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ACTA

N° 48

SESION ORDINARIA DEL DIA 30 DE MARZO DE 2015 En San José de Chimbo, a los treinta días del mes de marzo del 2015, siendo las nueve horas con veinticinco minutos, por disposición y previa convocatoria del Arq. Cesar Augusto Veloz Cevallos, Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Chimbo, con la presencia de los señores Concejales: Sr. Willian Gavilanes, Ing. Luis Alfredo Prado, Dr. Medardo Rea Durango, Lic. Ramón Saltos, Ab. Tarsicio Veloz Abril, Dr. Alexis Noboa Procurador Sindico, Ab. Alonso Garófalo Secretario Interviene el Señor Arq. Cesar Veloz Cevallos Alcalde del Gobierno autónomo Descentralizado del Cantón Chimbo; Compañeros Concejales, Dr. Alexis Noboa Procurador Sindico, Señor Secretario, una vez constatado el quórum reglamentario, dejo Instalada la sesión ordinaria del día de hoy Lunes 30 de Marzo de 2015. Señor secretario por favor de lectura al Orden del día. San José de Chimbo 25 de Marzo de 2015 Señores CONCEJALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CHIMBO. Presente Saludos Cordiales A nombre del Arq. Cesar Augusto Veloz Cevallos, Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Chimbo, me permito convocar a los señores Concejales a Sesión Ordinaria a realizarse el día lunes 30 de Marzo de 2015 a las 9h00 en el salón de sesiones del Municipio de Chimbo. ORDEN DEL DIA 1.- Constatación del Quórum. 2.- Instalación de la sesión 3.- Lectura de Comunicaciones. 4.- Lectura y aprobación de las actas de las sesiones ordinarias del día 19 de marzo de 2015, y el acta del día 24 de marzo de 2015 5.- Análisis y Aprobación en primer debate de la Ordenanza del Plan de Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo. 6.- Análisis y Resolución al Tema de Límites de las Parroquias del Cantón Chimbo 7.- Autorización al señor Alcalde para la firma del Convenio de la Mancomunidad para el Relleno Sanitario en el Sector de la Parroquia Julio Moreno. Atentamente.

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Ab. Alonso Garofalo G. SECRETARIO GENERAL DEL GADMCH Interviene el señor Alcalde; Señores Concejales pongo a consideración el Orden del día. El Concejo aprueba por unanimidad. PRIMER PUNTO.- Constatación del Quórum: señores Concejales: Sr. Willian Gavilanes, Ing. Luis Alfredo Prado, Dr. Medardo Rea Durango, Lic. Ramón Saltos, Ab. Tarsicio Veloz Abril. SEGUNDO PUNTO.- Instalación de la sesión: Interviene el Señor Arq. Cesar Veloz Cevallos Alcalde del Gobierno autónomo Descentralizado del Cantón Chimbo; Compañeros Concejales, Dr. Alexis Noboa Procurador Jurídico, Señor Secretario, una vez constatado el quórum reglamentario, dejo Instalada la sesión ordinaria del día de hoy Lunes 30 de Marzo de 2015. TERCDER PUNTO.- Lectura de Comunicaciones. Oficio N° 037-DGA-GADC de Guaranda 24 de Marzo de 2015: remite Sr. Marcelo Borja, Director de Gestión Ambiental de Bolívar. CUARTO PUNTO.- Lectura y aprobación de las actas de las sesiones ordinarias del día 19 de marzo de 2015, y el acta del día 24 de marzo de 2015. Se da lectura a las Actas de las Sesiones Ordinarias de los días 19 de marzo de 2015, y el Acta del día 24 de marzo de 2015; El concejo aprueba por unanimidad. QUINTO PUNTO.- Análisis y Aprobación en primer debate de la Ordenanza del Plan de Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo. Interviene el Dr. Alexis Noboa procurador Síndico; Señor Alcalde, Señores Concejales, una vez que el Concejo aprobó la parte técnica, en lo que tiene que ver con el Plan de Desarrollo Territorial (PD y OT), es necesario que este documento sea transformado en Ordenanza, en tal sentido el departamento de Planificación, del equipo encargado de desarrollar este PD y OT, también nos entregan el documento en el cual está diseñada la ordenanza Tipo, para cometer este asunto, en convertir este documento técnico en ordenanza es decir una ley para nuestro Cantón. Le voy a dar lectura al documento. Interviene el señor Concejal Tarcisio Veloz; señor Alcalde, solicito que se de lectura articulo por articulo el documento relacionado a esta ordenanza, del plan de desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo. Interviene el Dr. Alexis Noboa procurador Síndico; El documento dice de la siguiente manera; Ordenanza de Aprobación del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo (PDOT); El Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Chimbo CONSIDERANDO Que, es necesario contar con el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, para poder establecer y articular las políticas, objetivos, estrategias y acciones como parte del diseño, ejecución y evaluación de planes, programas y proyectos, en el ámbito de sus competencias y de su circunscripción territorial, en el marco del Sistema Nacional de Planificación; Que, los gobiernos autónomos descentralizados municipales tienen capacidad para ejecutar, proveer, prestar, administrar y financiar las competencias exclusivas y concurrentes entre varios niveles de gobierno, según el modelo de gestión de cada sector, proceso que es participativo;

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Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el numeral 6 del artículo 3 establece que es deber primordial del Estado: “…promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio, mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización.”; Que, de conformidad con el artículo 241 de la Carta Magna, la planificación garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos descentralizados; Que, los artículos 264 numeral 1 de la Constitución de la República y 55 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), señalan que los gobiernos municipales tienen competencias exclusivas de planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, con el fin de regular su uso y la ocupación del suelo urbano y rural; Que, el artículo 467 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización dispone: “Los planes de desarrollo y de ordenamiento se expedirán mediante ordenanzas y entrarán en vigencia una vez publicados; podrán ser actualizados periódicamente, siendo obligatoria su actualización al inicio de cada gestión”; Que, el Libro I, Título II, Capítulo III, Sección Tercera del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, se refiere a los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados, su contenido, objeto; y, modo de aprobación; Que, los artículos 238 de la Constitución de la República del Ecuador; 1; 2 literal a); 5; y, 6 del COOTAD, reconoce y garantiza a los gobiernos autónomos descentralizados autonomía política, administrativa y financiera; Que, el artículo 56 del COOTAD determina que el Concejo Municipal es el órgano de legislación y fiscalización; En ejercicio de las facultades establecidas en los Arts. 240, 264 de la Constitución de la República del Ecuador; 7; 55 literal a); y, 57 literales a) y e) del COOTAD. Expide: LA ORDENANZA DE APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN CHIMBO Artículo 1.- Naturaleza del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo es una política pública y un instrumento de planificación de desarrollo que busca ordenar, conciliar y armonizar las decisiones estratégicas del desarrollo respecto de los asentamientos humanos; las actividades económicas-productivas; y, el manejo de los recursos naturales, en función de las cualidades territoriales, a través de la definición de lineamientos para la materialización del modelo territorial de largo plazo, expedido de conformidad a las normas constitucionales vigentes y a las del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, ordenanzas municipales, reglamentos y otras normas legales.

