REVISTA DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL

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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERRECTORADO ACADÉMICO DECANATO DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL

REVISTA

PARTICIPANTES: Musa Ammar Majad Rondón Arelis Morales Giménez Francisco Herrera Sierralta Lisandro Adham Al Chebli

ENERO DE 2019

Derecho Registral y Notarial Año 1. Número 1.


CONTENIDO PRESENTACIÓN --- p.02 LA FE PÚBLICA REGISTRAL Y NOTARIAL --- p. 03 PUBLICIDAD REGISTRAL --- p. 05 MANEJO ELECTRÓNICO DE LOS SOPORTES FÍSICOS --- p. 07 BASE DE DATOS REGIONALES --- p. 09 LA DIGITALIZACIÓN --- p. 10 LA FIRMA ELECTRONICA --- p. 11 MANEJO ELECTRONICO DE LOS SOPORTES FISICOS --- p. 12 LA PUBLICIDAD --- p. 13 TÉCNICAS DE PUBLICIDAD --- p. 17 DATOS DE LA PUBLICIDAD REGISTRAL --- p. 19 FUENTES CONSULTADAS --- p. 22 PASATIEMPOS --- p. 23 FRASES --- p. 26

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PRESENTACIÓN por El Equipo El Derecho Registral Objetivo es el conjunto de normas reguladoras de aquellos bienes aptos para engendrar titularidades Erga Omnes, mediante la publicidad del registro. El concepto viene ciertas premisas: La publicidad es necesaria para garantizar los cambios en la titularidad de todos aquellos bienes susceptibles de ser objeto de garantías. La publicidad es indispensable, asimismo para determinar y garantizar una serie de patrimonios que aparecen como un todo orgánico y al admitirse como objeto del tráfico jurídico, exigen un instrumento registral adecuado para su constatación. Las necesidades apremiantes del momento actual del tráfico jurídico nos demuestran que los conceptos de derechos reales y derechos personales no son absolutos y tienden a ser superados en la cambiante realidad jurídica. Los elementos de estudio del Derecho Registral y que van a conformar su contenido son: 1.-Los Sistemas Registrales (establecidos por las leyes). 2.-Los Principios Registrales. 3.-Los Organismos Registrales (creados por los instrumentos legales). 4.-La Publicidad Registral: 5.-Los Procedimientos necesarios para obtener la publicidad registral, haciendo énfasis en los aspectos técnicos.

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LA FE PÚBLICA REGISTRAL Y NOTARIAL por Arelis Morales Giménez Representa la verdad, y la confianza que la ciudadanía en general, brinda a las acciones de estos funcionarios, responsables de las instituciones registrales e investidas de competencia, en relación a los actos, hechos y situaciones en las cuales intervienen. Conceptos de Derecho Registral: Es aquella rama del derecho, formada por el conjunto de normas jurídicas y principios regístrales que regulan la organización y funcionamiento de los registros públicos, los derechos inscribibles y medidas precautorias en los diversos registros, en relación con terceros. Por otra parte, ha sido conceptuado como el conjunto de normas que regulan los mecanismos e instituciones que realizan la publicidad registral de los hechos y relaciones

LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS LA FE PÚBLICA La fe pública en el derecho notarial es la fe pública notarial y sólo puede ser brindada por notarios públicos y no por otros funcionarios, ya que en este último estaríamos frente a otro tipo de fe, es decir, podemos afirmar que existen varios tipos de fe. Definimos la fe pública como aquella manifestación del estado publico delegada en ciertos funcionarios, los que una vez en posesión de sus cargos, tienen la facultad de dotar de autenticidad y fuerza legal a los instrumentos que autorizan. Para E. J. COUTURE la fe pública es la: “Calidad genérica que la ley acuerda, independientemente de su eficacia probatoria, a determinados documentos notariales, en razón de su investidura propia del escribano que los autoriza”.

jurídicas referentes a las personas y los bienes.

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Derecho Notarial: Es el conjunto de doctrinas y normas jurídicas que regulan la organización del notariado, la función notarial y la teoría formal del instrumento público. El derecho notarial es la rama del derecho público que estudia la actividad del notario público en los diferentes sistemas notariales, por lo cual es claro que no se limita al estudio del protocolo notarial y escritura pública, sin embargo, esto ha generado una serie de discusiones, en tal sentido la rama del derecho estudiada regula y estudia otros temas. LA FE PÚBLICA Y PUBLICIDAD A TRAVÉS DE

Art. 1360 del Código Civil: “El instrumento Público hace plena fe así entre las partes, como respecto de terceros, de la verdad de las declaraciones formuladas por los otorgantes, acerca de la realización del hecho jurídico a que el instrumento de contrae, salvo que en los casos y con los medios permitidos por la Ley, se demuestre la simulación”. Las afirmaciones del funcionario contenidas en el documento, constituyen prueba legal y plena, su valor es absoluto, erga omnes, pero su fe puede ser atacada por las llamadas querella de falsedad (Art. 1380 Código Civil), Así mismo, el Art. 61 de la ley de Registro Publico y del Notariado, “Fe pública”, esgrime que la declaración de inexactitud o nulidad de los asientos del Registro Mercantil, no perjudicará los derechos de terceros adquiridos de buena fe adquiridos conforme a derecho.


