|
2013 sunarp
[JURISPRUDENCIA REGISTRAL] Jurisprudencia vinculada al procedimiento al momento de inscribir una sucesi贸n intestada
Resolución : 299-SUNARP-TR-L de <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 574310 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : ACLARACIÓN DE ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA. Tema de Sumilla : ACLARACIÓN DE ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA. Las aclaraciones a las actas notariales de sucesión intestada solamente serán procedentes cuando se refieran a algún concepto oscuro o dudoso expresado en su parte decisoria o que influya en ella, no pudiéndose alterar el contenido sustancial de la declaración final. Resolución : 719-2013-SUNARP-TR-L de 4/26/2013
<>
Tribunal : LIMA Sede : HUANUCO Nro. de Título : 28957 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA Estando a los alcances del Principio de Titulación Auténtica, procede inscribir una sucesión intestada declarada durante la vigencia de la Ley 2227 "Ley de Impuesto sobre las herencias, donaciones y legados", en mérito al expediente seguido ante la extinta Caja de Depósitos y Consignaciones que contiene la sentencia judicial de declaratoria de herederos. Resolución : 242-2013-SUNARP-TR-L de 2/8/2013
<>
Tribunal : LIMA Sede : HUANCAYO Nro. de Título : 37765 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : HOMONIMIA Tema de Sumilla : HOMONIMIA Procede efectuar la anotación preventiva de sucesión intestada de un causante cuando se encuentra registrada la declaratoria de herederos de otro causante con el mismo nombre, si de la verificación de datos como el lugar y fecha de fallecimiento y nombre de la cónyuge sobreviviente, queda acreditado que se trata de un caso de homonimia. Resolución : 053-2013-SUNARP-TR-A de 2/7/2013
<>
Tribunal : AREQUIPA Sede : AREQUIPA Nro. de Título : 111942 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : DEFECTO EN LA ESCRITURA PÚBLICA QUE NO AFECTA SU VALIDEZ Tema de Sumilla : DEFECTO EN LA ESCRITURA PÚBLICA QUE NO AFECTA SU VALIDEZ Según el Artículo 125 de Ley del Notariado no cabe declarar la nulidad, cuando el instrumento público notarial adolece de un defecto que no afecta su eficacia documental, por tanto el defecto de la fecha de la minuta tendría que ser rectificado mediante otra acta aclarando el error. Así mismo hay que tener en cuenta que el Notario es responsable de la actuación de los actos procedimentales realizados en su sede y al tratarse de un proceso no contencioso voluntario no resulta procedente en sede registral se disponga la improcedencia de la Sucesión Intestada tramitada ante Notaria por ser un acto interno que es de exclusiva responsabilidad del Notario.
2
Resolución : 624-2012-SUNARP-TR-A de 12/28/2012 <> Tribunal : AREQUIPA Sede : AREQUIPA Nro. de Título : 55846 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : TESTAMENTO INCOMPATIBLE CON SUCESIÓN INTESTADA INSCRITA Tema de Sumilla : TESTAMENTO INCOMPATIBLE CON SUCESIÓN INTESTADA INSCRITA No puede inscribirse un testamento que contenga disposiciones incompatibles con la sucesión intestada inscrita. En este caso se podrá solicitar la anotación preventiva por existencia de testamento en el Registro de Sucesiones Intestadas. Resolución : 1856-2012-SUNARP-TR-L de 12/14/2012 <> Tribunal : LIMA Sede : HUANCAYO Nro. de Título : 37900 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : ACLARACIÓN DE ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : ACLARACIÓN DE ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA Procede aclarar o rectificar el acta notarial de sucesión intestada, si es que la misma se sustenta en el procedimiento y si con ella no se altera el fondo o sustancial de lo resuelto. Resolución : 1839-2012-SUNARP-TR-L de 12/14/2012 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 835248 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : LUGAR DE INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : LUGAR DE INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA No es procedente inscribir la sucesión intestada en el Registro de Sucesiones del lugar de ubicación de los bienes, correspondiendo su inscripción únicamente en el Registro de Sucesiones del lugar del domicilio del causante. Resolución : 1570-2012-SUNARP-TR-L de 10/26/2012 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 765102 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : IMPROCEDENCIA DE INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : IMPROCEDENCIA DE INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA No procede admitir luego de la inscripción de un testamento con institución de heredero vigente en el Registro respectivo, la inscripción de una sucesión intestada relativa a la misma persona en el Registro respectivo, la inscripción de una sucesión intestada relativa a la misma persona en el Registro de Sucesiones Intestadas, resultando ambas inscripciones incompatibles.