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Artículo 2.- Objeto del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo, busca el desarrollo socioeconómico de la localidad y una mejora en la calidad de vida; así como la gestión responsable de los recursos naturales, la protección del ambiente, y la utilización racional del territorio. Los objetivos proponen la aplicación de políticas integrales, capaces de abordar la complejidad del territorio, su población y promover nuevas normas de cohesión y redistribución, en el marco del reconocimiento de la diversidad. Los grandes objetivos del Plan son: mejorar el nivel de ingreso o renta de la población; mejorar la calidad de vida y de trabajo; y, mejorar la calidad ambiental. El objetivo principal del Plan es, convertirse en el instrumento de gestión y promoción del desarrollo del Cantón Chimbo, el cual establece las pautas, lineamientos y estrategias para alcanzar un desarrollo sostenible del territorio. Para alcanzar estos objetivos que favorecen la articulación armónica del sistema territorial, entendido como una construcción social que representa el estilo de desarrollo de la sociedad, el Plan organiza y propone un modelo de gestión a futuro a partir de los subsistemas: medio físico o sistema natural; población y actividades de producción, consumo y relación social; asentamientos humanos e infraestructuras; y, el marco legal e institucional. Artículo 3.- Finalidad del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo , responde a una política y estrategia nacional de desarrollo y ordenamiento territorial, que tiene como finalidad lograr una relación armónica entre la población y el territorio, equilibrada y sostenible, segura, favoreciendo la calidad de vida de la población, potenciando las aptitudes y actitudes de la población, aprovechando adecuadamente los recursos del territorio, planteando alianzas estratégicas y territoriales de uso, ocupación y manejo del suelo; fomentando la participación activa de la ciudadanía, diseñando y adoptando instrumentos y procedimientos de gestión que permitan ejecutar acciones integrales y que articulen un desarrollo integral entre la población y su territorio en el contexto local, regional, nacional y mundial. El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Chimbo, tiene como finalidad lograr el equilibrio entre los objetivos supremos que son: mejorar las condiciones de vida y de trabajo; la preservación y cuidado del medio ambiente y recursos naturales; y, el aumento en el nivel de ingresos económicos de la población; y el objetivo principal del plan que es convertirse en el instrumento fundamental de gestión y promoción del desarrollo del Cantón Chimbo, el cual establece las pautas, lineamientos y estrategias para alcanzar un desarrollo sostenible del territorio, en busca del buen vivir. En este contexto, en la ejecución de la competencia exclusiva de regulación del uso y control del suelo que por Ley corresponde al GAD Municipal del Cantón Chimbo, teniendo como objetivos del ordenamiento territorial complementar la planificación económica, social y ambiental con dimensión territorial; racionalizar las intervenciones sobre el territorio; y, orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible.

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Artículo 4.- Ámbito del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo, rige para la circunscripción territorial del Cantón. Artículo 5.- Vigencia y publicidad del Plan.- El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo, tiene una vigencia temporal hasta el año 2019, pudiendo ser reformado cuando así lo considere el GAD Municipal del Cantón Chimbo, debiendo actualizarlo de manera obligatoria al inicio de cada gestión. El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo, será público, y cualquier persona podrá consultarlo y acceder al mismo de forma magnética a través de los medios de difusión del GAD Municipal del Cantón Chimbo, así como de forma física en las dependencias municipales encargadas de su ejecución y difusión. Artículo 6.- Ajustes y actualización del Plan.- Se entiende por ajustes del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, los ajustes futuros en su cartografía o en los estudios informativos o anteproyectos de infraestructuras o en los planes y programas. Todos los planes de ordenación municipal deberán aplicar las normas y ajustarán los límites de las zonificaciones previstas en la FASE II del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de acuerdo a sus escalas cartográficas. La regularización de límites será posible, siempre que el resultado no suponga una disminución sustancial de la superficie de la zona afectada. Se entiende por actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, la inclusión en el mismo de las determinaciones que surjan en el futuro, cuando se considere necesario para la mejor comprensión de su contenido, basada en los informes pertinentes. Los ajustes y la actualización serán efectuados por la entidad a cargo de la gestión y ejecución del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, debiendo informar y someterse a aprobación dichos ajustes y actualizaciones, por parte del Consejo Cantonal de Planificación y el Concejo del GAD Municipal del Cantón Chimbo. Artículo 7.- Entidad para la gestión y ejecución del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.- Corresponde al GAD del Cantón Chimbo, sus Direcciones, en el ámbito de sus funciones y atribuciones; gestionar, impulsar, apoyar, realizar los estudios y ejecutar los programas y proyectos contemplados en el PDOT Cantonal. Los programas y proyectos de desarrollo, de ordenamiento territorial y de gestión, de competencia Cantonal se constituyen en prioritarios para el GAD del Cantón Chimbo. Los programas y proyectos correspondientes a otros niveles de gobierno se gestionarán de acuerdo a los mecanismos establecidos en el artículo 260 de la Constitución, y las modalidades de gestión previstas en el COOTAD. La autonomía financiera se expresa en el derecho de los gobiernos autónomos descentralizados de recibir de manera directa, predecible, oportuna, automática y sin condiciones, los recursos que les corresponden de su participación en el Presupuesto General de Estado, así como en la capacidad de generar y administrar sus propios recursos, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución y la ley.

