Mutualia información nº 27

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mutua información abril 2013 nº 27

28 de abril

Día Internacional

de la Seguridad y Salud en el Trabajo


Sumario FORMACIÓN • Actividades divulgativas y preventivas en mayo • NORMATIVA • LA REDUCCIóN DEFINITIVA DE JORNADA COMO ALTERNATIVA AL DESPIDO • PRESTACIONES • Nuevo sistema de Notificaciones Telemáticas de la Seguridad Social• PREVENCIÓN • 10º CONCURSO FOTOGRAFIA MUTUALIA SOBRE PRL• • 28 de abril: Día internacional de la seguridad y salud en el trabajo: • actualidad • Mutualia, ganadora del Premio de Buenas Prácticas de Euskalit•


ACTUALIDAD

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nº27 abril 2013

Ganadora del Premio Buenas Practicas

Mutualia

Este año se ha celebrado la 10ª edición del Premio de Buenas Prácticas del Club 400, que ha tenido como tema central la motivación y el desarrollo de las personas De entre todas las organizaciones candidatas, un jurado especializado había preseleccionado 6 buenas prácticas:

► Begoñazpi Ikastola “El proyecto es nuestro” ► EgaMaster “Premios anuales de Reconocimiento Egas de oro” ► Mutualia “Proyecto LIDERA: implicando a las personas líderes en la gestión” ► EUSKALTEL “IKHAZI –compartimos para seguir creciendo” ► Icaza “La estrategia y el compromiso, entre todos” ► Lauaxeta Ikastola “Factor P, innovación oculta en el profesorado”

El día 19 de Marzo las organizaciones finalistas presentaron sus experiencias en el Auditorio del Parque Tecnológico de Zamudio. Mutualia envió a dos personas contaran su experiencia de primera mano. Leire Sainz de Vicuña e Iratxe Ijalba presentaron la experiencia de Mutualia en cómo implicar a las personas en el ejercicio del liderazgo y en la gestión de la organización a través del Proyecto Lidera, y el resultado no pudo ser mejor: Mutualia resultó ganadora junto a Begoñazpi Ikastola. Este reconocimiento es una muy buena noticia, fruto de una idea puesta en práctica que nos diferencia de otras organizaciones. El jurado destacó especialmente la aplicabilidad del proyecto a otras organizaciones, la innovación de la buena práctica, y los resultados obtenidos. Además, como organización ganadora del Premio de Buenas Prácticas del Club 400, representaremos a Euskadi en el Premio Nacional de CEX 2013.

Departamento de Gestión de Mutualia

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FORMACIÓN

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nº27 abril 2013

Actividades divulgativas y preventivas

Mayo

Les invitamos a participar en las siguientes jornadas gratuitas organizadas por el Departamento de Prevención de Mutualia: MÉTODOS DE VALORACIÓN ERGONÓMICA Facilita la información necesaria para reconocer y evaluar los movimientos y posturas que pueden dar lugar a una Enfermedad Profesional, así como métodos de valoración ergonómica que pueden aplicarse en cada caso. (De 9:30 a 11:30).

Fechas: Bilbao, 14 de mayo Donostia-San Sebastián, 21 de mayo Vitoria-Gasteiz, 29 de mayo Las Jornadas serán impartidas por las técnicos: Silvia Amo y Jaione Fernandez; de nuestro Departamento de Prevención Dirigidas a responsables de empresa, mandos, trabajadoras y trabajadores designados, personal técnico de prevención, trabajadoras y trabajadores autónomos con cobertura AT y asesorías. NIVEL BÁSICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Curso de capacitación en nivel básico en PRL a distancia de 50 horas, dirigido a trabajadores autónomos con cobertura de A.T. Se imparte de forma semipresencial, con 5 horas presenciales. (De 8:30 a 13:30)

Fechas: Bilbao, 16 de mayo Donostia-San Sebastián, 23 de mayo Vitoria-Gasteiz, 30 de mayo Las Jornadas serán impartidas por los técnicos: Alberto Sainz de la Maza, Arrate Arrillaga y Gonzalo Arroyo; de nuestro Departamento de Prevención. Dirigidas a trabajadoras y trabajadores autónomos con cobertura AT. Si están interesados en acudir a alguna de ellas, remítanos el boletín de inscripción al siguiente e-mail o fax: prevencion@mutualia.es

