Universidad Fermín Toro Escuela de Derecho Vice Rectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
EL LENGUAJE JURIDICO Y SU COMPRENSION
María Victoria Figueroa Benavides Barquisimeto. Mayo, 2016
La palabra lenguaje comúnmente se define como la facultad de emplear sonidos articulados, a través del cual el hombre expresa y manifiesta sus pensamientos o su sentir. Pero cuando hablamos de lenguaje jurídico debemos también entender a qué se refiere la palabra jurídico; este término “hace directa referencia a cualquier tema relacionado al derecho. Usado generalmente como adjetivo podemos encontrar que su uso está ligado estrechamente a la las leyes y normas” (s/p). Por deducción entonces podemos concluir que el lenguaje jurídico es la forma de expresarse, de manifestarse en el ámbito del Derecho, es decir, en el ámbito jurídico. Es el lenguaje utilizado por los juristas, abogados o cualquier persona que se desempeñe en el mundo del Derecho. A pesar de que, tomando en cuenta la definición antes expuesta, sea, el lenguaje jurídico, correctamente entendido y empleado prácticamente solo por los que dentro del ámbito jurídico se encuentran, es imposible olvidar que “cualquier ciudadano, con independencia de su condición social o nivel cultural, es objeto de escritos que emanan de la Administración o de instituciones“(p;1) principalmente las leyes que son las encargadas de regular la vida en sociedad. Por esta razón existen muchos expertos que consideran a este lenguaje como poco apropiado para el ciudadano común. La vida de un ciudadano está regulada principalmente por leyes y normas que emanan de los órganos jurídicos competentes, estos órganos, al estar dentro del ámbito jurídico, utilizan en todas sus redacciones un lenguaje jurídico. Esto es un enunciado que no necesita de pruebas para su validación, basta con leer cualquier ley de cualquier legislación para darnos cuenta del tipo de palabras, y el lenguaje en general con el cual cada artículo está redactado.
A partir de estas premisas se puede considerar que existe un desajuste o desequilibrio entre el lenguaje empleado en los documentos jurídico-administrativos y las características de la mayoría de los receptores de
esos
documentos.
Pero
debemos
primero
preguntarnos
¿Qué
características hacen que el lenguaje jurídico sea, a veces, poco comprensible para el ciudadano común? El lenguaje de los textos jurídicos y administrativos tiende a un nivel más culto, lo que implica riqueza expresiva, concisión, claridad y precisión. Algunas características de este lenguaje son: una estructura rígida, es decir, un esquema invariable establecido de antemano para cada tipo de escrito o documento. Por ejemplo un contrato; El emisor tiene limitada la creatividad, subjetividad y expresividad. Por ejemplo, no puede improvisar una organización nueva para su mensaje; Impersonalidad: la mayoría de los documentos están escritos en tercera persona. Otra característica importante es que el canal utilizado es el escrito. Pero no es un escrito cualquiera, sino debe ser en un papel oficial, firmado y fechado de una forma reglada. La intención de los textos jurídicos y administrativos es informar y ordenar. En el caso de que el emisor sea el ciudadano, la intención es solicitar o reclamar. Se pude deducir entonces que las leyes no son el único escrito jurídico que a los ciudadanos atañe, sino también los contratos, normativas, órdenes, resoluciones, que también entran dentro de los documentos redactados usando el lenguaje jurídico. Tomando en cuenta que el común denominador de los ciudadanos de una comunidad utilizan un lenguaje común, y no uno jurídico, surge la siguiente interrogante: ¿es necesario que los escritos jurídicos utilicen un lenguaje común?
Luis María Cazorla Prieto, Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1972) y Doctor en Derecho con premio extraordinario por la misma Universidad (1981), se ha expresado con claridad en contra de esa tendencia a reducir el lenguaje jurídico a lenguaje común: “Por mucho que parte de las circunstancias sociales que prevalecen en la actualidad tiendan a desfigurar el lenguaje jurídico con pretensión última, inconfesada pero latente, de diluirlo, mezclarlo con el lenguaje común hasta perder todo rasgo identificativo, por mucho que la corriente actual de la sociedad favorezca estos extremos, el lenguaje jurídico para cumplir su misión debe seguir siendo un lenguaje especial con los andamiajes precisos para sustentar su condición científica” (p/7) Según la opinión de Carles Duarte Montserrat, en el lenguaje jurídico, “es recomendable evitar el uso de expresiones que resulten de interpretación difícil, especialmente cuando podemos decir lo mismo de una forma más llana. Esta observación es pertinente sobre todo cuando nos referimos a las expresiones jurídicas tomadas directamente del latín” (p/9) Podemos concluir entonces que es afirmativo que algunos expertos clasifiquen al lenguaje jurídico como poco apropiado y de difícil compresión para el ciudadano común, que utiliza un lenguaje común. Y que no solo son las leyes, reguladoras de la vida ciudadana, las que por su lenguaje jurídico son a veces mal entendidas, sino también cualquier documento, de cualquier tipo que sea emanado por la Administración y que, como consecuencia de dónde provino, venga cargado de palabras que a veces no muchos manejan. Sin embargo, y también como parte de la conclusión, no es necesario que los escritos jurídicos pasen de estar redactados en un lenguaje jurídico a estarlo en uno común, basta solo con la sencillez. Esta es una de las metas
que debe perseguir este tipo de lenguaje, sin olvidar que los documentos legales requieren, y han requerido siempre, de precisión acompañada con el uso de palabras que dan correcto significado a lo que se quiere plasmar en el documento. “El lenguaje jurídico, como lenguaje especializado, no puede renunciar a su código propio, principalmente cuando algunos elementos de ese código lo que hacen es reforzar la exactitud que debe imperar en los contenidos.” .
BIBLIOGRAFIA http://www.lingua.gal/c/document_library/get_file?file_path=/portallingua/curso/superiorxuridico/El_lenguaje_juridico_del_siglo_XXI_J._A._Gonzalez_Salgado.pdf http://lenguajeadministrativo.com/sobre-la-modernizacion-del-lenguajejuridico/ http://www.ijf.cjf.gob.mx/publicrecientes/2014/azul/20141%20Lenguaje%20jur%C3%ADdico%20VF.pdf