Aproximación a un concepto de Fe Pública: En primer lugar es importante destacar, que la fe pública es un acto de carácter público, emitido por un funcionario investido de competencia, donde ratifica, certifica y legaliza, con certeza y eficacia, sobre alguna circunstancia en particular. Representa la verdad, la confianza puesta en registradores, notarios y demás funcionarios relacionados, sobre los actos, hechos y situaciones que les competen e intervienen. Manifestación más relevante del “principio de presunción de exactitud del registro”. Artículos de la Ley donde hacen mención a la Fe Pública:

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Capítulo I, Art. 9 “Principio de Publicidad”, la Fe Pública Registral. Título IV, El Notariado. Art. 69 “Potestad de dar fe pública” Art. 74, “Prohibiciones” de dar fe pública, a los notarios o notarias. Art. 75 “Competencia Territorial”, de notarios y notarias, para dar fe pública.


PUBLICIDAD REGISTRAL por Arelis Morales Giménez Es aquella realizada por las instituciones especializadas (como los Registros y Notarías) mediante un mecanismo o procedimiento regulador al igual que las instituciones, por el ordenamiento jurídico, con normas especiales. Publicidad Registral Declarativa: da fe pública ante terceros de que un derecho le pertenece a determinada persona. Según la Ley del Registro Público y del Notariado establece que “la publicidad registral reside en la base de datos del sistema automatizado de los registros, en la documentación archivadas que de ellas emanen y en las certificaciones que se expidan”, El Articulo 9, de la Ley del Registro Público y del Notariado, “Principio de Publicidad”, establece que la fe pública registral, protege la verosimilitud y certeza jurídica que muestran sus asientos; así como también, que la información contenida en estos asientos es pública y puede ser consultada por cualquier persona. El Art. 25 de la Ley eiusdem, reafirma lo antes mencionado, al establecer que la misión de los registros es la garantía de la seguridad jurídica de los actos y derechos con respecto a terceros, mediante la publicidad registral. La Publicidad A Través De Los Medios Electrónicos

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Tiene la finalidad de que la persona pueda tener acceso a consultar o investigar del tema de interés. En este sentido, el gobierno optara, garantizara la seguridad jurídica de los actos y negocio por cuanto aplicara mecanismos y la utilización de medios electrónicos idóneos todo ello de conformidad como lo establece el Art. 2 de la Ley de Registro Público y del Notariado. Ahora bien, por otra parte concatenados con el Art. Artículo 17. De la Ley de Tecnología de Información que establece “Los órganos y entes del Poder Público deberán utilizar las nuevas tecnologías de información, tales como los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para su organización, funcionamiento, para su relación con los particulares y con los otros órganos y entes del Estado como medio para mejorar y transformar la gestión pública. Parágrafo Único. Los actos, trámites y servicios que se realicen a través de medios de tecnologías de información; tales como los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, gozarán de validez jurídica y eficacia probatoria, conforme a esta Ley y las normas que regulan la materia. Contenido y presencia en Internet Artículo 18. Cada órgano y ente del Poder Público deberá establecer y mantener un sitio accesible a través de la Internet o en otras redes de uso y acceso general, que contendrá información que se considere relevante sobre, los datos correspondientes a su misión, organización, procedimientos, normativa que lo regula, servicios que


presta, documentos de interés para las personas, así como un mecanismo de comunicación electrónica con dichos órganos y entes disponible para todas las personas a través de Internet.

QUE EFECTOS BRINDA LA FE PUBLICA En el entendido de la seguridad que el estado debe brindar a través de la fe pública registral y notarial, es allí donde se establece el derecho de cualquier persona, a los efectos de la eficacia que contiene en la fuerza probatoria bajo la facultad y cualidad que tiene el documento a su vez dando la legitimidad y autenticidad a los actos jurídicos, puesto que es uno de los medios más idóneos de garantía y seguridad jurídica. En este sentido, de esa fe pública, se presumen ciertas las manifestaciones del notario que consten en los instrumentos y demás documentos autorizados por él, es por ello que sean tenidos como verdaderos, ciertos y válidos frente a todos, por el imperio de la fe pública. SI HAY NECESIDAD DE LA PUBLICIDAD NOTARIAL Si bien es cierto, que la disponibilidad que debe brindar el registro, de colocar a disposición pública, la información contenida en estos asientos, de los acto jurídicos son de trascendental importancia, ya que permite que cualquier ciudadano, pueda percatarse por sí mismo y sin intermediarios, de actos o negociaciones jurídicos donde se vean involucrados de su interés, ahora bien, por lo que el gobierno aplicara los mecanismos y medios electrónicos necesarios para su utilización tal como lo establece la Ley.

