EL CONFLICTO
El problema del conflicto ha sido abordado desde múltiples disciplinas y ciencias; sin embargo, es preciso aproximarse conceptualmente mediante las siguientes definiciones: “El conflicto es el proceso cognitivo-emocional en el que dos individuos perciben metas incompatibles dentro de su relación de interdependencia y el deseo de resolver sus diferencias de poder” (Redorta, 2007: 31). “Conflicto es la oposición entre grupos e individuos por la posesión de bienes escasos o la realización de valores mutuamente incompatibles” (Fisas, 1987: 166) El conflicto es propio a la condición humana. Es importante afrontarlo e intentar resolverlo en el momento en que se produce y no esperar a que se resuelva por sí mismo o que el tiempo se encargue de resolverlo. Si se prolonga en el tiempo el conflicto seguirá aumentando y empezará a afectar no sólo a las personas implicadas en el primer momento, sino que contagiará a las relaciones de otros miembros de la comunidad (Educativa, familiar, social, etc.). El conflicto nace cuando existe un desacuerdo o diferencia de opinión, interés o necesidad. El desacuerdo variará en intensidad, según la postura de cada uno de los implicados. Importancia de los medios alternos y resolución de conflictos en el ámbito jurídico y en las relaciones humanas A nivel mundial, la situación de crisis de la Administración de Justicia ha conducido a la búsqueda de medios alternativos a la intervención jurisdiccional en la solución de los conflictos entre los particulares. En la búsqueda de un mejor acceso a la justicia, se ha insistido en la necesidad de impulsar estas alternativas como soporte a los mecanismos jurisdiccionales, a los fines disminuir el número de los litigios a los que se enfrentan nuestras instituciones encargadas de administrar justicia.
La "Solución Alterna de Conflictos" en un intento por mejorar el acceso a la justicia y controlar los costos de administración del sistema judicial, insertándose de esta manera dentro de la tendencia evidenciada de los procesos de reforma judicial que vienen desarrollándose en las últimas décadas. En efecto, el paso más importante que se ha dado es el de la inclusión de Los Medios Alternativos de Solución de Conflictos" (MASC). Estos se pueden definir en sentido amplio como en sentido restringido. En En sentido amplio, los MASC, son aquellas atribuciones, alternativas al sistema judicial oficial, que permite la solución privada de los conflictos. Dentro de nuestro nuevo texto constitucional, reconociéndolos constitucionalmente como integrantes del Sistema de Justicia, constituyendo esto un punto de partida y fundamento para su arraigo e implementación efectiva en el país. A nuestra sociedad actual, ya no le basta con que el Estado a través de sus Instituciones satisfaga ese aspecto. El paradigma que planteaba la necesidad de una administración de justicia proveedora de seguridad y certidumbre jurídicas se ha revelado realmente insuficiente y lo que ahora se está requiriendo son estructuras sociales que participen en la construcción de una cultura de paz que rompa con el paradigma del conflicto como fenómeno necesariamente inherente a las relaciones humanas
IMPORTANCIA DE LOS MEDIOS ALTERNOS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL ÁMBITO JURÍDICO Y EN LAS RELACIONES HUMANAS
A nivel mundial, la situación de crisis de la Administración de Justicia ha conducido a la búsqueda de medios alternativos a la intervención jurisdiccional en la solución de los conflictos entre los particulares. En la búsqueda de un mejor acceso a la justicia, se ha insistido en la necesidad de impulsar estas alternativas como soporte a los mecanismos jurisdiccionales, a los fines disminuir el número de los litigios a los que se enfrentan nuestras instituciones encargadas de administrar justicia. La "Solución Alterna de Conflictos" en un intento por mejorar el acceso a la justicia y controlar los costos de administración del sistema judicial, insertándose de esta manera dentro de la tendencia evidenciada de los procesos de reforma judicial que vienen desarrollándose en las últimas décadas. En efecto, el paso más importante que se ha dado es el de la inclusión de Los Medios Alternativos de Solución de Conflictos" (MASC). Estos se pueden definir en sentido amplio como en sentido restringido. En sentido amplio, los MASC, son aquellas atribuciones, alternativas al sistema judicial oficial, que permite la solución privada de los conflictos. Dentro de nuestro nuevo texto constitucional, reconociéndolos constitucionalmente como integrantes del Sistema de Justicia, constituyendo esto un punto de partida y fundamento para su arraigo e implementación efectiva en el país. A nuestra sociedad actual, ya no le basta con que el Estado a través de sus Instituciones satisfaga ese aspecto. El paradigma que planteaba la necesidad de una administración de justicia proveedora de seguridad y certidumbre jurídicas se ha revelado realmente insuficiente y lo que ahora se está requiriendo son estructuras sociales que participen en la construcción de una cultura de paz que rompa con el paradigma del conflicto como fenómeno necesariamente inherente a las relaciones humanas, estableciendo la exigencia de realizar cambios de fondo en el sistema judicial.
