Estatutos Vigentes de la Alianza Social Independiente

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ESTATUTOS VIGENTES DE LA ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE



ESTATUTOS VIGENTES DE LA ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE


Estatutos Vigentes de la Alianza Social Independiente Autor: Partido Alianza Social Independiente Agradecimientos a: Instituto Republicano Internacional (IRI) Diseño, diagramación e ilustración de portada: dmentegráfica S.A.S. Impresión y encuadernación: Ideas & Formas Gráficas Tiraje 1.000 ejemplares Todos los derechos de autor pertenecen al Partido Alianza Independiente. Se permite la reproducción total o parcial del documento citando la fuente. ©2011 Impreso en Colombia


ESTATUTOS VIGENTES DE LA ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE

Incluye la reforma estatutaria adelantada por la Convenci贸n Nacional realizada los d铆as 28 y 29 de Enero de 2011, en la ciudad de Cali, en el departamento del Valle del Cauca. Reforma inscrita y aceptada por el Concejo Nacional Electoral mediante Resoluci贸n N掳503 del 6 de Julio de 2011.

Con el apoyo de:


pr贸logo


E

l texto de los estatutos que usted encuentra en esta publicación, es la versión aprobada por los delegados a la Convención Nacional Extraordinaria de la ASI, realizada durante los días 28 y 29 de Enero de 2011, en la ciudad de Cali (Valle del Cauca), y aceptada su inscripción por el Consejo Nacional Electoral (CNE) mediante Resolución N° 503, expedida el día 6 de Julio de 2011. Los delegados a la Convención Nacional Extraordinaria, tomaron decisiones importantes para el desarrollo y avance de nuestro partido, ellas fueron las siguientes: 1. Se ratificó la decisión tomada en la XX Dirección Nacional los días 27 y 28 de Junio de 2009, realizada en la ciudad de Bogotá, en la cual se cambió parcialmente el nombre del movimiento, con el propósito de hacer el proyecto político más incluyente, y acorde con la voluntad de los fundadores. Se cambió la palabra “Indígena” por la palabra “independiente”. 2. Se cambió el carácter de “movimiento político”, por el de “partido político”, esta transformación se sustenta en el hecho de que la Alianza Social Independiente, ASI, es hoy la tercera organización política (con personería jurídica), más antigua de Colombia, por lo que se puede caracterizar como el tercer partido histórico.

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Recoge buena parte de las expresiones sociales y políticas independientes surgidas de la Constitución de 1991. 3. Se incorporaron las conclusiones del “Encuentro Nacional de Mujeres de la ASI” y se creó un capítulo en los estatutos que desarrolla el tema de la “Equidad de Género” al interior del partido. 4. Se definió como responsable del otorgamiento de avales al Comité Ejecutivo Nacional, siendo postulados los candidatos por los órganos de dirección a nivel local, municipal, departamental y nacional. 5. Se otorgaron facultades temporales y extraordinarias al Comité Ejecutivo Nacional para realizar fusiones, alianzas e incorporaciones con otros grupos o sectores políticos, para enfrentar la coyuntura electoral del 30 de Octubre de 2011. 6. Se otorgó a la Dirección Nacional Ordinaria del 2011, facultades extraordinarias para realizar una reforma estatutaria que modifique estructuralmente los órganos de control y actualice el Código Disciplinario y de Ética del partido. Otras reformas a los estatutos fueron las siguientes: • Se modificó el periodo de las Convenciones Nacionales Ordinarias, pasando de 3 a 2 años. • Se modificó la denominación y funciones de tres cargos en el Comité Ejecutivo Nacional. • Se modificaron las condiciones para ser reconocidas las regionales de la ASI.


