Revista Cultural Mara

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Revista Cultural Edici贸n Especial

Mara


Sumario

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Editorial

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Poblamiento de Venezuela

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Indígenas venezolanos: Baré

Análisis de los artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela relacionados con los indígenas 14 venezolanos Cultura Maya : ¿Por qué es catalogada como una 23 sociedad autosuficiente? 2

25 El Cacique Mara


Editorial El presente volumen de la Revista Cultural Mara, siguiendo nuestra política editorial de diversidad , en esta edición especial recorremos de una manera caleidoscópica temas que nos llevan desde lo profundo de nuestro Estado Amazonas con el grupo indigena Buré hasta la cumbre de la Cultura Mesoamericana : Los Maya , deteniéndonos en el análisis de los Derechos de los pueblos indígenas venezolanos y su situación actual.

En ambos extremos, la diversidad se manifiesta: en la cosmogonía sociocultural de la etnia Baré el universo es uno mismo para todos y de allí el respeto y la aparente docilidad para aceptar el ser “aculturados”, en una mansa relación con las bondades y riquezas de su tierra, aceptando el mestizaje a tal punto que este fenómeno ha contribuido a la aculturación y dispersión. Mientras que los Mayas orgullosos y autosuficientes resistieron los embates de la colonización con fiereza, pero en la actualidad a pesar de que se alimentan y viven en casas muy parecidas a las de sus ancestros, llevan sobre sí el legado de una tradición en la q3ue cambiaron la forma de sus rituales, combinando la religión católica con su antiguo sincretismo mágico , en una mezcla religiosa que alcanza su 3mayor singularidad en el entrelazamiento de las originarias deidades mayas con imágenes del cristianismo.

Pero ambas culturas de fiereza y mansedumbre coinciden en la necesidad de preservar con respeto y dignidad su maravillosa y fascinante esencia étnica, donde todos convergemos.


Poblamiento de Venezuela Minerva Pereira R. HPS– 131-00186V De la película Almanya "Un hombre sabio contestó una vez a la pregunta ¿Quién o qué somos? Diciendo: "Somos la suma de todo aquello que ocurrió antes de nosotros, de todo aquello que tuvo lugar ante nuestros ojos, de todo aquello que se nos hizo. Somos cada persona y cada cosa que ha influido en nuestra existencia o que ha sido influida por la nuestra. Somos todo lo que pasa después que ya no existimos y lo que no ocurriría si no hubiéramos existido"

Esas palabras resonaron en mi cabeza y recordé una conversación de las muchas que tuve con mi abuelo. Había estudiado para un examen que tendría en esos días sobre los pueblos indígenas precolombinos en Venezuela; la profesora nos había explicado la gran cantidad de tribus o grupos sociales, su ubicación y su forma de subsistir, las aprendí concienzudamente, sin embargo, no me sentía conforme, pensaba que me faltaba algo y le conté a mi abuelo lo del examen y le pedí que me comentara algo m|s ( mi familia le llamaba cariñosamente pap| enciclopedia) no olvido sus palabras, me dijo: “h|blame de lo que has aprendido a ver si yo te puedo aportar algo m|s”. Comencé a explicarle lo que había estudiado: “… que los c|lculos de la población en el pasado indígena venezolano se mueven en el terreno de la hipótesis, debido a las limitaciones del material documental- bibliogr|fico y la ausencia de sistem|ticas investigaciones arqueológicas con |nimo de reconstrucción cultural, sin embargo, Juli|n H. Stewrad correlacionando el poblamiento con el desarrollo sociocultural. Estima en 350.000 el número de indígenas que había en el territorio venezolano en las últimas décadas del siglo XV, cifra que no es desechable, pues la fundamentación de este etnólogo apoya resultados que pueden conducir a cómputos superiores a 500.000 habitantes…” Él con su rostro de agrado me escuchaba atentamente tanto, que me sentía muy importante, y así continúe habl|ndole: “Estos pueblos presentaban las siguientes características en cuanto a concentración y distribución:

1° Área demográfica Costero- Montañosa, localizada en los Andes venezolanos, franja costero montañosa, valles occidentales, centrales y orientales, piedemonte andino y con proyecciones en las tierras insulares; esta región era la m|s poblada, pero no de manera uniforme, sino con las peculiaridades: a) Aldeas de elevada densidad demogr|fica en las zonas de agricultura intensiva y riego sistem|tico; b) Centros poblados estables de relativa densidad

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me, sino con las peculiaridades: a) Aldeas de elevada densidad demogr|fica en las zonas de agricultura intensiva y riego sistem|tico; b) Centros poblados estables de relativa densidad en los lugares donde predominaban las formas económicas basadas en la agricultura de azada y el intercambio permanente de productos de consumo permanentes de productos de consumo, y c) Población periférica nómada con interpretaciones en las zonas anteriores. 2° Área demográfica de los Llanos, con escasa población donde se observan dos tipos de poblamiento: a) Nomadismo dominante en la mayor parte del territorio, y b) Aldeas de relativa densidad concentradas en las llanuras interfluviales y proximidades del Orinoco, condicionada por actividades económicas basadas en la pesca intensiva, intercambio de productos de consumo y la agricultura en las tierras anegadas por las crecientes de los ríos. 3° Área demográfica Amazónico- Orinoquense, de escasa población, localizada al sur del Orinoco, y en las selvas; dominaba el poblamiento propio de los grupos recolectores, cazadores, pescadores, que utilizaban los ríos como fundamental via de comunicación y en algunos espacios establecían aldeas inestables, a veces en conexión con un incipiente cultivo de plantas”.