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Artículo 8.- Seguimiento y Evaluación.- El GAD Municipal del Cantón Chimbo, realizará un monitoreo periódico de las metas propuestas en el PDOT Cantonal y evaluará su cumplimiento para establecer los correctivos o modificaciones que se requieran. Reportará anualmente a la Senplades el cumplimiento de las metas propuestas en el PDOT Cantonal, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 50 y 51 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. La Dirección de Planificación del GAD del Cantón Chimbo, coordinará los mecanismos de seguimiento y evaluación del PDOT Cantonal con las Secretarias Sectoriales. Artículo 9.- Del control de la ejecución.- El control de la ejecución del PDOT del Cantón Chimbo, corresponde al Ejecutivo Cantonal, al Consejo de Planificación Cantonal de Chimbo y a las instancias de participación establecidas en la Ordenanza del Sistema de Participación Cantonal, expedida por el GAD Municipal del Cantón Chimbo. Art. 10.- Aprobación Presupuestaria.- De conformidad con lo previsto en la ley, el GAD Municipal del Cantón Chimbo, tiene la obligación de verificar que el presupuesto operativo anual guarde coherencia con los objetivos y metas del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo. DISPOSICIÓN TRANSITORIA El desarrollo de la regulación del uso del suelo, como parte del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Chimbo, deberá ser aprobado por el GAD del Cantón Chimbo, mediante ordenanza en un plazo de ciento ochenta días contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. Interviene el señor Alcalde; Aquí vendría lo que estamos haciendo lo de Avalúos y Catastros, la regulación del uso del suelo Urbano y Rural o se puede empatar avalúos, Catastros y el PDOT. Interviene el Dr. Alexis Noboa procurador Síndico; Ya estamos trabajando en ese sentido, nos da hasta seis meses después, los que no han empezado, tienen seis meses para hacer eso. Interviene el señor Concejal Dr. Medardo Rea; Una consulta, me gustaría como en el legislativo en una obra de vialidad rural, al nosotros aprobar un convenio, también como controladores de esa obra, como fiscalizadores. Interviene el Dr. Alexis Noboa procurador Síndico; muy aparte de eso ustedes sus funciones tienen en el COOTAD, ustedes podrían pero no necesariamente deben constar en el documento, porque ya tienen esas funciones, esas funciones más bien no les podemos limitar, ustedes tienen la función de fiscalización y legislación y si gustan que se aumente ya es decisión del Concejo, obviamente es un deber y un derecho que ustedes tienen intrínseco dentro de su función, no necesariamente puede constar en el documento, ustedes lo pueden ejercer sobre cualquier actividad, que las competa a ustedes. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; Señor Alcalde señores concejales; en el último inciso del Articulo 6

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Interviene el Dr. Alexis Noboa procurador Síndico; Los ajustes y la actualización serán efectuados por la entidad a cargo de la gestión y ejecución del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, debiendo informar y someterse a aprobación dichos ajustes y actualizaciones, por parte del Consejo Cantonal de Planificación y el Concejo del GAD Municipal del Cantón Chimbo. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; aquí quien es la entidad a cargo de la gestión y ejecución del Plan de desarrollo. Interviene el Dr. Alexis Noboa procurador Síndico; aquí sería prácticamente el ejecutivo, el ejecutivo atraves de las distintas direcciones se encarga de cumplir con el plan, principalmente lo que tiene que ver con obras, seria Obras Públicas, no solo eso está dentro del PDOT, por ejemplo está lo que tiene que ver con actualización Catastral, prestación de servicios, dependiendo en el ámbito en que se desarrollen, en este caso sería la Municipalidad lo que está ejecutando todos los frentes, dependiendo del tipo de acción que deba tomarse; en este caso, poniéndole en la parte práctica seria el equipo que hizo el PDOT, me imagino que ellos van hacer el seguimiento del plan, obviamente son empleados Municipales. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; Quien supervisa controla la ejecución de esto es el SEMPLADES. Interviene el señor Alcalde; y anualmente hay que informar a la SEMPLADES. Interviene el Dr. Alexis Noboa procurador Síndico; En el caso práctico de nosotros, como son funcionarios de aquí mismo, ellos mismo se encargan de ejecutar, por ejemplo si hay que cambiar algo en el PDOT, ese cambio se hace con la veña del Concejo en pleno y el Consejo de planificación, no se puede hacer un cambio de cualquier circunstancia, tiene que ser con la veña de estos dos organismos de control. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; Los que observan este tipo de cumplimiento del PD y OT es el SEMPLADES, el consultor en este caso, quien hizo el PD y OT y entregue este trabajo. Interviene el Dr. Alexis Noboa procurador Síndico; Disposición Final; La presente ordenanza entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. RESOLUCIÓN: EL CONSEJO APRUEBA POR UNANIMIDAD, EN PRIMER DEBATE, LA ORDENANZA DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN CHIMBO. SEXTO PUNTO.- Análisis y Resolución al Tema de Límites de las Parroquias del Cantón Chimbo. Interviene el señor Alcalde; Como ustedes conocen señores Concejales, tenemos que resolver el problema de límites que existe entre la Parroquia La Magdalena y la Parroquia San Sebastián, en la parte del Guayco, de una manera amistosa no se arregló entre las dos Parroquias, hicieron que el Concejo del Cantón Chimbo resuelva este conflicto de límites; vamos a resolver el día de hoy porque no nos queda mucho tiempo; queda abierto el debate señores Concejales. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; Señor Alcalde Compañeros Concejales, yo había pedido la semana anterior que se oficie a los señores presidentes de las Juntas parroquiales tanto de la Magdalena como la Parroquia San Sebastián, para que envíen la documentación que tengan ellos, para nosotros poder decidir en base a ello; pregunto al