Departamento de prevención de Mutualia

/ fax: 944042103

aforo limitado

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NORMATIVA

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Reducción definitiva de jornada como

nº27 abril 2013

Alternativa

Dentro de las medidas para favorecer la flexibilidad interna en las empresas como alternativa a la destrucción de empleo no derivadas de convenio colectivo se encuentran entre otras las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y la suspensión de contratos de trabajo y reducción de jornada. Ninguna de las reformas operadas en el ámbito laboral desde el Real Decreto Ley 3/2012 de 10 de febrero (Ley 3/2012 de 6 de junio), ni la posterior y reciente introducida por el RD Ley 5/2013 de 15 de marzo, han tenido a bien abordar una situación que en la practica plantea no pocos problemas ante la decisión empresarial de adoptar la medida de reducir la jornada de los/las trabajadores/as como alternativa a la extinción de sus contratos de trabajo en situaciones incuestionables , entre otras, de disminución de actividad, cuya reversión temporal no se prevé a medio, ni a corto plazo. De todos es conocido que en el derecho laboral español existen dos modalidades de reducción de la jornada de trabajo, la definitiva, regulada en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores y la temporal, regulada en el artículo 47 del citado texto legal, cuyas distintas consecuencias legales para las y los trabajadores debería ser objeto de atención por el legislador, fundamentalmente en orden a compatibilizar la prestación de desempleo parcial con el salario por la parte de jornada no reducida. Ciertamente en relación con la reducción de la jornada el artículo 208.3 de la LGSS solo contempla la situación legal de desempleo:

“ Cuando se reduzca temporalmente la jornada ordinaria diaria de trabajo, por decisión del empresario al amparo de lo establecido en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, …” Si la decisión finalmente adoptada por la empresa es la reducción definitiva de la jornada, lo que se llevara a efecto en el marco de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo regulado en el articulo 41 del Estatuto de los Trabajadores , tanto si la medida es colectiva como individual, se colocara al/la trabajador/a en la disyuntiva de, perder su puesto de trabajo solicitando la rescisión de su contrato con el abono de la indemnización de 20 días de salario por año de servicio con el máximo de 9 mensualidades o mantener su puesto de trabajo con la jornada reducida y consecuentemente la minoración proporcional de su retribución , no impugnando la reducción definitiva de la jornada y sin tener acceso al desempleo parcial. No concilia muy bien la situación precedente, con la exigencia legal en relación al contenido mínimo sobre el que debe versar el periodo de consultas tal y como dispone el articulo 51 del Estatuto de los Trabajadores en los Despidos Colectivos:

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“… La consulta con los representantes legales de los trabajadores deberá versar, como mínimo, sobre las posibilidades de evitar o reducir los despidos colectivos y de atenuar sus consecuencias mediante el recurso a medidas sociales de acompañamiento, tales como medidas de recolocación o acciones de formación o reciclaje profesional para la mejora de la empleabilidad. Vedando el acceso a la situación legal de desempleo parcial, cuando la medida adoptada es la reducción definitiva de la jornada de trabajo acordada en el marco de la negociación, lo que sin duda se revela como una medida menos traumática que el despido, se esta penalizando su utilización haciendo recaer sus consecuencias adversas en el/la trabajador/a, desigualdad sin aparente justificación frente al que ve reducida su jornada de forma temporal. Esta reflexión doctrinal y su eventual solución, que cada vez participa de más seguidores ha sido plasmada en diversas medidas por los autores: • • • • • •

Extender el derecho a la prestación de desempleo a todos los supuestos artículo 41 y 47.2 ET (artículo 208.3) LGSS Actualmente art. 208.3 LGSS: Sólo cuando sea temporal art. 47 Remitir al procedimiento del art. 47.2 ET todos los supuestos de reducción de jornada con reducción proporcional del salario Suprimir la prohibición del art. 12.4 ET de conversión a parcial Articular un procedimiento colectivo ad hoc en derecho que posibilite la reducción definitiva de las jornadas de trabajo a tiempo completo por causas empresariales acreditadas, ex art. 51 ET Incorporar a la norma expresamente la posibilidad de acceso a la prestación legal de desempleo en supuestos de reducción definitiva de la jornada acordada en al contexto del art. 51 ET

Susana Castaños. Letrada. Jefa de la Asesoría Jurídica de Mutualia

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PRESTACIONES

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nº27 abril 2013

Nuevo Sistema de la seguridad social

Notificaciones La Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de mejorar la gestión de sus procedimientos y agilizar las comunicaciones con las empresas, generalizará a lo largo del año 2013 la notificación por medios electrónicos. El objetivo es sustituir las comunicaciones que venían realizándose por correo postal y las publicaciones en Boletines Oficiales por la notificación telemática. La implantación de la obligatoriedad se llevará a cabo de forma escalonada a lo largo del año 2013. Las empresas de nueva creación desde la entrada en vigor de la mencionada Orden que cumplan los criterios de obligatoriedad, quedarán ya incorporadas a este sistema de comunicación de forma automática. Adicionalmente se mantendrá en la Sede Electrónica de la Seguridad Social el Servicio de Suscripción Voluntaria, disponible desde el año 2012, con el fin de que los sujetos no obligados puedan inscribirse y recibir también las notificaciones por vía electrónica. Esta obligación alcanza a los siguientes colectivos: Sujetos obligados a incorporarse al Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), según lo previsto en la Orden Ministerial ESS/484/2013 de 26 de marzo de 2013 reguladora de este Sistema, con independencia de que sus Códigos de Cuenta de Cotización estén de alta o de baja: •

Todas las empresas cualquiera que sea su actividad, encuadradas en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social e independientemente del número de personas que allí trabajen.

Trabajadoras y trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, que tengan la condición de empresarias y empresarios obligados a transmitir por el Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos) los datos relativos a personas contratadas. (Excepción del Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios)

Empresas y demás sujetos responsables encuadrados en los Sistemas Especiales del Régimen General, excepto el Sistema Especial de Empleados de Hogar.

La implantación de la obligatoriedad de la notificación telemática se va a realizar de forma escalonada a lo largo del año 2013.

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Los sujetos obligados que, con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden Ministerial ESS/485/2013 de Notificaciones Telemáticas, se hubieran inscrito a través del Servicio de Suscripción Voluntaria, continuarán recibiendo sus notificaciones por este medio en tanto permanezcan suscritos a dicho servicio, hasta que se produzca su inclusión obligatoria. Una vez que tenga lugar esta incorporación obligatoria, el sistema no permitirá la baja en la suscripción de los procedimientos para los que exista obligación. Por otra parte, las empresas de nueva creación a partir de la entrada en vigor, el 1 de abril de 2013, de la Orden Ministerial ESS/485/2013 que cumplan los criterios de obligatoriedad, quedarán sujetas a este sistema de notificación sin necesidad de comunicación previa de incorporación por la Administración de la Seguridad Social.

Recepción de las notificaciones telemáticas Las notificaciones se pondrán a disposición en todo caso, tanto del sujeto responsable obligado a recibirlas, como del autorizado que en cada momento tenga asignada la gestión en el Sistema RED del Código de Cuenta Cotización principal o, en su caso, del NAF. Sin embargo, los sujetos responsables podrán optar por ser los únicos receptores de las notificaciones, desasignando de esta función al Autorizado RED a través del servicio que a este fin se pondrá a disposición en SEDESS. Por otro lado, si el sujeto responsable desea que una persona distinta del Autorizado RED sea receptora también de sus notificaciones, podrá realizar la gestión a través del Registro Electrónico de Apoderamiento Telemático (REAT). Este servicio también estará próximamente disponible en la Sede. En cualquier caso, sólo puede haber una receptora de notificaciones adicional al sujeto responsable, ya sea la persona Autorizada RED u otra apoderada. Actos notificables por vía telemática Los actos de gestión recaudatoria objeto de notificación telemática son los siguientes: - - - -