“Hoy sabemos que todos los pueblos del mundo son hijos del mismo padre y un origen común”

Al finalizar me dijo: “muy buena y detallada explicación, se ve que tienes una excelente profesara, si quieres que agregue algo m|s ser| para que comprendamos mejor a esos cientos de pueblos que habitaron nuestra Venezuela precolombina”. Te diré hija (así me llamaba) que no apareciesen aquí de la noche a la mañana es producto de miles y miles de años de evolución, ellos que son nuestros antepasados también tienen ascendientes que llega a un tronco común o padres comunes. Hoy sabemos que todos los pueblos del mundo son hijos del mismo padre, de un origen común, y es que el primer hombre como tal nació en África y allí comenzó a desarrollarse; con las glaciaciones comenzaron a esparcirse por el mundo y así se sabe llegaron a Europa y a toda la América, como puedes ver todos tenemos un padre común una común historia, y así se fueron arraigando por los territorios del mundo, fueron adapt|ndose y adquiriendo una morfología propia, una cultura, una forma de vida única de cada grupo.


Estaba impactada con la explicación de mi Abuelo y entonces le pregunte: ¿Quiere decir que un Europeo, un Africano y un Venezolano tenemos un mismo origen común? ¿un mismo padre común? A lo que el abuelo me contestó: Así es hijita, si tienes la oportunidad de explicar esto en el examen, hazlo. Ya que los que han tenido poder en el mundo lo han hecho a través del error del racismo, el cual todavía explotan para que luchen unos contra otros.

Llego el día del examen y escribí y escribí todo lo que había aprendido con la profesora y con mi Abuelo. El día que entregaron las pruebas estaba muy emocionada, la profesora daba el nombre de cada uno de mis compañeros y le entregaba su examen corregido. Pasaba el tiempo y no me nombraba (el tiempo se me hacía interminable), termino de entregar y al final dijo mi nombre y me pidió que me quedar| un momento después de la clase, eso me preocupo. Una vez que mis compañeros se habían ido, se sentó en el pupitre de al lado, me entrego mi examen mi nota era veinte y al lado estaba escrito lo siguiente “¡Muchas gracias!”; le pregunte porque había escrito esto y me dijo: “yo estoy casada con un hombre maravilloso de piel oscura, tenemos un hijo que saco todos los rasgos de su pap| de lo cual me siento muy orgullosa, pero en el Colegio lo molestan por su color de piel. Luego de haber leído tu examen le pedí que lo leyera y que contara eso que habías escrito a sus compañeros en una exposición que tenía al día siguiente, me conto que lo hizo y explico nuestro origen común, al finalizar su exposición uno de los niños que m|s se ensañaba con él, se levantó de su pupitre, le pidió perdón por lo que había hecho y le dijo que a “partir de hoy lo iba a tratar como lo que era: Su Hermano”

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Colofón Hoy en Venezuela subsisten menos 50 grupos autóctonos y cada vez más diseminados por el hambre, la miseria, las enfermedades, los latifundistas y el desamparo de los gobiernos de turno. Son muy pocos grupos los que hoy conservan intactas su forma de vida, su conexión directa con la naturaleza, su organización interna como sociedad y familia. Muchos se dedican en la actualidad a actividades como la buhonería, el turismo, en los casos extremos a la mendicidad en los más lugares oscuros de las grandes metrópolis de nuestro país.

Fuentes para la elaboración de este articulo: Historia Económica y Social de Venezuela. Federico Brito Figueroa. Tomo I, 5ta Edición. Universidad Central de Venezuela , Ediciones de la Biblioteca _EBUC Caracas, 2005. Fuentes electrónicas para la elaboración de este articulo: An|lisis socio-económico de Venezuela. Eduardo J. Ortiz. http://books.google.co.ve/books id=P4J_e6hYtygC&pg=PA7&dq=poblamiento+de+venezuela&hl=es&sa=X&ei=Q733UtTPI2jkQf1sIHoDg&ved=0CEsQ6AEwCA#v=onepage&q=poblamiento%20de% 20venezuela&f=false Pueblos Indígenas de Venezuela https://www.youtube.com/watch?v=kPxNQ9SMMo8&feature=youtube_gdata_player


LOS BARE…

una etnia que se resiste a ser olvidada. Geraima Espinoza. HPS– 131-00194V

RAICES DEL PUEBLO BARE Al pertenecer a la familia lingüística Arawuacos , a los que también pertenecen los los grupos étnicos guajiro, paraujano, baniva, curripaco, yavitero, piapoco, guarequena, aruaco , son coparticipes de sus costumbres y cosmogonía. M|s sin embargo el pueblo indígena Baré ha sido considerado como uno de los m|s aculturados del estado Amazonas, ya que fueron adoptando otras culturas for|neas en detrimento de la propia.

Se especula que entre los 6000 y 5000 años A.C, los Proto-Arawak la familia a la que pertenece esta etnia se encontraban concentrados a los largo de la ribera inundable de la Amazonía Central. Como consecuencia de migraciones y expansiones que se produjeron entre los 4200 y 3800 años A.C una parte de la población Arawak penetro al Bajo Negro convirtiéndose en los Proto Maipure del Norte, en una penetración y asentamiento en el ambiente oligotrópico del Río Negro un h|bitat empobrecido en la estación seca. Esto probablemente hizo necesario: 1. La ocupación de territorio más extenso. 2. Una mayor expansión entre distintos asentamientos. 3. El establecimiento de un mayor control sobre territorios ocupados. 4. El surgimiento y/o refuerzo de las reglas de territorialidad. 5. Una mayor eficacia en la Producción (Ej. La agricultura) y/o un mayor control de la natalidad. 8


Como consecuencia de todo esto, los hablantes de los Proto-Maipure del Norte se subdividieron en cinco grupos, cada unos de los cuales se dirigió y ocupo un sector determinado del Noreste Amazónico. El Proto- Baré se movió hacia el Alto Negro. Según datos etnogr|ficos e históricos de los BARÉ después de su separación étnica y lingüística ocuparon el sector comprendido entre el Medio Negro y sus afluentes, después pasando por ultimo a concentrarse en los ríos Siapa, Pamoni, Pasimoni y Baria. Después de su asentamiento sedimentario , esta etnia pasó a vivir a orillas del río Casiquiare, Baria y el Río Negro fundando poblaciones a su paso a lo largo del río .

