ACTIVIDADES TEMA 1 1. Una sociedad comanditaria está formada por tres socios, dos colectivos, el Sr. Gallardón y el Sr. Serrano y una socia comanditaria, la Sra. Jiménez. ¿Cómo afecta a cada socio las deudas que adquiera la sociedad? Las deudas afectarán a cada uno según el tipo de socio que sean, es decir, a los señores Gallardón y Serrano, al ser socios colectivos tendrán que responder ante la deuda de forma ilimitada, es decir, que responderán con todo su patrimonio en todo momento que una deuda se presente. Mientras que, por otro lado, la señora Jiménez, por ser una socia comanditaria, tendrá que aportar un capital limitado, es decir, que perderá únicamente aquel dinero que ha aportado a la sociedad para suplir la deuda. 2. ¿En cuál de estas sociedades los socios responden con sus bienes por las deudas contraídas por la sociedad? a) Sociedad anónima b) Sociedad cooperativa c) Sociedad colectiva d) Sociedad laboral Los socios responden con sus bienes ante las deudas contraídas por la sociedad en el caso de que ésta sea: colectiva. 3. ¿Preferirías abrir un bar como empresario individual o con otros socios? Comenta pros y contras de ambas posibilidades. En el caso de abrir un bar, la opción que elegiría sería abrirlo junto a otros socios. -Constituir una empresa de forma individual, proporciona: •
Ventajas: el empresario que la constituya tiene un control total sobre la gestión de la empresa. No se depende de una capital mínimo necesario para constituir la empresa, como sucede en el caso de las Sociedades Limitadas y las Sociedades Anónimas. Al comenzar una empresa de manera individual, esto supone una manera sencilla y económica de iniciarse en una actividad empresarial.
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Inconvenientes: un empresario individual, es una persona física. En el momento en que este constituya una empresa, tributará a través del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) por lo que, superados ciertos volúmenes de beneficios, el tipo impositivo aumentará, situándose incluso por encima del tipo impositivo del impuesto de sociedades, que afectaría a una empresa constituida por varios socios. Las deudas que se asuman, afectarán incluso al cónyuge si se tiene un régimen de bienes gananciales, ya que se tiene una responsabilidad ilimitada. Según el patrimonio personal, pueden surgir dificultades a la hora de acceder a créditos.
-Constituir una empresa con otros socios, proporciona: •
Ventajas: las aportaciones de capital y trabajo se distribuyen entre todos los socios que conforman la empresa. Dependiendo del tipo de sociedad que se constituya, se aportará un capital limitado (sociedad anónima, sociedad comanditaria, etc.) para responder ante las deudas y las deudas se repartirán entre todos los socios.
La constitución de una empresa anónima, favorece a la separación entre la propiedad de la empresa y su gestión, lo que mejora la gestión y los resultados de ésta. Además, se participa en el reparto del beneficio obtenido. Las empresas constituidas con varios socios (sociedad limitada, anónima) tributan a través del impuesto de sociedades. •
Inconvenientes: en el caso de constituir una sociedad limitada, las dificultades a la transmisión de participaciones, limitan el crecimiento de la empresa constituida de esta manera. Constituir una sociedad anónima, favorece la separación entre la propiedad de la empresa y la gestión de la misma, lo que puede dar lugar a conflictos de intereses.
4. Los señores A y B cuentan con 30.000 euros y quieren formar una sociedad para explotar un pub, pero no desean correr el riesgo de perder más que su aportación al negocio, si las cosas van mal. ¿Qué tipo de sociedad les aconsejarías y por qué? En este caso, la opción más conveniente sería la de una sociedad de responsabilidad limitada (S.L.), ya que capital que exige para constituirse no es mayor que el dinero del que disponen. Además, se tiene una responsabilidad limitada sobre las deudas que se adquieran con la empresa y es un tipo de sociedad dispuesta a pequeños negocios familiares. 5. D. Juan Curcuas, D. Saif al Dawlah (naturalizado español) y D. Basilio Ragusa quieren formar una sociedad limitando su responsabilidad, pero con la condición de que la persona que se encargue de la administración responda ilimitadamente con todos sus bienes, ya que estiman que el administrador es el corazón del negocio. ¿Qué clase de sociedad les aconsejarías? Una sociedad personalista de tipo comanditaria es lo más preferible en este caso, pues favorece a la separación entre los socios que se encargan de la gestión de la empresa y responden de forma ilimitada y los que lo hacen de forma limitada. De esta forma, Juan Curcuas, Saif al Dawlah y Basilio Ragusa, se convertirán en socios comanditarios de la empresa por lo que su responsabilidad será limitada y por otro lado, estaría el administrador de la empresa, aquel socio colectivo que respondería de forma ilimitada y además se encargaría de la gestión de la empresa. 6. D. Timoteo Eluro, socio de una cooperativa, aportó a la misma 10.000 euros. Su patrimonio personal supera 20 veces su aportación. ¿Con qué cantidad responde D. Timoteo de las deudas de la cooperativa? ¿De qué depende su responsabilidad? Responderá ante la empresa de forma limitada, es decir, simplemente con el capital aportado. Ésa responsabilidad depende de aquello que los estatutos de la empresa tengan establecido.