• Se reglamentó la realización de los Encuentros Nacionales de Mujeres, Jóvenes e Indígenas al interior del partido. Nuestros estatutos son el resultado de 20 años de reflexión y deliberación democrática, en procura de construir la mejor y más eficiente estructura de nuestra organización política. Se ha construido desde la base y desde lo municipal y lo departamental. Esta característica hace a la ASI un partido único en el contexto político colombiano; donde la democracia, la reflexión y la deliberación se viven desde el municipio y el departamento, llegando a expresarse finalmente los consensos en el plano de lo nacional. Hoy cuando nos proponemos consolidar a la ASI como un partido nacional que represente al conjunto de la sociedad colombiana (multiétnica y pluricultural), es muy importante conocer los presentes estatutos, pues ellos nos definen las reglas de juego para avanzar en este propósito. Ahora bien, los invito a reflexionar y deliberar colectivamente sobre la reforma estatutaria que debemos realizar en la próxima Convención Nacional, para lograr que en las elecciones de Congreso y Presidencia de la República en el 2014, la ASI pueda animar un proceso de unidad y convertirse en la plataforma de expresión política de los sectores independientes, alternativos y progresistas surgidos bajo el espíritu de la Constitución de 1991. La ASI está llamada a constituirse en el partido de los hijos y defensores de la Constitución Política de 1991. En el marco de la estrategia interna de fortalecimiento de la ASI, nuestro partido ha suscrito un acuerdo de cooperación técnica con el Instituto Republicano Internacional, (IRI), que es una organización no gubernamental

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y no partidista que trabaja por la libertad y la democracia en el mundo, fortaleciendo partidos políticos, instituciones cívicas, elecciones abiertas, prácticas de buen gobierno y el estado de derecho. Agradezco el apoyo del Instituto Republicano Internacional, (IRI), para difundir entre los militantes del partido estos estatutos, así como el apoyo para la producción y divulgación de “documentos de reflexión” ideológica y programática, que serán elaborados por el centro de pensamiento de la ASI –Instituto de Pensamiento Étnico, Social y Político, IPESP–, bajo la dirección y orientación del Comité Ejecutivo Nacional. Finalmente, quiero felicitar a los militantes y directivos de la Alianza Social Independiente, ASI, por el trabajo constante que realizan para consolidar las estructuras locales, municipales y departamentales del partido, en ellas y ellos descansa nuestra fortaleza, y son ellos quienes nos animan a trabajar con ahínco, día a día.

Cordial saludo,

Alonso Tobón Tobón Presidente Nacional Alianza Social Independiente, ASI.



Ă­ndice


pág. Título I Disposiciones Preliminares Capítulo I Naturaleza, nombre, emblema, principios, misión, domicilio Capítulo II Miembros del Partido Título II Derechos y Deberes de los Miembros Afiliados Capítulo I Derechos de los Miembros Afiliados Capítulo II Deberes de los Miembros Afiliados Título III De la Estructura, Composición      y Funciones a Nivel Nacional Capítulo I Convención Nacional Capítulo II Dirección Nacional Capítulo III Comité Ejecutivo Nacional

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pág. Título IV De la Estructura, Composición y Funciones a Nivel Departamental Capítulo I Convención Departamental Capítulo II Dirección Departamental Capítulo III Comité Ejecutivo Departamental Título V De la Estructura, Composición y Funciones a Nivel Municipal Capítulo I Convención Municipal Capítulo II Dirección Municipal Capítulo III Comité Ejecutivo Municipal Título VI Estructura, Composición y Funciones a Nivel Local

31 32 33 36 36 37

Capitulo II Comité Ejecutivo Local

39 39

Título VII Carácter Regionales, Comités Coordinadores Regionales

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Capítulo I Convención Local


pág. Título VIII De los Órganos de Control Nacional Capítulo I Consejo Disciplinario y de Ética Nacional Capítulo II El Veedor Nacional

43 45

Título IX De los Órganos de Control Departamental Capítulo I Consejo Disciplinario y de Ética Departamental Capítulo II El Veedor Departamental

46 48

Título X De los Órganos de Control Municipal Capítulo I Consejo Disciplinario y de Ética Municipal Capítulo II El Veedor Municipal Título XI Consejo de Garantías Capítulo I Consejo de Garantías Nacional Capítulo II Consejo de Garantías Departamental Capítulo III Consejo de Garantías Municipal

