Bienes, patrimonio y otros

Page 1


CORRECCIÓN DE PARTIDAS Las partidas de nacimiento, matrimonio y etc. muchas veces tienen errores en las letras de los apellidos de la persona, o de sus padres y eso nos obliga a corregirlas mediante un trámite llamado “rectificación de partidas”, sin embargo se suele confundirlas con las de supresión de nombre. Para estos trámites el abogado debe saber distinguir qué Juez es el competente ya que puede ser el de Paz Letrado del Distrito o el Juez Especializado en lo Civil.

CAMBIOS DE NOMBRE En nuestra experiencia, muchas personas se han acercado a solicitar un cambio de nombre porque no les agrada el que tienen. Esto realmente no es posible. Distinto es que si existieran algún justificante como puede ser el llevar un nombre ofensivo, o que coincida con un famoso delincuente o etc. el abogado realmente debe justificar la necesidad del cambio de lo contrario su pedido será negado.

PROTECCIÓN DE ANCIANOS E INCAPACES Cuando un familiar no puede atender sus propias necesidades básicas o su deterioro físico o mental es tan grave, se necesita que lo tutelen ósea lo protejan, y no solo a él, sino también a sus bienes e inversiones. Lo más usual es declarar la INTERDICCION de personas mayores de edad, y casi siempre el cargo recaerá en uno de los hijos. Este nombramiento le llaman CURADOR, y dicho curador, debe ser fiscalizado por el Juez que lo nombro. Esta figura solo alcanza la administración, mas no la disposición de bienes y servicios, es recomendable asesorarse por un abogado que realmente ya haya llevado estos casos, que pueden llegar a durar años. Una pésima asesoría puede ser por falta de experiencia, por ejemplo, los exámenes médicos, se pueden reducir a una sola sesión, pero se convierten en innumerables audiencias consecutivas, ya sea por la ausencia del médico “propuesto”, o por que el médico no presento a la cita del Juez, etc., y solo porque a veces al iniciar el trámite, no se presentó el documento requerido, por ejemplo una historia clínica. Este proceso también se puede solicitar a favor de personas jóvenes con alguna limitación


RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA EXTRANJERA El exequatur es un trámite por el cual se reconoce una sentencia extranjera, tiene un trámite legal que implica un proceso en el cual la autoridad judicial competente cita a una audiencia (reunión) los requisitos que en el Perú son exigibles para este trámite son:      

Copia debidamente certificada de la sentencia extranjera por la autoridad extranjera y validada en el Perú. Partida de Matrimonio, si este fue celebrado en el consulado peruano es necesario que dicha autoridad lo expida para lo cual nuestra empresa cuenta con los medios para conseguirla. Copias del documento de identidad del solicitante o el nuevo documento con el que se identifica. Le debemos remitir por Internet dos textos para que Ud. lo imprima y lo lleve al Consulado Peruano. El Cónsul le devolverá estos dos documentos debidamente autorizados por el, estos los remitirá al Perú y podremos iniciar el trámite. Otros de cuya tramitación es local y los cuales nos encargamos nosotros.

El tiempo Este trámite puede durar incluso de 2 a 3 meses solo si ambos ex - esposos colaboran y firman la solicitud de exequatur, o lo hace por ellos sus representantes sin embargo si uno de ellos no colabora o no es ubicable el tema se complica solo en cuanto al tiempo pudiendo durar 7 a 10 meses. (Esa es la verdad no se deje engañar)

Costos Estos procesos sea el tiempo que duren tienen un costo fijo en nuestra empresa, si Ud. analiza otros estudios va poder verificar que están cobrando mucho más que nosotros fuera de gastos o simplemente no ponen el costo. Nosotros tenemos un costo fijo que lo puede Ud. consultar en tarifas y facilidades.

Recomendación Es recomendable que mientras dura este trámite y envió de documentos se vaya avanzando con el documento (numero 4 y 5 de los requisitos) para lo cual necesitaos la siguiente información:    

Nombre completo de ambos esposos y sus números de DNI o documento de identidad. Dirección actual. Municipalidad o Consulado en donde se casaron y la fecha de Matrimonio. País y nombre de la corte en donde se divorciaron o donde piensan hacerlo.


HERENCIAS Muchos pleitos de herencias comienzan, y terminan en el mismo punto. Las leyes sobre esta materia son claras, y la mayoría estos conflictos se basan “reparticiones emocionales”, o sea “papa quiso que esto sea para mi”…. “papa dijo que tú tienes profesión, entonces a ti no te toca nada”, o porque uno de los hermanos, se auto titula el protector de los últimos años de los padres, y en consecuencia reclama mayor derecho. Luego de un largo juicio, casi se vuelve a lo mismo, es decir a la repartición en partes iguales para cada hijo o heredero. También es cierto, que si alguno de los hijos velo, o financio los últimos años de la salud de los padres, es obvio que hay que resarcirlos, o sea compensarlos, pero no al extremo de que sean los dueños de más allá de los que les toca. Las herencias a veces son reclamadas solo por uno de los titulares, y los otros son marginados, estos si pueden reclamar su derecho mediante diversas vías que nosotros conocemos perfectamente.

AUTORIZACIÓN PARA VENDER BIENES DEL MENOR A veces los hijos menores, o adultos mayores, declarados incapaces resultan que tienen bienes a su nombre, en consecuencia no pueden venderse, o disponerse de ellos, si es que no se cuenta con una autorización. La autorización la da el Juez de familia, y solo si se le convence de la necesidad de disponer de dicho bien, autorizará la venta.

ORDEN DE ALEJAMIENTO Recientemente, se han empezado a expedir en algunos Juzgados y Fiscalías, órdenes de alejamiento, para no acercarse más de algunos metros, esto es la excepción o sea, no es muy común, pero antes las autoridades ni se atrevían a darla, esto es un avance, al menos Ud. si logra probar el peligro que significa el familiar “denunciado”, es mejor amonestarlo y con ello evitar un perjuicio mayor. Estas órdenes de alejamiento, se están dando dentro de la ley de Violencia Familiar


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.