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noviembre 2012 nº 22 Normativa

Normativa

Avance sobre modificaciones en la tarifa de AT/EP El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado el dictamen del Proyecto de Ley de Presupuestos General del Estado para 2013, continuando su tramitación en el Senado. Si en este no se acuerda modificación alguna, el texto quedaría definitivamente aprobado, pero si se incluye cualquier enmienda, deberá volver al Congreso para que este decida en Pleno si ratifica o revoca dichos cambios.

Actualidad

Decalogo para comprar solo juguetes seguros

¿Puede recurrir una sentencia de la jurisdicción social aquella parte litigante que ha sido absuelta y no condenada?

Prevención

Mutualia seguirá colaborando con el proyecto ADi durante el curso 2012/2013

Mutualia como organización comprometida con la sociedad aprovecha este espacio para ofrecer unos consejos a tener en cuenta a la hora de adquirir juguetes para los más pequeños, sobre todo en estas fechas donde aumenta su venta.

Consejos

Recomendaciones de seguridad para el personal empleado en el hogar

Prestaciones

¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar una Prestación Económica?


noviembre 2012

Normativa

Avance sobre modificaciones en la tarifa de AT/EP El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado el dictamen del Proyecto de Ley de Presupuestos General del Estado para 2013, continuando su tramitación en el Senado. Si en este no se acuerda modificación alguna, el texto quedaría definitivamente aprobado, pero si se incluye cualquier enmienda, deberá volver al Congreso para que este decida en Pleno si ratifica o revoca dichos cambios.

En el Proyecto aprobado por el Congreso se modifica la Tarifa para la cotización de AT/EP en la Disposición Final Décima Segunda (página 395) del siguiente enlace: http://www.congreso.es/docu/pge2013/PGE­ROM/doc/L_13_A_1.PDF

Por lo que respecta a los tipos de cotización del Cuadro I, los cambios son:

El nuevo epígrafe correspondiente al CNAE 869 con tipos de cotización superior al general 86, incluye las actividades sanitarias que no se correspondan con hospitalización, médicas de medicina general y especializada, así como odontológicas. La cotización superior podría afectar, teniendo en cuenta lo anterior, a actividades de fisioterapia, naturopatía, podología, radiodiagnóstico, ambulancias, etc. En el Cuadro II se suprime la letra e) ocupación de conductores de vehículos automóvil de transporte de pasajeros en general (taxis, automóviles, autobuses, etc) y de transporte de mercancías con capacidad de carga útil no superior a 3,5 Tm., pasando a cotizar por los tipos de la actividad económica de la empresa o trabajador autónomo, que de no coincidir con la excepcional 494 (transporte de mercancías por carretera y servicios de mudanza) que tiene tipos de cotización superior, sería aplicable el CNAE 49 con los mismos tipos de cotización que tenía la ocupación e).

María Luisa Ortiz, Directora de Asuntos Jurídicos de Mutualia


noviembre 2012

Normativa

¿Puede recurrir una sentencia de la jurisdicción social aquella parte litigante que ha sido absuelta y no condenada en la misma? Hasta fecha reciente ha sido criterio judicial asumido que nuestro ordenamiento jurídico no permite, con carácter general, el acceso a recurso a aquellas partes intervinientes en un proceso laboral que no hayan resultado condenadas en instancia, considerándose como fundamento principal para tal postura que la parte absuelta por una sentencia, no tiene en principio razón jurídica que justifique o propicie la interposición de recurso. Se estima en tal caso que si del pronunciamiento judicial no se le deriva gravamen o perjuicio no existe un interés legitimo que motive el recurso pretendido.

Esta imposibilidad genérica se basa en que las sentencias desestimatorias no producen daño a quienes en ellas resultan absueltos, correspondiendo sólo a la parte a la que la resolución de instancia resulta desfavorable, en calidad de parte perjudicada, utilizar las herramientas de impugnación que la Ley concede para su revocación. De ello se deduce la falta de legitimación activa en este caso de quienes no sufren pronunciamiento adverso. Ahora bien, se pueden dar supuestos en los que una sentencia puede suponer un perjuicio a la parte, aún resultando absuelta, cuando en la misma se hayan recogido con carácter de hecho probado afirmaciones que posteriormente puedan dar lugar a consecuencias perjudiciales. A fin de atender a tales supuestos, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado recientemente sentencia que defiende esta posibilidad, concretamente en un proceso de despido en el que una empresa fue absuelta de las pretensiones del operario, pero contenía la afirmación de que dicha mercantil era sucesora de una empresa anterior y con ello quedaba subrogada en todos los derechos y obligaciones respecto al trabajador derivadas de la relación que éste mantenía con la empresa sustituida. Ciertamente la empresa no fue condenada en ese concreto procedimiento, pero los hechos allí recogidos permitían al trabajador reclamante que instara otros procesos que sin duda perjudicarían a la mercantil absuelta. Si la empresa no atacaba el pronunciamiento judicial, en los futuros procesos que pudieran producirse no podría ya negar su condición de empresa responsable en cuanto que su subrogación con respecto de la empresa precedente ya era un hecho preconstituido. En estos casos y de forma excepcional, el Tribunal Supremo considera que dado que el contenido de la sentencia puede afectar a futuras reclamaciones, debe aceptarse la posibilidad de la vía del recurso para alzarse contra ese pronunciamiento. Esta postura jurisprudencial ha tenido su proyección en la actual legislación, ya que la nueva Ley Reguladora de la Jurisdicción Social recoge este concepto de gravamen y acepta, expresamente en su art. 17.5, la legitimación para recurrir a las partes contra resoluciones que les afecten desfavorablemente por haber visto desestimadas cualesquiera de sus pretensiones, con lo que bajo tal previsión queda más claro el concepto de gravamen y más clarificada la legitimación para recurrir derivada de su existencia .

Raquel Martínez, Letrada de la Asesoría Jurídica de Mutualia


noviembre 2012

Actualidad

Decalogo para comprar solo juguetes seguros Mutualia como organización comprometida con la sociedad aprovecha este espacio para ofrecer unos consejos a tener en cuenta a la hora de adquirir juguetes para los más pequeños, sobre todo en estas fechas donde aumenta su venta.

Queremos en estas fechas recordar el decálogo para comprar sólo juguetes seguros que nos ofrece el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con el objetivo de evitar accidentes entre los menores: ­Compre los juguetes en tiendas o proveedores en línea de confianza, que normalmente aceptan devoluciones. Compruebe también los juguetes que les regalan a los niños, para evitar falsificaciones o productos poco seguros. ­Adquiera sólo artículos que lleven claramente la etiqueta CE, ya sea en el mismo juguete o en su embalaje. Este marcado es la garantía del fabricante de que el producto cumple con las reglas de seguridad de la UE. ­Elija juegos adecuados a la edad, la capacidad y la destreza del niño. Los que no están destinados a su grupo específico de edad podrían provocarle lesiones. ­Compruebe que los juguetes no tengan piezas pequeñas desmontables, si están destinados a niños menores de tres años, ya que podrían producir asfixia. ­Siga las instrucciones para montar y utilizar correctamente el juguete, y guárdelas en lugar seguro. ­Permanezca atento mientras los niños juegan: asegúrese de que todos los juguetes se emplean del modo previsto. En el caso de patines, bicicletas o motos, deben llevarse siempre con casco y equipo de protección. ­Compruebe cada cierto tiempo el estado de los juguetes para cerciorarse de que no estén deteriorados hasta el punto de suponer un riesgo para la salud. ­Elimine todos los embalajes y asegúrese de que los niños no juegan con los de plástico, pues pueden suponer un riesgo de asfixia. ­Enseñe a los niños a ordenar sus juguetes y a no dejarlos en lugares de paso para evitar accidentes. ­Informe de cualquier problema de seguridad de los juguetes al fabricante o al vendedor al que se lo haya comprado. Para más información: http://www.msc.es/gabinete/notasPrensa.do?id=2310

Javier Rodríguez Santurde. Dpto. Gestión


noviembre 2012

Consejos

Recomendaciones de seguridad para el personal empleado en el hogar Son muchos los hogares que cuentan con los servicios de empleados de hogar. La nueva legislación de aplicación ha traído modificaciones importantes, como que el contrato deberá ser por escrito para los trabajos de 4 o más semanas de duración, el reconocimiento del derecho a la prestación por riesgo durante el embarazo y la lactancia, etc.

Como consecuencia de dichos cambios, las dudas sobre las obligaciones existentes en materia de prevención de riesgos laborales han aumentado. ¿Debo evaluar los riesgos de mi empleado de hogar? ¿Debo pasar reconocimiento médico obligatorio a mi empleado de hogar? Para intentar resolver dichas cuestiones entre otras, desde Mutualia hemos elaborado un folleto informativo sobre los empleados de hogar. Los accidentes y enfermedades que sufren los empleados de hogar como consecuencia de la realización de sus tareas SON ACCIDENTES Y ENFERMEDADES LABORALES. Por ello, será en la mutua, y previa entrega del parte de asistencia rellenado por el empleador, donde se le atenderá. Pero NO LES APLICA LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, por lo que no es necesaria la existencia de documentación (evaluación de riesgos, plan de prevención etc), realización de reconocimiento médico o resto de obligaciones y derechos que de la misma derivan. Mediante el folleto de recomendaciones de seguridad pretendemos informar de los riesgos que los empleados de hogar pueden encontrar en su puesto de trabajo así como sobre pautas sencillas para su control y reducción, ya que, aunque no les aplique la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es su salud la que está en juego. Desde Mutualia ponemos a vuestra disposición el folleto de recomendaciones de seguridad, y en aquellos casos en los que contéis con personal empleado en el hogar, os animamos a que le hagáis entrega del mismo. Estos son algunos de los riesgos con los que se pueden encontrar los empleados del hogar durante la realización de sus tareas, así como algunas medidas básicas de prevención y protección antes los mismos:

ACCESO FICHA TÉCNICA


noviembre 2012

Prestaciones

¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar una Prestación Económica? En Mutualia gestionamos las siguientes prestaciones económicas a favor tanto de las personas trabajadoras de nuestras empresas asociadas como de nuestros trabajadores y trabajadoras autónomos adheridos

­ Pago Directo de Incapacidad Temporal, tanto derivado de contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) como de contingencias comunes (enfermedad común y accidente no laboral). ­ Riesgo durante el embarazo o la lactancia natural. ­ Secuelas y fallecimiento derivado de contingencias profesionales. ­ Cese de actividad de los trabajadores autónomos ­ Cuidado de Menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave ­ Prestaciones especiales. Disponen de información pormenorizada sobre todas ellas en nuestra página web www.mutualia.es, además de poder consultar cualquier duda concreta sobre las mismas telefónicamente en el 902 540 250 y por supuesto en nuestros puntos de atención personalizada, situados en: ­ c/ Henao, 26 – 48009 BILBAO ­ c/ Beato Tomás de Zumárraga, 4 – 01008 VITORIA­GASTEIZ ­ c/ Dr. Camino, 1 – 20004 DONOSTI La documentación necesaria y el formulario autorrellenable para solicitar cada una de ellas, los tienen a su disposición en el apartado formulario/impresos de nuestra página web. Si tienen alguna dificultad para descargárselos, no duden en contactar con nosotros telefónicamente. Del mismo modo, y con la finalidad de facilitar su presentación, les informamos que pueden presentar cualquier documentación en todos nuestros centros, o si lo prefiere utilizar los siguientes canales de comunicación que ponemos a su disposición en nuestro departamento de Prestaciones Económicas:

­Correo Electrónico:

• Solicitudes de Gipuzkoa: prestacioneseconomicasgipuzkoa@mutualia.es • Solicitudes de Bizkaia: erandioprestaciones@mutualia.es • Solicitudes de Araba y resto de provincias: prestacionesvi@mutualia.es ­Fax: • Solicitudes de Gipuzkoa: 943.43.01.53 • Solicitudes de Bizkaia: 94.404.21.03 • Solicitudes de Araba y resto de provincias: 945.00.90.91

Desde el departamento de prestaciones nos ponemos a su disposición para prestarle el mejor servicio posible, asesorándole e informándole sobre las prestaciones de las que puede beneficiarse y facilitándole las herramientas para poder acceder a las mismas.

Sonia Gutiérrez García, Rble. de Prestaciones Económicas IMS y CATA de Mutualia


noviembre 2012

Prevención

Mutualia seguirá colaborando con el proyecto ADi durante el curso 2012/2013 El proyecto ADI, para la sensibilización sobre la prevención de riesgos laborales en centros de formación profesional promovido por MUTUALIA, continuará su andadura en el curso 2012/ 2013. El proyecto pretende acercar la prevención de riesgos laborales a los jóvenes estudiantes de Formación Profesional gracias a las experiencias laborales reales que un grupo de senior y jubilados intercambian con ellos.

El pasado 4 de octubre se llevó a cabo un acto de reconocimiento a los voluntarios de empresas, a los trabajadores seniors y a los centros educativos que han participado durante el curso académico 2011/2012 en el Proyecto ADI. Durante el acto de reconocimiento, MUTUALIA y OSALAN mostraron su interés en la continuidad de este proyecto y adelantaron su compromiso de financiación para este nuevo curso escolar, a lo largo del cual, se pretende llegar a todos los centros de formación profesional de Euskadi. Durante el anterior curso escolar, el Proyecto ha posibilitando que 1200 jóvenes de 32 centros públicos de formación profesional de Euskadi hayan recibido formación práctica, y conocido experiencias reales relacionadas con la prevención de los riesgos en el entorno laboral. El Proyecto ADI, promovido por MUTUALIA, OSALAN y la Fundación de Trabajadores de la Siderurgia Integral, con apoyo de Confebask, CCOO y UGT, cuenta con la colaboración de las siguientes empresas privadas: Mercedes, Gerdau, Arcelor, La Naval y SEA­Empresarios Alaveses Junto a la realización de los talleres en los centros de formación, en la nueva edición del Proyecto ADI se contempla la puesta en marcha de otras acciones paralelas, como la creación del Club de la Prevención. Esta herramienta se concibe como un espacio de encuentro en el que cualquier entidad interesada en colaborar con el proyecto se incorpore a las entidades promotoras y colaboradoras, aportando desinteresadamente su experiencia y conocimientos en la materia. Otra de las líneas estratégicas de este proyecto consiste en promover la participación de los medios de comunicación en el mismo. Para ello se busca la suscripción de convenios de colaboración entre las entidades promotoras y los medios de comunicación interesados en colaborar con el proyecto ADI. l



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