A partir del año 1737, los baré, que vivían en la hoy República Federativa de Brasil, fueron siendo objeto de esclavitud por parte de los portugueses, quienes los cazaban como animales para ponerlos a trabajar la tierra.

Esta situación envolvió a los baré, ocasionando una primera oleada de destrucción de la cultura autóctona, ya que fueron obligados a vivir en las nuevas poblaciones fundadas por los españoles, adoptando nuevas formas de vida, nuevas costumbres, así como nuevo idioma (el castellano) y nueva religión(la católica). Otro hecho que contribuyó a la transculturación y casi exterminio de los baré, fue la época de explotación del caucho, que fue iniciada en la región amazónica venezolana por el francés Trouchon hacia el año 1860, durante la misma, toda la Amazonía era una especie de campo de concentración, de campo de la muerte.

Al finalizar la bonanza del caucho y de otros productos vegetales (el pendare, la sarrapia y el chiquichiqui), en el año 1927 aproximadamente, comienza un movimiento migratorio desde río Negro a otras partes del estado Amazonas, en su mayoría a Puerto Ayacucho, donde los Baré continúan su proceso transculturador al irse adaptando circunstancialmente a las costumbres ,la cultura , la religión y la alimentación del “hombre blanco”.


A pesar de todo lo antes expuesto, los Baré se resisten a la extinción total de su cultura.El idioma es el aspecto donde hay mayor debilidad; por eso en los últimos años, un grupo de profesionales descendientes de esta importante etnia, se han dedicado a rescatar y promover estos valores culturales ancestrales,ejecutado varios proyectos, que tienen como finalidad la enseñanza del idioma baré, entre ellos: la Escuela de Baré”Pompilio Yacame”, los Nichos Lingüísticos “Yacame”, “Puchuchúculi Jmiye” y Ukúwe Jmiye; el Órgano Informativo “Yajaneina Wini”, en Puerto Ayacucho .

LOS BARÉ: HOMBRES DE AGUA …TEJEDORES DEL RÍO NEGRO

En términos generales, el Baré tiene una fuerte relación con el río y sus recursos, tanto material como simbólico. Después de todo , corren siempre, cambian todo, , pero, sobre todo retienen la imagen de la riqueza al ser fuente de recursos para la sobrevivencia.

El río es el factor dominante en esta estructura fisiogr|fica y humano,dando un car|cter o la identidad al n ritmo de vida regional, dependiendo entonces del rio para la vida y la muerte,

la

fertilidad

y

la

gracia,

las

inundaciones

y

la

sequía.

Los ancianos narradores que aun conservan en su memoria recuerdos del pasado, dicen que la vida " anterior" se basó en la la explotación de los productos forestales y la yuca. También

vivían

en

dispersos

sitios de la comunidad pequeña de la familia y no en grupos , y que todo esto se fue perdiendo por la influencia de los misioneros y los militares dando paso a un intenso proceso de mestizaje y la pérdida de la lengua Baré.

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La voz chamánica de la creación COSMOGONÍA DE UNA ETNIA QUE INTENTA RESCATAR SUS RECUERDOS

En términos generales, el Baré tiene una fuerte relación con el río y sus recursos, tanto material como simbólico. Después de todo , corren siempre, cambian todo, , pero, sobre todo retienen la imagen de la riqueza al ser fuente de recursos para la sobrevivencia.

Los Baré comparten remembranzas mitológicas con los otros grupos étnicos en donde el fundamental viaje de una canoa serpiente que durante su viaje aguas arriba dio origen a todos los grupos y sus territorios fijos primarios. Venida del este de la Laguna de la Leche , la serpiente ancestral subió el Río Negro, para llegar a la cabecera , y allí los antepasados de muchos grupos emergieron del cuerpo de esta m|gica serpiente uno por uno . Cada grupo recibió un lenguaje, su respectiva parafernalia ritual , un complejo de bienes simbólicos como nombres, mitos , rezos , cantos cham|nicos y el derecho a fabricación de un tema en particular de una cultura material. Para los Bare su raíz lingüística y la religión del Kúwai -Kúai-Kuwé o Katsí-m{lani- la voz “cham|nica” de la creación. Kúwai es el maestro que controla todo con su poderosa sabiduría, trasmitiendo a los hombres parte de ésta en rituales sagrados que generalmente son ritos de iniciación de los hombres. Estas enseñanzas encierran un fuerte código simbólico que es de gran influencia en la forma de vida de los indígenas; es la habilidad de controlar lo natural y lo sobrenatural, constituyendo adem|s el modelo para la interpretación, la construcción y la representación del espacio, la geografía y la historia. Este sistema religioso es adem|s pilar fundamental en el liderazgo político de los Baré; las habilidades transmitidas del Kúwai a los chamanes para controlar lo visible y lo invisible, permitieron legitimar a éstos como líderes políticos, convirtiéndolos en figuras importantes, situación que se presenta incluso en tiempos recientes. Uno de los líderes m|s representativos de


los pueblos indígenas y por los criollos del Río Negro, gracias a sus conocimientos de plantas y habilidades sanadoras, adem|s de ser el fundador de la Villa Santa Rosa de Amanadona, en el Alto Río Negro en 1873. En el siglo XX los chamanes Baré adquirirían mayor popularidad entre indígenas y criollos, Hilario Bolívar e Hilario Maroa “Maroita”, por sólo mencionar dos, fueron reconocidos por sus dotes para la curación en varias regiones de Venezuela y de otros países vecinos, al compartir sus conocimientos y pacientes con la medicina tradicional.