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MANEJO ELECTRÓNICO DE LOS SOPORTES FÍSICOS por Francisco Herrera Sierralta En primer lugar, hay bastante confusión en torno a los conceptos de archivo digital y archivo electrónico. Existe la creencia que digitalizando documentos de archivo en papel o teniendo archivos digitales ya se tienen archivos de documentos electrónicos. Son conceptos que es preciso aclarar, ¿o acaso lo digital no es electrónico y lo electrónico no es digital? Sin embargo, cuando nos metemos en el terreno de la gestión documental si es preciso diferenciar entre ambos conceptos. Entonces, la frontera se hace más observando, cada vez más, la urgencia de darle un visible y el papel que juega el archivero se hace tratamiento correcto a esos documentos de archivo más necesario que nunca y a la vez más difícil. electrónicos nacidos y creados electrónicamente, desde el momento de su producción hasta su Es conveniente precisar lo que la literatura sobre destino final. este tema viene entendiendo por digital y electrónico, las diferencias conceptuales entre A los primeros, asegurando su conservación, su digitalización y gestión documental electrónica. legibilidad y su acceso y a los segundos asegurando, además de lo anterior, su DIGITALIZAR implica una acción expresa, una autenticidad, fiabilidad y validez jurídica-legal. De voluntad de pasar (transformar) a un formato digital ahí la necesidad de utilizar software para la gestión (o electrónico) la imagen y el contenido de un de Archivo Electrónico, y Plataformas de s o p o r t e a n a l ó g i c o p a r a s u g e s t i ó n , Preservación Digital cuyo objetivo sea conservar a almacenamiento y/o difusión. largo plazo la documentación con condiciones de asegurar las características de fiabilidad, GESTIÓN (DOCUMENTAL) ELECTRÓNICA: es integridad, autenticidad, etc. Es decir, las mismas decir, lo que se viene entendiendo como parte de la que ofrecen los documentos analógicos, en papel, administración electrónica (E-Admin), no implica tradicionalmente guardados en los archivos físicos. voluntad alguna de transformación (salvo que lo que se gestione es algo electrónico resultado de una “digitalización”, en cuyo caso nos remitimos a También se trata de no sólo preservar, conservar, la definición anterior), sino de pura gestión de lo ya recuperar y representar la información de forma nacido electrónicamente, de los documentos electrónicos.

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Sin embargo, en ambos casos (documentos de archivo digitalizados como documentos de archivo electrónicos) el resultado se almacena en repositorios electrónicos, generalmente sin criterios claros de preservación, conservación o eliminación, sin criterios archivísticos, fruto de un concepto de gestión documental muy extendido en nuestros días pero excluyente de la fase de archivo. Y es desde este punto de vista de la gestión documental archivística, se está


fiable y segura, sino también de gestionarla, y hacerlo con métodos y herramientas de la ciencia archivística. Porque la archivística como técnica (o ciencia) no está reñida con las más novedosas tecnologías. Es más, tienen mucho que aportar y estos nuevos escenarios surgidos al hilo de la evolución tecnológica y de la nueva realidad administrativa, cada vez más “electrónica”, no invalidan sino que refuerzan el papel del archivero en la organización y gestión de la documentación y en su custodia definitiva. Siguen siendo válidos, conceptos tan añejos como expurgo, transferencia, valoración documental, cuadro de clasificación, calendario de conservación y acceso, serie documental, entre otros. EL MANEJO ELECTRÓNICO DE LOS SOPORTES FÍSICOS SEGÚN LA LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO Art. 23.- Manejo electrónico Todos los soportes físicos del sistema registral y notarial actual se digitalizarán y se transferirán a las bases de datos correspondientes.

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El proceso registral y notarial podrá ser llevado a cabo íntegramente a partir de un documento electrónico. Art. 24.- Firma electrónica La firma electrónica de los registradores o registradoras y notarios o notarias tendrá la misma validez y eficacia probatoria que la ley otorga. Art. 27.- Efectos jurídicos Los asientos e informaciones registrales contenidos y emanados oficialmente del sistema registral, surtirán todos los efectos jurídicos que corresponden a los documentos públicos.


BASE DE DATOS REGIONALES por Francisco Herrera Sierralta Una base de datos es un conjunto de datos pertenecientes a un mismo contexto y almacenados sistemáticamente para su posterior uso. En este sentido; una biblioteca puede considerarse una base de datos compuesta en su mayoría por documentos y textos impresos en papel e indexados para su consulta. SEGÚN LA LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO Artículo 78 de salvaguardar la información contenida en la La publicidad notarial reside en la base de datos del base de datos nacional. sistema automatizado de las notarías, en la documentación archivada que de ellas emanen y Artículo 31. Bases de datos regionales en las certificaciones que se expidan. El Servicio Autónomo de Registros y Notarías determinará las entidades regionales donde se Artículo 30. Base de datos nacional mantendrán las bases de datos que consolidarán y En el Distrito Metropolitano de Caracas funcionará respaldarán la información de todas las materias la base de datos que consolidará y respaldará la correspondientes a los registros y notarías. Cada información de todas las materias registrales y oficina de Registro y de Notaría mantendrá un notariales correspondientes a los registros y sistema de información donde residirán los datos notarías del país, sin perjuicio de los respaldos que de su especialidad registral, notarial y los demás se puedan establecer en otras entidades a los fines que señale el Reglamento de esta Ley.

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LA DIGITALIZACIÓN por Francisco Herrera Sierralta

La digitalización de documentos es un proceso tecnológico que permite, mediante la aplicación de técnicas fotoeléctricas o de escáner, convertir la imagen contenida en un documento en papel en una imagen digital.

