Opinión Consultiva 2021-03

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4 de mayo de 2021

Eddie Charbonier Chinea Representante por el Distrito Núm. 1 Amigos Eddie Charbonier Chinea echarbonier2016@gmail.com OPINIÓN CONSULTIVA 2021-03 CONSULTA SOBRE PERMUTA DE VEHÍCULO DEL COMITÉ DE CAMPAÑA Estimado representante Charbonier: Recientemente, usted -por conducto de Víctor Berríos- nos planteó que su comité de campaña (en adelante “Comité”) había adquirido, a crédito y con los fondos del último, un vehículo Ford Explorer del año 2016, el cual fue reportado como propiedad del Comité en los informes correspondientes. 1 En la actualidad, el Comité paga una mensualidad sobre el vehículo y usted reembolsa una parte de dicha mensualidad al Comité para compensar por su uso personal de dicha unidad. 2 Esta consulta surge porque el Comité interesa conocer qué procedimiento debe realizar ante la Oficina del Contralor Electoral (en adelante “OCE”) si cambia el vehículo y el nuevo vehículo continuará siendo usado por usted tanto para fines personales, que usted reembolsaría al Comité, como para fines que puedan ser sufragados por el Comité a tenor con el Reglamento Núm. 32, supra. El procedimiento sería el siguiente. En el informe de ingresos y gastos correspondiente a la transacción, el Comité reportará un gasto en especie que consistirá en el vehículo Ford Explorer 2016, el cual quedaría dado de baja del inventario de propiedad del Comité. Igualmente reportará el pronto o pago en dinero adicional, si alguno, que realice para la adquisición del nuevo vehículo, bajo el anejo El vehículo fue registrado a nombre de Eddie Charbonier Chinea, toda vez que el Comité no tiene personalidad jurídica y, por ende, no puede ser inscrito a nombre del Comité ante el DTOP, a tenor con la Ley 22-2000, según enmendada.

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Dicho reembolso debe computarse siguiendo los parámetros dispuestos en la Sección 2.5 (f) del Reglamento Núm. 32 sobre el uso de Donativos Provenientes de Fondos Privados para Gastos de Campaña. A tenor con dicho Reglamento, el vehículo podrá usarse -a costo del Comité- para cubrir gastos ordinarios y necesarios incurridos por usted en su carácter de funcionario electo. Ahora bien, constituye un gasto personal no permitido al Comité el uso del vehículo para transportarse -a costo del Comité- desde su residencia hasta su lugar principal de trabajo, en su caso, al Capitolio o alguna oficina de Distrito. Véase las siguientes referencias: Reglamento del Código de Rentas Internas, específicamente las disposiciones introducidas por el Reglamento Núm. 8297 del Departamento de Hacienda; Publicación 463 del IRS, Travel, Entertainment, Gift and Car Expenses; Llorens v. Mora, 2010 TSPR 72, p. 24; Franco v. Rivera, 2012 TSPR 160, p. 21; Opiniones Consultivas de la “Federal Election Commission” (FEC) 199614, 2001-03 y 2002-05. 2

Ave. Arterial Hostos 235, Capital Center Building, Torre Norte, Buzón 1401 San Juan, PR 00918 Tel 787.332.2050 web: www.oce.pr.gov


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