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señor Alcalde si el señor secretario ha recibido esa documentación, para poder decidir este problema de límites entre las dos Parroquias. Se le informa que se envió oficios a los señores presidentes de las Juntas Parroquiales, tanto de la Magdalena como de la San Sebastián, también se les llamo por vía telefónica y hasta el momento no han enviado ninguna documentación, también se le llamo al señor Juan Mayorga que presente el documento que él pronuncio, que los ex presidentes de las Juntas parroquias La Magdalena y san Sebastián lo habían firmado un arreglo, tampoco lo tienen ninguno de los dos. Interviene el señor Concejal Ing. Luis Prado; Gracias Señor Alcalde Compañeros Concejales, señor jurídico, señor Secretario, en la anterior reunión estuvimos hablando sobre este tema, en el cual hicimos un análisis, en el sentido que nosotros debemos al igual que nuestras acciones, tenemos que obrar de la misma forma, nosotros estamos haciendo un trabajo en territorio, recopilando información en la zona baja de Telimbela, como fue la Georeferenciación, la adquisición o la identificación de las diferentes escrituras de los terrenos, dialogando con las personas, con los propietarios de los terrenos, en base a eso nosotros hemos sacado un criterio que eso es nuestro territorio, tenemos un derecho a la pertenencia por herencia, por tradición y porque ese terreno es nuestro, yo aspiraba de la misma manera las Juntas Parroquiales, Tanto de La Magdalena como de San Sebastián, por lo menos nos entreguen una documentación fundamentada donde a más de decir esto me pertenece, lamentablemente esa documentación hasta el momento no existe, si no existe documentación la misma ley nos rige a nosotros o nos da opción que hagamos un sondeo tipo encuestas, que se converse con los moradores tanto de un sector como de otro sector; es así que he llegado a mí criterio personal, no sé cómo piensen mis compañeros, inclusive hice el recorrido en San Sebastián donde recorrimos ese sector Georeferenciando conjuntamente con un representante de la Junta Parroquial de san Sebastián, este trabajo lo hemos realizado con los técnicos del Municipio, coordinando con el señor Presidente de La Junta Parroquial de San Sebastián, al cual le solicite la presencia de él en está comisión de trabajo, de identificación de límites, al cual se excusó y le solicite que envié un representante, el señor presidente de la Junta parroquial envió un representante y ese señor representante nos acompañó en ese sector que está en un problema de límites no concordantes, el cual nos guió y nos hizo tomar como puntos de referenciación justo la esquina donde existe una gran piedra en el Guayco, bajando del cementerio del Guayco a donde une el canal donde esta direccionado el Río y de ahí bajamos tomando esas muestras por el canal hasta unir nuevamente abajo libremente el Río del Guayco, en base a todo eso hago una exposición que este trabajo de límites no se lo ha hecho a título personal o imponiendo nuestro criterio o imponiendo el criterio del señor técnico del Municipio, eso se ha hecho con un equipo de trabajo, por un delegado de la Junta parroquial de San Sebastián, el Técnico del Municipio y en mi calidad de Concejal, también dentro de esta comisión; quedo muy apenado, no se ha visto el trabajo por parte de los presidentes de las Juntas, de los Vocales, en el sentido de darnos argumentos, de darnos un documento que sustente la hipótesis que ellos tienen, eso es Compañeros Concejales, analicemos y en base a eso tomemos una decisión hoy. Interviene el señor Concejal Dr. Medardo Rea; Señor Alcalde Compañeros Concejales, señor Jurídico, señor Secretario, dentro del análisis que hemos hecho estos días, el día de ayer fuimos al sitio de inconformidad de las dos parroquias y lo revisamos, existe el Río, existe el canal hecho por el hombre para el desfogue de ese Río y ese canal empata

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nuevamente al cauce del río, aquí tenemos una escritura donde dice a qué parroquia pertenece, pertenece al recinto Pacatón a la Parroquia San Sebastián, incluso conversamos con el Sacerdote de ahí del Guayco, él dice, ahí está el Río, ahí está el canal, el rio es un cauce natural, un lindero natural que habido, entonces mi propuesta seria basados en eso señor Alcalde y en relación que se les ha pedido la escritura, igual yo he conversado con personas de la Magdalena Chaupiurco, en donde dicen de san Sebastián, esa parte el lindero es el Río, la quebrada que baja de Chaupiurco, yo propongo de esa forma; en otra circunstancia, la construcción del Guayco es de la Curia, entonces yo creo que no va implicar en ninguna de las dos Parroquias, si la voluntad de la Curia de que administre las dos Parroquias, o puedan hacer uso del suelo las dos Parroquias ya es decisión de la Curia; en relación al pedido que se les hizo en el seno del Concejo, a los señores miembros de las juntas, yo tuve una conversación con el presidente de la Junta de San Sebastián, él me dijo que había dejado un documento, no se haya el recibido de ese documento que había dejado estos días; eso es mi criterio señor Alcalde compañeros. Interviene el señor Alcalde; El día 23 de Marzo, hay un oficio y esta enviado al Abogado Tarcisio veloz. Interviene el señor Concejal Lic. Ramón Saltos; Señor Alcalde Compañeros Concejales, en lo referente a este punto, que es un poco delicado en relativo a límites entre las dos Parroquias tanto de San Sebastián como de La Magdalena, yo he notado animadversión entre las dos Juntas, se les pidió algunas veces que se reúnan, ellos se reunieron y no quedaron en nada, con la finalidad que nosotros tomemos la decisión y ellos pudiendo arreglar, pero lamentablemente se están jugando cuestiones políticas, ellos deberían ser los responsables de tomar la medida correcta y no lo han hecho, nos queda a nosotros tomar la decisión como Concejo, por ser responsables, solo San Sebastián ha entregado algunos documentos, la Magdalena no ha entregado ningún documento; el plazo se nos acorta y tenemos que tomar una decisión que vaya en beneficio de las dos Parroquias; ya hemos analizado, hemos estado presentes en el lugar del Guayco con los compañeros Concejales, tenemos algo por aquí, algunos documentos que nos habla de los límites que han sido anteriormente y creo que tenemos que basarnos en esos documentos que hoy tenemos aquí para esta sesión de Concejo. Interviene el señor Concejal Wilian Gabilanes; Señor Alcalde Compañeros Concejales, y demás miembros del Concejo, con respecto a este punto en el tema de límites entre las Parroquias de la Magdalena y San Sebastián, desde luego comparto con el Lic. Saltos, de ver la desidia que han tenido los miembros de las dos Juntas Parroquiales, dentro del ámbito de la Georeferenciación no hubo una presencia muy amplia de ellos, en la Magdalena envió a unos vocales, estuvo con lo que corresponde a Telimbela, pero no se vio el empoderamiento de cada uno de los Gobiernos Parroquiales, en esta situación de los límites de estos sectores, ahora que hemos analizado el tema es los límites, yo no le veo a ningún lado lo que tenemos que solucionar el tema donde la construcción del santuario, que es lo que nos piden que se resuelva, no hay donde pertenezca o no pertenezca el santuario, ojala la decisión que vayamos tomando aquí sea la más acertada y creo que aquí va a prevalecer la parte histórica, la parte jurisdiccional de cada uno de los sectores, como se ha venido trabajando, ojala la decisión que tomemos no vaya a afectar a ninguno de estos sectores; hablamos de territorio son metros de distancia que están disputándose, yo comparto plenamente, ellos deberían haber dado la solución como Parroquias, que de paso todavía tienen tiempo hasta el 14 de Abril señor Alcalde. Eso es lo que quería exponer como análisis señor Alcalde compañeros.