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guardar grandes cantidades de datos en poco espacio. SEGÚN LA LEY DE REGISTRO PÚBLICO Y DEL NOTARIADO

La digitalización de documentos es una forma de Artículo 32. Digitalización de imágenes capturar y almacenar imágenes utilizando la tecnología computacional. Las imágenes de los testimonios notariales y de los documentos que ingresan al Registro, serán Una cámara digital o un escáner sacan una digitalizadas y relacionadas tecnológicamente por fotografía electrónica, que convierte la imagen del el sistema. Estas imágenes serán incorporadas en documento en códigos numéricos para que sean la base de datos y podrán ser consultadas de tratados por el ordenador mediante un software de manera simultánea con los asientos registrales y captura. notariales relacionados. La información digitalizada queda posteriormente almacenada en diversos soportes que permiten


LA FIRMA ELECTRONICA por Lisandro Adham Al Chebli La firma electrónica es un concepto jurídico, equivalente electrónico al de la firma manuscrita, donde una persona acepta el contenido de un mensaje electrónico a través de cualquier medio electrónico válido. ... Usando una firma digital. Usando usuario y contraseña. LA FIRMA ELECTRONICA es un concepto jurídico, equivalente electrónico al de la firma manuscrita, donde una persona acepta el contenido de un mensaje electrónico a través de cualquier medio electrónico válido. La firma electrónica a su vez puede tener diferentes técnicas para firmar un documento, así tenemos las siguientes: Código secreto o de ingreso: es la necesidad de una combinación determinada de números o letras, que son sólo conocidas por el dueño del documento, o lo que todos usamos.

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MANEJO ELECTRONICO DE LOS SOPORTES FISICOS por Lisandro Adham Al Chebli ARCHIVO DOCUMENTOS FíSICOS. Son documentos cuyo soporte material es algún tipo de dispositivo electrónico, con contenido codificado mediante algún tipo de código digital que puede ser leído o reproducido mediante el auxilio de detectores de magnetización

y transporte los archivos físicos. ARCHIVO ELECTRONICO La Digitalización: Otro recurso informático útil para la gestión documental es la digitalización, que consiste en la captura de la información y su transformación a formato digital, para que se pueda manipular desde un ordenador. Es útil sobre todo para evitar la manipulación de la documentación original, documentos históricos, en mal estado y para documentos de mucha consulta y desde diferentes puestos de trabajo. Se pueden almacenar en formato de imagen, o en formato de texto, para lo cual es necesario utilizar un programa de reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es una tecnología cara y esta tarea se complementa con una indexación de los documentos.

Se define archivo como el conjunto de varios documentos. También se puede definir como el lugar donde estos documentos se conservan documentos elaborados y recibidos por una entidad como consecuencia de la realización de sus actividades. Un documento es un testimonio material de un hecho o acto realizado en el ejercicio de sus funciones por instituciones o personas físicas, jurídicas, públicas o privadas, registrado en una unidad de información en cualquier tipo de soporte (papel, cintas, discos magnéticos, Sistemas de archivos de red: Un sistema de fotografías, etc.) archivos de red es un sistema de archivos que accede a sus archivos a través de una red. Dentro ARCHIVO FÍSICO Son aquellos que en forma de esta clasificación encontramos dos tipos de permanente van almacenar información en forma sistemas de archivos: los sistemas de archivos física. Cada archivo físico contiene únicamente un distribuidos (no proporcionan E/S en paralelo) y los formato de registro fijo. Puede tener una vía de sistemas de archivos paralelos (proporcionan una acceso en secuencia por claves para presentar de E/S de datos en paralelo). una forma más eficiente los documentos según el orden en que se añadieron los registros. Custodia y CUSTODIA DE LOS ARCHIVOS La custodia de administración de archivos físicos inactivos y documentos es un paso más en la gestión activos manteniendo la confidencialidad y documental e implica la existencia de un tercero disponibilidad de la información. El proceso que se responsabiliza de archivar, con garantías consiste en la recepción, codificación, elaboración técnicas y legales, los documentos de otras de base de datos, almacenamiento , administración organizaciones.

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LA PUBLICIDAD por Musa Ammar Majad Rondón

La publicidad es una forma de comunicación que intenta incrementar el consumo de un producto o servicio, insertar una nueva marca o producto dentro del mercado de consumo, mejorar la imagen de una marca o reposicionar un producto o marca en la mente de un consumidor. Esto se lleva a cabo mediante campañas publicitarias que se difunden en los medios de comunicación siguiendo un plan de comunicación preestablecido.

profesional y académico ambos términos hacen referencia a dos conceptos distintos.​ La principal diferencia es el tipo de conducta que se propone modificar. En el caso de la publicidad, se pretende influir en las conductas de consumo de una persona mediante campañas o acciones publicitarias en diferentes medios y con diferentes objetivos (lanzamiento de un producto, posicionamiento de marca, recordación de marca, etc.) para que el consumidor lleve a cabo un acto de consumo en un A través de la investigación, el análisis y estudio de corto o largo plazo. Entretanto, la propaganda trata numerosas disciplinas, tales como la psicología, la de que una persona se adhiera a una ideología o neuroanatomía, la sociología, la antropología, la creencia. estadística, y la economía, que son halladas en el estudio de mercado, se podrá, desde el punto de Por otro lado, también se diferencian los términos vista del vendedor, desarrollar un mensaje publicista y publicitario. Un publicista es aquel que adecuado para una porción del público de un se dedica a la publicación de artículos de difusión medio. Esta porción de personas, que se encuentra como puede ser la publicación de una revista; detalladamente delimitada, se conoce como mientras que un publicitario es el encargado de público objetivo o target. crear y difundir publicidad como actividad primaria. TERMINOLOGÍA