Resolución : 1425-2012-SUNARP-TR-L de 9/28/2012 Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 352828 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES
<>
3
Tema : INSCRIPCIÓN DE TESTAMENTO-IMPROCEDENCIA Tema de Sumilla : INSCRIPCIÓN DE TESTAMENTO-IMPROCEDENCIA Es incompatible la inscripción de un testamento que instituye herederos cuando existe registrada la anotación preventiva de sucesión intestada del testador, siendo improcedente su acceso al registro, salvo que dicha anotación sea Ievantada durante el plazo de vigencia del título que contiene el testamento. Resolución : 1313-2012-SUNARP-TR-L de 9/7/2012 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 27463 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA REGISTRADA PREVIAMENTE EN UNA ZONA DISTINTA A DONDE SE DESTINA LA ROGATORIA Tema de Sumilla : INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA REGISTRADA PREVIAMENTE EN UNA ZONA DISTINTA A DONDE SE DESTINA LA ROGATORIA "La calificación de la solicitud de inscripción de una sucesión intestada previamente inscrita en una zona registral distinta a la zona donde se destina la rogatoria debe efectuarse sobre la base del título archivado que dio mérito a la partida ya inscrita, puesto que dicho documento contiene el título material de donde emana el acto que se solicita inscribir, por lo que resulta irrelevante la existencia de errores materiales en la extensión del asiento de declaratoria de herederos inscrito con anterioridad." Resolución : 1133-2012-SUNARP-TR-L de 8/3/2012 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 273185 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : ALCANCES DEL PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN Tema de Sumilla : ALCANCES DEL PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN "En virtud del principio de legitimación registral no corresponde al Registro desvirtuar los efectos de un asiento registral por presunta irregularidad en su inscripción, ya que en caso contrario, los títulos ya inscritos estarían en permanente calificación variando la decisión respectiva, con lo cual no se cumpliría la finalidad del Registro de brindar segurídad jurídica; en consecuencia, no es posible cuestionar en sede registral un procedimiento notarial de sucesión intestada que ya ha obtenido acogida registral. Resolución : 1096-2012-SUNARP-TR-L de 7/26/2012 <> Tribunal : LIMA Sede : PUCALLPA Nro. de Título : 8101 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : TRANSMISIÓN POR SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : TRANSMISIÓN POR SUCESIÓN INTESTADA Constituye acto previo para la transferencia por sucesión intestada a favor de la cónyuge declarada como heredera, la inscripción en el Registro de Personas Naturales del fenecimiento de la sociedad conyugal del causante con persona distinta de la heredera, cuando el bien figura inscrito en el registro a nombre de la sociedad conyugal.
Resolución : 553-2012-SUNARP-TR-L de 4/12/2012 Tribunal : LIMA Sede : HUACHO Nro. de Título : 360 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : SUCESIÓN Y REPRESENTACIÓN
<>
4
Tema de Sumilla : SUCESIÓN Y REPRESENTACIÓN "La inscripción de la sucesión intestada es independiente de la sucesión por representación que pudiera corresponder a quien ha premuerto a su ascendiente."
Resolución : 023-2012-SUNARP-TR-T de 1/19/2012 <> Tribunal : TRUJILLO Sede : TRUJILLO Nro. de Título : 86688 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : AMPLIACION DE TESTAMENTO Tema de Sumilla : AMPLIACION DE TESTAMENTO De conformidad con el principio de legitimación, la inscripción previa de una sucesión Intestada, no excluye la posibilidad de inscribir la ampliación de un testamento ya inscrito. Resolución : 008-2012-SUNARP-TR-A de 1/6/2012 <> Tribunal : AREQUIPA Sede : JULIACA Nro. de Título : 26799 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : CADUCIDAD DE ANOTACIÓN DE SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : CADUCIDAD DE ANOTACIÓN DE SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA Procede cancelar por caducidad la anotación preventiva de la solicitud de sucesión intestada notarial, por aplicación analógica del art. 3 de la Ley N° 26639. Resolución : 1560-2011-SUNARP-TR-L de 8/5/2011 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 218433 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : FORMALIDAD DE PARTES JUDICIALES Tema de Sumilla : FORMALIDAD DE PARTES JUDICIALES "El título material a efectos de inscribir una anotación preventiva de sucesión intestada debe estar conformado por el oficio dirigido por el Juez al funcionario público y las copias certificadas de las piezas procesales pertinentes." Resolución : 926-2011-SUNARP-TR-L de 7/6/2011 <> Tribunal : LIMA Sede : CAÑETE Nro. de Título : 3465 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : IMPROCEDENCIA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : IMPROCEDENCIA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE SUCESIÓN INTESTADA Procede declarar improcedente la anotación preventiva de sucesión intestada cuando el causante instituyó herederos universales en su testamento. Resolución : 133-2011-SUNARP-TR-A de 3/28/2011 Tribunal : AREQUIPA Sede : AREQUIPA Nro. de Título : 7213 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES
<>
5
Tema : DUPLICIDAD DE PARTIDAS. Tema de Sumilla : DUPLICIDAD DE PARTIDAS. El hecho de que existan dos partidas registrales relativas a la anotación preventiva de sucesión intestada del mismo causante, no impide que pueda inscribirse el acta de sucesión intestada en una de las partidas duplicadas, sin perjuicio de poner en conocimiento de la Gerencia Registral dicha situación.
Resolución : 442-2010-SUNARP-TR-T de 10/29/2010 <> Tribunal : TRUJILLO Sede : TRUJILLO Nro. de Título : 63045 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : PRIORIDAD EXCLUYENTE. Tema de Sumilla : PRIORIDAD EXCLUYENTE. En aplicación del principio de prioridad excluyente previsto en el artículo 2017 del Código Civil, la inscripción de una sucesión intestada en el Registro de Personas Naturales se constituye en obstáculo para la inscripción de otra sucesión del mismo causante ingresada posteriormente. Resolución : 1221-2009-SUNARP-TR-L de 8/10/2009 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 351468 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : AMPLIACIÓN DE TESTAMENTO. Tema de Sumilla : AMPLIACIÓN DE TESTAMENTO. La inscripción de la sucesión intestada de una persona con posterioridad a la inscripción del otorgamiento de su testamento por escritura pública, no constituye obstáculo para la inscripción de la ampliación del testamento. Resolución : 1090-2009-SUNARP-TR-L de 7/10/2009 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 163902 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE TESTAMENTOS. Tema de Sumilla : INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE TESTAMENTOS. Inscrita la sucesión intestada, la inscripción posterior del testamento en el Registro de Testamentos debe correlacionarse con la respectiva partida obrante en el Registro de Sucesiones Intestadas. Resolución : 180-2009-SUNARP-TR-T de 5/15/2009 <> Tribunal : TRUJILLO Sede : CHICLAYO Nro. de Título : 5662 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : IMPROCEDENCIA DE INSCRIPCIÒN DE UNA SEGUNDA SUCESIÒN INTESTADA. Tema de Sumilla : IMPROCEDENCIA DE INSCRIPCIÒN DE UNA SEGUNDA SUCESIÒN INTESTADA. Encontrándose inscrita definitivamente la sucesión intestada de un fallecido, no puede inscribirse otra aunque se haya abierto nueva partida para anotar la segunda solicitud. Resolución : 299-2009-SUNARP-TR-L de 3/2/2009 Tribunal : LIMA Sede : LIMA
<>
6
Nro. de Título : 574310 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : ACLARACIÓN DE ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA. Tema de Sumilla : ACLARACIÓN DE ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA. Las aclaraciones a las actas notariales de sucesión intestada solamente serán procedentes cuando se refieran a algún concepto oscuro o dudoso expresado en su parte decisoria o que influya en ella, no pudiéndose alterar el contenido sustancial de la declaración final.
Resolución : 296-2008-SUNARP-TR-A de 10/10/2008 <> Tribunal : AREQUIPA Sede : CUSCO Nro. de Título : 24745 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : CANCELACIÓN DE ANOTACIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA “No resulta procedente la cancelación por caducidad de la anotación preventiva de sucesión intestada que haya sido extendida en mérito a solicitud formulada por Notario Público”. Resolución : 295-2008-SUNARP-TR-A de 10/10/2008 <> Tribunal : AREQUIPA Sede : CUSCO Nro. de Título : 22335 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : PRINCIPIO DE IMPENETRABILIDAD Tema de Sumilla : PRINCIPIO REGISTRAL DE IMPENETRABILIDAD Encontrándose registrada y por tanto protegida por el principio de legitimación-, una anotación preventiva de sucesión intestada, en aplicación del principio registral de impenetrabilidad, no puede acceder al Registro otra anotación preventiva de sucesión intestada correspondiente al mismo causante. Resolución : 993-A-2008-SUNARP-TR-L de 9/15/2008 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 367702 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : ANOTACIÓN DE SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA No procede la cancelación de anotación preventiva de la solicitud de sucesión instestada cuando se encuentre vigente el resultado del proceso judicial derivado de la oposición formulada a la tramitación de dicha solicitud. Resolución : 679-2007-SUNARP-TR-L de 9/14/2007 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 278924 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : AMPLIACIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA DECLARADA NOTARIALMENTE No procede la realización del trámite notarial de ampliación de sucesión intestada en el que se agrega un heredero más a la sucesión intestada ya declaradada anteriormente, mediante un procedimiento notarial, e inscrita.
7
Resolución : 597-2007-SUNARP-TR-L de 8/23/2007 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 276399 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : INSTITUCIÓN DE HEREDERO EN EL TESTAMENTO La inscripción de un testamento donde se instituye heredero constituye un obstáculo insalvable para la inscripción de la sucesión intestada del causante.
Resolución : 163-2007-SUNARP-TR-T de 6/27/2007 <> Tribunal : TRUJILLO Sede : SULLANA Nro. de Título : 1433-07 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : CARÁCTER ÚNICO DEL PROCEDIMIENTO DE SUCESIÓN INTESTADA Estando inscrita la sucesión intestada de una persona resulta inadmisible la inscripción de otra sucesión referida a la misma persona, aún cuando el Registro hubiere certificado que no existía anotada o inscrita ninguna sucesión. Resolución : 081-2007-SUNARP-TR-A de 4/27/2007 <> Tribunal : AREQUIPA Sede : SICUANI Nro. de Título : 187 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : INSCRIPCIÓN DE TESTAMENTO CUANDO SE ENCUENTRA VIGENTE ANOTACIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA La anotación de solicitud de sucesión intestada relativa a determinada persona constituye un obstáculo para la inscripción del testamento en el que se instituye herederos, otorgado por esa misma persona. Resolución : 233-2007-SUNARP-TR-L de 4/20/2007 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 610620 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : COPIAS CERTIFICADAS DEL PROCESO DE DECLARATORIA DE HEREDEROS "Procede inscribir la sucesión intestada en virtud a copias certificadas por auxiliar jurisdiccional de las piezas procesales pertinentes del proceso de declaratoria de herederos, si su fecha de expedición es anterior a la creación del Registro correspondiente." Resolución : 150-2007-SUNARP-TR-L de 3/8/2007 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 647396 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : ACLARACIÓN DE ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA "Las aclaraciones a las actas notariales de sucesión intestada solamente serán procedentes cuando se refieran a algún concepto oscuro o dudoso
8
expresado en su parte decisoria o que influya en ella, no pudiéndose alterar el contenido sustancial de la declaración final". Resolución : 112-2007-SUNARP-TR-L de 2/22/2007 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 583697 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : CADUCIDAD DE ANOTACIÓN DE SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA Procede la cancelación por caducidad de las anotaciones de solicitudes de sucesión intestadas dispuestas judicialmente, si a la fecha ha transcurrido el plazo de 10 años de registradas, de conformidad con el Art. 3 de la Ley Nº 26639. Resolución : 022-2007-SUNARP-TR-A de 2/9/2007 <> Tribunal : AREQUIPA Sede : AREQUIPA Nro. de Título : 80562 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : SENTENCIA QUE DESESTIMA LA SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA En el registro de sucesiones intestadas se inscriben las actas notariales y resoluciones judiciales ejecutoriadas que declaran a los herederos del causante; contrario sensu, si la sentencia declara infundada la solicitud de sucesión intestada, no constituye acto registrable. Resolución : 011-2007-SUNARP-TR-L de 1/4/2007 <> Tribunal : LIMA Sede : HUARAL Nro. de Título : Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : DENEGATORIA DE PUBLICIDAD La anotación o inscripción de una sucesión intestada en una oficina registral impide la expedición de un certificado de sucesión intestada en otra oficina registral pues ello atentaría contra la seguridad jurídica, esto es contra una de las garantías fundamentales del Sistema Nacional de los Registros Públicos. Resolución : 200-2006-SUNARP-TR-A de 11/8/2006 <> Tribunal : AREQUIPA Sede : AREQUIPA Nro. de Título : 403553 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : OMISIÓN EN ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : OMISIÓN EN ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA La omisión en el acta notarial de sucesión inhestada de un heredero que ha acreditado su derecho, puede ser completada mediante otro instrumento público protocolar, al amparo del artículo 48 de la Ley del Notariado. Resolución : 137-2006-SUNARP-TR-T de 9/8/2006 Tribunal : TRUJILLO Sede : CAJAMARCA Nro. de Título : 9009
<>
9
Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : INSTITUCIÓN DE HEREDERO EN EL TESTAMENTO Existiendo testamento inscrito con institución de heredero vigente, no es inscribible la sucesión intestada del testador. OMISIÓN AL ENUMERAR LOS BIENES DEJADOS POR EL TESTADOR Cuando se instituye heredero, el testador no requiere adjudicar de modo expreso todos los bienes o designar los créditos que acrecentarán el patrimonio del heredero. Aun cuando lo haya hecho omitiendo uno o más de ellos, los bienes y créditos no considerados le corresponden al heredero instituido. Resolución : 409-2006-SUNARP-TR-L de 7/6/2006 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 172051 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : ANOTACIÓN DE SOLICITUD DE SUCESIÒN INTESTADA La anotación de solicitud de prescripción adquisitiva de sucesión intestada no constituye una medida cautelar equivalente a la anotación de demanda. CADUCIDAD DE ANOTACIÓN DE SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA Procede cancelar una solicitud de anotación de sucesión intestada en el Registro, en virtud de lo dispuesto en el Art. 3 de la Ley 26639, el cual estableció, que se extinguen a los 10 años desde las fechas de sus inscripciones “otras resoluciones” que a criterio del juez se refieran a actos o contratos inscribibles siempre que no hayan sido renovadas. Resolución : 399-2006-SUNARP-TR-L de 7/4/2006 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 107460 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : IMPROCEDENCIA DE INSCRIPCIÓN DE SUCESIÓN INSTESTADA Existiendo testamento inscrito con institución de heredero vigente, no es inscribible la sucesión intestada del testador, debiendo el interesado reclamar su derecho ante Poder Judicial en proceso contencioso. Resolución : 229-2006-SUNARP-TR-L de 4/11/2006 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 29531 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : Tema de Sumilla : Cancelación de anotación de sucesión intestada La cancelación de la anotación de solicitud de sucesión intestada podrá extenderse en mérito a documentos públicos emitidos por el Archivo General de la Nación que acrediten que el proceso que se inició ante Notario hoy cesado, concluyó sin que se hubiera emitido acta declarando a los herederos. Resolución : 706-2005-SUNARP-TR-L de 12/9/2005 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 1470 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : OBSTÁCULO REGISTRAL Tema de Sumilla : OBSTÁCULO REGISTRAL La anotación preventiva de una solicitud de sucesión intestada
10
constituye obstáculo para la inscripción de la sentencia que declara la sucesión intestada emitida en un proceso judicial distinto. Resolución : 559-2005-SUNARP-TR-L de 9/28/2005 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 311386 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : RECTIFICACIÓN DE DECLARACIÓN NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : RECTIFICACIÓN DE DECLARACIÓN NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA Mediante acta notarial rectificatoria no se puede modificar la composición de herederos declarados en una anterior acta notarial que resolvió una solicitud de sucesión intestada.
Resolución : 557-2005-SUNARP-TR-L de 9/28/2005 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 311363 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : ACLARACIÓN DE ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA. Tema de Sumilla : ACLARACIÓN DE ACTA NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA. Las aclaraciones a las actas notariales de sucesión intestada solamente serán procedentes cuando se refieran a algún concepto oscuro o dudoso expresado en su parte decisoria o que influya en ella, no pudiéndose alterar el contenido sustancial de la declaración final. Resolución : 087-2005-SUNARP-TR-A de 5/20/2005 <> Tribunal : AREQUIPA Sede : AREQUIPA Nro. de Título : 15750 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : SUCESIÓN INTESTADA TRAMITADA JUDICIALMENTE Tema de Sumilla : SUCESIÓN INTESTADA TRAMITADA JUDICIALMENTE "Cuando la sucesión intestada se haya tramitado ante el Poder Judicial mediante procedimiento no contencioso, constituyen instrumentos públicos que dan mérito a la inscripción las copias certificadas por auxiliar jurisdiccional de las resoluciones judiciales pertinentes ( esto es, la resolución que declara herederos - sentencias - y la resolución que declare consentida la sentencia, o la resolución de vista si se tratara de una sentencia ejecutoriada)". Resolución : 260-2005-SUNARP-TR-L de 5/6/2005 <> Tribunal : LIMA Sede : LIMA Nro. de Título : 5058 Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : ANOTACIÓN DE SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA Tema de Sumilla : ANOTACIÓN DE SOLICITUD DE SUCESIÓN INTESTADA La anotación de solicitud de sucesión intestada, ya sea tramitada en vía judicial o notarial, constituye una medida cautelar equivalente a la anotación de demanda. La cancelación de la anotación de la solicitud de sucesión intestada tramitada ante Notario se podrá extender en mérito a oficio cursado por el Notario que dispuso la anotación. El Notario encargado del archivo y cierre de los registros del notario cesado, durante la vigencia del encargo, se encontrará facultado para disponer la cancelación de las anotaciones preventivas de solicitudes de sucesión intestada que se habían extendido a solicitud del notario cesado. La cancelación de la anotación de solicitud de sucesión intestada podrá extenderse en mérito a
11
documentos públicos emitidos por el Archivo General de la Nación que acrediten que el proceso que se inició ante Notario hoy cesado concluyó sin que se hubiera emitido acta declarando a los herederos. Resolución : 158-2001-ORLL-TRN de 11/23/2001 <> Tribunal : TRUJILLO Sede : TRUJILLO Nro. de Título : Tipo de Registro : PERSONAS NATURALES Tema : ANOTACION PREVENTIVA DE SUCESION INTESTADA Tema de Sumilla : ANOTACION PREVENTIVA DE SUCESION INTESTADA Para la inscripción de la anotación preventiva de sucesión intestada tramitada notarialmente, sólo se exigirá la solicitud del Notario acompañada de una copia legalizada de la solicitud presentada ante él pidiendo la sucesión intestada. Para la inscripción definitiva sólo se exigirá la presentación del parte notarial conteniendo el acta de protocolización.
12