Para concluir, podemos decir que el desafío de la vida social Bare , fue y es el asimilar productividad que ofrece el extranjero, asegurando la convivencia a través del establecimiento de los lazos familiares del mestizaje. Para ellos el universo , de acuerdo con esta visión del mundo es compartida por diferentes grupos de seres humanos, sino también animales , santos y encantados . Todos ellos interfiriendo en el mundo social de diferentes maneras, y mostrando cómo tanto el cosmos y como el devenir social est|n sujetos a la misma lógica y al mismo respeto. En la actualidad toma relevancia el conocimiento del origen de la actual población criolla amazónica ya que nos proporciona uno de los mejores instrumentos para la reinterpretación de las raíces indígenas de este Territorio. Agradecimientos: Al fotógrafo Alfredo Cedeño, autor del Blog textosyfotos.blogspot.com/ .Quien amablemente permitió el uso de sus fotografías en ese articulo. Al personal del Museo Etnológico Monseñor Enzo Ceccarelli de Puerto Ayacucho :Sra Maria Palmera y Sr. Edwin Payua Payare ,por su gentil atención telefónica. Fuentes electrónicas para la elaboración de este articulo: -http://sisov.mppp.gob.ve/estudios/13/Enfoque%20de%20Etnias%20Indigenas.pdf -CULTURA ETNOLÓGICA http://www.une.edu.ve/administracion/amazonas/cultura.htm -http://uptparia.edu.ve/documentos/memorias_venezuela/ Memorias_de_Venezuela_Numero_5_2008.pdf 12


- http://www.unet.edu.ve/unet2001/agrupaciones/amerindia/aboutme.htm

-Código Venezuela » GENTE QUE HACE ESCUELA Nelson Méndez: “Cocinando trasciendo mi destino: la Amazonia” http://www.codigovenezuela.com/2014/01/gente-hace-escuela/nelson-mendez-%E2%80% 9Ccocinando-trasciendo-mi-destino-la-amazonia%E2%80%9D AMAZONAS : Cuna y Memoria del Tiempo - marilin's blog http://marilin0809.typepad.com/blog/2010/03/amazonas-cuna-y-memoria-del-tiempo.html http://www.google.com/url? sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=149&cad=rja&ved=0CFEQFjAIOIwB&url=http%3A% 2F%2Fwww.lacult.org%2Fdocc% 2FDATOSETNOGPUEBLOSINDVENEZUELA.doc&ei=g4zxUtvdDMaLkAfFmIDwBg&usg=AFQjCNGmYtbl0ZLqglMrVIDcmeq2KbR6qA &bvm=bv.60444564,d.eW0 http://juegosindigenas.obolog.com/los-bare-1161207 Antecedentes Historicos De La Etnia Bare. BuenasTareas.com. Recuperado 01, 2013, de http://www.buenastareas.com/ensayos/Antecedentes-Historicos-De-La-EtniaBare/7024438.html http://textosyfotos.blogspot.com/2012/09/pueblo-bare.html http://wcastilloperez-oligarcastemblad.blogspot.com/2013/09/homenaje-nuestros-abuelosoriginarios_7.html


LA CONSTITUCION Y LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS VENEZOLANOS. SITUACION ACTUAL Mirian L. Mavárez Rojas . CJP-131-00021V Resumen En los últimos años las legislaciones de diversos países de América Latina han reconocido derechos específicos para los pueblos indígenas que en ellos habitan. En el caso de Venezuela, la Constitución vigente, promulgada en 1999, presenta un conjunto de artículos referidos a los Derechos de los Pueblos Indígenas los cuales son objeto de an|lisis en este trabajo de naturaleza descriptiva y de car|cter documental. Posteriormente se aborda lo concerniente a la situación actual de los indígenas en cuanto a sus derechos se refiere, haciendo énfasis en los aspectos que generan mayor controversia. Al final se establecen las conclusiones correspondientes. Palabras Claves: Constitución, Pueblos Indígenas, derechos, territorio, legalidad

Los derechos de los indígenas son aquellos derechos colectivos que existen como reconocimiento a la condición específica de los pueblos autóctonos. Los mismos incluyen no solo los derechos humanos m|s b|sicos a la vida e integridad, sino también los derechos sobre su territorio, al idioma, cultura, religión y otros elementos que forman parte de su identidad como pueblos. Tales derechos han sido reconocidos tanto por organismos internacionales (ONU, OEA, OIT, CIDH) como por diversos ordenamientos jurídicos internos de países latinoamericanos. Tal y como lo refiere Bello (1999), en Venezuela se reconoció por primera vez en la Constitución de 1811 los derechos cívicos a los indígenas sobre la base de principios de igualdad y justicia en cuanto a la educación y derechos de propiedad de la tierra en la que vivían. En las siguientes leyes fundamentales, la cuestión de los pueblos indígenas se limitó a la concesión de un estatuto especial a los territorios habitados por estos pueblos; pero en la Cons-

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la cuestión de la integración de los indígenas al Estado. En la siguiente constitución democr|tica, aprobada en 1961, se realiza un cierto alejamiento respecto al reconocimiento de la especificidad cultural de la población indígena. Un corto artículo 77 de la Constitución se refería a los indígenas:”El Estado propender| a mejorar las condiciones de vida de la población campesina. La ley establecer| el régimen de excepción que requiera la protección de las comunidades de indígenas y su incorporación progresiva a la vida de la Nación”.

