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Transitando hacia una Reforma I
En el sector eléctrico
Faraday Enjaulado
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Especialista del sector eléctrico que vive encerrado en su jaula, anulando el efecto de rumores para presentar sus puntos de vista.
La propuesta de Reforma Constitucional que envió el ejecutivo para su revisión al Congreso ya se esperaba desde hace algún tiempo, el presidente había comentado en varias ocasiones que ya la estaba preparando y que pronto se enviaría para su revisión. Pero antes de lo que seguramente será una serie de artículos sobre esta iniciativa, es importante iniciar por el principio: las medidas que entrarán en vigor tan pronto como se publique, si esto llega a suceder, son los artículos transitorios, así que iremos uno por uno planteando los impactos que pueden llegar a tener en México. El primero como es común declara la vigencia del decreto al día siguiente de su publicación, el segundo es el más extenso de los artículos transitorios, lo primero que hace es reafirmar que a partir de ese momento de vigencia el Estado es responsable del Sistema Eléctrico Nacional a través de la CFE y ese mismo día, los permisos de generación eléctrica otorgados y los contratos de compraventa de electricidad con el sector privado, se cancelan, así como las solicitudes pendientes de resolución. Este inciso A del segundo artículo transitorio no hace ninguna distinción, así que incluye también los permisos que tienen las Centrales de CFE y por supuesto los contratos que tiene CFE Suministro Básico, tanto para la compra de energía en el Mercado Eléctrico Mayorista como los contratos de suministro para los usuarios domésticos, dejando en indefensión a los usuarios finales e incluso a CFE Suministro Básico ante las obligaciones que salvaguardan estos contratos. Luego, en el inciso B, se menciona el área estratégica de la electricidad que se crea, siendo una extensión de la Transmisión y Dis-
tribución que se reconocen como estratégicas en diferentes partes del mundo. Considerar al sector entero hace que cosas como cambiar el alumbrado público sea considerado como cuestión de seguridad nacional.
También establece que CFE se convierte en el organismo del Estado responsable de dicha área estratégica, de su planeación y de su control, siendo autónomo en sus funciones y su administración. En el inciso C se establece en blanco y negro que CFE será un solo organismo vertical y horizontal, por lo que se convierte en un monopolio nuevamente, sin separación legal y a demás subsisten las filiales que tiene ahora. El inciso D dice que el CENACE se reincorpora a CFE con sus funciones y atribuciones. El inciso E le otorga a la CFE el control del orden de despacho y el inciso F dice que este despacho se desarrollará considerando la participación de CFE con 54% de la energía requerida por el país mientras que las centrales privadas podrán despacharse hasta el 46% restante. Por lo que si en un futuro aumenta la demanda, digamos por autos eléctricos u otro cambio en la matriz de consumo, CFE tendrá que asegurar al menos el 54% y de no poder hacerlo, los generadores privados no podrán inyectar más energía, aún si tuvieran la capacidad de hacerlo. 1/2