Dentro de nuestro nuevo texto constitucional, reconociéndolos constitucionalmente como integrantes del Sistema de Justicia, constituyendo esto un punto de partida y fundamento para su arraigo e implementación efectiva en el país. A nuestra sociedad actual, ya no le basta con que el Estado a través de sus Instituciones satisfaga ese aspecto. El paradigma que planteaba la necesidad de una administración de justicia proveedora de seguridad y certidumbre jurídicas se ha revelado realmente insuficiente y lo que ahora se está requiriendo son estructuras sociales que participen en la construcción de una cultura de paz que rompa con el paradigma del conflicto como fenómeno necesariamente inherente a las relaciones humanas, estableciendo la exigencia de realizar cambios de fondo en el sistema judicial. En sentido restringido, los MASC, son aquellos procedimientos que buscan la solución a los conflictos entre las partes, ya sea de manera directa entre ellas (o con el nombramiento de agentes negociadores, como es el caso de la negociación) o mediante la intervención de un tercero imparcial (como son los casos de la mediación, la conciliación y el arbitraje). Los principales MASC •
La negociación
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La mediación
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La conciliación
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El arbitraje
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La evaluación neutral
La Negociación: La negociación es un proceso de comunicación dinámico, en merito del cual dos o más parte tratan de resolver sus diferencias e intereses en forma directa a fin de lograr con ello una solución que genere mutua satisfacción de intereses. La Mediación: Constituye una variante del proceso de negociación. Si bien aplica a esta las mismas reglas generales, difiere de la negociación en que entra en escena un tercero denominado mediador. La Conciliación: Implica la colaboración de un tercero neutral a quien las partes ceden cierto control sobre el proceso pero sin delegar en el la solución. El Arbitraje: Es un método de solución de controversias en virtud del cual las partes acuerdan (convenio arbitral), someter la solución de determinados conflictos que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto a una determinada relación jurídica a la decisión (laudo arbitral), de uno o varios terceros (arbitro).
CARACTERÍSTICAS DEL CONFLICTO
Las características de los conflictos pueden variar según la época histórica, la diferencia de los grupos, edad y sexo de los individuos, ocupación laboral, entre otras, pero en general presentan dos caras, pudiendo ser:
En esta fase, cada parte busca ganar apoyo. Los actores hacen público su conflicto y justifican su postura. Se pueden llevar a cabo diversas acciones. Este es el momento en donde las partes tratarán de vengarse, ser insidiosas y demostrar “su músculo” con maniobras sutiles. Estas acciones pueden ser abiertas o encubiertas. Si son encubiertas, los actores planean acciones manipulatorias. Si son abiertas, los actores efectúan actos sutiles a su favor y otros peligrosos o tramposos contra sus adversarios.
Conflictos Funcionales o Constructivos - Hacen visibles problemas que no habíamos visto. - Ayudan a tomar decisiones con más cuidado. - Aumentan la información necesaria para tomar decisiones. - Dan espacio a la creatividad e innovación. - Permiten el autoconocimiento y el descubrimiento del otro. - Facilitan el trabajo en equipo para multiplicar esfuerzos. Disfuncionales o Destructivos - Consumen mucha energía personal. - Dañan la cohesión de los grupos de trabajo. - Promueven hostilidades interpersonales. - Crean un ambiente laboral negativo. - Provocan sentimientos de desánimo, rechazo e inseguridad. - Pueden somatizarse y ocasionar problemas de salud.
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Ajuste
El conflicto se resuelve de una u otra forma y todas las partes se ajustan o adaptan a la nueva situación y a los cambios en las relaciones personales. o Cuando la solución del conflicto se alcanza mediante la dominación o cuando se fuerza la solución entre adversarios con igual poder, esta solución muy probablemente dure poco y el conflicto reaparecerá en el futuro. o El compromiso y la colaboración son los métodos más positivos y los que más probablemente lleven a soluciones de largo plazo, manteniendo la capacidad de las partes para mantener su relación.