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HISTORIA

La publicidad se diferencia de otras dos actividades Desde que existen productos que comercializar ha también dirigidas a influir en la opinión de la gente: existido la necesidad de comunicar su existencia; la las relaciones públicas y la propaganda. forma más común de publicidad era la expresión oral. En Babilonia se encontró una tablilla de arcilla Los términos publicidad y propaganda se usan con inscripciones para un comerciante de indistintamente en algunos países de habla ungüentos, un escribano y un zapatero que data del española y se intercambian, pero a nivel 3000 a. C. Ya desde la civilización egipcia, Tebas


conoció épocas de gran esplendor económico y religioso; a esta ciudad tan próspera se le atribuye uno de los primeros textos publicitarios. La frase encontrada en un papiro egipcio ha sido considerada como el primer reclamo publicitario del que se tiene memoria. Hacia 1821 se encontró en las ruinas de Pompeya una gran variedad de anuncios de estilo grafiti que hablan de una rica tradición publicitaria en la que se pueden observar vendedores de vino, panaderos, joyeros, tejedores, entre otros. En Roma y Grecia, se inició el perfeccionamiento del pregonero, quien anunciaba de viva voz al público la llegada de embarcaciones cargadas de vinos, víveres y otros, y que eran acompañados en ocasiones por músicos que daban a estos el tono adecuado para el pregón; eran contratados por comerciantes y por el estado. Esta forma de publicidad continuó hasta la Edad Media. En Francia, los dueños de las tabernas voceaban los vinos y empleaban campanas y cuernos para atraer a la clientela; en España, utilizaban tambores y gaitas, y en México los pregoneros empleaban los tambores para acompañar los avisos.

album. Una vez se había escrito en él el mensaje o comunicado, se pegaba a la pared. La imprenta Parte de lo que se conoce actualmente como publicidad nace con la imprenta de Johannes Gutenberg, quien se ocupó de mostrar su invento a un grupo de mercaderes de Aquisgrán. Con la crónica mundial de Nuremberg, figuran una serie de almanaques que contienen las primeras formas de publicidad. En 1453 surge la llamada Biblia de Gutenberg y los famosos almanaques se convierten en los primeros periódicos impresos. La imprenta permitió la difusión más extensa de los mensajes publicitarios y, con la aparición de nuevas ciudades, la publicidad se consolida como instrumento de comunicación. La publicidad moderna La publicidad moderna comenzó a evolucionar en Estados Unidos y Gran Bretaña a finales del siglo XVIII durante la revolución industrial. Aparecieron los agentes de publicidad; el primero conocido fue Volney B. Palmer, quien en 1841 inauguró en Filadelfia una oficina con la cual obtuvo considerable éxito. En España en 1872, el pionero de la publicidad, Rafael Roldós, fundó en Barcelona la primera agencia del país, que todavía en la actualidad sigue activa.

En Roma surgen dos nuevos medios: el album, y el libellus. El album consistía en una superficie blanca sobre la que se escribía; ya fueran pergaminos, papiros, o paredes blanqueadas. Cualquier superficie blanca serviría para dar a conocer mercancías, anunciar espectáculos, anunciar ventas de esclavos y comunicar decisiones políticas. El libellus, considerado el A principios del siglo XX, las agencias se antecesor del cartel, era de menor tamaño que el profesionalizan y seleccionan con mayor rigor los

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Sus ideas y las técnicas publicitarias acerca de la publicidad en las cuales enfatiza el uso y conceptos de persuasión, lenguaje, escritura y competencias, hacen que estas herramientas sigan vigentes a la fecha.

medios donde colocar la publicidad. Es así como la creatividad comienza a ser un factor importante a la hora de elaborar un anuncio. En los años 30 nace una famosa técnica creativa: el brainstorming, aunque no fue hasta la década de 1960 cuando se usó de manera habitual.

Puso en marcha el concepto de imagen de marca y, junto con Bill Bernbach, sentó las bases de la llamada "revolución creativa". Se trataba de hacer hincapié en la importancia que las marcas tienen en sí mismas y convertir el propio producto en el verdadero protagonista de la publicidad.