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Interviene el señor Alcalde; Lo que pasa es que el Consejo Provincial ya está pidiendo los informes, es fecha tope que hay que entregar. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; Señor Alcalde Compañeros Concejales, y demás miembros del Concejo, Este tema ya lo hemos venido analizando en estos días, justamente para que todos participemos de esta resolución, que el día hoy lo vamos a decidir, personalmente, yo igual pensaba que los presidentes de las Juntas de San Sebastián como de la Magdalena van a enviar la documentación, un documento que envía de parte de señor Presidente de la Junta Parroquial de San Sebastián, es una hoja que manifiesta en su parte inicial del Concejo Cantonal de San José de Chimbo, en sus atribuciones, considerando, hay dos incisos donde manifiesta los límites de las cuatro parroquias Rurales, para mí no es un documento legal, no tiene su portada, su caratula, no se sabe dónde trajeron ese documento, además no tiene certificación, ese documento no tiene validez legalmente. Luego apunta unas coordenadas, en la cual una de ellas está manifestando, en la coordenada 715602 y 5225 y altura 2516, manifiesta fin de quebrada canal de agua sobre el Santuario, piedra junto a la quebrada del Guayco, referencia piedra, es lo que han subrayado los señores de San Sebastián, envían unos datos geográficos, que han actualizado el jueves 10 de mayo del 2012, a las 20h37, quiero hacerles notar los límites de esta parroquia y la decisión política, al tomar en cuenta la decisión política está tomada en cuenta las comunidades de Rosas Loma, Lambaza Alto, Lambaza Bajo, Pacatón Alto, Pacatón Bajo y Tumbiguan, esas son las comunidades de esa Parroquia san Sebastián, en ningún momento relata sobre el Guayco, aquí hay unos mapas un poco legibles, la cabecera parroquial en este mapa; aquí hay un extracto no sé dónde hayan bajado, que habla un poco de la historia del Santuario, igual manifiesta que ha sido reedificado y ampliado este sector y para la construcción del Santuario, eso es lo que puedo encontrar en estos documentos que envía el señor Presidente de la Junta parroquial de San Sebastián al Abogado Alonso Garófalo, secretario del GADMCCH, de parte de la parroquia la Magdalena no se tiene ningún documento, solamente hay una resolución que nos hicieron llegar intervenidos los dos GADs Parroquiales, donde manifiestan claramente en la resolución; de acuerdo en lo tratado el orden del día del Gobierno Parroquial en Pleno, resuelve que luego de haber realizado la reunión y hecha la inspección en el sitio en discrepancia, unánimemente se resolvió pedir la intervención del GADMCCH, con su respectiva comisión de límites, para poder superar este impase suscitado entre las dos parroquias hermanas y vamos acatar unánime la resolución que tome el Concejo en Pleno del GADMCCH, tomando en consideración los límites históricos, documentación existente y las versiones verbales de los habitantes; este es el documento que hicieron llegar a su persona señor Arq. Cesar Veloz y al señor Presidente de la Comisión de Limites, igual de la junta Parroquial de San Sebastián y la resolución está firmado por los seis miembros de cada junta parroquial, como antecedente señores miembros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Chimbo, he acudido al Santuario del Guayco, a donde el párroco a hablar con la señorita Secretaria, ella me proporciono solamente para que lea unas 49 escrituras más o menos, de las cuales rezaban que todos los terrenos comprados por el señor Obispo, a nombre de la Curia de la diócesis Guaranda, relatan que son terrenos que están en la Parroquia la Magdalena del Cantón Chimbo, a excepción de unas dos escrituras que hablan de la parroquia San Sebastián, las cuales se ve claramente lo que está sembrado los cipreses, pinos, eucaliptos que están con una buena altura por su crecimiento. Eso es lo que concierne a esos documentos. También he hablado con algunas personas que incluso trabajaban en el tiempo que se construyó el Santuario, el señor Alfonso Bonilla el que