En la actualidad la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de 1999 regula la situación jurídica de la población indígena. Específicamente el Capítulo VIII, titulado “De los derechos de los pueblos indígenas”, contempla un conjunto de artículos (desde el 119 al 126) de mucha importancia, los cuales se encuentran reafirmados en otros que est|n diseminados en el texto constitucional. En ellos se atiende lo referente al derecho a la tierra, el derecho a la salud y a la educación, el derecho a la igualdad cultural y a la gestión de los recursos de sus h|bitats tradicionales, el derecho a ser consultados en los programas y proyectos que les conciernen y a la participación política. Estos eran los puntos de mayor fricción en los años previos a la aprobación de la Constitución vigente. A continuación se hace referencia sobre las disposiciones legales previstas en ellos.

En el artículo 119 se establece que “El Estado reconocer| la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su h|bitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponder| al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales ser|n inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley”.


Este artículo presenta de forma resumida el espíritu y letra de todo cuanto incluye la Constitución Bolivariana sobre nuestros pueblos indígenas y sus atributos. Se trata del reconocimiento de la existencia tanto de los pueblos como de sus comunidades constitutivas, de su valor y la vigencia actual de sus sociedades y culturas específicas, de su derecho originario a ocupar y usufructuar sus tierras tradicionales. Es de particular importancia lo referente a la demarcación de las tierras colectivas, la cual ha sido desde hace mucho tiempo la exigencia fundamental de los indígenas en diversas partes del mundo. Llama la atención que en este artículo lo que se reconoce es el derecho sobre las tierras no sobre el territorio, y en torno a ese aspecto varios expertos en el tema se han pronunciado. Una de ellas es la formulada por Bello (s/f), la cual considero v|lida y pertinente Este autor expresa que el derecho a territorio es una reivindicación de los pueblos indígenas que no quedó del todo satisfecha pese a que forma parte de los est|ndares internacionales de derechos humanos. Aclara que el término "h|bitat" hace referencia al espacio o entorno biológico y no necesariamente a la ocupación territorial o |rea geogr|fica que se encuentra bajo la influencia cultural de un pueblo, mientras que el vocablo "tierra" remite a una porción de la naturaleza que es apropiable por un individuo o persona jurídica. Sostiene que “de esta forma, al no reconocerse el derecho al territorio y continuar us|ndose el término "tierra", se desconoce uno de los derechos elementales de estos pueblos”. A su juicio, esta negativa, hecha en nombre de la “soberanía nacional”, refleja ignorancia del tema y hace mención a lo expresado por el experto Vladimir Aguilar (1999) "…el reconocimiento de los derechos indígenas sobre sus territorios no significa el desconocimiento de la soberanía del Estado sobre sus recursos naturales, sino al contrario, refuerza esta última por la vía de otorgarle legitimidad a quienes han sido sus principales garantes”. El artículo 120 se refiere al aprovechamiento de los recursos del h|bitat indígena por parte del Estado. Se establece que “… se har| sin lesionar, la integridad cultural, social y económica de los mismos, e igualmente est| sujeto a previa información y consulta a las comunidades indígenas respectivas ”. Lo que no se garantiza es el derecho al libre consentimiento. Esto colide con lo establecido en el artículo 123 de la Constitución “los pueblos indígenas tienen derecho a “… definir sus prioridades”.

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El artículo 121 hace hincapié en la identidad étnica y cultural de los indígenas, sus valores, su espiritualidad, su derecho a una educación propia y a un régimen educativo de carácter intercultural y bilingüe. El 122 se refiere al derecho a una salud integral a partir de iniciativas estatales, con el reconocimiento de su medicina tradicional. El 123 reconoce su derecho a mantener y promover sus propias prácticas económicas, basadas en la reciprocidad, la solidaridad y el intercambio y agrega una serie de consideraciones como su participación en la economía nacional, su derecho a la capacitación y formación profesional, a la asistencia técnica y el disfrute de los beneficios laborales, entre otros.

El artículo 124 también es relevante por cuanto garantiza y protege la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas, prohibiendo el registro de patentes sobre recursos genéticos y conocimientos ancestrales. El artículo 125, a su vez, está referido a la participación política de estos pueblos, a su representación en la Asamblea Nacional y en los cuerpos deliberantes de las entidades federales y locales con población indígena. El Capítulo VIII cierra con el artículo 126 en el cual se reconoce a los indígenas como parte de la Nación, del Estado y del pueblo venezolano. Asimismo se establece que el término pueblo no podrá interpretarse en esta Constitución en el sentido que se le da en el derecho internacional.

Luego del Capítulo VIII hay siete artículos que hacen referencia a los pueblos indígenas. Específicamente el artículo 260 reconoce el derecho consuetudinario y le crean una jurisdicción especial. Tal reconocimiento del derecho al propio sistema de normas y prácticas judiciales puede considerarse, como afirma Colmenares ( 2001) , una forma efectiva de protección de los indígenas venezolanos porque es precisamente gracias a estas leyes no escritas que ellos durante siglos resolvían sus conflictos, mantenían sus comunidades y su identidad, al ser excluidos y discriminados por parte del Estado. En el artículo 169 se ordena dar forma particular a los municipios con población indígena, en el 186 se norma el derecho a la participación política, en el 181 se prohíbe la ampliación de los ejidos municipales a costa de las tierras indígenas y en los artículos 156, 281 y 327 se establecen cuales serán los poderes e instituciones responsables de garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas, incluso en condiciones de excepción.