Desarrollo de Tensión - Se genera un sentimiento claro o vago de que la contraparte está obstaculizando a la otra parte para que esta pueda alcanzar sus objetivos, a corto o a largo plazo. - Cuando se trata de grupos, las personas toman partido y experimentan resentimientos. Dilema del Rol Las partes involucradas en el conflicto se preguntan:
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Confrontación
Antes de que el conflicto llegue a su estado final, ocurre la confrontación. En esta fase, los grupos sopesan la manera de resolver el conflicto. La confrontación puede sustentarse en lo compatible o incompatible que sean sus valores, sus políticas y sus metas. De hecho, en nuestra sociedad democrática, los conflictos públicos se resuelven con un proceso de confrontación llamado elecciones.
Ciclo de Vida del Conflicto
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Acción Injusta
¿Qué sucede y porqué? ¿Quién está en lo correcto? ¿Cómo les va a afectar esto? ¿Qué hacer ahora? ¿Cómo tengo que comportarme? ¿Qué se espera de mí? ¿Qué es lo que debe hacerse?
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PARADIGMAS PARA ABORDAR EL CONFLICTO los involucrados en el conflicto ganen y obtengan más de lo que esperaban en un principio. También presenta procedimientos que facilitan la construcción de diferentes tipos de espacios intermedios: la mediación, los sistemas de mediación, los sistemas mediadores y los sistemas generativos, caracteriza sus diferentes abordajes, funciones, propósitos y niveles de acción posibles para expandir el campo de la resolución de conflictos y promover nuevas ecologías sociales en los ámbitos más significativos de nuestra vida –familiar, educativo, comunitario, interés público, redes, empresas, organizaciones los involucrados en el conflicto ganen y obtengan más de lo que esperaban en un principio. También presenta procedimientos que facilitan la construcción de diferentes tipos de espacios intermedios: la mediación, los sistemas de mediación, los sistemas mediadores y los sistemas generativos, caracteriza sus diferentes abordajes, funciones, propósitos y niveles de acción posibles para expandir el campo de la resolución de conflictos y promover nuevas ecologías sociales en los ámbitos más significativos de nuestra vida –familiar, educativo, comunitario, interés público, redes, empresas, organizaciones, etcétera
Desde el nuevo paradigma de la Resolución de Conflictos y los medios alternativos como la mediación, estos representan la oportunidad de transformarnos, evolucionar, aprender y obtener lo que deseamos sin excluir a nadie ni emplear la violencia. Los conflictos representan crecimiento y desarrollo si aprendemos a convivir positivamente con ellos, a gestionarlos y resolverlos. Si el conflicto nos supera, nos domina y no acertamos a saber qué significa y cómo manejarlo, nos transformaremos en generadores de violencia y destrucción. La mediación, la cual posibilita que todos La "Solución Alterna de Conflictos" en un intento por mejorar el acceso a la justicia y controlar los costos de administración del sistema judicial, insertándose de esta manera dentro de la tendencia evidenciada de los procesos de reforma judicial que vienen desarrollándose en las últimas décadas. En efecto, el paso más importante que se ha dado es el de la inclusión de Los Medios Alternativos de Solución de Conflictos" (MASC). Estos se pueden definir en sentido amplio como en sentido restringido. En sentido amplio, los MASC, son aquellas atribuciones, alternativas al sistema judicial oficial, que permite la solución privada de los conflictos.
construcción de una cultura de paz que rompa con el paradigma del conflicto como fenómeno necesariamente inherente a las relaciones humanas, estableciendo la exigencia de realizar cambios de fondo en el sistema judicial.
Dentro de nuestro nuevo texto constitucional, reconociéndolos constitucionalmente como integrantes del Sistema de Justicia, constituyendo esto un punto de partida y fundamento para su arraigo e implementación efectiva en el país. A nuestra sociedad actual, ya no le basta con que el Estado a través de sus Instituciones satisfaga ese aspecto. El paradigma que planteaba la necesidad de una administración de justicia proveedora de seguridad y certidumbre jurídicas se ha revelado realmente insuficiente y lo que ahora se está requiriendo son estructuras sociales que participen la 4