Algunas de las frases que inmortalizó dentro de la industria publicitaria son: "Nunca hagas un anuncio que no quisieras que viese tu propia familia", "La mejor manera de conseguir nuevas cuentas es crear para nuestros clientes el tipo de publicidad que atraerá a clientes futuros", "Dentro de cada marca hay Aportaciones de David Ogilvy un producto, pero no todos los productos son marcas", "Cuando haga publicidad para los extintores Cabe enfatizar las aportaciones del llamado de fuego, comience con el fuego", "No compita con su “padre de la publicidad”, David Ogilvy. Fue uno agencia en el área de la creatividad”, entre otras. de los nombres más destacados en el mundo de la publicidad moderna y uno de los pocos OBJETIVOS pensadores que forjaron este negocio después de los años veinte. Ogilvy fue durante su vida La publicidad tiene dos objetivos, de acuerdo con las cocinero, vendedor, diplomático y granjero. En preferencias del anunciante, sus objetivos, o las 1938, Ogilvy emigró a los Estados Unidos, y no demandas del mercado: fue hasta esa fecha que comenzó su fructífera carrera como publicista, trabajando en el En primera instancia, idealmente, la publicidad Audience Research Institute de George Gallup, informa al consumidor sobre los beneficios de un en Nueva Jersey. determinado producto o servicio, resaltando la diferenciación sobre otras marcas. En 1948 fundó la Agencia Hewitt, Ogilvy, Benson & Mather con oficinas en Nueva York (que con el En segundo lugar, la publicidad busca inclinar por tiempo se convirtió en Ogilvy & Mather medios psicológicos la balanza motivacional del Worldwide), con el apoyo financiero de la sujeto hacia el producto anunciado, de manera que la agencia de Londres, Mather & Crowther.

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En 1962 la prestigiosa revista Time nombró a Davil Ogilvy el “mago más solicitado” de la industria publicitaria de la época. Y lo cierto es que si Ogilvy hubiera desarrollado su carrera en el siglo XXI también tendría muchísimo “tirón” entre los anunciantes. El legendario publicitario británico era un genio y las ideas de los genios son atemporales, eternas, no entienden de siglos ni de épocas, según refiere Marketing Directo, portal especializado en marketing, publicidad y medios.


probabilidad de que el objeto o servicio anunciado sea adquirido por el consumidor se haga más alta gracias al anuncio. Esta clase de publicidad es significativamente dominante en los anuncios above the line, pues el tiempo en televisión, o el espacio en el periódico son limitados, y se hace necesario crear la preferencia por el producto anunciado a partir de argumentos rápidos que no siempre son la demostración objetiva de la superioridad del producto por encima del de la competencia, o de lo necesario que es, sino, muchas veces, simplemente una concatenación de estímulos apetitivos (véase Psicología) con el producto; ejemplo de esto son muchos de los comerciales de Coca-Cola, donde se muestran principalmente situaciones felices y gente consumiendo el producto, cosa que generalmente se solidifica dentro de consignas implícitas como «Tomar Coca-cola es ser feliz», «Si tomas Coca-cola serás feliz» o «La gente feliz toma Coca-cola».

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puede tomar la forma de una característica única del producto o de una ventaja percibida. Frente a la competencia creciente dentro del mercado, debido a los crecientes de sustitutivos, cada vez se produce más creación de marca en publicidad. Ésta consiste en comunicar las cualidades que dan una cierta personalidad o reputación a una marca de fábrica, es decir, un valor de marca que la hace diferente a las de su competencia y su objetivo central es vender productos para obtener grandes ganancias. PRINCIPIOS Aunque existen una gran cantidad de teorías de la publicidad, una de las más antiguas (1895) es la teoría o regla AIDA, nacida como simple recurso didáctico en cursos de ventas y citada de continuo:

Por otro lado, la publicidad permite la independencia Atención económica de los medios de comunicación respecto Interés del Estado. Deseo Acción Uno de los principales objetivos de la publicidad es crear demanda o modificar las tendencias de Según esta regla, estos son los 4 pasos básicos demanda de un producto (bien o servicio). para que una campaña publicitaria alcance el Entendiendo que la comercialización busca éxito; esto es, en primer lugar, habría que llamar la identificar el mercado apropiado para cada producto, atención, después despertar el interés por la la publicidad es la comunicación por la cual la oferta, seguidamente despertar el deseo de información sobre el producto es transmitida a estos adquisición y, finalmente, exhortar a la reacción, u individuos (público objetivo). Los anuncios intentan ofrecer la posibilidad de reaccionar al mensaje, generalmente encontrar una propuesta única de derivando, generalmente, en la compra. venta (USP, del inglés Unique Selling Proposition) de cualquier producto y comunicarla al usuario. Esto


TÉCNICAS DE PUBLICIDAD por Musa Ammar Majad Rondón Algunas estrategias para la realización de una publicidad efectiva son: Demostración o argumentación: Mensajes que influyen una demostración del producto. Asociación psicoemotiva al consumidor. Por medio Normalmente proporcionan una respuesta a un de: problema real. Este estilo se basa en las características del producto y su eficacia (mítico de Estética: imágenes, música, personas, etc. las 'cremas de mujeres'). Por ejemplo pruebas, tests y ensayos. Humor: Pretende asociar un producto a una idea o circunstancia divertida, transmitir sensación Descripción: Presenta de una manera objetiva un positiva acerca del producto y así asociarlo más producto, sus partes o su composición. Muy usado fácilmente. en los anuncios de coches. Sentimientos o evocación: No hace referencia directa al producto, sino la sensación que te produce; en vez de convencerte lo que intenta es seducirte: amor materno, enamoramiento, etc. Por ejemplo: "¿Te gusta conducir?"