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administraba en el aspecto económico, administraba cuando estaba construyendo el santuario, el santuario está en la Parroquia La Magdalena, de igual con el señor Vicente Armijos, también trabajador de esta construcción, el señor Daniel González, trabajaba en esa construcción y muchas personas más que tienen más años que han conocido, en todo sentido señor Alcalde, compañeros Concejales, tenemos que las cosas hablar con propiedad, no estamos discutiendo donde está ubicado el Santuario, ni quien va administrar el Santuario, el Santuario como es conocido por todos es administrado por la Diócesis de Guaranda de la Provincia de Bolívar, esa no es de la Parroquia central de Chimbo, ni Magdalena, ni San Sebastián, ni Telimbela, ni de la Asunción, por lo tanto le he escuchado al Compañero Concejal Rea que han manifestado los señores de Chaupiurco, que no aclara bien esa parte, que le han dicho que es de San Sebastián, pero manifiesta que el señor de Chaupiurco, que esa comunidad ese lugar pertenece a la Magdalena, no creo que ellos manifiesten que pertenezca a San Sebastián; bueno aquí estamos compañeros para analizar el tema y poder definir, además el señor Jurídico también leyó la escritura y analizó de una de las tantas escrituras que existen, y está hablando como se ha dado la venta, como ha pasado de dueño en dueño y al último que han vendido al señor Obispo Cándido Rada, ese territorio donde que está asentado parte del Santuario, hoy en la actualidad ustedes lo conocen, está construido un canal, construido un embaulado, donde la mayor cantidad de agua está circulando por el canal, el resto va por el embaulado, que cruza por debajo de la Iglesia, que entiendo que debe ser un embaulado para que recoja todas las aguas servidas de la misma construcción, de las baterías sanitarias que tiene el Santuario, por ultimo no tenemos un documento compañeros Concejales donde basarnos, por ese motivo nos delegan a nosotros los señores presidentes de las Juntas Parroquiales, para que resolvamos, ellos debían resolverlo a su tiempo, les hemos pedido muy comedidamente que lo hagan, en vista que nos envían esta resolución, lo volvemos a solicitar la documentación y no nos han entregado, está en la mesa para analizar compañeros, para dar la mejor solución a este conocido por todos donde es el lindero de la una y la otra parte. Eso es señor Alcalde si nos puede ayudar ahí. Interviene el Dr. Alexis Noboa procurador Síndico; señor Alcalde, señores Concejales, en este sentido es prudente remitirnos a la norma básica en este caso, que es la ley para fijación de límites Territoriales Internos, La misma que en su Art. 3, literal e), nos habla de la fundamentación como principio para ejercer la delimitación, nos habla que la delimitación territorial deberá sustentarse en documentos jurídicos existentes, referencias geográficas, referencias socio económicas, históricas y/o culturales que contribuyan al logro de los objetivos de la planificación local, nacional a consolidar la integración del territorio y fortalecer el estado unitario, dentro de las exposiciones que han manifestado los señores Concejales, podemos ver que existen documentos jurídicos, en este caso documentos públicos como las escrituras, encontramos referencias geográficas, como llegamos a las referencias geográficas, llegamos atraves de la consulta a moradores del sector, son gente que intervino en este caso en una obra fundamental que de alguna manera determina la discordia entre el límite en este sentido, porque lo que tiene que ver con el Santuario del Guayco, han podido manifestar cual era la circunstancia antes de encontrarse construido el santuario o el nuevo Santuario, de lo que hace referencia la historia, originariamente el Santuario era el molino con algunas adecuaciones de carácter Cristiano Católico y que posterior a eso, el señor Obispo Cándido Rada toma la decisión de crear un Santuario, aparte de eso uno de los documentos que prácticamente determina la responsabilidad de nosotros en concordancia con lo que establece está normativa, es el

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hecho, tanto la Junta Parroquial de san Sebastián, como la Junta Parroquial de la Magdalena, ratifican la solicitud de un criterio dirimente en este caso, como cuerpo Edilicio, como legislativo del Cantón, al Concejo ratificando esta voluntad de adherirse al criterio, y eso debe ser importante porque ellos están indicando que aceptarán de manera contundente y definitiva la circunstancia que se llegue a determinar acá sobre los límites, esto de alguna manera lo que está indicando o está determinando la resolución que se tome acá será de carácter inapelable, eso en algún momento también necesitamos, tendremos que utilizarlo como una estrategia de defensa si es que existe una disconformidad con alguna de las Juntas Parroquiales, aquí seria determinar ya en sí, cuál sería la propuesta de límites que acá el Concejo como Autoridad nominada para emitir un criterio dirimente, sería cuestión de analizar la hipótesis que consideren necesario en relación a los límites. Eso es lo que le podría decir señor Alcalde en este momento, más bien en el mapa se determina cual es la propuesta. Interviene el señor Alcalde; Una propuesta ya hay, no se sí nos puede repetir la propuesta que usted hizo. Interviene el señor Concejal Dr. Medardo Rea: señor Alcalde, señores Concejales, me mantengo en mi propuesta inicial que se considere el límite natural que es el cauce del Río, la quebrada que divide Chaupiurco de Pacatón, con eso estaríamos dirimiendo hasta cierto punto, hagamos la idea de que no existe elsantuario; esa en mi propuesta señor Alcalde. Interviene el señor Concejal Wilian Gabilanes; Señor Alcalde Compañeros Concejales, yo me mantengo en otra situación, si bien es cierto ahí hay un cauce natural, pero que no está visible, puede haber sido alterado en época de construcción, ahí vemos que se está haciendo un trabajo del embaulado, está varios metros donde está el cauce natural del rio, entonces ya se va alterar en el momento en que se haga el relleno, se altera porque se va reencausar las aguas yo si sigo pensando en eso, y también entendiendo que el Guayco no es solo el santuario la parte de la Construcción donde está el templo, más bien son algunas hectáreas de terreno, una gran parte queda para las dos Parroquias, se hizo un trabajo por parte del mismo Municipio de Chimbo, yo si quisiera que tengan ese criterio, respetando el trabajo que hizo el Arq. Arellano, porque hay viene la Georeferenciación, por una situación, donde está la construcción del Guayco no es un puente, para que haya la mitad para la Magdalena y la otra mitad para san Sebastián, no podríamos fijar un límite, yo no le veo la parte coherente, pienso que son 10 metros de diferencia de la quebrada que supuestamente existió, a la que no hay en la actualidad y discrepo un poco con el tema del rio que habla el Dr. Rea, es la quebrada que viene por el cementerio o yo estoy mal, o es la que viene de arriba, la que separa las dos Parroquias, no estaba claro sobre el tema, sobre entiendo que hay dos quebradas la transversal y la que va al rio, porque hay un déficit donde que hay la piedra y baja de las gradas, ahí se une una quebrada que divide a Chaupiurco, este rato automáticamente entra al canal ya no al embaulado, justaste verificamos ayer, yo me apegaría al criterio de que se hizo un trabajo técnico por parte de los técnicos del GADMCCH, ellos tienen georeferenciado donde se hizo, con otra aportación también, porque no hay discrepancias en las otras partes, sabemos que han entrado, han salido, es únicamente en el Guaico que tratan de crear problemas donde no hay, yo si me apegaría al criterio técnico de aquí del Municipio, esa es mi moción señor Alcalde. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; yo apoyo la moción compañero. Interviene el señor Alcalde; usted tiene una moción Dr. Rea, quien apoya la moción del Dr. Rea, la moción del Dr. no tiene apoyo

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Señor Secretario por lea la moción para entrar a la votación. La propuesta del señor Concejal Dr. Medardo que dice que se mantenga el cauce natural del rio de Guayco no tiene respaldo dicha propuesta. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; Señor Alcalde no puede lanzar la propuesta, si tiene grabado que se haga escuchar, para que el compañero a lo mejor va a decir que yo estoy oponiéndome y no se sienta afectado ni ninguna cosa. Interviene el señor Concejal Lic. Ramón Saltos; Señor Alcalde, compañeros concejales, en vista que no se llega a ningún acuerdo en el sentido de la situación, hay un poco de discordancia de los compañeros, lanzo a moción en que se respete los limites históricos y los límites Naturales que han tenido por siempre entre las dos parroquias, tanto de la Magdalena como de San Sebastián, ese es mi proposición compañeros. Interviene el señor Alcalde; hay apoyo a esta moción compañeros. Interviene el señor Concejal Dr. Medardo Rea; yo apoyo la moción del compañero señor Alcalde. Interviene el señor Alcalde; hay dos mociones, la del señor Concejal Wilian Gabilanes que está apoyada por el señor Concejal Tarcisio Veloz y la del señor Concejal Lic. Ramón Saltos, que está apoyada por el Dr. Medardo Rea. Señor secretario favor de lectura a las mociones de los compañeros Concejales. Moción del señor Concejal Wilian Gabilanes, es que se mantenga el criterio técnico referenciado por los técnicos del GAD Municipal de Chimbo, basado en los límites históricos y naturales. Moción del señor Concejal Lic. Ramón Saltos; Que se respete los limites históricos y Naturales que han tenido por siempre entre las dos parroquias, tanto de la Magdalena como de San Sebastián. Una vez que se dio lectura a las mociones propuestas por los dos señores Concejales, se procede a tomar la votación. Señor Concejal Wilian Gavilanes; señor Alcalde compañeros, antes de dar mi voto quiero acotar algo, tomando en cuenta los datos históricos y naturales y el trabajo que puso énfasis el Municipio de Chimbo, al menos el grupo que estuvimos nosotros, los compañeros que estuvimos en esa comisión debieron haber hecho en la misma forma, incluso se nos informa que también acompaño un vocal de la Junta parroquial de San Sebastián, en base a ese criterio se ha hecho esta propuesta, el trabajo consiente que ha realizado el Municipio, ya que de una vez por todas ir organizando en la parte limítrofe de nuestras Parroquias, creo que ningunas tenían un límite definido, si no ancestralmente, con esta acotación me ratifico en apoyarme en la propuesta que había hecho. Señor Concejal Ing. Luis prado; Muchas gracias señor Alcalde, compañeros concejales, yo anteriormente había hecho un análisis del trabajo realizado con cada una de las personas que formamos esta comisión, como es un representante del GAD de San Sebastián, el Arq. Arellano de aquí del GAD Municipal, también nos acompañó la secretaria del mismo departamento y mi persona, había manifestado que en el caso de ellos debían de haber recopilado la información para sustentar a que sector pertenece este lugar, este punto que esta con un tema de discordancia entre límites, no lo habían hecho fundamentada mente, no existe un documento legal, como manifiestan también los compañeros y es en donde a nosotros nos ponen a decidir, las cosas son así y hay que hacerlo en base a un criterio técnico, en base a un estudio, a un recorrido que en mi caso yo lo hice. Como lo he manifestado anteriormente a nivel interprovincial que hemos tenido con los Ríos, nosotros

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no hemos obligado peor aún hemos cogido documentación para decir tal vez este territorio es nuestro o no es, yo me baso en un criterio de una persona que ese día fue con nosotros del GAD Parroquial, le consultamos todos los que estuvimos presentes y le dijimos por donde baja el lindero entre la Magdalena y San Sebastián nos supo manifestar que es el canal, en base al criterio que ese día estábamos haciendo el recorrido haciendo, anteriormente el Dr. Alexis, en el criterio Jurídico que el mantiene debe tener en cuenta el criterio de pertenencia, desde muy niño a mí me han enseñado que el Guayco es de la Magdalena, mi criterio va en base a todo este argumento que se respete la Georeferenciación del trabajo que se hizo aquí dentro del municipio. Señor Concejal Dr. Medardo Rea; Me mantengo en el apoyo a los límites naturales e históricos, ya que el canal de desfogue del Santuario del Guayco no es un límite natural, me mantengo que el Río es el límite natural; mi voto es por la moción del Lic. Ramón Saltos. Señor Concejal Lic. Ramón Saltos; Como proponente de la moción, que se respete los límites naturales e históricos de las dos parroquias, me ratifico en mi propuesta. Señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz, Gracias señor Alcalde, compañeros Concejales y demás miembros del Concejo, justamente he escuchado las intervenciones de los compañeros Concejales miembros del Legislativo, al cual apoyan y ratifican el trabajo que la comisión delegada para la Georeferenciación de estos límites lo realizaron, basado en el articulado que contiene la ley de límites y el COOTAD, entonces en ese sentido el trabajo técnico que lo hizo la comisión y responsablemente lo presentaron al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Chimbo, pienso que ese es que tenemos que respaldar como miembros del Legislativo, porque está realizado técnicamente con el GPS, que es el instrumento que ayuda a determinar en este caso los límites que tenemos, basados en accidentes geográficos de cada jurisdicción del territorio del Cantón Chimbo, por lo tanto yo apoyo la moción del Compañero Concejal Wilian Gabilanes, Gracias señor Alcalde. Señor Alcalde Arq. Cesar Augusto Veloz Cevallos: Como miembro del Concejo, quiero recalcar que hay unos documentos como una escritura, en la cual venden unas cuatro cuadras y dice hasta el rio el Guayco, en uno de los puntos del límite sur, del terreno que vende el señor Juan Ramón Jiménez a favor del Monseñor Cándido Rada, es decir con el límite natural, entonces basado en eso voto por la moción del señor Concejal Lic. Ramón Saltos, que son con los límites históricos y naturales; esa era mi postura desde un comienzo, los límites deben ser naturales, que no tiene nada que ver en ese sentido, la construcción del Santuario del Guayco, porque a más de lo que se dice de la Fe, la textualidad en ese sentido, el Guayco no es ni de la Magdalena ni de San Sebastián, el Guayco es de todos, no es de Chimbo, no es de la Provincia Bolívar, eso creo que es del País y del Mundo entero, eso para mí, no tiene que ver en ese aspecto. Señor secretario tenga la bondad de informar como quedo la votación? Por la moción del señor Concejal Wilian Gabilanes, votaron los señores Concejales; Ingeniero Luis Prado, Ab. Tarcisio Veloz y Sr. Wilian Gabilanes, suman 3 votos. Por la moción del señor Concejal Lic. Ramón Saltos, votaron los señores Concejales; Dr. Medardo Rea, Lic. Ramón Saltos y el señor Alcalde Arq. Cesar Augusto Veloz Cevallos, sumas 3 votos.

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Interviene el Señor Alcalde; Dr. Alexis Noboa, hay un empate, de acuerdo a la ley como debemos proceder? Interviene el Dr. Alexis Noboa Procurador Sindico; señor Alcalde, señores Concejales, de acuerdo al Art. 321 del COOTAD, en caso de empate usted puede hacer uso del voto dirimente, en lo cual nuevamente deben pronunciarse con las mismas mociones. Señor Alcalde su voto; Interviene el Señor Alcalde; Bueno haciendo uso del voto dirimente que me concede la ley, vuelvo a repetir el Guayco, algún momento ojala no sea así, va hacer la manzana de la discordia, entre las dos Parroquias de la Magdalena y San Sebastián, por ser el único punto donde se está discutiendo prácticamente, los límites, para mí es hasta intereses, tanto San Sebastián como la Magdalena, por el Santuario del Guayco; me ratifico en mi voto por la moción del Lic. Ramón Saltos por los límites Naturales e históricos. La votación queda de la siguiente manera: Por la moción del señor Concejal Wilian Gabilanes, votaron los señores Concejales; Ingeniero Luis Prado, Ab. Tarcisio Veloz y Sr. Wilian Gabilanes, suman 3 votos. Por la moción del señor Concejal Lic. Ramón Saltos, votaron los señores Concejales; Dr. Medardo Rea, Lic. Ramón Saltos y el señor Alcalde Arq. Cesar Augusto Veloz Cevallos, sumas 4 votos, por el voto dirimente suyo, señor Alcalde. RESOLUCIÓN: EL CONCEJO APRUEBA POR MAYORIA, LA MOCION DEL SEÑOR CONCEJAL RAMÓN SALTOS, QUE SE RESPETE LOS LIMITES HISTÓRICOS Y NATURALES QUE HAN TENIDO POR SIEMPRE ENTRE LAS DOS PARROQUIAS, DE LA MAGDALENA COMO DE SAN SEBASTIÁN. SEPTIMO PUNTO.- Autorización al señor Alcalde para la firma del Convenio de la Mancomunidad para el Relleno Sanitario en el Sector de la Parroquia Julio Moreno Interviene el Señor Alcalde; Hay un convenio, hay que firmar con el Municipio de Guaranda, sobre la Mancomunidad, el convenio es sobre el relleno sanitario que se va hacer en el sector de Julio Moreno, entre los Municipios de Guaranda, Chimbo, San Miguel y Chillanes, para poder firmar este convenio hay que tener la autorización del concejo, así es que compañeros solicito la autorización de ustedes para ser parte de esta mancomunidad. Interviene el señor Concejal Luis Prado; anteriormente a inicios de nuestra administración, inclusive nos fueron a capacitar sobre el tema ya se había aprobado este convenio se aprobó mayoritariamente. Interviene el Señor Concejal Lic. Ramón Saltos; Sobre esta situación de los desechos, pero fue una socialización que el vino aquí, también estuvieron los compañeros de Medio Ambiente, pero alguien que hayan aprobado no creo. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; que se de lectura al convenio nada más, para poder analizar y aprobar, toda vez que es un compromiso de institución a institución, eso de la Mancomunidad no es que en esta administración se ha hecho eso ya viene de anteriores administraciones, hay que cumplir con esos compromisos que hay, toda vez que es responsabilidad de la Autoridad, la falta de esos compromisos viene multas para el ejecutivo, eso no más señor Alcalde.

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Interviene el Señor Alcalde; en el caso que no se firme el convenio, quedamos fuera de la Mancomunidad y donde vamos a botar la basura, los diferentes tipos de desechos que hay en la ciudad. Interviene el señor Concejal Ab. Tarcisio Veloz; Hago hincapié las palabras suyas señor Alcalde, antes al porcentaje que tiene cada institución por eso es justamente que pido el documento para poder analizar y empaparnos todo y así lo estimamos de lo contrario no pasa nada. Interviene el Señor Alcalde; Señores Concejales está en debate este tema, se aprueba o no se aprueba este convenio para la construcción del botadero de basura, para la Mancomunidad entre los Cantones, Guaranda, Chimbo, San Miguel y Chillanes, para poder firmar este convenio; por pedido del señor Concejal Tarcisio Veloz, que una vez leído el convenio se aprueba la autorización al señor Alcalde para la firma del convenio de la Mancomunidad RESOLUCIÓN: EL CONCEJO APRUEBA POR UNANIMIDAD, QUE UNA VEZ LEÍDO EL CONVENIO SE AUTORIZA AL SEÑOR ALCALDE PARA LA FIRMA DEL CONVENIO DE LA MANCOMUNIDAD ENTRE LOS CANTONES DE: GUARANDA, CHIMBO, SAN MIGUEL Y CHILLANES, PARA QUE SE PROCEDA AL PAGO DE LA CONTRAPARTE DEL CONVENIO Y LA CONSTRUCCIÓN DEL BOTADERO DE BASURA, EN EL SECTOR DE LA PARROQUIA JULIO MORENO DEL CANTON GUARANDA.

Habiéndose agotado el Orden del día se termina la sesión ordinaria del día de hoy 30 de marzo de 2015, siendo las Trece horas con cuarenta y nueve minutos. Para constancia de lo actuado se firma en unidad de acto, el Arq. Cesar Augusto Veloz Cevallos Alcalde del GADMCCH, Abogado Alonso Garófalo, Secretario General,

ARQ. CESAR VELOZ CEVALLOS Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Chimbo

AB. ALONSO GAROFALO G. Secretario General del GADMCH

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