Aparte de los artículos antes referidos, también es obligado hacer mención al artículo 9, en el cual se establece que: “el idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la nación y de la humanidad”. Esta disposición legal es importante, no solo porque constituye un acto de justicia para con nuestros pueblos originarios, sino porque eso contribuye a preservar las lenguas indígenas. Ahora bien, aun cuando la Constitución vigente tenga aspectos que son discutibles, es innegable que la misma presenta una serie de artículos sobre los derechos de los pueblos indígenas que la colocan en un sitio de honor entre las Constituciones de América Latina y el mundo. Eso tiene importancia pero la tendría aun m|s si efectivamente lo allí declarado se convierte en una realidad palpable. Desde su entrada en vigencia hasta el presente han transcurrido m|s de diez años, tiempo suficiente para que se hayan materializado cambios significativos; por consiguiente cabe preguntarse ¿cu|l es la situación actual de nuestros indígenas en lo que respecta a sus derechos constitucionales? La revisión de informes, estudios y artículos de opinión sobre este tema ha permitido obtener la siguiente información: En cuanto al aspecto normativo se aprobó la Ley Org|nica de Demarcación del H|bitat y Tierras de los Pueblos Indígenas (2001), la de Pueblos y Comunidades Indígenas (2004) y la de Idiomas Indígenas (2008). También se ha aprobado en las constituciones regionales, en ordenanzas municipales y en otros instrumentos jurídicos, medidas legislativas que amplían el reconocimiento de un Nuevo Ciudadano para América Latina (Gonz|lez, 2009) PROVEA (Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos) en su Informe Anual 2012 expresa que se mantiene sin aprobar el Proyecto de Ley de Coordinación de la Jurisdicción Especial Indígena con el Sistema de Justicia y se reconoce el buen trabajo realizado por la Defensoría Pública Nacional, que cuenta con defensores indígenas. En el |mbito de la Salud, se reportan casos de indígenas afectados por diversas enfermedades, muertes por contaminación del agua, por mala asistencia en partos y en mayor proporción por el VIH. Asimismo hay denuncias por falta de insumos médicos en los Servicios de Atención y Orientación al Indígena (SAOI). También reportan las discusiones que se est|n dando para unificar propuestas en torno a la incorporación de la medicina tradicional y complementaria al sistema público de salud. En relación con la Educación se aprobó el Proyecto de Ley de

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de Educación Indígena y por Decreto Presidencial se reconoció como tal La Universidad Indígena de Venezuela, ubicada en el estado Bolívar. Se mantiene en mora la creación del Instituto Nacional de Idiomas Indígenas.

Otro aspecto importante al cual hay que hacer referencia es el de la demarcación de tierras. A juicio de Mosonyi (2009) esto es el verdadero talón de Aquiles de la actuación gubernamental para con los indígenas durante los últimos diez años. Este autor afirma que “… muy poco se ha logrado- aparte de que existe una Ley que lleva por nombre Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos- y tampoco está en ciernes un justo y cabal reconocimiento de las tierras indígenas ancestrales, en el marco de una verdadera política de demarcación de sus tierras colectivas”. “La realidad es una sola: Las comunidades indígenas, salvo excepciones muy exiguas y hasta discutibles como ocurre en Anzoátegui, aun no han recuperado sus tierras”. Asimismo expresa que “sin la solución medianamente equitativa del problema de las tierras indígenas, es imposible desarrollar un trabajo serio porque seguiría faltando lo principal e indispensable”.

Angosto L. (2010) comparte las apreciaciones de Mosonyi (2010) pues considera que las tierras indígenas “son la bisagra que articula la relación entre los pueblos indígenas y el Estado y el sustento de la posibilidad de disfrute de derechos constitucionales diferenciados”. Expresa que “en Venezuela, a diez años de aprobada la CRBV, sólo se han titulado treinta y seis comunidades indígenas como poseedoras de derechos originarios sobre tierras demarcadas y paralelamente se está promocionando la constitución de comunas indígenas que, aunque con base territorial y con capacidad de autogestión, no implican necesariamente la propiedad colectiva de sus habitantes sobre las tierras en las que se levanta la comuna”.

A su juicio ninguna de esas opciones de territorialización indígena se corresponde con el espíritu de lo establecido en la CRBV en su capítulo sobre derechos indígenas, pero son hasta el momento los únicos referentes gubernamentales. Agrega que “el creciente distanciamiento entre la legislación y la práctica gubernamental no responde sólo a la frecuentemente aludida ineficacia del aparato estatal ni a una mala interpretación de la ley, sino también, y en nuestra opinión principalmente, a la emergencia entre el Gobierno de una concepción diferente de la participación indígena en la nacionalidad para la que, sin embargo, no se impulsa legislación específica ni teoría propia.


Otras fuentes también reflejan esa problemática. Así en el informe Anual 2009 de PROVEA se reportó que “durante el período 2008-2009 se agudizaron los conflictos derivados de la ocupación de tierras ancestrales por parte de hacendados”. “La postergación del cumplimiento por parte del Estado de sus responsabilidades en la demarcación de hábitat y tierra indígena socava la posibilidad de desarrollo y autodeterminación de estos Pueblos, pudiendo conducirlos a una pérdida irrecuperable de su patrimonio cultural e incluso de su diversidad sociocultural”. También afirman que se observa una tendencia del Estado a impulsar planes y proyectos de “desarrollo” la mayoría de las veces inconsultos que podrían generar daño. La explotación de los recursos naturales en zonas de asentamiento indígena continúa. Todo esto lo reitera PROVEA en el Informe 2012. Afirma que no se muestran indicios en la progresividad de los derechos, pues persiste la falta de implementación efectiva de la demarcación y la correspondiente titulación de los territorios indígenas.

Hasta Mayo de 2012 se han otorgado 43 títulos, es decir, solo tres títulos más desde el 2009 al 2012. Pero, tal y como lo señalaron en el Informe del 2009, esta política no pasó de ser “delimitaciones realizadas en comunidades individualizadas y con extensiones de tierras limitadas, razón por la cual algunos expertos han calificado las mismas como verdaderas entregas de parcelas o lotes de tierras”. Para Krzywicka (2011) en la práctica, el problema con los títulos de propiedad de la tierra aparece especialmente en las áreas donde hay recursos naturales y en las zonas fronterizas donde hay militares. Las comunidades denuncian el hecho de que las tierras siguen perteneciendo a las empresas transnacionales mineras, gasíferas y petroleras. En la Sierra de Perijá (estado Zulia) las concesiones petroleras y carboníferas abarcan casi todo los territorios ocupados por las etnias Barí y Yukpas; por tanto la explotación de petróleo y carbón en dichas zonas implica el despojo de sus territorios y daños ecológicos (López y Hernández, s/f).

Esa situación realmente llama a la reflexión, porque lo que los indígenas exigen es la demarcación de entidades territoriales suficientemente amplias y adecuadas a sus necesidades tal y como lo establece la Constitución. A juicio de Morales (2007) los representantes del Ejecutivo, a la hora de dialogar con los pueblos indígenas para demarcar tierras y territorios, deben sentarse a la mesa de negociaciones convencidos de que dichos pueblos, por una parte, tienen una clara conciencia, de ser los descendientes de los pueblos que ocupaban este territorio antes de la formación del Estado venezolano y, por otra parte, de que están defendiendo sus derechos ancestrales sobre sus tierras y territorios, fundamentados en su historia sagrada, en la ocupación continua y utilización de los recursos de dichas tierras y territorios, y en la posesión de títulos de propiedad coloniales o republicanos. 20


PROVEA en Octubre de 2013 señaló que aun cuando la disposición transitoria décimo segunda de la Constitución establecía que el proceso de demarcación al que se refiere el artículo 119 se realizaría en un lapso de dos años contados a partir de su entrada en vigencia, hasta esa fecha menos del 5% del territorio de las comunidades aborígenes ha sido demarcado y entregado a sus propietarios.

Al hacer un balance en función de la información recabada, se puede afirmar que este tema es complejo pero de gran interés desde el punto de vista histórico, social, cultural, político y económico. Su estudio permite comprender mejor el pasado, el presente y en cierto modo intuir el futuro. A continuación se presentan las conclusiones a las cuales se arribó en este trabajo.

Conclusiones La Constitución de la República Bolivariana de 1999, implica un profundo cambio de perspectiva política y cultural que reorienta la conducción del Estado venezolano, al reconocer su carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe. No se evidencia progresividad en la implementación de la mayoría de los derechos de los pueblos indígenas, especialmente en la materialización de los derechos territoriales. Por consiguiente todavía existe una deuda social en lo atinente a transformar en realidad las garantías y derechos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución.

Referencias Bibliográficas Angosto, L. (2010). Pueblos indígenas y la nueva geometría del poder en Venezuela. En Cuadernos del CENDES, vol. 27, nº 73. Caracas (Disponible: http://www.scielo.org.ve/scielo.php? pid=S1012-25082010000100005). (Consulta: 2014, Febrero 5)


Bello, L. (1999). Los derechos de los pueblos indígenas en Venezuela. IWGIA, documento Nº 26, Copenhague. (Disponible: http://www.iwgía-files-publications-files/03).(Consulta: 2014, Febrero 3) Colmenárez, R. (2001). Los derechos de los pueblos indígenas en el nuevo orden jurídico venezolano. Universidad Católica Andrés Bello. Caracas. Constitución. (1999). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 5453 (Extraordinario), Marzo 24, 2000. González, O. (2009). Interculturalidad y Ciudadanía: Los pueblos indígenas excluidos. En: Anuario Grhial, Nº 3, 2009. (Disponible: http://www.saber.ula.ve/ bitstream/123456789/30873/1/articulo3.pdf.)(Consulta: 2014, Febrero 7) Krzywicka, K (2011). Situación jurídica de los pueblos indígenas en Venezuela. Dilemas de representación y Participación. En Revista CESLA, Nº 14, 2011. Pp 73-107). Polonia. (Disponible: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=243322672007) (Consulta: 2014, Febrero 4) López, R. y Hernández, C. (s/f). Realidad actual de los pueblos indígenas de Venezuela: Los Barí y los Yukpa y el conflicto de las empresas petroleras y carboníferas. (Disponible: encontrarte.aporrea.org/media/15/Indigenas.pdf) (Consulta: 2014, Febrero 6) Mansutti, A. (2000). Pueblos indígenas y cambios constitucionales. En Boletín Antropológico Nº 50, Sep.Dec 2000. Universidad de los Andes (ULA). Mérida. (Disponible: http:// www.saber.ula.ve/bitstream/123456789/18415/.../alexander-rodriguez.p.)(Consulta: 2014, Febrero 5) Mosonyi, E. (2009). Balance general de los diez años del proceso bolivariano: pueblos indígenas. Un reconocimiento histórico con fuertes problemas colaterales. En Revista Venezolana de Economía y Ciencias Sociales, vol. 15, nº 1, Caracas 2009.(Disponible: http:// www.scielo.org.ve/scielo.php?pid=S1315-64112000900010000 (Consulta:2014, Febrero 7) Morales, F. (2007). Aspectos a tomar en cuenta a la hora de demarcar los territorios indígenas). En Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, vol13, nº 2, Dec 2007. (Disponible: http://www2.scielo.org.ve.php?scrip=sci) (Consulta: 2014, Febrero 2) PROVEA (2009). Situación de los Derechos Humanos en Venezuela, Informe Anual octubre 2008 / Septiembre 2009. (Disponible: http://www.derecho.org.ve/2009/12/09/informe-anual2009) (Consulta: 2014, Febrero 6). PROVEA (2012). Situación de los Derechos Humanos en Venezuela, Informe Anual Enero – Diciembre 2012. (Disponible: http://www..derecho.org.ve/informe-anual-2012/) (Consulta: 2014, Febrero 6) 22