Exposición: Ni 'argumentación' ni ' descripción'. Redactado o presentado como una lista de oferta. Usado por ejemplo en anuncios de supermercados con sus ofertas alimenticias, o en objetos en venta con días de descuento.

Dramatización: Es la forma más antigua de la Impacto: Es algo impactante, juegos de palabras o publicidad, representa un episodio de la vida real, la rimas. Sólo busca impactar al futuro comprador y persona tiene que percibir que es una así captar su atención. dramatización, si no es un 'testimonio'. Oportunidad: El mensaje debería aprovechar el Testimonio: Si no se percibe que es una momento, coyuntura o situación del tiempo de 'dramatización' entonces es un testimonio. Por referencia. ejemplo de unas figuras o personas famosas o reconocidas de forma positiva, o de personajes de Frecuencia: El consumidor comienza a retener un asociación proactiva. mensaje cuando este es repetitivo.

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Sinceridad: El fraude produce desconfianza en el consumidor.

Produce un efecto indemostrable y arriesgado. Es la estrategia más efectiva si llega hasta el final.

Propuesta única de venta. (USP) Todo anuncio debe hacer una proposición concreta al consumidor. La proposición debe distinguirse de la competencia (ventaja competitiva, elemento diferenciador o posicionamiento); esta es la condición más importante de la USP. Debe ser tan atractiva que influya sobre la totalidad del mercado meta del producto. Actualmente la proposición de venta es de carácter emocional cambiando su denominación a (ESP) Imagen de marca. Recurso a un símbolo para asociarlo sistemáticamente al producto o a la marca. Como consecuencia se producirá un reconocimiento automático del símbolo (color, eslogan, elemento simbólico, etc.) por parte del consumidor. Se trata de la primera gran estrategia que concede prioridad a la imagen.

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Se encuentra en pleno auge durante los años 70-80. Subliminal.

En principio (años 60) es utilizada para cualquier tipo de producto. Posteriormente lo subliminal es explotado para productos como el tabaco, el alcohol, la lencería, etc. Se puede detectar con elementos objetivos como la composición del anuncio. Ésta trabaja con la relación entre primer plano y segundo plano como metáfora de la parte consciente e inconsciente del individuo Posicionamiento, ubicación o llamada: Incita a los oyentes a que participen en una campaña publicitaria determinada. Selecciona un segmento del público para convertirlo en el centro de la campaña. De esta manera realiza una interpelación directa a ese tipo de consumidor y todo gira en torno a la relación con un consumidor. El segundo paso de selección consiste en la selección de facetas de la subjetividad de los consumidores (trabajo cualitativo). La selección del público va a ser interpelada pero el resto también puede serlo. Todos pueden ser movilizados por la campaña ya que esta estrategia combina lo particular con lo general. Esta estrategia es utilizada para productos genéricos (no específicos) ya que compiten en un mercado saturado.


DATOS DE LA PUBLICIDAD REGISTRAL por Musa Ammar Majad Rondón 1.Publicidad Registral:

personas interesadas acerca de un hecho o relación jurídica sobre los bienes inmuebles para Es aquella realizada por las instituciones que puedan hacer uso de los derechos que le especializadas (como los Registros y Notarías) corresponden. mediante un mecanismo o procedimiento regulador al igual que las instituciones, por el b.Publicidad Inmobiliaria Declarativa: ordenamiento jurídico, con normas especiales. Es aquella que tiene como efecto hacer oponible a 2.Finalidad de la Publicidad Registral: los terceros el convenio, el hecho o relación jurídica referente a un bien inmueble. Hacer posible que cualquier persona interesada, pueda corresponder a través de los asientos c.Publicidad Inmobiliaria Constitutiva: elaborados al efecto, (asientos registrales, que en sentido lato comprende a las notarías), la situación Es aquella cuyo efecto es la creación o jurídica de las personas y bienes sujetos a ese establecimiento del hecho o relación jurídica a régimen de publicidad. través de la publicidad y por lo tanto favorece al desarrollo del crédito territorial, promueve la 3.Clases de Publicidad Registral: circulación de los capitales y de los bienes inmuebles, previenen contra gravámenes ocultos y 1.Publicidad Registral Inmobiliaria: se refiere a ventas dobles, brinda seguridad para la bienes inmuebles. constitución de garantías. Se caracteriza por la Publicidad Registral si ésta se considera como a. Publicidad Inmobiliaria Notificatoria: actividad, Si se considera como disciplina la publicidad registral estudiará los procedimientos Es aquella que se refiere a las formas de tener el para hacerlo.La Publicidad Registral es el concepto carácter de una comunicación que puede ser oral básico en esta materia como actividad. Se como el pregón (anuncio del acto de remate de un caracteriza por la interacción de un funcionario inmueble por ejemplo) o escrita (edicto, cartel, público.Pero hay tantos sistemas jurídicos como citación). derechos positivos. El sistema jurídico asigna su lugar a cada institución. En el sistema registral el Su efecto: Es poner en conocimiento a la persona o

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principio fundamental es la Publicidad. Agrupa a los sistemas en dos categorías:

reciben la denominación de terceros, en virtud de que no son ni una ni otra parte del contrato, las personas entre quienes se polariza la relación jurídica, son las partes, los demás son terceros.

·Sistema Inmobiliario no Registral: a.Sistema sin solemnidad constitutiva ni protección al adquiriente (Derecho Romano). b.Sistema con solemnidad constitutiva y protección a terceros adquirientes (Derecho Germánico) ·Sistema Inmobiliario Registral.

¿Son los testigos que intervienen en el Documento Partes? La respuesta es negativa, debido a que sólo lo son las personas que tienen un interés en el acto, por ejemplo, el comprador y el vendedor. En este sentido tampoco serán partes el Registrador, el Notario, los Testigos traídos al acto por las partes o el Firmante a ruego.

4.PUBLICIDAD- IMPORTANCIA: LOS TERCEROS.Por medio de la Publicidad Registral se facilita el acceso a cualquier persona para consultar e investigar el dato que interesa en la negociación que se propone llevar a cabo, evita la ocultación maliciosa de gravámenes, de doble venta, amplía y fomenta el ahorro de los inversionistas grandes o pequeños que ven su propiedad garantizada, cuando figura inscrita en un tipo de Registro exacto y seguro. 5.DOCTRINA SOBRE EL TERMINO JURIDICO PARTES.

El concepto de terceros es propio del Derecho Civil, por ello a los efectos registrales se acepta el concepto de Derecho Civil, pero dejando establecido que en materia de Registro lo que importa no es en si tal concepto, sino la situación jurídica del tercero. Para el Derecho Sustantivo Civil es tercero el que no es parte del contrato y partes son las personas de los contratantes. 6.EL TERCERO REGISTRAL. CONCEPTO.-

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Las dos personas que normalmente constituyen el contrato (comprador-vendedor), agotan el concepto de partes en el Derecho Civil, pero no excluyen las demás personas o sujetos de derechos, los cuales

El Tercero Registral es un Tercer Adquiriente que ha inscrito sus derechos y por esa razón no puede afectarle los actos o contratos no inscritos,


resultado de esto, el causahabiente lo ha adquirido. Los efectos de la protección registral, que en el Principio de la Fe Pública Registral proporciona al Tercer Adquiriente que inscribe, tiene lugar cuando el Título Adquisitivo del mismo sea intrínsecamente válido, y cuando el Tercer Adquiriente llene los siguientes requisitos: a.-Que el tercero haya registrado su título adquisitivo. b.-Que exista una previa registración a favor del transferente del derecho transmitido o gravado. c.-Que la adquisición sea a Título Oneroso. d.-Que el Tercero haya adquirido de buena fe. así como tampoco el derrumbe de la titularidad de Estas características debe poseerlas el Tercero su causante por virtud de causa que no constaba conjuntamente. en el Registro al inscribirse su adquisición. En el Derecho Registral Venezolano para el Tercer Adquiriente, lo inscrito y únicamente inscrito existe, lo no inscrito no puede perjudicarle, es decir, el Tercero es mantenido en su adquisición, ya que al mismo no se le puede oponer lo no registrado. El Tercero Registral, para el Dr. Ángel Cristóbal Montes es “el destinatario de la protección de la Fe Pública Registral, o aquel Tercer Adquiriente que, habiendo inscrito su derecho, resulta protegido por la Fe Pública Registral y ello con indiferencia de cual sea la extensión e intensidad con que juegue el referido principio en uno u otro concreto ordenamiento”. 7.EFECTOS DE LA PROTECCIÓN REGISTRAL AL TERCERO:

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Los efectos que procura el Principio de la Fe Pública Registral provoca una legitimación de disposición en cuya virtud el titular puede actuar como si fuera titular real del Derecho Registrado, pero no alcanza a convalidad los otros presupuestos y elementos del Título Adquisitivo. En consecuencia, si el acto adquisitivo es inválido, el acto podrá ser impugnado por el verdadero titular, porque éste no ha perdido el derecho enajenado por el titular registral por acto dispositivo inválido, así como tampoco como


FUENTES CONSULTADAS

ARISTOS. "Diccionario Ilustrado de la Lengua Española". Editorial Ramón Sopena, S.A. Barcelona, España. 1975. ASAMBLEA NACIONAL. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial Nº 36.860 del 30/12/1999. ASAMBLEA NACIONAL. Decreto con Fuerza de Ley de Registro y del Notariado. Gaceta Oficial Nº 37.333 del 27/11/2001. CONGRESO NACIONAL. Código Civil de Venezuela. Gaceta Oficial Nº 2990 del 26/06/1982. CONGRESO NACIONAL. Código de Comercio. Gaceta Oficial Nº 475 del año 1955. Enciclopedia Microsoft® Encarta® 2002. © 1993-2001 Microsoft Corporation. GONZÁLEZ, Manuel y Otros."Temas de Derecho Registral y Práctica Forense". Distribuidora Kelran C.A. Caracas, Venezuela. 1997. OSORIO, Manuel. "Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales". Editorial Heliasta, S.R.L. Buenos Aires, Argentina. 1986. www.asambleanacional.gov.ve www.badellgrau.com www.bnv.bib.ve www.comunidad.derecho.org/pantin/leyes www.diccionarios.com www.legis.com.ve www.lexadin.nl www.lex-comp.com www.tecnoiuris.com www.tsj.gov.ve

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