Reclamaciones de deuda Providencias de apremio Comunicación del inicio del procedimiento de deducción Actos del procedimiento de apremio por cuotas y conceptos de recaudación conjunta y otros

recursos

Paulatinamente, se irán incorporando nuevos actos. Sus fechas de inclusión se regularán resoluciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social. Práctica de la notificación electrónica La Administración de la Seguridad Social practicará las notificaciones electrónicas mediante el sistema de comparecencia en su Sede Electrónica, en la dirección https://sede.seg-social.gob.es. Una vez la obligatoriedad sea efectiva, las personas y las empresas comenzarán a recibir las notificaciones a través de este sistema sin necesidad de realizar ningún trámite previo. Una vez puesta a disposición la notificación o comunicación en SEDESS, se deberá acceder en el plazo de 10 días naturales. Transcurrido este periodo sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada, dándose por cumplido el trámite de notificación y continuándose con el procedimiento. Es importante destacar, que los efectos jurídicos de la notificación se desplegarán una vez se acepte/rechace la notificación, independientemente de que lo haga la propia empresa, la persona Autorizada RED, o aquella que este apoderada, o bien, se rechace automáticamente por no acceder a su contenido en el plazo de 10 días. Una vez que la notificación deje de estar disponible en SEDESS, se deberá acudir a una Administración de la Seguridad Social para obtener cualquier información sobre el acto notificado.

Diego Badosa Quintana. Responsable Prestaciones Económicas ITCP de Mutualia

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PREVENCIÓN

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Concurso

nº27 abril 2013

10ª edición

¡Saca tu cámara y enfoca! Vuelve el concurso de fotografía sobre prevención de riesgos laborales de Mutualia, y ya es su 10ª edición Desde hoy, y hasta el próximo 31 de mayo, está abierto el plazo para enviar las fotografías al X Concurso de Fotografía de Prevención de Riesgos Laborales, y optar a alguno de los tres premios: 1.200, 900 y 600 euros; que se conceden a la persona ganadora y a dos finalistas. En el concurso puede participar cualquier mayor de 18 años, enviando tantas fotografías como desee, siempre que la temática sea la prevención de los riesgos laborales. Las fotografías pueden contener buenas prácticas preventivas o mostrar situaciones de riesgo laboral. Las instantáneas deberán ser siempre originales y estar libres de derechos. Nos las puedes hacer llegar por correo electrónico. Para conocer las bases del concurso, entra en nuestra página web www.mutualia.es. Para cualquier duda o consulta, puedes llamar al siguiente número de teléfono: 94 404 21 05

Departamento de prevención de Mutualia

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PREVENCIÓN

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28 Abril

nº27 abril 2013

Dia internacional de la seguridad y salud en el trabajo:

Cada vez mas las personas que conocen que el 28 de abril, San Prudencio, se celebra el día internacional de la seguridad y salud en el trabajo, día con el que se pretende concienciar a toda la sociedad sobre la relevancia de la prevención de los riesgos laborales. Los accidentes de trabajo ocurridos siempre son demasiados, pero sí se puede ver una trayectoria descendente en el número de accidentes ocurridos en los últimos años. Trabajemos todos para que sigan disminuyendo y conmemoremos este día tan significativo que nos recuerda la importancia de mantener una permanente atención a la prevención.

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35.697 2008

2009

32.103 2010

2011

Accidentes de trabajo con baja en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Son muchas las empresas que desarrollan actividades de concienciación y promoción interna de la prevención de los riesgos laborales conmemorando esta fecha: día de la prevención, semana de la seguridad, charlas, campañas de sensibilización, etc… Esta semana se ha enviado una campaña a través de correo electrónico, con el objetivo de informar sobre el día de la seguridad y salud y sensibilizar sobre su importancia. Con su reenvío hacemos partícipes del significado de este día a todas las personas que lo reciban. Muchas gracias por participar. Y en vuestra organización ¿cómo se celebra el 28 de abril? Contárnoslo en: prevencion@mutualia.es

Departamento de prevención de Mutualia

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