2 minute read

3.3.3. PRÁCTICA PROFESIONAL

En el apartado 7.3.1. Desarrollo de actividades extra curriculares se indican una serie de actividades que no forman parte del currículo específico de Arquitectura determinado en el Plan de Estudios, orientadas a fortalecer la formación humanística y ciudadana de la población estudiantil, que pueden ser vistos en la tabla ACAAI 7-1. También existen requisitos establecidos por la Universidad de Costa Rica que pueden considerarse en este apartado como: Trabajo Comunal Universitario, Curso de Apreciación Artística, Curso de Actividad Deportiva.

Nuestro Plan de Estudios no contempla práctica profesional, ni es requisito establecido por la UCR para graduación. Una de las opciones de Trabajo Final de Graduación es Práctica Dirigida. En esta modalidad el o la estudiante realiza un trabajo en una oficina profesional bajo la supervisión de un profesional externo y un profesor. Sin embargo, esta opción no es obligatoria.

Advertisement

En los procesos de consulta 2013 y 2019 se ha obtenido opiniones, no mayoritarias, que expresan la importancia de incluir esta actividad como parte de la formación y aprendizaje. En el proceso de análisis del plan de estudios se valorará la inclusión de ésta. Se han ejecutado consultas a diferentes instancias: Colegio Federado de ingenieros y Arquitectos; Vicerrectoría de Docencia y Centro de Evaluación Académica de la UCR; de estas consultas se tiene un panorama de cuales son los aspectos relevantes a considerar.

A partir del proceso de AUTOESTUDIO 2014, y en seguimiento a inquietudes emanadas de los procesos de consulta, se han realizado consultas preliminares a autoridades universitarias para conocer los requerimientos que podrían ser necesarios para incluir ésta al plan de estudios. En términos generales la práctica profesional debería ser considerada como una asignatura más del plan de estudios, por tanto, debe delimitarse su alcance, objetivos, temporalidad, ubicación en la malla del PE, requisitos de matrícula y valor en créditos.

Por otra parte, se debe considerar la creación de una unidad que brinde soporte administrativo y docente. Aún cuando la práctica se ejecute en una oficina u organización externa a la escuela, se requiere de un docente que dé seguimiento al ejercicio que ejecuta cada estudiante a fin de velar por que el mismo cumpla con los objetivos académicos. A su vez, la escuela requiere de firmar cartas de entendimiento con oficinas profesionales, organizaciones privadas, instituciones gubernamentales u otras, en donde se puedan ejecutar las prácticas, que expresen los alcances de las actividades a realizar. La escuela debe comprometerse a tener un banco de ofertas para la ejecución de prácticas profesionales, velando por brindar el espacio a cada estudiante en el momento que así lo requiera y cuando cumpla con los requisitos de matrícula establecidos. En la revisión del plan de estudios que se ejecuta a partir del año 2019 se estará discutiendo la inclusión de esta modalidad, valorando los beneficios y las potenciales limitaciones para su implementación y sostenibilidad. En el seno de la comisión de currículo se analizan las diferentes posibilidades para crear vínculos y oportunidades para que la población estudiantil cuente con espacios en donde realizar la práctica profesional.

Es importante señalar a este respecto que, la Escuela desde febrero de 2019 ha firmado una carta de entendimiento con la firma consultora OPB arquitectos, para el desarrollo de pasantías remuneradas por

This article is from: