótonas y repetitivas, relaciones interpersonales, etc.). • La Medicina del Trabajo es una ciencia que, partiendo del conocimiento del funcionamiento del cuerpo humano y del medio en que éste desarrolla su actividad, en este caso el laboral, tiene como objetivos la promoción de la salud, la curación de las enfermedades y la rehabilitación. Todo esto implica que el mejor tratamiento de las condiciones de trabajo es pluridisciplinar; es decir, que la mejora de la salud laboral es una tarea conjunta de diversas técnicas distintas que estudian tanto los factores presentes en el trabajo como las consecuencias de éstos sobre las personas. La ingeniería, la arquitectura, la física, la química, la biología, la medicina y la psicosociología, que estudian los efectos negativos del trabajo sobre las personas y la forma de evitarlos, tienen que ampliar su campo de acción con un tratamiento ergonómico del estudio del trabajo, de forma que no sólo se intervenga para corregir situaciones peligrosas, sino que además se estudien nuevos métodos de trabajo que favorezcan el desarrollo integral de los trabajadores. Pero este planteamiento no será válido si no tiene en cuenta en todo momento al trabajador, no sólo como objeto pasivo de estudio, sino también como sujeto activo que participa en la mejora de su puesto de trabajo. Nadie está en mejores condiciones que los propios trabajadores para conocer las consecuencias que el trabajo tiene sobre su propia vida. Es necesario pues, crear los mecanismos que permitan y favorezcan la formación de los trabajadores en el campo de la salud laboral para hacer posible su participación en la mejora de sus condiciones de trabajo.


CAPÍTULO 1

AUTOEVALUACIÓN

o1. ¿Cuál es la definición más completa de salud? a. La ausencia de enfermedad. b. El estado de bienestar físico, mental y social. c. Estado de forma física que nos permite trabajar.

02. Una iluminación deficiente es un factor de riesgo de: a. Lesiones debidas a un alto nivel de ruido. b. Sobreesfuerzos debidos a la manipulación manual de cargas. c. Accidentes por choques con objetos.

03. ¿Qué se entiende por riesgo laboral? a. La probabilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. b. Conducta temeraria adoptada por un empresario o por un trabajador. c. Lesión corporal proveniente de una acción súbita y violenta.

04. La caída a distinto nivel (caída de altura) es un riesgo: a. Que no se puede evitar, puesto que es impredecible. b. Siempre es evitable. c. Que, aunque no siempre evitable, se puede combatir y minimizar.

05. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es verdadera? a. Los accidentes de trabajo se producen, normalmente, por casualidad. b. Los accidentes de trabajo se producen por una conducta temeraria por parte de los trabajadores.

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c. Los accidentes de trabajo siempre son debidos a una serie de causas naturales y explicables.


06. ¿Qué se entiende por accidente “in itÍnere”? a. Accidente producido durante la realización de un trabajo subcontratado. b. Accidente que se produce en el trayecto habitual entre el trabajo y el domicilio del trabajador. c. Accidente de tráfico ocurrido a un transportista de mercancías.

07. La Higiene Industrial es la técnica que previene: a. Las enfermedades profesionales. b. Todas las enfermedades, tengan o no relación con el trabajo. c. El orden y la limpieza en las empresas así como el aseo personal de los trabajadores.

08. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es verdadera? a. La Ergonomía es la técnica preventiva que previene las enfermedades profesionales. b. La Ergonomía es la técnica preventiva que estudia la adecuación del trabajo a la persona. c. La Ergonomía es la técnica preventiva que intenta adecuar la persona al trabajo.

09. ¿Cuál es la técnica preventiva que se encarga del estrés laboral? a. La Medicina del Trabajo. b. La Ergonomía. c. La Psicosociología.

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capítulo 2 capítulo 2

marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales 1. Introducción Se han reunido aquí las disposiciones legales, tanto de carácter nacional como internacional, que pueden ser de utilidad para todas aquellas personas interesadas en la mejora de la seguridad y la salud laboral. Para una mejor comprensión del ordenamiento jurídico español y europeo, y antes de citar la normati-

va relacionada con la Seguridad y la Salud Laboral, se describe la jerarquía normativa que establece la Constitución Española.

1.1 Ordenamiento jurídico español A nivel estatal la jerarquía normativa se estructura de la siguiente forma:

1. Constitución Española

Norma de máximo rango legislativo español, que establece el marco jurídico fundamental del Estado. Toda la legislación que sea precisa elaborar para cumplir sus fines, debe estar de acuerdo con ella.

2. Tratados y Convenios Internacionales

Forman parte del ordenamiento jurídico interno según la Constitución, previa autorización de las Cortes Generales y publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) tras su ratificación. Puesto que España está integrada en la Unión Europea, debe cumplir sus reglamentos, que priman sobre el derecho interno español. Por otra parte, el Parlamento Español ha ratificado determinados convenios y tratados con organizaciones internacionales, como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuyo cumplimiento debe exigir el Gobierno a todos los ciudadanos e instituciones.

3. Leyes

Las leyes son aprobadas, modificadas o derogadas por las Cortes Generales:

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• Las Leyes Orgánicas, que corresponden al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, exigen la mayoría absoluta de las Cortes Generales.

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• Las Leyes Ordinarias sólo necesitan de mayoría simple para ser aprobadas. • Con los Reales Decretos Legislativos y, en casos de extraordinaria y urgente necesidad y con carácter provisional, los Reales DecretosLey, las Cortes Generales delegan al Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley. 4. Reglamentos

Los reglamentos son aprobados por Consejo de Ministros (Gobierno). Según quien los aprueba reciben una determinada denominación. De mayor a menor rango tenemos: • Reales Decretos, aprobados por Consejo de Ministros. • Ordenes Ministeriales, aprobadas por el Ministro correspondiente. • Resoluciones, Instrucciones y Circulares, adoptadas por los órganos inferiores.


Las Asambleas o Parlamentos de las Comunidades Autónomas pueden aprobar Leyes y Reglamentos, de acuerdo con lo estipulado en la Constitución y sus respectivos Estatutos de Autonomía, que, en el territorio de la Comunidad Autónoma, tienen el mismo rango que las Leyes y Reglamentos estatales.

1.2 El ordenamiento jurídico en la Unión Europea (UE)

1.2.1 Objetivos de las directivas comunitarias Una de las políticas más importantes de la UE es la política social. Dentro de la política social se encuentra incluida la política de “Seguridad y Salud de los trabajadores en el lugar de trabajo”, cuyo propósito es fijar unos niveles mínimos de protección que se apliquen por igual a los trabajadores de todos los países europeos de la Unión. La Unión Europea pretende, por medio de las directivas, aproximar las legislaciones de los estados miembros sobre: • Seguridad y Salud en el Trabajo. • Seguridad del Producto.

El ingreso de nuestro país a la UE trajo consigo, entre otras cosas, la adecuación de nuestra legislación a las normas comunitarias sobre seguridad y salud laboral, puesto que la UE posee un ordenamiento jurídico propio de aplicabilidad directa y con supremacía sobre los derechos nacionales de los Estados miembros. Entre sus diversas disposiciones, en relación con la mejora de las condiciones de trabajo son destacables: 1. Reglamentos Son de alcance general a todos los países miembros. Son obligatorios en todos sus elementos y directamente aplicables en cada Estado miembro. Se publican en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (DOCE).

1.2.2 Directivas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo La directiva fundamental en esta materia es la 89/391/CEE, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo. Es la directiva que fija las principales reglas de juego para los empresarios y los trabajadores en lo que se refiere a la mejora de la seguridad y la salud en el trabajo. Dicha directiva se conoce por el sobrenombre de Directiva “Marco”. La Directiva “Marco” fue transpuesta al derecho español mediante la

2. Directivas

Ley de Prevención de Riesgos Labo-

Sus destinatarios son los Estados miembros. Obligan en cuanto al resultado a conseguir, pero con libertad en la elección de la forma y de los medios, pero sólo tienen efecto en los estados una vez transpuestas a los respectivos derechos nacionales. También se publican en el DOCE.

rales. (Ver apartado 2.4)

3. Decisiones Son de alcance particular y de carácter obligatorio y directamente aplicables en todos sus términos para sus destinatarios (p. ej. un Estado, una Institución, o una empresa) desde el momento de su notificación. Sólo se publican en el DOCE las Decisiones de especial relevancia.

Esta directiva abre la puerta a un abanico de directivas específicas sobre seguridad y salud en el trabajo, que se pueden clasificar en varios grupos según su contenido: • Colectivos especiales de trabajadores: directivas dirigidas a trabajadores que necesitan mayor protección, como mujeres embarazadas, jóvenes, etc. • Lugares de trabajo: directivas que establecen los requisitos para el diseño y uso de los lugares de 25


capítulo 2

trabajo en general y para trabajos especiales, como en obras de construcción, canteras y minas, etc. • Agentes contaminantes: directivas dirigidas a la protección de los trabajadores frente a riesgos relacionados con la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos. • Otras directivas: directivas no incluidas en los grupos anteriores, como las de utilización de Equipos de Trabajo, Pantallas de Visualización de Datos, etc.

1.2.3 Directivas sobre Seguridad del Producto Otro objetivo de la UE es el de la seguridad del producto, es decir, que todos los productos que se comercialicen en los países de la Unión sean “seguros” desde el momento de su puesta en el mercado. Para que un producto pueda ser comercializado en Europa debe cumplir los requisitos esenciales establecidos para ese tipo de producto (máquinas, herramientas, materiales, equipos o productos que el trabajador va a utilizar en el desempeño de su trabajo). En el caso de que los cumpla, el fabricante o el importador, si se trata de un producto fabricado fuera de la UE, podrá estampar en él, en lugar visible, el marcado “CE”.

2. Disposiciones legales de ámbito estatal 2.1 La Constitución Española Aprobada por las Cortes el 31 de octubre de 1978, la Constitución establece las normas generales que rigen la estructura y el funcionamiento de las instituciones del Estado. Es la primera fuente del Derecho, la Ley de Leyes o la Primera Ley. Entre los derechos fundamentales y libertades públicas que se describen en la Constitución, merece destacarse, por la estrecha relación con la seguridad y la salud laboral, el artículo 40.2: “Los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y la readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo...“. Por tanto, éste se constituye en uno de los principios rectores de la política social y económica del Estado. El artículo 43.1 dice: “Se reconoce el derecho a la protección de la salud”.

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Por otro lado, el artículo 43.2 se refiere a la obligación de los poderes públicos de: “... organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios”.

26

2.2 Estatuto de los Trabajadores

El marcado “CE” en este caso es una especie de “etiqueta de producto seguro”. Las condiciones que deben cumplir los productos para ser comercializados en los países de la UE se recogen en la directiva 92/59/CEE, denominada “Seguridad general en los productos”. Dicha directiva ha sido transpuesta a nuestra legislación mediante el Real Decreto 44/1996, de 19 de enero, sobre medidas para garantizar la seguridad general de los productos puestos a disposición del consumidor.

El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 1 establece su ámbito de aplicación “... a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario”. En el artículo 4 se establecen los derechos laborales de los trabajadores y, concretamente, en su punto 2, apartado d) se hace referencia al derecho de los trabajadores: “... a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene”.


Artículo 19.1. “El trabajador, en la prestación de sus servicios, tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad e higiene”.

Artículo 19.4. “El empresario está obligado a facilitar una formación práctica y adecuada en materia de seguridad e higiene a los trabajadores que contrata, o cuando cambien de puesto de trabajo o tengan que aplicar nueva técnica que pueda ocasionar riesgos graves para el propio trabajador o para sus compañeros o terceros, ya sea con servicios propios, ya sea con la intervención de los servicios oficiales correspondientes. El trabajador está obligado a seguir dichas enseñanzas y a realizar las prácticas cuando se celebren dentro de la jornada de trabajo o en otras horas, pero con el descuento en aquéllas del tiempo invertido en las mismas”.

Artículo 19.2. “El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene”.

El artículo 19.5 se refiere a la paralización del trabajo por parte de los órganos competentes de la empresa en materia de seguridad y salud.

Artículo 19.3. “En la inspección y control de dichas medidas que sean de observancia obligada por el empresario, el trabajador tiene derecho a participar por medio de sus representantes legales en el centro de trabajo, si no se cuenta con órganos o centros especializados competentes en las materias a tenor de la legislación vigente”.

Por otra parte, el artículo 62 define a los Delegados de Personal como los órganos de representación de los trabajadores en empresas o centros de trabajo de entre 10 y 50 trabajadores. Concretamente, establece la intervención de éstos sobre el cumplimiento, entre otros asuntos, de las normas relativas a Seguridad e Higiene.

También establece, en el artículo 5, las obligaciones de los trabajadores, señalando en el apartado b) la obligación de éstos a: “... observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten”. En el Capítulo II, Sección II, que especifica los derechos y deberes derivados del contrato de trabajo, el artículo 19 está dedicado íntegramente a la Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Los órganos o centros especializados, según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, serán los Comités de Seguridad y Salud. (ver apartado 2.4)

El artículo 64 establece las competencias del Comité de Empresa, órgano de representación de las empresas o centros de trabajo con más de 50 trabaja27


capítulo 2

dores. Una de sus competencias es el conocimiento de las estadísticas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, así como el ejercer una labor de vigilancia y control de las condiciones de Seguridad e Higiene.

Ley, y que esté provocada por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”. (Dicho cuadro puede consultarse el R.D. 1995/1978 de fecha 12 de mayo, publicado en el B.O.E. de 25 de agosto de 1978).

Es importante destacar que la Ley de

El Real Decreto 1995/1978, de 12 de

Prevención de Riesgos Laborales ha

mayo, fue modificado por el Real De-

modificado ciertos aspectos del Esta-

creto 2821/1981, de 27 de noviembre

tuto de los Trabajadores. Por tanto,

(BOE de 1 de diciembre) y por la Re-

se recomienda consultar el apartado

solución del 30 de diciembre de 1993,

2.4 del presente Capítulo, Ley de Pre-

de la Secretaría General de la Segu-

vención de Riesgos Laborales.

ridad Social, por el que se considera provisionalmente como enfermedad profesional la detectada en industrias

2.3 La Ley General de la Seguridad Social

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

El Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, trata ampliamente el tema de la salud laboral y lo hace no sólo para señalar derechos y deberes, sino que establece, también, responsabilidades, cotizaciones, prestaciones sanitarias y económicas, e incluso establece un sistema de organización de éstas.

28

Según el artículo 2, el Estado, por medio de la Seguridad Social, garantiza a las personas comprendidas en el campo de aplicación de ésta (definido en el artículo 7), la protección adecuada frente a las contingencias que se contemplan en esta Ley, cuando realicen una actividad profesional o cumplan los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva. Dicha protección se hace extensible a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo. En el artículo 115 se define lo que es un Accidente de Trabajo: “... toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”, indicando una serie de supuestos que entran en este concepto. El artículo 116 establece el concepto de Enfermedad Profesional: “... la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se aprueba por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta

del sector de aerografía textil de la Comunidad Autónoma Valenciana (BOE de 10 de enero de 1994).

El artículo 123 establece el recargo de las prestaciones económicas en caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En el artículo 137 se definen los diferentes grados de invalidez: incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.

2.4 La Ley de Prevención de Riesgos Laborales La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, proviene de la transposición al derecho español, de la Directiva europea 89/391/ CEE, de 12 de junio de 1989, Directiva-Marco de Seguridad y Salud Laboral. Con fecha 12 de diciembre de 2003, apareció la Ley 54/2003 que reforma el marco normativo de dicha ley de prevención de riesgos laborales. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como los reglamentos específicos que la acompañan, han derogado prácticamente la totalidad de la antigua Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.


2.4.1 Objeto de la Ley (Cap. I) La Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene como propósito fundamental la mejora de las condiciones de trabajo promocionando la formación e información en dicha materia, y promoviendo la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo en la empresa, tal como queda establecido en el artículo 2. Esta ley tiene el carácter de Derecho necesario mínimo indisponible, es

traciones Públicas en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores.

Organismos

Funciones

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT).

Asesoramiento técnico, promoción y formación en materia de seguridad y salud laboral. (Artículo 8).

Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. (Artículo 9).

Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Formulación de las políticas de prevención y promoción de la seguridad y la salud en el trabajo (Artículo 13).

decir, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece las condiciones mínimas que se deben cumplir. Por lo tanto, las condiciones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales puede ser mejoradas, pero nunca rebajadas, por los Convenios Colectivos.

En el artículo 4 se establecen las definiciones de conceptos básicos como "prevención", "riesgos laboral" y "daños derivados del trabajo".

Para más información acerca de dichos organismos, consultar el capítulo 8 del presente manual, Organismos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.

2.4.2 Política en materia de prevención (Cap. II)

2.4.3 Derechos y obligaciones (Cap. III)

El capítulo II establece los objetivos, normas reglamentarias y actuaciones de las Adminis-

En el capítulo III se establecen los derechos y las obligaciones de trabajadores y empresarios. 29


capítulo 2

A) Derechos y obligaciones de los trabajadores El artículo 14 impone con nitidez que “Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo”.

Por otro lado, el artículo 29, Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos, dice:

a) Usar adecuadamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte, etc. b) Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario. c) No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad de las máquinas, aparatos, herramientas, instalaciones, etc. d) Informar de inmediato a sus superiores y a los trabajadores designados en las actividades preventivas, o al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. e) Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores. f) Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo seguras.

“Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas personas a las que pueda afectar su actividad profesional...”.

El artículo 29.3 establece que el incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Según se detalla en la Ley, en forma de obligaciones de los empresarios, forman parte del derecho de los trabajadores:

30

Los trabajadores deberán en particular:

• Ser informados y formados en materia preventiva. (Art. 18 y 19). • Ser consultados y participar en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos. (Art. 18 y 34). • Poder interrumpir la actividad en caso de riesgo grave e inminente. (Art. 21). • Recibir una vigilancia de su estado de salud. (Art. 22).


Del artículo anterior se deduce que inutilizar los dispositivos de seguridad de máquinas o negarse a utilizar los equipos de protección individual proporcionados por la empresa, se considerará incumplimiento laboral por parte de los trabajadores.

B) Derechos y obligaciones de los empresarios El Artículo 14 define como ha de cumplimentarse la protección frente a los riesgos laborales del trabajador, por parte del empresario: a) Integrando la actividad preventiva en la empresa. b) Implantando un plan de prevención de riesgos laborales. c) Realizando un seguimiento permanente de la actividad preventiva. El Artículo 15 define los principios generales de la acción preventiva, por parte del empresario: a) Evitar los riesgos. b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. c) Combatir los riesgos en su origen. d) Adaptar el trabajo a la persona. e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.

f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún riesgo. g) Planificar la prevención. h) Anteponer las medidas de protección colectiva a las individuales. i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores. El artículo 16 obliga al empresario a integrar la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos sus niveles jerárquicos. Para ello, deberá implantar y aplicar un plan de prevención de riesgos laborales. El plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para llevar a cabo la prevención de riesgos en la empresa. Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva. El empresario deberá realizar una evaluación de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajado31


capítulo 2

res. La evaluación de riesgos se actualizará cuando cambien las condiciones de trabajo y se revisará cuando se produzcan daños para la salud de los trabajadores. A partir de los resultados de la evaluación de riesgos, el empresario deberá efectuar una planificación de la actividad preventiva, donde se recojan las acciones necesarias para eliminar o reducir y controlar dichos riesgos, el plazo para llevarlas a cabo, los responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución. Además, deberá efectuar un seguimiento continuo de la planificación para asegurarse que se ejecutan las acciones preventivas previstas y que éstas son eficaces. Según queda establecido en el artículo 17, “El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo...” y “... deberá proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones...”.

Artículo 25

Protección de los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.

Artículo 26

Protección de la maternidad.

Artículo 27

Protección de los menores.

En cuanto a las relaciones de trabajo temporal y empresas de trabajo temporal, el artículo 28 establece que: “Los trabajadores con relaciones temporales o de duración determinada, así como los contratados por empresas de trabajo temporal, deberán disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios.” Del artículo anterior se deduce que el empresario deberá garantizar que los trabajadores (incluyendo los trabajadores con relaciones laborales temporales) reciban la información y formación necesaria acerca de los riesgos a los que estén expuestos, los

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Del artículo 18 se deduce que el empresario adoptará las medidas adecuadas para informar a los trabajadores sobre: los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo; las medidas y actividades de protección y prevención; las medidas de análisis y prevención de las emergencias. Además, el artículo 19 establece que: “En el cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva....”. Según el artículo 22, “El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo”. El artículo 24 se refiere a la coordinación de actividades empresariales y ha sido desarrollado íntegramente por el Real Decreto 171/2004. Según establecen los artículos 25, 26 y 27, el empresario garantizará de manera específica: 32

controles médicos necesarios y las medidas de protección adecuadas.

2.4.4 Servicios de Prevención (Cap. IV) En el artículo 30.1 se señala: “En cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales, el empresario designará uno o varios trabajadores para ocuparse de dicha actividad, constituirá un servicio de prevención o concertará dicho servicio con una entidad especializada ajena a la empresa.” Según el artículo 31, “Se entenderá como servicio de prevención el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados”. El R.D. 688/2005 establece que las Sociedades de Prevención de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social podrán


desarrollar para las empresas a ellas asociadas las funciones correspondientes a los servicios de prevención, una vez acreditadas por la Administración Laboral.

Las competencias y facultades de los Delegados de Prevención se definen en el artículo 36.

Para mayor información, consultar el Capítulo 9 del presente manual, Gestión de la prevención de riesgos laborales.

Para mayor información acerca de los Delegados de Prevención, consultar el Capítulo 9 del presente manual, Gestión de la prevención de riesgos laborales.

2.4.5 Consulta y participación de los trabajadores (Cap. V)

En relación al Comité de Seguridad y Salud, el artículo 38 establece que:

El artículo 33 establece qué decisiones deberán ser consultadas a los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales, por parte del empresario. Según el artículo 34: “Los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo”. “En las empresas o centros de trabajo que cuenten con seis o más trabajadores, la participación de éstos se canalizará a través de sus representantes y de la representación especializada que se regula en este Capítulo.” El artículo 35 está dedicado a los Delegados de Prevención: “Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo.”

“El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos”. “Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores”. “El Comité estará formado por los Delegados de Prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados de Prevención, por la otra”. Para mayor información acerca de las competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud, consultar el Capítulo 9 del presente manual, Gestión de la prevención de riesgos laborales. 33


capítulo 2

2.4.6 Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores (Cap. VI) Dicho capítulo hace referencia a las obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo, a fin de garantizar los máximos niveles de seguridad para los usuarios, en la línea de la normativa comunitaria sobre la “Seguridad del producto”. Los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo están obligados a asegurar que éstos no constituyan una fuente de peligro para la seguridad y salud de los trabajadores (marcado CE), y deberán proporcionar

2.5 El Reglamento de los Servicios de Prevención El Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997, de 17 de enero), considerando la prevención de riesgos laborales como actuación a desarrollar en el seno de la empresa, determina los: 1. Procedimientos de evaluación de los riesgos para la salud de los trabajadores. La evaluación de riesgos viene definida como: “el proceso dirigido a estimar la magnitud de los riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse”.

al empresario la información necesaria para que ello no ocurra.

2.4.7 Responsabilidades y sanciones (Cap.VII)

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

En el capítulo VII se regulan las responsabilidades y las sanciones, que pretenden garantizar el cumplimiento de las normas en materia de prevención de riesgos laborales. El artículo 42.1 dice: “El incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento.” Asimismo, se define qué se entiende por infracción administrativa, infracción leve, infracción grave e infracción muy grave, y se establecen las sanciones correspondientes a las diferentes infracciones. Cabe destacar que el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y Sanciones

• Asumiendo personalmente tal actividad. • Designando a uno o varios trabajadores para llevarla a cabo. • Constituyendo un servicio de prevención propio. • Recurriendo a un servicio de prevención ajeno. Las modalidades de prevención desarrolladas con recursos propios, precisan de la realización de auditorías cada cuatro años y cada dos años, para las empresas con actividades del Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención. 3. Las capacidades y aptitudes que deben reunir dichos servicios y los trabajadores designados para desarrollar actividades preventivas. En relación con las capacidades o aptitudes para el desarrollo de la actividad preventiva, el Reglamento, en el capítulo VI, establece tres niveles de funciones preventivas:

en el Orden Social, deroga expresamente los apartados 2, 4 y 5 del artículo 42, y los artículos 45 a 52 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

34

2. Las modalidades de organización, funcionamiento y control de los servicios de prevención. La organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas deberá realizarla el empresario con arreglo a alguna de las siguientes modalidades:

• Funciones de Nivel Básico. • Funciones de Nivel Intermedio. • Funciones de Nivel Superior.


Además, especifica la formación exigible en cada uno de estos casos.

2.6 Reglamentos Ministeriales Se entiende por reglamento el conjunto de reglas o preceptos para la ejecución de una ley, dictadas por el poder ejecutivo (Gobierno). La producción de reglamentos (aprobados como Real Decretos, Órdenes Ministeriales, etc.) por parte del Gobierno y por los distintos departamentos ministeriales es muy amplia y variada. Existen normas que regulan la utilización del amianto, la clasificación y etiquetado de sustancias peligrosas y productos químicos, las normas de protección frente a radiaciones ionizantes, etc. La proliferación de reglamentos se ha visto incrementada a raíz del proceso de adaptación de la legislación española a la Unión Europea. Fruto de ello se han aprobado, como transposición de directivas, reglamentos sobre señalización de seguridad, lugares de trabajo, manipulación manual de cargas, exposición a agentes cancerígenos, etc. Debido a la gran cantidad de normativa en materia preventiva, se recomienda consultar al personal

de MC MUTUAL, y concretamente a los técnicos de prevención, sobre la legislación específica que afecte a un puesto de trabajo, a un centro de trabajo o a una empresa.

2.7 Convenios Colectivos También en ellos podemos encontrar normas relativas a la prevención de riesgos laborales, ya que el Estatuto de los Trabajadores permite incluir esta materia en la negociación del convenio. Las mejoras introducidas en los convenios, relativas a la salud laboral, tienen carácter obligatorio siempre que no contravengan normas de rango superior y, además, permiten adecuar éstas a situaciones más concretas.

2.8 Reglamentos de Régimen lnterior de las Empresas Son normativas pactadas dentro de la empresa. En cuanto que pueden contener disposiciones sobre las condiciones mínimas de seguridad, salud y otros aspectos de las condiciones de trabajo, pueden contribuir a mejorar la salud laboral, ya que estas normas son de obligado cumplimiento siempre que no contradigan normas de carácter superior. 35


CAPÍTULO 2

AUTOEVALUACIÓN

01. Las condiciones establecidas en las directivas europeas en materia de Seguridad y Salud laboral, son: a. Recomendaciones, pero no son de obligado cumplimiento. b. Las máximas condiciones de Seguridad y Salud laboral exigibles. c. Las mínimas condiciones de Seguridad y Salud laboral exigibles.

02. Los productos etiquetados con el marcado “CE”, indican: a. Que el fabricante afirma que el producto cumple una serie de requisitos que aseguran un producto “seguro”. b. Que están fabricados en algún país europeo. c. Que es un producto peligroso.

03. Las exigencias marcadas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: a. Son de obligado cumplimiento. b. Son de cumplimiento voluntario. c. Pueden ser rebajadas siempre y cuando los trabajadores y el empresario estén de acuerdo.

04. Según la Ley de Prevención de Riesgos laborales, ¿En qué orden deberemos actuar en materia de riesgos laborales? a. 1º) Combatir los riesgos en su origen 2º) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar 3º) Evitar los riesgos b. 1º) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar 2º) Evitar los riesgos 3º) Combatir los riesgos en su origen c. 1º) Evitar los riesgos 2º) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar 3º) Combatir los riesgos en su origen 36


05. ¿Cuándo debe realizarse una evaluación de riesgos? a. Al inicio de la actividad empresarial. b. Cuando cambien las condiciones de trabajo. c. En ambos casos.

06. ¿Quién deberá garantizar la seguridad y la salud laboral de los trabajadores dentro de la empresa? a. El Servicio de Prevención de la empresa. b. El Comité de Seguridad y Salud. c. El empresario.

07. Ser informados, formados, consultados y participar en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos, es... a. Un derecho del empresario. b. Un derecho de los trabajadores. c. Un deber de los Inspectores de Trabajo.

08. Un trabajador, ¿Puede poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad de las máquinas (resguardos, mandos a dos manos, etc.)? a. Sí, en cualquier caso. b. No. c. Sólo cuando ello facilite al trabajador la realización de la tarea.

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CAPÍTULO 2

AUTOEVALUACIÓN

09. Si un trabajador detecta un riesgo en su puesto de trabajo, ¿A quién lo puede comunicar? a. Al delegado de prevención. b. A su responsable directo. c. A ambos.

10. ¿Qué es el Comité de Seguridad y Salud? a. Es un organismo dependiente de la Administración Pública. b. Es un órgano paritario de participación en la empresa, formado por los delegados de prevención y por los representantes de la empresa. c. Es un órgano de consulta de la empresa formado exclusivamente por los delegados de prevención de la misma.

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Curso de Prevenci贸n de Riesgos Laborales

Riesgos Generales y su Prevenci贸n


capítulo 3 capítulo 3

CONDICIONES DE SEGURIDAD

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Gracias a la tecnificación, el ser humano ha conseguido aumentar su fuerza, asignando las tareas más pesadas a las máquinas, que transforman y transportan los productos, de forma que hoy es impensable realizar estas tareas manualmente. También sabemos que esta fuerza de la tecnificación, si no se controla adecuadamente, puede volverse contra el trabajador y amenazar su integridad física.

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La Seguridad en el Trabajo es un conjunto de conocimientos y técnicas, que no son de tipo médico, y que tratan de eliminar, o al menos reducir, los riesgos de daños materiales y lesiones personales. El objetivo de la seguridad es mejorar las condiciones de trabajo hasta el punto de que sea imposible o muy difícil accidentarse. Además, la Seguridad en el Trabajo trata de identificar y anular o reducir las causas que provocan los accidentes de trabajo. En este capítulo dedicado a las condiciones de seguridad trataremos de analizar todos aquellos factores del proceso productivo que pueden dar lugar a situaciones indeseadas y que pueden, por tanto, causar daños a los trabajadores.

1. Los espacios y lugares de trabajo Es importante que el lugar en el que se desarrolla el trabajo esté en buenas condiciones de seguridad. De esta manera evitaremos accidentes y trabajaremos con mayor comodidad. Para ello, en el momento de diseñar un área de trabajo, deberemos tener en cuenta una serie de medidas tales como distribuir adecuadamente los distintos locales según los procesos de producción, prever las zonas de paso de manera que se eviten los cuellos de botella, determinar zonas de almacenamiento cuando esto sea necesario, aislar las operaciones que generan ruido o vibraciones y disponer de una iluminación adecuada. Los principales riesgos asociados a los espacios y lugares de trabajo son los siguientes: • Choques contra objetos inmóviles. • Atropellos o golpes por vehículos. • Caídas al mismo nivel. • Caídas a distinto nivel.


Ejemplos • Golpes contra máquinas muy próximas. • Golpes contra objetos o materiales mal almacenados o situados fuera de su sitio. • Atrapamientos y golpes por vehículos en movimiento, circulando por zonas inadecuadas. • Caídas por suelos resbaladizos, alumbrado deficiente, obstrucciones diversas, etc.

Para evitar estos riesgos, los locales de trabajo deberán cumplir las condiciones especificadas en el R.D. 486/1997 que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los espacios y lugares de trabajo.

Factores a considerar

A continuación se resume el RD 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los espacios y lugares de trabajo:

Requisitos

Condiciones generales de seguridad • Seguridad estructural, debiéndose asegurar la solidez estructural. • Trabajos en zonas peligrosas, (3m altura suelo-techo, proteger zona con riesgo de caídas, ...). • Vías de circulación (anchura mín. puertas 80 cm y 1m para pasillos, ...). • Puertas, rampas, escaleras (de materiales no resbaladi- zos, pend. máx. rampas 12 %, ...). Orden y limpieza En todas aquellas zonas donde se desarrolla la actividad y sobre todo en zonas de paso y vías de circulación:

• No deben existir obstáculos.

• Se deben limpiar periódicamente.

• Se deben eliminar rápidamente los desperdicios, ...

Condiciones ambientales

Temperatura:

• Trabajos sedentarios (17-27 ºC).

• Trabajos ligeros (14-25 ºC).

Humedad: (30-70%).

Velocidad del aire en ambientes calurosos:

• Trabajos sedentarios (0,5 m/s).

• Trabajos no sedentarios (0,75 m/s).

Iluminación Disposiciones mínimas de iluminación en los lugares de trabajo. (Ver Cap. 4). Servicios higiénicos y material y locales En función de la actividad se determinan los siguientes requisitos: de primeros auxilios

• Agua potable.

• Vestuarios.

• Duchas, lavabos.

• Locales de descanso, ...

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capítulo 3

Según este Real Decreto, los locales de trabajo deben de tener unas dimensiones mínimas de: • 3 m de altura del suelo al techo. • 2 m2 de superficie libre por trabajador. • 10 m3 libres por trabajador.

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Los suelos deben ser lisos, llanos, estables y no resbaladizos, y las zonas en las que exista riesgo de caídas de personas o materiales deben señalizarse y protegerse. Las aberturas en suelos y escaleras deben protegerse mediante barandillas rígidas de 90 cm de altura mínima y rodapiés de 15 cm. Los suelos, pasillos y escaleras deben permanecer libres de obstáculos. Deben existir espacios específicos para el almacenamiento de materiales y herramientas. En lo que respecta al orden y limpieza, se deben mantener las zonas de paso, salidas y vías

de circulación libres de obstáculos y se deben eliminar con rapidez los desperdicios, manchas de grasa y residuos de sustancias peligrosas que puedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo. Otro aspecto importante dentro de los espacios de trabajo son los elementos estructurales que pueden producir riesgo de caídas de personas en altura: escaleras fijas, escaleras de mano, plataformas de trabajo y aberturas en pisos y paredes. Es importante prestar especial atención a las plataformas de trabajo y escaleras, debiendo éstas tener la solidez y la resistencia necesarias para soportar las cargas o esfuerzos a que sean sometidos. Las aberturas en los suelos se deben proteger mediante tapas, barandillas u otros sistemas de protección de seguridad equivalente y los lados cerrados de las escaleras y rampas tendrán un pasamanos, a una altura de 90 cm, si la anchura de la escalera es mayor de 1,2 m.

Se prohibe la utilización de escaleras de madera pintadas, por la dificultad que ello supone para la detección de sus posibles defectos.

42


Las escaleras de mano tendrán la resistencia necesaria para que su uso no suponga un riesgo de caída por rotura o desplazamiento de las mismas. Además se deben revisar periódicamente.

Ejemplos

• Golpes: Se producen en máquinas con elementos de vaivén como cepilladoras o telares.

2. Máquinas y equipos de trabajo

• Cortes: Se dan en sierras de cinta y circulares, fresadoras, guillotinas...

• Atrapamientos: En máquinas como prensas o trituradoras y en correas

2.1 Riesgos asociados a las máquinas Las máquinas están ideadas para efectuar procesos de transformación de un material, lo que implica la existencia de órganos móviles accionados mediante algún tipo de energía (eléctrica, neumática, hidráulica, etc.). La presencia de dichos órganos móviles genera la mayoría de los riesgos y lesiones: • Golpes. • Cortes. • Atrapamientos. • Proyección de fragmentos o partículas.

de transmisión o engranajes de multitud de máquinas.

• Proyección de fragmentos o partículas: Por rotura de algún elemento de la máquina (brocas, discos, correas de transmisión) o procedentes del material trabajado (p.e. partículas de metal que se desprenden al usar la esmeriladora).

Además, pueden existir otros riesgos, en función del tipo de máquina: contactos térmicos, contactos eléctricos, exposición a ruido, etc.

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capítulo 3

2.2 Elementos de protección

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Para eliminar o reducir estos riesgos, las máquinas deben estar dotadas de unos elementos de seguridad que impidan el acceso a los puntos de peligro o que impidan el funcionamiento de la máquina cuando exista peligro para el operario u otros trabajadores.

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De acuerdo con esto, se distinguen dos tipos fundamentales de elementos de protección: los resguardos y los dispositivos de protección. Además, como medida de seguridad adicional, deben existir sistemas de parada de emergencia.

Resguardos Son protecciones que impiden el acceso a los puntos de peligro de las máquinas (por ejemplo: tapas, pantallas, carcasas, puertas, etc.). Se pueden distinguir 3 tipos principales: resguardos fijos, resguardos móviles asociados a enclavamientos y resguardos regulables.

Cuando se trata de proteger puntos de peligro de la máquina a los que no es necesario acceder, o sólo se accede ocasionalmente, se emplean resguardos fijos. Estos resguardos deben estar fijados a la máquina de manera que sea necesario utilizar herramientas para retirarlos o abrirlos. Cuando hay que acceder con cierta frecuencia a los puntos de peligro, los resguardos fijos no son adecuados por resultar demasiado engorrosos. Entonces se recurre a los resguardos móviles asociados a enclavamientos. El sistema de enclavamiento impide la puesta en marcha de la máquina si el resguardo no está cerrado. Además, si se abre el resguardo con la máquina en marcha, ésta se para. En aquellas máquinas en las que el trabajador tiene que operar en la zona de peligro se recurre a los resguardos regulables. Estos resguardos deben poder regularse automáticamente (resguardos autorregulables), o bien manualmente sin necesidad de herramientas, de manera que proporcionen protección y, a la vez, permitan el trabajo.

Dispositivos de protección Si los resguardos son inviables o insuficientes, deben existir dispositivos de protección que paren la máquina o impidan su puesta en marcha mientras el operario pueda alcanzar la zona de peligro.


Entre este tipo de dispositivos se encuentran el mando a dos manos, los tapices sensibles a la presión y las barreras fotoeléctricas.

Parada de emergencia En general, las máquinas deben disponer de un dispositivo de parada de emergencia que sea fácilmente visible y rápidamente accesible. Excepción a esta norma son las máquinas portátiles y aquéllas en que la parada de emergencia no disminuya el riesgo (por ejemplo, porque la parada de emergencia no consiga que el tiempo de parada sea claramente inferior al de parada normal). La parada de emergencia no puede considerarse un sustituto de otras medidas de protección necesarias. Preferiblemente, los mandos de parada de emergencia serán pulsadores tipo "seta" de color rojo sobre fondo amarillo.

• Los posibles riesgos de cada máquina deben señalizarse en lugar bien visible. • Cuando se efectúen reparaciones u operaciones de mantenimiento en cualquier máquina, se deben utilizar sistemas de bloqueo que hagan imposible su puesta en marcha. Además, se señalizará que se están efectuando dichas operaciones.

El marcado CE sobre una máquina indica que está certificada conforme a las normas europeas y, por tanto, está diseñada y dotada de los ele-

3. Herramientas

mentos de protección necesarios para cumplir las condiciones generales de seguridad.

2.3 Otras medidas preventivas Además de la existencia de resguardos y dispositivos de protección, es necesario tener en cuenta otras medidas preventivas: • Cuando sea inviable instalar elementos de protección incorporados a las máquinas, se deberán utilizar equipos de protección individual (guantes, gafas, etc.).

Muchas de las lesiones que se producen en los lugares de trabajo se deben a la utilización de herramientas, ya sean manuales o accionadas por motor. Este tipo de accidente ocurre porque no se utiliza el equipo adecuado, la herramienta es de baja calidad, por falta de formación en la utilización de la misma o porque las herramientas no están en buenas condiciones de mantenimiento.

Ejemplos de mala utilización de herramientas:

• Utilizar destornilladores para golpear o • La instalación, utilización y mantenimiento de las máquinas y equipos siempre se llevarán a cabo de acuerdo con las especificaciones del fabricante. • Deben existir manuales de instrucciones y normas de trabajo que especifiquen cómo realizar cualquier operación y cuáles son sus riesgos. Las operaciones se efectuarán siempre de acuerdo con tales manuales y normas.

como punzón.

• Utilizar cuchillos o navajas como destornillador.

• Utilizar martillos con el mango flojo o rajado, cabeza en mal estado o rebabas.

• Utilizar cinceles con filos mellados. 45


capítulo 3

Las herramientas deben ser siempre las más apropiadas por sus características y tamaño a las operaciones a realizar, debiendo existir siempre un control de las herramientas disponibles en la empresa.

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Vamos a revisar brevemente las herramientas más utilizadas, analizando el tipo de riesgo que implican y las medidas preventivas que debemos aplicar en cada caso. Para ello clasificaremos las herramientas en manuales y a motor.

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A continuación se muestra un listado de herramientas manuales ordenadas de mayor a menor riesgo: • Herramientas de golpe (martillos, cinceles, etc.). • Herramientas con bordes afilados (cuchillos, hachas, etc.). • Herramientas de corte (tenazas, alicates, tijeras, etc.). • Herramientas de torsión (destornilladores, Ilaves, etc.).

Las causas principales de riesgo son debidas al uso inadecuado de las herramientas o a la utilización de herramientas defectuosas o de mala calidad. Como medidas de precaución, se deben eliminar los rebordes y filamentos que puedan desprenderse al golpear y deben mantenerse todas las herramientas bien afiladas. Por lo que respecta a las herramientas a motor, es interesante remarcar que cada vez están reemplazando a las manuales en más operaciones, implicando la aparición de nuevos riesgos para el trabajador. Las herramientas a motor más peligrosas son: • Martillos neumáticos. • Taladradoras. • Motosierras, ... Riesgos más importantes:

Riesgos más importantes: • Golpes y cortes en manos u otras partes del cuerpo. • Lesiones oculares por proyección de fragmentos volantes. • Esguinces por movimientos violentos, etc.

• Riesgo de contacto eléctrico por fallos del aislamiento entre las partes en tensión y la carcasa. • Golpes y cortes en manos u otras partes del cuerpo. • Lesiones oculares por partículas proyectadas. • Esguinces por movimientos o esfuerzos violentos.


Las causas de accidente son las mismas que las apuntadas para las herramientas manuales, a las que hay que añadir el riesgo eléctrico, la utilización de aire comprimido, etc. Las herramientas eléctricas portátiles deben funcionar con tensión de seguridad (24 voltios) o estar dotadas de doble aislamiento. Aquellas herramientas utilizadas para trabajos eléctricos en instalaciones de baja tensión (alicates, destornilladores, etc.) deben tener un aislamiento que cumpla con la normativa sobre aislamiento de seguridad.

Como medidas de carácter general podrían apuntarse las siguientes: • Deben utilizarse guantes al manipular herramientas cortantes. • Deben utilizarse gafas o pantallas protectoras cuando haya riesgo de proyección de partículas. • Las herramientas deben estar en buen estado de limpieza y conservación. • Durante su uso deben estar libres de grasas, aceites y otras sustancias lubricantes que dificulten la aprehensión. • Debe revisarse periódicamente el estado de los mangos, recubrimientos aislantes, etc. • Deben almacenarse en cajas o paneles adecuados, donde cada herramienta tenga su lugar.

No se debe utilizar el aire comprimido para limpiar máquinas o prendas personales. Los trabajadores deben protegerse del ruido producido por este tipo

• Todo trabajador debe tener instrucciones precisas sobre el uso correcto de las herramientas, de forma que no se utilicen para operaciones distintas a las que estén destinadas.

de herramientas.

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capítulo 3 Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

4. Almacenamiento, elevación y transporte de cargas

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No se deben sobrecargar los estantes o estanterías utilizadas para el almacenamiento. Se deben proteger y señalizar, en cualquiera de los casos, los puntos de las estanterías que estén expuestos a choques.

Deben considerarse como áreas de almacenamiento tanto las áreas específicas de almacenamiento como las áreas de producción donde se depositen habitual u ocasionalmente materiales o productos.

Sólo se almacenará por apilamiento cuando la forma y la resistencia del material lo permitan, adoptando una configuración de apilamiento estable, por ejemplo piramidal.

Principales riesgos asociados al almacenamiento:

4.2 Elevación y transporte de cargas

• Caída de objetos por desplome. • Derrumbamiento de la carga almacenada. • Atropellos o golpes por vehículos. • Choques contra objetos inmóviles. • Caída de personas a distinto nivel. • Atrapamiento por o entre objetos móviles de los aparatos de elevación. • Atrapamiento por vuelco del vehículo.

4.1 Almacenamiento

Cuando no pueda evitarse la necesidad de manipulación manual de las cargas, se utilizarán los medios apropiados para reducir el riesgo que entrañe dicha manipulación, facilitando el agarre de las cargas o aligerando su peso. Si es posible se utilizarán herramientas mecánicas para la manipulación de carga, como por ejemplo carretillas elevadoras, grúas, cintas transportadoras, etc.

Deben establecerse lugares específicos para el almacenamiento de objetos, con amplitud suficiente y adecuadamente delimitados y señalizados.

Todos los elementos que constituyen las estructuras, mecanismos y accesorios de los aparatos serán de material sólido y de resistencia adecuada al uso al que se les destina.

Los pasillos y las zonas de carga, descarga y estacionamiento de carretillas deben señalizarse mediante marcas en el suelo.

Las medidas preventivas recomendadas para estos equipos y aparatos son las siguientes:


• Establecer un programa de mantenimiento de los aparatos de elevación y transporte de materiales. Ejemplo Algunos aparatos de elevación de cargas son: grúas, puentes-grúa, maquinillos, polipastos, etc.

• Transportar las cargas bien sujetas. Nunca sobrepasar la carga máxima admisible. • Realizar lentamente las operaciones de elevación y descenso de las cargas, evitando toda arrancada o parada brusca. • Se prohíbe transportar a personas sobre cargas, ganchos, eslingas o sobre elementos del vehículo destinados al transporte de cargas.

5. Electricidad Toda empresa, independientemente de su actividad, dispone de instalaciones y maquinaria eléctricas, que pueden dar lugar a que ocurran accidentes eléctricos. Este tipo de accidentes, aunque no son muy numerosos, originan en la mayoría de los casos lesiones graves o mortales.

5.1 Conceptos fundamentales Ejemplos: Para explicar los conceptos que se exponen a continuación se puede utilizar el símil de un depósito que contiene agua almacenada y dispone de un orificio de salida. La cantidad de agua que saldrá por dicho orificio, es decir el caudal: a) Será mayor cuanto mayor sea la diferencia de alturas entre el orificio y la superficie del agua.

máx. 90º

b) Será menor cuanto más pequeño sea el orificio, lo que implica mayor resistencia al paso del agua. Para explicar cómo se comporta el agua, en este ejemplo hablamos de tres magni-

• Instalar dispositivos de señalización acústica y luminosa de marcha atrás.

tudes, que son asimilables a las eléctricas:

• Caudal o cantidad de agua (asimilable a la intensidad).

• Las vías de circulación se dotarán de anchura suficiente y se mantendrán libres de obstáculos. • Señalizar con líneas amarillas y negras alternas, o lámparas rojas por la noche, aquellos obstáculos u objetos situados en las vías de circulación.

• Tamaño del orificio (asimilable a la resistencia).

• Diferencia de alturas o presión (asimilable a la tensión).

tensión

intensidad altura del agua

tamaño del orificio resistencia caudal

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capítulo 3

La corriente eléctrica consiste en el movimiento de electrones por un conducto que es el cable eléctrico. Para entender este fenómeno hay que considerar 3 magnitudes:

Esto quiere decir que para una tensión determinada, cuanto mayor sea la resistencia del conductor al paso de la corriente, menor será la intensidad o cantidad de electricidad que pasa por este conductor.

• Intensidad: es la cantidad de corriente que pasa a través del conductor; se mide en amperios (A) o en miliamperios (mA).

5.2 Riesgos de la electricidad

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Los principales riesgos de la electricidad son:

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• Resistencia: es el grado de oposición al paso de la corriente que presentan los materiales; se mide en ohmios (Ohm), y podemos decir que los malos conductores (plástico, madera, goma, etc.) tienen una resistencia elevada, mientras que los buenos conductores (metales) tienen una resistencia baja. • Tensión: es la diferencia de energía existente entre dos puntos de un circuito eléctrico y que hace que la corriente circule. La tensión se mide en voltios (V). Estas tres magnitudes fundamentales de la electricidad están relacionadas entre sí por medio de la Ley de Ohm: Tensión Intensidad = –––––––––– Resistencia La intensidad de la corriente eléctrica es directamente proporcional a la tensión, e inversamente proporcional a la resistencia del conductor.

• Electrocución por contacto eléctrico. • Incendio por cortocircuito o sobrecarga. • Explosión originada por chispa o arco eléctrico en locales con atmósferas inflamables. Además, como consecuencia de actos involuntarios producidos por el choque eléctrico, se pueden producir caídas de altura, golpes contra objetos, etc.

5.3 Efectos de la corriente eléctrica en el cuerpo humano El paso de corriente por el cuerpo humano puede producir efectos diversos que van desde un pequeño cosquilleo hasta la muerte por paro cardíaco, asfixia o grandes quemaduras. Los efectos del paso de la corriente a través del cuerpo humano dependen de los siguientes factores:


• Intensidad de la corriente. • Duración del contacto eléctrico. • Recorrido de la corriente por el cuerpo. La intensidad o cantidad de corriente que circula por el cuerpo durante un contacto eléctrico es la causa fundamental de las lesiones originadas por la electricidad. Cuando se produce un contacto eléctrico, la intensidad que atraviesa el cuerpo humano depende de la tensión aplicada y de la resistencia que el propio cuerpo ofrece al paso de la corriente (recuérdese la ley de Ohm). Las consecuencias del paso de la corriente eléctrica dependen también del recorrido de ésta por el cuerpo humano, es decir de los órganos que atraviesa. Los recorridos más graves son los que afectan al tórax y a la cabeza (mano-pie contrario, mano-cabeza, manotórax-mano). Además, como es obvio, a mayor duración del contacto eléctrico, mayor gravedad de los efectos producidos.

El contacto directo es el que se produce con las partes activas de la instalación. Esto implica el paso de cantidades de corriente importantes, Io que agrava las consecuencias. El contacto indirecto es el que se produce con masas puestas en tensión, entendiéndose por masa el conjunto de partes metálicas de un aparato o instalación que, en condiciones normales, están aisladas de las partes activas. La característica principal de un contacto indirecto es que tan sólo una parte de la corriente de defecto circula por el cuerpo humano; el resto de la corriente circula por los contactos con tierra de las masas. Cuanto menor sea el contacto de las masas con el suelo, mayor será el paso de la corriente por la persona en la que se produce el contacto.

5.5 Sistemas de protección

5.4 Tipos de contacto eléctrico

El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión hace referencia a los distintos sistemas de protección tanto para contactos directos como contactos indirectos.

Los contactos eléctricos pueden ser de dos tipos: contactos directos o contactos indirectos.

Los sistemas de protección contra contactos directos son los siguientes:

Directo

• Alejamiento de las partes activas de la instalación, de manera que se haga imposible el contacto fortuito con las manos o con elementos conductores que se manipulen (por ejemplo, una barra metálica larga). • Interposición de obstáculos; es decir, colocar cubiertas y barreras en aparatos, tomas de corriente, cuadros eléctricos, etc., que impidan el contacto accidental con las partes activas.

Indirecto

• Recubrimiento de las partes activas mediante materiales aislantes. Entre los sistemas de protección contra contactos indirectos, los más habituales son: • Puesta a tierra de las masas y dispositivo de corte por intensidad de defecto (diferenciales), sistema que provoca la desconexión automática de la instalación en cuanto detecta un defecto.

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capítulo 3

• Doble aislamiento, consistente en reforzar el aislamiento entre las partes activas y las masas accesibles. • Utilización de pequeñas tensiones de seguridad (<50V), que impidan el paso de intensidades peligrosas en caso de contacto.

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5.6 Normas básicas de seguridad

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• Hacer revisar periódicamente por un experto y, en su caso, reparar los sistemas de protección, instalaciones y aparatos portátiles. • Únicamente podrán realizar trabajos en instalaciones eléctricas aquellas personas que posean la formación suficiente y estén autorizadas. • Según el tipo de trabajo a realizar y las circunstancias del mismo, se deberán utilizar equipos de protección individual (guantes, calzado y casco aislantes, banquetas o alfombras aislantes, etc.) debidamente certificados. • Vigilar que los cables y conexiones de los aparatos se encuentren en buen estado y mantengan su aislamiento.

• Utilizar únicamente conexiones normalizadas del tipo adecuado.

6. Incendios 6.1 Conceptos básicos Para que el fuego se inicie es necesaria la presencia simultánea de tres elementos: foco de ignición, oxígeno y combustible. Esto se representa con el llamado triángulo del fuego. Foco de ignición

• Aporta el calor necesario para que se inicie la combustión. • Ejemplos de focos de ignición: cigarrillos, chispas por sobrecarga eléctrica, chispas por trabajos de soldadura, etc.

Oxígeno

• Para que se produzca fuego se necesita una cantidad mínima de oxígeno. El oxígeno se encuentra presente en el aire en un 21% en volumen.

Combustible

• Sustancia capaz de arder. • Puede ser sólido, líquido o gaseoso.


LE CO M

IÓ IC GN

BU ST

I DE

IB

CO

FO N

OXÍGENO Eliminando uno de los tres elementos (“lados” del triángulo), el fuego se extinguirá.

6.2 Prevención de incendios 6.2.1 Actuación sobre el foco de ignición • Prohibir fumar y no introducir útiles que puedan generar llamas o chispas en locales con riesgo de incendio. • Utilizar herramientas antichispas. • Proteger de los rayos solares los materiales que sean inflamables: aerosoles, disolventes, etc. • Ventilar los locales donde se generen vapores inflamables. • Separar las instalaciones generadoras de calor (calderas, hornos, estufas, etc.) de los materiales combustibles. • No sobrecargar las instalaciones eléctricas y mantenerlas correctamente.

6.2.2 Actuación sobre el oxígeno • Inertizar depósitos de líquidos inflamables, en trabajos de limpieza y reparación de los mismos. La inertización consiste en la reducción del contenido de oxígeno en el aire mediante la adición de gases inertes como CO2 o N2.

6.2.3 Actuación sobre el combustible • Sustituir los materiales inflamables por otros no inflamables o menos inflamables. • Efectuar limpieza y mantenimiento periódico de residuos inflamables o combustibles. • Utilizar recipientes herméticamente cerrados para el almacenamiento, transporte y depósito de residuos.

6.3 Extinción de incendios 6.3.1 Métodos de extinción Existen varios métodos de extinción, dependiendo del componente del triángulo del fuego sobre el que se actúe.

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capítulo 3

Métodos de extinción Eliminación

• Consiste en eliminar el combustible. Al no extistir una sustancia que pueda arder, el fuego se extingue. Ejemplo: Cortar el suministro de gas.

Sofocación

• Para que el fuego se produzca, es necesaria un cantidad mínima de oxígeno. Si se disminuye esa cantidad o se impide el contacto del oxígeno con el combustible, el fuego se apaga. Ejemplo: Tapar una sartén ardiendo/ Tapar una vela con un vaso/Cerrar puertas y ventanas, evitando así la entrada de oxígeno.

Enfriamiento

• Al enfriar un material que está ardiendo, se reduce la cantidad de vapor que emite el combustible y que alimenta la llama. Así se consigue reducir la intensidad del fuego, a veces hasta apagarlo. Además, al enfriar un material, se dificulta la propagación. Ejemplo: Los incendios forestales se extinguen enfriando el combustible (bosque) mediante agua.

Inhibición

• Algunas sustancias extintoras evitan la combinación molecular del combustible con el oxígeno. De esta forma imposibilitan la combustión. Ejemplo: Los halones inhiben la combustión impidiendo la combinación molecular entre el oxígeno y los gases combustibles.

6.3.2 Clases de fuego Los fuegos se clasifican según el tipo de materia combustible. Se definen cuatro tipos de fuego: A, B, C y D.

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Clases de fuego

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Clase A

• Los originados por materiales sólidos como madera, tejidos, papel, cartón, plástico, etc. Estos fuegos se apagan, básicamente, por enfriamiento.

Clase B

• Fuegos originados por líquidos combustibles, como gasolina, aceites, disolventes, pinturas, etc. Para extinguir esta clase de fuegos se utiliza principalmente el método de sofocación.

Clase C

• Los originados por materias en estado gaseoso, como butano, propano, gas natural, acetileno, hidrógeno, etc. La mejor forma de apagar los fuegos de gases es por eliminación del combustible, ya que la utilización de una sustancia extintora no elimina la aportación de gas.

Clase D

• Son los originados por metales finamente divididos, como el aluminio, o metales muy reactivos, como el magnesio, el sodio y el potasio. También pertenecen a esta clase de fuego los producidos por la pólvora y el celuloide. Los fuegos de la clase D se apagan con polvos extintores especiales, cada uno de los cuales sólo sirve para un determinado tipo de combustible de esta clase.


Algunos tratados incluían a los fuegos eléctricos dentro de una clase (fuegos clase E), aunque actualmente están en desuso. Se trata de fuegos que se producen en presencia de tensión eléctrica. Se deben apagar con sustancias que no conduzcan la electricidad y, siempre que sea posible, se debe desconectar el suministro eléctrico.

6.3.3 Sustancias extintoras Son aquellas sustancias que se impulsan sobre, o en las proximidades, de los combustibles en ignición para conseguir la extinción del fuego.

Sustancias extintoras Agua

• El agua apaga por enfriamiento y sofocación. Se utiliza a chorro y pulverizada. Tiene el inconveniente de conducir la electricidad.

Espuma

• Las espumas son una mezcla de agua, espumógeno y aire, que apagan por sofocación y enfriamiento. Por su composición, tiene unas características físicas similares a las del agua.

Polvos

• Los polvos son productos químicos que apagan por sofocación e inhibición. Existen dos tipos: el polvo seco normal (BC) y el polivalente (ABC). Hasta 1000 V, los polvos extintores no conducen la electricidad. Sin embargo, dejan residuos corrosivos difíciles de limpiar.

Anhídrido carbónico, • El CO2 es un gas incoloro e inodoro que no conduce la electricidad y que apao CO2 ga por sofocación. Es muy efectivo en lugares cerrados y no deja residuos, por lo que es adecuado para instalaciones delicadas, como salas de ordenadores, o cuadros eléctricos. Sustitutos del halón • Debido a que desde el 1 de enero de 2004 ni los extintores ni los sistemas de protección contra incendios pueden contener halón, se deberá hacer uso de sustitutos del mismo (sistemas de NAF, FE, FM, etc.).

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capítulo 3

6.4 Extintor Un extintor es un aparato que contiene una sustancia extintora que puede ser proyectada y dirigida sobre el fuego por una presión interna. Está constituido por un recipiente que contiene: una sustancia extintora, un conjunto de elementos que permiten iniciar, dirigir y cortar la proyección del producto extintor (manguera, difusor, etc.) y unos dispositivos de seguridad (pasador, válvulas, etc.).

El propietario del extintor es responsable de que se realicen las operaciones de mantenimiento según indica el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (R.D. 1942/93 de 1 de marzo y Orden del 16 de abril de 1998). El programa de mantenimiento a realizar en los extintores es el siguiente: Cada tres meses, el personal de la empresa, deberá:

Los extintores deben ir provistos de una placa de timbre (en los extintores de CO2 sustituida por inscripciones en la botella) y de una etiqueta de características.

• Comprobar la accesibilidad, buen estado aparente de conservación, seguros, precintos, inscripciones, manguera, etc.

La etiqueta de características indicará las temperaturas de servicio, el tipo y cantidad de agente extintor, los tipos de fuego para los que sirve y para los que no sirve, y unas instrucciones de empleo.

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6.4.3 Mantenimiento

6.4.1 Inscripciones

La placa de timbre indicará la presión de diseño y las cuatro pruebas de presión que se deben realizar cada cinco años.

Desde el 29 de mayo de 2002 los extintores deben incluir el Marcado CE. Esta medida responde al cumplimiento de la Directiva Europea de Aparatos y Presión (97/23/CE – R.D 769/1999, de 7 de mayo). Por tanto, en aquellos extintores que lleven incorporado este marcado CE no será necesaria la placa de industria.

• Comprobar el estado de carga (peso y presión) del extintor y del botellín de gas (si existe), estado de las partes mecánicas (boquilla, válvulas, manguera, etc.). Además, cada año deberán ser revisados por personal especializado del fabricante o instalador. Finalmente, cada cinco años el extintor deberá ser retimbrado.

6.4.4 Normas generales de utilización de los extintores En este apartado se comentan algunas ideas básicas de utilización de los extintores. Se ha de tener presente su duración limitada y que sólo son eficaces ante fuegos pequeños.

6.4.2 Implantación

Con anterioridad a su uso

Los extintores se deben colocar sobre pilares o soportes fijos, y teniendo en cuenta lo siguiente:

• Conocer la ubicación de los extintores en el centro de trabajo y, sobre todo, cerca del puesto de trabajo.

• Se deben colocar donde exista mayor probabilidad de iniciarse un incendio y, a ser posible, próximos a las salidas. • Han de ser visibles desde cualquier punto del local que protegen, si no lo son se deben señalizar. • Han de ser fácilmente accesibles, sin obstáculos.

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• La parte superior del extintor deberá estar a menos de 1,70 m. del suelo.

• Leer la etiqueta de características de los extintores para conocer perfectamente para qué tipos de fuego son útiles los extintores del centro de trabajo, y especialmente los del entorno del puesto de trabajo.


Durante la extinción • Verificar el tipo de incendio y utilizar el extintor apropiado más próximo al fuego. • Descolgar el extintor. • Si el extintor es de presión incorporada, quitar el pasador y atacar el fuego. Si es de presión auxiliar, liberar el gas del botellín auxiliar y, una vez presurizado, efectuar un disparo para comprobar que el funcionamiento es correcto. • Dirigir el chorro de agente extintor a la base de las llamas, en zig-zag, apagando por franjas y sin avanzar hasta asegurarse que se ha apagado la anterior. • Atacar el incendio en la misma dirección que su desplazamiento. Es decir, de espaldas a viento en el exterior y a favor de la corriente en interiores.

Después de la extinción • Ventilar los locales donde se haya intervenido. • Dejar personal de vigilancia con extintores para evitar una posible reignición. • Recargar los extintores que se hayan utilizado. • Colocar los extintores en sus lugares de origen. 57


CAPÍTULO 3

AUTOEVALUACIÓN

01. ¿Cuáles de los siguientes son, entre otros, algunos de los riesgos más habituales debidos a los lugares de trabajo? a. Exposición a ruido o vibraciones. b. Intoxicación por sustancias químicas tóxicas o nocivas. c. Choques contra objetos móviles o inmóviles y caídas.

02. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es verdadera? a. Los pasillos podrán ser utilizados al mismo tiempo por vehículos y personas. b. Muchos de los accidentes pueden ser evitados con medidas preventivas elementales y de bajo coste. c. El nivel de iluminación será el mismo en todos los lugares de trabajo.

03. Uno de los principales elementos de protección de las máquinas son los resguardos. ¿De qué manera protegen al trabajador? a. Parando la máquina o impidiendo su puesta en marcha mientras el trabajador pueda alcanzar la zona de peligro. b. Impidiendo el acceso a los puntos de peligro mediante barreras físicas (tapas, pantallas, carcasas...). c. Haciendo funcionar una señal sonora o luminosa que advierte del peligro.

04. ¿Qué significado tiene el marcado CE grabado sobre una máquina? a. Que ha sido fabricada en algún país de la Comunidad Europea. b. Que para manejar esa máquina se debe proceder según unas normas básicas de seguridad (“Cuidados elementales”). c. Que cumple las normas europeas sobre seguridad de las máquinas.

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05. ¿Cuál es una de las principales causas de lesiones derivadas del uso de herramientas manuales? a. Inadecuada utilización o empleo de herramientas de mala calidad o defectuosas. b. Utilizar las herramientas para la función que están diseñadas. c. Utilizar guantes de protección cuando se usen herramientas cortantes.

06. ¿Cuáles de los siguientes, son equipos de protección individual para evitar accidentes provocados por herramientas manuales? a. Gafas de seguridad y guantes. b. Mascarillas autofiltrantes y equipos de respiración autónoma. c. Cascos o tapones para protección del ruido.

07. La correcta señalización resulta eficaz,... a. Porque siempre elimina el riesgo. b. Pero no debe olvidarse que nunca elimina el riesgo. c. Siempre que sea de prohibición.

08. Cuando se toca accidentalmente un conductor eléctrico en tensión hablamos de... a. Un contacto indirecto. b. Un contacto semidirecto. c. Un contacto directo.

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CAPÍTULO 3

AUTOEVALUACIÓN

09. De los sistemas de protección que se enumeran a continuación, ¿cuáles de ellos nos protegen de los contactos eléctricos indirectos? a. Puesta a tierra y diferencial. b. Recubrimiento de las partes activas con aislantes. c. Colocación de barreras que impidan tocar los conductores.

10. ¿Cuáles son los tres factores que deben coincidir en tiempo y lugar para que se produzca un incendio? a. Combustible, foco de ignición y oxígeno. b. Calor, comburente y oxígeno. c. Temperatura, humedad y presión.

11. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta? a. Para extinguir un incendio en un bidón de gasolina es aconsejable utili- zar agua a chorro con fuerte presión. b. Los extintores se deben utilizar dirigiendo el agente extintor a la base de las llamas, en zig-zag y apagando por franjas. c. Las dos anteriores.

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capítulo 4 capítulo 4

CONTAMINANTES FÍSICOS En este capítulo se estudian determinados contaminantes energéticos del entorno laboral, como son el ruido, las vibraciones, el estrés térmico y las radiaciones, cuyos efectos sobre la salud son perjudiciales. También se trata aquí de la iluminación, dado que la luz es una forma de energía que afecta al trabajo.

1. EL RUIDO 1.1 Concepto de ruido El sonido es una vibración del aire provocada por una o varias fuentes. Las ondas sonoras son invisibles.

Las frecuencias conversacionales son frecuencias medias. Según la periodicidad, se distinguen: • Ruidos estacionarios o continuos: aquéllos cuyo nivel sonoro permanece constante a lo largo del tiempo. • Ruidos no estacionarios o discontinuos: aquéllos que se producen de forma intermitente o fluctuante, variando su nivel sonoro con el tiempo. • Ruidos de impulso o impacto: son ruidos instantáneos que duran menos de un segundo. Ejemplos

Se suele definir el ruido como todo sonido no deseado y molesto. Sonido que dificulta Ia tarea que estamos realizando.

Ruido de una sala de compresores. Ruido de tráfico, taller de estampación, etc.

La diferencia entre sonido y ruido no es de naturaleza física sino que es subjetiva, depende del individuo.

Ruido de impacto de una prensa, de una dobladora de chapa, explosiones, etc.

1.2 Medida del ruido

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Los ruidos pueden ser más o menos fuertes dependiendo de su intensidad, la cual se mide en decibelios (dB).

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La existencia de numerosas fuentes de ruido en nuestra vida cotidiana (tráfico, aglomeraciones urbanas próximas a zonas industriales, etc.) y en nuestro medio ambiente de trabajo, conlleva para muchas personas la exposición a niveles de ruido que pueden dificultar su actividad y causar daños irreversibles para su salud.

La intensidad se puede medir con dos tipos de aparatos: • Sonómetros: Aparatos diseñados para medir ruidos continuos y para medir ruidos de impacto (nivel de pico). Algunos tipos de sonómetros pueden medir ruidos discontinuos; son los sonómetros integradores.

Vivimos con el ruido, pero cuando es demasiado importante, perturba nuestra salud y nuestro comportamiento.

• Dosímetros: Aparatos que permiten evaluar un ruido discontinuo, sumando todo el ruido recibido durante el tiempo que está expuesto un trabajador.

Según su frecuencia, los ruidos pueden ser de dos tipos:

1.3 Medidas preventivas

• Agudos (frecuencias altas). Ejemplo: silbato. • Graves (frecuencias bajas). Ejemplo: sirena de barco.

Para evitar los riesgos derivados de la exposición al ruido es necesario establecer una serie de medidas que son, principalmente, de dos tipos: técnicas y organizativas.


Medidas técnicas Consisten en la adopción de soluciones de carácter técnico. Esto implica la realización de estudios encaminados a valorar el estado acústico del ambiente laboral y, a partir de sus resultados, tomar las medidas técnicas oportunas, las cuales pueden adoptarse: • Sobre la fuente de emisión: En el caso de máquinas con salidas de aire comprimido, y para atenuar el ruido generado por estas turbulencias, se les puede dotar de silenciadores (de reacción o de absorción). Por otra parte, las fuentes que vibran demasiado y que son susceptibles de generar ruido estructural pueden ser neutralizadas colocando materiales elásticos en sus bases, como bases antivibratorias de varios tipos.

• Sobre el medio de propagación: Se lleva a cabo mediante la interposición de materiales acústicamente aislantes, recubrimientos fonoabsorbentes o combinaciones de ambos, siendo este último caso el más usual y favorable. • Sobre el receptor, en este caso el trabajador: Utilizando protectores auditivos, como pueden ser tapones, orejeras o cascos antirruido. Los tapones se insertan en el conducto auditivo externo, y están fabricados con materiales blandos que les permiten adaptarse al conducto auditivo. Por su parte, las orejeras envuelven totalmente el pabellón auditivo, ajustándose convenientemente a cada lado

Ejemplos

de la cabeza por medio de un material

• Entre las muchas medidas de este tipo des-

almohadillado. En el interior de cada

taca el encapsulamiento en cabinas insono-

casco se suele introducir un material

rizantes, y las cortinas y pantallas acústicas.

poroso con el fin de absorber el sonido

• El medio de propagación puede ser interve-

que haya podido penetrar.

nido, por ejemplo, interponiendo barreras acústicas, recubriendo las paredes del recinto con material fonoabsorbente o colocando en el techo bafles acústicos o falsos techos.

• Para aislar las bajas frecuencias podemos utilizar membranas resonantes.

Tipos de tapones auditivos (izquierda) y orejeras (derecha)

63


capítulo 4

No cabe duda de que lo ideal sería actuar sobre el foco de emisión del ruido. Si ello no es posible debería plantearse a continuación la intervención sobre el medio de propagación y, como último recurso, sobre el propio individuo. La adopción de medidas en el foco o en el medio implica realizar un estudio muy detallado de cada situación. En muchos casos estas medidas no eliminan del todo el problema. Su principal inconveniente es su elevado coste. El Real Decreto 1407/1992, regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual (EPI). Todos los EPI, y en particular los protectores auditivos, deben estar certificados. El marcado CE, cuyo aspecto se muestra en la siguiente figura, indica que un equipo está certificado y, por tanto, cumple con las normas europeas que le son aplicables.

medidas organizativas reducen la exposición de los trabajadores, controlando el tiempo durante el cual se encuentran sometidos al ruido. Es conveniente que los trabajadores se turnen cada cierto tiempo de manera que su tiempo de exposición sea el más bajo posible atendiendo a las necesidades de producción. Con ello se consigue disminuir el nivel de exposición de cada uno de ellos y, por tanto, su riesgo.

1.4 Legislación En España la normativa vigente en materia de protección de los trabajadores al ruido viene dada por el Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido durante el trabajo. Este R.D. establece en nuestro país las obligaciones que deben cumplir tanto empresarios como trabajadores con el fin de evitar daños sobre estos últimos provocados por este agente físico.

Medidas organizativas La magnitud del daño producido por el ruido depende del tiempo de exposición. Basándose en ello, las

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Medidas a adoptar

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En función del nivel equivalente diario (Leq,d) y del nivel de pico (Lpico) de cada puesto de trabajo, el Real Decreto fija cuatro niveles de actuación. En el siguiente cuadro quedan reflejadas las obligaciones establecidas en esta norma:

Nivel de exposición acústica LAeq,D>80 dB (A) / LPico>135 dB (C) LAeq,D>85 dB (A) /LPico>137 dB (A)

Desarrollar un programa para disminuir el ruido mediante medidas técnicas y administrativas

Optativo Obligatorio

Señalizar los lugares con riesgo y establecer limitaciones de acceso a los mismos

Optativo Obligatorio

Evaluación higiénica de la exposición al ruido

Cada 3 años Anual

Informar y formar a los trabajadores sobre los riesgos, medidas preventivas, protectores auditivos y control médico

Sí Sí

Garantizar la consulta y participación de los trabajadores sobre las evaluaciones, resultados y medidas preventivas a adoptar

Sí Sí

Control médico auditivo inicial

Sí Sí

Control médico auditivo periódico (mínimo)

Cada 5 años

Suministro de protección auditiva

Por solicitud Obligatorio

Utilización de protección auditiva

Optativo Obligatorio

Cada 3 años


2. Vibraciones En nuestra vida cotidiana nos encontramos con numerosos instrumentos y maquinaria cuyo funcionamiento provoca de alguna forma la generación de vibraciones. Las vibraciones producidas por determinada maquinaria puede llegar a perjudicar seriamente a los trabajadores, por lo que es necesario caracterizarlas correctamente. La maquinaria vibrante utilizada por los trabajadores en el desempeño de sus tareas realiza su influencia de dos maneras: • sobre la totalidad del cuerpo, • sobre las partes de éste que la sostienen o manipulan (sistema mano-brazo). El R.D. 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas, establece los valores límite de exposición y valores de exposición que dan lugar a una acción. 1. Para la vibración transmitida al cuerpo entero: a. El valor límite de exposición diaria normalizado

para un período de referencia de ocho horas se fija en 1,15 m/s2. b. El valor de exposición diaria normalizado para un período de referencia de ocho horas que da lugar a una acción se fija en 0,5 m/s2. 2. Para la vibración transmitida al sistema mano-brazo: a. El valor límite de exposición diaria normalizado para un período de referencia de ocho horas se fija en 5 m/s2. b. El valor de exposición diaria normalizado para un período de referencia de ocho horas que da lugar a una acción se fija en 2,5 m/s2.

2.1 Maquinaria que perturba la totalidad del cuerpo Entre este tipo de maquinaria destacan los vehículos de transporte para pasajeros o mercancías, vehículos industriales (carretillas elevadoras, etc.), así como tractores y maquinaria agrícola (motocultores, remolques, cosechadoras, etc.) y de obras públicas (bulldozers, motoniveladoras, perforadoras, etc.). Es decir, todas aquellas máquinas sobre las cuales se sitúa el operador con el fin de maniobrarlas.

65


capítulo 4

Las frecuencias de las vibraciones originadas por este tipo de maquinaria son bajas, estando comprendidas entre 1 y 20 Hz. Cabe mencionar también todos aquellos vehículos de transporte (aviones, coches, trenes, barcos, etc.) que producen vibraciones de muy baja frecuencia (inferiores a 1 Hz) y que dan lugar a movimientos de balanceo.

2.2 Herramientas que perturban el sistema mano-brazo Esta maquinaria agrupa todos aquellos útiles mantenidos con las manos, que se pueden dividir en: • Máquinas rotativas. Entre estas máquinas se encuentran las muelas, las perforadoras, las tronzadoras, las sierras de cadena, las podadoras, etc. • Máquinas alternativas. Entre ellas se pueden mencionar las sierras de arco o las lijadoras alternativas. • Máquinas percutoras. Son las más perjudiciales para el trabajador. Dentro de este grupo se encuentran las clavadoras, los martillos neumáticos, los rodillos apisonadores, las remachadoras, etc.

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• Máquinas roto-percutoras. Entre ellas cabe mencionar las perforadoras por percusión, los martillos perforadores o las buriladoras desincrustadoras.

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Este tipo de maquinaria da origen a frecuencias elevadas, siendo su intervalo de actuación de 20 a 1000 Hz.

2.3 Efectos de las vibraciones sobre el cuerpo humano

cervicales. Por otra parte, producen alteraciones diversas en órganos internos (trastornos gástricos, diarreas, etc.), disminuyen la capacidad visual estrechando el campo de visión y la sensibilidad del ojo y perturban la función cardiovascular. Como caso particular de vibraciones de baja frecuencia están las oscilaciones inferiores a un hertzio, que dan lugar a los mareos y vértigos, propios del movimiento de barcos o aviones.

Efectos sobre el sistema mano-brazo Las enfermedades localizadas en el sistema manobrazo tienen su origen en la utilización de herramientas manuales. Debido a que su intervalo de frecuencias es elevado (de 20 a 1000 Hz), las vibraciones que producen son absorbidas casi exclusivamente por estas partes del cuerpo, siendo escasa su transmisión a zonas más alejadas. Las lesiones producidas por las vibraciones que afectan al sistema mano-brazo suelen concentrarse en los codos, las muñecas, las manos y los dedos. Son fundamentalmente de dos tipos: lesiones ósteo-articulares, es decir, que afectan a huesos y articulaciones, y lesiones angio-neuróticas, o de carácter vascular (riego sanguíneo) y nervioso. • Lesiones ósteo-articulares: artrosis, enfermedad de Kienböck (fractura del segundo hueso situado en la primera fila del carpo), enfermedad de Köhler (afecta al escafoides) e hinchazones articulares. • Lesiones vasculares y nerviosas: enfermedad de Raynaud o fenómeno de los dedos muertos, calambres, debilidad muscular y temblores.

2.4 Medidas preventivas Medidas técnicas

Efectos sobre la totalidad del cuerpo Las vibraciones de baja frecuencia provocan alteraciones en los sistemas endocrinos (hormonales) e histológicos (tejidos).

Las medidas preventivas consisten principalmente en la interposición de elementos amortiguadores (muelles y materiales absorbentes) entre las zonas vibrantes y el cuerpo de la persona.

Además, afectan de manera importante al sistema nervioso central, inhibiendo los reflejos y la capacidad de regular la postura, así como a la columna vertebral, agravando las lumbalgias y los dolores

En el caso de la maquinaria agrícola o de obras públicas, los problemas están en los asientos, por lo que es recomendable que estén almohadillados y que sean regulables.


Las medidas a adoptar en las herramientas de uso manual consisten principalmente en la interposición de materiales absorbentes de energía entre la máquina y la mano del trabajador, normalmente en la empuñadura de la máquina.

En muchos casos las condiciones de iluminación de un puesto de trabajo son infravaloradas frente a otras tales como el nivel sonoro o las condiciones climáticas. Sin embargo, su importancia es evidente si recordamos que la gran mayoría de información nos llega a través de la vista.

Medidas organizativas Lo ideal sería disminuir el tiempo de exposición. Sin embargo, en muchos casos esto no es factible por diversas razones, principalmente de producción. No obstante, es recomendable descansar como mínimo 10 minutos por cada hora de trabajo.

Está claro que una iluminación escasa (semioscuridad) es sinónimo de accidente, ya que da lugar a golpes, tropiezos y caídas cuyas consecuencias, en muchas ocasiones, pueden llegar a ser graves e incluso irreversibles.

Otras medidas

La importancia de la iluminación debe analizarse desde dos puntos de vista diferentes. Si bien una luz insuficiente implica una serie de riesgos inmediatos (golpes y caídas), puede producir también efectos fisiológicos (cansancio ocular), de consecuencias menos graves pero que pueden derivar en las primeras.

Es necesario mantener las herramientas en buenas condiciones de funcionamiento (afiladas, inexistencia de piezas desgastadas o desequilibradas, etc.). En el caso de herramientas manuales, deben utilizarse guantes antivibratorios que se ajusten correctamente a la mano.

3. Iluminación La iluminación es un factor que se presenta en todos los ambientes de trabajo y que, por tanto, contribuye a crear unas condiciones de trabajo más o menos adecuadas.

Una buena iluminación disminuye el riesgo de accidente y contribuye a la limpieza e higiene de los locales ya que pone de manifiesto zonas y rincones donde se deposita la suciedad. Por otra parte, la luz influye de manera notable en la psicología del trabajador, pues se ha demostrado que la mayoría de los trabajadores prefieren los lugares bien iluminados frente a los tenebrosos. Además, una buena iluminación evita la fatiga ocular por lo que la

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capítulo 4

capacidad visual del individuo se conserva durante más tiempo.

puede alumbrar rincones y otros lugares donde la luz natural no puede llegar o llega muy tenuamente.

3.1 Luz natural

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La luz natural es la más adecuada y la que menos cansancio causa a nuestra vista, además de ser la que mejor nos permite apreciar los colores y relieves en toda su exactitud.

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La iluminación natural tiene la ventaja de ser económica. El único gasto debe efectuarse en la limpieza y reparación de las superficies transparentes o translúcidas. Sin embargo, la iluminación natural tiene el inconveniente de ser muy variable, ya que fluctúa tanto de manera predecible (diariamente y con las estaciones) como aleatoria (con la nubosidad). Este hecho hace necesario combinarla con una iluminación artificial.

3.2 Luz artificial A diferencia de la natural, la luz artificial no está sujeta a variaciones de ningún tipo. Esta clase de iluminación se revela imprescindible, ya que su flujo luminoso es constante incluso en los momentos en los cuales no disponemos de luz natural. De entre todos los sistemas de generación de luz artificial destaca de manera sobresaliente la luz eléctrica. La luz artificial

3.3 Riesgos derivados de una iluminación inadecuada Fatiga visual Si las condiciones de iluminación son inferiores a las requeridas, nuestros ojos emplean más energía de la necesaria para llevar a cabo su misión produciéndose la fatiga visual. Esta fatiga no sólo afecta a la vista, sino también a nuestro sistema nervioso en general, provocando cansancio mental. En la actualidad una gran cantidad de tareas necesitan de un alto grado de convergencia visual y precisión (por ejemplo trabajos en pantallas de visualización de datos y oficinas), lo que implica la necesidad de proporcionar niveles de iluminación adecuados


a dichas tareas. De no ser así pueden provocarse molestias oculares (pesadez de ojos, picores, necesidad de frotarse los ojos, somnolencia,...), trastornos visuales (borrosidad) o síntomas extraoculares (cefaleas, vértigos o ansiedad). El cansancio general provocado por la fatiga visual produce en muchos casos una reducción de la atención, lo que aumenta el riesgo de accidentes como caídas o golpes cuyas consecuencias son mucho más importantes.

Deslumbramiento El deslumbramiento se produce cuando se observa directamente una fuente de luz muy intensa. El deslumbramiento produce la pérdida momentánea de la capacidad de distinguir detalles; lo cual no sólo se traduce en una sensación desagradable, sino que puede ser motivo de accidente. Para evitar el deslumbramiento debe procurarse que las dimensiones de las lámparas no sean excesivas y que el ángulo formado entre la visual del observador y la línea que une el ojo con la lámpara no sea inferior a 30°. También es adecuado utilizar pantallas opacas y luminarias que eviten la emisión de haces de luz dirigidos directamente hacia el observador, así como recubrir con pintura mate las superficies para evitar los reflejos molestos.

3.4 Requisitos de iluminación La primera condición que debe cumplirse para que una iluminación sea correcta es que la cantidad de flujo luminoso incidente (iluminancia) que llega al plano de trabajo sea adecuada a la tarea que en él se realiza. Dicha cantidad se expresa en lux.

Nivel máx. de iluminación (lux)

Lugar de trabajo Zonas donde se ejecuten tareas con: • Bajas exigencias visuales

100

• Exigencias visuales moderadas

200

• Exigencias visuales altas

500

• Exigencias visuales muy altas

1000

Áreas o locales de uso ocasional

50

Áreas o locales de uso habitual

100

Vías de circulación de uso ocasional

25

Vías de circulación de uso habitual

50

A continuación se dan algunos ejemplos de distintos niveles de exigencia visual: • Bajas exigencias visuales: patios, lugares de paso, zonas de montaje simple, salas de máquinas o calderas, almacenes, depósitos, vestuarios, ... • Exigencias visuales moderadas: trabajos sencillos en bancos de taller, montaje y verificación de piezas, carpinterías, ... • Exigencias visuales altas: dibujo, máquinas de oficina, pulimento o biselado de vidrio, ... • Exigencias visuales muy altas: talleres de relojería o joyería, costura de tejidos, grabados y litografía, trabajos finos de imprenta, ... Además, para evitar deslumbramientos, las luminarias se deberán situar adecuadamente; por ejemplo, del modo que indica la figura: Instalación incorrecta Ventanas

Instalación correcta Ventanas

Lámparas en el techo

Los niveles mínimos de iluminación están establecidos por el R.D. 486/1997, y son los que se muestran en la siguiente tabla:

Lámparas en el techo

69


capítulo 4

4. Estrés térmico La temperatura de nuestro cuerpo tiende a ser igual a la del aire que lo rodea. Pero, al ser animales de sangre caliente, nuestra temperatura interna debe permanecer inalterable alrededor de los 37°C. A esta temperatura, los procesos metabólicos se llevan a cabo correctamente, con el máximo rendimiento. Una variación de la temperatura interna dificulta nuestros procesos vitales, más cuanto mayor es dicha variación, y puede tener consecuencias fatales, como se verá posteriormente. La periferia de nuestro cuerpo, en permanente contacto con el exterior, actúa como un aislante térmico, y permite que nuestra temperatura interna permanezca inalterable alrededor de los 37°C.

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Cuando la temperatura ambiente es elevada, nuestro cuerpo tiende a calentarse más de lo normal y, a la inversa, cuando es baja, nuestro cuerpo tiende a enfriarse. La termorregulación, es la capacidad de nuestro organismo de mantener constante su temperatura interna, a pesar de las diferencias térmicas con el exterior.

70

Cuando los mecanismos de termorregulación son incapaces de compensar temperaturas elevadas, de forma que la temperatura interna aumenta hasta 40°C, se produce la hipertermia. Si la temperatura sigue aumentando y alcanza 42 ó 43°C, sobreviene la muerte. Por el contrario, si dichos mecanismos no compensan temperaturas muy bajas, hablamos de hipotermia. En este caso la temperatura rectal disminuye, y la persona fallece cuando dicha temperatura llega a unos 25 °C. La capacidad termorreguladora del cuerpo no sólo depende de las variables térmicas del ambiente, sino también del ritmo de trabajo, de la vestimenta y de algunos condicionantes físicos personales, tales como la edad, el sexo o la salud.

4.1 Mecanismos de transmisión térmica persona-medio ambiente El intercambio de calor entre las personas y el medio que las rodea se lleva a cabo de varias for-

mas, prevaleciendo unas sobre otras en función de las condiciones existentes. Los principales mecanismos de transmisión de calor entre el cuerpo humano y el ambiente son la evaporación, la convección y la radiación.

Evaporación La evaporación es el paso de una sustancia desde la fase líquida a la fase gaseosa. Para que se produzca el paso de líquido a vapor se necesita consumir una cierta cantidad de calor. Cuando la temperatura del cuerpo aumenta, las glándulas sudoríparas segregan el sudor, el cual se deposita sobre la piel. La evaporación del sudor se produce mediante la absorción de calor desprendido por la piel. Esto implica que la piel sobre la que se está evaporando el sudor se enfríe, contribuyendo a que se elimine calor del cuerpo. La cantidad de sudor evaporada, y por tanto de calor eliminado, depende de factores externos tales como la humedad relativa del aire y su velocidad. Cuanto más seco sea el ambiente y mayor sea la velocidad del aire, mayor cantidad de sudor se podrá evaporar y, en consecuencia, más calor eliminará el organismo por este mecanismo.

Convección La convección es el mecanismo por el cual la piel intercambia calor con el aire que le rodea cuando las temperaturas de ambos son distintas. Puesto que la temperatura de la piel se puede considerar prácticamente constante (aproximadamente 35ºC), según cual sea la temperatura del aire, el organismo ganará o perderá calor por convección. Cuando la temperatura de la piel es mayor que la del aire, el organismo cede calor al aire que le rodea. Por el contrario, cuando es mayor la temperatura del aire, el organismo absorbe calor del ambiente. Cuanto mayores sean la velocidad del aire y la diferencia de temperatura entre el aire y la piel, mayor será el calor cedido o absorbido por la piel.


Ejemplo Los ventiladores de aire que se utilizan en verano disminuyen la sensación de calor porque ayudan a la circulación de aire y por tanto a la eliminación de calor del cuerpo.

Radiación En virtud de su temperatura, todos los cuerpos emiten radiación electromagnética. Cuanto más caliente se halle un cuerpo, más calor radiante será capaz de emitir. La energía electromagnética emitida alcanza otros cuerpos y aumenta su temperatura. Ejemplo Los hornos emiten energía radiante y

riesgo de estrés térmico para el trabajador. Entre tales parámetros están ciertas magnitudes físicas que juegan un papel importante en los mecanismos de transmisión; dichas variables son las siguientes: • Temperatura seca. • Temperaturas húmeda natural y húmeda psicrométrica. • Velocidad del aire. • Temperatura de globo. Por otra parte, el calor que produce la propia persona con su actividad física (calor metabólico) también debe tenerse en cuenta. Este calor es tanto mayor cuanto más elevado es el esfuerzo físico que realiza una persona y en muchos casos su importancia supera a la que tienen las condiciones ambientales.

puede perjudicar a las personas que trabajen cerca de ellos si no se interponen pantallas.

4.2 Variables que determinan el ambiente térmico Para caracterizar un ambiente térmico deberemos establecer el estado de los parámetros que inciden directa o indirectamente en la posible situación de

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capítulo 4

4.3 Mecanismos de defensa del cuerpo humano frente al calor

4.4 Efectos del calor sobre las personas

Cuando la temperatura interna comienza a superar los 37°C, los mecanismos termorreguladores entran en acción con el objetivo de evacuar eficazmente el exceso de calor que se está acumulando.

La puesta en marcha de los mecanismos termorreguladores provoca una alteración de las variables fisiológicas (aumento del ritmo cardíaco y de la respiración, redistribución del torrente sanguíneo, pérdida de líquidos mediante sudoración, etc.) que, si es importante, generará trastornos de consecuencias graves.

Estos mecanismos son dos, principalmente: la circulación sanguínea periférica y la sudoración.

Cuando la temperatura o el esfuerzo realizado son excesivos, el trabajador comienza a sentir una cierta sensación de incomodidad, acompañada de un enlentecimiento de su capacidad intelectual y productiva, lo que agudiza el riesgo de sufrir accidentes. Si la agresión térmica aumenta, la termorregulación puede llegar a ser insuficiente y quedar desbordada, con lo que la temperatura corporal se dispara. Entonces se producirán diversos efectos, algunos de los cuales pueden llevar a la muerte, mientras que otros pueden tener carácter crónico o derivar simplemente en desmayos. Los efectos más importantes se resumen a continuación en los siguientes apartados.

Deshidratación

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Circulación sanguínea periférica

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Si el incremento de la temperatura interna no es elevado, la sangre comienza a transportar el calor desde las regiones profundas del cuerpo hacia la periferia, donde la temperatura es menor (recordemos que la piel está aproximadamente a 35°C), con el fin de cederlo. Este calor cedido es transmitido al ambiente mediante radiación o convección, refrigerando con ello el cuerpo.

Sudoración Si las condiciones térmicas se agravan, de forma que la circulación periférica de la sangre no es suficiente para evacuar el calor acumulado, las glándulas sudoríparas entran en juego segregando sudor. El hecho de sudar no implica que la refrigeración del cuerpo se esté llevando a cabo de manera efectiva. El cuerpo se enfría cuando el sudor se evapora. Mientras el sudor permanezca depositado sobre la piel sin evaporarse, no absorberá calor y su presencia será completamente inútil.

El agua interviene en los procesos básicos de nuestro cuerpo, por lo que su carencia implica un desajuste de estos procesos y una disminución de su rendimiento energético. Además, se halla presente en la termorregulación del cuerpo (sudor). En el caso de que la cantidad de agua ingerida no sea suficiente para contrarrestar las pérdidas por sudoración, se produce la deshidratación.

Golpe de calor El golpe de calor es el efecto límite que se presenta cuando las condiciones térmicas son insostenibles (estrés térmico). Sus consecuencias suelen ser la muerte o lesiones de carácter irreversible (parálisis).

Síncope térmico o agotamiento Este efecto comienza a manifestarse en condiciones térmicas menos duras que las que dan lugar al golpe de calor. Cuando el cerebro sufre un déficit sanguíneo comienzan a manifestarse varios trastornos, como mareos, náuseas, aturdimiento, fatiga (física y visual) y pulso débil y rápido. En ocasiones el trabajador puede desmayarse, aunque no es frecuente.


4.6 Medidas destinadas a reducir el nivel de estrés térmico

Déficit salino Entre los compuestos disueltos en el sudor destaca el cloruro de sodio (sal). Cuando el sudor es abundante, las pérdidas de sal se acentúan y el equilibrio muscular se deteriora.

Con el objetivo de disminuir la agresividad térmica de un determinado ambiente de trabajo, es necesario adoptar algunas de las medidas preventivas enumeradas a continuación:

Los síntomas van, desde una simple fatiga, hasta shocks como resultado de alteraciones cardio-vasculares, pasando por vértigos, náuseas y convulsiones.

• Facilitar la aclimatación de las personas expuestas. • Ventilar adecuadamente el puesto de trabajo. • Refrigerar eficientemente. • Proveer de ropa protectora frente a las altas temperaturas. • Ajustar el ritmo de trabajo convenientemente. • Incluir en los locales de trabajo áreas de descanso climatizadas. • Instalar protecciones contra la radiación (pantallas) entre el trabajador y la fuente radiante (hornos, etc.). • Realizar periódicamente reconocimientos médicos a los trabajadores.

Trastornos en la piel y anhidrosis Los trastornos en la piel aparecen cuando la evaporación del sudor es muy difícil y éste permanece continuamente depositado sobre ésta. Estos efectos se presentan sobre todo en ambientes húmedos, o bien en trabajadores excesivamente abrigados, pues la ropa disminuye notablemente la evaporación del sudor. Se producen erupciones rojas en zonas de la piel cubiertas por la ropa. Por otra parte, la anhidrosis se presenta cuando no se produce segregación de sudor. Este importante hecho implica que la capacidad termorreguladora se ve notablemente disminuida, por lo que el trabajador sufre los síntomas relacionados en los apartados anteriores tan sólo realizando un pequeño esfuerzo.

5. LAS Radiaciones La energía tiene muchas formas de presentarse y de transmitirse; una de ellas es la radiación.

4.5 Factores que influyen en la tolerancia al calor

Las ondas de radio, de luz, los rayos X, son formas de radiación que se diferencian unas de otras por su origen y por la cantidad de energía que son capaces de transportar. Una característica importante de las radiaciones es su capacidad de desplazarse de un punto a otro sin necesidad de soporte material, es decir que se pueden desplazar en el vacío. Ésta es la razón por la cual nosotros podemos recibir la radiación solar.

Las condiciones térmicas de un determinado ambiente de trabajo pueden ser más o menos agresivas en función de sus variables físicas y del esfuerzo que realiza el trabajador. Estas condiciones pueden, sin embargo, ser agravadas o suavizadas por varios factores. • Aclimatación. • Vestimenta. • Constitución corporal. • Edad. • Sexo.

Las radiaciones ionizantes son la fracción más energética de este conjunto de ondas. Se caracterizan por su capacidad de arrancar electrones de los átomos que constituye la materia (fenómeno de ionización). Espectro visible

Microondas Infrarrojo

Frecuencia radio/TV

103 m 3x106 1,24x10-9

1m 3x108 1,24x10-6

1 cm 3x1010 1,24x10-4

0,1 mm 3x1012 1,24x10-7

Rayos X

Ultra-violeta

10 nm 3x1014 1,24

Gamma

1 nm 3x1017 1,24x103

10-2nm 3x1019 1,24x105

10-4nm 3x1021 1,24x107

(λ) Longitud de onda (γ) Frecuencia (Hz) (Е) Energía fotónica (eV)

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capítulo 4

5.1 Radiaciones ionizantes

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Las radiaciones ionizantes pueden ser de procedencia natural o artificial. Las primeras provienen de algunos elementos químicos presentes en la naturaleza, como el radio o el uranio. Las radiaciones artificiales pueden provenir de distintos equipos o instalaciones, como los rayos X o los aceleradores de partículas.

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Las radiaciones ionizantes que se pueden presentar en el mundo del trabajo son los rayos X, los rayos alfa (α), los rayos beta (β), los rayos gamma (γ) y los neutrones. Los efectos de estas radiaciones pueden manifestarse a corto y a largo plazo.

• A corto plazo, los primeros efectos son vómitos, alteraciones de la sangre, infecciones, quemaduras y hemorragias, más o menos graves según las dosis recibidas. • A largo plazo los efectos son mucho más graves puesto que pueden producir alteraciones irreversibles en los lípidos y en las células del organismo, que pueden tener consecuencias indeseables no sólo para el trabajador expuesto sino también para su descendencia. Para intentar minimizar estos efectos es conveniente aislar la fuente emisora de radiaciones o disminuir la intensidad de la dosis. También es aconsejable acortar los tiempos de exposición y utilizar guantes y ropa protectora. Existen normas, admitidas a nivel internacional, de protección contra las radiaciones. Todo trabajador potencialmente expuesto a radiaciones ionizantes debe ser informado previamente de los riesgos que Ileva implícito su trabajo, de las técnicas para realizarlo, de las precauciones que debe adoptar para efectuar este trabajo y de la importancia que tiene el cumplimiento de las normas relacionadas con la protección. Las personas potencialmente expuestas a radiaciones ionizantes estarán sujetas a vigilancia


dosimétrica y a supervisión médica especial con exámenes periódicos. Dispondrán de una cartilla sanitaria en la que esta información esté siempre actualizada. Los locales de trabajo en los que exista riesgo de exposición a radiaciones ionizantes estarán debidamente controlados y señalizados, y se restringirá el acceso a ellos a quien sea estrictamente necesario. El organismo de control y vigilancia de las instalaciones donde se producen este tipo de radiaciones es el Consejo de Seguridad Nuclear.

5.2 Radiaciones no ionizantes En esta categoría se incluyen las microondas, los rayos infrarrojos, la luz visible, los rayos ultravioleta y los rayos láser. Las microondas están presentes en puestos de trabajo de telecomunicaciones (emisoras de radio y T.V., telegrafía, telefonía, radionavegación, estaciones repetidoras), en hornos domésticos, en procesos de soldadura de plásticos por calor y en laboratorios.

Los efectos que pueden producirse por una exposición a estas radiaciones varían según el tipo de radiación, según la intensidad y la duración de la exposición y según las condiciones de absorción y de reflexión del local y del equipo de trabajo. En general la existencia de radiaciones no ionizantes en un puesto de trabajo implica riesgo de quemaduras, en mayor o menor grado, y de lesiones oculares (conjuntivitis, inflamación de la córnea, cataratas). Las medidas a tomar para evitar estos riesgos consisten en pantallas y blindajes que impidan el paso de las radiaciones y la utilización de prendas de protección personal (gafas y pantallas con filtros adecuados y ropa de trabajo) que aseguren una barrera entre las personas y el foco emisor o reflectante de las radiaciones.

a zon

a ad trol con

DE RIESGOINACIÓN M CONTA

zon a de proh ac ceso bido

RIESGO YR D AD E CONTA IACIÓN M EX INACIÓN TE RNA

Los rayos infrarrojos se emplean en trabajos de acerías y fundiciones, soldadura autógena, hornos, vidrierías, etc. Los rayos ultravioletas son utilizados o se producen en procesos de soldadura eléctrica, artes gráficas, fotografía, esterilización microbiana, etc. Los rayos láser se utilizan en medicina, comunicaciones, etc.

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CAPÍTULO 4

AUTOEVALUACIÓN

01. Una de las medidas a adoptar para minimizar los efectos de la exposición al ruido son las de tipo técnico y entre ellas las que actúan sobre el medio de propagación que consisten en: a. Reducir los tiempos de exposición de los trabajadores expuestos. b. Aislar o encapsular máquinas ruidosas. c. Obligar al trabajador al uso de equipos de protección individual.

02. Si el nivel promedio de ruido (Leq,d) en un puesto de trabajo es de 87 dBA, se deben realizar: a. Mediciones de ruido cada 3 años y audiometrías cada 5 años. b. Mediciones de ruido y audiometrías cada año. c. Mediciones de ruido cada año y audiometrías cada 3 años.

03. ¿Qué medida tomaría en primer lugar para prevenirlos efectos de las vibraciones? a. Colocar elementos absorbentes de las vibraciones entre el foco emisor y la persona. b. Realizar reconocimientos médicos a los trabajadores. c. Obligar a los trabajadores a utilizar equipos de protección individual.

04. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es verdadera? a. La fatiga visual es provocada cuando se observa directamente una fuente de luz muy intensa. b. Siempre que sea posible se tiene que trabajar con luz natural. Si no es suficiente, complementar con luz artificial. c. La iluminación artificial es más barata que la natural, por lo que se tiene que utilizar siempre en los lugares de trabajo.

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05. El deslumbramiento es ... a. Una sensación desagradable que produce una pérdida de detalles y puede ser motivo de accidente. b. Una sensación agradable que relaja y ayuda a la realización de la tarea. c. Un efecto provocado por unos niveles de iluminación bajos.

06. ¿Cuál es el mecanismo que utiliza el cuerpo humano para mantener constante la temperatura interna? a. La dilatación de las pupilas. b. La termorregulación. c. El descenso del nivel de actividad provocando sensación de cansacio.

07. El fenómeno de intercambio de calor entre la persona y el medio a través de la evaporación se debe a... a. La diferencia de temperaturas entre la piel y el aire que la rodea. b. El paso del sudor de fase líquida a gas. c. El contacto entre superficies a diferente temperatura.

08. Uno de los efectos del calor sobre las personas es la deshidratación que consiste en: a. La pérdida de sales a través del sudor desequilibrando el equilibrio muscular. b. La pérdida de agua por efecto del calor y no reposición de la misma. c. Un incremento de la temperatura interna del cuerpo debido a circulación sanguínea periférica.

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CAPÍTULO 4

AUTOEVALUACIÓN

09. Los Rayos X, alfa, beta, gamma y los neutrones son diferentes tipos de radiaciones ionizantes. ¿Por qué son perjudiciales? a. Por ser radiaciones de alta energía capaces de provocar alteraciones irreversibles en el organismo. b. Porque son radiaciones de baja energía que alteran el estado de la materia. c. Porque implican riesgo de quemaduras y de lesiones oculares tipo conjuntivitis o cataratas.

10. El ruido es un fenómeno acústico que produce sensaciones auditivas desagradables a los trabajadores expuestos. Sus efectos dependen… a. Del tiempo de exposición y del nivel de ruido alcanzado durante dicha exposición. b. Del trabajo realizado, ya que en los trabajos de tipo intelectual la influencia del ruido es menor. c. Exclusivamente del nivel de ruido emitido por unas fuentes sonoras.

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capítulo 5 capítulo 5

Contaminantes químicos Desde principios de este siglo, y sobre todo a partir de la Segunda Guerra Mundial, la producción y utilización de productos químicos ha tenido un gran aumento. Hoy en día, en casi todas las actividades humanas se utilizan diariamente una gran variedad de productos químicos. Los productos químicos pueden llegar a dañar la salud de los trabajadores. Estos daños pueden manifestarse como intoxicaciones agudas o bien como enfermedades profesionales. Para prevenirlos, es necesario saber identificar, medir y controlar los contaminantes presentes en el puesto de trabajo.

1. DEfinición y tipos de contaminantes químicos Los contaminantes químicos son sustancias constituidas por materia inerte (no viva), que durante su fabricación, manipulación, almacenamiento o uso pueden pasar al ambiente, y pueden llegar a ocasionar trastornos en la salud de las personas expuestas si se encuentran en cantidad suficiente. Estas sustancias pueden encontrarse en el ambiente que nos rodea de dos maneras distintas:

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• en forma de moléculas individuales: gases y vapores,

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• como grupos de moléculas unidas que forman partículas de diferentes tamaños: polvos, humos y nieblas.

cuentran en estado sólido o líquido (por ejemplo, los disolventes). Los polvos y los humos son dispersiones de pequeñas partículas sólidas en el aire. La diferencia entre ambos es que los polvos se originan en procesos mecánicos (por ejemplo, el polvo que se genera al cortar madera), mientras que los humos se generan en procesos térmicos, como la combustión o la fusión de metales (son muy frecuentes los humos metálicos que se producen en la soldadura). Las nieblas son dispersiones en aire de pequeñas partículas líquidas (gotitas muy finas), como las que se producen al pintar a pistola.

2. Tóxicos y toxicidad Se denomina tóxico a cualquier sustancia que al ponerse en contacto o penetrar en el cuerpo humano causa daños a la salud. Toxicidad es la capacidad de una sustancia para producir daños cuando se acumula suficiente cantidad en algún órgano al que pueda afectar. Cualquier sustancia puede producir daños si penetra en el organismo en la cantidad suficiente, es decir, si se alcanza la dosis suficiente. Así, existen muchas sustancias que se encuentran en pequeñas cantidades en el cuerpo humano y son imprescindibles para su correcto funcionamiento; sin embargo, en cantidades mayores producen graves alteraciones de la salud. Cuanto menor sea la dosis necesaria de

Polvos

Nieblas

un determinado contaminante químico para producir daños o alteraciones en el organismo, mayor será su toxicidad.

Humos

Por otra parte, ha de quedar claro que la toxicidad y la peligrosidad de un producVapores

Gases

Los gases son sustancias gaseosas en las condiciones habituales de presión y temperatura (por ejemplo, el butano). En cambio, los vapores son la fase gaseosa de las sustancias que en las condiciones habituales de presión y temperatura se en-

to están relacionadas pero no son equivalentes. Hay sustancias que, aun siendo menos tóxicas que otras, suponen mayor peligro por no poderse advertir su presencia hasta que se encuentran en concentraciones muy altas.


3. tipos de intoxicación Los efectos de los contaminantes químicos sobre el organismo dependen fundamentalmente de la dosis o cantidad de sustancia que llega a penetrar en el cuerpo humano. Pero dichos efectos no sólo dependen de la dosis recibida, sino también de la forma y del tiempo que tarda en administrarse esa dosis. Fundamentalmente, se distinguen los siguientes tipos de intoxicación: • Intoxicación aguda: se caracteriza por un tiempo de exposición muy corto a una concentración elevada y por una rápida absorción del tóxico por el organismo; en general, da lugar a alteraciones graves y está asociada a accidentes. Ejemplo: intoxicación por monóxido de carbono, que puede llegar a ser mortal. • Intoxicación crónica: se caracteriza por concentraciones del contaminante pequeñas y largos períodos de exposición (varios años e incluso toda la vida laboral del trabajador); son las enfermedades profesionales típicas. Ejemplo: intoxicación crónica por plomo, que produce la enfermedad denominada saturnismo.

DOSIS x tiempo Intoxicación Aguda Dosis x TIEMPO Intoxicación Crónica

4. Vías de penetración de los contaminantes Los contaminantes químicos pueden penetrar en el organismo por cualquiera de las siguientes vías: • Vía respiratoria. • Vía dérmica o cutánea. • Vía digestiva.

Vía respiratoria Es la vía de penetración más importante y frecuente en el trabajo. A través de ella, junto con el aire respirado, penetran partículas (polvos, humos o nieblas), gases y vapores de productos volátiles. Las partículas en suspensión de mayor tamaño quedan retenidas en la mucosidad que recubre las paredes internas de los conductos respiratorios; esta mucosidad es progresivamente impulsada hacia el exterior de modo involuntario, hasta ser eliminada. Este mecanismo, llamado expectoración, supone un filtrado que tiene como finalidad la defensa del organismo frente a las sustancias extrañas. Sin embargo, las partículas más finas no quedan retenidas y son capaces de llegar hasta el fondo de los pulmones (alvéolos pulmonares).

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capítulo 5

El polvo más peligroso para la salud es el formado por partículas de pequeño tamaño (polvo respirable). Además, es importante saber que las partículas respirables no se ven a simple vista, por lo que ver más cantidad de polvo no significa necesariamente que exista mayor riesgo.

Los vapores y gases, como se comportan igual que el aire, llegan mezclados con él hasta los alvéolos, barrera entre el aire y la sangre, produciendo daños locales o atravesándolos para incorporarse a la sangre y ser distribuidos por todo el cuerpo.

A Arteriola C Capilar sanguíneo CP Capa ácido-grasa protectora D Dermis E Epidermis

M Músculo P Pelo SE Glándula sebácea SU Glándula sudorípara V Vénula

La mayor o menor facilidad de penetración por esta vía depende de la superficie total de piel expuesta, así como de su estado, ya que la piel puede verse afectada por lesiones o por disolventes capaces de eliminar las grasas naturales que la protegen. Muchos disolventes industriales tienen una doble acción nociva: dejan desprotegida la piel y son capaces de penetrar directamente por vía dérmica hasta alcanzar la sangre. De ahí la importancia de utilizar guantes cuando se manipulan estos productos.

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A Alvéolos B Bronquios b Bronquiolos E Esófago

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FN Fosas nasales L Laringe T Tráquea VP Vena pulmonar

La dosis de contaminante absorbida por vía respiratoria depende funda-

Vía digestiva Se entiende como tal el sistema formado por boca, estómago e intestinos. Esta vía tiene poca importancia en el medio laboral, salvo en operarios con hábito de comer o beber en el puesto de trabajo.

mentalmente de su concentración en el ambiente y del tiempo que el trabajador esté en ese ambiente (tiempo de exposición).

5. distribución, metabolización y eliminación

Vía dérmica o cutánea Después de la vía respiratoria, la vía dérmica es la siguiente vía de entrada más importante. Muchas sustancias, sin necesidad de dañar la piel, son capaces de atravesarla, alcanzar los capilares sanguíneos e incorporarse a la sangre, para ser de este modo distribuidas por todo el cuerpo.

Cuando el tóxico ha pasado a la sangre, ésta lo difunde por todo el organismo. Los productos tóxicos, al alcanzar una determinada concentración, afectarán a los órganos que ofrecen menos defensas o que son más sensibles a su acción. Los órganos principalmente dañados no tienen por qué coincidir con


los órganos o sistemas donde se acumulan o se fijan preferentemente los productos tóxicos. Normalmente, los compuestos químicos pueden ser alterados por el organismo. Esta acción, llamada metabolización, es un mecanismo de defensa del organismo que tiende a transformar las sustancias tóxicas en otros productos (metabolitos) más solubles en agua para facilitar su eliminación. En general, la metabolización es un proceso de detoxificación. No obstante, en algunos casos, se originan metabolitos más tóxicos que el producto de partida. También puede suceder que el tóxico sea eliminado del organismo sin haber sufrido ninguna transformación. La mayoría de los compuestos, ya sea inalterados o como productos de la metabolización, se eliminan desde los riñones mediante la orina. Algunos tóxicos son eliminados mediante la bilis, de manera que pasan al intestino y son expulsados del organismo con las heces. Aparte de las eliminaciones por vía renal y biliar, existen otras vías como la pulmonar. En el aire espirado se eliminan tóxicos gaseosos volátiles, como los disolventes, en un proceso inverso al de su absorción.

6. Clasificación de los contaminantes químicos según sus efectos Irritantes Son sustancias que pueden producir una inflamación de las áreas anatómicas con las que entran en contacto (vías respiratorias, ojos, piel). Los productos irritantes en grado máximo (corrosivos) no sólo producen inflamación, sino que llegan a producir la destrucción de los tejidos con los que entran en contacto. Suelen ser sustancias muy reactivas. Entre las sustancias irritantes más comunes están los ácidos y álcalis, como el ácido clorhídrico, el ácido sulfúrico o la sosa.

Asfixiantes Son los productos químicos capaces de impedir el suministro de oxígeno a los tejidos. Según su mecanismo de acción tóxica se subdividen en: • Asfixiantes simples. • Asfixiantes químicos. Los asfixiantes simples son contaminantes químicos inertes que, sin producir efectos tóxicos específicos, por el mero hecho de estar presentes en el ambiente, provocan una disminución de la concentración de oxígeno en el aire. Para producir este efecto deben encontrarse en altas concentraciones. Forman este grupo sustancias inertes en estado gaseoso como el anhídrido carbónico, el nitrógeno o el propano. Los asfixiantes químicos son sustancias que impiden la llegada del oxígeno a las células bloqueando alguno de los mecanismos del organismo. Se encuadran en este grupo sustancias como el monóxido de carbono, el ácido cianhídrico y la arsenamina.

Anestésicos y narcóticos Este tipo de tóxicos actúan como depresores del sistema nervioso central, y la gravedad de su acción depende fundamentalmente de la cantidad de tóxico que alcanza el cerebro. Para actuar sobre este órgano deben ser sustancias bastante solubles en medio lipófilo, es decir, solubles en las grasas. Dentro de este grupo están la mayoría de los compuestos orgánicos empleados como disolventes industriales, tales como hidrocarburos, cetonas, alcoholes, ésteres, hidrocarburos halogenados, etc.

Pneumoconióticos Se integran en este grupo determinados polvos y humos metálicos que pueden dañar o alterar el tejido pulmonar. Entre las sustancias pneumoconióticas podrían distinguirse dos grandes clases: • fibrógenos, o propiamente pneumoconióticos. • no fibrógenos, también llamados “inertes” o “molestos”. Las partículas verdaderamente pneumoconióticas o fibrógenas, al depositarse en el pulmón, producen una degeneración de su estructura (fibrosis). Entre los tóxicos productores de pneumoconiosis se hallan

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capítulo 5 Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

las partículas de sílice libre cristalina, muy frecuentes en determinados minerales y cuya inhalación prolongada es la causa de la silicosis, tan conocida entre los mineros. Otra sustancia de este tipo es el amianto, que produce la asbestosis.

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Los polvos “inertes” ejercen su acción como consecuencia de la acumulación de partículas en los alvéolos pulmonares, que terminan por dificultar el intercambio de gases que se produce en los alvéolos durante la respiración. Sin embargo, al contrario que las sustancias fibrógenas, no dan lugar a fibrosis pulmonar. Entre los polvos no fibrógenos están el de esmeril y el de yeso.

Sensibilizantes o alérgenos Son sustancias que tras una o varias exposiciones provocan una sensibilización del organismo. Una vez sensibilizada la persona, basta una mínima exposición a la sustancia en cuestión para que se manifiesten los efectos alérgicos (asma, dermatitis, etc.). Su naturaleza puede ser muy diversa, ya que la acción patológica depende más de una predisposición del individuo que de las características físicoquímicas del agente tóxico. Suelen dar reacciones de este tipo el polen, algunos polvos de madera, fibras vegetales y sintéticas, etc.

Tóxicos sistémicos o generales Se definen como aquellos compuestos que, independientemente de su vía de entrada, son distribuidos mediante la sangre por todo el organismo y, aunque producen efectos diversos en distintos órganos, son reconocidos por determinados efectos específicos sobre un determinado órgano. Por ejemplo, algunos disolventes clorados, como el tetracloruro de carbono, causan daños en el hígado.

Cancerígenos, mutágenos y teratógenos Algunos tóxicos pueden causar desórdenes genéticos y dar lugar a la aparición de cáncer (cancerígenos), a alteraciones hereditarias (mutágenos) o a malformaciones congénitas en la descendencia (teratógenos). Entre este tipo de tóxicos están el benceno, que puede producir leucemia, el cloruro de vinilo, que puede producir un tipo de cáncer de hígado, y el amianto, que puede producir cáncer de pulmón.

7. Evaluación del riesgo. Criterios de valoración Para evaluar el riesgo que pueden suponer los contaminantes es preciso:


• Saber en qué cantidad (concentración) están presentes y el tiempo durante el cual las personas se hallan en contacto con estos contaminantes (tiempo de exposición). • Una vez conocidos estos datos, compararlos con un patrón o criterio de valoración que nos indique si la exposición que se está dando supone o no algún riesgo. En estos criterios de valoración se establecen unos valores límite de concentración para un tiempo de exposición determinado. Cuando se superan los valores límites, puede verse afectada la salud de los trabajadores expuestos, por lo que será necesario adoptar medidas correctoras que reduzcan la exposición de los trabajadores al contaminante.

Valores límite en España • Amianto, Orden de 31-10-84 por la que se aprueba el Reglamento que regula los trabajos, con exposición a amianto. • Plomo, R.D. 374/2001 sobre protección de los trabajadores frente a agentes químicos, que fija valores límite para esta sustancia. • Determinados agentes cancerígenos (cloruro de vinilo, beceno, polvo de maderas duras) los establecidos en el R.D. 665/1997 y el R.D. 1124/2000. Sobre agentes cancerígenos. • Valores Límite Ambientales (VLA), establecidos por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para la valoración de todas aquellas sustancias sobre las que no existe legislación específica.

Entre los principales criterios de valoración utilizados en otros países, se encuentran los valores TLV (Estados Unidos), los valores MAK (Alemania) y los valores OEL (Gran Bretaña). En general, todos estos valores hacen referencia a la concentración de un contaminante que puede darse en el medio ambiente de trabajo de modo que un trabajador expuesto, ocho horas diarias, durante

toda su vida laboral, no Ilegue a padecer enfermedades profesionales por este motivo.

8. VALORES LÍMITE AMBIENTALES (VLA) DEL INSHT Para dar cumplimiento a lo establecido en el art. 5 del Reglamento de los Servicios de Prevención, referente al procedimiento para la evaluación de riesgos, el INSHT propone en su Documento sobre Límites de Exposición para Agentes Químicos en España una lista de valores límite ambientales para agentes químicos (VLA) y los criterios básicos para su utilización. Los Valores Límite Ambientales (VLA) son valores de referencia para las concentraciones de agentes químicos en el aire. Representan condiciones por debajo de las cuales se cree que casi todos los trabajadores pueden exponerse 8 horas diarias y 40 semanales, durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos para la salud. No constituyen una barrera definida de separación entre situaciones seguras y peligrosas.

Tipos de Valores Límite Ambientales Debido a la variedad de efectos que las sustancias químicas pueden provocar en las personas expuestas, se han definido dos tipos de valores límite: VLAED y VLA-EC. • Para efectos crónicos, es decir, para aquéllos que pueden aparecer por exposición a concentraciones relativamente bajas durante un largo período de tiempo, se utiliza el VLA-ED (Valor Límite Ambiental para la Exposición Diaria). Este VLA es el valor de referencia (es decir, el valor que no debe superarse) de la concentración promedio de un agente químico para una jornada estándar de 8 horas diarias. • Cuando se trata de efectos agudos, es decir, los que se pueden dar por exposición a concentraciones excesivamente altas aunque sea durante muy poco tiempo, se utiliza el VLA-EC. El VLA-EC, es el valor de referencia de la concentración promedio de un agente químico para un período de 15

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capítulo 5

minutos. El VLA-EC debe ser respetado durante cualquier período de 15 minutos a lo largo de la jornada laboral. Para los agentes químicos que tienen efectos agudos reconocidos pero cuyos principales efectos tóxicos son crónicos, el VLA-EC es un complemento del VLA-ED y, por tanto, la exposición a estos agentes habrá de valorarse en relación con ambos límites. En cambio, a los agentes químicos de efectos principalmente agudos (por ejemplo, los gases irritantes) sólo se les asigna para su valoración un VLA-EC. Para los agentes químicos que tienen VLA-ED pero no VLA-EC, se establece el producto de 3 x VLA-ED como valor que no deberá superarse durante más de 30 minutos en total a lo largo de la jornada de trabajo, no debiéndose sobrepasar en ningún momento el valor 5 x VLA-ED.

Unidades de medida de los Valores Límite Ambientales Los VLA se expresan en las siguientes unidades de concentración: • ppm: expresa los volúmenes de gas o vapor contenidos en un millón de volúmenes de aire (partes por millón); equivale al volumen de gas o vapor, medido en mililitros, contenido en un metro cúbico (1000 litros) de aire.

Concentración Tiempo DR = ––––––––––––– x ––––––– x 100 VLA-ED 8h De esta manera, sustituyendo en la fórmula la concentración promedio medida de la sustancia, su VLA-ED y el tiempo de exposición promedio diario, se obtiene el porcentaje que representa la dosis de exposición respecto al valor límite establecido. Un valor de DR igual al 100% quiere decir que se está justo en el valor límite. Por debajo del 100%, no se supera el valor límite; por encima del 100%, se supera.

9. Medidas preventivas Una vez realizadas las mediciones necesarias, y conocida la concentración de contaminante y el tiempo de exposición, se podrán aplicar los criterios de valoración vistos anteriormente para evaluar el riesgo. Cuando los resultados de la evaluación pongan de manifiesto que se está próximo a los valores máximos admisibles, o que éstos se superan, será necesario tomar medidas correctoras. Las medidas correctoras se deben establecer con el siguiente orden de prioridad:

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1. Actuación sobre el foco de

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• mg/m : expresa la cantidad de polvo, gas o vapor, medida en miligramos, contenida en un metro cúbico de aire. 3

Dosis relativa Como el VLA-ED marca un valor límite para 8 horas diarias de exposición, además de la concentración de un agente químico a la que está expuesto un trabajador, también se deberá tener en cuenta durante cuánto tiempo se encuentra expuesto a dicha concentración. Por ello, habitualmente se utiliza el concepto de Dosis relativa de exposición. Este concepto expresa mediante un valor en tanto por ciento cuál es la situación respecto a los valores límite establecidos por los criterios de valoración:

contaminación, para impedir la emisión al ambiente del contaminante. 2. Actuación sobre el medio de difusión, para evitar la propagación del contaminante. 3. Actuación sobre el individuo receptor, para impedir que el contaminante alcance el organismo del trabajador.


Posibles medidas correctoras

Foco

Medio

Receptor

• Sustitución de productos • Automatización • Encerramiento, aislamiento • Métodos húmedos • Extracción localizada • Mantenimiento

• Limpieza • Ventilación general • Distanciar foco y receptor

• Formación / información • Sistemas de alarma • Higiene personal • EPI

Sustitución de productos La sustitución de un producto peligroso por otro que cumpla las mismas características técnicas pero tenga menor peligrosidad es factible en muchos casos, por ejemplo, utilizar pinturas al agua en lugar de pinturas con disolventes orgánicos. En el caso de los productos cancerígenos, esta medida es obligatoria siempre que técnicamente sea posible.

Modificación del proceso Consiste en la automatización u otro tipo de cambios que reemplacen los procesos productivos actuales por otros menos contaminantes.

Encerramiento o aislamiento del proceso Algunas operaciones potencialmente peligrosas pueden ser corregidas mediante un encerramiento, con lo cual se minimiza la exposición. También se puede proceder al aislamiento de la operación en una zona separada del resto de instalaciones, o bien realizar las operaciones peligrosas fuera del horario normal de trabajo, eliminando así la exposición de la mayoría de los trabajadores.

Métodos húmedos La concentración de polvo puede ser reducida por

la aplicación de agua o cualquier otro líquido sobre la fuente de polvo. Los métodos húmedos son muy aplicados en los trabajos de molienda o perforación de rocas.

Extracción localizada Consiste en eliminar el contaminante en el mismo punto de emisión mediante sistemas de aspiración (campanas conectadas mediante conductos a un ventilador extractor).

Mantenimiento adecuado Un buen mantenimiento puede evitar en muchos casos emisiones de contaminantes al ambiente de trabajo. Muchas veces, se producen concentraciones elevadas de contaminantes en los lugares de trabajo debido a un defectuoso mantenimiento, ya sea del proceso en sí o de los sistemas de ventilación.

Limpieza La limpieza adecuada de los puestos de trabajo, conduce en muchos casos a una disminución de los niveles de contaminación. La limpieza de instalaciones y equipos se efectuará mediante aspiración o procedimientos húmedos, evitándose el soplado con aire a presión.

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capítulo 5

Ventilación por dilución Consiste en renovar el aire contaminado introduciendo grandes caudales de aire puro procedente del exterior. Este sistema sólo es válido para contaminantes de baja toxicidad que se encuentran en pequeñas concentraciones.

Aumento de la separación entre emisor y receptor

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Aumentar la distancia entre el foco emisor y el receptor, implicará que al trabajador le llegue el contaminante muy diluido.

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Sistemas de alarma Permiten detectar y advertir si se superan determinados niveles de concentración de contaminantes en el ambiente de trabajo.

Formación e información Es imprescindible que los trabajadores sean conscientes de los diferentes riesgos que entraña su puesto de trabajo. Asimismo, deben también conocer el perfecto manejo y mantenimiento al que deben ser sometidos los diferentes elementos de control existentes.

Rotación de personal La aparición de efectos nocivos viene determinada por la dosis recibida, y ésta a su vez por la concen-

tración y el tiempo de exposición. Por tanto, en los casos en que no sea factible actuar sobre la concentración, se podrá proteger al trabajador limitando su tiempo de exposición y por tanto la dosis.

Encerramiento del operario Cuando es difícil o no adecuado encerrar los procesos contaminantes, puede ser factible aislar al propio trabajador en el interior de cabinas o en zonas con acondicionamiento de aire.

Higiene personal Deben existir los servicios higiénicos necesarios para el aseo al final de la jornada y siempre que se requiera. En aquellos puestos en que se manipulen sustancias peligrosas, se debe contar con los medios necesarios para eliminar cualquier salpicadura o resto. La ropa de trabajo debe guardarse separada de la de calle. No se debe comer ni beber en las zonas de trabajo; la empresa debe habilitar zonas adecuadas.

Protección individual Este tipo de protección sólo debe utilizarse como solución provisional o cuando la exposición se deba a exposiciones esporádicas (por ejemplo, operaciones de mantenimiento) o de corta duración.


Puesto que las principales vías de entrada de contaminantes químicos son las vías respiratoria y dérmica, la protección individual debe evitar la entrada de los contaminantes por estas vías (utilización de mascarillas y de guantes). Características y normas de utilización de estos equipos: • Utilizar equipos de protección adecuados a los contaminantes presentes. • Utilizar únicamente equipos con certificación CE conforme cumplen las normas europeas vigentes. • Los equipos de protección deben proteger todas las posibles vías de entrada o de contacto (ojos, nariz, boca, piel). • Deben ser lo más confortables posibles. • Utilizarlos adecuadamente y mantenerlos en buen estado, lo cual implica que los trabajadores deben ser informados sobre su uso, limitaciones, conservación y limpieza. • Los equipos son de uso individual, uno para cada persona. 89


CAPÍTULO 5

AUTOEVALUACIÓN

01. La silicosis es una enfermedad frecuente entre los mineros que se manifiesta tras varios años de exposición a polvo de sílice. Por lo tanto, la silicosis es... a. Una intoxicación aguda. b. Una intoxicación crónica. c. Una intoxicación accidental.

02. ¿Cuáles son las vías de entrada de contaminantes químicos más importantes en las exposiciones laborales? a. La vía respiratoria y la digestiva. b. La vía respiratoria y la dérmica. c. La vía digestiva y la dérmica.

03. ¿En qué consiste la penetración de contaminantes químicos por vía dérmica? a. En que algunos contaminantes, sin necesidad de causar daños en la piel, son capaces de atravesarla y llegar hasta la sangre. b. En que algunos contaminantes, al entrar en contacto con la piel, penetran en ella produciendo daños (irritaciones, quemaduras, etc.). c. En que los contaminantes penetran directamente en la sangre a través de llagas o heridas en la piel.

04. Teniendo en cuenta el tamaño de las partículas de polvo, ¿cuáles son más peligrosas? a. Las partículas muy pequeñas, invisibles a simple vista, puesto que son las únicas capaces de penetrar hasta el fondo de los pulmones. b. Las partículas grandes que se ven a simple vista, puesto que pesan lo suficiente para poder penetrar hasta el fondo de los pulmones. c. Es indiferente, la peligrosidad de las partículas no depende de su tamaño. 90


05. ¿Qué son los criterios de valoración o valores límite? a. Son valores máximos de los niveles de contaminantes que no se deben superar, ya que por encima de ellos puede verse afectada la salud de los trabajadores expuestos. b. Son el intervalo de valores (mínimo y máximo) entre los que se deben mantener los niveles de contaminantes para no perjudicar a los trabajadores. c. Son valores máximos de los niveles de contaminantes que no se deben superar en ningún momento, ya que por encima de ellos existe peligro de muerte.

06. En una fábrica de harina se han evaluado los niveles de polvo que se producen al ensacar. La concentración de polvo en el ambiente durante el ensacado es de 5 mg/m3 y la concentración límite establecida para el polvo de harina es de 4 mg/m3. En relación a la situación planteada, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta? a. Con los datos anteriores se puede evaluar la situación planteada y afirmar que existe riesgo para los trabajadores, ya que se supera el valor límite de concentración. b. Con los datos anteriores no se puede evaluar la situación planteada ni afirmar que exista riesgo para los trabajadores, puesto que no se conoce el tiempo que el trabajador está ensacando (tiempo de exposición). c. Con los datos anteriores se puede evaluar la situación planteada y afirmar que no existe riesgo para los trabajadores, porque la concentración de polvo es prácticamente la misma que el valor límite.

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CAPÍTULO 5

07. Cuando la evaluación de la exposición a contaminantes químicos pone de manifiesto que existe riesgo para la salud de los trabajadores, se deben tomar medidas correctoras. ¿Qué tipo de medidas son la mejor solución y se deben tomar prioritariamente? a. Las que actúan sobre el trabajador, para impedir que los contaminantes alcancen su organismo. b. Las que actúan sobre el medio de difusión, para evitar la propagación del contaminante por toda la zona de trabajo. c. Las que actúan sobre el foco de contaminación, para impedir la emisión del contaminante al ambiente.

08. ¿Cuáles de las siguientes medidas correctoras actúan sobre el foco de contaminación? a. Sustitución de productos nocivos por otros que no lo sean. Cuidar el mantenimiento de los equipos de trabajo. Instalar sistemas de extracción localizada. b. Sustitución de productos nocivos por otros que no lo sean. Instalar sistemas de extracción localizada. Instalar sistemas de ventilación general. c. Instalar sistemas de ventilación general. Utilizar equipos de protección (máscaras, guantes...). Automatizar el proceso de trabajo.

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capítulo 6 capítulo 6

Contaminantes biológicos

1. Definición y tipos de contaminantes biológicos

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Los contaminantes biológicos, a diferencia de los físicos y los químicos, están constituidos por seres vivos. Son organismos con un determinado ciclo de vida y con unos procesos de reproducción y crecimiento que al penetrar en el hombre, determinan en él la aparición de enfermedades de tipo infeccioso y parasitario.

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Los organismos causantes de dichas enfermedades son de naturaleza muy distinta. En muchos casos esas enfermedades se transmiten de los animales a las personas y reciben el nombre de zoonosis.

Para determinar a qué grupo de riesgo pertenece un determinado agente se consideran las siguientes características: • Capacidad para causar una enfermedad y gravedad de la misma. • Probabilidad de propagación de la enfermedad por contagio. • Existencia de tratamiento adecuado. De esta manera, en el primer grupo se encuadran los agentes que díficilmente causan enfermedades en el hombre, mientras en el extremo opuesto, los agentes del cuarto grupo pueden causar enfermedades graves que suponen un serio peligro para el ser humano, se contagian fácilmente y para las que no existe tratamiento eficaz.

Los organismos contaminantes se pueden clasificar, según sus características, en cinco tipos principales: • • • • •

Virus. Bacterias. Hongos. Protozoos. Gusanos parásitos.

Además de esta clasificación, los agentes biológicos se pueden encuadrar en 4 grupos distintos (grupos 1, 2, 3 y 4) en función del riesgo de infección que suponen.

2. AcTividades de riesgo El riesgo de contraer una determinada enfermedad infecciosa o parasitaria está ligado a determinadas actividades laborales en las que el contacto de los trabajadores con agentes infectivos o parasitarios es muy frecuente. Así, por ejemplo, los trabajadores de los túneles, pozos y minas están profesionalmente sometidos al


riesgo de contraer enfermedades por contacto con cierto tipo de gusanos parásitos y los curtidores están expuestos al carbunco o ántrax, enfermedad infecciosa de la piel causada por un tipo de bacteria.

• Utilizar guantes, botas y otros equipos y prendas de protección que eviten el contacto o inhalación de estos agentes. Mantener estos equipos en perfectas condiciones de uso y limpieza.

En general, las actividades en que puede darse exposición a agentes biológicos son las siguientes:

• Los residuos deben clasificarse y recogerse en recipientes adecuados debidamente señalizados.

• Trabajos en laboratorios biológicos y clínicos. • Trabajos sanitarios en hospitales, sanatorios, etc. • Recogida y manipulación de basuras. • Cría y cuidado de animales. • Manipulación de productos de origen animal, despojos, etc.

• Las instalaciones sanitarias (lavabos, duchas, vestuarios, etc) para uso de los trabajadores deben estar en correctas condiciones y su número debe ser suficiente.

3. Medidas preventivas Las medidas preventivas aplicables para prevenir las enfermedades causadas por contaminantes biológicos son básicamente las mismas que las aplicables a los contaminantes químicos. Concretamente, las más habituales y eficaces son: • Modificar los procesos de trabajo para conseguir evitar o minimizar el contacto con los agentes biológicos o su inhalación (sobre todo, evitar cortes, pinchazos, arañazos y mordeduras de animales). • Encerrar los procesos contaminantes, de manera que se evite la liberación de agentes biológicos al exterior. Por ejemplo, en laboratorios de análisis, manipular las muestras en cabinas dotadas de extracción de aire.

• Disponer de productos para limpieza ocular y antisépticos para la piel. • Extremar la higiene personal (lavarse antes de comer, beber o fumar, ducharse al finalizar la jornada, mantener separada la ropa de trabajo y la de calle, etc.). • Deben realizarse reconocimientos médicos específicos, tanto iniciales como periódicos, de los trabajadores expuestos a contaminantes biológicos. • Cuando se disponga de vacunas eficaces contra los microorganismos que puedan estar presentes, es obligatorio ponerlas a disposición de los trabajadores, informándoles de las ventajas e inconvenientes de la vacunación.

• Limpiar y desinfectar periódicamente los locales de trabajo. Asimismo se deben establecer programas de desinsectación y control de plagas. La limpieza de los locales se debe efectuar mediante aspiración o métodos húmedos, y no por barrido en seco. • Los locales de trabajo deben ser de fácil limpieza y contar con ventilación suficiente que asegure la renovación del aire. • Se debe reducir al mínimo posible el número de trabajadores expuestos para minimizar el riesgo de infección.

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CAPÍTULO 6

AUTOEVALUACIÓN

01. De las siguientes frases ¿cuál define con mayor exactitud a los contaminantes biológicos? a. Los contaminantes biológicos son los que proceden de los animales y producen enfermedades infecciosas o parasitarias. b. Los contaminantes biológicos son organismos vivos que producen enfermedades infecciosas o parasitarias. c. Los contaminantes biológicos son los virus y bacterias que producen enfermedades infecciosas o parasitarias.

02. ¿En cuál de las siguientes actividades es posible que se produzca exposición a agentes biológicos? a. Curtido de pieles. b. Ganadería. c. En ambas.

03. Ante una situación de posible exposición a agentes biológicos, ¿cuál de las siguientes actuaciones es correcta? a. Barrer frecuentemente para mantener limpios los locales de trabajo. b. Rotar al personal entre distintos puestos de trabajo, de manera que se reduzca el tiempo de exposición. c. Extremar la higiene personal para reducir el riesgo de infección.

04. Cuando existan vacunas eficaces contra los agentes biológicos que puedan estar presentes en el puesto de trabajo... a. Es obligatorio ponerlas a disposición de los trabajadores afectados, informándoles de sus ventajas e inconvenientes. b. Es obligatorio vacunar a todos los trabajadores de la empresa. c. La empresa y los representantes de los trabajadores decidirán a quién se debe vacunar. 96


capítulo 7 capítulo 7

Carga física de trabajo y factores psicosociales

1. Introducción

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La incorporación de tecnología punta, automatización, maquinaria o herramientas de trabajo al mundo laboral, ha contribuido a la eliminación de las tareas más fatigantes para el trabajador. A pesar de ello, el hombre sigue realizando esfuerzos que pueden producirle fatiga o aparición de lesiones de carácter músculo-esquelético en su puesto de trabajo.

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En los trabajos de hoy en día se realizan todo tipo de posturas, sobreesfuerzos o movimientos repetidos que, añadidos a elevados ritmos de trabajo y a un mal diseño del puesto, pueden ser la causa de lesiones osteomusculares agudas o crónicas que en la actualidad constituyen una de las primeras causas de baja laboral. Por otra parte, los rápidos cambios en el entorno laboral y en la fuerza del trabajo plantean nuevos riesgos que conducen a condiciones que conllevan problemas de salud. Estas condiciones, normalmente denominadas factores psicosociales, hacen referencia a aquellos aspectos que se encuentran presentes dentro de una situación laboral, como el clima o cultura de la organización, el contenido del trabajo, la realización de la tarea (por ejemplo, su variedad, significado, alcance, etc.), y que tienen la capacidad de afectar tanto al bienestar o a la salud (física, psíquica o social) del trabajador como al desarrollo de su trabajo.

En este capítulo se presentan las diferentes causas de sobrecarga de trabajo, tanto física como psicológica, su definición, características y medidas preventivas aplicables.

2. Carga de trabajo El trabajo humano se considera una actividad que responde a unas exigencias de tipo físico y mental. Para llevar a cabo esta actividad, el cuerpo humano realiza unas determinadas acciones con una determinada demanda de gasto energético. Cuando la demanda física o mental excede las capacidades de los individuos, se produce una primera reacción corporal de fatiga física o psicológica, que si no es remediada, conducirá a la aparición de alteraciones de la salud. Por tanto, la carga de trabajo se define como el conjunto de requerimientos psicofísicos a los que está sometido el trabajador durante su jornada laboral.


3. Carga física

3.1 Posturas de trabajo

Se define como Carga Física el conjunto de requerimientos físicos a los que está sometido el trabajador durante su jornada laboral.

La postura es la actitud corporal que adopta la persona y que está determinada por la tarea a realizar y por la disposición de los distintos elementos de trabajo.

Cuando la demanda física excede las capacidades de los individuos, se produce una primera reacción corporal de cansancio o fatiga física, la cual, si no se resuelve, puede convertirse en crónica, produciendo las llamadas lesiones músculo-esqueléticas. Las lesiones de este tipo se producen principalmente en la espalda, en las diferentes zonas de la columna vertebral: cervical, dorsal y lumbar; y en las extremidades superiores e inferiores. Nuestro objetivo será evitar la aparición de dichas lesiones, que son la principal causa de baja laboral en los países industrializados. Los requerimientos físicos a los que puede estar sometido el trabajador se clasifican en los siguientes factores de riesgo: • Posturas de trabajo. • Movimientos repetitivos. • Manipulación manual de cargas.

En la adopción de una postura intervienen principalmente los huesos, los músculos y el sistema circulatorio. Para que se realice cualquier actividad muscular el organismo consume energía. La principal vía de aporte energético es la sangre, que proporciona oxígeno al músculo. Las posturas se pueden clasificar en: • Postura estática cuando se mantiene la misma postura durante un período de tiempo largo (postura sentada, de pie, en cuclillas, etc.). En este caso el consumo de energía y el ritmo de frecuencia cardiaca no son muy elevados, pero cuando se mantiene mucho tiempo la misma postura, se comprimen los vasos sanguíneos y el aporte sanguíneo de oxígeno se ve reducido. Al cabo de un tiempo, la musculatura se fatiga y se necesita cambio de postura para permitir la llegada de sangre. • Postura dinámica es aquélla en que la persona está en movimiento y se van alternando diferen-

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capítulo 7

tes posturas durante la jornada de trabajo (de pie, sentado, andando, etc.). En el trabajo dinámico se realizan una serie de contracciones y relajaciones que permiten la normal circulación de la sangre. Por tanto el músculo está bien irrigado y trabaja mejor.

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Tanto en la postura estática como en la dinámica, si se exceden las capacidades del organismo, se producirá una fatiga muscular a corto plazo y lesiones músculo-esqueléticas a largo plazo.

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Prevención de posturas forzadas: ¿Qué se debe hacer para evitar las posturas forzadas? • Adecuado diseño de los planos de trabajo en cuanto a alturas y distancias de alcance para los brazos. • Evitar, en la medida de lo posible, trabajar con los brazos por encima de la altura de los hombros. • Alternar siempre que se pueda trabajos de pie/ sentado y sentado/andando.

Esfuerzo

Repetición

• Dotar de silla ajustable para tareas sentado y sillataburete para que el trabajador se pueda apoyar en tareas que requieren estar de pie. • Establecer pausas para proporcionar el descanso muscular. • Fortalecer la musculatura mediante ejercicio físico. • Formación en adopción de la postura correcta para realizar la tarea.

3.2 Movimientos repetitivos Un operario realiza un movimiento repetitivo cuando hace su tarea con las manos o los brazos en postura forzada, o ejerciendo fuerza y todo ello de forma repetida a lo largo de su jornada de trabajo. Se considera que una tarea es de tipo repetitivo, cuando el ciclo de trabajo es inferior a 30 s. y/o más del 50% del ciclo repetitivo es realizando un movimiento determinado. Cuando el ciclo de trabajo es

Posturas

Falta de descanso


muy corto, no permite a la musculatura recuperarse de la fatiga impuesta por el alto ritmo de trabajo. Ello conlleva a la aparición de fatiga a corto plazo y de lesiones permanentes a largo plazo. Las lesiones más habituales causadas por movimientos repetitivos son las tendinitis, el hombro doloroso y el síndrome del túnel carpiano. Estas lesiones suelen presentarse en forma de molestias y dolor, hormigueo, inflamación y a la larga incapacidad de movimiento a nivel de manos o brazos.

Prevención de movimientos repetitivos a) Evitar la repetición de movimientos. • Intercalar pausas en el trabajo que permitan recuperarse de la fatiga muscular. • Rotación de tareas. • Automatizar las tareas más repetitivas. b) Evitar hacer fuerza con las manos o los brazos. Se utilizarán herramientas ligeras, provistas de cable retractor, con mangos largos para que no presione la palma de la mano. c) Evitar posturas forzadas de manos y brazos. Los lugares de trabajo, las herramientas y los equipos han de ser diseñados de manera que la persona no adopte una extensión o flexión forzada de las muñecas o los brazos. d) Formación. El trabajador deberá conocer cuáles son las posturas adecuadas para evitar la aparición de las lesiones por movimiento repetido: • Siempre se debe trabajar con las muñecas rectas. • Nunca se debe trabajar con los brazos en extensión. • Nunca se debe trabajar con los brazos elevados.

3.3 Manipulación manual de cargas En la actualidad existe un RD 487/1997, de 14 de abril de 1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. El citado decreto entiende por manipulación de cargas cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores, como el levantamiento, la colocación, el empuje, la tracción o el desplazamiento, que por sus características o condiciones ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. Por su parte, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo elaboró una Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la manipulación de cargas. La citada Guía proporciona criterios y recomendaciones que facilitan a los empresarios y a los responsables de prevención la interpretación y aplicación del mencionado Real Decreto, estableciendo un método específico para poder evaluar el riesgo de manipulación de cargas en el puesto de trabajo y proporcionando una guía de posibles medidas preventivas a realizar en los puestos de riesgo. A modo de indicación general, la Guía Técnica considera como carga los objetos que pesen más de 3 Kg y considera que el peso máximo que se recomienda no sobrepasar (en condiciones ideales de manipulación, con la carga cerca del cuerpo, espalda derecha y sin giros ni inclinaciones) es de 25 Kg. Si la población expuesta son mujeres, trabajadores jóvenes o mayores, no se deben superar los 15 Kg. Y de forma esporádica y en circunstancias especiales, hombres sanos y entrenados físicamente podrían manipular cargas de hasta 40 Kg.

Factores de riesgo de manipulación de la carga e) Ejercicio físico. Es muy importante mantener un buen tono muscular para reforzar las estructuras del cuerpo y así prevenir las lesiones por movimientos repetidos.

• Características de la carga: cargas demasiado pesadas, cargas demasiado grandes, difíciles de sujetar, que por su ubicación deba manipularse a distancia del tronco, o con torsión o inclinación del mismo.

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capítulo 7

• Esfuerzo físico: cuando el esfuerzo físico requerido para manipular la carga sea demasiado importante y/o además implique torsión o inclinación del tronco. • Características del medio: cuando el espacio de trabajo sea insuficiente y no permita manipular la carga adecuadamente, suelos resbaladizos o irregulares, niveles diferentes de manipulación de carga. • Exigencias de la actividad: esfuerzo físico demasiado frecuente o prolongado, período insuficiente de reposo o de recuperación, distancias grandes de transporte, ritmo de trabajo impuesto por el proceso. • Factores individuales de riesgo: falta de aptitud física para manipular cargas, existencia previa de patología dorsolumbar, falta de formación en técnicas de manipulación de cargas.

• Aproximarse a la carga. • Separar las piernas y flexionar las rodillas. • Inclinar ligeramente la espalda hacia adelante. • Levantar la carga con la fuerza de las piernas. • Mantener la carga lo más cerca posible del cuerpo. Para la manipulación manual de objetos demasiado pesados o voluminosos, se deberá pedir la ayuda de otro trabajador. Por otra parte, siempre es preferible empujar una carga que arrastrarla. Cuando sea necesario empujar una carga, se deberán seguir las siguientes indicaciones: • Colocarse detrás de la carga y cerca de la misma. • Flexionar ligeramente las rodillas, manteniendo la espalda recta y los músculos del abdomen contraídos. • Utilizar ambos brazos para empujar o estirar de la carga. • Aprovechar el peso del cuerpo.

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Prevención en manipulación manual de cargas

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En tareas de manipulación de cargas, se tomará como principal medida la utilización de equipos mecánicos de ayuda, como transpaletas, carretillas manuales o elevadoras, destinados a reducir el esfuerzo de manipulación. Cuando se deban manipular cargas de forma manual, es preferible manipularlas cerca del cuerpo y a una altura comprendida entre el nivel de los codos y el de los nudillos, ya que de esta forma disminuye la tensión en la zona lumbar. Cuando deban levantarse objetos desde el suelo se seguirán los siguientes pasos:

Mejor


4. Factores psicosociales Por factores psicosociales entendemos aquellas condiciones que se encuentran presentes en una situación laboral, y que están directamente relacionadas con la organización, el contenido del trabajo y la realización de la tarea, y que tienen capacidad para afectar tanto al bienestar o la salud (física, psíquica y social) del trabajador como al desarrollo de su trabajo. Los riesgos psicosociales no sólo tienen unas consecuencias para la empresa u organización (elevado absentismo, aumento de incidentes y accidentes, aumento de quejas de los clientes o de terceras personas, rotación elevada de los puestos de trabajo, etc.), sino también consecuencias directas para el individuo o trabajador tales como: desmotivación general, insomnio, automedicación, descenso del rendimiento..., hasta patologías más graves a nivel psicológico como podrían ser cuadros de ansiedad, depresión, etc. Hay que destacar que todos los colectivos profesionales pueden estar expuestos a riesgo psicosocial. Pero existen algunos que, debido a las características del propio trabajo, pueden tener una mayor incidencia. Entre estos, destacan los siguientes: personal sanitario, administrativos, funcionarios y personal de las fuerzas de seguridad.

4.1 Factores de naturaleza psicosocial Los factores de origen psicosocial que pueden afectar a la salud y bienestar físico o mental del trabajador, se pueden clasificar en cuatro grandes grupos: • • • •

Características de la empresa. Características individuales. Características de la tarea. Organización del tiempo de trabajo.

Así, en una empresa grande (más de 250 trabajadores) el trabajo suele estar más especializado y fraccionado por lo que existe menos nivel de identidad con la tarea realizada. El emplazamiento de una empresa constituye otro factor que puede originar problemas y molestias a los trabajadores. La actividad de la empresa hace referencia al tipo de producto o servicio que se realiza. Los problemas pueden originarse ante la existencia de dificultades de aceptación social respecto a la actividad de la empresa, o bien cuando se crea un conflicto personal debido a la realización de actividades con las que no se está de acuerdo o contrarias a los principios del individuo. Por último, cuando hablamos de estructura de la organización nos referimos al conjunto de unidades que la componen, junto con las conexiones y relaciones que se establecen entre ellas. Nos fijaremos principalmente en tres variables: Nivel de centralización (cómo se reparte la toma de decisiones), Complejidad organizativa (número de categorías profesionales y los niveles de autoridad existentes) y Formalización y Estandarización (grado en que la organización depende de reglas y procedimientos para sus acciones).

Características individuales Es necesario diferenciar entre factores exógenos (vida familiar, entorno social, tiempo libre...) y factores endógenos (personalidad, motivaciones, actitudes y aptitudes) relativos al individuo, los cuales determinarán la manera de reaccionar de la persona.

Turnos

Salarios

Características de la empresa El tamaño, la ubicación, la actividad y la estructura organizativa de la empresa son factores que pueden ocasionar problemas de carácter psicosocial a los trabajadores.

Contratos

Vacaciones

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capítulo 7

Características de la tarea Un factor esencial dentro de este apartado es la identificación con la tarea, que se relaciona con hasta qué punto el trabajo permite sentir al trabajador que su labor sirve para alguna cosa, es decir, que tiene utilidad en el conjunto del proceso en que se desarrolla. El trabajo ha de tener significado para la persona que lo realiza.

cuencias para la empresa. Entre éstas podemos destacar: elevado absentismo, aumento de peticiones de cambio de puestos de trabajo, rotación elevada de los puestos de trabajo, aumento de incidentes y accidentes, dificultades de relación, disminución de la calidad de productos y servicios, aumento de quejas de los clientes o de terceras personas, etc.

Otro aspecto importante a considerar es la carga de trabajo, que se refiere a las demandas físicas y mentales que el trabajo impone a la persona que lo está realizando.

Organización del tiempo de trabajo El horario y los turnos de trabajo afectan directamente al ser humano en la medida en que inciden en los ciclos fisiológicos del organismo. Al hablar de horario de trabajo no sólo queda establecido cuando llevamos a cabo nuestra actividad laboral, sino que también es una variable que puede tener importantes repercusiones en nuestra vida familiar y social.

4.2 Estrés laboral

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El estrés laboral surge cuando se da un desajuste entre la persona, el puesto de trabajo y la propia organización. La persona percibe que no dispone de recursos suficientes para afrontar la problemática laboral y aparece la experiencia de estrés.

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Entre las consecuencias sobre el individuo podemos hablar de alteraciones a nivel físico y a nivel psicológico. • Físicas: Trastornos digestivos (cólicos, digestiones lentas, etc.), respiratorios (asma bronquial, hiperventilación, etc.), cardiovasculares (enfermedades coronarias, etc.), otros (cefaleas, insomnio, falta de apetito, etc.). • Psicológicos: Trastornos del estado de ánimo, de la conducta (desmotivación general y laboral, irritabilidad, etc.), somáticos y funcionales (cansancio y malestar general, temblores, etc.), otros trastornos (depresión, ansiedad, etc.). Pero el estrés también repercute directamente sobre el trabajo realizado y éste a su vez tiene unas conse-

Prevención del estrés Ante la posible aparición del estrés, es posible aplicar técnicas preventivas tanto a nivel organizacional como a nivel individual. Entre las técnicas preventivas a nivel organizacional se destacan las siguientes: • Disponer de tiempo suficiente para realizar el trabajo. • Proporcionar una clara descripción del trabajo a realizar. • Proporcionar vías para expresar quejas y poderlas considerar. • Promover la tolerancia, la seguridad y la justicia en el entorno laboral. • Identificar los errores, los éxitos, y sus causas y consecuencias, es decir, aprender de las experiencias. A nivel individual deberemos tener en cuenta lo siguiente: • Determinar objetivos y prioridades. • Tomar decisiones (qué hacer y qué no hacer). • Ser realista a la hora de calcular los tiempos de las actividades a realizar. • Programar el tiempo para las actividades no esenciales pero necesarias. • Filtrar las demandas (saber decir “no”). • Ser capaz de delegar. • Dedicar unos minutos a programarse diariamente, etc.


CAPÍTULO 7

AUTOEVALUACIÓN

01. ¿Qué se entiende por carga de trabajo? a. Todos los esfuerzos físicos que hace el operario en el trabajo. b. El conjunto de requerimientos psicofísicos a los que se ve sometido el trabajador. c. La cantidad de trabajo que tiene el trabajador.

02. La carga física de trabajo se clasifica en: a. Manipulación de cargas. b. Fatiga mental. c. Manipulación de cargas, movimientos repetitivos y posturas de trabajo.

03. ¿Qué se puede hacer para prevenir la carga física? a. Diseñar el puesto de trabajo para que el operario no realice posturas forzadas. b. Formar al trabajador en la adopción de posturas y enseñarle a realizar ejercicio físico para reforzar su musculatura. c. Las dos anteriores.

04. El estrés laboral, ¿Qué tipo de consecuencias puede tener? a. Fisiológicas y psicológicas para el trabajador. b. Absentismo para la empresa. c. Todas las respuestas anteriores son ciertas.

05. Los factores de naturaleza psicosocial que pueden afectar a la salud son: a. Carga física de trabajo. b. Características de la tarea. 106

c. Las respuestas a) y b) son ciertas.


Curso de Prevención de Riesgos Laborales

ELEMENTOS BÁSICOS DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS


capítulo 8 capítulo 8

ORGANISMOS RELACIONADOS CON LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Los poderes públicos tienen entre sus funciones la de dictar leyes, normas y reglamentos para controlar y mejorar las condiciones de trabajo y la salud de la población laboral; adecuar estas disposiciones a los dictámenes de los organismos e instituciones internacionales de los que España es miembro (OIT, Unión Europea); y controlar el cumplimiento de estas disposiciones. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), establece claramente que las funciones de promoción, asesoramiento y comprobación de la prevención deben ser desarrolladas por los órganos técnicos de la Administración Pública. Así confiere especial importancia a dos órganos administrativos, dependientes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, cuyas funciones constituyen el eje fundamental de las actuaciones administrativas en materia de prevención: el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).

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Para garantizar la eficacia de la política de prevención, la LPRL (art.13) crea la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) como pieza fundamental en el desarrollo de la coordinación administrativa y de participación institucional. Y, adscrita a la Comisión, otro organismo que denomina Fundación.

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1.INSTITUCIONES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES 1.1 La Organización Internacional del Trabajo (OIT) Es una de las organizaciones laborales de más prestigio, no sólo por su antigüedad sino especialmente por su presencia internacional a través de sus actividades y del gran número de países que acoge. Tiene su sede en Ginebra y está formada por representantes de las organizaciones empresariales, los sindicatos y los estados. Las funciones más importantes de la OIT son: • Asistencia técnica. • Recopilación y difusión de información. • Elaboración y aprobación de Convenios y Recomendaciones internacionales.

Las recomendaciones de la OIT no obligan, ya que establecen pautas y directrices para su posterior desarrollo legal en materia laboral dentro de los Estados miembros. Los Convenios sí pueden convertirse en instrumentos destinados a crear obligaciones, cuando son ratificados por un Estado miembro.

1.2 La Unión Europea Desde la proclamación del Acta Única Europea, los esfuerzos orientados hacia la consecución de un espacio social europeo se enriquecen al dar a la seguridad y salud de los trabajadores un lugar destacado. La Directiva Marco, aprobada en 1989, es la consecuencia determinante y constituye la piedra angular de la política europea en estas materias.

2.ORGANISMOS NACIONALES 2.1 El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) Está adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Secretaría General de Empleo. Es el organismo público “científico-técnico especializado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de dichas condiciones” (art. 8.1, LPRL). En virtud de ello, su campo de acción es la prevención de riesgos, accidentes y enfermedades profesionales.


La LPRL ordena los cometidos del INSHT en tres líneas de actuación:

• lnformar sobre los diferentes estudios e investigaciones nacionales y extranjeros relacionados con la prevención.

Competencias promotoras y asesoras Funciones generales que tradicionalmente ha desarrollado el INSHT:

• Homologar y normalizar medios técnicos y prendas de protección personal.

• Realizar estudios técnicos sobre las condiciones de seguridad de locales de trabajo, máquinas, equipos y procesos productivos para determinar las situaciones de riesgo y las causas de los accidentes de trabajo, y proponer las medidas correctoras.

• Realizar cuantos cometidos, relativos a seguridad y salud en el trabajo, le encomiende el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

• Evaluar las condiciones ambientales de los centros de trabajo, realizando mediciones de los factores nocivos, analizando en laboratorios las mediciones efectuadas y proponiendo las medidas correspondientes. • Formar mediante cursos, seminarios, conferencias, y demás acciones formativas, a trabajadores y técnicos, y a todas aquellas personas relacionadas con la prevención y la mejora de la salud laboral.

Así como, funciones específicas que le sean encomendadas en el marco de sus competencias, de acuerdo con la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST). En ambos supuestos, las funciones se realizarán, en su caso, con la colaboración de los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas.

Competencias como órgano de coordinación y apoyo entre las distintas Administraciones Públicas • Apoyar el intercambio de información y experiencias.

• Publicar libros, revistas, folletos, y cualquier otro material divulgativo, sobre las distintas áreas relacionadas con las Condiciones de Trabajo y la Salud.

• Prestar apoyo a la realización de actividades de promoción de la seguridad y salud por las Comunidades Autónomas. 109


capítulo 8

• Ejercer la Secretaría General de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Prestar apoyo técnico y colaboración a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el cumplimiento de su función de vigilancia y control en el ámbito de la Administración General del Estado.

Como centro de referencia nacional

a) Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención, aunque no tuviera la calificación directa de normativa laboral, proponiendo a la autoridad laboral competente la sanción correspondiente, cuando comprobase una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo VII de la presente Ley.

• Para la colaboración con organismos internacionales y el desarrollo de programas de cooperación internacional, facilitando la participación de las Comunidades Autónomas en este ámbito.

b) Asesorar e informar a las empresas y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia tiene encomendada.

• Comunicar a la Inspección de Trabajo los casos de contravención grave o reiterada, por las Empresas o sus trabajadores, de normas de prevención de riesgos profesionales, que pudieran entrañar peligro para la salud o integridad física de los trabajadores.

• En las relaciones con las Instituciones de la Unión Europea, garantizando la coordinación y transmisión de la información nacional, en particular, respecto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y su Red.

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2.2 La Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social (ITSS)

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A la ITSS le corresponde “la función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales” (art. 9.1, LPRL). Para dar contenido instrumental a este cometido, la LPRL señala los siguientes grupos de funciones:

Es el “órgano técnico de la Administración Pública que tiene la misión de velar por el mejor cumplimiento de la legislación sobre trabajo, el Sistema de la Seguridad Social, empleo y migración, y promoción social, sin perjuicio de las competencias específicas atribuidas por las leyes a otros organismos e instituciones” (art. 1, D. 2122/1971, 23 julio). En este sentido es el organismo encargado de vigilar y controlar el cumplimiento de la legislación en materia de trabajo y seguridad social. Tiene carácter ejecutivo en cuanto a la valoración de las condiciones de trabajo, así como en las disposiciones que adopta en materia de prevención de riesgos laborales.

c) Elaborar los informes solicitados por los Juzgados de lo Social en las demandas deducidas ante los mismos, en los procedimientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. d) Informar a la Autoridad Laboral sobre los accidentes de trabajo mortales, muy graves o graves, y sobre aquellos otros en que, por sus características o por los sujetos afectados, se considere necesario dicho informe, así como sobre las enfermedades profesionales en las que concurran dichas calificaciones y, en general, en los supuestos en que aquélla lo solicite respecto del cumplimiento de la normativa legal en materia de prevención de riesgos laborales. e) Comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los servicios de prevención establecidos en la presente Ley. f) Ordenar la paralización inmediata de trabajos cuando, a juicio del inspector, se advierta la existencia de riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores.


2.3 Otras administraciones públicas competentes en materia de seguridad y salud en el trabajo La LPRL encomienda a los organismos competentes en materia de seguridad las siguientes funciones: • Evaluación y control de las actuaciones de índole sanitaria desarrolladas por los servicios de prevención en las empresas, así como la supervisión de la formación que debe recibir este personal sanitario. • Elaboración conjunta con las autoridades laborales de mapas de riesgo mediante los instrumentos de investigación y estudio necesarios (estudios epidemiológicos...). • Elaboración y divulgación de estudios, investigaciones y estadísticas sobre la salud de los trabajadores. En el ámbito de las Administraciones Públicas relacionado con la seguridad y salud en el trabajo, cabe destacar las competencias atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología. La LPRL atribuye a las administraciones competentes en materia de Industria la coordinación de actuaciones sobre riesgos laborales, en virtud de la Ley General de Industria 21/1992 de 16 de julio, donde se establecen las bases de la ordenación del sector industrial, los criterios de coordinación entre las administraciones públicas y la compatibilización de la actividad industrial con la protección del medio ambiente.

guridad y salud en el trabajo”. Así, la CNSST, no sólo justifica la presencia de las distintas administraciones implicadas, sino que articula la participación de los principales agentes sociales al proporcionar el medio para que las organizaciones sindicales y empresariales puedan ejercitar sus derechos en defensa de los intereses que les son propios. Constituye, pues, el principal centro neurálgico de la acción y la participación institucional de empresarios y trabajadores en materia de prevención. Sin embargo, la Comisión es un órgano asesor sin competencias ejecutivas. Lo relevante del papel de la Comisión es su configuración como lugar o plataforma de encuentro y coordinación. A la Comisión le corresponden los siguientes cometidos: • Conocer todas las actuaciones que desarrollen las Administraciones Públicas en materia de prevención de riesgos laborales. - Referidas a asesoramiento técnico y vigilancia y control. Se incluyen las actividades de la Administración Laboral, del INSHT, de la ITSS y de la Administración Sanitaria. • Informar y formular respuestas en relación con dichas actuaciones, específicamente respecto de los siguientes aspectos: - Criterios y programas generales de actuación. - Proyectos de disposiciones de carácter general. - Coordinación de las acciones de las Administraciones Públicas competentes en materia laboral.

2.4 La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST)

- Coordinación entre las Administraciones Públicas competentes en materia laboral, sanitaria y de industria.

Es un organismo que se crea con la LPRL. Esta Comisión responde al principio de coordinación administrativa, dispuesto en dicha Ley, como el “órgano colegiado asesor de las Administraciones Públicas en la formulación de las políticas de prevención”, y, en tanto que manifestación del principio de participación, como el “órgano de participación institucional en materia de se-

2.5 Fundación para la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo Es una entidad adscrita a la CNSST y su objetivo es el de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas. 111


capítulo 8 Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La LPRL señala que el patrimonio de la Fundación será dotado “con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación procedente del exceso de excedentes de la gestión realizada por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, con el límite del 20% del mencionado Fondo, determinado en la fecha de entrada en vigor de la Ley”.

112

Los fines de la Fundación se orientan hacia la promoción de la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, a través del desarrollo de acciones tales como:

3.OTROS ORGANISMOS 3.1 Las Comunidades Autónomas De acuerdo con los respectivos Estatutos Autonómicos, las Comunidades Autónomas tienen competencias ejecutivas en materia de legislación laboral y por lo tanto potestad para sancionar, de acuerdo con su propia regulación y a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

• Información.

También existen en las Comunidades Autónomas los Centros de Seguridad y Salud con competencias en esta materia y son los encargados de desarrollar funciones como la investigación de accidentes, la formación y el asesoramiento técnico en estas materias.

• Asistencia técnica.

3.2 Los ayuntamientos

• Formación.

Aunque los ayuntamientos no tienen competencias directas en el control de las condiciones de trabajo, son los encargados, en su término municipal, de autorizar la apertura de los centros y locales de trabajo, con objeto de que éstos no supongan un peligro para el vecindario y de determinar, en su caso, el cierre de centros y locales peligrosos.

• Promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos.


Cada vez son más los ayuntamientos que incluyen entre sus actividades programas de salud laboral. Algunos de ellos cuentan con centros de salud dedicados a estudiar tanto el medio ambiente en general como el medio ambiente laboral.

3.3 Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS) Son entidades de carácter privado y sin ánimo de lucro, que cumplen un servicio público mediante la función aseguradora de los accidentes y enfermedades profesionales, contando en muchos casos con servicios técnicos de prevención de riesgos, así como con centros de asistencia sanitaria y de rehabilitación. El R.D. 688/2005 establece que las Sociedades de Prevención de las MATEPSS pueden desarrollar para las empresas asociadas a ellas, las funciones correspondientes a los Servicios de Prevención. Esta actividad preventiva ya la venían desarrollando las Mutuas de acuerdo al artículo 12 del Reglamento de Mutuas. Por eso las mutuas tienen una larga experiencia y trayectoria consolidada en relación a la prevención de riesgos laborales, con una importante labor desarrollada en una variada gama de acciones y servicios de tipo formativo y divulgativo, de investigación y estudio, y de asesoramiento y apoyo técnico a las empresas asociadas.

113


CAPÍTULO 8

AUTOEVALUACIÓN

01. ¿Cuáles son las principales funciones de la OIT? a. Asistencia técnica, elaboración de convenios y difusión de información. b. Recopilación de la información científica y supervisión de las actuaciones en materia de seguridad y salud. c. Controlar y sancionar por incumplimiento de los convenios en materia de seguridad y salud.

02. ¿Cuáles de los siguientes son organismos nacionales relacionados con la seguridad y salud en el trabajo? a. El Consejo Europeo, la Comisión, el Parlamento y el Tribunal de Justicia Europeo. b. La Organización Internacional del Trabajo y la Organización de Naciones Unidas. c. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.

03. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) es: a. Un órgano consultivo a nivel autonómico. b. Un órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado y dependiente del Ministerio de Trabajo. c. Un organismo autónomo con sede en Madrid con un consejo en el que están representados los empresarios.

114


04. La misión de la Inspección de Trabajo es: a. Sancionar a las empresas que incumplan la normativa sobre prevención de riesgos. b. Promover y apoyar en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. c. Asesorar, elaborar informes, comprobar las funciones de los servicios de prevención, informar a las autoridades laborales y parar los trabajos cuando se adviertan situaciones de riesgo grave e inminente.

05. ¿Qué órgano tiene facultad para formular propuestas sobre las actuaciones de las administraciones públicas competentes en materia laboral? a. La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. b. El Comité de Seguridad y Salud. c. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

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capítulo 9 capítulo 9

GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1. Requisitos legales: integración de la prevención La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario tiene el deber de protección de los trabajadores a su servicio, debiendo garantizar su seguridad y salud en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Asimismo, afirma que “la prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa”. Es decir, que el empresario debe adoptar las medidas necesarias para incluir la prevención en cualquier decisión, proceso o actividad de la empresa. Así pues, el modelo de gestión de la prevención que propugna la LPRL implica: • Abarcar el conjunto de actividades y decisiones: procesos técnicos, organización y condiciones de trabajo. • Reflejarse en todos los niveles jerárquicos de forma que dirección, niveles intermedios y trabajadores han de participar en ella.

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• Obligación de incluir la prevención en cualquier actividad que se realice, órdenes que se impartan y decisiones que se adopten.

116

• Implicación de los afectados en el diseño, adopción y cumplimiento de las medidas preventivas. Además, se caracteriza por los rasgos siguientes: • acción permanente. • seguimiento y control. • adaptación y perfeccionamiento continuos. Claramente especificados en el artículo 14.2 de la LPRL: “El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar y los niveles de protección existentes y dispondrá lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención... a las modificaciones de las circunstancias que incidan en la realización del trabajo”.

2. El Plan de Prevención La Ley 54/2003, de 12 de diciembre, que reforma el marco normativo de la PRL modifica el artículo 14.2 de la Ley 31/1995 para destacar que, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa que se concretará en la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales. Esta responsabilidad del empresario se desarrollará mediante el seguimiento permanente de la actividad preventiva, con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de riesgos. El Plan de Prevención es el elemento básico y fundamental sobre el que se asienta la gestión de la prevención en la empresa. El Plan de Prevención debería contener los siguientes elementos: • Compromisos y objetivos en materia de prevención. • Estructura organizativa de la empresa para gestionar la prevención, que incluirá la modalidad escogida por la empresa para desarrollar la acción preventiva (servicio de prevención propio, externo, etc.). • Responsabilidades y funciones que se atribuyen a cada uno de los niveles y personas intervinientes. • Prácticas, procedimientos y procesos para llevar a cabo la actividad preventiva y verificar que se desarrolla de acuerdo con las previsiones efectuadas. • Recursos, tanto humanos como materiales asignados a la realización de los objetivos propuestos.

3. Gestión y aplicación del Plan de Prevención Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan de Prevención, son la evaluación de riesgos y la planificación de la acción preventiva. La aplicación del Plan de Prevención comienza con una evaluación inicial de los riesgos. De la eva-


luación inicial, se derivará una planificación de las actividades preventivas necesarias para eliminar o controlar dichos riesgos. El empresario deberá asegurarse de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación y de su efectividad, efectuando para ello un control y seguimiento continuo de la misma. Es decir, a partir de la evaluación inicial se inicia un ciclo, cuya finalidad es que las actividades preventivas respondan a las necesidades existentes en cada momento o que puedan surgir, con las siguientes etapas:

4. Responsabilidades Como ya se ha visto, La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a integrar la prevención de riesgos laborales en todas las actividades y decisiones de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos sus niveles jerárquicos.

Es importante saber que todos los niveles jerárquicos de la empresa están obligados a incluir la prevención de riesgos laborales en todas las activi-

1. Planificación En la que se definen las actividades preventivas necesarias y, para cada una de ellas, el plazo para llevarla a cabo, los responsables de su ejecución y los recursos que hay que destinar. Entre las actividades preventivas a planificar están las evaluaciones adicionales necesarias, las medidas preventivas a implantar, los controles periódicos, la formación en materia preventiva a los trabajadores, la vigilancia de la salud de los trabajadores y las medidas de emergencia.

2. Ejecución y coordinación Realización de todas aquellas actividades previstas en la etapa de planificación a fin de conseguir los objetivos establecidos.

3. Control Esta fase tiene por objeto comprobar que las actividades preventivas incluidas en la planificación se han desarrollado tal y como se había previsto, efectuando para ello un seguimiento continuo de las mismas. Las actividades de prevención deberán ser modificadas cuando, como consecuencia de los controles periódicos, se detecte que pueden ser inadecuadas o insuficientes. A continuación se desarrollan los aspectos más importantes relacionados con la gestión de la prevención de riesgos laborales.

dades que realicen.

De acuerdo con los artículos 14 y 15 de la Ley de Prevención de Riesgos, el empresario tiene el deber y la responsabilidad de aplicar una política eficaz de prevención de riesgos laborales. Para poder realizar la política de prevención, el empresario tiene diversas opciones, en función del tamaño de la empresa y de los riesgos asociados a su actividad empresarial. En el próximo apartado veremos cuáles son las diferentes opciones.

5. Recursos humanos y materiales para el desarrollo de las actividades preventivas Los recursos humanos y materiales para desarrollar la actividad preventiva en la empresa deberán ser determinados por el empresario con arreglo a alguna de las siguientes modalidades: 1. Asumiendo personalmente la actividad preventiva. 2. Designando trabajadores para que realicen la actividad preventiva. 3. Constituyendo un servicio de prevención propio. 4. Contratando un servicio de prevención ajeno. 117


capítulo 9

5.1 Asunción personal por el empresario de la actividad preventiva El empresario podrá optar por asumir personalmente las actividades preventivas cuando concurran los siguientes supuestos:

5.3 Servicio de prevención propio Servicio de prevención propio Es el conjunto de medios humanos y materiales de la propia empresa necesarios para la realización del servicio de prevención.

• La empresa tenga menos de 6 trabajadores. • Las actividades de la empresa no estén incluidas en el Anexo I del R.D. 39/1997, del Reglamento de los Servicios de Prevención.

En el Anexo I aparecen actividades empresariales de mayor riesgo, como por ejemplo: trabajos con exposición a radiaciones ionizantes, a agentes tóxicos, a agentes biológicos, trabajos propios de la minería, actividades en obras de construcción, trabajos con riesgos eléctricos en alta tensión, etc.

• El empresario desarrolle habitualmente su actividad profesional en la empresa.

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• El empresario tenga la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar.

118

En ningún caso podrá asumir la vigilancia de la salud de los trabajadores, que deberá cubrir con alguna de las restantes modalidades.

5.2 Designación de trabajadores

El empresario deberá constituir un servicio de prevención propio cuando: • Se trate de empresas que cuenten con más de 500 trabajadores. • Que, tratándose de empresas entre 250 y 500 trabajadores, desarrollen alguna de las actividades incluidas en el Anexo I del R.D. 39/1997. • Cuando la empresa no esté incluida en ninguno de los anteriores y así lo decida la autoridad laboral. El servicio de prevención propio debe constituir una unidad organizativa específica y sus integrantes dedicarán de forma exclusiva su actividad en la empresa a la finalidad del mismo. Además deberán contar con las instalaciones y medios humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades preventivas.

5.4 Servicio de prevención ajeno Servicio de prevención ajeno Es el conjunto de medios humanos y

Este tipo de modalidad implica la designación de algunos trabajadores por parte del empresario para que desarrollen la actividad preventiva. Los trabajadores designados deben tener la capacidad correspondiente a las funciones a desempeñar en materia preventiva en la empresa. El número de trabajadores designados, así como los medios que el empresario ponga a su disposición y el tiempo de que dispongan para el desempeño de su actividad, deberán ser los necesarios para desarrollar adecuadamente sus funciones.

materiales de una entidad especializada que concierta con la empresa para la realización de actividades de prevención, asesoramiento y apoyo que precisen en función de los tipos de riesgos.

Se recurrirá a él cuando: • La designación de uno o más trabajadores sea insuficiente para la realización de la actividad preventiva.


• No se haya constituido un servicio de prevención propio. • Se haya asumido parcialmente la actividad preventiva y para el resto se requiera de un servicio de prevención ajeno.

• La identificación de todos los puestos de trabajo. • El riesgo o riesgos existentes y la relación de los trabajadores afectados. • El resultado de la evaluación y las medidas preventivas procedentes.

Los servicios de prevención ajenos han de estar acreditados por la autoridad laboral.

6. Evaluación de riesgos La acción preventiva de la empresa debe planificarse a partir de la evaluación inicial de riesgos.

• La referencia de los criterios y procedimientos de evaluación y de los métodos de medición, análisis o ensayo utilizados. El empresario debe adoptar un procedimiento para la evaluación de riesgos, previa consulta a los trabajadores o sus representantes.

Existen diferentes métodos de evaluación de riesgos laborales, pero todos

La evaluación de riesgos, elemento clave de una actuación activa en prevención, es el proceso dirigido a estimar la magnitud (o gravedad) de los riesgos laborales que no hayan podido evitarse. La información obtenida en la evaluación ha de servir de base para decidir si hay que adoptar medidas preventivas y de qué tipo. Una evaluación de riesgos ha de contener, como mínimo, los siguientes datos:

ellos han de contemplar, de alguna forma, la probabilidad de que se produzca un daño y la gravedad del mismo.

Para los puestos de trabajo cuya evaluación de riesgos ponga de manifiesto la necesidad de tomar una medida preventiva, ha de documentarse la evaluación y mantenerse a disposición de la autoridad laboral. 119


capítulo 9

Además se deben establecer y mantener al día procedimientos para registrar los requisitos legales y requisitos internos que en materia de prevención de riesgos laborales afecten a la organización.

Empresa de... Designará... 50 a 100 trabajadores 101 a 500

7. Formación

trabajadores 501 a 1000

Para ofrecer una formación adecuada a cada trabajador en materia preventiva, se deben establecer y mantener al día procedimientos para: • Identificar las necesidades y establecer un plan de formación en materia preventiva.

trabajadores 1001 a 2000 trabajadores 2001 a 3000 trabajadores

• Ofrecer una formación adecuada y centrada en el puesto de trabajo o función de cada trabajador.

3001 a 4000 trabajadores 4001

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

8. Consulta y participación de los trabajadores

120

en adelante

2 Delegados de Prevención

3 Delegados de Prevención

4 Delegados de Prevención

5 Delegados de Prevención

6 Delegados de Prevención

7 Delegados de Prevención

8 Delegados de Prevención

Los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa en las cuestiones relacionadas con la prevención. En las empresas con 6 o más trabajadores, la participación de éstos se canalizará a través de sus representantes, si los tuvieran.

En las empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En las empresas de 31 a 49 trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal.

Las vías principales de participación se canalizan a través de los delegados de prevención y de los comités de seguridad y salud.

Los Delegados de Prevención asumen las siguientes funciones y competencias (artículo 36 LPRL):

8.1 El Delegado de Prevención La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) regula la consulta y participación de los trabajadores en la seguridad y salud en el trabajo a través de los Delegados de Prevención.

• Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva. • Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

Según el artículo 35 de la LPRL: “Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo”.

• Ser consultados por el empresario sobre planificación, organización, desarrollo de actividades preventivas, designación de trabajadores encargados de medidas de emergencia, etc.

Salvo que por convenio se establezca otro sistema, los Delegados de Prevención serán designados con arreglo al número de trabajadores que tenga la empresa:

• Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.


Asimismo se atribuyen a los Delegados de Prevención facultades para: • Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio ambiente de trabajo. • Tener acceso, con excepción de la información médica de carácter personal, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones. • Ser informados por el empresario sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores una vez que aquél hubiese tenido conocimiento de ellos.

• Proponer al órgano de representación de los trabajadores la adopción del acuerdo de paralización de actividades (artículo. 21.3, LPRL).

8.2 El Comité de Seguridad y Salud De acuerdo con la LPRL, todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores deberán constituir un Comité de Seguridad y Salud (artículo 38 LPRL). Este órgano, fundamentalmente consultivo y de participación paritaria, estará formado por los Delegados de Prevención (tantos como le corresponda de acuerdo con los trabajadores que tenga la empresa), de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados de Prevención, por la otra.

• Recibir información del empresario acerca de personas u órganos encargados de la prevención en la empresa.

Son competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud:

• Realizar visitas a los lugares de trabajo para comprobar el estado de las condiciones de trabajo.

• Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa.

• Recabar del empresario la adopción de medidas preventivas.

• Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos. 121


capítulo 9

Además el Comité está facultado para: • Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro de trabajo. • Conocer la documentación e informes relativos a las condiciones de trabajo.

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores, valorando sus causas y proponiendo medidas preventivas.

122

• Conocer e informar la memoria y programación anual de servicios de prevención.

9. Documentación del sistema de gestión

riesgos laborales adoptado por la organización. - Los procedimientos del sistema de gestión, que describen las distintas actividades que se especifican en el Manual. - Las instrucciones operativas, que permiten desarrollar con detalle algún aspecto de los procedimientos. - Los registros, documentos que reflejan las actividades realizadas o los resultados obtenidos. De esta manera, se da cumplimiento a los preceptos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que obliga a elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la siguiente documentación: • Plan de prevención.

La documentación propia del sistema de gestión de la prevención se estructura en los siguientes documentos:

• Evaluación de riesgos. • Planificación de la actividad preventiva.

• El Plan de prevención de riesgos laborales, formado a su vez por:

• Medidas de prevención y protección a adoptar.

- El Manual de prevención de riesgos laborales, que describe el sistema de gestión de la prevención de

• Resultados de los controles periódicos de las condiciones de trabajo.


• Resultados de la vigilancia de la salud de los trabajadores. • Relación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con baja superior a un día. Excepto el Plan de Prevención, el resto de documentos estaría incluido en los registros anteriormente citados.

10. Auditoría El Capítulo V del R.D. 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención relativo a las auditorías, y la modificación del mismo por el R.D. 604/2006, especifican que las empresas que no hayan concertado el servicio de prevención con una entidad especializada, deberán de someter su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa. La realización de auditorías será cada cuatro años y cada dos años, para las empresas con actividades del Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención. La auditoría es una herramienta del sistema de gestión que sirve para la evaluación sistemática, documentada, periódica y objetiva de la eficacia, efectividad y fiabilidad del sistema de gestión. Las auditorías permiten conocer si el sistema de gestión de riesgos laborales es adecuado para alcanzar la política y los objetivos de la organización en esta materia. Existen dos modalidades de auditorías, las externas y las internas. Las auditorías externas son realizadas por personal externo a la empresa y las internas por el propio personal, pero ambas tienen el mismo objetivo, el descrito anteriormente.

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CAPÍTULO 9

AUTOEVALUACIÓN

01. ¿Quién debe incluir la prevención de riesgos laborales en todas las actividades que realicen? a. Únicamente el empresario. b. Únicamente los delegados de prevención. c. Todos los niveles jerárquicos de la empresa.

02. ¿Cuál es el elemento fundamental en que se basa la gestión de la prevención en la empresa? a. La evaluación de riesgos. b. El plan de prevención. c. La planificación de las actividades preventivas.

03. El empresario deberá constituir un servicio de prevención propio cuando: a. Se trate de empresas con más de 500 trabajadores. b. Lo decida el Comité de Seguridad y Salud. c. No existan técnicos en prevención de riesgos laborales en la empresa.

04. La evaluación de riesgos: a. Valora y prioriza los riesgos existentes en la empresa y propone las medidas preventivas a adoptar. b. Sirve, únicamente, para identificar los riesgos existentes en la empresa. c. Cuantifica los accidentes que se han producido en la empresa.

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05. Los delegados de prevención... a. Deben realizar las evaluaciones de riesgos en la empresa. b. Son designados por el empresario para realizar tareas preventivas. c. Colaboran en la mejora de la acción preventiva dentro de la empresa.

06. El Comité de Seguridad y Salud lo forman... a. Todos los miembros del Comité de empresa y, en igual número, los representantes que designe la empresa. b. Los delegados de prevención y los representantes de la empresa, a partes iguales. c. Únicamente los delegados de prevención.

07. Toda empresa deberá mantener un conjunto de documentos internos relativos a la seguridad... a. Que deberán estar a disposición de la autoridad laboral. b. Entre los que se encuentran la evaluación de riesgos y los resultados periódicos de la vigilancia de la salud de los trabajadores. c. Las respuestas a) y b) son correctas.

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capítulo 10 capítulo 10

El control de la salud de los trabajadores

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), nos habla en sus artículos 2, 10 y 22 de promover la salud y seguridad de los trabajadores.

trabajadores contra agresiones del trabajo, contribuir a la acomodación física y mental de los trabajadores adaptando trabajo-hombre, y asegurar y fomentar el bienestar físico y mental del trabajador.

Según estos tres artículos:

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• Se debe promover la salud y la seguridad de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención (Art. 2 LPRL).

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• Se deben establecer actuaciones de las administraciones públicas, estableciendo medios para la evaluación y control de las actuaciones de carácter sanitario que se realicen en las empresas por los servicios de prevención, estableciendo pautas y protocolos de actuación (Art. 10 LPRL). • El empresario garantizará a los trabajadores la vigilancia periódica de la salud en función de los riesgos inherentes al trabajo que se realiza (Art. 22 LPRL). De lo comentado anteriormente se encarga la Medicina del Trabajo, que es una parte de la medicina que tiene como objeto asegurar la protección de los

1. Vigilancia de la salud La vigilancia de la salud es una parte de la medicina del trabajo que trata de la prevención primaria, es decir, de la detección precoz, deterioro de la salud mediante alteraciones mínimas que preceden a la enfermedad. Dicha vigilancia de la salud se realiza mediante reconocimientos médicos, cuya documentación se debe conservar a disposición de autoridades laborales y sanitarias y cuyos datos de carácter médico son secreto médico. Los reconocimientos médicos consisten en una valoración de salud, lo más amplia posible, para definir la capacidad o incapacidad física o mental del individuo para desarrollar las tareas propias de su puesto de trabajo, con vistas de adaptar al trabajador el puesto trabajo y prevenir cualquier deterioro de la salud del trabajador o riesgos para la salud de terceros.


Los reconocimientos médicos deben contener una serie de datos como son: • Filiación: Domicilio, puesto de trabajo y riesgos, ... • Anamnesis: Historia laboral previa (hábitos alimenticios, alcohol, ...), antecedentes patológicos personales y familiares. • Exploración física: Talla, peso, tensión arterial, ... • Exploraciones complementarias: Análisis de sangre, orina, audiometría, espirometría, ... • Criterio de Aptitud: Apto, no apto, apto condicionado. • Fecha recomendada para el próximo reconocimiento; en función de los riesgos laborales, la historia clínica del trabajador y el resultado del reconocimiento. En función de los riesgos laborales, se establece la periodicidad de los reconocimientos médicos (mensual, trimestral, semestral, anual, bianual, trianual). Existen varios tipos de reconocimiento médico: • Iniciales o previos al ingreso. • Periódicos (ordinarios o para comprobar la adaptación a un puesto de trabajo).

2. Objetivos de la vigilancia de la salud Los objetivos de la vigilancia de la salud de los trabajadores se dividen en dos: • Individuales: Para la detección precoz de alteraciones de la salud del trabajador y para la detección de trabajadores especialmente sensibles a ciertos riesgos. • Colectivos: Para valorar el estado general de la salud de los trabajadores, alertar sobre posibles situaciones de riesgo y evaluar la eficacia de determinados planes de prevención.

3. Promoción de la salud en la empresa La promoción y vigilancia de la salud en la empresa involucra tanto a trabajadores como a empresarios, y se integra en el programa de prevención de la empresa. Cada trabajador debe conocer los efectos de las condiciones de trabajo. Este es el primer eslabón de la Prevención de la Salud Laboral. Además hay que tener en cuenta que la salud es un problema colectivo. Son pocas las condiciones de trabajo que afectan a una sola persona; generalmente afectan a un grupo.

• Especiales (en puestos de trabajo con riesgo elevado). • De reincorporación al trabajo después de una ausencia (por enfermedad, accidente, maternidad, ...). • Solicitados por el propio trabajador (por enfermedad común, patología relacionada con el trabajo). • Solicitados por terceros (mandos, compañeros, familiares, comité empresa). • Promovidos por el médico del trabajo. 127


CAPÍTULO 10

AUTOEVALUACIÓN

01. ¿Qué tipo de reconocimientos médicos se deben efectuar para garantizar la vigilancia de la salud de los trabajadores? a. Reconocimientos de tipo general e inespecífico siempre que el trabajador lo solicite. b. Reconocimientos médicos iniciales al ingreso en la empresa y luego cuando el médico de la empresa lo solicite. c. Reconocimientos específicos, con la periodicidad que exijan los riesgos del trabajo realizado.

02. La medicina del trabajo es una parte de la medicina que tiene como objeto asegurar la protección de los trabajadores en el trabajo. ¿Quién debe garantizarla? a. El médico de empresa o de la mutua en caso de no existir el de empresa. b. El empresario. c. El trabajador.

03. Los reconocimientos médicos deben contener una serie de datos como son, entre otros: a. Filiación y criterio de aptitud. b. Sexo y aficiones. c. Filiación y estado civil.

04. Los objetivos de la vigilancia de la salud pueden ser individuales o colectivos. ¿Cuál de los siguientes objetivos es colectivo? a. Identificar los trabajadores especialmente sensibles a ciertos riesgos. b. Evaluar la eficacia del plan de prevención. c. Los dos anteriores.

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capítulo 11 capítulo 11

PLANES DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN

1. Introducción

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

En la actividad laboral de una empresa se pueden presentar circunstancias inesperadas y súbitas que tengan como consecuencia la aparición de situaciones de peligro para los trabajadores y, en ciertos casos, la población externa. Todo ello va unido a un riesgo de daño a las instalaciones y al medio ambiente. Cuando ocurre alguna de estas circunstancias, se dice que hay una situación de emergencia.

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Aquellas empresas que por el tipo de actividad que desarrollen y por las sustancias peligrosas que utilicen, supongan un grave riesgo de catástrofe para las personas, el medio ambiente y los bienes, dispondrán de un plan de emergencia para Accidentes Mayores. En la mayoría de empresas, según establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario debe analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias para evitar sus consecuencias, fundamentalmente en relación con los primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. Para ello, el empresario deberá designar y formar al personal encargado de poner en práctica dichas medidas y comprobarlas periódicamente.

Se entiende por Plan de Emergencia aquél que establece los recursos humanos y materiales que deben emplearse para combatir una emergencia, así como la forma de hacerlo. Los objetivos del Plan de Emergencia son: a) Desalojar a los ocupantes de los locales siniestrados o mantenerlos en ellos, sin que sufran ningún daño corporal ni sean afectados por el pánico. b) Disponer de personal organizado, formado y adiestrado en las acciones a emprender para el control de las emergencias (incendios, fugas, derrames nocivos, explosiones, etc.).

Hasta el momento se ha considerado cualquier tipo de emergencia: incendios, explosiones, fugas, derrames nocivos, etc. A partir de ahora nos centraremos en las emergencias provocadas por INCENDIOS.


2. Clasificación de las emergencias

3. Equipos de emergencia

Las emergencias se clasifican, en función de las dificultades existentes para su control y sus posibles consecuencias, en: • Conato de emergencia: El fuego puede ser controlado y dominado, de forma sencilla y rápida, por el personal con los medios de protección del local, dependencia o sector. • Emergencia parcial: Para dominar el fuego se hace necesaria la actuación de los equipos especiales de emergencia. Los efectos de la emergencia parcial quedan limitados a un sector, y no afectarán a otros sectores ni personas. • Emergencia general: Accidente que precisa la actuación de todos los equipos y medios de protección del establecimiento y la ayuda de medios de salvamento y socorro externos. Implica la evacuación de personas de determinados sectores. Tanto en la emergencia parcial como en la general, los equipos de emergencia intervendrán emprendiendo las primeras acciones de salvamento y extinción.

Los equipos de emergencia que forman la Brigada Contra Incendios (B.C.I.) así como las funciones de los mismos son los siguientes: • Jefe de seguridad Diseña el Plan General de Seguridad en la empresa, que incluye el Plan de Protección contra Incendios. • Jefe de emergencia Es el máximo responsable durante la emergencia. Desde un puesto de mando (o centralita), y en función de la información que le facilite el jefe de intervención sobre la evolución de la emergencia, enviará ayuda interna o solicitará ayuda al exterior. • Jefe de intervención Valorará la emergencia y asumirá la dirección y coordinación de los equipos de intervención. • Equipo de alarma y evacuación Sus componentes realizan acciones encaminadas a garantizar que se ha dado la alarma y a asegurar una evacuación total y ordenada de sus sectores. • Equipo de primeros auxilios Sus componentes prestarán los primeros auxilios a los lesionados por la emergencia.

A continuación se presenta un posible organigrama de la organización de la B.C.I. Cada empresa, en función de las actividades que desarrolle, de los materiales que utilice, de los turnos de trabajo, de los medios de comunicación, etc., deberá diseñar su propia B.C.I.

Jefe de Seguridad

Jefe de Emergencia

Equipo de Alarma y Evacauación

Equipo Primeros Auxilios

Jefe de Intervención

Equipo 1ª Intervención

Equipo 2ª Intervención

Equipo Apoyo

131


capítulo 11

• Equipo de primera intervención Sus componentes, con formación y entrenamiento adecuados, acudirán al lugar donde se ha producido la emergencia con el objeto de intentar su control. • Equipo de segunda intervención Actuarán cuando, dada su gravedad, la emergencia no pueda ser controlada por el equipo de primera intervención. • Equipo de apoyo El Equipo de apoyo es aquél que se encargará de realizar tareas complementarias, como pueden ser: desconectar el suministro eléctrico, parada de maquinaria, cierre de puertas cortafuego, etc.

4. Acciones de los equipos de emergencia Son cuatro las acciones principales de los equipos de emergencia que permiten reducir las consecuencias del incendio.

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• La alerta, que de forma rápida pone en acción a los equipos de intervención. • La alarma, para la evacuación de los ocupantes. • La intervención, para el control del incendio.

132

• El apoyo, para la recepción, información y colaboración con el Cuerpo de Bomberos. Puesto que el Plan de Emergencia deberá organizar los medios humanos y materiales en caso de emergencia, es importante definir las actuaciones de los miembros de los equipos de emergencia. Estas actuaciones están recogidas en los tres planes que a continuación analizamos por separado: Plan de alarma, Plan de extinción y Plan de evacuación.

4.1 Plan de alarma Se inicia en el momento de la detección del fuego. Esta detección puede ser humana o automática. Si es humana, el medio de transmisión en caso de incendio puede ser, por ejemplo: • Teléfono, con extensión exclusiva de emergencia. • Red de radiotransmisores. • Pulsadores de alarma, entre otros. En el caso de la detección automática, la instalación cuenta con una red de detectores, que envían la señal de incendio hasta el puesto de mando o centralita. Sea cual sea el sistema de detección, una vez haya llegado la señal a la centralita, el conserje o guarda debe avisar a los equipos de emergencia, para que, según la sistemática de actuación establecida, entren en acción.

Detección del fuego

Humana

Automática

Centralita

Aviso miembros B.C.I. Estado de emergencia

Reunión B.C.I. en el lugar de emergencia

Cese de comunicación de la emergencia


Estado de emergencia

B.C.I. reunida

Análisis de la magnitud del siniestro

Aviso bomberos

Extinción con medios propios

Asignación de misiones

Llegada bomberos

Extinción

No B.C.I. a las órdenes de bomberos

Orden de evacuación

sÍ Fin tareas de extinción

4.2 Plan de extinción

4.3 Plan de evacuación

Una vez declarado el estado de emergencia, el jefe de intervención se reunirá con los miembros del equipo de intervención en el lugar del incendio. En ese momento, tendrá que valorar la magnitud del fuego, y decidir si puede extinguirlo con sus medios, o necesitarán la ayuda del cuerpo de bomberos.

Este plan se inicia a partir del momento que se desencadena la alarma general, ordenada por el jefe de emergencia.

Si avisa al cuerpo de bomberos, un miembro de la brigada se encargará de recibirlos con una copia del plan de emergencia.

La persona que esté de guardia ordenará, previo aviso del jefe de emergencia, la evacuación del personal de un sector o de toda la empresa mediante el sistema de megafonía (si se dispone de éste).

Los miembros del equipo de alarma y evacuación serán avisados con los medios que disponga la empresa.

Si se ataca el fuego con los medios propios, el jefe de emergencia asignará las tareas de la brigada y, si la situación lo requiere, avisará a la ambulancia, ordenará el abandono de las tareas de extinción y la evacuación del personal de la empresa.

Todos deben acudir a un punto de reunión previamente conocido por todo el personal de la empresa. Allí, los responsables de evacuación controlarán que todas las personas han sido evacuadas.

Durante todo el tiempo que dure el Plan de extinción el jefe de intervención se mantendrá en continuo contacto con la persona que esté de guardia en la centralita, para poder avisarle de cualquier problema.

Cada responsable de la evacuación tendrá a su cargo un sector de la empresa, y deberá controlar que los ocupantes se dirijan hacia las salidas más cercanas y que nadie se quede rezagado. Cuando previsiblemente hayan evacuado todas las personas, 133


capítulo 11

realizará una última inspección, deteniéndose en ciertos lugares, como vestuarios, lavabos y duchas, y cerrará las puertas y ventanas. Una vez finalizada la inspección, se comunicarán con el supervisor encargado del control de personal evacuado para saber si falta alguien por salir. Alarma general

Aviso de evacuación al personal

Instrucciones en caso de emergencia Cómo evitar incendios • Utilice los ceniceros. No abandone cigarros encendidos. • No vierta el contenido de los ceniceros en las papeleras. • No fume en lugares donde está prohibido. • No acerque focos de calor intensos a materiales combustibles.

Control del personal evacuado

Inspección final

Reunión de la Brigada

• No sobrecargue las tomas de corriente conectando varios aparatos a la misma toma. • Inspeccione su puesto de trabajo al final de la jornada y no deje aparatos eléctricos encendidos. Si descubre un incendio • Mantenga la calma. No corra.

Fin evacuación

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Al finalizar su misión, los responsables de evacuación se lo comunicarán al jefe de emergencia.

134

Es importante subrayar que para una correcta evacuación es imprescindible la elaboración de carteles y planos con los itinerarios de evacuación para colocar en lugares estratégicos. Una vez finalizado el estado de emergencia, el jefe de emergencia realizará una investigación de lo ocurrido y convocará una reunión extraordinaria con los miembros de los equipos de emergencia, para analizar las causas del incendio y estudiar la adopción de medidas que eviten tales situaciones de emergencia.

• Dé la alarma a otro compañero, avise por teléfono a centralita o active el pulsador de alarma. • Bajo ningún concepto ponga en peligro su integridad física. • Si cree posible la extinción del incendio, utilice los extintores a su disposición actuando con otra persona. • Permanezca en su puesto de trabajo a la espera de instrucciones. Si recibe la orden de evacuación • Prepárese para abandonar el edificio o nave: - Lleve consigo su documentación. - Desconecte todos los aparatos a su cargo. • Desaloje el edificio o nave: - Hágalo con rapidez pero sin correr.

5. Actuación del personal de la empresa A continuación se presentan las instrucciones a seguir por todo el personal de la empresa en caso de incendio:

- No retroceda a recoger objetos personales. - No utilice los ascensores. • Abandone el edificio o nave y diríjase al punto de reunión.


6. Datos informativos básicos En la lucha contra el fuego, es imprescindible una organización eficaz de las acciones a emprender cuando éste se inicia. No basta con disponer de los medios de extinción adecuados y colocados en lugares idóneos, sino que se precisa una actuación eficaz y rápida por parte del personal. Todo plan de emergencia deberá contar con un puesto ocupado permanentemente, también denominado Central de Comunicaciones, que dispondrá de: • Sistema de comunicación interior.

• Plano detallado de la ubicación de la empresa y de sus vías de acceso. • Plano con la indicación de la situación de las medidas de prevención y de extinción de incendio, y de la disposición de las vías de evacuación.

7. Implantación del plan de emergencia Para la aplicación de un plan de emergencia, es precisa la participación de todo el personal de la empresa: directivos, técnicos, mandos intermedios y trabajadores.

• Teléfono con línea exterior. • Listado con los siguientes números de teléfono: - Bomberos. - Ambulancia. - Hospital más próximo. - Jefe de emergencia. - Director. - Otros teléfonos de interés.

Después de que el personal cualificado haya elaborado el plan de actuación, es importante efectuar una labor informativa. Para ello, se efectuarán reuniones, a las que asistirán todos los empleados de la empresa, en las que se explicará el plan de emergencia y se les entregará un folleto con las consignas generales. Estas consignas deberán incluir: • Las precauciones a adoptar para evitar las causas que puedan originar un incendio. 135


capítulo 11

• La transmisión de la alarma en caso de emergencia. • La información sobre lo que se debe hacer y no hacer en caso de emergencia. • Las instrucciones a seguir en caso de evacuación. Los miembros integrantes de los equipos de emergencia recibirán la formación y el adiestramiento preciso para garantizar una acción efectiva en caso de emergencia. Se programará un curso de formación una vez al año, como mínimo. En las instalaciones de la empresa se colocarán carteles con consignas para informar al personal y posibles visitantes sobre las actuaciones, así como planos de situación (“Vd. está aquí”) para facilitar la evacuación. Una vez al año, como mínimo, se realizará un simulacro de emergencia, del que se deducirán las conclusiones precisas encaminadas a lograr una mayor efectividad en caso de emergencia.

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Dichos simulacros se realizarán de forma progresiva. Es decir, se empezará por simulacros “parciales” que sólo afecten a una parte de la empresa, avisando al personal del día y hora de realización. Posteriormente, se irán realizando simulacros más complejos, que abarquen toda la empresa y sin previo aviso del día y de la hora de realización.

136

A partir de los simulacros se deducirán las conclusiones precisas para subsanar posibles puntos críticos en caso de emergencia real (comunicación de la alarma, salidas de emergencia, etc.).

8. Manual de autoprotección La Orden del Ministerio del Interior de 29 de noviembre de 1984 aprobaba el Manual de Autoprotección para el desarrollo de los planes de emergencia contra incendios y de evacuación en locales y edificios. La aplicación de este Manual es voluntaria, pero constituye una guía para la redacción de los planes de emergencia y evacuación en los edificios. El Manual de Autoprotección se ha diseñado como orientación a los responsables de cualquier actividad, para la preparación, redacción y aplicación del plan de emergencia. Sirve para alcanzar los siguientes objetivos: a) Conocer los edificios y sus instalaciones, la peligrosidad de los distintos sectores y los medios de protección disponibles. b) Garantizar la fiabilidad de todos los medios de protección y las instalaciones. c) Evitar las causas origen de las emergencias. d) Disponer de personal organizado, formado y adiestrado en las acciones a emprender para el control de las emergencias. e) Informar a los ocupantes del edificio de cómo deben actuar ante una emergencia y en condiciones normales para su prevención. El Manual de Autoprotección consta de cuatro documentos: • Documento nº1. Evaluación del riesgo. Valoración de las condiciones de riesgo de los edificios con relación a los medios de extinción externos disponibles.


• Documento nº2. Medios de protección. Inventario de los medios materiales contra incendios y de los medios humanos disponibles, definición de los equipos y sus funciones, para garantizar la prevención de riesgos y el control inicial de las emergencias que ocurran. • Documento nº3. Plan de Emergencia. Contempla las diferentes hipótesis de emergencias y los planes de actuación para cada una de ellas, incluyendo instrucciones para garantizar una mejor organización del personal de la empresa. • Documento nº4. Implantación. Tiene por objeto la difusión del Plan de emergencia, la realización de la formación específica del personal incorporado al mismo, la realización de simulacros así como su revisión para la actualización del mismo. Sin embargo, para la redacción de un Manual de Autoprotección se recomienda la colaboración de un técnico en prevención de riesgos laborales.

137


CAPÍTULO 11

AUTOEVALUACIÓN

01. La finalidad de un plan de emergencia es... a. Conocer el funcionamiento de los medios de protección existentes en la empresa. b. Proteger la integridad física de las personas. c. Evaluar el riesgo de incendio de la empresa según establece la normativa vigente.

02. Una situación de emergencia que no puede ser neutralizada de inmediato y que obliga a solicitar la ayuda de los equipos de lucha contra el fuego de la propia empresa, se define como... a. Un conato de emergencia. b. Una emergencia parcial. c. Una emergencia general.

03. El grupo de trabajadores con formación y entrenamiento suficientemente intensivo para la lucha contra cualquier tipo de emergencia, se denomina: a. Equipo de Segunda Intervención. b. Equipo de Alarma y Evacuación. c. Equipo de Primeros Auxilios.

04. En caso de incendio en su empresa, ¿Cómo actuaría? a. Abriría las puertas y ventanas para que el viento ayudara a extinguir el incendio. b. Actuaría por cuenta propia. c. Primeramente avisaría del incendio al centro de control y seguidamente actuaría, siempre acompañado.

138


05. Si se encuentra en una sala llena de humo, ¿Cómo actuaría? a. Saldría corriendo lo más rápido posible. b. Utilizaría los extintores que estuvieran a su disposición y encendería las luces para poderse orientar. c. Se arrojaría al suelo y saldría de la sala a gatas, tapándose la boca y la nariz con un pañuelo.

06. Los simulacros de emergencia... a. No deben realizarse, puesto que generan pánico en los ocupantes de los edificios. b. Son ensayos de actuaciones en supuesto de emergencia, que se deberán realizar un mínimo de una vez al año. c. Son situaciones de emergencia donde se provoca un incendio real para observar el comportamiento de los ocupantes de los edificios.

07. El Manual de Autoprotección... a. Lo deben disponer todas las empresas obligatoriamente, por ley. b. Es un plan de actuación que asegura únicamente la evacuación del personal en caso de emergencia. c. Es una guía voluntaria para la redacción de planes de emergencia.

139


capítulo 12 capítulo 12

Primeros auxilios 1. Introducción De la rapidez y de la calidad de los primeros auxilios recibidos, dependen, en buena medida, el estado y la evolución de las lesiones derivadas de un accidente. Así se considera en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en cuyo Capítulo III, artículo 20, establece como obligación del empresario el análisis de las posibles situaciones de emergencia y, entre otras materias, la adopción de las medidas de primeros auxilios necesarias. Medidas que han de concretarse de la siguiente manera:

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• Designación del personal encargado de poner en práctica dichas medidas.

140

3. Consejos generales sobre primeros auxilios Ante un accidentado, la actitud del socorrista es decisiva. Existen 10 consideraciones que el socorrista debe tener en cuenta, siempre, como actitud a mantener ante los accidentes. Asumir estos 10 consejos nos permitirá evitar cometer los errores más habituales en la atención de accidentados y, con ello, conseguir no agravar sus lesiones. Por ello, recomendamos leer detenidamente cada uno de estos consejos: 1. Conservar la calma No perder los nervios es básico para poder actuar de forma correcta y así evitar errores irremediables.

• Comprobación periódica del correcto funcionamiento de dichas medidas.

2. Evitar aglomeraciones No se debe permitir que el accidente se transforme en espectáculo. Si evitamos la “histeria” colectiva, se facilita la actuación del socorrista.

• En relación con el personal citado y en función de los riesgos se deberá asegurar una formación adecuada, el número suficiente y proporcionarles el material adecuado.

3. Saber imponerse Es preciso hacerse cargo de la situación y dirigir la organización de los recursos disponibles y la posterior evacuación del herido.

• Organización de las relaciones que sean necesarias con servicios externos para garantizar la rapidez y eficacia de las actuaciones.

4. No mover al herido Como norma básica y elemental, nunca se debe mover a nadie que haya sufrido un accidente hasta estar seguros de que se pueden realizar movimientos sin riesgo de empeorar las lesiones ya existentes.

2. ¿Qué son los primeros auxilios? Entendemos por primeros auxilios el conjunto de técnicas y actuaciones que permiten la atención inmediata de un accidentado o enfermo repentino, en el mismo lugar de los hechos, hasta que se pueda obtener la asistencia médica profesional, evitando agravar o empeorar las lesiones que haya sufrido, haciendo aquello de lo que estemos totalmente seguros. A la persona capacitada para aplicar estas técnicas, la llamaremos socorrista.

No obstante, existen situaciones en las que la movilización debe ser inmediata: cuando las condiciones ambientales así lo exijan o bien cuando el socorrista estime que se deba realizar la maniobra de reanimación cardio-pulmonar.


5. Examinar al herido Se debe efectuar una evaluación inicial del paciente valorando de forma global su estado para determinar el alcance de las lesiones y permitir priorizar la actuación adoptando las medidas necesarias en cada caso. Se realizará en el lugar de los hechos y en dos fases.

es vital, no se puede trasladar y se debe atender in situ, y si la lesión no es vital, quiere decir que puede esperar la llegada de un vehículo (ambulancia) debidamente acondicionado. 10. No medicar Esta facultad es exclusiva del médico.

Una valoración primaria consistente en identificar las situaciones que pueden amenazar de forma inmediata la vida del accidentado, y posteriormente una valoración secundaria para identificar aquellas lesiones que pueden esperar la llegada de los servicios médicos profesionales.

RECORDAR Ante un accidente: • No perder los nervios. • No mover al herido a menos que sea necesario (ver consejo nº 4).

6. Tranquilizar al herido Los accidentados suelen estar asustados, desconocen las lesiones que sufren y necesitan a alguien en quien confiar en esos momentos de angustia.

• Efectuar la evaluación primaria (ver consejo nº 5). • Avisar. • Abrigar.

Es función del socorrista el ofrecer esa confianza y mejorar el estado anímico del lesionado. 7. Mantener al herido caliente Cuando el organismo humano recibe una agresión, se activan los mecanismos de autodefensa que implican, en muchas ocasiones, la pérdida de calor corporal. Esta situación se acentúa cuando existe pérdida de sangre, que es la que mantiene la temperatura interna del cuerpo.

En ocasiones la actuación del socorrista debe limitarse sólo a tranquilizar al herido y no hacer nada ni dejar hacer nada a los presentes hasta que llegue un médico o en su defecto la ambulancia.

4. Activación del sistema de emergencia (conducta P.A.S.) La rápida actuación ante un accidente puede salvar la vida de una persona o evitar el empeoramiento de las posibles lesiones que padezca.

8. Avisar a personal sanitario Este consejo o recomendación se traduce como la necesidad de pedir ayuda, con rapidez, a fin de establecer un tratamiento médico Io más rápidamente posible.

Ante cualquier accidente debemos recordar la palabra P.A.S., que está formada por las iniciales de tres actuaciones clave para empezar a atender al accidentado:

9. Traslado adecuado Según las lesiones que presente el accidentado, la posición de espera y traslado variará.

• Proteger. • Avisar. • Socorrer.

Es importante acabar con la práctica habitual de la evacuación en coche particular, ya que si la lesión

Veamos a continuación cómo hemos de actuar en cada caso: 141


capítulo 12

Proteger

Socorrer

Antes de actuar, asegurarnos de que tanto el accidentado como nosotros estamos fuera de todo peligro.

Una vez protegidos y avisada la emergencia, actuaremos sobre el accidentado o accidentados, extremando las precauciones al manejar a la víctima hasta que sepamos con exactitud lo que tiene, para evitar causar daños mayores empeorando su estado.

Por ejemplo, en un ambiente tóxico, no atenderemos al intoxicado sin antes proteger nuestras vías respiratorias (uso de máscaras con filtros adecuados), o ventilar el lugar, pues de Io contrario nos exponemos a accidentarnos también. En casos de electrocución debemos protegernos antes de hacer nada.

Avisar

Si hay varias víctimas habrá que priorizar y empezar con la que tenga mayor riesgo vital, valorando las lesiones mediante una evaluación inicial, empezando por los signos vitales (valoración primaria): • Conciencia. • Respiración. • Circulación.

Siempre que sea posible avisaremos a los servicios sanitarios (médico, ambulancia...) de la existencia del accidente, así activamos el Sistema de Emergencia. Inmediatamente después comenzaremos a actuar mientras esperamos la ayuda.

RECORDAR • Siempre, y en cualquier tipo de accidente, debemos activar el Sistema de Emergencia.

Es muy importante dar la alerta de forma correcta y estructurada. Para ello se debe tener muy claro:

• La exploración de los signos vitales, debe realizarse por el siguiente orden:

• quién tiene que avisar, • cómo tiene que dar el mensaje (qué comunicar), y • a quién debe dar el mensaje.

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Ya que, muchas veces, un error en la forma de alertar implica la pérdida de la vida del accidentado, por retraso o por mala interpretación del mensaje.

142

El mensaje o comunicación deberá ser claro y se indicará: • el lugar exacto del accidente, • el tipo de accidente y circunstancias del mismo, y • el número de heridos y su estado aparente.

Teléfonos de emergencia • Servicios de Emergencia Médica. • Ambulancia. • Hospital. • Bomberos. • Policía. • Protección civil. • Instituto Nacional de Toxicología. • Mutua de AT y EP.

Conciencia, Respiración y Circulación.

5. Eslabones de la cadena de socorro Entre la víctima y la atención médica especializada pueden intervenir una serie de personas (eslabones) que deben ser informadas, formadas y entrenadas para asegurar la rapidez y eficacia de la actuación frente a emergencias. Entre ellas se encuentran: los testigos, el telefonista de la empresa y el socorrista.

Testigos Existen tres tipos de posibles testigos de un accidente laboral: • Testigo ordinario: sin preparación ni formación e influenciable por la emoción y el pánico. No sabe qué mensaje ha de transmitir y puede olvidar incluso señalar el lugar del accidente.


• Testigo privilegiado: con una formación adecuada, es capaz de hacer una valoración global de la situación, sabe avisar de forma eficaz y se mantiene tranquilo. • Testigo profesional: ha sido formado y entrenado específicamente para vigilar, detectar, alertar e intervenir (delegados de prevención, personal de seguridad, vigilantes de proceso...).

La mayoría de los testigos en la empresa son del tipo ordinario, con lo que la transmisión de la alerta no estará ni mucho menos asegurada, lo que redundará en retrasos innecesarios, asistencia inadecuada y, en último extremo, pérdidas humanas. Entonces ¿a quién hemos de formar? Sería conveniente que todos y cada uno de los trabajadores estuviera informado (carteles informativos, charlas informales, folletos explicativos...) sobre lo que en primeros auxilios se conoce como conducta P.A.S.