La Cultura Maya

¿Por que es considerada

como Sociedad Autosuficiente? Laura Cristina Martínez González CJP-113-00562V

Los primeros rastros concretos de la Civilización Maya, se remontan al 1,800 AC, en la Cuenca del Mirador, en el norte del Petén, Guatemala, aunque hay asentamientos desde el hace 6,000 años. (Coe, 2005). Signos de organización política emergieron en el Preclásico medio, (ca. 1,000–400 AC), llevando al nacimiento de un sistema de Gobierno de tipo ciudad=estado en el preclásico tardío, (ca. 400 AC–100 DC). De acuerdo con la cronología de Mesoamérica La cultura Maya nace durante el período Pre-Clásico (2000 a. C. a 250 d. C.), muchas ciudades Mayas alcanzaron su mayor desarrollo como estados durante el periodo clásico (250 d. C a 900 d. C.) y continuaron durante todo el período de Post-Clásico hasta la llegada de los españoles. Ubicados geográficamente en el sur y sureste de México (que corresponde a los estados de Yucatán, Campeche, Tabasco, Quintana Roo y la zona oriental de Chiapas) y en partes de Guatemala, Honduras y Belice. Este extenso territorio comprendía aproximadamente 350.000 km2.

Esta cultura en su proceso evolutivo presenta particularidades muy importantes las cuales le han permitido a los historiadores incluirla dentro de las Sociedades Autosustentables; dado que fue capaz de producir su propia energía, alimentos, bienes, servicios, organización, cultura y por lo tanto, pueden valerse por sí mismas.

En ese sentido La cultura Maya, al igual que los Incas y los Aztecas como Sociedades Autosuficiente ofrecían lo que nos ofrecen hoy en día las Sociedades Capitalistas, e incluso más aun sin depender ni política, ni económica, ni culturalmente de otras instituciones externas a la propia Comunidad Autosuficiente; pero si existió una interdependencia y una cooperación muy estrecha entre las diversas comunidades, siempre desde un plano de igualdad, pues los habitantes de una Comunidad Autosuficiente producen realmente su propia cultura y se constituyen a sí mismos como personas y como comunidad.


Se evidencian el alto nivel espiritual que les permitió expresar artísticamente plasmando en las estructuras arquitectónicas diseñadas por ellos la belleza, el arte y el manejo de la energía que han sido merecedoras como Patrimonio de la Humanidad por la Unesco, en 1.979 y 1.981 respectivamente que se encuentran en las diversas ciudades de Tikal, Quiriguá,Palenque, Copán, Río Azul, Calakmul, Comalcalco (construida de ladrillo cocido), así como Ceibal, Cancuén, Machaquilá, Dos Pilas, Uaxactún, Altún Ha, Piedras Negras y muchos otros sitios en el área. Los mayas participaban en el comercio a larga distancia en Mesoamérica, y posiblemente más allá. Entre los bienes de comercio estaban el jade, el cacao, el maíz, la sal y la obsidiana.

Se concluye que la civilización Maya representa una de las más grandes y perfectas culturas Precolombinas, que aunque no pudieron impedir el avance de los conquistadores españoles; lograron dejar una impresionante arquitectura, además de estructuras sociales, políticas y culturales. Sus avances los llevaron a formar unas civilizaciones, que hasta el día de hoy, son de reconocida relevancia y valor histórico; su carácter de Sociedad Autosuficiente deviene del hecho cierto de poder subsistir y satisfacer las necesidades de sus habitantes por sus propios medios ; lo cual extrapolado en la actualidad equivale a afirmar que las mismas pudiesen subsistir sin depender de un mercado capitalista ni de un Estado Nacional; aún estos no existían en el mundo para esa época; sin embargo, las culturas Precolombinas de los Mayas, Incas y Aztecas fueron capaces de adelantarse en el tiempo y aplicar una serie de técnicas, sobre todo agrícolas, que los llevaron a producir alimentos en abundantes cantidades, para el consumo y sustento diario de sus pobladores.

Paginas Electrónicas Consultadas: • http://www.slideshare.net/materialeshistoria/altas-culturas-precolombinas • http://html.rincondelvago.com/aztecas_mayas.html http://es.wikipedia.org/wiki/Cultura_maya http://www.mayasautenticos.com/cultura_maya.htm 24


EL Cacique Mara Este cacique de trato firme y autoritario, asumía toda la figura autocrática de quien gobierna asistido por poderes sobrenaturales. Fue caudillo de una vasta región occidental que se extendía desde las orillas del lago conocido como Maracaibo y el río Magdalena, en el límite con lo que hoy día es Cartagena. Los fieros indios motilones conocieron las incursiones de este cacique que consiguió someter a muchas tribus de la región, con las cuales hizo frente al invasor.

Perfecto conocedor de la geografía guajira, Mara consiguió ejercer una prolongada resistencia al invasor español. Muere luchando contra un capitán español, que lo captura malherido y lo deja sumirse en su agonía, tratando de negociarle un trato de libertad a cambio de su riqueza. A la muerte de Mara no le sucede ningún otro cacique de su talla, por lo que la región fue prácticamente pacificada.

La fábula sobre el Indio Mara (quien vivió en la Isla de Providencia), según la cual, al caer herido en fiera batalla, un soldado español exclamó "Mara cayó. Mara cayó" y que por distorsión fonética dio origen a la palabra Maracaibo, es sólo una leyenda. Sin embargo, sea leyenda o realidad, este personaje ha formado parte del acervo heroico del pueblo zuliano.

Fuente electrónica: http://www.guiaviajesvirtual.com/index_zulia.php?recharge=personajes


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Mara


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