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49 50 52 53 54


pág. Título XII Sistema de Auditoría Interna Título XIII Escuela de Formación Política “Pueblos” Título XIV Financiación del Partido Capítulo I Recursos para Financiación del Partido

55 57 58

Título XV Campañas Electorales Capítulo I Listas Únicas, Avales, Requisitos de Seriedad de Candidatos Capítulo II Montos de Campañas Electorales, Procedencia de Recursos, Presentación de Informes de Campañas Capítulo III Bancadas, Vocero, Coordinación de Bancadas

60 62 63


pág. Título XVI Asuntos de Conciencia y Régimen de Sanciones

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Título XVII Régimen Presupuestal, Manejo Contable, Patrimonio, Disolución y Liquidación

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Título XVIII Equidad de Género Título XIX Disposiciones Varias

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Estatutos Vigentes



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TÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES CAPÍTULO I naturaleza, nombre, emblema, principios, misión, domicilio

Artículo 1.– Naturaleza. El partido político Alianza Social Independiente, ASI, es una asociación voluntaria multiétnica y pluricultural de ciudadanos y ciudadanas, donde confluyen además fuerzas políticas, organizaciones sociales, étnicas y culturales que, sin perder su identidad, tienen como propósito construir una opción de poder político, democrático, y participativo en nuestro país. Artículo 2.– Nombre. El partido político se denomina ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE, y su sigla es ASI. Artículo 3.– Emblema. El emblema distintivo del partido político es el siguiente:

Artículo 4.– Principios. La solidaridad, la diversidad, la defensa del Estado social de derecho, el respeto a toda forma de vida. Igualdad y respeto en la participación de género, pluralismo y tolerancia. Artículo 5.– Misión. Incentivar la participación democrática de sus asociados y del pueblo en general en la construcción del poder político desde la base, fortaleciendo las organizaciones sociales, y promover las visiones de un país multiétnico, pluricultural, tolerante, de respeto a los derechos humanos y los derechos de los pueblos, y lograr el mantenimiento de la paz.


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Artículo 6.– Domicilio. La organización tendrá como domicilio principal la ciudad de Bogotá, DC, pero también podrá implementar regionales en los diferentes departamentos y locales en los municipios y otras entidades territoriales donde desarrolle sus actividades, las cuales se podrán ejercer en todo el territorio nacional. Artículo 7.– Representación legal. La representación legal del partido político, estará en cabeza de su Presidente o Presidenta elegido por la Convención Nacional, quien podrá delegar en alguno de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional u otros algunas funciones, acorde con la ley.

CAPÍTULO II miembros del partido

Artículo 8.– Miembros. Pueden ser miembros de la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE los colombianos y colombianas de nacimiento o por adopción con domicilio dentro o fuera del país que sean reconocidos por el Comité Municipal, Regional o Nacional, según el caso. Cuando se trate de organizaciones sociales la solicitud de afiliación deberá ser aprobada por la mayoría de los socios de la organización solicitante mediante acta y el ingreso deberá ser aprobado por la Dirección Nacional, Regional o Municipal respectiva. Artículo 9.– Clases de miembros. Los miembros del partido, dependiendo del compromiso que cumple dentro del partido, podrán ser Militante o Simpatizante. miembros militantes: Son militantes de la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE los afiliados que participen permanentemente en las actividades del partido y cumplan con las obligaciones establecidas en los Estatutos y su Código de Ética. miembros simpatizantes: Son aquellos que se identifican con las ideas y programas de la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE y aquellos que acompañan las candidaturas a cargos y corporaciones de elección popular.