Telefonista de la empresa En algunas empresas un paso obligado para contactar con los servicios externos es el teléfono. Siempre que exista este eslabón se le deberá incluir en el grupo de testigos privilegiados. De él o de ella depende la transmisión rápida, correcta y eficaz de la solicitud de ayuda.

Socorrista

• La distribución de los trabajadores en la empresa. • El tipo de trabajo: riesgos existentes, situaciones de aislamiento, trabajos fuera de la empresa... • Los turnos de trabajo. • La distancia (en tiempo real) de los servicios médicos externos. • Las posibles ausencias por enfermedad, vacaciones... En todo caso se debería disponer en cualquier momento, en la empresa, de una persona encargada de la actuación en situaciones de emergencia.

Otros eslabones Testigo, telefonista y socorrista son eslabones, todos ellos, pertenecientes a la empresa. El personal de la ambulancia, el equipo médico de urgencias y el personal del hospital son eslabones externos cuando no pertenecen a la organización de la empresa. Esta diferencia de ubicación no ha de suponer una traba para una actuación eficaz. Cada uno de ellos ha de saber quién va después y quién le precede, procurando que la información se transmita de forma clara y concisa y así facilitar las actuaciones posteriores.

6. Formación en socorrismo laboral La formación en socorrismo laboral debe gravitar alrededor de las siguientes premisas:

A modo de guía, a la hora de decidir cuántos socorristas formar, deberemos tener en cuenta:

• El socorrista laboral será voluntario. • El socorrista laboral deberá tener, además de los conocimientos básicos y generales, una formación específica en relación con los riesgos existentes en la empresa. • El socorrista laboral deberá recibir periódicamente cursos de reciclaje.

• El número de trabajadores de la empresa. • La estructura de la empresa (superficie, naves, plantas...).

Esta formación se debería dividir en tres grandes bloques temáticos: formación básica, complementaria y específica.

No es posible concretar cuántos socorristas se requieren por número de trabajadores. El número suficiente dependerá de otros muchos factores.

143


capítulo 12

Formación básica o mínima El socorrista debe estar capacitado para atender situaciones de emergencia médica tales como: la pérdida de conocimiento, los paros cardio-respiratorios, la obstrucción de vías respiratorias, las hemorragias y el shock. El adiestramiento en estas técnicas precisas es lo más importante; por ello también es recomendable efectuar reciclajes periódicos que refuercen su dominio por el socorrista.

Formación complementaria La formación complementaria permite atender situaciones consideradas como urgencias médicas, siendo éstas las que pueden esperar la Ilegada de los servicios médicos, como por ejemplo: quemaduras (leves), contusiones, fracturas, luxaciones y esguinces, heridas,...

Formación específica Atendiendo a los riesgos existentes en la empresa es conveniente tener una formación muy específica.

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Por ejemplo, ante el riesgo químico, la formación que debería capacitar al socorrista sería el poder dominar con soltura las siguientes técnicas: rescate en ambiente tóxico, oxigenoterapia, quemaduras químicas, intoxicaciones por productos químicos específicos, entre otras.

144

RECORDAR • El socorrista será voluntario, adecuadamente formado y se reciclará periódicamente. • La formación básica capacita para atender emergencias médicas. • La formación complementaria capacita para atender urgencias médicas. • La formación específica capacita para atender situaciones concretas en la empresa, según los riesgos existentes.

7. La evaluación primaria de un accidentado La evaluación inicial Una vez activado el Sistema de Emergencia (P.A.S.) y a la hora de socorrer, se debe establecer un método único que permita identificar las situaciones vitales o de emergencia médica y las de urgencia médica.

Valoración primaria Se trata de identificar las situaciones que pueden amenazar de forma inmediata la vida del accidentado. Para ello es importante conocer que el órgano más delicado del ser humano es el cerebro, cuya función es coordinar y ordenar el buen funcionamiento del resto del organismo. Si éste falla, el resto del organismo falla también. Las células que lo forman (neuronas) son muy delicadas, tanto que su muerte implica la imposibilidad de regeneración de las mismas. Debe vigilarse y evitarse su lesión. Las neuronas precisan el oxígeno que transporta la sangre, oxígeno que se adquiere gracias a la respiración (pulmones) y se transporta por el impulso que realiza el corazón. Cuando este proceso se detiene, porque la persona no puede respirar o por que el corazón no envía la sangre al cerebro, éste sufre, se lesiona y muere. Las neuronas pueden soportar esta situación durante 4 minutos sin lesionarse; a partir de ese momento y si no hemos restablecido el proceso, empiezan a morir de forma progresiva y, transcurridos 4 minutos más, se produce la muerte total del cerebro. Comprenderemos así por qué delante de un accidentado, sea el que sea, SIEMPRE deberá buscarse las situaciones que puedan implicar daño cerebral, o lo que es lo mismo, realizar la Valoración primaria o identificación de signos vitales, mediante el Soporte Vital Básico (S.V.B.).


1. CONCIENCIA: Comprobar la capacidad de respuesta de la víctima.

2. RESPIRACIÓN: Debe valorarse si la víctima respira normalmente o no.

3. CIRCULACIÓN: Si la víctima no respira normalmente se iniciará de inmediato la Resucitación Cardiopulmonar (R.C.P.).

8. Soporte vital básico (S.V.B.) Cuando se detiene la respiración, el corazón puede continuar latiendo durante unos 2 a 5 minutos, y si no se recupera la respiración el corazón también se detendrá, al no recibir el oxígeno necesario. En otros casos se parará en primer lugar el corazón, y seguidamente se parará también la respiración. Esto ocurrirá en 15 ó 30 segundos. Generalmente en casos de ataques cardíacos, hidrocución, shock eléctrico, etc.

Las HEMORRAGIAS SEVERAS deberán detenerse de inmediato.

Actuación ante una emergencia

Soporte Vital Básico (S.V.B.)

1º PROTEGER

Se refiere al mantenimiento de la permeabilidad de la vía aérea y al soporte de la respiración y de la circulación, sin utilizar otros dispositivos que no sean de protección. 1. Reconocimiento precoz de la emergencia y llamada pidiendo ayuda: activación del sistema de emergencias médicas o sistema local de respuesta de emergencias, por ejemplo “telefonear al 112”. Una respuesta precoz y efectiva puede prevenir la parada cardíaca. 2. Resucitación Cardiopulmonar (R.C.P.) precoz. La R.C.P. inmediata puede doblar o triplicar la supervivencia de una parada cardíaca súbita por fibrilación ventricular.

Valoración secundaria Una vez aseguradas las funciones vitales, nos ocuparemos de otras lesiones (heridas, quemaduras, fracturas, etc.) y buscaremos las posibles lesiones no aparentes. Efectuaremos la exploración detallada del accidentado, de una forma reglada, de cabeza a los pies: cabeza, cuello, tórax, abdomen, extremidades.

2º AVISAR 3º SOCORRER - Reconocimiento de signos vitales. - Secuencia del Soporte Vital Básico (S.V.B.).

Secuencia de acciones del Soporte Vital Básico (S.V.B.) Recomendaciones sobre resucitación del Consejo Europeo de Resucitación 2005: SOPORTE VITAL BÁSICO a adultos

¿Inconsciente? grite pidiendo ayuda abra la vía aérea ¿no respira normalmente? llame al 112 30 compresiones torácicas

El detalle de las actuaciones en socorrismo de este tipo de lesiones se escapa a la intención de este capítulo, precisando una formación específica en Primeros Auxilios a tal efecto.

2 ventilaciones de rescate + 30 compresiones torácicas

145


capítulo 12

1. Asegurarse de que usted, la víctima y los demás testigos estén seguros. 2. Comprobar la capacidad de respuesta de la víctima: • Zarandearlo por los hombros y preguntarle con voz fuerte: “¿Se encuentra bien?”. 3. a: Si responde: • Dejarlo en la posición en que se encuentra, intentando averiguar qué le ocurre y buscar ayuda si la precisa. Revalorarlo regularmente. 3. b: Si no responde: • Gritar pidiendo ayuda, voltear a la víctima sobre su espalda y abrir la vía aérea utilizando la “maniobra frente-mentón”: - Coloque su mano en la frente de la víctima y extienda la cabeza de ésta hacia atrás manteniendo el pulgar y el índice libres para tapar la nariz si se requiere ventilación de rescate. Con la punta de los dedos elevar el mentón para abrir la vía aérea.

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La lengua obstruye las vías respiratorias

146

Practicamos hiperextensión del cuello

Las vías respiratorias quedan abiertas

4. Manteniendo la vía aérea abierta comprobando si la víctima respira normalmente (ver, oír y sentir si existe respiración normal). • Ver si existe movimiento torácico, oír en la boca de la víctima ruidos respiratorios y sentir el aire espirado en su mejilla. En los primeros minutos después de la parada cardíaca, la víctima puede tener una respiración precaria, o estar haciendo “boqueadas” ruidosas. No las confunda con la respiración normal. Vea, oiga y sienta durante no más de 10 segundos para determinar si la víctima está respirando normalmente. Si tiene la mínima duda de que la respiración sea normal, actúe como si no fuera normal. 5. a: Si la víctima respira normalmente: • Voltearlo hasta la “posición de recuperación”. Pedir ayuda y comprobar que sigue respirando. 5. b: Si no respira normalmente: • Envíe a alguien por ayuda o, si se encuentra solo, deje a la víctima y alerte al servicio de emergencias o ambulancias; regrese y comience las “compresiones torácicas” del siguiente modo: - Arrodíllese al lado de la víctima. - Coloque el talón de una mano en el centro del pecho de la víctima y el talón de su otra mano sobre la primera entrelazándose los dedos y asegurándose de que no aplica la presión sobre las costillas de la víctima. No aplique ninguna presión sobre la parte superior del abdomen o sobre la parte final del hueso del esternón. - Colóquese vertical sobre el pecho de la víctima y, con sus brazos rectos, comprima el esternón 4-5 cm.


• Continúe con las compresiones torácicas y ventilaciones de rescate en una relación 30:2.

- Después de cada compresión, y desde la presión del tórax sin perder contacto entre sus manos y el esternón; repítalo a un ritmo de aproximadamente 100 por minuto (algo menos de dos compresiones por segundo). El tiempo empleado en la compresión y descompresión debe ser igual.

• Deténgase para reevaluar a la víctima sólo si comienza a respirar normalmente; en otro caso no interrumpa la resucitación.

6. a: Combine las compresiones torácicas con “ventilaciones de rescate”:

Si su ventilación inicial de rescate no hace que el pecho se eleve, entonces, antes de su siguiente intento:

• Después de 30 compresiones abra la vía aérea otra vez, utilizando la “maniobra frente-mentón”.

• Compruebe la boca de la víctima y retire cualquier obstrucción.

• Pince la parte blanda de la nariz, utilizando los dedos índice y pulgar de la mano que tiene colocada en la frente.

• Compruebe nuevamente si la maniobra frentementón es correcta.

• Permita que la boca esté abierta, pero manteniendo la elevación del mentón. • Tome una inspiración normal y coloque sus labios alrededor de la boca de la víctima, asegurándose de que el sello es correcto. • Insufle aire en la boca del paciente mientras observa que el pecho se eleva, con una duración aproximada de un segundo, como en una respiración normal; esto es una “respiración de rescate efectiva”.

• No intente más de dos ventilaciones cada vez antes de volver a las compresiones torácicas. • Si hay más de un reanimador presente, el otro debe sustituirle cada 1-2 minutos para prevenir la fatiga. Procure que el retraso sea mínimo en el cambio de reanimadores. 6. b: La R.C.P. con compresiones únicamente (sin ventilaciones), puede usarse de la siguiente forma: • Si no puede o no quiere dar ventilación de rescate, administre las compresiones torácicas únicamente. • Si únicamente da compresiones torácicas debe hacerlo a una frecuencia continua de 100 por minuto.

• Mantenga la extensión de la cabeza, retire su boca de la de la víctima y observe el pecho descender al salir el aire. • Tome otra inspiración e insufle en la boca de la víctima una vez más, para alcanzar un total de dos respiraciones de rescate. Coloque correctamente de nuevo sus manos sobre el esternón y dé otras 30 compresiones torácicas.

• Deténgase para reevaluar a la víctima sólo si comienza a respirar normalmente; de otro modo no interrumpa las maniobras de resucitación. 7. Continúe la resucitación hasta que: • Llegue ayuda cualificada que lo releve. • La víctima comience a respirar normalmente. • Usted se agote. 147


capítulo 12

RECORDAR Un ciclo son “ 30 COMPRESIONES por 2 VENTILACIONES”. La Resucitación Cardiopulmonar (R.C.P.) se iniciará de forma precoz si la víctima

• Ajuste la pierna que queda por encima de modo que la cadera y rodilla estén dobladas ambas en ángulo recto. • Extienda la cabeza hacia atrás para asegurarse que la vía aérea permanece abierta.

está inconsciente (no responde) y no respira normalmente. La ventilación es menos importante que las compresiones torácicas en los primeros momentos.

9. Posición de recuperación Existen varias variantes de la posición de recuperación. Ninguna es perfecta para todas las víctimas. La posición debería ser estable, próxima a una posición lateral verdadera con la cabeza pendiente, y sin presión en el tórax que reduzca la respiración.

• Ajuste la mano bajo la mejilla, si es necesario, para mantener la cabeza extendida. • Compruebe la respiración periódicamente. • Si la víctima debe ser mantenida en posición de recuperación durante más de 30 minutos, cámbiela al lado contrario para aliviar la presión sobre el brazo de debajo.

10. Hemorragias Hemorragias externas Son aquéllas en las que la sangre sale al exterior a través de una herida.

Secuencia para colocar a la víctima en posición de recuperación:

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• Retire las gafas de la víctima.

148

• Arrodíllese junto a la víctima y asegúrese de que ambas piernas están alineadas. • Coloque el brazo más próximo a usted en un ángulo recto al cuerpo con el codo doblado con la palma de la mano hacia arriba. • Traiga el brazo más alejado cruzándolo sobre el pecho y sostenga el dorso de la mano contra la mejilla de la víctima más próxima a usted. • Con su otra mano, agarre la pierna más alejada justo por encima de la rodilla y tire de ella hacia arriba, manteniendo el pie en el suelo. • Manteniendo su mano apretada contra la mejilla, tire de la pierna alejada para hacer rodar la víctima hacia usted, sobre su costado.

Las hemorragias más importantes se producirán en las extremidades, ya que son las partes del cuerpo más expuestas a traumatismos de tipo laboral y es por donde pasan las arterias de forma más superficial. No obstante, los métodos que a continuación explicamos sirven para detener cualquier tipo de hemorragia, aplicando la lógica según el método, la forma y el lugar en donde se produce la hemorragia; así por ejemplo, el torniquete sólo se aplicará en caso de hemorragias en extremidades. Siempre tranquilizaremos a la víctima, protegeremos el lugar de los hechos y evitaremos que el accidentado permanezca de pie, pues si presenta mareo puede caerse lesionándose. A fin de controlar y detener la hemorragia utilizaremos siempre tres métodos, por orden progresivo, es decir: pasaremos al siguiente cuando en el anterior no obtengamos éxito. Estos métodos son los siguientes:


1º Compresión directa. Este primer método consiste en efectuar una presión en el punto de sangrado, para ello utilice un apósito Io más limpio posible (gasas, pañuelo...). Efectuar la presión durante un tiempo mínimo de 10 minutos, además de elevar el miembro afectado a una altura superior a la del corazón del accidentado.

Consiste en encontrar la arteria principal del brazo (humeral) o de la pierna (femoral) y detener la circulación sanguínea en esa arteria, para conseguir una reducción (no eliminación) del aporte sanguíneo muy importante. La arteria humeral tiene su trayecto por debajo del músculo bíceps del brazo, así que el socorrista deberá comprimir en esta zona con las yemas de sus dedos. La arteria femoral se comprime al nivel de la ingle o de la cara interna del muslo; para ello debemos utilizar el talón de la mano o bien el puño, en caso de comprimir en el muslo. La compresión debe mantenerse hasta la Ilegada de la ambulancia o el ingreso en urgencias hospitalaria.

Transcurrido ese tiempo, se aliviará la presión, pero nunca se quitará el apósito. En caso de éxito se procederá a vendar la herida y se trasladará al hospital.

RECORDAR La compresión arterial se efectúa en brazos (arteria humeral) y piernas (arteria fe-

RECORDAR

moral). Sería el primer método a utilizar

La compresión directa es siempre el pri-

en caso de que la hemorragia la produzca

mer método para detener hemorragias

una fractura abierta de un hueso.

externas y se debe mantener durante 10 minutos con la extremidad afectada elevada.

3º Torniquete.

Este método no se puede utilizar en el caso de que la hemorragia la produzca una fractura abierta de un hueso.

2º Compresión arterial.

TEMPORAL CARÓTIDA FACIAL

Este método se utilizará sólo en caso de que los demás no sean eficaces y la hemorragia persista. Su indicación básica es en amputaciones. El torniquete produce una detención de toda la circulación sanguínea en la extremidad, por Io que conlleva la falta de oxigenación de los tejidos y la muerte de los mismos, formándose toxinas (sustancias tóxicas) por necrosis y trombos por acumulación plaquetaria.

HUMERAL SUBCLAVIA AXILAR RADIAL FEMORAL

Cuando falla la compresión directa, debemos utilizar este segundo método. Su aplicación es más eficaz en hemorragias de extremidades que en el resto de zonas del cuerpo.

Condiciones de aplicación: • En la raíz del miembro afectado. • Utilizar una banda ancha (5 a 10 cm. de anchura).

149


capítulo 12

• Anotar la hora de colocación. • Ejercer presión controlada. La necesaria para detener la hemorragia. • Aflojarlo cada 10 minutos durante el traslado, para permitir la irrigación del miembro afectado y para observar si la hemorragia continúa o ha cesado. Lo ideal es que lo haga un médico.

RECORDAR • El torniquete sólo se empleará en caso de que los demás no sean eficaces y la hemorragia persista. • Lo ideal es que el torniquete sea aflojado cada 10 minutos por un médico.

Hemorragia interna

Hemorragias de oído Estas hemorragias que se exteriorizan por el oído se Ilaman otorragias. Cuando la pérdida de sangre es abundante y previamente ha existido un traumatismo (golpe) en la cabeza, el origen de la hemorragia suele ser la fractura de la base del cráneo. En este caso el socorrista debe facilitar la salida de sangre de la cavidad craneal para evitar que produzca un aumento de la presión endocraneal con lesiones cerebrales irreversibles. Se colocará al accidentado en posición de recuperación o lateral de seguridad (P.L.S.) con el oído sangrante dirigido hacia el suelo. Mantendremos un control de los signos vitales y procuraremos la evacuación urgente hacia un centro sanitario con servicio de neurocirugía.

Hemorragias de nariz

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Es la que se produce en el interior del organismo, sin salir al exterior, por Io tanto no se ve, pero se puede detectar porque el paciente presenta signos y síntomas de shock, como por ejemplo: palidez cutáneo-mucosa, aturdimiento, sudoración fría, pulso rápido y débil y respiración superficial y rápida. Estos síntomas también pueden aparecer en las hemorragias externas importantes.

150

Debemos tranquilizar al accidentado, aflojar sus ropas, mantenerlo tumbado y abrigado y elevarle ligeramente las piernas.

Hemorragias exteriorizadas Son aquellas hemorragias que, siendo internas, salen al exterior a través de un orificio natural del cuerpo: oído, nariz, boca, ano y genitales.

Las hemorragias de nariz se denominan epistaxis. El origen de estas hemorragias es diverso; pueden ser producidas por un golpe, por un desgaste de la mucosa nasal o como consecuencia de una patología en la que la hemorragia sería un signo, como por ejemplo en el caso de la hipertensión arterial. También si ha existido un traumatismo violento previo sobre la cabeza, puede estar indicando una fractura de la base del cráneo, en especial si se acompaña de pérdida de conciencia o hematomas periorbitarios. Es cierto que muchas personas consideran la epistaxis como un suceso normal, pero el socorrista no debe aceptar esta explicación, pues el ser humano no está constituido para sangrar de forma habitual y “normal”.


Para detener la hemorragia, se debe efectuar una presión directa sobre la ventana nasal sangrante y contra el tabique nasal, presión que se mantendrá durante 10 minutos. Se realizará haciendo pinza con los dedos índice y pulgar. La cabeza debe inclinarse hacia adelante, para evitar la posible deglución del sangrado.

Hemorragias por el ano

Pasados los 10 minutos, se aliviará la presión, con ello comprobaremos si la hemorragia ha cesado. Caso contrario, se efectuará un taponamiento anterior con gasa mojada en agua oxigenada. Si la hemorragia no se detiene se debe evacuar a un centro sanitario con urgencia.

Tanto en las Melenas como Rectorragias se dirigirá al trabajador a un servicio de urgencias para valoración especializada.

Hemorragias por la boca Cuando la hemorragia se presenta en forma de vómito, puede tener su origen en el pulmón (hemóptisis) o en el estómago (hematémesis). Es importante distinguir su origen para así proceder a su correcto tratamiento, para ello hay que tener en cuenta una serie de diferencias. (Ver cuadro)

Hemóptisis

La emisión de sangre por el ano puede tener un origen digestivo alto denominándose entonces Melenas, apareciendo en forma de heces negras, pastosas y brillantes, o puede tener un origen digestivo bajo llamándose entonces Rectorragia con salida de sangre roja.

Hemorragias vaginales Durante el período de gestación, la mujer no debe presentar ningún tipo de hemorragia vaginal (metrorragia). Su presencia indica la amenaza de aborto, por Io que se debe conseguir un reposo absoluto (en cama) por parte de la mujer y evitar que siga perdiendo sangre. Para ello hay que aplicar compresas vaginales y, cruzándole las piernas, las debe elevar en espera de su traslado en ambulancia a un hospital.

Hematémesis

Vómito precedido de tos Vómito precedido de náuseas Sangre limpia con olor a óxido Sangre y restos de alimento malolientes Puede tener aspecto espumoso El paciente puede estar inconsciente Actuación: Actuación: a) Control de signos vitales

a) Control de signos vitales

b) Dieta absoluta (no dar de comer ni de beber)

b) Dieta absoluta (no dar de comer ni de beber)

c) Evacuar en posición semisentado

c) Evacuar en posición de P.L.S.

151


capítulo 12

A MODO DE CONCLUSIÓN La organización de los primeros auxilios no

fármacos y de todo el material de aplicación

es más que una forma de prepararse para

para este menester, así como instrucciones

actuar ante situaciones en principio excep-

para la realización de determinadas prácticas

cionales.

de socorro, todo ello en consonancia con las

Debe orientarse de modo que atienda desde lesiones de baja intensidad que puedan sufrir los trabajadores, hasta la atención de los primeros auxilios a accidentados en una situación de emergencia. Deberá disponerse para tal cometido de los medios materiales suficientes y del personal idóneo para poder administrar los primeros cuidados a cualquier trabajador que lo requiera, cumpliendo para ello, al menos, las exigencias mínimas previstas en la legislación de prevención de riesgos laborales. Deberán ser consultados los representantes de los trabajadores o, en su defecto, a la totalidad de los trabajadores.

en los lugares de trabajo y de la siniestralidad (accidentes e incidentes). Es preciso que los trabajadores, tanto propios como externos, sean informados de las medidas organizadas por la empresa ante potenciales situaciones de emergencia (primeros auxilios y evacuación de los lugares de trabajo). Estas instrucciones también es aconsejable que sean por escrito y facilitadas a todos los trabajadores, además de colocarlas en paneles informativos visibles. Es necesaria la sensibilización de todos los estamentos presentes en el entorno laboral. Para ello se deberá planificar la instrucción de todo nuevo trabajador en relación con la

meros auxilios debería desarrollarse en el

organización de los primeros auxilios; verifi-

plan de prevención de riesgos de la empresa,

car de forma periódica la cadena de socorro;

definiendo las funciones de todos aquéllos

comentar y evaluar actuaciones reales y no

que tienen algún cometido en esta materia,

dudar en cambiar aquello que no acaba de

los recursos necesarios para llevar a cabo es-

funcionar correctamente.

ción y las prácticas de capacitación y entrena-

Curso DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

de riesgo o situaciones de riesgo existentes

Toda la ordenación de las actividades de pri-

tas actividades, los procedimientos de actua-

152

características de la empresa y de los factores

miento periódico del personal encargado de llevarlas a término, así como la coordinación con los servicios externos de asistencia médica de urgencias y hospitalaria. Es una buena praxis disponer de guías o procedimientos de administración de los primeros auxilios, exponiendo de forma clara unas instrucciones sobre los mismos que deben dispensarse en caso de accidente. También es bueno que consten por escrito unas instrucciones de las condiciones de utilización del botiquín o botiquines, de los

Finalmente, decir como resumen que la empresa deberá organizar y planificar los primeros auxilios de acuerdo con la legislación y adecuarlos a los riesgos; con los medios suficientes tanto humanos como materiales y manteniendo a los equipos bien entrenados.


CONSIDERACIÓN IMPORTANTE Es conveniente recordar que los conocimien-

ción de la vía aérea, heridas y amputacio-

tos que se transmiten en este capítulo no

nes, quemaduras, contusiones, esguinces y

son, ni mucho menos, todos los que configu-

luxaciones, fracturas, pérdidas de conciencia,

ran una completa formación en socorrismo y

intoxicaciones, cuerpos extraños, transpor-

primeros auxilios. Se detallan actuaciones a

te de accidentados, lesiones específicas en

desarrollar en la Valoración primaria de un

situaciones concretas, así como toda la for-

accidentado y en Soporte Vital Básico, dejan-

mación práctica, que complementan a ésta y

do todos los temas de socorrismo y primeros

que sólo un curso monográfico de socorrismo

auxilios de otras lesiones que se detectarán

y primeros auxilios puede tratar con el rigor

en la Valoración secundaria como obstruc-

que requieren y el rendimiento necesario.

153


CAPÍTULO 12

AUTOEVALUACIÓN

01. ¿Cuáles de los siguientes consejos, entre otros, son recomendables para la atención de accidentados? a. Transportar al herido lo antes posible a un centro de asistencia. b. Intentar que el herido se levante y camine por su propio pie. c. Tranquilizar al herido y no moverlo a no ser que sea necesario.

2. Las siglas P.A.S. son las iniciales de 3 Actuaciones para empezar a atender al accidentado. ¿Cuáles son dichas actuaciones? a. Prevenir, ayudar y socorrer. b. Proteger, avisar y socorrer. c. Proteger, ayudar y socorrer.

03. ¿CuáNDO SE INICIARÁ LA RESUCITACIÓN CARDIOPULMONAR (R.C.P.)? a. Si la víctima está consciente y respira normalmente. b. Si la víctima está inconsciente y no respira normalmente. c. Si la víctima está inconsciente y respira normalmente.

154


04. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta? a. Es obligatorio que todas las empresas formen a todo el personal en materia de socorrismo. b. Es conveniente que todas las empresas informen a sus trabajadores de las actuaciones en caso de accidente mediante charlas, folletos, ... c. El número de socorristas de la empresa depende únicamente del número de trabajadores de la misma.

05. ¿Cuáles son las principales premisas a seguir en la formación en socorrismo laboral? a. El socorrista es nombrado por la empresa y puede ser cualquier operario. b. El socorrista laboral será voluntario, se reciclará periódicamente y conocerá los riesgos existentes en la empresa. c. El socorrista recibirá únicamente formación básica para atender a situaciones de emergencia.

155


Curso de Prevenci贸n de Riesgos Laborales

Soluciones a las preguntas de Autoevaluaci贸n


Soluciones a las preguntas de Autoevaluación Capítulo 1 1b, 2c, 3a, 4c, 5c, 6b, 7a, 8b, 9c. Capítulo 2 1c, 2a, 3a, 4c, 5c, 6c, 7b, 8b, 9c, 10b. Capítulo 3 1c, 2b, 3b, 4c, 5a, 6a, 7b, 8c, 9a, 10a, 11b. Capítulo 4 1b, 2c, 3a, 4b, 5a, 6b, 7b, 8b, 9a, 10a. Capítulo 5 1b, 2b, 3a, 4a, 5a, 6b, 7c, 8a. Capítulo 6 1b, 2c, 3c, 4a. Capítulo 7 1b, 2c, 3c, 4c, 5b. Capítulo 8 1a, 2c, 3b, 4c, 5a. Capítulo 9 1c, 2b, 3a, 4a, 5c, 6b, 7c. Capítulo 10 1c, 2b, 3a, 4b. Capítulo 11 1b, 2b, 3a, 4c, 5c, 6b, 7c. Capítulo 12 1c, 2b, 3b, 4b, 5b.

159


BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA

AMERICAN CONFERENCE OF GOVERNMENTAL INDUSTRIAL HYGIENISTS. TLVs® - Valores Límite para Sustancias Químicas y Agentes Físicos y BEIs® - Índices Biológicos de exposición. Traducido por la Asociación Española de Higienistas Industriales. Valencia: Consejería Empleo, Industria y Comercio de la Generalidad Valenciana, 1998. MATEOS BEATO, ALFREDO et al. Código sobre seguridad e higiene en el trabajo. Madrid: COLEX, 1995. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Notas Técnicas de Prevención. Barcelona: Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, 1995. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Condiciones de Trabajo y Salud. Barcelona: Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, 1990. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Seguridad en el trabajo. Barcelona: Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, 1990. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Higiene industrial. Barcelona: Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, 1994. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Ergonomía. Barcelona: Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, 1994.

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MC MUTUAL. Manual técnico: Elevación de cargas por medios mecánicos. Barcelona: Departamento de Seguridad e Higiene, 1995. MC MUTUAL. Manual técnico: Seguridad en la construcción. Barcelona: Departamento de Seguridad e Higiene, 1993. MC MUTUAL. Manual técnico: Seguridad en instalaciones eléctricas. Barcelona: Departamento de Seguridad e Higiene, 1995. MC MUTUAL. Manual técnico: Seguridad en el manejo de carretillas elevadoras. Barcelona: Departamento de Seguridad e Higiene, 1991. MC MUTUAL. Manual técnico: Transporte manual de cargas. Barcelona: Departamento de Seguridad e Higiene, 1993. MC MUTUAL. Manual técnico: Seguridad contra incendios. Barcelona: Departamento de Seguridad e Higiene, 1994. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO. Enciclopedia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Madrid: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 1989. 160



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