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Artículo 10.– Afiliación. Cualquier persona, hombre o mujer mayor de 18 años, que desee afiliarse a la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE, deberá seguir los siguientes pasos: 1. Presentar solicitud ante el Comité Ejecutivo Municipal, Regional o Nacional, según sea el caso, en formularios impresos y distribuidos por la Dirección Nacional, en los que deberá constar una declaración de aceptación por el interesado(a) de los documentos del partido y la obligatoriedad de contribuir financieramente ó a través de aporte en trabajo en las actividades del partido. 2. El respectivo Comité emitirá una declaración de afiliación la cual debió ser discutida y aprobada por mayoría de sus respectivos miembros. 3. Cualquier impugnación a esta afiliación deberá ser interpuesta en los 10 días hábiles siguientes a la declaratoria de afiliación. 4. Agotado el plazo, el Comité Ejecutivo respectivo tiene un plazo de 10 días hábiles para pronunciarse. 5. No habiendo pronunciamiento del respectivo comité, la impugnación deberá ser remitida inmediatamente al Comité Ejecutivo inmediatamente superior, la cual deberá deliberar en igual plazo. 6. La afiliación de colombianos residentes en el exterior será presentada al Comité Ejecutivo Nacional. 7. Semestralmente, las instancias municipales y regionales deberán promover campañas de afiliación, convidando a los nuevos afiliados para asistir a una exposición de las líneas básicas del partido. 8. Para mantener actualizado el censo de afiliados, mensualmente se deberá enviar la relación de los nuevos afiliados al Comité Ejecutivo Nacional, con la respectiva resolución. El Comité Ejecutivo enviará entonces los respectivos carnés de acreditación de afiliado. El incumplimiento de los plazos contemplados estará sujeto a las infracciones y sanciones disciplinarias previstas en los Estatutos y Código Disciplinario. 9. En el caso de solicitudes de organizaciones, aquellas deberán ser presentadas a la Dirección Regional o Nacional según el carácter y jurisdicción de la respectiva entidad.


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Artículo 11.– Doble militancia. Queda prohibida la doble militancia. Ningún militante de la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE podrá estar afiliado a otro partido o movimiento político que cuente con personería jurídica expedida por el Consejo Nacional Electoral. Quien lo hiciere, perderá automáticamente la calidad de miembro de la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE. parágrafo: Militantes de otros partidos o movimientos que a partir de la promulgación del presente Estatuto deseen ingresar a nuestro partido deberán, mediante certificación escrita, renunciar previamente a esa militancia.

TÍTULO II DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS AFILIADOS CAPÍTULO I derechos de los miembros afiliados

Artículo 12.– Derechos de los miembros afiliados. 1. Elegir y ser elegidos en los órganos de dirección de la ASI. 2. Elegir y ser elegidos como candidatos elecciones populares. 3. Expresar libremente sus opiniones y creencias políticas e ideológicas. 4. Ejercer el control y vigilancia de los órganos de dirección. 5. Recibir información veraz y oportuna acerca del desempeño de la organización y sus representantes. 6. Participar en las deliberaciones de la ASI con derecho a voz y voto, conforme a lo previsto en los estatutos. 7. Ser capacitado y recibir formación política. 8. Ser protegido por las autoridades del partido en caso de violación de sus derechos fundamentales. 9. Afiliarse y desafiliarse del partido por voluntad propia. 10. Ejercer el derecho a la defensa con todas las garantías procesales. parágrafo: A partir de la fecha de esta reforma estatutaria, para ser elegido en el Comité Ejecutivo Nacional se debe tener dos


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años de afiliación; para los departamentales un año de afiliación y para los municipales 6 meses de afiliación; conocer los Estatutos, Código de Ética y Plataforma Política del partido; no estar incurso en ninguna inhabilidad o incompatibilidad contemplada en la Constitución, la Ley, los Estatutos o el Código de Ética; y tener disponibilidad de tiempo para el ejercicio político del partido. En los casos de fusiones, alianzas o confluencias del partido con otros grupos, partidos o movimientos no se exigen las anteriores reglas de antigüedad para ser integrante en cualquier cargo nacional, departamental, distrital, municipal o local del partido. Se autoriza al Comité Ejecutivo Nacional para que expida un reglamento que le permita ampliar el número de sus integrantes y el de los demás órganos nacionales, departamentales, distritales y municipales. Dicho reglamento debe indicar la forma de hacer los nombramientos respectivos y podrá incluir reglas de rotación en todos los cargos, todo según los acuerdos políticos a que llegue el Comité Ejecutivo Nacional. Dicho reglamento podrá ajustarse las veces que fuere necesario. Esta autorización es por seis (6) meses, y luego de los cuales se rendirá informe a la Dirección Nacional, quien podrá prorrogarlas hasta por otros seis (6) meses. Estas facultades tienen por finalidad contar con versatilidad ante la coyuntura política electoral departamental, municipal y local del 2011. En los procesos de fusiones o incorporaciones nacionales, las regionales por razones especiales podrán interponer un recurso de salvaguarda, caso en el cual los acuerdos referidos a la regional deberán ser consensuados con las instancias regionales y municipales para que tengan efecto o validez.

CAPÍTULO II deberes de los miembros afiliados

Artículo 13.– Deberes de los miembros afiliados. 1. Cumplir y hacer cumplir los estatutos, el programa de trabajo y los acuerdos y decisiones de los órganos de dirección. 2. Difundir las orientaciones políticas y programáticas de la ASI. 3. Informar de manera veraz y oportuna acerca de las situaciones que afectan el normal funcionamiento de la organización. 4. Participar en las actividades que programe la organización.


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5. Contribuir económicamente y de manera voluntaria a la financiación de la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE. 6. Cumplir los principios y programas del partido en el ejercicio de los cargos de elección popular. 7. Votar por los candidatos inscritos en las respectivas instancias de la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE y por los candidatos avalados por la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE en elecciones populares o con los cuales el partido haya realizado acuerdos. 8. Comparecer, cuando sea convocado, para dilucidar procedimientos disciplinares. 9. Presentar denuncias por escrito o verbales ante el partido y con su firma una vez se tenga conocimiento de cualquier violación a la Constitución Política, las leyes y los Estatutos. 10. Velar por la defensa de lo público. 11. Renunciar al cargo de elección cuando sea expulsado del partido. parágrafo 1: Ningún miembro o afiliado de la ASI podrá ser expulsado, salvo que medie un debido proceso conforme lo establecido en estos Estatutos y en el Código Disciplinario y de Ética, cuando se considere la comisión de una falta grave a los Estatutos. Ningún miembro podrá ocupar más de un cargo en órganos de la ASI, por lo cual deberá renunciar una vez salga la resolución de reconocimiento del nuevo cargo de elección interna en cualquiera de los niveles territoriales.

parágrafo 2:


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TÍTULO III DE LA ESTRUCTURA, COMPOSICIÓN    Y FUNCIONES A NIVEL NACIONAL CAPÍTULO I convención nacional

Artículo 14.– Jerarquía. La Convención Nacional es la máxima autoridad de la ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE. Artículo 15.– Reuniones. La Convención Nacional deberá reunirse cada dos años, en forma ordinaria, y extraordinariamente cuando la convoque la Dirección Nacional. La fecha para realizar la convención podrá seleccionarse dentro de los tres meses anteriores al vencimiento. Artículo 16.– Funciones. Son funciones de la Convención Nacional las siguientes: 1. Aprobar el perfil ideológico del partido, al igual que el Programa y Plan de Acción que presente la Dirección Nacional. 2. Dar lineamientos sobre temas de interés nacional. 3. Decidir sobre los Estatutos y la Estructura General del partido. 4. Elegir los siete miembros del Comité Ejecutivo Nacional y, de estos, elegir al Presidente(a). 5. Elegir al Consejo Disciplinario y de Ética Nacional. 6. Elegir al Veedor Nacional. 7. Elegir los miembros del Consejo de Garantías. Artículo 17.– De la composición de la Convención Nacional. Participan como delegados plenos, con voz y voto, en las Convenciones de la ASI: 1. El Comité Ejecutivo Nacional. 2. Miembros de órganos de control nacional y veedor nacional. 3. Los congresistas del Partido. 4. Los diputados del Partido. 5. Tres integrantes por cada Comité Ejecutivo Departamental y dos por cada Comité de Coordinación Departamental.




El Instituto Republicano Internacional (IRI) es una organización no gubernamental y no partidista que trabaja por la libertad y la democracia en el mundo fortaleciendo partidos políticos, instituciones cívicas, elecciones abiertas, prácticas de buen gobierno y el estado de derecho.

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